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plan maestro, y de acuerdo a su zonificación En el caso de las ANP de uso indirecto sólo se permite las actividades

2.5. Poder Legislativo

2.5.1. Congreso de la República

Las comisiones ordinarias del Congreso de acuerdo al Reglamento del propio Congreso tienen como atribución principal el análisis, investigación y estudio, tanto político como técnico, de los proyectos de ley que recibe del órgano parlamentario competente. La opinión de la comisión respecto del proyecto de ley se recoge en el dictamen, que puede ser en mayoría y en minoría. Las comisiones no tienen facultades legislativas, está es una facultad única y exclusivamente de los Congresistas.

El órgano parlamentario competente para la distribución de los proyectos de ley entre las distintas comisiones es la Primera Vicepresidencia del Congreso.

La conformación de las comisiones es rotativa, por lo que sus miembros, no necesariamente se mantienen en las comisiones durante los cinco años que dura el mandato constitucional de Congresista. Los puestos directivos a cargo de los Congresistas en cada comisión son: Presidente, Vicepresidente y Secretario. Estos cargos también cambian anualmente. Para ocupar los puestos de dirección en las comisiones, se requiere obtener un número de votos de la mitad más uno, de los miembros titulares de la comisión. Cada comisión cuenta con un Secretario Técnico o un Especialista Parlamentario, ambos cargos son excluyentes. Por lo general, el que asume el cargo de Secretario Técnico cumple la labor de asesorar a la comisión. Este cargo es ocupado por personal estable del Congreso de la República, según sus conocimientos o especialización, a propuesta de la Oficialía Mayor. Adicionalmente, las comisiones cuentan con dos asesores más, no necesariamente personal estable del Congreso, sino personal de confianza que designa el Presidente de la Comisión. Las comisiones de Economía; Fiscalización; Constitución y Reglamento; Presupuesto y Cuenta General de la República, cuentan con tres asesores además del Secretario Técnico o Especialista Parlamentario debido a su recargada agenda legislativa.

www.ots.ac.cr/globalprograms 55 Las comisiones que conocen y dictaminan proyectos de ley sobre temas ambientales, de conservación, recursos naturales y áreas naturales protegidas, son en primer lugar la Comisión de Pueblos Andinoamazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología y la Comisión Agraria. Adicionalmente, también en casos puntuales pueden intervenir en estos temas las Comisiones de Descentralización, Regionalización y Modernización de la Gestión del Estado; la de Gobiernos Locales; la de Comercio Exterior y Turismo y en menor medida la Comisión de Economía.

2.5.2. La Comisión de Pueblos Andinoamazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología

Esta Comisión se crea recién para la actual legislatura que se inició el 28 de julio de 2005, en base a las comisiones de ambiente y ecología y la de amazonía, pueblos indígenas y afroperuanos, fusión que ha sido bastante cuestionada por el sector ambiental del país.

Los objetivos de la Comisión son los siguientes:

- Promover la participación de las poblaciones originarias en el desarrollo sostenible de sus comunidades.

- Promover y regular el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, facilitando de esa manera un manejo óptimo de los recursos y fomentando la inversión; de tal forma que se genere un equilibrio dinámico entre el crecimiento económico, la conservación de los recursos naturales y del ambiente y el desarrollo integral de los individuos pertenecientes a los pueblos originarios de la Amazonía.

- Realizar acciones, en procura de alcanzar la titulación e inscripción predial, de la propiedad sobre las tierras de las comunidades nativas, en los Registros Públicos. Además, orientar y establecer las condiciones necesarias para el uso adecuado de los recursos que se encuentren en los predios. - Impulsar la reglamentación y normatividad complementaria, a través de la coordinación de

acciones con los organismos pertinentes, para la protección y conservación del medio ambiente. - Promover el desarrollo sostenible de la amazonía, promoviendo la inversión privada, la inversión

pública en áreas estratégicas y la reinversión de capitales excedentes.

- Promover el desarrollo sostenible del sector forestal, impulsando la industrialización del recurso forestal.

- Fiscalizar la aplicación de la legislación ambiental.

Durante los últimos meses, esta Comisión estuvo dedicada principalmente a promover la aprobación de la Ley General del Ambiente55, en la cual en relación a las ANP se ha introducido la facultad de INRENA

de sancionar en el caso de infracciones relacionados a las ANP, y la inclusión de un libro especial sobre ANP en Registros Públicos para la inscripción de éstas. Actualmente, la Comisión está trabajando los siguientes temas sobre ANP: las áreas de conservación local, la gestión de la IANP, la formulación de mecanismos que permitan una mayor inversión privada en el sector conservación y la creación de un ANP que incluya las islas, península y todo el litoral, así como la ampliación de la Reserva Nacional de Paracas.

