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Procedimiento de creación de una Ordenanza y Ejecución de las ordeNanzas

Capítulo I: Marco Teórico

4.2 Ordenanza

4.2.3 Procedimiento de creación de una Ordenanza y Ejecución de las ordeNanzas

En nuestro Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, Autonomía y Descentralización, en la que se establece que los consejos regionales y provinciales, los concejos metropolitanos y municipales, pueden tomar decisiones legislativas y por ello podrán realizar ordenanzas regionales, provinciales, metropolitanas y municipales, y para ello deben contar con el voto de la mayoría de los miembros, esto se encuentra tipificado en el artículo 322.

“Los proyectos de ordenanza deberán ser:

 Relacionados a una sola materia.

 Presentados con la exposición de motivos.

 Los artículos que se propongan.

 La expresión clara de los artículos que vayan a ser derogados”.3

En caso de que estos proyectos no reúnan estos requisitos no pueden ser tramitados, y estos serán sometidos a dos debates en días distintos para su aprobación.

Si llegase a ser aprobado, estos serán remitidos por secretaria al Ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado, para que de esta forma observe o sancione, si es el caso de haber violentado disposiciones de la Constitución de la República, en un plazo de ocho días, quienes legislan pueden allanarse a las observaciones o pueden insistir en la aprobación, si se da el caso en que insistan para su aprobación, aquí se requerirá del voto de las dos terceras partes de los integrantes; caso contrario se enviará a ejecutar la ordenanza, en un plazo de ocho días es sancionada por el Ministerio de la Ley

2

Constitución de la República del Ecuador

3

40 CONCLUSIONES PARCIALES DEL CAPITULO

 Dar la iniciativa al Gad. Municipal del Cantón Latacunga a fin de que ayude a los clubes básicos deportivas y ligas deportivas del cantón Latacunga a obtener la personería jurídica aceptando las competencias que les otorga el ministerio del deporte.

 Una vez que los clubes tengan la personería jurídica puedan acceder a los beneficios económicos que les otorga el ministerio del deporte y el Gad. Municipal de Latacunga.

 Que a los primeros acuerdos ministeriales y ser reconocidas como asociaciones deportivas pueden acceder a la utilización y administración de escenarios deportivos del cantón Latacunga.

 Al ser entidades jurídicas pueden acudir a cada uno de los distintos organismos públicos y privados a fin de tener aportes económicos q sean utilizados para obtención y cuidados de escenarios deportivos y como también solventar los gastos que emana la organización y participación de actividades deportivas organizadas por la matriz a nivel nacional y provincial

41 CAPÍTULO II.

MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA CARACTERIZACIÓN DEL SECTOR SELECCIONADO PARA LA INVESTIGACIÓN

La investigación con el tema: “el deporte barrial y parroquial, su personería jurídica y los derechos económicos de las asociaciones deportivas”, en el que se evidencia la necesidad que tienen en forma particular los deportistas como niños, niñas, adolescentes, y adultos, la sociedad en general para poder ejercer su derecho a la obtención de personería jurídica, y mediante este derecho, acceder a muchos más, entre ellos el presupuesto otorgado por el Ministerio del Deporte; y, para conseguir los objetivos planteados, para lo cual fue necesario utilizar métodos y técnicas aplicados a dirigentes deportivos, deportistas y a Autoridades del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Latacunga.

El criterio de los dirigentes deportivos nos permitió acceder a la realidad que se está evidenciando en el Cantón, y por medio de ellos conocer la importancia que tiene la creación de la presente Ordenanza, y poder profundizar algunos temas relacionados con los clubes básicos deportivos barriales y/o parroquiales legalmente constituidos, como ejercer sus derechos y la protección que tienen.

Además, la opinión de las Autoridades del GAD Municipal del Cantón Latacunga, es el que nos permitió conocer la realidad en la que se encuentran los clubes básicos deportivos para obtener su personería jurídica y puedan estar legalmente conformados, esto se considera que es debido a la falta de descentralización de competencia del Ministerio del Deporte.

Con esto podemos llegar a conclusiones que nos permitan cumplir con los objetivos propuestos y que corroboren la necesidad de crear una ordenanza para velar por la facilidad para los clubes básicos deportivos barriales y /o parroquiales puedan obtener su personería jurídica y ser legalmente constituidos.

