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El gobierno democrático

In document Bilbeny, Norbert - Filosofía Política (página 141-143)

Capítulo VI. Las normas de preferencia

2. Las formas del gobierno político

2.2. El gobierno democrático

La democracia no es sólo una forma de ordenamiento político, con sus nor- mas de procedimiento y de preferencia. Es también una forma de gobierno: la opuesta a la autocracia.

Abraham Lincoln dijo en su discurso de Gettysburg: “La democracia es el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo”. Poco más puede añadir- se a esta definición y nada puede quitársele. Sobre todo su afirmación central: sólo la democracia es gobierno por el pueblo, mientras que un gobierno auto- ritario puede provenir del pueblo y hasta uno despótico puede hacerlo para el pueblo. Gobierno democrático por el pueblo no es un gobierno conforme a la decisión de todos los ciudadanos unánimemente, cosa de hecho imposible, sino conforme a la decisión de la mayoría de ellos (Cap. V,1.1). Ahora bien: esta conformidad no es suficiente, pues el gobierno democrático de la mayoría no debe ser, por democrático, la tiranía de la mayoría. En otras palabras, el gobierno de la mayoría debe tener en cuenta los intereses de todos. Si no, pues, por todo el pueblo, según la regla de la mayoría, el gobierno democrático debe

25. B. Spinoza, Tratado político, X, 1. 26. C. Schmitt, La dictadura, 193 ss.

ser para todo el pueblo, al menos según la regla del respeto de la minoría (Cap. VIII,2.3).27

Por eso a la hora de considerar la cuestión del gobierno democrático impor- ta de la misma manera saber quién gobierna que saber cómo se gobierna. No basta con prever que todos puedan participar en la designación de quienes van a diri- gir los asuntos públicos. Hay que prever también que todos puedan participar en el control posterior de quienes la mayoría ha designado y, a su vez, que la minoría sea tenida en cuenta por éstos. De esta forma no sólo se verifica que la democracia es el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo, como reza la clásica definición, sino que se da cumplimiento al principio básico de un lla- mado estado de derecho: impedir a toda costa la inmunidad del poder político mediante la sujeción a normas (Cap. V,1.2). Spinoza ya vió, a diferencia de lo admitido desde Aristóteles, que el régimen democrático es el que se distingue del resto por el número de los que gobiernan, pero además por el modo de hacer accesible este gobierno, que es particularmente por una sujeción a nor- mas.28De ahí que tanto Spinoza como Kelsen, después, crean que si hubiera que

hablar de un gobierno original o primero en la génesis de los gobiernos éste debie- ra ser el democrático, por obedecer en último término a leyes, es decir, a la autonomía del juicio, y no en último término a hechos, que es la aceptación de la heteronomía.29

La capacidad de la mayoría para autodirigirse hace la democracia posible, pero la capacidad de la mayoría para dejarse dirigir hace la democracia deseable. El gobierno democrático es el método hasta ahora mejor para evitar el abandono a la heteronomía en la esfera de lo público e impedir, así, el gobierno autocrático. Este ejerce el poder de modo descendente, desde arriba, sobre los sojuzgados; aquella lo desarrolla de modo ascendente, desde abajo, a partir de los que juzgan por sí mismos. Un gobierno democrático es el que subvierte, por lo pronto, el tra- dicional ejercicio descendente del poder. Y es por sí mismo tan subversivo fren- te a cualquier otra clase de poder, que sería una verdadera política democrática, y no una hipotética sociedad sin clases, afirma Bobbio, la que haría al fin posi- ble una sociedad sin estado.30

27. J. Locke, Ensayo sobre el gobierno civil, IV, 22-23; J.S. Mill, Sobre la libertad, I. 28. B. Spinoza, Tratado político, XI, 2.

29. Ib., VIII, 12; H. Kelsen, Vom Wessen..., op. cit., 67-68. 30. N. Bobbio, ¿Qué socialismo?, 132.

Como método de gobierno y ordenamiento, la democracia no puede ser con- fundida con ninguna realidad: incluso en la realidad más supuestamente demo- crática se amagan restos de poder autocrático. Y aunque no fuera así, nada asegu- ra completamente que un orden político democrático sea un hecho irreversible.31

Es casi inconcebible que un orden de este tipo no tenga que enfrentarse al menos contra sí mismo, pues ni habrá seguramente un acuerdo tan unánime que evite la existencia de minorías, ni habrá probablemente una opinión tan coincidente en la mayoría que le ahorre tener que discutir qué se entiende por respeto a la mino- ría.32Por lo tanto, hay que contemplar el método democrático de la política al mismo

tiempo como un proceso y prácticamente como un proceso interminable. En cada momento, incluido el actual, el desarrollo de la democracia se presen- ta de modo desigual e incompleto. El despliegue de la democracia no ha alcan- zado a otras formas de vida que la política ni a otras formas de orden político que las limitadas a los estados soberanos. En cualquier caso, no es muy congruente con la idea de democracia como proceso el conformarse con su aplicación limi- tada al estado, y no al orden internacional,33y a la política, y no al orden social

en general.34Evidentemente, para esto último, allí donde la aplicación de la regla

de la mayoría no sea un absurdo: no se puede democratizar, por ejemplo, el talen- to empresarial, el gusto artístico o la fe de los creyentes, pero sí una empresa, una escuela o una iglesia, respectivamente.

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