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Políticas específicas en materia de DA

Complemento nutricional en escuelas públicas del país, PGN

4. Políticas específicas en materia de DA

Inocuidad

En cuanto a las políticas específicas vinculadas a la garantía del derecho a la alimentación adecuada, en la actualidad no se contaría con una política o plan nacional de inocuidad, uni- ficado y articulado entre las distintas instituciones con compe- tencia en este ámbito. Existiría voluntad entre las autoridades públicas del INAN de promover el diseño de dicha política o plan para un término de cinco años, definiendo metas concre- tas y medibles que posibiliten luego una evaluación, con miras a llegar a la formulación de una política de Estado en ma- teria de inocuidad de alimentos que involucre a las diversas instituciones estatales competentes como ser, entre otras, el MSPyBS, MIC, MAG, SENAVE, SENACSA, INTN.

Entre las principales debilidades del sistema nacional de con- trol de inocuidad de alimentos, puede mencionarse el sistema

de obtención de registros sanitarios, el cual carece de una política diferenciada en materia de costos y de asistencia técnica para la regularización sanitaria de los microempren- dimientos de producción de alimentos, en general efectuados en condiciones de informalidad.

En materia de infraestructura y recursos, el INAN carece de recursos humanos, infraestructura a nivel país y presupuesto suficiente para poder cumplir a cabalidad con sus responsabi- lidades. No se contaría con recursos que permitan hacer los controles y notificaciones debidos a nivel país. Esta situación hace recaer en las municipalidades prácticamente toda la fun- ción de control de establecimientos de expendio de alimentos para el consumo inmediato, no contando los gobiernos locales con instrumentos de control sanitario homologados por el INAN. Se estaría incumpliendo así el artículo 92 del Código Sanitario que establece que todo manipulador o vendedor de alimentos en la vía pública debe ajustarse en sus actividades a las normas sanitarias dictadas por el MSPyBS.

También existirían deficiencias en la producción de infor- mación generada desde la Dirección General de Información Estratégica en Salud (DIGIES) del MSPyBS en el ámbito de la inocuidad alimentaria. El INAN se encontraría trabajando en la incorporación de indicadores más precisos que permi- tan generar información en el ámbito de la inocuidad; esto es, crear un módulo que permita captar las causas de trastor- nos gastrointestinales por los cuales se consulta, si pudieron o no haber sido ocasionados por alimentos consumidos. Así, se visualizaría un déficit en la capacidad estatal de contar con información adecuada respecto de la incidencia de alimentos no inocuos en la salud de las personas, y ello afectaría la capa- cidad de adoptar las medidas sanitarias pertinentes y eficaces para salvaguardar la salud de la población en este ámbito. Otro aspecto de marcada debilidad se vincula con el sistema

de aplicación de sanciones en caso de incumplimiento de la normativa sanitaria. El Código Sanitario vigente data de trein- ta años atrás. Urge una actualización por el Parlamento Nacio- nal, cuanto menos en materia de las sanciones previstas y el procedimiento para su aplicación, ya que las actuales disposi- ciones favorecen la impunidad de quienes cometen infraccio- nes a la normativa.

Por último, en materia de inocuidad debe mencionarse el sistema de control de buenas prácticas agrícolas vinculadas a la producción alimentaria, en el cual existen alarmantes de- bilidades, tanto en el ámbito normativo como en materia de infraestructura y recursos institucionales disponibles.

Desde la perspectiva legal, en el año 2009 fue sancionada la Ley N° 3742 de Control de Productos Fitosanitarios de Uso Agrícola. Con relación a las disposiciones relativas a franjas de protección, la formulación contenida en la mencionada normativa reproduce las deficientes formulaciones de la Re- solución N° 485/2003 del MAG, estableciendo que debe de- jarse una franja de seguridad de 100 metros a la redonda de asentamientos humanos, centros educativos, centros y puestos de salud, templos, plazas, lugares de concurrencia pública y cursos de agua en general, dentro de la cual no podría ser apli- cado ninguna clase de plaguicidas. Esta formulación además de establecer una franja sumamente reducida en extensión, ocasiona serios inconvenientes desde la perspectiva de con- trol, ya que al no impedir la siembra, sino sólo la “aplicación de plaguicidas”, deben tomarse muestras y realizarse análisis en cada caso, para establecer si se ha incumplido la normativa, aunque se cuente con diversas evidencias al respecto. A su vez, la Ley N° 3742 no especifica que las especies empleadas para la barrera viva de protección de los caminos vecinales poblados debe ser de follaje denso, como lo hacía el Decreto N° 2048/04.