42 PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO PARA EL DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN

MÉTODOS

Histórico –Lógico:

Porque nos permite desarrollar los antecedentes del Deporte barrial y parroquial, la estabilidad deportiva y los derechos de los deportistas, ya que el problema de no tener un club deportivo básico o una liga deportiva debidamente constituida se ha venido dando desde hace mucho tiempo atrás,

Inductivo – Deductivo

Nos permite establecer la relación de la federación deportiva barrial y parroquial de Cotopaxi sobre el deporte barrial y/o parroquial conjuntamente con el proceso legislativo del GAD Municipal de Latacunga.

Analítico- Sintético

Estos métodos nos permiten dar origen a las características generales, y a la vez reunir las partes divididas del análisis del deporte barrial y/o parroquial, como también el proceso legislativo del GAD Municipal del cantón Latacunga.

TÉCNICAS:

Es necesaria la aplicación de técnica que en este caso es la encuesta que nos permitirá obtener datos de dirigentes deportivos, deportistas y Autoridades Municipales, cuyas opiniones serán de gran importancia en la creación de esta ordenanza y que se aplique adecuadamente la misma.

43 HERRAMIENTAS DE LA INVESTIGACIÓN

Cuestionario

DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN DE CAMPO. POBLACIÓN

El presente trabajo de investigación, se elabora teniendo como universo el cantón Latacunga, provincia de Cotopaxi, para poder obtener criterios de los dirigentes deportivos quienes viven a cada momento los inconvenientes para poder formar un club deportivo básico barrial y/o parroquial, acudiendo a quienes están involucrados en este objeto de transformación, esto es, a las Autoridades Seccionales, y deportistas en general del cantón Latacunga.

MUESTRA DE LA INVESTIGACIÓN

En la investigación, se toma las opiniones de dirigentes deportivos y deportistas con respecto al tema, de la siguiente forma:

ESTRATOS UNIVERSO MUESTRA

Autoridades Seccionales 11 11 Dirigentes Deportivos 30 30 Deportistas 20 20 TOTAL 41 241

Al encontrar una población de 41 personas, se aplica al 100% de la población, siendo la muestra de 41 personas.

44 INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS

1) Considera que de conformidad a lo que dispone nuestra Constitución de la República así como la ley del deporte educación física y recreación, el GAD. Municipal de Latacunga debería asumir las competencias deportivas?

VARIABLES PERSONAS PORCENTAJE

Sí 32 78

No 9 22

TOTAL 41 100.00%

Figura 1. Gráfico estadístico que representa el conocimiento sobre los niños, niñas y adolescentes como grupo de atención prioritaria.

Interpretación y Análisis.

A la presente pregunta el 78 % de las personas encuestadas, piensan que el GAD Municipal debe asumir las competencias del Ministerio del Deporte como lo establece la Constitución de la República, mientras que el 22% de los encuestados piensan que no tienen que asumir estas competencias.

si 78% no 22%

45 2) ¿Considera que al asumir las competencias, el GAD Municipal del cantón Latacunga, debe otorgar la personería jurídica a los clubes deportivos básicos barriales y/o parroquiales y Ligas Deportivas Barriales y/o Parroquiales?

VARIABLES PERSONAS PORCENTAJE

Sí 35 85

No 6 15

TOTAL 41 100.00%

Figura 2.

Interpretación y Análisis

En lo que respecta a la presente pregunta, se puede ver que el 85% de los encuestados creen que si debería el GAD Municipal del cantón Latacunga otorgar la personería jurídica a los clubes deportivos básicos barriales y/o parroquiales, Ligas Deportivas Barriales y/o parroquiales, ya que así ayudarían en gran forma a los clubes, y un mínimo porcentaje, como es el 15% que considera que no.

si 85% Si; 15%

46 3) ¿Al otorgar la personería jurídica el GAD Municipal del cantón Latacunga, debe hacer constar una partida presupuestaria para el deporte recreacional, regentado por la organización del deporte barrial y parroquial?

VARIABLES PERSONAS PORCENTAJE

Sí 39 95

No 2 5

TOTAL 41 100.00%

Figura 3. Gráfico estadístico que representa el conocimiento que los encuestados tienen sobre las funciones que debe asumir el GAD Municipal del cantón Latacunga.

