• No se han encontrado resultados

Jornada Fair Play

In document REGLAMENTO DE COMPETENCIA (página 34-38)

ARTÍCULO 40 Final de Temporada

G. Jornada Fair Play

ARTÍCULO 59

En cada partido de la Jornada 1 de ambos Torneos estará en disputa un trofeo especial en alusión al Fair Play, con la finalidad de promover el comportamiento ejemplar de Jugadores, Cuerpo Técnico y Oficiales de los Clubes, para que durante toda la Temporada se fomente y practique el espíritu del juego limpio dentro y fuera de los terrenos de juego.

En caso de empate y solamente para fines de la entrega del trofeo, se procederá a lanzar tiros penales hasta que resulte un vencedor, conforme al criterio establecido en el Artículo 58 del presente Reglamento.

Los Clubes locales serán los responsables de organizar la entrega del trofeo al equipo ganador de manera sencilla pero solemne.

Los Clubes de LP disputarán este trofeo en la Jornada 1 del Torneo de Apertura. Los Clubes de LNT disputarán este trofeo en la Jornada 1 del Torneo de Clausura.

H. Ascenso

ARTÍCULO 60

De LIGA PREMIER a ASCENSO MX ( 1 )

El Club "Campeón de la Temporada de la LP", será aquel que resulte ganador de la Fase Final, conforme a los criterios establecidos en el presente Reglamento, que tendrá el derecho de ascender de manera automática a ASCENSO MX, siempre y cuando cumpla con l o establecido en los Artículos 6 y 7 del presente Reglamento.

ARTÍCULO 61

De LIGA DE NUEVOS TALENTOS a LIGA PREMIER ( 1 )

El Club "Campeón de la Temporada de la LNT", será aquel que resulte ganador en la fase final de Temporada, conforme a los criterios establecidos. Tendrá derecho de ascenso a la LP, cumpliendo con los siguientes requisitos.

61.1 Cumplir con lo establecido en el Artículo 6 del presente Reglamento.

61.2 Instalaciones que cumplan con los lineamientos que marca la LP, la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL y la FMF.

61.3 Finiquito de no adeudo, que manifieste que el Club no tiene adeudos con la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL ni con la FMF.

61.4 Cubrir las cuotas establecidas por la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL.

61.5 Aceptar su ubicación en el Grupo que defina el Comité Ejecutivo de la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL, para los efectos de integración en la LP.

Si el Club "Campeón de la Temporada de la LNT", no cumple con lo establecido en este Artículo, no podrá ascender a la LP.

ARTÍCULO 62

De TERCERA DIVISIÓN PROFESIONAL a LIGA PREMIER ( 1 )

El Club "Campeón de la Temporada de la Tercera División Profesional", tendrá derecho de ascenso a la LP, cumpliendo los siguientes requisitos.

62.1 Cumplir con lo establecido en el Artículo 6 del presente Reglamento.

62.2 Instalaciones que cumplan con los lineamientos que marca la LP, la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL y la FMF.

62.3 Finiquito de no adeudo, que manifieste que el Club no tiene adeudos con la Te rcera División Profesional ni con la FMF.

62.4 Cubrir las cuotas establecidas por la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL.

62.5 Aceptar su ubicación en el Grupo que defina el Comité Ejecutivo de la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL, para los efectos de integración en la LP.

Si el Club "Campeón de la Temporada de la Tercera División Profesional", no cumple con los requisitos para ascender a la LP, conforme a lo establecido en este Artículo, no podrá ascender a la LP, por lo que ascenderá a la LNT, cumpliendo los requisitos establecidos en el Artículo 63 del presente Reglamento. El Club que resulte "Campeón de la Temporada de la Tercera División Profesional" y que no pueda acreditar el cumplimiento de los requisitos correspondientes, para ejercer su derecho de ascenso y participar en la siguiente Temporada en LIGA PREMIER, deberá presentar ante el Comité Ejecutivo de la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL el programa de cumplimiento que comprometa al Club para que a más tardar el primer día lunes hábil del mes de Diciembre siguiente al haber obtenido el Campeonato de ascenso, cumpla en su totalidad con lo dispuesto en las normas aplicables para tal fin y pueda ser enviado al Comité Ejecutivo de la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL para su revisión.

Si el Club que resulte "Campeón de la Temporada de la Tercera División Profesional" no puede acreditar el cumplimiento de los requisitos correspondientes o no puede alcanzar el cumplimiento, deberá permanecer en la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL como integrante de la Liga de Nuevos Talentos, y de negarse a ello, la Asamblea de Clubes de dicha División someterá el particular a consideración del Comité Ejecutivo para que se determine su desafiliación.

Queda prohibido que el Club Campeón de ascenso de la Tercera División Profesional, realice la transmisión del Certificado de Afiliación a otro afiliado o a un tercero. Así mismo, no estarán permitidos los Convenios entre Clubes de cualquier División, que se celebren con el objeto de acreditar el cumplimiento de los requisitos señalados en este Artículo.

ARTÍCULO 63

De TERCERA DIVISIÓN PROFESIONAL a LIGA DE NUEVOS TALENTOS ( 1 )

El Club “Subcampeón de la Temporada “tendrá derecho de ascenso a la LNT cumpliendo los siguientes requisitos.

63.1 Cumplir con lo establecido en el Artículo 6 del presente Reglamento; en caso contrario permanecerá en la Tercera División Profesional.

63.2 Instalaciones que cumplan con los lineamientos que marca la LNT, la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL y la FMF.

63.3 Finiquito de no adeudo, que manifieste que el Club no tiene adeudos con la Tercera División Profesional ni con la FMF.

63.4 Cubrir las cuotas que marque la LNT de la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL.

63.5 Aceptar su ubicación en el Grupo que defina el Comité Ejecutivo de la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL, para los efectos de integración en la LNT.

Si el Club "Campeón en su caso y/o Subcampeón de la Temporada de la Tercera División Profesional", no cumple con los requisitos para ascender a la LNT, conforme a lo establecido en este Artículo, no podrá

I. Descenso

ARTÍCULO 64

De ASCENSO MX a la LIGA PREMIER ( 1 )

El Club que descienda de ASCENSO MX, se le ubicará en el Grupo de la LP que defina el Comité Ejecutivo, para los efectos de integración de la propia liga.

Deberá cumplir todos y cada uno de los requisitos que marca la SEGUNDA DIVISIÓN PROFESIONAL y la FMF.

ARTÍCULO 65

De LIGA PREMIER a LIGA DE NUEVOS TALENTOS ( 2 )

El Club que ocupe el último lugar de la Tabla General de Cocientes por Temporada en la LP, descenderá a la LNT.

El Club que ocupe el penúltimo lugar de la Tabla General de Cocientes por Temporada en la LP, descenderá a la LNT.

ARTÍCULO 66

De la LIGA DE NUEVOS TALENTOS a la Tercera División Profesional ( 1 )

El Club que ocupe el último lugar de la Tabla General de Cocientes por Temporada en la LNT, descenderá automáticamente a la Tercera División Profesional.

CAPÍTULO IV REGISTROS

In document REGLAMENTO DE COMPETENCIA (página 34-38)

Documento similar