El Programa de Jornada Extendida: nuevas condiciones para construir mayor igualdad
2.2 La experiencia actual del Programa de Jornada Extendida en la Provincia de Río Negro.
En el año 2006 se toma la decisión de política educativa de implementar con carácter experimental el “Programa de Escuelas de Jornada Extendida” para el nivel primario en la Provincia de Río Negro. Fueron incorporadas inicialmente nueve (9) escuelas primarias pertenecientes a diversas localidades de la Provincia; en los años sucesivos se fue ampliando el número de establecimientos que modificaron su jornada escolar, llegando a veinte (20) en el año 2007 y duplicándose en el año 2009, alcanzándose en 2009 el número de cuarenta (40) escuelas que funcionaban bajo dicho programa. Entre 2010 y 2012 se fueron incorporando otros establecimientos hasta alcanzar en el año 2013 el número máximo de sesenta y uno (61) representando el 15,8 % del total de escuelas de nivel primario del sector estatal que funcionan bajo esta modalidad:
PERIODO ESCOLAR
Total de Escuelas de Jornada Extendida
Total Escuelas de Nivel Primario Estatal 2006 9 382 2007 20 384 2009 40 384 2010 42 384 2012 52 385 2013 61 385
Cuadro Nº 1. Fuente propia de estudio.
La creación de las escuelas de Jornada Extendida en Rio Negro fue pensada – de acuerdo al marco normativo vigente- como una de las estrategias pedagógicas basadas en la inclusión, tendientes a democratizar e igualar las condiciones de aprendizaje de los niños de sectores más empobrecidos de la población: “Se trata de construir estrategias educativas destinadas a una diversidad no jerárquica, teniendo en cuenta las diferencias
62 de cada persona y grupo” (Res. 787/06, Anexo 1).
En los considerandos de la resolución de creación se plantea que el sentido de repensar la organización de la Escuela y el empleo del tiempo escolar tiene “el propósito de generar aprendizajes significativos en otros espacios participativos de construcción de conocimientos” y que ello constituye una preocupación “de docentes, padres, organización gremial y de esta Administración Educativa”. También se argumenta que “existen propuestas de comunidades educativas requiriendo la ampliación de la jornada escolar, entre otras estrategias a implementar” (Resol. 787/06).
El proyecto tiene como objetivos “democratizar el acceso al conocimiento, compensando las inequidades, atendiendo a la diversidad, enriqueciendo la educación y la vida de los alumnos”. Asimismo, ampliar el tiempo escolar permitiría “brindar mayores posibilidades de aprendizaje a través de un mayor y mejor tiempo de permanencia” y además favorecería la reducción de los índices negativos a partir de “mejorar los niveles de retención escolar, disminuir los porcentajes de repitencia y sobreedad.” (Resol. Nº 787/06).
También se establece en el artículo sexto de la citada normativa, la necesidad de realizar el monitoreo y evaluación del proyecto Pedagógico y de su impacto social; tarea que la normativa encomendó a la Subsecretaría de Educación en articulación con las Subsecretarías de Capacitación y de Planeamiento y la Coordinación de Programas del Ministerio de Educación de la Provincia.
Otra de las cuestiones que se regulan en el Anexo de la Resolución, refieren a los criterios de selección de las escuelas que podrán ser incorporadas al Proyecto, estableciéndose prioritariamente establecimientos que no estén contemplados en otros programas y proyectos, ubicados preferentemente en zonas rurales y con indicadores educativos desfavorables: repitencia, sobreedad, desgranamiento, vulnerabilidad social, relación de alumno por sección; otro criterio que se consigna refiere a que las escuelas cuenten con espacios áulicos suficientes o en condiciones de refuncionalizar.
