En la Alameda de junto al Monasterio de Santa Maria la Real de Valdedios orden de San Bernardo, a catorze dias de el mes de Mayo de mil setezientos y treynta años, aviendose conbocado a los vezinos de este Coto a son de canpanas tañidad como lo tienen de costumbre se juntaron la mayor parte de dichos vezinos, y espezial, y señaladamente su merced de el señor Juan de Cubilles, teniente de Juez Noble de este dicho Coto y Jurisdizion, Francisco Peon, procurador general, y assi juntos, y congregados mando su merced que yo escrivano aga notorio la Real orden y zedula de Su Magestad, Dios le guarde, y señores de su Real consexo que contiene el padron que se debe azer a calleita entre ydalgos y pecheros para que se le de cunplimiento en todo segun, y como por ellas se prebienen y manda, e yo escrivano en su complimiento lo lei y publique e yze notorio a los que se allaron presentes quienes despues de aver la oido y entendido, unanimes y conformes nemine discrepante dixeron la oyen, y obedezen con el respecto de vido como carta de Su Rei, y Señor natural, a cuya respuesta su merced el dicho señor Juez y mas vezinos que se allaron presentes para darle el devido cunplimiento nombraron por empadronadores para dar el padron a calleyta por el estado Noble a Gabriel Fernandez de Verros, y por el estado general, y onbres buenos a Vernardo Martin, vezinos de este dicho Coto, y lo azetaron de que yo escrivano doi fee, firmolo su merced de dicho señor Juez
Cubilles Antemi Josephe Nava Costales * * *
En el Coto de Valdedios, terminos de Congares, a quinze dias del mes de Mayo de mil setezientos y treinta años, su merced el señor Juan de Cubilles, teniente de Juez Noble, y ordinario de este dicho Coto, y Jurisdizion de Santa Maria la Real de Valdedios en virtud de el nombramiento echo de empadronadores yzo conparezer a su presenzia, y de mi escrivano a los dichos Gabriel Fernandez de Verros, y a Vernardo Martin, y estandolo paraque no pretendan ygnoranzia, y se enteren de el contenido de dicha Real zedula, y orden que fue espedida a este dicho Coto, mando que yo escrivano la lea, y aga saver el nombramiento, y para el efecto de empadronadores, y aviendo lo executado notiziosos, y entendidos dixeron estaban prontos segun tenian azelado y azelaban dicho nombramiento que visto por su merced de dicho señor Juez de los dichos, y de cada uno de ellos ynsolidum tomo y rezibio juramento debajo del qual aviendo entendido y echo en forma legal, y ordinaria les aperzibio, y mandaron dicho padron a calleyta de los yjos dalgo, y labradores hombres buenos que ai en este Coto, conforme se manda ,y prebiene por dicha Real zedula, y que le aga sin pasion, y con toda realidad christiana, dado sin dole, fraude, ni malizia so cargo de el qual prometieron de dezir verdad en lo que las supieren sin perjudicar por este medio al patrimonio Real ni a otro particular le dieron en la forma y manera siguiente :
La Granda
● Don Rodrigo Garzia Poladura, cura propio de la
parroquial de San Bartolome de Puelles de este Coto, ydalgo notorio de casa y solar conozido de armas poner y pintar, y lo mismo Domingo Antonio Garzia su sobrino, yjo natural de Don Gaspar Garzia Poladura
● Doña Ysavel Menendez, viuda de Don Gaspar
