CAPITULO II. MARCO TEÓRICO.
2. Nuevas amenazas y la utilización de zonas grises.
De esta manera, el conflicto planteado en la investigación será entendido como un conflicto anómico con categorías no tradicionales, que surgen por combinación de fuerzas erráticas e incontrolables con cercana relación a la crisis de autoridad estatal en donde se inscriben, conocidas como “nuevas amenazas”, donde las categorías existentes no sirven para analizarlas ni para prevenirlas (Rosenau, 1997; Cox, 1981), en un contexto de pérdida del monopolio estatal de la violencia, en donde surgen otros actores con uso de la violencia en el espacio doméstico.
Es en este sentido que se recurrirá al concepto de “nuevas amenazas” (De La Maisonneuve, 1998) como una construcción, socialmente aceptada, surgida desde la incertidumbre de la toma de posición y la carencia de análisis de la crisis de autoridad del Estado, frente a este conflicto anómico por procesos de globalización y fragmentación en el interior de sus sociedades:
“Todo parece mostrarse como una amenaza, todo salvo lo que nos habíamos acostumbrado a designar como tal. La amenaza era extranjera, es interna; era militar, se volvió civil; era a menudo visible y burda, es vaga e insidiosa; estaba perfectamente localizada, no está en ningún lado y está en todas partes; nos reforzaba y nos unía, nos debilita y nos divide...pero todo eso
esencialmente es porque no nos animamos a llamarla por su nombre” (De La Maisonneuve, 1998:151).
“Nuevas amenazas” sin fronteras de origen y acción, que se presentan como transnacionales al fusionarse actividades ilícitas con conflictos interestatales, amenazas altamente difusas pero no nuevas, como asegura Treverton, la amenaza es “crónica, no grave” (Treverton, 1999:51), el punto en que se convierte en una amenaza para el orden establecido y las instituciones de gobierno es una cuestión de definición, de esta manera, lo novedoso radica en su “jerarquización dentro de la agenda de seguridad internacional” (Tello et al., 2007:117).
Siguiendo la teoría de La Maisonneuve estas “nuevas amenazas” pueden ser: emergentes, dado por el surgimiento de organizaciones terroristas o mafias; amenazas como factores de riesgo, principalmente como los fenómenos de la narco-militarización; y amenazas como fuentes de inestabilidad, en relación con Estados débiles y áreas de fronteras donde hay poca presencia y control de gobiernos centrales. A nuestro entender, el conflicto abarca la conjunción de las tres amenazas, ya que proviene de la propia descomposición de la sociedad, dada por la debilidad del Estado, como también de la multiplicación de los actores que pugnan por espacios de poder, la violencia social junto con exclusión y los extremismos políticos.
Asociado al término de “nuevas amenazas”, otra definición de las herramientas teóricas a utilizar en nuestra tesis, es la de zonas o áreas grises, ambos conceptos ligados al entendimiento postmodernista de las Relaciones Internacionales, para superar explicaciones estadocéntricas de los conflictos. Aunque el término de zonas grises fue esbozado por primera vez en 1992 por Peter Lupsha, es retomado por De La Maisonneuve (1998) y luego ampliado por Jean Marie Guéhenno (1999), sin embargo, en todos los casos, las definiciones que se intentaron alcanzar abundan en imprecisiones. De esta manera, Lupsha entiende que se trata de actores no estatales que amenazan a la estabilidad de la soberanía estatal5, con áreas geográficas localizadas que se encuentran en poder de organizaciones criminales, con la particularidad de administrar dicho territorio con capacidades políticas,
5
Esta definición se esbozó de manera no oficial por Peter Lupsha y luego un año después fue sistematizada junto con Jim Holden Rhodes. Sobre el paradigma del fenómeno de las áreas grises (GAP, por sus siglas en inglés) ver Jim Holden-Rhodes and Petet Lupsha, 'Gray Area Phenomena: New Threats and Policy Dilemrmas', Criminal Justice International, Vol.9, No.l, January-February 193, pp.7l'-77; y (1993) 'Horsemen of the Apocalypse: Gray Area Phenomena and the New World Disorder', Low Intensity Conflict and Law Enforcement ,Vol.2, No2, Autumn, pp2l2-226.
mientras que De La Maisonneuve, considera que las zonas grises permiten la instauración de refugios o santuarios para grupos de crimen organizado donde no existe el estado de derecho, por su parte Guéhenno, adiciona al concepto las consecuencias negativas en el Estado en el que se encuentra inserto, ya que borra los límites entre los ámbitos de defensa (militar) y los de seguridad (policial). En ese sentido, Guéhenno no sólo aporta efectos a nivel nacional sino también a nivel internacional.
