TIPOLOGÍA DEL CLIENTE Por su forma Jurídica
4.1. FUENTES INTERNAS
Unidad 2: La Información y su Interpretación
Análisis del Riesgo
Historial de sus riesgos:
- pólizas de crédito, límite y dispuesto - avales,
- riesgo comercial, si lo hubiere, con detalle de sus singularidades en cuanto a importes, plazos, aceptaciones e impagados
Cumplimiento de amortizaciones en operaciones vencidas e incidencias si las hubiere (morosidad actual e histórica, demoras y conductas irregulares)
Movimientos de la cuenta corriente
Otros aspectos de importancia como domiciliaciones, tarjetas… Nombre de los componentes en caso de ser sociedad Detalle de cuentas pasivas indirectas
Detalle de riesgos relacionados
Con toda esta información se puede afrontar el análisis de una manera más eficaz y disponer de mayor número de elementos de juicio para tomar decisiones.
Es importante el nivel de fidelización del cliente, ya que, de ser éste del 100%, el simple extracto de su cuenta corriente de un período razonablemente largo, se convierte en una cuenta de resultados en la que se podrá analizar la totalidad de su actividad bien sea personal o empresarial.
Las principales fuentes externas de información, a las que se suelen añadir herramientas propias utilizadas en cada entidad, son:
RAI: Registro de Aceptaciones Impagadas Agencias de Informes de Situaciones Irregulares
ASNEF: Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito CIRBE: Central de Información de Riesgos del Banco de España REGISTRO DE LA PROPIEDAD
REGISTRO MERCANTIL
OTROS INFORMES COMERCIALES REFERENCIAS DE BANCOS OTRAS REFERENCIAS
4.2. FUENTES EXTERNAS
Unidad 2: La Información y su Interpretación
Análisis del Riesgo
Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI)
El RAI, actualmente, es una más de las bases de datos de los morosos o incumplidos en compromisos aceptados y en él se recogen los efectos aceptados (letras y pagarés) que no han sido atendidos a su vencimiento, publicándose el detalle de:
Nombre del aceptante Nombre del librador
Indicación de si el efecto ha sido o no protestado Importe
Plaza librada
Fecha de vencimiento y de publicación en la relación
Cuando se encuentra información de efectos anulados se refiere, sobre todo, a aquellos errores administrativos de las propias entidades que provocan que un librado aparezca indebidamente en el RAI por, no estar aceptado, importe inferior al cierto, etc. y que, advertidos del error, se comunica al servicio RAI para su anulación.
En el caso de retirados y satisfechos, como su nombre indica, se refiere a aquellos efectos que han sido pagados con posterioridad a su vencimiento y se ha comunicado al servicio RAI para que se retiren. En las consultas del RAI ante solicitudes de operaciones con riesgo debe consultarse siempre este registro, pero conviene puntualizar que sólo contempla los efectos aceptados.
La búsqueda en esta fuente se realiza por apellidos en el caso de las personas físicas, y por el nombre cuando se trata de sociedades.
La información contenida en el RAI debe interpretarse con suma precaución, siendo preciso distinguir entre apariciones esporádicas (que podrían deberse a errores administrativos o a tensiones puntuales de tesorería que convendría aclarar) y apariciones continuadas (síntoma de dificultades habituales o falta de atención a que su nombre salga perjudicado).
Es obvio que, cuando se presume el segundo de los supuestos, difícilmente puede prosperar una propuesta de riesgos.
Unidad 2: La Información y su Interpretación
Análisis del Riesgo
Agencias de Informes de Situaciones Irregulares
Existen empresas privadas que facilitan información, recogida de los Boletines Oficiales, sobre procedimientos judiciales que afectan a empresas: procedimientos concursales, reclamaciones ejecutivas, falta de pago a la Seguridad Social o a la Hacienda Pública, reclamaciones por vía declarativa, notificaciones, etc.