Garzia, y su yja Doña Maria Francisca, yjas dalgo notorias
● Don Juan de la Vallina, ydalgo notorio ● Juan de San Vernardo, Juez, yjo dalgo
● Don Gaspar de Hebia Quiñones, y su yjo natural
Don Antonio Valtassar de Quiñones, yjos dalgo notorios de casa y solar conozido, y Doña Francisca de ...muxer de dicho Don Gaspar, ydalgos notorios
● Gabriel Garzia, casero, honbre vueno labrador ● Domingo Fernandez de Verros, ydalgo notorio ● Domingo de Verros, su yjo, ydalgo notorio ● Domingo Texa, ydalgo
● Domingo Fernandez de Verros, yjo de Juan de
Verros, ydalgo notorio
● Juan de Cubilles, ydalgo
● Justo de Hevia, y sus yjos, ydalgos
● Francisco Fernandez Corrada, honbre bueno
labrador
● Domingo Alvarez de la Labiada, ydalgo ● Matheo Albarez de la Labiada, y sus yjos,
ydalgos
● Alonso Peon, pechero ● Francisco Peon, pechero ● Joseph de Verros, ydalgo
● Juan de Cubillas, mayor en dias, y sus yjos,
ydalgos
● Alonso Cuvillas, ydalgo ● Joseph de Cubillas, ydalgo
● Gabriel Fernandez de la Olla, y su yjo labrador ● Juan de Fernandez Texa, y sus yjos, ydalgos ● Josephe Fernandez
● Domingo Garzia, ydalgo ● Juan de Verros, ydalgo ● Francisco de Cuenya, pechero
Cabañas
● Josepha Alonso, y su yjo Ynazio de la Carrera,
ydalgos
● Josephe de San Saturnino, pechero ● Andres de La Rimada, pechero
● Los yjos de Domingo de Abayo, pecheros
Puelles
● Domingo de la Carrera, ydalgo
● Domingo de la Carrera, su yjo, yjo dalgo ● Gregorio Garzia, y sus yjos, ydalgos notorios ● Manuel de Cubilles, y sus yjos, ydalgos notorios ● Gregorio Cubillas, y sus yjos, ydalgos notorios ● Francisco de Villabona, pechero
● Pedro, y Andres de Villabona, pecheros ● Francisco de la Carrera, ydalgo
● Diego de la Viña, y sus yjos, ydalgos ● Francisca de Villarrica, ausente, ydalgo
● Pedro Fernandez de Verros, y Juan Fernandez de
Verros, ydalgos, y ya difuntos
● Gabriel de Valdes, ausente, ydalgo
● Juan de Hevia, yjo de Francisco de Hevia, ydalgo ● Toribio ? de Friera, ausente, ydalgo
● Gabriel de Cubilles, ydalgo
● Francisco de Peon, el de Puelles de junto a la
yglesia, pechero
● Juan de Villarrica, y sus yjos, ydalgos
Luaria
● Ysidro de el Ynfiesto, y sus yjos, pecheros ● Antonio de Peon, pechero
● Juan Garzia, y sus yjos, ydalgos ● Pedro Zeñal, y sus dos yjos, ydalgos
● Benito Francisco, y Blas en lo de Francisco, digo
Juan de Peon, pecheros
● Bizente de Villarrica, y sus yjos, ydalgos ● Thorivio de Verros, y sus yjos, ydalgos ● Juan de la Prida, pechero
● Antonio de Villarrica, y sus yjos, ydalgos
notorios
La Viña
● Los yjos de Gonzalo de la Carrera, ydalgos ● Domingo Albarez de la Labiada, ydalgo ● Francisco Fernandez, y sus yjos, ydalgos ● Matias de Luaria, y sus yjos, pecheros ● Diego de Luaria, pechero
● Manuel de Peon, pechero ● Josephe Martin, labrador
● Diego Fernandez de Luaria, ydalgo ● Juan de Mere, ydalgo
● Antonio Fernandez de Verros, y sus yjos, ydalgos ● Gabriel de el Ponton, pechero
● Roque Rodriguez, y sus yjos, ydalgos
Polledo
● Domingo Peon, y sus yjos, pecheros ● Diego del Ynfiesto, pechero
● Francisco Garzia, y sus yjos, ydalgos notorios ● Mateo Garzia, ydalgo
● Juan Garzia Santirso, ydalgo ● Antonio Garcia, y sus yjos, ydalgos ● Juan de la Carrera, y sus yjos, ydalgos ● Antonio Garzia, ydalgo
● Francisco de la Carrera, y sus yjos, ydalgos ● Rodrigo Garzia, ausente, ydalgo
