• No se han encontrado resultados

ACTIVIDAD MINERA EN LOS PAÍSES SUDAMERICANOS (CASOS DE REFERENCIA)

VALOR DE RECURSOS (Mil millones de dólares)

7.1 MODELO DE ESTRUCTURA CLÁSICA PARA EL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD MINERA

7.1.1 TRIÁNGULO DE ACTORES FUNDAMENTALES

7.1.1.3 EMPRESAS MINERAS

7.1.1.3.2 Naturaleza de las empresas transnacionales

Cuando se estudia el desarrollo de la minería a gran escala, es vinculante la presencia de las empresas extranjeras en los países de Sudamérica. Y su presencia responde a varios factores que en parte se hizo referencia en los anteriores capítulos. Para tenerlos presentes podemos mencionarlos a continuación:

- Necesidad de grandes inversiones para desarrollar los proyectos desde la fase de exploración hasta la de producción.

- Necesidad de contar con tecnología de punto o última generación para optimizar la rentabilidad de la producción y minimizar los impactos ambientales.

- Contar con personal especializado para operar en complejos mineros de alta tecnología.

- Garantizarse económicamente con la presencia de empresas con respaldo financiero.

Todos estos elementos que justifican la presencia de grandes consorcios económicos internacionales, desde la década del 70 fueron concertados bajo el principio general que toda presencia de empresas transnacionales debería ser entendida como un motor de desarrollo para el país receptor de la presencia de las empresas. Al respecto Felipe

102

Gómez Isa en su publicación para la Universidad Andina Simón Bolívar – Quito99, hace referencia a lo expuesto por la Comisión de Empresas Transnacionales:

De acuerdo con esta perspectiva, estas empresas se veían como una fuente relevante de puestos de trabajo, aportaban el capital y el know-how necesarios en toda economía, suponían un elemento importante de innovación, pagaban cuantiosos impuestos… Como ha señalado en este sentido la Comisión de Empresas Transnacionales de las Naciones Unidas, estos agentes económicos eran concebidos "como fuerzas de desarrollo que proporcionaban a los países poco adelantados el capital necesario y disponían de la tecnología y los conocimientos especializados indispensables para modernizar la economía de esos países.100

Frente a este postulado y lo observado en el tiempo, los resultados de la presencia de las empresas transnacionales no se corresponden a lo planteado. Inicialmente101, las causas para ello básicamente radica en que estas empresas también representan intereses de los países donde tienen su matriz, es decir, la presencia de estas empresas implica presencia de otros países con sus intereses económicos, con un agravante, que los planes de desarrollo de los países receptores encontraban un obstáculo en la presencia de las trasnacionales en el sentido de que no tenían total autonomía para planificar sobre sus recursos naturales.

La reacción de los países sudamericanos frente a la presencia de las transnacionales fue generar presión para que la comunidad internacional, sobre la evidencia de falta de compromiso por mejorar las condiciones de vida de los países receptores, se pronuncien para garantizarse de un comportamiento que apoye a las iniciativas de desarrollo de los países receptores,

….Así, en la Declaración sobre el Establecimiento de un Nuevo Orden Económico Internacional se proclamó como uno de los principios esenciales para la configuración de dicho orden "la reglamentación y supervisión de las actividades de las empresas

99Felipe Gómez Isa. “Las empresas transnacionales y sus obligaciones en materia de derechos humanos”. Revista Aportes Andinos Nº 13. Actualidad. Marzo 2005. Quito, Programa Andino de Derechos Humanos - Universidad Andina Simón Bolívar.

100 Comisión de las Naciones Unidas. Las Empresas Transnacionales en el desarrollo mundial: reexamen, E/C.10/38, de marzo de 1978. Página 4.

101 Se señala que “inicialmente” porque en la actualidad las transnacionales han superado al concepto de Estado-Nación en términos de poder.

103 transnacionales mediante la adopción de medidas en beneficio de la economía nacional de los países donde esas empresas realizan sus actividades, sobre la base de la plena soberanía de esos países.102

En los años siguientes a los 70, prosiguieron los intentos por generar códigos de conducta para las transnacionales, la misma Naciones Unidas en diferentes instancias ha planteado la necesidad de que los países sedes de las empresas firmen tales acuerdos y convenios; sin embargo a lo largo de los años se ha puesto de manifiesto la resistencia de algunos países para firmar los acuerdos, básicamente porque representan de alguna manera controles a sus empresas que garantizan la libertad de su mercado y su producción. Por un lado los países industrializados tienen controles pero por otro cuentan con sus transnacionales liberadas en los mercados del mundo.

