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2. EJES PRIORITARIOS

2.2. Eje prioritario 2

EJE PRIORITARIO 2: MEJORAR EL USO Y CALIDAD DE LAS TIC Y EL ACCESO A LAS MISMAS

2.2.1. Prioridad de inversión

Prioridad de Inversión 2.1. Ampliación de la implantación de la banda ancha y difusión de redes de alta velocidad y respaldo a la adopción de tecnologías emergentes y redes para la economía digital. Prioridad de Inversión 2.2. Desarrollo de productos y servicios de TIC, comercio electrónico y una mayor demanda de TIC.

Prioridad de Inversión 2.3. .Refuerzo de las aplicaciones de las TIC para la administración electrónica, el aprendizaje electrónico, la inclusión electrónica, la cultura electrónica y la sanidad electrónica.

2.2.2. Objetivos específicos correspondientes a la prioridad de inversión y resultados

esperados

Objetivo Específico 2.1.1 Fomentar el despliegue de redes y servicios para garantizar la conectividad digital.

Resultados que el Estado miembro pretende conseguir con ayuda de la Unión

Mejorar la conectividad digital a través del despliegue de redes y la mejora de la accesibilidad, uso y calidad TIC.

Objetivo Específico 2.2.1 Desarrollar la economía digital incluyendo el comercio electrónico, para el crecimiento, la competitividad y la internacionalización de la empresa española.

Objetivo Específico 2.3.1 Promover la alfabetización digital, e-aprendizaje, e-inclusión, e-salud y soluciones digitales en estos campos.

Objetivo Específico 2.3.2 Reforzar el e-gobierno, e-cultura y la confianza en el ámbito digital. Resultados que el Estado miembro pretende conseguir con ayuda de la Unión (2.2.1, 2.3.1 y 2.3.2)

Desarrollar la economía digital orientada al sector privado y las soluciones e-administración.

Cuadro 9. Indicadores de resultados específicos del programa, por objetivo específico

Identificación Indicador Unidad de medida Categoría de región

R021 % población escolar cubierta por servicios públicos electrónicos educativos

% Más desarrollada

R022 % Población cubierta por los Servicios de Sanidad digital del Servicio Nacional de Salud

% Más desarrollada

R023 % Población cubierta por los Servicios

de Sanidad regional digital % Más desarrollada R024 % de Órganos judiciales con

tramitación electrónica de procedimientos judiciales

% Más desarrollada

R025 Uso de las páginas web de las

Administraciones servicios públicos % Más desarrollada R026 % usuarios que confían bastante o

mucho en internet % Más desarrollada

2.2.3. Acción que se va a financiar en el marco de la prioridad de inversión

a) Descripción del tipo de acciones que se van a financiar, con ejemplos, y su

contribución esperada a los objetivos específicos, incluyendo, cuando proceda, la identificación de los principales grupos destinatarios, de los territorios específicos destinatarios y de los tipos de beneficiarios

Prioridad de Inversión 2.1 Ampliación de la implantación de la banda ancha y difusión de redes de alta velocidad y respaldo a la adopción de tecnologías emergentes y redes para la economía digital.

Descripción del tipo de acciones que se van a financiar:

Con objeto de contribuir al logro de los objetivos específicos definidos en el marco de la prioridad de inversión, se financiarán, entre otros, los siguientes tipos de operaciones:

- Extensión de banda ancha de alta velocidad (≥ 30 Mbps) en Castilla y León financiando inversiones y gastos que estén directamente relacionados y sean necesarios con el objeto de proporcionar la accesibilidad a los servicios de telecomunicaciones en las zonas del territorio carentes de los mismos, mejorar el conjunto de las infraestructuras soporte de los servicios de telecomunicaciones y para la innovación y mejora en los servicios de telecomunicaciones y/o en las infraestructuras soporte de los servicios de telecomunicaciones de las administraciones públicas en la región.

