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Evolución Histórica de los Derechos Humanos

Los Derechos Humanos nacen con la humanidad misma; siempre han estado en la historia a la par del hombre, han crecido y evolucionado de acuerdo a cada época. Hace 2,500 años, en Grecia, existía ciudadanos griegos que gozaban de

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determinados derechos tales como: el derecho a la libertad, ya que para los griegos ser libre, es no ser esclavo de nadie, esta libertad se fue logrando sucesivamente así: la libertad civil se alcanzó al abolirse la prisión por deudas, garantía constitucional que se encuentra consagrada dentro del marco de la Constitución Política de Guatemala en su artículo 17 al establecer que no hay prisión por deudas, entonces fue un avance histórico dentro del derechos humanos, garantía que rige en nuestros días, al existir la libertad jurídica también se proteger al ciudadano, el cual de ser violentado este principio se puede reivindicar este derecho con un habeas

corpus el cual se interpondría si fuese detenido la persona por deuda. Sin embargo existían personas que no gozaban de esos derechos y que estaban

privados de su libertad y esas personas eran los esclavos, es importante recordar que los romanos conquistaron a los griegos y continúo la esclavitud, la lucha de los esclavos por gozar de estos derechos es una historia tan impactante, como la esclavitud misma, recordemos los ejemplos de Espartaco y de Antonio en sus luchas por lograr igualdad y dignidad de los esclavos como seres humanos, todo este proceso forma parte de la actual dignidad humana.

Estos ejemplos nos indican, que cada uno de los derechos humanos, actualmente se encuentras protegidos por el derecho internacional, lo que fue producto de lucha de miles de personas, de pueblos y de naciones enteras; gracias a ellos ahora podemos abrir una Constitución y encontrar una efectiva protección de tales derechos a nivel nacional y una protección internacional mediante convenios internacionales. Es importante conocer cómo han evolucionado los Derechos Humanos, eso le dará a las nuevas generaciones, toda la importancia de la lucha histórica que realizaron nuestros ante pasados, con lograr el reconocimiento de personas humanas con dignidad y respeto, esto ayudará para que se valore esa herencia importante y al mismo tiempo, saber que ese proceso a uno no ha terminado y que corresponde realizar una lucha responsable, como miembros de la comunidad mundial y trabajar arduamente por el respeto y reconocimiento de los Derechos Humanos para la población en general.

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Existen varios documentos que contienen normas jurídicas de protección a los Derechos Humanos desde tiempos inmemorables, como la norma budista de no hagas a otro lo que no quieres para ti, que posteriormente fue incorporada al cristianismo, es un ejemplo valorativo, si queremos encontrar la génesis del derecho al asilo, como un ejemplo lo debemos encontrar en los inicios del cristianismo, cuando los templos al ser sagrados, se consideraban un lugar de asilo, así mismo el cristianismo proclamo la igualdad de las personas ante Dios, lo que significaba que todos los seres humanos eran iguales entre sí.

Y así, se pueden encontrar enseñanzas importantes en la historia de cada pueblo; en ese sentido empezaremos nuestro estudio con la aparición de la Carta Magna proclamada en Inglaterra en 1215.

“Debido a una serie de manifestaciones públicas del pueblo de Inglaterra, que fueron promovidas por un importante sector de la nobleza, el Rey Juan Sin Tierra se vio obligado a conceder una serie de normas jurídicas en favor de los nobles las cuales se fueron ampliando paulatinamente a los sectores populares, el avance importante de este documento consiste en que se limita el poder absoluto del Rey a estas disposiciones legales.

Las leyes establecidas en este documento son de vital importancia en la historia de la humanidad, si bien es cierto que la carta magna estaba dirigida a los hombres de nuestro reino, también lo es que es un antecedente histórico de las constituciones de los estados por esa razón algunas veces denominas a nuestra constitución: la Carta Magna”.41

La carta magna del Rey Juan Sin Tierra está integrada por 63 disposiciones, en la primera se establece la libertad de la Iglesia con respeto al poder del Rey dando los primeros pasos para la separación entre Iglesia y Gobierno.