Estratégicamente para proteger a los brazos de libre mercado de los países industrializados (transaccionales), se dilatan decisiones sobre los temores de perder libertad de acción y perder privilegios que otorgaron los países receptores,

…En primer lugar, los países industrializados no aceptan de buen grado la inclusión en el Código del principio de la soberanía nacional sobre los recursos naturales. En segundo lugar, los países industrializados pretenden que las empresas transnacionales y sus filiales reciban el mismo trato que las empresas locales por parte de los países en los que se asientan. Por último, también pretenden los países industrializados que el Código de Conducta no regule exclusivamente las actividades de las empresas transnacionales, sino que también vaya dirigido a orientar la conducta de los Gobiernos hacia dichas empresas.103

En la actualidad y como se afirmó en párrafos anteriores, las empresas transnacionales han superado los poderes de los Estados sedes, sobre todo por el hecho de que representan mayores intereses económicos que por lo general son acordados por sobre

102 Felipe Gómez Isa. Las empresas transnacionales y sus obligaciones en materia de derechos humanos. Programa Andino de Derechos Humanos - Universidad Andina Simón Bolívar Revista Aportes Andinos Nº 13. Actualidad. Marzo 2005. “Declaración sobre el Establecimiento de un Nuevo Orden Económico Internacional, resolución 3201 (S-VI) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, aprobada en la 2229 a. sesión plenaria el 1 de mayo de 1974, artículo 4 g”.

104

las voluntades y autorizaciones de los diferentes países. Para tener una idea en números Gómez cita a lo tratado por el TRIBUNAL PERMANENTE DE LOS PUEBLOS:

Veredicto del Tribunal Permanente de los Pueblos. Sesión sobre las políticas del FMI y del BM, Madrid, 1-3 de octubre de 1994", en FMI, Banco Mundial y GATT. Cincuenta años bastan. El Libro del Foro Alternativo. Las otras voces del Planeta, Talasa Ediciones, Madrid, 1995: “300 empresas concentran el 25% de los activos productivos del mundo y en una sola década, 1982-1992, aumentaron su participación en el producto bruto mundial del 24,2% al 26,8%.104

A esta realidad se suman otras situaciones que incomodan internamente a los países receptores, como por ejemplo que los sectores locales que tienen relación directa105 con las transnacionales se benefician desproporcionadamente y profundizan las diferencias entre los sectores sociales locales. La presencia y operación misma bajo concepciones de culturas distintas también han producido impactos en detrimento de valores locales. Pero sin duda su mayor impacto es en lo referente a los que hoy se denomina el “derecho al desarrollo”.

Este concepto es fundamental para entender las nuevas formas de relación entre empresas transnacionales y los países receptores. El derecho al desarrollo tienen algunas características que pueden llegar a determinar las nuevas relaciones:

- Todos los países sedes deberían precautelar su soberanía sobre sus recursos naturales. - El uso de esos recursos naturales se incluyen en una estrategia local de desarrollo. - El acuerdo con las empresas pueden estar en función de ventajas para los países receptores.

-Las nuevas relaciones estarán mediadas por códigos y acuerdos que garanticen entre otros puntos, los derechos colectivos, económicos, sociales y culturales de los países receptores.

104 Ibid.

105 Por la naturaleza de trabajo de las transnacionales, estas se relacionan con otras empresas locales, en general con un mercado local exclusivo, lo que provoca beneficios selectivos.

105

Sobre lo expuesto, nuevos intentos de ordenanzas se están tratando, siendo los más importantes, las Normas sobre las Responsabilidades de las Empresas Transnacionales, aprobadas por Naciones Unidades en el 2003, por la Subcomisión de las Naciones Unidas de Promoción y Protección de los Derechos Humanos; otros intentos que no se desconocen es de las propias empresas y que guardan relación directa con las políticas de Responsabilidad Social y Ambiental.

En materia de minería el esquema es el mismo, con la particularidad el trabajo de las transnacionales de alguna manera es más agresivo, sobre todo por considerarle a la minería una industria madre que da soporte a una infinidad de industrias derivadas. Razón por la cual intervienen los estados y las corporaciones con mayor poder en el mundo.

En conclusión lo que está claro es que las transnacionales han ayudado en principio, a garantizar la estabilidad de sus países sedes, pero no han lograron cumplir con el objetivo de apoyar el mejoramiento de las condiciones de vida de los países receptores, objetivo que ha sido declarado ilusorio por varios países sudamericanos. Frente a lo cual, las condiciones de negociación están cambiando.106