3.4 Desarrollo de la propuesta
3.4.5 Evaluación o Validación de la Propuesta
La validación de la presente propuesta se realizará por el tribunal, tomando en cuenta las sugerencias impartidas por nuestro tutor el Dr. Marco Saltos, mismas que se reflejaran de estricto cumplimiento de los objetos planteados, la asistencia a la capacitación, las entrevistas realizadas, prueba de ellos las fotografías como evidencia pura de ello y la tramitación de los 5 casos de aplicabilidad del régimen Semiabierto en favor de las personas privadas de libertad.
CONCLUSIONES
● La conceptualización de la ejecución penitenciaria, bajo dicho prototipo, conlleva a enfatizar el sistema de progresividad, definiéndose el encierro como un camino que debe amonestar las acciones negativas de las personas que cometan algún ilícito, paulatinamente, a la recuperación de la libertad a partir del acceso de determinados niveles, donde se fusionan en forma ascendente acciones de mérito que conllevan a la disminución de la necesidad preventiva para que el condenado permanezca al margen de la sociedad por menor tiempo.
● Es de vital importancia tener claro que mediante el régimen Semiabierto las personas gozaran de una prelibertad, misma que no será absoluta. ya que se establecerán medidas cautelares para el cumplimiento total de la pena privativa de libertad, pero le favorecerá al reo salir de un ambiente hostil y violento, precautelando sus derechos constitucionales.
● La finalidad de la pena privativa de libertad es que el sentenciado tenga conocimiento de las consecuencias jurídicas que acarrean cometer una infracción, una vez cumplido el 60% de la pena privativa de libertad y estando totalmente rehabilitado podrá ser reinsertado en la sociedad. ● Una vez realizado el trabajo de investigación, según los lineamientos
metodológicos propuestos; concluimos: que para acceder a este beneficio penitenciario no es imprescindible la contratación de un abogado particular para llevar su procedimiento o causa, la Defensoría Pública está a cargo de realizar el trámite pertinente con fin de dar solución a la garantía constitucional.
● Mediante entrevistas realizadas aleatoriamente se observó palmariamente que, si existe un cierto porcentaje de desconocimiento por parte de estos grupos vulnerables sobre sus derechos y garantías que la ley le consagra en la Constitución y Código Orgánico Integral Penal, específicamente el régimen Semiabierto.
RECOMENDACIONES
● Que el Estado facilite los medios e instrumentos necesarios, para que a través de charlas en el Centro de Rehabilitación Social las personas privadas de libertad puedan tener conocimiento acerca de las garantías a las que son acreedores, y de tal manera acceder a las mismas.
● Se recomienda mayor socialización en cuanto al tema, que las personas conozcan sus derechos, garantías y cuáles serían las aplicables dentro del proceso, de esta manera erradicaremos el desconocimiento ya que, a su vez, sabrán cuales les favorece y por ende cuales serias sus obligaciones.
● Se recomienda que el Estado proporcione materiales necesarios para que dentro de todos los CRS, las personas privadas de libertad puedan desenvolverse en cuanto sus destrezas y conocimientos respecto de algún tema; como puede ser, carpintería, pintura, deporte, música y cuestiones de esta índole, posterior a ello exponer sus creaciones con la única finalidad de que se sientan útiles a la sociedad, y mantengan el tiempo libre en cosas de carácter positivo; pero para lograr esto debe existir un ente que regule que ellos sean productivos, pues el trabajo dignifica.
● Se recomienda a la Universidad Regional Autónoma de los Andes extensión Santo Domingo que los estudiantes de niveles superiores de derecho, en calidad de pasantes acudan al Centro de Rehabilitación Social Bellavista a fin de prestar colaboración en la sustanciación de la aplicación de los beneficios carcelarios en asistencia con la Defensoría Pública, esto es, cooperar con la oficina técnica de diagnóstico de la cárcel respecto a la efectivización en la emisión de los respectivos certificados y de esta manera favorecer la celeridad en estos procesos.
● Enfatizar hacia la creación de un área dentro de la Defensoría Pública en coordinación con el área jurídica del Centro de Rehabilitación Social Bellavista de Santo Domingo, especialmente para sustanciar causas
relativas al acceso de cambio del régimen, siendo de este modo que mediante gestión de ambas instituciones se facilite este trámite a quienes deseen acceder gratuitamente para disminuir el hacinamiento carcelario.
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ANEXOS
Anexo 7 Sustanciando la emisión de certificados dentro del CRS, para acceder al beneficio del Régimen Semiabierto.
Anexo 9 Ingreso a CRS, realización de carpetas acerca del Régimen Semiabierto.
Anexo 19 Contestación al Oficio por parte de la Defensoría Pública del Ecuador
Anexo 20 Formulario de la encuesta realizada. ENCUESTA
1. ¿Cuántos años de sentencia condenatoria debe cumplir usted? 3 a 5 años
6 a 10 años 11 a 20 años 20 años o Más
2. ¿Conoce usted acerca del sistema penitenciario progresivo? SI
NO
3. Dentro de su interés personal, ¿Desearía recuperar su libertad? SI
NO
4. ¿Conoce usted acerca del Régimen Semiabierto? SI
NO
5. Brevemente explicado los beneficios y requerimientos para acceder al Régimen Semiabierto ¿Considera usted poder aprobar al mismo o cumplir con los requisitos?
SI NO
6. ¿Sabe usted que se necesita cumplir con el 60% de la pena privativa de libertad para poder acceder a esta garantía constitucional?
SI NO
7. ¿Cuenta usted con los recursos necesarios para contratar los servicios lícitos de un abogado particular?
SI NO
8. ¿Tiene conocimiento usted que la Defensoría Pública realiza los trámites pertinentes de forma gratuita en este tipo de procesos?
SI NO
9. ¿Conoce usted de que una vez otorgado el régimen Semiabierto se impondrán medidas cautelares con el fin de dar cumplimiento a la sentencia dictada por el Juez que conoció su causa?
SI NO
10. ¿Dentro del Centro de Rehabilitación Social Bellavista existen los recursos de salud necesarios para garantizar el bien jurídico denominado, la vida?
SI