Continuando con la construcción del concepto de zonas grises, en la literatura latinoamericana, el brasileño Fabio Wanderley (2000) entiende que la instauración de zonas grises posibilita y, al mismo tiempo, es consecuencia de una “ingobernabilidad hobbesiana” (Wanderley, 2000:8), dado por el deterioro difuso del tejido social, del surgimiento de espacios donde la autoridad estatal no tiene las condiciones de hacer valer de modo efectivo el compromiso de la capacidad de acción del Estado, en el plano del propio mantenimiento del orden público y de la seguridad colectiva. Para graficar el deterioro hobbesiano, Wanderley utiliza como ejemplo la economía de la droga en los países andinos y cómo el flagelo del tráfico ilícito de drogas comienza a ingresar al Brasil, favorecido por las demandas sociales de la población que no obtienen respuestas por parte del Estado. Al respecto, esta concepción nos es útil para establecer la relación entre el Neosenderismo, entendido como crimen organizado y su actividad principal, el tráfico ilícito de drogas (TID) y su impacto en la sociedad del VRAE.
Julio Cirino (2002) junto con Silvana Elizondo (2003) prefieren utilizar el término “áreas sin ley” para denominar a las zonas de ingobernabilidad estatal, definido como punto en el mapa para "hacer dinero", mover capitales, lavar activos y desarrollar todas las actividades ilícitas que, por la demanda de territorialidad que ocasionan, requieren de un espacio físico donde instalar containers, laboratorios, inmigrantes, entre otros.
Aunque para la tesis primaremos el término de áreas grises, descartando la definición de Cirino y Elizondo, nos parece un aporte interesante el realizado por los autores para explicar qué sucede cuando un actor paraestatal hace uso de un territorio, ya que afirman que, una vez consolidado este territorio, las actividades que allí se desarrollan pueden potenciarse con la participación de otros actores, constituyéndose en espacios ideales para la vinculación entre el crimen organizado y otras actividades ilícitas, en nuestro
caso de estudio, el TID. De esta manera, los autores entienden que la ausencia del estado de derecho puede ocasionar la imposición de códigos o leyes privadas por parte de las organizaciones criminales u otros actores paraestatales.
En la misma línea, Mariano Bartolomé (2003) considera que en estas zonas el Estado enfrenta enormes dificultades para imponer su autoridad, facilitando que organizaciones criminales desplieguen sus actividades ilícitas en forma prácticamente irrestricta; actividades éstas que alcanzan e involucran a importantes renglones de la población local, en contextos socioeconómicos de falta de empleo y deterioro del nivel de vida.
Profundizando en el análisis del concepto, notamos que en todos los autores existe la coincidencia de tomar como causal de las zonas grises la debilidad del Estado, o en su defecto, la pérdida del monopolio del uso de la violencia en partes del territorio nacional. Para explicar este proceso consideramos pertinente tomar a Guillermo O´Donnell (2004), quien asegura que en Latinoamérica la presencia efectiva del Estado en su territorio no ha sido uniforme, ni lo es tampoco el Estado de derecho a escala nacional: “el Estado burocrático puede estar presente en la forma de edificios y agentes públicos financiados por el presupuesto nacional, pero la legalidad estatal está ausente: cualquiera que sea el sistema de normas existente es aplicado intermitentemente, en el mejor de los casos” (O´Donnell, 2004:32).
Bajo ese lineamiento, es fundamental el aporte del sociólogo Julio Cotler para analizar a la sociedad peruana de la zonas de la sierra y selva del país, para el autor, dicha sociedad transita intermitentemente entre la “legalidad-ilegalidad” (Cotler 1999), donde se concibe en la existencia de una delgada línea entre la formalidad y la informalidad de actividades ilícitas, lo que le permite por un lado tener una gran capacidad de adaptación a coyunturas económicas y políticas, pero con elevados costos producto de la violencia y la inseguridad resultantes. Siguiendo esta postura, se tomará al elemento teorizado por John Ruggie (1998) sobre la fragmentación de la sociedad civil, porque la sociedad serrana y selvática del Perú presenta sus propios intereses fragmentados e independientes del Estado, como intentaremos demostrar en la investigación. Por último, nos será útil el aporte que realiza el peruano Carlos Degregori con su concepto “Estado Ajeno” (Degregori 2004),
donde sugiere que las políticas implementadas por el Estado son inoperantes frente a la magnitud del conflicto de violencia y crisis sociopolítica en la zona, donde lo que subyace es una situación de extrema pobreza y olvido de una sociedad que no se reconoce como integrante de ese Estado.