El artículo número 39 de la carta magna. dice textualmente: “Ningún Hombre libre será arrestado o detenido en prisión o desposeído de sus bienes, proscrito o

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desterrado, o molestado de alguna manera y no dispondremos sobre él, ni lo pondremos en prisión, si no por el juicio legal de sus pares, o por la ley del país”. 42

Como podemos notar en primer lugar se establece que los hombres son libres, lo que nos indica que existían hombres que no eran libres, luego encontramos que la misma prohibía la detención ilegal, la protección al derecho de la propiedad privada y se prohibía la tortura, los malos tratos, tratos inhumanos o degradantes, derechos a un juicio justo, igualdad jurídica ante la ley.

El artículo 42 es la génesis del derecho a la libre circulación internacional: “dejar nuestro Reino y volver a el, salvo y seguramente por tierra y por agua.” 43

La carta magna contiene normas jurídicas, es decir, que deben ser cumplidas y obedecidas y quien las infrinja debe de ser sancionado, además, en ellas se crea las instituciones necesarias para proteger esas normas jurídicas, está Carta consagra dos principios:

a) El respeto a los derechos de la persona;

b) La sumisión del poder público a un conjunto de normas jurídicas;

La carta magna a un conserva su vigencia en Inglaterra aunque ha tenido que modificarse de acuerdo a las circunstancias históricas. En 1628, Carlos Primero confirmó las garantías de la carta mediante un documento denominado petición en el tiempo; y en 1689 se promulgo una ampliación de la carta magna con el documento que se conoce con el nombre de cuenta en el tiempo y que contiene las libertades reivindicativas por el pueblo y reconocidas por el Rey este documento establece el pretendido poder de suspender las leyes o la ejecución de las mismas, por especial autoridad real y sin su consentimiento, es ilegal

Tengamos en cuenta que la carta magna y sus modificaciones o ampliaciones no son una concesión gratuita del Rey al pueblo, si, no un producto de la lucha del pueblo de Inglaterra por gozar derechos y libertades que por el hecho de ser personas humanas les corresponde.

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Ibíd. Página. 111. 43

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La carta magna de 1215 marca una etapa en la que el rey, ante las posiciones sociales, concede ciertos derechos, posteriormente encontramos que los pueblos ingleses que se encontraban en las colonias norteamericanas lucharon por suprimir el poder del rey y es en ese territorio donde, por primera vez, el pueblo de Virginia aprueba el 12 de junio de 1776, la declaración de derechos, formulada por los representantes del buen pueblo de Virginia, ya que es el mismo pueblo el que dicta sus propias normas, a esta declaración se refiere en el artículo que a continuación de describe.

La declaración de derechos de Virginia. El 12 de junio de 1776, la Convención de miembros, representantes de pueblo de Virginia, aprobaron su propia Constitución y se declaraban independientes de Inglaterra, desconociendo la autoridad de Rey. En ese mismo acto, dichos representantes aprobaron la primera declaración sobre Derechos Humanos, a esta se le conoce como: la Declaración de los Derechos del buen pueblo de Virginia.

Es importante destacar que fue el mismo pueblo el que determinó cuales eran los derechos que como seres humanos les correspondían.

El artículo I aparece la igualdad natural en la libertad y la independencia, derecho al goce de la vida, derecho al goce de la libertad, derecho a adquirir y poseer la propiedad, derecho a obtener la felicidad.

Veamos cómo está redactado el artículo en su forma original: que todos los hombres por su naturaleza igualmente libres e independientes y tienen ciertos derechos innatos, de los que, cuando entran en estado de sociedad, no pueden privar o desposeer a su posterioridad por ningún pacto, a saber: el goce de vida y de la libertad, con los medios a adquirir y poseer la propiedad y de buscar y de obtener la felicidad y la seguridad.

Esta artículo nos permito observar que en 1776 se consideró que los Derechos Humanos, se derivan de la naturaleza misma del ser humano que no podían ser objeto de negociación por ningún motivo y que eran anteriores a la formación de Estado, de esta forma se logró superar la concepción contenida en la carta magna,

según la cual los Derechos Humanos eran normas que se desprendían del Derecho divino.

En el artículo II se encuentra la primera manifestación de lo que hoy conocemos como soberanía popular: que todo poder es Inherente al pueblo y en consecuencia procede de él; que los magistrados son sus mandatarios y sus servidores y en cualquier momento responsables ante él. El artículo III se establece el derecho a la resistencia, lo que hoy conocemos como mediante la declaración universal de Derechos Humanos, como el derecho a la rebelión y es así como lo establece su redacción original: que el gobierno es instituido, o debería serlo, para el común provecho, protección y seguridad del pueblo, nación o comunidad: que todos los modos y formas de gobierno es el mejor, el más capaz de producir el mayor grado de seguridad y de felicidad, y en el que está más eficazmente asegurado, contra el peligro de un mal gobierno; y que, cuando un gobierno resulta inadecuado o es contrario a estos principios, una mayoría de la comunidad tiene el derecho indiscutible, inalienable e irrevocable de reformarlo, alterarlo o abolirlo de la manera que se juzgue más conveniente al bien público.