La información facilitada suele incluir tanto a demandados / deudores como a demandantes / acreedores. Hay que tener en cuenta, sin embargo, que estos ficheros no recogen, en ocasiones, la resolución de las incidencias.
La búsqueda se realiza habitualmente por orden alfabético.
Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF)
La aceptación de efectos está cada vez más en desuso, optándose por otras formas de financiación o de aplazamientos; así el RAI se revela, en muchas ocasiones, casi inservible.
Por ello, para consulta de filtros, están cobrando mayor importancia las entidades como ASNEF. Esta asociación agrupa a empresas de grandes superficies, editoriales, empresas de comunicaciones, entidades financieras y los propios bancos y cajas, y facilita a sus asociados información sobre incumplimientos de pago en operaciones de financiación.
De esta forma, se puede tener acceso a datos como: Entidad informante
Naturaleza del deudor Tipo de producto Importe del crédito Saldo impagado Número de impagos
Fecha de primer y último vencimiento Situación judicial
Hay que tener en cuenta que, a diferencia de los ficheros anteriores, la búsqueda en ASNEF se realiza por NIF ó CIF, lo que confiere mayor certeza en la localización de peticionarios.
Unidad 2: La Información y su Interpretación
Análisis del Riesgo
Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE)
La Central de Información de Riesgos es un servicio del Banco de España (de ahí que también sea conocida como SCIRBE (Servicio de la Central de Información de Riesgos del Banco de España) al que las diferentes entidades facilitan mensualmente los riesgos que mantienen con sus clientes por todos los conceptos y con desglose de límite concedido y dispuesto.
La consulta a la CIRBE es una herramienta a medio camino entre la información interna y la información a solicitar al cliente ya que, si bien se obtiene utilizando conductos y métodos de operativa interna, es necesaria la autorización del cliente para su solicitud si es que no tiene posiciones de activo ya concedidas.
La CIRBE informa en términos globales, de las operaciones crediticias del cliente comunicadas al Banco de España por las entidades financieras con algún detalle por modalidades y segmentación de los riesgos con garantía real..
La obligatoriedad de declarar para riesgos directos es cuando éstos superan los 6.010,12 euros unitariamente, en la suma del tramo dispuesto y del disponible, y para riesgos indirectos (avales prestados), si sólo existen éstos, cuando superan los 60.101,21 euros. En el caso de que los riesgos se encontraran en situación de morosidad (en cualquiera de sus grados según el Banco de España), no hay límite de importe para la información.
La consulta a la CIRBE es muy importante cuando se estudia una solicitud de riesgo: permite conocer el endeudamiento global del peticionario (y de los garantes), su estructura, y, además, contrastar con los datos facilitados por él mismo. Pero pueden conseguirse más beneficios de esta información, tanto en el estudio de operaciones como en el seguimiento posterior, y, en este sentido, cabe añadir:
Identificación de posible estacionalidad Evolución en el tiempo del endeudamiento
Conocimiento de la cuota global de riesgo propia y por modalidades Constitución de hipotecas y otras prendas
Asunción por el peticionario de riesgos indirectos (avales) Aparición de posiciones en mora en otras entidades Etc.
En el seguimiento del riesgo, la información que proporciona la Cirbe es de suma utilidad ya que, al estar clasificado el cliente e informar, por tanto, la entidad mes a mes de sus cifras de endeudamiento financiero, se obtiene información de retorno también cada mes, con lo que se puede observar su evolución y detectar posibles desviaciones.
Unidad 2: La Información y su Interpretación
Análisis del Riesgo
Registro de la Propiedad
El Registro de la Propiedad es un organismo estatal cuyo cometido es hacer constar, y exponer a consulta pública, las operaciones que afectan a las fincas registrales, con unas características particulares:
La inscripción o anotación de operaciones se llevarán a cabo en el Registro en cuya circunscripción radiquen los inmuebles
El acceso a los Registros es público, con el único requisito de que exista un interés legítimo en averiguar el estado de los bienes o derechos reales inscritos
La información se consigue mediante la exhibición de los libros en el propio Registro, mediante una nota simple informativa o mediante una certificación de dominio y cargas. Sólo esta última modalidad tiene valor de documento público
Sin necesidad de detallar todas las particularidades del Registro, que quedan fuera de los objetivos de este capítulo, sí que conviene conocer los conceptos básicos de las operaciones inscribibles:
FINCA REGISTRAL: es la unidad básica registral, constituida por todo aquello susceptible de ser inscrito con un solo número, como trozos de superficie, pisos, locales, dependiendo en todo caso su situación de los planes urbanísticos correspondientes.