La labor de la Comisión, se centra en la propuesta legislativa, en temas de su interés y competencia, por lo que dictamina iniciativas legislativas, que contribuyan con el desarrollo sostenible en general y de la Amazonía y de los pueblos originarios en particular. Asimismo, ejerce labores de fiscalización, para garantizar el adecuado cumplimiento de las normas referidas a la explotación racional de los recursos naturales.

www.ots.ac.cr/globalprograms 56 La Comisión, con el objetivo de fomentar el debate y promover la participación del sector privado y público, en temas referidos a la amazonía y pueblos originarios, promueve e impulsa mesas de diálogos, visitas de trabajo, conversatorios, audiencias públicas descentralizadas y otras actividades. Dentro de la Comisión existen tres grupos de trabajo, uno de los cuáles está referido exclusivamente a los asuntos amazónicos. La finalidad de estos grupos de trabajo, es estudiar y analizar determinados temas y proyectos de ley, así como analizar las políticas implementadas por el ejecutivo y las normas que la regulan, con el propósito de establecer correcciones y modificaciones, a ser propuestas en la comisión. Actualmente son 10 miembros titulares y 7 miembros accesitarios56. Tienen cargos directivos en la

Comisión los siguientes congresistas: ¾ Walter Alejos Calderón (Presidente) ¾ Santos Jaime Serkovic. (Vicepresidente) ¾ Paulina Arpasi Velásquez (Secretario)

La Comisión cuenta además con un Secretario Técnico permanente desde julio de 2002, así como dos asesores adicionales designados para la actual legislatura ordinaria (2005-2006) como personal de confianza que pertenecen al despacho parlamentario del actual Presidente de la Comisión.

2.5.3. Comisión Agraria

La Comisión Agraria está compuesta por 16 congresistas titulares y 5 accesitarios. Tiene tres asesores permanentes, uno de los cuales ejerce la función de Secretario Técnico.

Esta Comisión tiene a su cargo el sector agrario, que incluye la gestión de INRENA y a las ANP. Sin embargo, esta Comisión ha priorizado los proyectos de ley relacionados con la producción, la productividad y promoción de los productos agrícolas.

2.5.4. Comisión de Descentralización, Regionalización y Modernización de la Gestión del Estado

Actualmente esta Comisión está conformada por 16 congresistas titulares y 6 accesitarios. El número de personal también es igual a la de las otras dos comisiones mencionadas anteriormente, es decir tres asesores permanentes, uno de los cuales ejerce el cargo de Secretario Técnico y dos asesores adicionales que son cargos de confianza designados a solicitud del presidente de la Comisión.

Actualmente, el trabajo de esta Comisión está centrado en la organización de los gobiernos regionales. Sin embargo, se les incluye por el trabajo realizado durante la legislatura 2002-2003 para la aprobación de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la cual se desarrollan las funciones de los gobiernos regionales en materia ambiental y de ANP.

Actualmente, esta Comisión tiene en agenda la transferencia de la gestión de las ANP a los gobiernos regionales, ubicadas dentro de su jurisdicción.

56 Los accesitarios son aquellos Congresistas que remplazan en caso de ausencia en una comisión, al titular del mismo grupo parlamentario, para los efectos de cómputo de quórum y de las votaciones. Si el titular está presente el accesitario puede participar en la sesión de la comisión con voz pero sin voto. Un Congresista participa en algunas comisiones como titular y en otras como accesitario.

www.ots.ac.cr/globalprograms 57 2.5.5. Comisión de Gobiernos Locales

Esta Comisión está conformada por 9 congresistas titulares y 5 accesitarios. Cuenta con un Especialista Parlamentario y un asesor de confianza permanente. Actualmente, preside esta Comisión la Congresista Fabiola Morales, quien anteriormente fue Presidente de la Comisión de Ecología y Amazonía.

Esta Comisión tiene en agenda una propuesta de modificación de la Ley de Áreas Naturales Protegidas para consolidar las áreas de conservación local.

2.5.6. Comisión de Comercio Exterior y Turismo

Esta Comisión está conformada por 11 congresistas titulares y 7 accesitarios. Cuenta con tres asesores, uno de los cuales ejerce el cargo de Secretario Técnico.

Esta Comisión tiene entre sus prioridades para este período legislativo impulsar la aprobación de una ley que declare de interés nacional y de necesidad pública, la protección, conservación y desarrollo turístico del litoral de los departamentos de Tumbes y Piura (costa norte), así como de la belleza paisajística, la fauna y flora silvestre de estas áreas.

2.5.7. Principales resultados de la Sección 2

¾ De acuerdo a la Constitución, el gobierno del Perú es unitario, representativo y descentralizado, y se organiza según el principio de separación de poderes: legislativo, ejecutivo y judicial.

¾ El territorio del Perú se divide en regiones, departamentos, provincias y distritos, en cuyas circunscripciones se ejerce el gobierno unitario de manera descentralizada y desconcentrada. Hay tres niveles de gobierno: nacional, regional y local. El gobierno local puede ser provincial o distrital.