En el artículo V. Se establece por primera vez de la separación de poderes y de que los miembros del poder Ejecutivo y Legislativo deben ser designados por elecciones frecuentes; ciertas y regulares. No así los del poder judicial que serán nombrados por el poder legislativo.

Como podemos notar aquí ya existe una independencia de poderes, de lo cual la democracia guatemalteca lo conserva de la misma forma que el pueblo de Virginia en 1976.

Esta declaración de Buen Pueblo de Virginia también prohíbe la detención ilegal en su artículo VIII: el cual dice así: que nadie sea privado de su libertad, salvo por mandato de la ley del país o por juicio de sus iguales. Ahora recalquemos la importancia que tiene el hecho de que el juicio se realizara entre iguales, no como en la carta magna que el juicio era entre pares. En el artículo XII aparece por primera vez expresada la necesidad de la libertad de prensa el cual dice en su texto original

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así: que la libertad de prensa es uno de los grandes baluartes de la libertad y no puede ser restringida jamás, a no ser por gobiernos despóticos. Está suficientemente claro.

En el artículo XV se hace una exaltación de la justicia, la moderación, la templanza, la virtud y los principios fundamentales. En el artículo XVI y último, aparece el derecho al libre ejercicio de la religión, así como el deber de practicar la paciencia, el amor y la caridad cristiana con él prójimo.

Este documento es de vital importancia para comprender como han evolucionado los Derechos Humanos, es aquí donde aparecen derechos individuales y derechos colectivos o sociales los llamados derechos de los pueblos, luego posteriormente aparecen únicamente los individuales y es hasta hace pocos años que aparecen nuevamente los derechos de los pueblos.

Este documento se incorporó en sus principios fundamentales a la constitución de los Estados Unidos de América de 1776 la cual contiene su vigencia hasta el momento. En el artículo 2 de la constitución mencionada que dice literalmente así: sostenemos como verdades evidentes que todos los hombres han sido creados iguales; que a todos confiere su creador ciertos derechos inalienables entre los cuales se encuentra la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad; que para garantizar esos derechos, los hombres instituyen gobiernos que derivan sus justos poderes del consentimiento de los gobernados; que siempre que una forma de gobierno tiende a destruir esos fines; el pueblo tiene derecho a reformarla o a abolirla, a instituir un nuevo gobierno que se funde en dichos principios, a organizar sus poderes en que aquella forma que a su juicio garantice mejor seguridad y felicidad.

Estos documentos nos llevan a comprender que toda persona humana tiene un valor que la hace digna y para que este valor exista, es necesario que las condiciones de vida nos permitan desenvolvernos y utilizar plenamente las dotes de inteligencia como seres humanos, satisfacer nuestra necesidades materiales, a estas condiciones de existencias la organización de naciones unidas, las denominas; Derechos Humanos y se basan en la creciente demanda de la humanidad para vivir

una existencia en la que la dignidad inherente a cada persona, reciba respeto y protección.

Los europeos dicen que la declaración francesa de 1789 estaba influida del pensamiento europeo de esa época, pero para el autor Marco Antonio Sagastume Gemmell en su compendio de introducción a los derechos Humanos sostiene que la declaración del Buen Pueblo de Virginia del 12 en junio de 1776 fue la primera en proclamar los derechos Humanos, aunque lo importante es que ambos son documentos vitales.

En la declaración francesa aparece la declaración de los derechos de hombre y del ciudadano, misma que fue aprobada por la asamblea nacional francesa el 26 de agosto de 1789 después de larga discusiones, en la que previamente se había aceptado el principio de la necesidad de formular una Declaración de Derechos antes de discutir la constitución.

La situación de la población francesa antes de la toma Bastilla era de indefensión frente a sus derechos humanos, carecía de medidas protectoras para esos derechos, esto se expresó de tal manera que la necesidad de establecer una normativa expresa y solemne de los derechos de los individuos, en su doble calidad de hombre y de ciudadanos, era una idea tan generalizada en Francia en el momento de estallar la revolución que la mayoría de candidatos a representantes, incluyeron proyectos de declaraciones de derechos humanos en su propaganda electoral.