LIBROS DE REGISTRO: son los volúmenes encuadernados en los que se hacen figurar los asientos de las operaciones.
ASIENTO: es la constatación formal de los actos y contratos inscribibles.
TÍTULOS INSCRIBIBLES: documentos públicos (con alguna excepción) acreditativos de los derechos de las personas, físicas o jurídicas, sobre las fincas registrales.
En el análisis de operaciones con garantía hipotecaria es imprescindible la consulta del Registro para verificar que los datos aportados por el cliente son los correctos, así como en el estudio de operaciones en las que se precisa contrastar la veracidad de la situación registral de los bienes inmuebles descritos en la Declaración de Bienes.
Registro Mercantil
El Registro Mercantil es un organismo, al igual que el de la Propiedad, de acceso público, en el que se hace constar el historial de todos los actos que afectan a la situación jurídico-legal de las empresas, así como la evolución financiero-contable, ésta última por el depósito de las cuentas anuales.
El depósito de cuentas es obligatorio de forma que, si una empresa no lo hiciera, queda excluida del Registro, esto es, no puede inscribir los actos que le afectan, como variaciones en el capital, renovación de mandato de administradores, cambios en las personas apoderadas, cambio de domicilio, etc.
Unidad 2: La Información y su Interpretación
Análisis del Riesgo
La consulta en el Registro Mercantil ayuda a despejar dudas sobre si, particularmente, los poderes de actuantes están efectivamente inscritos o si el depósito de las cuentas anuales se efectúa con normalidad. En los informes comerciales de agencias acreditadas, los resultados de la consulta en el Registro Mercantil forman siempre parte del contenido de los mismos.
Informes Comerciales
En un informe elaborado por una agencia especializada suele constar:
Origen del negocio y sus fundadores Evolución económica del mismo
Última situación económica según Registro Mercantil
En caso de sociedades, componentes actuales (a veces, dependiendo del tamaño de la empresa, incluso el nombre de los responsables de departamento) y otros negocios conocidos de éstos
Actividad legal y formal Negocios o sociedades filiales
Relaciones comerciales (proveedores y clientes)
Entidades con las que opera, con los límites de las clasificaciones concedidas Valoración o clasificación de crédito
Sobre esta síntesis informativa cabe hacerse dos reflexiones:
a) Si el sujeto sobre el que se informa ya es cliente, el informe se convierte prácticamente en una mera “lista de verificación” de datos, por las pocas novedades que puede aportar
b) La fiabilidad del informe dependerá de la calidad de la agencia ya que aún en el caso de solicitar un informe de los llamados completos, la agencia no suele efectuar verificaciones de patrimonio ni, en general, análisis de sus datos económico-financieros
Aún así, la consulta de informes de agencia es una buena herramienta de conocimiento que complementa lo que ya sabemos y que en ocasiones nos informa de filiales y otros negocios que quizá desconocemos. Es útil, además, conservar actualizado el informe y examinar la evolución de sus relaciones comerciales y bancarias como fuente adicional de información si se considera necesaria.
Unidad 2: La Información y su Interpretación
Análisis del Riesgo
Los informes de agencias ya suelen incorporar la información de la existencia de demandas judiciales. Esta información permite evaluar, en función de sus pormenores, los motivos de la demanda y la repercusión económica que pueda tener sobre el cliente, pero también, como se apuntaba en las consultas al RAI, la repercusión que podría tener si el cliente es el demandante si cobra o no del demandado. Por otra parte, la presentación frecuente de demandas indica que la cartera de clientes no está saneada.