Villarrica
● Phelipe Mere, ausente, ydalgo
● Lorenzo de Villarrica, y sus yjos, ydalgos ● Diego de Villarrica, y sus yjos, ydalgos ● Juan de Villarrica, ausente, ydalgos ● Alonso de Villarica, y sus yjos, ydalgos
Vallina obscura
● Maria de Cuvilles, ydalga ● Juan Martin, labrador
● Fernando Lozano, y sus yjos, pecheros ● Francisco Lozano, honbre bueno labrador ● Antonio Carrandi, y sus yjos, prueven
● Manuel Fernandez, y sus yjos, ydalgos, ausente
en San Bizente
● Vernardo de Verros, ydalgos
● Manuel Rodriguez, y sus yjos, ydalgos ● Antonio Fernandez de Luaria, ydalgo ● Manuel Fernandez, y sus yjos, ydalgos ● Gabriel Fernandez de Verros, ydalgo notorio
Arbazal
● Manuel Fernandez de Verros, ydalgo notorio ● Rodrigo de Peon, pechero
● Manuela de Villarrica, y sus yjos, ydalgos ● Diego Fernandez, ydalgo
● Domingo de el Ynfiesto, labrador ● Juan Fernandez, ydalgo
● Francisco Fernandez, ydalgo ● Juan Fernandez, ydalgo
● Manuel Fernandez de Verros, ausente, ydalgo ● Josephe Perez, ausente, ydalgo
● Gregorio Ludeña, ydalgo notorio ● Gabriel de la Yglesia, ydalgo ● Santiago de el Ynfiesto, pechero ● Alexandro Martin, pechero
● Juan Fernandez, y sus yjos, ydalgos ● Ysavel de el Via ?, y sus yjos, ydalgos ● Manuel Fernandez, y sus yjos, ydalgos ● Josephe Fernandez, ydalgo
● Josephe Dominguez, ydalgo ● Pedro Mere, ydalgo
● Esteban de Villarrica, y sus yjos, ydalgos ● Alonso Mere, ydalgo
● Rodrigo de Villabona, labrador ● Francisco Suarez, yjo dalgo notorio ● Francisco de el Gallinal, ydalgo ● Bernardo del Carpio, labrador
● Manuel, y Lorenzo de el Gallinal, ydalgo
El Mato
Baltasar de Robledo, ydalgo Manuel de Carrera, ydalgo
Juan Rodriguez, y sus yjos, ydalgos Francisco Cotero, honbre bueno labrador Ygnazio Cotero, honbre bueno labrador Ygnazio Garzia, ydalgo
Francisco de la Poladura, y su yjo Benito, ydalgos Manuel Torre, forastero, justifique
Los yjos de Alexandro Garzia, ydalgo Juan Garzia, ydalgo
Pedro Miranda, y sus yjos, ydalgos Francisco Miranda menor, ydalgo Manuel Gayeta, labrador
Juan de el Ynfiesto, y sus yjos, labradores Josephe Garzia, y sus yjos, ydalgos notorios Benito Garzia, ydalgo notorio
Alonso la Carrera, ydalgo
Gaspar de la Carrera, y Manuel su hermano, ydalgos
Juan Martin, labrador
Joseph Gonzalez, derecho a salbo
Bernardo de La Rimada, y sus yjos, labradores Lorenzo de la Carrera, y sus yjos, ydalgos notorios Bernardo Martin, labrador
Francisco, y Juan de La Rimada, labradores Francisco de Villavona, labrador
Antonio Cabaña, honbre bueno labrador Pedro de la Carrera, ydalgo
Villabona
Josephe de Texa, ydalgo Baltasar de Villarrica, ydalgo Jazinto Fernandez de Lloses, ydalgo Pedro Garzia, ydalgo
Gregorio la Viña
Antonio de Nava, forastero, justificara a su tiempo Domingo la Viña
Antonio de Peon, labrador Andres de Villabona, labrador
Francisco Fernandez de Luaria, ydalgo
Los yjos de Francisco Fernandez de Luaria, ydalgos Juan de la Olla, honbre bueno labrador
Phelipe Cotero, y sus yjos, honbres buenos labradores
Josephe de Sariego, honbre bueno labrador Miguel Martin, honbre bueno labradot Josephe de Verros, ydalgo
Pedro Fernandez, ydalgo
