IV. LA CIBERPOLÍTICA COMO NUEVA LÓGICA DE HACER POLÍTICA
4.1 Relevancia política del fenómeno del hacktivismo desde la perspectiva de la discusión
4.1.1 Poder constituyente
La definición del poder constituyente es una tarea de la que se han ocupado grandes pensadores, a lo largo de los años —entre ellos: Aristóteles, Hobbes, Locke, Rousseau y otros también de alto nivel teórico, tal y como lo señalan las grandes tratados de derecho constitucional—. Para los efectos de este punto, y en aras de avanzar en el problema central, tomaré la definición de poder constituyente que hace uno de estos tratadistas: “Dadas la naturaleza y la trascendencia que revisten las disposiciones de la Constitución, se considera que ellas deben emanar de un órgano político especial, investido de una autoridad superior a la de los órganos gubernamentales que de ellas se derivan; ese órgano es el llamado poder constituyente” (Naranjo, 1997, p. 127).
La naturaleza y la trascendencia de las disposiciones de la Constitución bien pueden resumirse en dos aspectos: primero, en el órgano que las genera en un momento histórico particular, y segundo, en su condición de norma supralegal frente a las demás normas del sistema jurídico en el que se encuentre. Ambos aspectos tienen una carga política que las posiciona en el punto alto de la discusión. El órgano es el pueblo, y su producto legal, la constitución, es supralegal precisamente por provenir de este que es el sujeto político más importante, y su contenido es más político que jurídico por la
misma razón. Regresando a los múltiples nombres que recibe la constitución, esta es en términos aún más objetivos un documento de carácter político, carácter que se lo imprime quien lo redacta y con pretensiones jurídicas, las cuales van desde la definición misma de la forma estatal hasta la supeditación del orden legal del Estado creado o definido. De ahí que el nombre más estandarizado sea constitución política como una clara alusión a su contenido político. Por esta sencilla pero no por eso menos importante razón, y haciendo uso de un criterio de deducción, la relevancia política del fenómeno estudiado ya estaría probada, pero las razones son aún mayores.
Que sea un órgano político especial es la característica más relevante, siendo este por definición el mismo poder constituyente y no siendo otro que el mismo pueblo; el mismo pueblo o quien haga sus veces. Esta afirmación nos lleva a las clasificaciones del poder constituyente originario y al poder constituyente derivado, y a analizar los mecanismos de representación para no convocar en todo momento al primero y servirse de los oficios del segundo. Más adelante, y una vez definido el poder constituido volveré, sobre este punto para ubicar el efecto que sobre este tiene el fenómeno del activismo político en Internet. Por el momento quisiera afirmar que si una de las particularidades para la identificación del poder constituyente es la del momento histórico en que se reúna, el momento histórico en el que se gesta este fenómeno es inmejorable.
Los momentos históricos de reivindicaciones sociales son los que han generado puntos cero o puntos de inflexión para los órdenes políticos, lo cual ha dado paso a la creación de nuevas o incluso revolucionarias constituciones. Reivindicaciones como las de los derechos civiles de los hombres o las de los derechos humanos gestadas en la Revolución francesa y en el final de la Segunda Guerra Mundial, respectivamente, conllevaron la caída de regímenes políticos y sus sustitución por unos nuevos, lo cual demuestra que existen relaciones causales entre esos hitos históricos con la modificación de los órdenes políticos. Esto ha sido un efecto atrayente para las movilizaciones sociales posteriores a las mencionadas, pues cada una de ellas en su momento tuvo las pretensiones de generar también este tipo de cambios estructurales sin lograrlo realmente; sirvan como ejemplo las movilizaciones alterglobalización o
las medioambientales, incluso las de la revolución cultural del 68, siendo estas las primeras de este corte de movilizaciones posteriores a las grandes guerras. Las movilizaciones gestadas desde la red no escapan a esta intención; sin embargo, y este es otro de los esfuerzos de este trabajo, su proyecto político posiblemente abarque mayores procesos y conquistas políticas, a diferencia de los anteriores, por ser distintos sus objetivos y diferentes su formas de actuar políticamente.
La pretensión de tener injerencia en la conformación del poder constituyente no solo es común a todas las movilizaciones; también lo es para los poderes constituidos, lo cuales permanentemente pretenden elevar su nivel para ser ellos fundadores de ordenes nuevos. Esto se ejemplifica con facilidad en las constantes sugerencias en ciertos sistemas políticos de cambiar las constituciones o de reformarlas por hechos nuevos, todos muy importantes. Los poderes constituidos se resisten a estar supeditados a los logros y reglas de los poderes constituyentes, y por eso constantemente pretenden reformar el estado de las cosas. El fenómeno del activismo político en Internet es superior a esto, por estar al lado de la textura propia de los poderes constituyentes.
La relevancia del fenómeno del activismo político en Internet radicaría en que está a la altura de los que históricamente reformaron ordenes políticos, pero con la adición que no es menor de reformar la manera misma de hacer la política de la acción política. Ese órgano político especial en los actuales momentos en los que estamos adquiere una fisonomía distinta a las de los anteriores órganos, esta vez mediados por la tecnología y la virtualidad; por ende, es realmente nuevo y revolucionario. Siendo más explícito el activismo político en Internet, desde esta perspectiva constituye y no es constituido. El poder constituyente no es un concepto al que se haya llegado amigablemente al igual que otros conceptos políticos. Se puede rastrear y, como resultado, comprender mejor su complejidad en el hecho de ser un concepto producto de lentas victorias de los señores sobre los monarcas. El poder constituyente es lo más cercano a lo constitucional en sí, a la esencia misma de lo constitucional que no es otra que la de limitar un poder anterior.
El poder constituyente es la suma de obligaciones de no hacer que las personas gobernadas le presentan a sus gobernantes. La constitución, que surgió como una
herramienta jurídica para limitar el poder de los reyes, está fundada sobre el poder constituyente de quienes lograron y los que defienden ese logro de limitar al rey en favor de todos.
Los sujetos políticos históricos tienen como su norte la necesidad de ser ellos un poder constituyente; así le ocurrió al proletariado y ahora a las multitudes inteligentes. Las multitudes inteligentes conformadas por los hacktivistas son los llamados a debatir sobre los nuevos contenidos y las nuevas relaciones entre los Estados y los ciudadanos en el marco de los nuevos territorios provistos por el ciberespacio.