CAPÍTULO III. LA DISCIPLINA ENFERMERA
5. LA PROFESIÓN ENFERMERA
Según Juan Hernández (2010), La profesión enfermera se encuentra en una crisis de identidad, tras haber pasado por un extraordinario desarrollo en los treinta últimos años. En la actualidad se tiene que definir y debe enfrentar dos facetas de su identidad, por una parte explorar nuevos aspectos profesionales que hasta ahora han sido parcela médica y por otra la tradicional basada en el cuidado.
Para un sector de la profesión explorar los territorios de la enfermería de práctica avanzada significa perder la ideología enfermera que tanto ha costado elaborar y que tan buenos resultados ha dado para construir una identidad en las nuevas generaciones con un marcado estilo humanitario y social. Pero a la vez sienten que quieren ejercer un papel más cualificado, independiente y visible. Pretenden ser una profesión interdependiente respetada en sus funciones y roles, ya procedan de la delegación de funciones médicas o de su propio desarrollo profesional.
En España la profesión enfermera ha pasado de ocupación a profesión en las últimas tres décadas. Los periodos de mayor desarrollo fueron entre 1983-1987 y a partir de 2005 con tres procesos que determinan su progreso y crecimiento:
El acceso al grado universitario de los estudios consecuencia del Proceso de Bolonia.
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Esta frase es típica de las gestantes cuando firman el consentimiento informado antes de que se les administre la anestesia epidural.
Capítulo III. La disciplina enfermera
81 El desarrollo efectivo de nuevas especialidades enfermeras a partir de 2005 con el Real Decreto 450/2005.
La prescripción enfermera, el reconocimiento legal de su capacidad para recetar productos sanitarios y ciertos medicamentos.
Parece que esto nos acerca al concepto de Enfermería de Práctica Avanzada (EPA), que da nombre a un profesional que ejerce en algunos países de nuestro entorno y principalmente en los Estados Unidos. Para el acceso al título de EPA se debe partir del nivel de máster y posteriormente debe seguir: una preparación educativa a un nivel avanzado, reconocimiento oficial de los programas de educación, un sistema oficial de licencia, registro, certificación y credenciales, la habilidad para integrar investigación, educación y práctica clínica, un alto grado de trabajo autónomo e independiente, gestión de casos, evaluación y toma de decisiones avanzadas , reconocimiento de competencias clínicas avanzadas, la habilidad de poder proporcionar servicios de consulta a otros profesionales de la salud, reconocimiento para poder ser el punto de entrada en el sistema sanitario, derecho a diagnosticar, autoridad para prescribir medicación y tratamientos, autoridad para derivar a otros profesionales, autoridad para realizar ingresos en el hospital, protección de su título, legislación específica para la práctica avanzada (Galao, 2009).
La EPA surge en USA para suplir la deficiencia de médicos. En España en los años 2007-2009 las previsiones también eran de carencia de médicos en el futuro y se proyectaba la formación de figuras similares a EAP (Galo, 2009), pero actualmente esas previsiones no se han cumplido, aunque si se hace necesario el optimizar los recurso y profesionales enfermeros bien cualificados que pueden resolver problemas de salud, con las misma eficacia que un médico a menor coste (Higuero, 2008; Pérez, 2010; Limia. et al. 2012; Ryan, et al. 2013).
Para Hernández (2010), el progreso de la enfermería española debe residir en su competencia para ofertar unos servicios profesionales sólidos que satisfagan las necesidades de Sistema Nacional de Salud (SNS). Y la propuesta de este autor es la siguiente:
Por qué acuden y cómo influye la Educación Maternal en un grupo de mujeres
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El SNS debería contemplar políticas estratégicas comunes sobre desarrollo profesional que no se limiten a abordar, por acuciantes que sean o parezcan, los problemas de demografía profesional, sino que traten de dar una respuesta más global, de rediseño de los mapas profesionales a partir de las aportaciones potenciales, cuantitativas y cualitativas, de todas las profesiones y ocupaciones sanitarias.
Las profesiones sanitarias españolas deberían plantearse el objetivo a medio plazo de ser capaces de constituir un foro de debate estable institucionalizado sobre su futuro, sus aportaciones y sus expectativas.
Las élites enfermeras deberían reconocer la necesidad de acometer un proceso extensivo e intensivo de relevo generacional.
La enfermería debería abrir un proceso de reflexión sobre las oportunidades y amenazas de los nuevos desarrollos, cuestionando el marketing político con el que las viejas élites adornan sus retóricas. En primer lugar, porque estos nuevos desarrollos distarán mucho de ser igualitarios y, en segundo lugar, porque existe el riesgo de que las nuevas tareas y funciones sean las que le sobren a la medicina, más que las que le falten a la enfermería.
La adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior debe suponer que los planes docentes den un tratamiento adecuado a la formación en las nuevas competencias profesionales que van a ir incorporando las enfermeras, aunque aparentemente contradigan las señas de identidad tradicionales que ha venido perpetuando la ideología enfermera dominante.
Las administraciones sanitarias y educativas deberían asumir la necesidad de analizar conjuntamente los desarrollos del posgrado y las especialidades enfermeras y tratar de unificarlos dentro de unos esquemas generales de desarrollo profesional.
En cuanto a la prescripción enfermera, los desarrollos normativos estatales deberían adoptar una visión facilitadora de desarrollos específicos de los servicios de salud autonómicos, amparándolos normativamente en un reglamento de mínimos que garantice la calidad y seguridad de la asistencia sanitaria.
Capítulo III. La disciplina enfermera
83 Finalmente, potenciar un mayor desarrollo de los servicios sociosanitarios debería suponer una apuesta estratégica nuclear de la enfermería, en la que su liderazgo en torno a una mayor cualificación directiva y asistencial sería su principal aportación a un sector tan necesitado de ello.
Como plantea Francisco (2008) en su tesis, profesión y disciplina andan bastante distanciadas. Y López-Parra, et al. (2006) sostiene que la profesión no ha evolucionado al mismo ritmo que la disciplina. Finalmente Hernández (2010) hace una apuesta más profesional que disciplinar, pero que trata de dar sentido a la respuesta de: ¿qué necesita la sociedad de una enfermera? A partir de esta cuestión nos planteamos la reflexión sobre ¿Cómo puede solucionar una matrona las necesidades de la población?
Las matronas como enfermeras especializadas se ven sometidas a las mismas limitaciones que las enfermeras. A pesar de haber desarrollado habilidades y destrezas en materia de ginecología y obstetricia que les podría dar más capacidad en la toma de decisiones como ingresos hospitalarios, prescripciones de medicamentos como anticonceptivos o multivitamínicos y que de manera soterrada se hacen, pero que legalmente siempre tiene que estar respaldado por un profesional médico o por un protocolo que palia el vacío legal existente. Además siempre hay una parte de la profesión que por pusilanimidad o por falta de conocimientos prefiere trabajar bajo el menor riesgo sin asumir nuevas responsabilidades y seguir ejerciendo siempre tareas delegadas.
De todos modos las sociedades avanzan y las profesiones también y esta época de crisis económica y profesional que vivimos y que despierta la necesidad de encontrar un espacio mayor en los servicios de salud, junto con la mejor formación desde la nueva implantación de la especialidad9, hace que se perciba una mejora en la asunción de
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El RD 1017/1991 de 28 de junio, regula el reconocimiento del título de matrona para adoptar las directrices de la CEE. Y aunque había una notable escasez de profesionales, sigue sin convocar plazas. El 7 de noviembre de 1991 Sentencia Condenatoria contra el Reino de España del Tribunal de Justicia de la Comunidad Económica Europea, por incumplir las obligaciones que le incumben en virtud del Tratado, al no haber adoptado en los plazos establecidos las disposiciones necesarias para ajustarse a la Directiva 80/155, (respecto a la formación de las matronas). En 1992 aprueba con carácter provisional el programa de formación (BOE 2 de junio). El Real Decreto 1267/1994, de 10 de Junio establece las directrices generales y los planes de estudios y en 1995 se inicia la formación. Es la Orden SAS/1349/2009, de 6 de mayo,
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responsabilidades por parte de las profesionales matronas. Prueba de ello son las propuestas que ofrecía la Asociación Madrileña de Matronas (2010)10 como alternativa a las que exigía el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) del 2007.
Estos datos demuestran que las profesionales matronas tienen una labor que realizar en la sociedad y cuentan con una formación adecuada que las capacita para hacerlo, en este caso se materializa en atención primaria. También están surgiendo otras experiencias en atención especializada como realizar informes de alta en el puerperio (Limia, et al. 2012a, 2012b). La competencia de la matrona está sobradamente demostrada, como se evidencia en el meta-análisis de Ryan, et al. (2013) en el que se estudian la efectividad de los servicios prestados por matronas y se demuestra que su nivel de competencia es igual al ofertado por los tocólogos. Por lo tanto parece que las matronas están en la línea del paradigma sociocrítico como agentes de cambio socioprofesional y sanitario.
por la que se aprueba y publica el nuevo programa formativo de la especialidad de Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona). (BOE 28 de mayo de 2009).
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La propuesta realizada por la Comisión de matronas de AP SERMAS de la Asociación Madrileña de Matronas (AMM). Unidad Docente de Matronas de Madrid, en el documento: Papel de las matronas en Atención Primaria.
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Capítulo IV.
Marco metodológico
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