Y esta conformidad dichos empadronadores dieron por fenecida y acabada dicha lista matricula, y padron a calleyta que dixeron aver lo echo vien y fielmente a su leal saber, y entender poniendo al ydalgo por ydalgo, y al pechero por pechero, y a los en duda que justifiquen siendo todo esto la verdad de todo lo referido sin cosa en contrario para el juramento que yzieron en que se afirmaron, y ratificaron, no lo firmaron en que dixeron no saver, firmolo su merced de dicho señor teniente de Juez Noble a cuya presenzia passo junto con los demas empadronadores que se allaron dar dicha lista de todos los vezinos de este dicho Coto sin poner ni quitar cosa de lo que devian de obrar, y dixeron ser de edad el dicho Gabriel Fernandez de Verros de zincuenta y seis años poco mas o menos, y el dicho Bernardo Martin lo mismo poco mas u menos sierndo testigos Juan Garzia, Esteban de Villarrica, y Juan de Verros, todos vezinos de este Coto, de todo lo qual yo escrivano doi fee :
Cubillas Antemi Josephe Nava Costales * * *
En dicho Coto de Valdedios a los quinze dias del mes de Mayo de este año de mil setecientos y treynta años su merced de dicho señor teniente de Juez Noble de este dicho Coto reconoziendo averse fenecido, y acabado dicho padron dixo que devia demandar, y mando que yo escrivano le de un traslado autentico, y en publica forma de el, y con ynserzion de la orden, y Real zedula que se alla por caveza por los derechos devidos, y para resguardio de su derecho, y de los vezinos de esta dicha Jurisdizion, y por este su auto asi le proveyo, y mando de que yo escrivano doi fee.
E yo escrivano en cumplimiento de el auto de lo que se me prebiene, y manda por dicho señor Juez, y auto, digo que estoi pronto que se me de para papel, y se me page mi trabaxo respecto de no tener salario por dichos vezinos, ni por el convento, y lo firmo dicho dicho dia en dicho Coto :
Antemi Josephe Nava Costales, e yo el sobre dicho Josephe Nava Costales, escrivano por Su Magestad, Dios le guarde, de el numero perpetuo, y antiguo de la Villa, y Qoncejo de Villaviciosa, y de este dicho Coto, y Jurisdizion presente fui a lo que de mi ba echo menzion en uno o con otro con su merced de dicho señor teniente, y mas empadronadores a la lista que se dio a calleyta, y padron que yzieron en conformidad de la Real zedula de
Su Magestad, y señores de su Real y supremo consexo, y a todo quando de mi ba fecho menzion en fee, lo qual lo zertifico, y si no, y firmo como de a costumbro en dicho Coto de Valdedios en los ocho dias de el mes de Mayo de este año de mil setezientos y treinta años :
Antemi Josephe Nava Costales * * *
Este es una copia echa a calleyta el año de mil setezientos y treynta en el Coto de Valdedios entre ydalgos, y pecheros siendo Juez, Juan de la Yglesia su teniente, Juan de Cuvilles empadronadores, Gabriel de Verros, y Vernardo Martin, y este traslado sacado del orixinal que en mi ofizio queda , el qual saque a pedimiento y requerimiento de Francisco Garzia, Procurador General de el Coto de Valdedios oy jueves diez y seis de Julio de este año de mil setezientos y treynta y nueve que concuerde a que me refiero, y lo signo, y firmo como a costumbro en la casas de Mirvitan ? de el mayorasgo de Morvis de la feligresia de Rozadas de el qoncejo de Villaviciosa dicho dia.
En testimonio de verdad Josephe Nava Costales