Esa declaración fue firmada por el Rey que se encontraba prisionero el 5 de septiembre de 1789; posteriormente fue incorporada por la asamblea nacional al encabezado de la constitución francesa de 1791.

La influencia de esta declaración en la historia de la humanidad fu decisiva, y además, ha sido la base para los posteriores documentos del mismo tema.

En el preámbulo de esta declaración se determina que la ignorancia, el olvido o el menosprecio de los derechos del hombre son las únicas causas de las desgracias públicas y de la corrupción de los gobiernos del mundo, luego indica que la fundamentación filosófica de la declaración, es una declaración solemne para los

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derechos naturales, inalienables y sagrados que son derechos que le pertenecen al Hombre.

Esta declaración en su artículo 1 establece: los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos, en el cual se establece el principio libertad, el principio de igualdad como un derecho humano ya que solo el hecho de ser hombre se tienen estas garantías.

En el artículo 2 establece: la meta de toda asociación política es la conservación de los derechos naturales e imprescriptibles del hombre, estos derechos son la libertad, la propiedad y la resistencia a la opresión.

En este artículo encontramos la finalidad del Estado que consiste en proteger, a sus habitantes y por consiguiente lograr el bien común para la población.

En el artículo 17 establece: la propiedad es un derecho inviolable y sagrado nadie puede ser privado de ella, salvo cuando la necesidad sea pública legalmente constatada, lo exige de forma evidente y a condición de una justa y previa indemnización.

Posteriormente a esta declaración existe un vacío histórico en relación con la protección de los derechos humanos, fue hasta en 1917 que la constitución mexicana incorpora las garantías individuales y sociales que habían sido considerados anterior mente como derechos individuales y como derechos sociales. En 1918 se aprobó por el III congreso de los soviets de diputados obreros y soldados de Rusia, la Declaración de los Derechos del pueblo trabajador y explotado, esta declaración marca un avance cualitativo en materia de derechos económicos, sociales y culturales además de sentar las bases jurídicas para la organización territorial del Estado.

En esta declaración encontramos el origen y principio de lo que hoy conocemos como el derecho a la libre determinación de los pueblos, ya que en su artículo 4 establece: Expresando su determinación se fijó a liberar a la humanidad de las garras del capital y el imperialismo que inundó la tierra con sangre en su presente más criminal de todas las guerras, el Congreso de los Soviets está plenamente de

acuerdo con el Gobierno soviético en su política de derogar los tratados secretos, de la organización en gran escala de la confraternización de los trabajadores y campesinos de los ejércitos beligerantes, y de hacer todos los esfuerzos para concluir una paz democrática general, sin anexiones, ni indemnizaciones, sobre la base de la libre determinación de los pueblos.

En esta declaración se considera que el trabajo es un derecho, pero también es una obligación, lo que da un preámbulo a la libre disposición del pueblo trabajador, en virtud de que se le reconoce el derecho al trabajo como un derecho humano.

En 1919 se aprueba la Constitución Alemana de Weimar. En esta Constitución se establece por primera vez, que los hombres y las mujeres son iguales en derechos y obligaciones. Esta diferencia se hace en razón de sexo, para brindar una mejor protección sin hacer distinción de sexo que es un preámbulo para reconocer a la mujer en igualdad de derechos y obligaciones.

En los documentos descritos anteriormente siempre aparece el hombre como sujeto de derechos y obligaciones, sin embargo a partir de la Constitución Alemana de Weimar, se le otorga el espacio que la mujer se merece como elemento formante de la sociedad, es en ese momento histórico donde la mujer se le da el lugar y el derecho que tiene como ser humano, siendo entonces, un ente sujeto de derechos y obligaciones con igualdad y respeto como ser humano.

Visto el proceso histórico que ha sido una lucha constante, de lo que hoy en día conocemos como derechos humanos, ha sido producto de grandes procesos sociales dentro de la humanidad y son estos proceso los que han generado la protección de los derechos humanos, cada uno de los derechos humanos reconocidos hoy fue una conquista en la historia de la humanidad y gracias a esas luchas de miles de personas, de pueblos enteros, ahora se ha avanzado en la protección internacional de los derechos humanos.

En este sentido cuando se dice que los Derechos Humanos nacen en el seno de la burguesía o en el comunismo, es una mentira ya que la burguesía fue la que más