Asimismo se prevén cinco etapas en el proceso de implementación de Proyecto: se inicia con la “conformación del grupo inicial de escuelas y visitas a las instituciones”; la segunda etapa establece la “presentación a supervisores y directores”; en la tercera prevé
63 el trabajo de los equipos directivos con los docentes a efectos de adecuar el Proyecto Educativo y Curricular Institucional (P.E.I. y P.C.I) a los propósitos del proyecto; la implementación de la Jornada Extendida está considerada como la cuarta etapa de este proceso que incluye además las acciones de capacitación y acompañamiento; finaliza con el “Seguimiento y evaluación del proceso de implementación”. Establece además dos condiciones básicas para el inicio de la implementación del proyecto:” el acondicionamiento de la infraestructura y la aprobación de los proyectos presentados por cada Institución” (Resol. 787, Anexo 1)
En cuanto a la organización escolar, reglamenta que la extensión de la jornada será de cuatro horas reloj (40 horas semanales) lo que hace un total de 8 horas diarias, distribuidas de la siguiente manera: 4 horas reloj en un turno, 1 hora para el almuerzo y tres horas reloj en contraturno para la extensión de la jornada que será obligatoria para los alumnos. Se otorgan además, dos horas institucionales semanales a fin de realizar la articulación, integración y evaluación entre equipo directivo, maestros de ciclo, talleristas y personal de servicios generales. Por último establece orientaciones respecto a los recreos, comedor y transporte.
El proyecto fue aprobado con carácter experimental, situación prevista en el artículo 70º de la Ley de Educación Provincial Nº 2444/94 en los casos que se trate de implementar una innovación educativa, existiendo como requisito que deba ser evaluada periódicamente para establecer su continuidad o clausura.
La primera evaluación del proyecto fue realizada por los equipos técnicos del Ministerio de Educación de la Provincia en Diciembre del año 2007; comprendió “aspectos vinculados a la formulación y reglamentación del proyecto, los relacionados a su desarrollo o implementación (estructuras y procesos) y los vinculados a los resultados (productos, efectos e impactos)”. Con los resultados de la evaluación se elaboró un documento específico de circulación interna denominado “Anuario”9
que sistematiza en seis capítulos información con resultados globales de dicha evaluación.
64 fundamentos, propósitos e impacto esperado del proyecto a partir del planteo de preguntas y respuestas traducidas en cuadros diseñados espacialmente para facilitar la comprensión. En el capítulo 2º se consignan las escuelas incorporadas al programa en la Provincia, según zona, localidad y fecha de inicio de la JE.
La sistematización de los relatos que talleristas, supervisores, docentes y directivos, se constituyó en un instrumento de evaluación sobre la experiencia de Escuela de Jornada Extendida que recupera los resultados obtenidos en las 15 escuelas que funcionaban en ese momento en el marco del proyecto, aporte que se materializa en el capítulo 3º de este trabajo. A partir del relevamiento de estos datos se pone en evidencia que la mayor apropiación del proyecto se produce en el personal directivo de las escuelas bajo el programa; que la incorporación de nuevo personal (talleristas y de servicios generales) provoca “un movimiento institucional y cierto malestar emerge el cual es nombrado de diferentes modos” (Anuario, p. 3); asimismo son altamente valoradospor las instituciones los talleres de Inglés y los referentes TICs. Otra cuestión que plantea refiere a las horas institucionales, observándose que no siempre constituyen espacios de intercambio y producción a fin de abordar las dimensiones pedagógico - didáctica, comunitaria y organizacional de los propósitos de la propuesta de JE. Señala al respecto el documento que:
“Existen múltiples interpretaciones de la norma acerca de la obligatoriedad de las horas, su sistematicidad, la carga horaria (2 horas reloj u 2 horas cátedras), los participantes, los responsables de la organización y coordinación de las mismas”.
(Dirección de Nivel Primario. Ministerio de Educación R.N. Anuario, p.14). Es de destacar que se elaboró para cada escuela bajo el programa, un documento específico que fue remitido para ser analizado y trabajado por los equipos docentes a efectos de “que se convierta en un dispositivo más de acompañamiento a la gestión institucional y sus actores” (Anuario, p. 3).
El capítulo 4º argumenta acerca de la necesidad de la participación de los padres en las trayectorias escolares de los alumnos advirtiendo los diferentes significados que
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El documento fue elaborado por el Equipo Técnico de la Dirección de Nivel Primario del Ministerio de Educación de Río Negro en diciembre del 2007 y en el que se sistematiza los resultados de la 1ra. Evaluación del Proyecto de JE.
