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Entidades gestoras de la Seguridad Social

7. Contratos para personas con discapacidad

1.4 Entidades gestoras de la Seguridad Social

Las competencias en materia normativa y de control de la Seguridad Social están atribuidas al Ministerio de Sanidad y al Ministerio de Empleo.

La gestión de la Seguridad Social se lleva a cabo mediante las entidades gestoras, servicios comunes y organismos autónomos adscritos a uno u otro ministerio, así como a través de entidades colaboradoras.

A. Entidades gestoras

Las entidades gestoras que tienen como finalidad administrar y gestionar la acción protec- tora de la Seguridad Social son las que aparecen en la Tabla 3.4:

Entidad Finalidad

Instituto Nacional de la Seguridad Social

(INSS)

Es la entidad encargada de la gestión y administración de las prestaciones económicas de nivel contributivo y el reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria.

Instituto de Gestión Sanitaria (INGESA)

En materia de asistencia sanitaria, el Estado tiene compe- tencia exclusiva sobre las bases y la coordinación general de la sanidad, en legislación sobre productos farmacéuticos y en sanidad exterior.

El cometido del INGESA es la administración de las pres- taciones sanitarias de la Seguridad Social en el ámbito de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, ya que el resto de las comunidades autónomas tienen transferidas dichas competencias.

Instituto de Mayores y Servicios Sociales

(IMSERSO)

Gestiona las pensiones de invalidez y de jubilación, en sus modalidades no contributivas, así como los servicios com- plementarios del sistema de la Seguridad Social y los pla- nes, programas y servicios de ámbito estatal para personas mayores y en situación de dependencia, sin perjuicio de la gestión transferida a las comunidades autónomas.

Instituto Social

de la Marina Se encarga de la gestión y administración de las prestacio-nes del sector marítimo y pesquero.

Tabla 3.4. Entidades gestoras de la Seguridad Social.

B. Servicios comunes

La Seguridad Social establece los siguientes servicios comunes:

Tesorería General. Tiene a su cargo la custodia de todos los recursos y, como caja única

del sistema de la Seguridad Social, lleva a efecto la gestión recaudatoria de los mismos y el pago de las obligaciones de la Seguridad Social.

Gerencia de Informática. Tiene como misión la informatización del sistema de la Segu-

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El sistema de la Seguridad Social

C. Entidades colaboradoras

Las empresas y las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales colaboran en la gestión de la Seguridad Social.

Las mutuas son asociaciones voluntarias de empresarios que se agrupan para gestionar una

serie de servicios relacionados con los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y contingencias comunes. El ámbito de la colaboración de las mutuas se extiende a la co- bertura de prestaciones por incapacidad temporal. No pueden dar lugar a que sus asociados perciban beneficios económicos.

Las empresas colaboran en la gestión de alguna de las siguientes formas:

Obligatoriamente. Abonando prestaciones que posteriormente les reintegra la Seguridad

Social, en caso de prestaciones de incapacidad temporal y protección a la familia y desem- pleo. Por ejemplo, en caso de baja de un trabajador por enfermedad común, el empresario le abona la cuantía que le corresponda y, posteriormente, la recupera de la entidad ges- tora descontándola de las cotizaciones que debe ingresar. Este trámite es conocido como

pago delegado.

Voluntariamente. Algunas empresas aseguran directamente a su personal por asistencia

sanitaria, además de gestionar las prestaciones económicas derivadas en caso de incapa- cidad temporal. Para ello las empresas deben cumplir determinados requisitos, como tener cierto número de trabajadores fijos y en alta en el Régimen General de la Seguridad Social, y poseer instalaciones sanitarias propias adecuadas para prestar la asistencia sanitaria.

D. Organismos autónomos

En ciertos casos, la gestión de la Seguridad Social es atribuida a determinados organismos autónomos con personalidad jurídica y recursos propios, pero dependientes del Ministerio de Empleo (Tabla 3.5).

Entidad Finalidad

Instituto de Empleo. Servicio Público de Empleo

Estatal (SEPE)

Su cometido es declarar el reconocimiento, suspensión, reanudación y extinción del derecho a las prestaciones por desempleo, así como la gestión y el control de las mismas.

Instituto de Seguridad

e Higiene en el Trabajo Tiene carácter administrativo; su cometido principal consiste en asesorar y controlar las acciones dirigidas a dis-minuir los riesgos laborales, accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Tabla 3.5. Organismos autónomos.

1. Identifica cuál es el organismo, equivalente al INGESA,

en la comunidad autónoma en la que resides, y que tiene como cometido la administración de las prestaciones sani- tarias de la Seguridad Social.

2. Las cotizaciones por AT y EP corren a cargo exclusiva-

mente del empresario, que puede contratar la cobertura con el INSS o con una mutua patronal privada.

Busca información para realizar el siguiente trabajo:

a) Investiga cuál es la finalidad de las mutuas privadas,

cómo se financian y a quién corresponde su vigilancia.

b) Entra en la página web de alguna mutua y busca los ser-

vicios que ofrece a sus asociados.

3. Accede a la página web de la Seguridad Social (www.seg- social.es) y consulta tu vida laboral (si has trabajado) o la

de algún familiar.

El informe de vida laboral se puede obtener a través de dos vías distintas:

• Mediante el servicio de obtención de informes de vida laboral, con certificado digital. La impresión y consulta del informe se realiza en el mismo momento de su peti- ción, a través del propio ordenador.

• Mediante el servicio de obtención de informes de vida laboral, pero sin certificado digital. El informe se obtiene a través del correo ordinario sin necesidad de presentarse en ninguna administración de la Seguridad Social.

El sistema de la Seguridad Social

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2. Obligaciones de las empresas