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Una vez que la empresa tiene personalidad jurídica, se debe proceder a la realización de los trámites precisos para su puesta en marcha. En este caso, el análisis se lleva a cabo en función del organismo público ante el que es necesario realizar los trámites.

Agencia Tributaria

– Alta en el impuesto de actividades económicas (IAE).

●¿Qué es? Un tributo local que grava el ejercicio de actividades empresa-

riales o profesionales.

●¿Cuándo? El plazo de presentación es de diez días antes del comienzo

de la actividad.

●¿Qué documentos hay que presentar? Impreso al efecto facilitado por

la Agencia Tributaria, DNI para los empresarios individuales, CIF para las sociedades y DNI del apoderado de la sociedad.

●¿Cuándo se solventa? La efectividad del trámite es inmediata, y sus efec- tos duran un año natural.

– Declaración censal.

●¿Qué es? La declaración para formar parte del censo fiscal de empresas. Además de ser un trámite necesario para el inicio de la actividad, es preciso realizarlo también en el caso de modificación y de cese de la empresa.

●¿Cuándo? Antes de iniciarse la actividad mercantil.

●¿Qué documentos hay que presentar? Los empresarios individuales el DNI, las sociedades el CIF, y en ambos casos el alta en el IAE e impresos al efecto facilitados por la Agencia Tributaria.

●¿Cuándo se solventa? De forma inmediata, y sus efectos perduran mien- tras permanezca la actividad mercantil de la empresa.

– Presentación de libros de contabilidad.

●¿Qué es? Es preciso presentar ante la Hacienda Pública los libros obli- gatorios del impuesto sobre el valor añadido (IVA). Esta obligación sola- mente afecta a los profesionales y los empresarios individuales en Régimen de Estimación Directa Simplificada.

●¿Cuándo? Entre el cierre del perío- do impositivo y la finalización del plazo de presentación de declara- ciones por IRPF.

●¿Qué documentos hay que presen- tar? No es necesario presentar los libros, basta con rellenar un mode- lo facilitado por la Agencia Tributaria.

●¿Cuándo se solventa? El efecto es inmediato.

Impresos y formularios de la Agencia Tributaria La página web de la Agencia Tributaria pone a disposición de todos los ciuda- danos y, por tanto, de los emprendedo- res y empresarios en la dirección

www.aeat.es/aeat/aeat.jsp?pg=modFo rmul/es_ES los impresos y formularios necesarios para desarrollar todas las relaciones fiscales con la Agencia Tributaria.

Ventanilla virtual

El objetivo de la ventana única em- presarial es facilitar la tramitación, acercando la Administración al em- prendedor, ya que en un solo espacio físico es posible realizar los trámites necesarios para la puesta en marcha de una empresa cuya competencia co- rresponde a: Hacienda, la Tesorería de la Seguridad Social, la Comunidad Autó- noma y el Ayuntamiento.

Ayuntamiento

El Ayuntamiento es la Administración más cercana al ciudadano, y por tanto al emprendedor, por lo que la relación que se establece entre ambos es muy estrecha. Esta relación en cuanto a la apertura de la empresa pre- senta dos situaciones diferentes: por una parte, están las licencias de fun- cionamiento y, por otra, los trámites que tienen que ver con la prestación de servicios municipales como la recogida de residuos sólidos urbanos. Los más importantes se reseñan a continuación:

– Licencia de actividades e instalaciones (licencia de apertura).

●¿Qué es? El permiso de apertura al público del establecimiento, una vez que se ha demostrado que las instalaciones se ajustan a las nor- mativas urbanísticas y a las condiciones de seguridad e higiene ade- cuadas al uso.

●¿Cuándo? Antes de iniciar la actividad.

