ESTADO DE LA CUESTIÓN
Caso 3: OSITRAN y la adenda sospechosa:
Finalmente, un hecho reciente que demuestra lo peligroso de la captura del regulador para el bienestar general es lo ocurrido en el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, quien tras la intención del gobierno de la firma de una adenda en el contrato de concesión del proyecto del aeropuerto internacional de Chincheros (Cusco), para proseguir con la ejecución de la obra, donde se proponía el cambio de esquema de financiamiento.
Solicitado por Kuntur Wasi como concesionario al alegar tener una discrepancia con el Ministerio de Transportes (MTC), proponiendo la firma de una adenda. Sin embargo, el Decreto Legislativo N° 1224, Ley de Asociación Público Privada establece en su artículo 29, que el límite de compromisos firmes y contingentes cuantificables, netos de ingresos, asumidos por el sector público no financiero en los contratos de APP, podrá ser revisado cada tres años de suscrito, pudiendo ser modificado por Decreto Supremo (…), a menos que lo solicite un acreedor.
Así es como aparece Goldman Sachs, el acreedor que alegó que el contrato no era bancable.
Pero, para ello requería la opinión favorable del regulador competente, la cual se obtuvo por voto en mayoría del Consejo Directivo del OSITRAN, el 20 de enero del 2017, tras una sospechosa injerencia del gobierno en dos de los tres directores del regulador, pese a los informes técnicos de las gerencias de línea que recomendaban un opinión desfavorable a la adenda por ser perjudicial para los intereses del país. Lo que motivo la renuncia de la Presidenta del Consejo Directivo del OSITRAN,
Patricia Benavente, el gerente general, Obed Chuquihuayta Arias, y el gerente legal del organismo regulador, Jean Paul Calle Casusol.
El Consejo Directivo del OSITRAN estaba conformado por Patricia Benavente Donayre, Antonio Balbuena Vela y Alfredo Dammert Lira, donde otra vez se puede verificar un directorio incompleto, contrario a la Ley N° 27332, Ley Marco de Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, que exige 5 miembros.
Este consejo directivo debilitado institucionalmente por no tener todos sus miembros y en base a argumentos políticos y yendo en contra del informe técnica de las gerencias del OSITRAN, aprobó con dos votos a favor y un voto en contra, la opinión técnica favorable a la Adenda N° 1 del Contrato de concesión con el consorcio Kuntur Wasi en enero del 2017.
El proyecto del aeropuerto internacional de Chincheros, dado en concesión al consorcio Kuntur Wasi, modificado mediante la Adenda N° 1 contempla “La reasignación de riesgos que implicaría el cambio de esquema de pago incluyendo el adelanto, en sí misma no es perjudicial para el concedente”, según la cuestionado opinión técnica del regulador.
En la opinión técnica, que se dio a conocer durante las reuniones de evaluación conjunta (con los ministerios de Economía y Transportes), se habría resaltado la importancia del aeropuerto para el desarrollo de Cusco cuando la discusión era si esta adenda está dentro del marco del contrato de concesión, de las bases y la Ley de Asociaciones Público-Privadas (APP).
En el documento que explica los argumentos de los dos directores que votaron a favor, se señala que el nuevo compromiso que asume el Estado (pasaría de 29% de compromiso a 81% en el proyecto) no representaría un riesgo para el país.
Esta sería la primera vez que el Consejo Directivo del regulador da un voto que no coincide con su equipo técnico. Aun cuando el equipo técnico de las gerencias de OSITRAN había advertido, por ejemplo, los riesgos que implicaba el nuevo compromiso, resaltando que no está prohibido cambiar el contrato, pero no se puede afectar la matriz de riesgo.
Entonces, cómo el concedente pasó a asumir el 80% del compromiso de financiamiento del proyecto Chinchero. Según declaraciones del mismo ministro de
Transportes, el Gobierno asumirá los US$ 265 millones para la construcción del aeropuerto.
Según el argumento del gobierno, siempre va a ser más barato que el Estado tome la deuda porque es deuda soberana. No obstante, el costo de oportunidad del dinero público es muy alto. Aún en los casos en que el Estado pone cofinanciamiento, el concesionario consigue el financiamiento en el mercado de capitales, trascendió. Asimismo, el gobierno se habría comprometido a dar un adelanto de US$ 40 millones al concesionario para el inicio de las obras.
La opinión técnica de los dos directores, sobre este punto, señala que el Estado debe evaluar y determinar que el adelanto resulte el necesario y suficiente para cumplir con su finalidad y evitar que el mismo se destine para otra finalidad. (Diario Gestión: Economía, del martes 24 de enero del 2017, http://gestion.pe/economia/renuncia- presidenta-ositran-controversia-proyecto-chinchero-2180400, visitada el 17 de marzo del 2017).
En conclusión, la falta de autonomía del regular por injerencia política tiene su origen en la ausencia de marco constitucional de los reguladores, que permite a sus directores actuar con plena independencia de cualquier grupo de interés y sin que sucumban ante captura del regulador por el Estado o la empresa privada. Se hace necesario fortalecer a los reguladores con mecanismos constitucionales que cautelen tanto la organización como el proceso regulatorio garantizando su objetividad e imparcialidad en sus decisiones. Anteponiendo el criterio técnico a la presión política o interés de grupos económicos, ya que si no podemos crear un régimen constitucional de equilibrio en el trinomio gobierno-empresa y regulador como podemos pretender que se proteja el bienestar general mediante el equilibrio de mercado.