Referencias de Bancos
En cuanto a la información a obtener de la situación del cliente con otras entidades, es necesario partir de la evidencia de que existe el deber de confidencialidad en el tratamiento de los datos financieros de los clientes y el cumplimiento de la vigente LOPD. Aún así, y siempre que el facilitar información (que pueda facilitarse) no vulnere las instrucciones internas de cada entidad, su interpretación depende de la credibilidad que merezca la persona que manifiesta su opinión.
El contraste de los datos (básicamente relativos a comportamiento y no tanto a los datos cuantitativos de límites y modalidades) que pueden conseguirse por esta vía es particularmente útil para corroborar información cualitativa de agencias e incluso paralelismo con el historial del cliente en la propia entidad. Esta información no siempre es exacta, y adolece de desviaciones más o menos interesadas en función del conocimiento real que el banco tenga del cliente, de si el cliente tiene posiciones importantes (el informador no querrá correr el riesgo de que le arrebaten al cliente), de si por el contrario sus posiciones son dudosas (el informador dará buenos informes para no cerrarle otras puertas y recuperar su inversión), etc. Es por ello que la experiencia demuestra que la información más fiable se consigue acudiendo a aquellos bancos que ya han extinguido el riesgo o con los que el cliente ha dejado de operar y que es conveniente pulsar la opinión de varias entidades para contrastarlas entre sí.
Aún así, debe tenerse muy en cuenta que la actual Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal prohibe la cesión sin consentimiento del afectado de información (datos) referidos a personas físicas.
Otras Referencias
Este apartado trata las referencias a obtener de fuentes tales como los proveedores del solicitante, sus clientes y competidores con que se relaciona. No es ésta una fuente de uso habitual en el segmento de clientes objeto de este curso por los sesgos, intencionados o no, que puede contener.
Por lo que se refiere a las referencias de los proveedores, pueden ser muy valiosas porque aportan la experiencia en cobros de quien vende al peticionario del crédito.
Unidad 2: La Información y su Interpretación
Análisis del Riesgo
Puede así averiguarse:
Cifra anual aproximada que le vende Plazo medio a que gira
Cumplimiento en sus obligaciones
Posible existencia de demoras o aplazamientos Capacidad de sus dirigentes
Formalidad en sus compromisos
La validez de esta información reside en la credibilidad del proveedor que ha de informar y el grado real de conocimiento que éste tenga del cliente.
La información a conseguir a través de sus clientes, no versará tanto sobre datos económicos sino sobre otros aspectos que permitirán completar la evaluación del cliente:
Calidad de sus productos Volumen de compras
Cumplimiento en el servicio de entrega Plazo de giro e importes medios Posibles incidencias en los giros Organización del negocio
Tanto en consultas a clientes como a proveedores se observa que, dentro de lo posible, se efectúen a aquéllos que ya sean clientes de la entidad, con lo que conseguiremos una mayor fiabilidad en las respuestas.
Además de clientes y proveedores, los competidores del cliente, y ellos mejor que nadie, pueden informar de las características del negocio:
Tamaño de la empresa Calidad de sus productos Técnica y organización
Capacidad y solvencia de sus componentes
La información de competidores viene condicionada por la atomización del sector en concreto y por la dimensión de los clientes, pero, la información que se puede obtener, es difícilmente detectable por otros medios.
Unidad 2: La Información y su Interpretación
Análisis del Riesgo
Sea cual sea la fuente de información utilizada, la conclusión del analista es que se ha de ser cauto en su interpretación y que la decisión de riesgo nunca debe basarse en la buena información conseguida. La información de terceros servirá para detectar señales de alerta, de modo que, nunca será base de autorización de riesgo, una información desfavorable ha de servir para profundizar en el estudio, pese a que los cálculos numéricos de solvencia hayan resultado positivos.
Unidad 2: La Información y su Interpretación
Análisis del Riesgo