- Actualización y mejora tecnológica de las infraestructuras técnicas del Centro de Supercomputación de Castilla y León.

Prioridad de Inversión 2.2 Desarrollo de productos y servicios de TIC, comercio electrónico y una mayor demanda de TIC.

Descripción del tipo de acciones que se van a financiar:

Con objeto de contribuir al logro de los objetivos específicos definidos en el marco de la prioridad de inversión, se financiarán, entre otros, los siguientes tipos de operaciones:

- Favorecer la adopción de infraestructuras y soluciones TIC por parte de las empresas, a través de mecanismos de apoyo, para impulsar la productividad y competitividad del tejido empresarial, con énfasis en sectores estratégicos RIS3. En especial, se impulsará el desarrollo del comercio electrónico y las soluciones de marketing digital entre las pymes, con asesoramiento, capacitación y ayudas para fomentar la actividad on line.

- Incentivar el desarrollo de una industria TIC especializada en productos y servicios en las tecnologías e industrias del futuro en especial Internet de las Cosas, Big Data, Cloud computing, Cyberseguridad, m-health y smart cities.

- Apoyar a las empresas en el desarrollo de proyectos de innovación tendentes a apoyar el desarrollo de nuevos productos y servicios en las tecnologías e industrias de futuro, en especial internet de las cosas, big data, cloud computing, cyberseguridad . m-health y smart cities.

Prioridad de Inversión 2.3 Refuerzo de las aplicaciones de las TIC para la administración electrónica, el aprendizaje electrónico, la inclusión electrónica, la cultura electrónica y la sanidad electrónica.

Descripción del tipo de acciones que se van a financiar:

Con objeto de contribuir al logro de los objetivos específicos definidos en el marco de la prioridad de inversión, se financiarán, entre otros, los siguientes tipos de operaciones:

- Desarrollo de plataformas software con amplio soporte de medios, desarrollo de contenidos y guías de atención y cuidado.

- Desarrollo de plataformas software con amplio soporte de medios, herramientas de trabajo colaborativo, integración con sistemas de gestión de imagen clínica.

- Desarrollo de plataformas software con amplio soporte de medios, herramientas de trabajo colaborativo, integración con sistemas de gestión clínica.

b) Principios rectores para la selección de operaciones

Prioridad de Inversión 2.1 Ampliación de la implantación de la banda ancha y difusión de redes de alta velocidad y respaldo a la adopción de tecnologías emergentes y redes para la economía digital. Principios rectores:

De acuerdo con el artículo 125.3.a) del Reglamento (UE) nº 1303/2013, los criterios de selección de operaciones asegurarán la contribución de las operaciones al logro de los objetivos y resultados específicos de la prioridad, serán transparentes y no discriminatorios, y tendrán en cuenta los principios expuestos en los artículos 7 (promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y no discriminación) y 8 (desarrollo sostenible) del mencionado Reglamento.

Con carácter general, todas las operaciones seleccionadas cumplirán con lo establecido en los artículos 65 a 71 (sobre subvencionabilidad del gasto y durabilidad) del Reglamento (UE) nº 1303/2013, así como con lo regulado en el artículo 3 del Reglamento (UE) nº 1301/2013 sobre los ámbitos de intervención de FEDER.

Asimismo, se garantizará que todas las operaciones ejecutadas desde el 1 de enero de 2014 hasta la aprobación por el Comité de Seguimiento de estos criterios de selección estarán en consonancia con los mismos.

A continuación y teniendo en cuenta que será el comité de seguimiento del programa, tal y como dispone el artículo 110 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, el que examine y apruebe la metodología y los criterios de selección de las operaciones, se describen a título orientativo y sin ánimo de exhaustividad, la tipología de operaciones que se propondrán a cofinanciación en el marco de esta prioridad de inversión.

- Inversiones y gastos necesarios para la extensión de banda ancha de alta velocidad (≥ 30 Mbps) en Castilla y León.

IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES

Con carácter general, la selección de operaciones tendrá en cuenta el principio establecido en el artículo 7 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, promoviendo activamente la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la integración de la perspectiva de género en las operaciones objeto de cofinanciación.

La integración del principio de igualdad en los criterios de selección de operaciones se hará efectiva mediante la consideración de los siguientes aspectos:

- Los criterios de selección de operaciones se diseñarán en concordancia con las brechas de género identificadas en el diagnóstico, así como con los objetivos de igualdad del programa. Así, fomentarán que las acciones cofinanciadas persigan, de manera específica o de modo transversal, la reducción de las disparidades existentes entre hombres y mujeres.

- En esta línea, los criterios de selección podrán establecer medidas para promover la incorporación de la perspectiva de género en el diseño y la ejecución de las operaciones, contemplar operaciones específicas para las mujeres, incorporar el uso de cláusulas de género en las subvenciones y contrataciones públicas, y cualesquiera otros criterios proporcionales.

Prioridad de Inversión 2.3 Refuerzo de las aplicaciones de las TIC para la administración electrónica, el aprendizaje electrónico, la inclusión electrónica, la cultura electrónica y la sanidad electrónica.

Principios rectores:

De acuerdo con el artículo 125.3.a) del Reglamento (UE) nº 1303/2013, los criterios de selección de operaciones asegurarán la contribución de las operaciones al logro de los objetivos y resultados específicos de la prioridad, serán transparentes y no discriminatorios, y tendrán en cuenta los principios expuestos en los artículos 7 (promoción de la igualdad entre hombres y mujeres y no discriminación) y 8 (desarrollo sostenible) del mencionado Reglamento.

Con carácter general, todas las operaciones seleccionadas cumplirán con lo establecido en los artículos 65 a 71 (sobre subvencionabilidad del gasto y durabilidad) del Reglamento (UE) nº 1303/2013, así como con lo regulado en el artículo 3 del Reglamento (UE) nº 1301/2013 sobre los ámbitos de intervención de FEDER.

Asimismo, se garantizará que todas las operaciones ejecutadas desde el 1 de enero de 2014 hasta la aprobación por el Comité de Seguimiento de estos criterios de selección estarán en consonancia con los mismos.

A continuación y teniendo en cuenta que será el comité de seguimiento del programa, tal y como dispone el artículo 110 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, el que examine y apruebe la metodología y los criterios de selección de las operaciones, se describen a título orientativo y sin ánimo de exhaustividad, la tipología de operaciones que se propondrán a cofinanciación en el marco de esta prioridad de inversión.

- Servicios y aplicaciones de gobierno abierto

- Plataforma de citación para consultas externas regionales

- Desarrollo de plataformas software con amplio soporte de medios, desarrollo de contenidos y guías de atención y cuidado.

- Desarrollo de plataformas software con amplio soporte de medios, herramientas de trabajo colaborativo, integración con sistemas de gestión de imagen clínica.

- Desarrollo de plataformas software con amplio soporte de medios, herramientas de trabajo colaborativo, integración con sistemas de gestión clínica.

IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES

Con carácter general, la selección de operaciones tendrá en cuenta el principio establecido en el artículo 7 del Reglamento (UE) nº 1303/2013, promoviendo activamente la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres y la integración de la perspectiva de género en las operaciones objeto de cofinanciación.

La integración del principio de igualdad en los criterios de selección de operaciones se hará efectiva mediante la consideración de los siguientes aspectos:

- Los criterios de selección de operaciones se diseñarán en concordancia con las brechas de género identificadas en el diagnóstico, así como con los objetivos de igualdad del programa. Así, fomentarán que las acciones cofinanciadas persigan, de manera específica o de modo transversal, la reducción de las disparidades existentes entre hombres y mujeres.

- En esta línea, los criterios de selección podrán establecer medidas para promover la incorporación de la perspectiva de género en el diseño y la ejecución de las operaciones, contemplar operaciones específicas para las mujeres, incorporar el uso de cláusulas de género en las subvenciones y contrataciones públicas, y cualesquiera otros criterios proporcionales.

c) Indicadores de productividad por prioridad de inversión y, cuando proceda,

por categoría de región

Cuadro 10. Indicadores de productividad comunes y específicos del programa

Identificación Indicador Unidad de medida Fondo región (cuando Categoría de

proceda)

C001 Número de empresas que reciben

ayudas Empresas FEDER desarrollada Más

E015 Población escolar que está cubierta por los servicios públicos electrónicos educativos

Personas FEDER Más

desarrollada E018a Población cubierta por servicios

básicos de sanidad digital del Servicio Regional de Salud

Población FEDER Más

desarrollada E019 Población beneficiada por

servicios digitales de gestión patologías crónicas u otros servicios específicos en al área de e-salud

Población FEDER Más

desarrollada

E024 Número de usuarios que tienen acceso o cubiertos por las aplicaciones/servicios de Administración electrónica

Usuarios FEDER Más

2.2.4. Categorías de intervención

Cuadro 11. Dimensión 1. Ámbito de intervención

Fondo FEDER

Categoría de región Más desarrollada

Eje prioritario Código Importe (en EUR)

Eje 2 CE048 4.044.262,00 €

Eje 2 CE078 1.475.000,00 €

Eje 2 CE079 8.765.700,00 €

Eje 2 CE080 2.260.342,00 €

Eje 2 CE082 6.580.000,00 €

Cuadro 12. Dimensión 2. Forma de financiación

Fondo FEDER

Categoría de región Más desarrollada

Eje prioritario Código Importe (en EUR)

Eje 2 01 Subvención no reembolsable 23.125.304,00 €

Eje 2 02 Subvención reembolsable 0,00 €

Eje 2 03 Apoyo mediante instrumentos financieros: capital riesgo, participaciones o equivalentes

0,00 €

Eje 2 04 Apoyo mediante instrumentos financieros: préstamos o

equivalentes

0,00 €

Eje 2 05 Apoyo mediante instrumentos

financieros: avales o equivalentes 0,00 €

Eje 2 06 Apoyo mediante instrumentos financieros: bonificaciones de intereses, subvenciones de comisiones de garantía, apoyo técnico o equivalentes

0,00 €

Cuadro 13. Dimensión 3. Tipo de territorio

Fondo FEDER

Categoría de región Más desarrollada

Eje prioritario Código Importe (en EUR)

Eje 2 01 Grandes zonas urbanas

(densamente pobladas > 50.000) 0,00 €

Eje 2 02 Pequeñas zonas urbanas

(medianamente pobladas > 5.000) 0,00 €

Eje 2 03 Zonas rurales (poco pobladas) 0,00 €

Eje 2 04 Zonas de cooperación

interregional 0,00 €

Eje 2 05 Cooperación entre zonas de programas nacionales o

regionales en un contexto nacional

0,00 €

Eje 2 06 Cooperación transnacional del

FSE 0,00 €

Eje 2 07 No procede 23.125.304,00 €

Cuadro 14. Dimensión 4. Mecanismos de aplicación territorial

Fondo FEDER

Categoría de región Más desarrollada

Eje prioritario Código Importe (en EUR)

Eje 2 01 Inversión territorial integrada:

urbana 0,00 €

Eje 2 02 Otros enfoques integrados para

un desarrollo urbano sostenible 0,00 €

Eje 2 03 Inversión territorial integrada:

no urbana 0,00 €

Eje 2 04 Otros enfoques integrados para

un desarrollo rural sostenible 0,00 €

Eje 2 05 Otros enfoques integrados para un desarrollo urbano o rural sostenible

0,00 €

Eje 2 06 Iniciativas de desarrollo local a

cargo de las comunidades locales 0,00 €