¾ INRENA, específicamente la IANP, es la autoridad de nivel nacional encargada de la gestión de las ANP en el país. De acuerdo a lo establecido en la Ley de ANP y su Reglamento cualquier actividad a realizarse en una ANP requiere de la opinión favorable de INRENA, disposición que es acatada por todas las autoridades sectoriales, aunque algunas no están de acuerdo con que INRENA tenga esta facultad. Esto se evidencia en el Anexo Nº 1, sólo INRENA, Provías y los Gobiernos Regionales manifiestan tener atribuciones directas en ANP. En el caso de Provías se señala que tienen atribuciones directas, pero sujetos a la aprobación del EIA correspondiente, y en el caso de los gobiernos regionales tienen atribuciones directas pero sólo respecto a las ACR. CONAM, por ejemplo, de acuerdo a la Ley de ANP integra el Consejo de Coordinación del SINANPE, sin embargo, los funcionarios entrevistados manifestaron que no tienen atribuciones directas en materia de ANP e incluso uno de ellos manifestó que ésta es competencia exclusiva de INRENA y que sólo intervienen a su solicitud.

¾ La situación es totalmente distinta respecto a las atribuciones indirectas, el 89% de los organismos operativos analizados manifestaron tener atribuciones indirectas en materia de ANP. En tanto las actividades que se realizan al interior de las ANP o en sus zonas de amortiguamiento requieren la aprobación o intervención de INRENA, las autoridades sectoriales, regionales o locales competentes deben establecer los mecanismos y procedimientos necesarios para la coordinación con INRENA.

¾ De los organismos operativos analizados, sólo los Jefes de ANP, las comisiones ambientales regionales de CONAM, los gobiernos regionales y los gobiernos locales participan en los comités de gestión de ANP. Esto se debe a que la mayoría de organismos operativos analizados son de nivel nacional y los comités de gestión se organizan a nivel de cada ANP.

¾ La gestión de las ANP de nivel nacional que conforman el SINANPE no serán transferidas a los gobiernos regionales por lo que el proceso de descentralización en curso no debería afectar el

www.ots.ac.cr/globalprograms 58 régimen actual de ANP. Los gobiernos regionales podrán proponer la creación y administrar las ACR.

¾ En relación a las ACM, se requiere una precisión legal respecto a la entidad facultada para establecerlas ya que los gobiernos locales sólo están facultados para proponerlas. De las competencias y funciones de las municipalidades establecidas en su ley orgánica, se puede concluir que están orientadas prioritariamente a los temas urbanos.

¾ Las organizaciones nacionales de coordinación como podrían ser la Secretaría de Coordinación de PCM, el propio CONAM y la Comisión de Pueblos Andinoamazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso, no han priorizado el tema de las ANP. Incluso en el caso del Congreso, la Comisión antes mencionada es producto de la fusión de dos comisiones, una de las cuales estaba dedicada exclusivamente al tema ambiental. Esta fusión ha generado rechazo de la comunidad ambiental del país pues como se evidencia en la agenda de la Comisión el tema ambiental ha sido relegado a un segundo plano. Los espacios de coordinación interinstitucional por excelencia para las ANP son los comités de gestión.

¾ La titulación de tierras es competencia del PETT, proyecto especial que depende del MINAG. Desde setiembre de 1999, el PETT previamente a la emisión de la resolución de adjudicación de tierras rústicas y eriazas ubicadas en zonas de Ceja de Selva y Selva, debe solicitar opinión a INRENA, quien indicará si las tierras se encuentran comprendidas o no dentro de ANP o son recursos forestales. En estos casos no procede la titulación.

¾ La competencia de INRENA para emitir opinión técnica previa en todas las actividades que se realicen al interior de las ANP o en sus ZA, en los procesos de titulación en Ceja de Selva y en Selva, en aquellos proyectos de inversión que consideren actividades o acciones que modifican el estado natural de los recursos naturales agua, suelo, flora y fauna silvestres o puedan afectar ANP y para emitir un informe técnico previo para los fiscales en los casos de denuncias penales en materia ambiental, sobrepasan sus capacidades. Por esta razón no sólo hay grandes demoras, sino que las opiniones o informes no están bien preparados y no cuentan con el sustento técnico requerido. El desconocimiento de algunos temas hace que lo más fácil para el INRENA sea denegar la realización de una actividad o proyecto, generando malestar en las otras autoridades que intervienen y en los particulares también.

¾ Otras instituciones que deberían incluirse en futuros estudios son el Ministerio de Economía y Finanzas, pues es este Ministerio el que define por ejemplo, el Presupuesto Público, y el Ministerio de Relaciones Exteriores que tiene a su cargo el seguimiento de los tratados y participa activamente en las conferencias de las partes y otros foros internacionales.