65 pueden asignarse al concepto de participación y las dificultades para lograrlo, dado el conflicto que el mismo conlleva por poner en juego las diferencias los saberes y culturas familiares y los contenidos curriculares; el 5º capítulo plantea la necesidad de focalizar en los aprendizajes y el uso del mayor tiempo escolar:
“Cuando decimos más tiempo escolar queremos decir mayor tiempo de enseñanza, más tiempo de aula - taller, más materiales formativos, más posibilidades de aprendizajes dirigido al núcleo del conocimiento y de la cultura.”
(Dirección de Nivel Primario. Ministerio de Educación R.N. Anuario, p. 18). El último capítulo se destina al comedor considerando que comer no sólo tiene que ver con adquirir las nutrientes necesarias para vivir sino que además “Es un hecho que está ligado al surgimiento mismo de las relaciones del sujeto con los otros y la cultura” (Anuario, p.18). Señala que la incorporación del comedor como espacio educativo se ha desarrollado de forma disímil para las escuelas y que además “supone un núcleo problemático la resolución organizativa y funcional de este espacio” (p.19) que incrementa significativamente las tareas del equipo directivo.
Con posterioridad a la referida evaluación y después de los dos primeros años de su implementación, se procede a prorrogarlo mediante la Resolución Nº 959 de mayo del 2008. La citada norma incorpora algunas “inclusiones y/ o precisiones” que se consideraron necesarias “producto de la evaluación de la experiencia 2006- 2007” (Res. Nº 959/08, artículo 2do.). Asimismo se establecen criterios para la elaboración de los proyectos a implementar (anexo II) y se aprueba el modelo de evaluación del Proyecto de Escuelas afectadas al mismo (anexo III)
En primer término se define al proyecto como “un conjunto de recursos y actividades, planificadas anticipadamente, secuenciadas en el tiempo, con un determinado propósito o fin a alcanzar” (Res. Nº 959/09, Anexo II) A diferencia de la anterior normativa, se establece que es “la Comunidad Educativa” quien previo conocimiento de la propuesta, acepta incorporarse a partir de la firma de un acta acuerdo; posteriormente dicha comunidad educativa elaborará los Proyectos que serán remitidos a la Dirección de Nivel Primario para ser analizados por la Comisión Evaluadora Central, la que realizará las devoluciones, sugerencias y consideraciones
66 para su aprobación (Res. Nº 959/09, anexo I).
También se produce una modificación en las plantas funcionales que consiste en la eliminación de los cargos de Maestro de Jornada Completa y de Jornada Extendida, quedando sólo la figura del Maestro de Jornada Simple; el resto de los cargos no sufre variaciones a lo reglamentado por la resolución anterior. Por una resolución posterior (Nº 960/08), se establece que “la designación de los docentes y talleristas en los cargos/ horas en las Escuelas de Jornada Extendida serán considerados “a término”, es decir que cesan en cada período escolar.
En cuanto al desarrollo de las horas Institucionales, es mucho más específica que la anterior normativa dado que hace algunas precisiones al señalar que son “dos (2) horas reloj semanales o cuatro quincenales obligatorias, pagas y desarrolladas fuera del horario escolar”, y que se destinarán “a la articulación, integración y evaluación entre equipo directivo, maestros de ciclo y talleristas”. Asimismo consigna que el Equipo Directivo es el responsable de planificar y coordinar estos espacios que permitan el seguimiento y evaluación de la implementación “para introducir las modificaciones necesarias, asegurando la retroalimentación permanente de la información que se va obteniendo” (Resol. 959/08, Anexo I).
Uno de los anexos de la normativa está destinado a la evaluación del proyecto, estableciendo un modelo basado en dimensiones de análisis que los equipos técnicos de la Dirección de Nivel Primario tendrán en cuenta en la evaluación del Proyecto de Escuelas de Jornada Extendida, con la periodicidad que establezca el Ministerio de Educación a efectos de “relevar, sistematizar y analizar información pertinente, con periodicidad suficiente como para detectar el acercamiento o alejamiento de las acciones del proyecto a los resultados previstos” (Res. 959/08, Anexo III) lo que posibilitará reorientar o reforzar las acciones.