La débil y deficiente protección legal de las comunidades expuestas a agroquímicos y la más deficiente aún implemen- tación práctica, afectan de manera extendida a las comuni- dades rurales campesinas e indígenas que viven en zonas de expansión de monocultivos mecanizados. Desde la perspec- tiva del funcionamiento institucional, existiría una notable de- bilidad en el sistema de control en campo, del cumplimiento de normativas ambientales por la Secretaría del Ambiente y en el sistema de control de prácticas agrícolas relativas al uso de sustancias agroquímicas y uso de semillas autorizadas por SENAVE. Pese al marcado crecimiento del área de siembra mecanizada en los últimos años en el país, los funcionarios/as asignados por SENAVE a las tareas de control en el territorio nacional serían sumamente escasos. Para toda la Dirección de Operaciones, a finales del año 2010 se contaba con alrededor de cien funcionarios, distribuidos a nivel país, en especial, en los puntos principales de ingreso y egreso de productos. Los mismos cubrirían funciones diversas como la fiscalización de producción de semillas, la fiscalización de silos, fiscalización de empresas de agroquímicos, de productos vegetales en su- permercados y de uso de agroquímicos y semillas autorizadas. A más del escaso número de funcionarios asignados para el control de prácticas agrícolas adecuadas en campo, el patrón de negligencia por parte del Ministerio Público en la investi- gación del uso lesivo de agroquímicos en perjuicio de las co- munidades rurales, representa un problema serio para la salud de la población rural, así como respecto de la inocuidad de los productos agrícolas alimenticios producidos tanto en las fincas familiares como en las grandes explotaciones, y para la preservación de las fuentes de agua.

Es muy débil también la capacidad estatal de efectuar los estu- dios laboratoriales requeridos para el mencionado control. El MSPyBS carecería incluso de un laboratorio de análisis de re- siduos agroquímicos en las aguas. Se requiere como prioridad de salud pública y de SSAN, el fortalecimiento de una política

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articulada de control de prácticas agrícolas y, en particular, de urgentes estudios de carácter oficial sobre los impactos de los productos agroquímicos en la salud humana, el ambiente, los productos alimenticios y el agua, liderada por el MSPyBS y el MAG.

Asimismo, respecto de la institucionalidad de las políticas alimentarias, el INAN contaría con sólo 40 funcionarios asig- nados al ámbito de vigilancia y serían 9 los inspectores sani- tarios de los que dispone la institución para todo el país. Por su parte, la Dirección General de Defensa del Consumidor del MIC contaría con 11 funcionarios/as, careciendo de un equipo técnico. En la Secretaría de Emergencia Nacional existirían 15 funcionarios/as asignados a la Dirección de Gestión Social, responsables de acompañar más de 110 Centros Comunitarios de Protección Civil en todo el país. Al mismo tiempo, el presu- puesto público estatal sigue contemplando la contratación por el Tribunal Superior de Justicia Electoral de unas 17.000 per- sonas propuestas por las dirigencias de los principales partidos políticos con representación parlamentaria, las cuales actúan en numerosos casos como operadores políticos de partidos y facciones. Se visualiza de este modo una grave falta de racio- nalidad en la política de contrataciones de la función pública que afecta el DA de la población.