●¿Qué documentos hay que presentar? Instancia normalizada, debida- mente cumplimentada, ajustada al procedimiento específico de que se trate; autoliquidación con asiento bancario de haber realizado el depó- sito previo de la tasa correspondiente por tramitación; acreditación de la personalidad del solicitante y, en su caso, de su representante legal (fotocopias de los NIF o CIF de ambos); memoria descriptiva de las acti- vidades previstas; planos del local; fotografía de la ubicación del local y presupuesto de las instalaciones.

En los procedimientos para actividades calificadas molestas (pueden causar incomodidad o perturbación a los vecinos por ruidos, olores, humos, etc.), insalubres (por uso o generación de productos que por su naturaleza puedan representar riegos para la salud humana), nocivas (potencialmente contaminantes) o peligrosas (por uso o generación de productos que por su naturaleza sean susceptibles de provocar incen- dios o explosiones), también hay que presentar relación de colindan- tes con la edificación en la que se implanta la actividad o posibles afec- tados por la misma, y proyecto de instalaciones firmado por un técni- co competente y visado por el colegio profesional correspondiente.

●¿Cuándo se solventa? En un plazo de seis meses desde la presentación de la documentación.

– Licencia de obras.

●¿Qué es? En el caso de que sea preciso realizar obras en el local comer- cial, es preciso solicitar y pagar una licencia municipal.

●¿Cuándo? Antes de iniciar las obras.

●¿Qué documentación hay que presentar? Instancia, justificante del

pago de la tasa municipal, identificación de la empresa, planos y memoria descriptiva de la obra, así como el presupuesto de ejecución.

●¿Cuándo se solventa? Los Ayuntamientos emiten una licencia provisio- nal de forma inmediata para que se puedan realizar las obras, ya que la definitiva suele retrasarse bastante. La licencia definitiva tiene una validez de seis meses desde su emisión.

– Alta en la tasa de basuras.

●¿Qué es? La tasa municipal destinada a financiar la recogida y el trata- miento de los residuos urbanos.

Trámites y más trámites Además de los trámites que se relacio- nan en estas páginas, que son los nece- sarios desde un punto de vista jurídico y administrativo, existen otros trámites operativos necesarios para poder funcio- nar como empresa. Son los siguientes: – Trámites de compraventa o alquiler

de locales u oficinas.

– Trámites de solicitud de créditos o préstamos.

– Trámites para la constitución de fian- zas.

– Trámites para la solicitud de ayudas y subvenciones.

– Trámites para la realización de obras.

Ayuntamiento online

Cada vez más ayuntamientos disponen de servicios online para facilitar la tra- mitación de documentos a los empren- dedores.

●¿Cuándo? Al adquirir y alquilar el local donde se sitúan las instalacio- nes de la empresa.

●¿Qué documentación hay que presentar? Los documentos de identifica- ción de la sociedad o del empresario individual, según el caso.

●¿Cuándo se solventa? El efecto es inmediato, y tiene una duración anual. – Alta en el servicio de aguas.

●¿Qué es y cuál es su gestión? Es un trámite necesario previo a la cone- xión al servicio público de agua corriente, que se gestiona en el servi- cio municipal de aguas.

●¿Cuándo se solventa? Una vez presentados los documentos y pagada la tasa correspondiente, el efecto es inmediato.

– Cambio de titularidad o actividad.

●¿Qué es? En el caso de adquirir por traspaso una actividad en marcha o de que después de seis meses de comenzar su actividad decida cam- biarla por otra, debe comunicárselo al Ayuntamiento.

●¿Cuándo? En el momento en que el emprendedor haya tomado, en firme, la decisión de cambiar el negocio.

●¿Qué documentación hay que presentar? Licencia de apertura, identi- ficación de la empresa, escritura pública en el caso de una sociedad y documento de conformidad o transmisión.

●¿Cuándo se solventa? La nueva actividad tiene que comenzar en un plazo máximo de seis meses desde que se solicita el cambio.

Solución ·· Los trámites que debe seguir para crear una empresa individual ante la Agencia Tributaria son: