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2.4 Caracterización del Sector

2.4.2 Muestra

Para determinar de la muestra de acuerdo al universo poblacional establecido como referencia es necesaria la aplicación de la siguiente fórmula estadística que nos permitió delimitar la muestra a estudiar.

FÓRMULA:

n = Tamaño de la muestra N = Población o Universo E = Margen de Error (0.1)

55 Cálculo de la Muestra

n =

n =

n =

n =

n =

n =

56

INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS DE LAS ENCUESTAS

PREGUNTA 1:

1. ¿Conoce usted los servicios de salud social que presta el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social en nuestro país?

CUADRO DE DATOS. N.- 1

FRECUENCIA ENCUESTADOS PORCENTAJE

SI 93 82%

NO 21 18%

TOTAL 114 100%

GRÁFICO DE DATOS N.- 1

INTERPRETACIÓN Y ANÁLISIS DE DATOS:

Conforme a los datos obtenidos en la pregunta uno se puede colegir visiblemente que la mayoría de las personas encuestadas conocen de los servicios de salud que presta el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, lo que nos lleva a facilitar el enfoque de nuestra propuesta.

57 PREGUNTA 2:

2. ¿Sabe usted cuales son los requisitos para acceder a los servicios de salud que presta el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social a sus afiliados?

CUADRO DE DATOS. N.- 2

FRECUENCIA ENCUESTADOS PORCENTAJE

SI 88 77%

NO 26 23%

TOTAL 114 100%

GRÁFICO DE DATOS N.- 2

INTERPRETACIÓN DE DATOS:

De los datos obtenidos podemos aseverar que la mayoría de las personas encuestadas conocen los requisitos que deben cumplir para poder acceder a los servicios de salud que brinda el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, amparándose en el derecho a la salud que nos brinda la Constitución de la República del Ecuador para cada uno de sus afiliados.

58 PREGUNTA 3:

3. ¿Conoce usted a partir de qué momento un afiliado accede a los servicios de salud del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social?

CUADRO DE DATOS. N.- 3

FRECUENCIA ENCUESTADOS PORCENTAJE

SI 90 79 %

NO 24 21 %

TOTAL 114 100%

GRÁFICO DE DATOS N.-3

INTERPRETACIÓN DE DATOS:

Referente a la presente pregunta se puede establecer que la mayoria de los encuestados conocen desde que momento un afiliado puede acceder a los servicios de salud, el mismo que establece que los encuestados saben los falencias que exixte en cuanto al servicio de salud que presta el Instiruto Ecuatoriano de Seguridad Social vulnerando un derecho que es imprescindible y consagrado en la Constitucion.

59 PREGUNTA 4:

4. ¿Piensa usted que el derecho a la salud debe primar frente al derecho económico del estado?

CUADRO DE DATOS. N.- 4

FRECUENCIA ENCUESTADOS PORCENTAJE

SI 89 78 %

NO 25 22 %

TOTAL 114 100%

GRÁFICO DE DATOS N.- 4

INTERPRETACIÓN DE DATOS:

De los datos arrojados en la presente pregunta se puede establecer que la mayor parte de las personas encuestadas afirman claramente que el derecho de salud debe prevalecer frente al derecho económico, pues hay que tomar en cuenta que para poderse desarrollar en todos los ámbitos es necesario que el Estado a través de sus normas establezca una ponderación de derechos que garantice la salud de los afiliados.

60 PREGUNTA 5:

5 ¿Cree usted que la actual legislación sobre seguridad social en lo referente al tiempo de espera para acceder a los servicios de salud del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social atenta contra el derecho a la salud de sus afiliados?

CUADRO DE DATOS. N.- 5

FRECUENCIA ENCUESTADOS PORCENTAJE

SI 102 89 %

NO 12 11 %

TOTAL 114 100%

GRÁFICO DE DATOS N.-5

INTERPRETACIÓN DE DATOS:

Claramente dentro de la presente pregunta la mayor parte de las personas encuestadas consideran que el tiempo de espera para poder acceder a los servicios de salud de los afiliados atenta contra el derecho de la salud, por cuanto se debe esperar de un tiempo para acceder a este derecho que es primordial en cada uno de los afiliados.

61 PREGUNTA 6:

6. ¿Considera usted que el acceso a estos servicios de salud deberían ser prestados a partir del día subsiguiente a la afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social? CUADRO DE DATOS. N.-6

FRECUENCIA ENCUESTADOS PORCENTAJE

SI 110 96 %

NO 4 4 %

TOTAL 114 100%

GRÁFICO DE DATOS N.-6

INTERPRETACIÓN DE DATOS:

Mediante las encuestas realizadas existe una opinión mayoritaria en la que muestra que el derecho de salud de cada uno de los afiliados se debería realizar desde el momento de afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, logrando así que se respete el derecho a la salud oportuna, que debería brindar el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, para de esta manera no vulnerar un derecho que está presente en la Constitución.

62 PREGUNTA 7:

7 ¿Considera usted que el servicio de salud social del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social debe ser oportuno, eficiente y eficaz como manda la Constitución?

CUADRO DE DATOS. N.-7

FRECUENCIA ENCUESTADOS PORCENTAJE

SI 114 100 %

NO 0 0 %

TOTAL 114 100%

GRÁFICO DE DATOS N.- 7

INTERPRETACIÓN DE DATOS:

De la presente pregunta se deduce claramente que las personas encuestadas consideran que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social debe otorgar a los afiliados una atención en cuanto a salud de manera oportuna, eficiente y eficaz a cada uno de los afiliados, para de esta forma poder cumplir con los preceptos establecidos dentro de la Constitución de la República del Ecuador, dando lugar a que se respete la seguridad social y por ende que se consolide la seguridad jurídica del Estado.

63 PREGUNTA 8:

8 ¿Cree usted que existe la necesidad de reformar la Ley de Seguridad Social para enmarcar que el acceso a los servicios de seguridad social sea a partir del día subsiguiente a la afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social?

CUADRO DE DATOS. N.-8

FRECUENCIA ENCUESTADOS PORCENTAJE

SI 99 %

NO 15 %

TOTAL 114 100%

GRÁFICO DE DATOS N.- 8

INTERPRETACIÓN DE DATOS:

Finalmente los encuestados hacen referencia que es evidente la necesidad de reformar la Ley de Seguridad Social en cuanto al tiempo que establece para que los afiliados puedan acceder al servicio de salud, lo que nos lleva a facilitar el enfoque de nuestra propuesta, evitando que se vulnere el derecho a la salud de los afiliados.

64 2.5 Propuesta del investigador

Reforma al Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, para los afiliados del Instituto Ecuatoriano de Seguro Social, en donde se establezca que el derecho de salud se otorgue desde el día subsiguiente a su afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social sin esperar tiempos mínimos para poder acceder a este derecho.

2.6 Conclusiones parciales del capítulo

- De los resultados obtenidos en el capítulo presente se puede deducir la factibilidad de la propuesta planteada, confirmando la necesidad de que se plantee una reforma en cuanto al tiempo de espera para el acceso al derecho a la salud de los afiliados.

- El derecho a la salud es uno de los beneficios que presta el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, sin duda alguna este derecho está siendo vulnerado, al establecer tiempos de para acceder a dicho servicio.

- La reforma propuesta a la Ley de Seguridad Social es de suma importancia debido a que con ello se lograra que se respete el derecho de salud de los afiliados.

- Para que se consiga respetar el derecho de la salud de los afiliados en necesario que la reforma establezca que el derecho de salud debe ser respetado desde el día subsiguiente a su afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

65 CAPÍTULO III MARCO PROPOSITIVO 3.1 Desarrollo de la propuesta

3.1.1 Antecedentes

La Constitución de la República del Ecuador, manifiesta que el Estado será responsable de formular políticas públicas que garanticen la promoción, prevención, rehabilitación y atención en salud, y fomentar prácticas saludables en los ámbitos familiar, laboral y comunitario.

Si bien es cierto la Constitución de la República establece que el derecho a la salud debe ser oportuno, eficiente y eficaz, pero vemos como en la Ley de Seguridad Social se solicita parámetros mínimos de tiempo para que los afiliados puedan acceder al derecho a la salud, por lo que se está vulnerando un derecho que se encuentra estipulado en la Constitución.

Razón por la cual se plantea la siguiente reforma al art. 107 de la Ley de Seguridad Social para de esta manera se pueda dejar de violentar el acceso al derecho de salud de los afiliados en donde ellos podrán acceder desde el día subsiguiente a su afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

Esta ley beneficiará sin duda alguna a todos los afiliados que se encuentran aportando al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social;

66 3.1.2 Desarrollo

LA ASAMBLEA NACIONAL CONSIDERANDO

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo. Art. 32, establece que la salud es derecho que garantizara el Estado, el mismo que vincula otros derechos como la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.

Que los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos son de inmediato cumplimiento y aplicación, al tenor de lo que señala el Art. 426 numeral 3 de la Constitución de la República del Ecuador.

Que la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 367, indica que el sistema de seguridad social se regirá por los principios de inclusión y equidad social, obligatoriedad, suficiencia, integración, solidaridad y subsidiaridad.

Que, art 368 del mismo cuerpo Constitucional manifiesta que el sistema de seguridad social comprenderá las entidades públicas, normas, políticas, recursos, servicios y

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prestaciones de seguridad social, y funcionará con base en criterios de sostenibilidad, eficiencia, celeridad y transparencia.

Que la Ley de Seguridad Social, en su art. 3, señala que los riesgos a proteger el IEES son enfermedad, maternidad; riesgos del trabajo, vejez, muerte, e invalidez, que incluye discapacidad y cesantía.

Que la Ley de Seguridad Social requiere de reformas para implantar que se respete el derecho de salud de los afiliados desde el día subsiguiente a su afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

En ejercicio de sus facultades y atribuciones, Constitucionales y legales, expide la siguiente:

LEY REFORMATORIA AL ART. 107 DE LA LEY DE SEGURIDAD SOCIAL:

Art. 1. Agréguese al Art 107 al final del inciso primero el siguiente texto, “hayan cumplido con la afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, desde el día subsiguiente a su afiliación” y elimínese el tiempo de espera del literal a, b y c.

Art. 2. La presente ley reformatoria, entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA: Todos los afiliados tendrán acceso a los beneficios del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social de conformidad con la presente Ley.

68 DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA. Refórmese el Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, y agréguese el contenido de la presente resolución.

SEGUNDA.- La presente Ley reformatoria entrará en vigencia a partir de su publicación en el registro oficial.

Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, en la Sala de sesiones de la Asamblea Nacional, a los 29 días del mes de julio del 2013.

Gabriela Rivadeneira

69 Impacto jurídico y Difusión

La propuesta planteada es de gran relevancia jurídica, debió a que con ella se respetará el derecho de salud que se encuentra establecido en la Constitución de la República del Ecuador.

Con la aprobación de la reforma a la Ley de Seguridad Social, en cuanto al tiempo de espera para acceder al derecho de salud, se logrará proteger derechos fundamentales de las personas y se les garantizará al mismo tiempo la seguridad jurídica que es invaluable.

Es beneficiosa para todos los afiliados que se encuentran afiliados en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, con ello se alcanzará que se respete el derecho de salud de los afiliados.

Es transcendental esta reforma, ya que se garanticen principios y derechos fundamentales que permiten el curso correcto de un estado de Derecho.

70 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES CONCLUSIONES

- El derecho de salud es de interés social, que brinda el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social a cada uno de los afiliados, es por este motivo que se debe respetar dentro de la normativa actual de nuestro Estado.

- La salud es sin duda es un derecho que no debe ser vulnerado, pues mediante este derecho se logra construcción una mejor calidad de vida tanto para el afiliado como para la familia.

- La reforma planteada en el presente trabajo de investigación es de suma necesidad e importancia debido a que se logrará que los afiliados desde el primer momento que aporten se beneficien de los derechos de salud y con ello se logra una verdadera seguridad social.

- Con esta reforma se alcanzará que los afiliados cuenten con el derecho a la salud de manera oportuna, eficaz y eficiente desde el día subsiguiente a su afiliación al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, garantizando que se cumpla los principios establecidos en la Constitución de la República.

- La reforma del Art. 107 de la Ley de Seguridad Social es un camino idóneo para que se efectivice el derecho a la salud de cada uno de los afiliados y con ello no se vulnere la seguridad jurídica del Estado.

71 RECOMENDACIONES

- A los legisladores de nuestro país, que acojan la reforma al Art. 107 de la Ley de Seguridad Social, la misma que prende buscar que se respete el derecho de salud de los afiliados de manera oportuna, eficiente y eficaz.

- A los directivos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, que pongan en práctica la presente reforma en beneficio de sus afiliados para generar un ambiente de seguridad y confianza hacia la Institución.

- Al Estado, reflexionar que el derecho de seguridad social, se tome la importancia debida, para que de esta manera se pueda respetar los derechos que tiene cada uno de los afiliados del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.

- A la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES”, que capaciten a los estudiantes en materia Derecho a la Seguridad Social, y de forma directa crear ayuda a través de estudios e investigaciones.

- A los estudiantes de la carrera de derecho, indaguen nuevas alternativas a conflictos legales que diariamente se exteriorizan en la sociedad, siempre escudriñando el beneficio para cada uno de los afiliados que pertenecen al Instituto de Seguridad Social.

72 BIBLIOGRAFÍA

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LEXIGRAFÍA

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