Información sobre situación nutricional e inseguridad ali- mentaria

Otra deficiencia del Estado paraguayo se encuentra en la pro- ducción de información relevante sobre la inseguridad alimen- taria, la vulnerabilidad y la situación nutricional de distintos grupos de la sociedad, lo cual permitiría identificar a los grupos y los hogares especialmente vulnerables a la inseguridad ali- mentaria y las razones de ello, para adoptar políticas eficaces y adecuadas. En el país serían escasos los datos antropométricos sobre malnutrición. Por ello, si se pretendiera analizar si ha

habido mejoras en los índices de desnutrición en los últimos años, no existiría manera fiable de comparar datos. La última encuesta nacional de nutrición dataría del año 1976.

Desde el año 1983 se realizan las Encuestas de Hogares anuales; lo que se habría hecho es incluir módulos con preguntas relativas a consumo alimenticio y antropometría infantil, así como sobre gastos alimentarios del hogar y consumo de sal yodada en las encuestas de hogares de algunos años. Así se efectuó en la EIH 1997/98; en la EIH 2000/01 y en la del año 2005. La mayor limitación de esta vía estaría en la forma de captar datos, ya que las encuestas no habrían sido muestreadas para identificar desnutrición. Sin embargo, es lo único con lo que se contaría a nivel nacional. Existen algunos profesionales que a partir de esos datos de las encuestas de hogares de la DGEEC, los procesan y divulgan. Sin embargo, desde el Estado se carecería de la iniciativa de promover la producción y el procesamiento de datos alimentarios y nutricionales para utilizarlos en el mejoramiento de políticas. Ello denotaría una marcada falta de cumplimiento de las obligaciones del propio Estado nacional respecto de un aspecto básico para la garantía del DA que es el de contar con información actualizada respecto de la situación nutricional de la población que posibilite adoptar las medidas pertinentes. Es necesaria la realización de una encuesta nacional nutricional, muestreada a tal efecto, que incluyera preguntas específicas para medir situaciones de inseguridad alimentaria.

A su vez, el Estado paraguayo carecería en la actualidad de capacidad para identificar a los grupos y los hogares especial- mente vulnerables a la inseguridad alimentaria y las razones de ello, pues no se ha establecido aún un mecanismo de vigi- lancia como el Sistema de Información y Cartografía en Inse- guridad Alimentaria y Vulnerabilidad (SICIAV). En el 2002, el INAN habría adquirido los soportes informáticos para su instalación, pero por falta de un pequeño monto económico

para ajustes informáticos, no llegó a implementarse. El INAN cuenta con el Sistema de Vigilancia Alimentario Nutricional (SISVAN), el cual tendría en la actualidad sólo un carácter nu- tricional y aun así presentaría falencias técnicas, por ejemplo, en la toma de datos y envío oportuno de los mismos. También existirían dificultades para identificar tasas de mortalidad por razones de desnutrición. Lo que se haría desde el MSPyBS es introducir como un ítem el tema de desnutrición al estimar la tasa de mortalidad infantil, pero la desnutrición estaría su- bestimada ya que al analizar los casos se colocaría por último el factor desnutrición, como el descarte final. Sin embargo, la desnutrición constituye en muchos casos la base que posibilita las otras enfermedades. Por ende, los datos subestimarían de modo considerable la dimensión del problema nutricional. Cabe destacar, sin embargo, que desde el INAN se estaría tra- bajando un proyecto con la Organización Panamericana de la Salud para contar con un sistema de monitoreo integrado en alimentación y nutrición; esto es, tener un sistema que con- temple grupos centinelas de alerta en casos en que aumenta la inseguridad alimentaria, por ejemplo, cuando existen sequías, inundaciones y otros eventos adversos, y que permita forta- lecer los sistemas de vigilancia del MSPyBS.

Respecto a la existencia de instrumentos integrales que permi- tan analizar la situación de seguridad alimentaria y nutricional en las comunidades, también existiría un marcado vacío en el ámbito estatal. Entidades como la SEN, que requieren de un sistema de medición de la situación nutricional sobre todo de niñas/os y personas adultas mayores de las comunidades, habrían necesitado recurrir a la firma de convenios con Orga- nizaciones No Gubernamentales que desarrollan este tipo de metodologías por carecer de referencias al respecto, a nivel gubernamental.

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