LA REVALORIZACIÓN DE PENSIONES:
INTERNACIONALES 192 IV LAS MODIFICACIONES EN MATERIA DE REVALORIZACIÓN
II. LA IMPORTANCIA DE LA NORMATIVA SOBRE REVALORIZACIÓN DE PENSIONES
La importancia de la función que desempeña la normativa sobre revalorización de pensiones dentro del conjunto del sistema de Seguridad Social es innegable. Ello es así, por las repercusiones que tiene sobre la cuantía de dichas pensiones, tanto si son individualmente consideradas para cada persona beneficiaria, como si son consideradas por la cuantía conjunta que debe dedicarse al pago de las mismas por parte del Estado.
Aunque esta cuestión de la revalorización de pensiones haya adquirido una especial relevancia y se haya intensificado el interés por la misma por parte de la doctrina durante los últimos años, no es una cuestión nueva, sino que ha venido siendo objeto de atención a lo largo de las últimas décadas. Ello ha sido así en gran medida por las implicaciones económicas que lleva consigo dicha revalorización y las normas concretas conforme a las que aquella se realice. De este modo, uno de los aspectos que más se han venido destacando a lo largo de los años respecto de la revalorización de pensiones ha sido éste de su vertiente cuantitativa, sobre todo en épocas de dificultades económicas3. De hecho, es aquí donde se encuentra la causa del giro radical que se ha producido en la regulación de la revalorización de pensiones en el sistema español de Seguridad Social.
De acuerdo con el Informe Económico-Financiero a los Presupuestos de la
Seguridad Social de 2019, la revalorización acumulada de pensiones
representa, con datos de 2018, el 18,5% de la nómina de pensiones, lo cual supone un componente importante del crédito de pensiones4. Aunque no puede dejar de señalarse que de acuerdo con los datos que presenta ese
2
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2019 no se aprobó en diciembre de 2018 y sigue sin aprobarse en el momento de terminar este trabajo (en octubre de 2019).
3G
ETE CASTRILLO, P.: El nuevo derecho común de las pensiones, Lex Nova, 1997, pág. 591.
4MINISTERIO DE TRABAJO, MIGRACIONES Y SEGURIDAD SOCIAL: Informe
mismo informe dicha cifra ha ido disminuyendo de año en año de forma sensible.
Sin embargo, en nuestra opinión, aún más importante que este aspecto cuantitativo es la dimensión cualitativa de la revalorización de pensiones. La revalorización de pensiones viene a expresar el lado dinámico de la cuantía de las pensiones, el cual viene impuesto por su carácter duradero. Así, esta revalorización de pensiones adquiere su verdadera relevancia por su función original de “técnica garante de la suficiencia y adecuación económicas de las pensiones ante la variación de los precios”5. Si las cuantías iniciales de las pensiones se mantuvieran invariables, con el paso del tiempo la erosión económica les haría perder su valor adquisitivo y quedarían devaluadas, insuficientes para cubrir decorosamente la situación de necesidad6. Lo mismo cabe decir de aquellas revalorizaciones que se aplican en una cuantía insuficiente para mantener su poder adquisitivo.
Por lo tanto, frente a una continuada y, en ocasiones, acelerada pérdida de valor adquisitivo de las pensiones, la revalorización encuentra sus raíces en los propios orígenes y en la propia funcionalidad de la Seguridad Social, que como institución protectora de necesidades sociales debe ser suficiente y eficiente frente a las mismas7. De este modo, la revalorización de pensiones tiene como función la actualización del poder adquisitivo de las pensiones8, o dicho de otro modo, la recuperación de valor perdido por las mismas9.
Además, la revalorización de pensiones cumple un importante papel como factor de seguridad para sus perceptores. Así, pude afirmarse que la posibilidad de mantener un cierto nivel de vida para los beneficiarios de una pensión depende en una medida importante de que ésta se vaya ajustando a los cambios en los precios, y en el caso de que esto no se produzca las pensiones van perdiendo el factor de seguridad que debe caracterizarlas10. De este modo, para garantizar la seguridad de las pensiones los países
5G
ETE CASTRILLO, P.: El nuevo derecho común de las pensiones, citado, pág. 593.
6A
LMANSA PASTOR, J.M.: Derecho a la Seguridad Social, Tecnos, Madrid, 1991, pág. 335.
7G
ETE CASTRILLO, P.: El nuevo derecho común de las pensiones, citado, pág. 594.
8
Ibídem, pág. 594.
9F
ARGAS FERNÁNDEZ, Josep: “Artículo 52. Revalorización.”, en AA.VV. (Alarcón Caracuel, M.R., Dir., Rodríguez Ramos Velasco, P.T., Coord.), Comentarios a la Ley
General de la Seguridad Social, Aranzadi, 2003, pág. 329.
10D
URÁN HERAS, A.: “Pensiones en España: presente y perspectivas de futuro”, Papeles
establecen mecanismos de ajuste a los cambios que va experimentando el nivel de vida.
El mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones se apoya en razones de índole económica y social: entre las primeras, se encuentra el que es una fórmula útil y apropiada para mantener la demanda de bienes y servicios por parte de un gran sector de la población, como es el de los pensionistas; entre las razones de índole social, se halla que los pasivos han contribuido con anterioridad a la prosperidad actual y en justa correspondencia con ello, la revalorización de sus pensiones debe hacerles participar de la riqueza actual11.
La necesidad de ajustar las cuantías de las pensiones al encarecimiento que experimenten los precios resulta ser más apremiante a medida que va aumentando la esperanza de vida, ya que la erosión que sufrirían las pensiones en caso de no hacerlo iría acumulándose a lo largo de un número de años mayor. Además, la mayor esperanza de vida de las mujeres hace que sean ellas las que tengan necesidad de estos mecanismos de revalorización durante más años. Por lo tanto, el establecimiento de una determinada norma de revalorización no es neutro desde una perspectiva de género12.
A la mencionada necesidad de mantener el poder adquisitivo de las pensiones hay que añadir un segundo motivo que justifica la necesidad de revalorizar las pensiones y que tiene su sentido, sobre todo, en momentos de desarrollo económico. Consiste en que dicha actualización de las pensiones debe reflejar también la participación de los pensionistas en las situaciones de prosperidad económica, a la que también estas personas contribuyeron con su trabajo en sus épocas de activo, de esta manera, además de mantenerse el poder adquisitivo de sus pensiones, se persigue que adecúen su valor a la evolución general que experimente el bienestar de la población activa13. De esta manera, la revalorización de pensiones viene a hacer posible la solidaridad social mediante la redistribución de rentas, más allá del
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Se trata del llamado Generationsvertrag (contrato intergeneracional), que tiene su origen cuando el sistema financiero de la Seguridad Social deja de ser de capitalización y se convierte en sistema de reparto. FERRERAS ALONSO, Fidel: “Desigualdades de la protección social de los diferentes grupos de población protegidos por la Seguridad Social: sus causas y remedios. Incidencias de la “Ley de Pensiones” del 85”, Revista
española de Derecho del Trabajo, nº 25, 1986, pág. 87.
12COMISIÓN EUROPEA y COMITÉ DE PROTECCIÓN SOCIAL: Pension adequacy in the
European Union 2010-2050, Luxemburgo, Publications Office of the Europen Union,
2012.
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principio de proporcionalidad que caracteriza a la protección contributiva, ya que la Seguridad Social en su conjunto desempeña una labor de distribución de recursos14.