Interpretación y Análisis

Podemos evidenciar que en esta pregunta, un 95 % cree que la Constitución determina que el Estado protege, promueve y coordina la cultura física, el deporte y la recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de las personas, pero un porcentaje del 5%, considera que no existe ningún tipo de acciones ni políticas para precautelar los derechos a la recreación.

SI 95% NO 5%

47 4) ¿Considera usted que el GAD: Municipal de Latacunga debe planificar, construir y dar mantenimiento a la infraestructura deportiva para masificación, fomentación y desarrollo del deporte barrial?

VARIABLES PERSONAS PORCENTAJE

Sí 37 90

No 4 10

TOTAL 41 100.00%

Figura 4.

Gráfico estadístico que representa el criterio de los encuestados sobre la planificación, construcción y mantenimiento de la infraestructura deportiva.

Interpretación y Análisis

En la pregunta 4, realizada a los dirigentes deportivos, tomada en la presente encuesta, se pudo observar como un considerable 90%, considera que el GAD Municipal del cantón Latacunga deben planificar, construir y dar mantenimiento a la infraestructura deportiva, y un mínimo 10% cree que no lo deben realizar.

SI 90% NO 10%

48 5) ¿Considera usted que el GAD. Municipal de Latacunga, debe apoyar el deporte

barrial y así evitar que la juventud caiga en el vicio del alcohol?

VARIABLES PERSONAS PORCENTAJE

Sí 39 95

No 2 5

TOTAL 41 100.00%

`

Figura 5.

Gráfico estadístico que representa que se debe apoyar el deporte barrial. Interpretación y Análisis

En un mayor porcentaje (95%) de encuestados, consideran al responder la pregunta 5, que se necesita que el GAD. Municipal del cantón Latacunga, debe apoyar al deporte barrial, y así evitar que la juventud, vaya por malos pasos, como es la drogadicción y el alcoholismo; y, en un mínimo porcentaje, como es el 5%, considera que no se debe dar dicho apoyo.

95% NO

49 6) ¿Considera usted que es necesaria una Ordenanza que desarrolle un plan integral que regule la aprobación, funcionamiento, disolución y su obtención de la personería jurídica de los clubes deportivos básicos, barriales y parroquiales del Cantón Latacunga

VARIABLES PERSONAS PORCENTAJE

Sí 40 98 %

No 1 2 %

TOTAL 41 100.00%

Figura 6.

Gráfico estadístico que representa la necesidad de crear un plan integral.

Interpretación y Análisis

Se puede notar, que el responder esta pregunta, la mayoría de los encuestados considera que sí sería necesario crear un plan integral sobre la aprobación, funcionamiento, disolución, ya que la obtención de la personería jurídica de los clubes deportivos básicos barriales y/o parroquiales y Ligas Deportivas Barriales y/o Parroquiales del Cantón Latacunga, ayudaría a reducir las largos viajes a la ciudad de Quito para realizar los trámites pertinentes, y un mínimo porcentaje considera que no es necesario.

SI 98% NO2 %

50 CONCLUSIONES

Los deportistas, son considerados como uno de los grupos de atención prioritaria.

Se debe precautelar para que puedan gozar de cada uno de sus derechos, en forma libre.

El Estado debe prestar acciones y servicios de manera eficaz y oportuna para brindar a los deportistas tanto en niños, niñas, adolescentes, adultos y adultos mayores, a fin de que puedan realizar la práctica del deporte recreacional.

Se debe difundir los derechos de los deportistas, para que tengan conocimiento amplio sobre cada uno de los derechos que la Constitución de la República consagra.

Se puede evidenciar, que al realizar la presente encuesta, la población admite que el Estado como el GAD Municipal del cantón Latacunga, deben precautelar el correcto ejercicio de los Derechos de los deportistas.

Se puede notar que es necesaria la creación de una ordenanza, la misma que desarrolle un plan integral de derechos, como también facilitar el trámite a los clubes y Ligas para obtener su personería jurídica en el cantón Latacunga.

51 CAPÍTULO III.

DESARROLLO DE LA PROPUESTA.

PROYECTO DE ORDENANZA PARA LA APROBACION, FUNCIONAMIENTO Y DISOLUCION DE LOS CLUBES BASICOS DEPORTIVOS Y LIGAS DEPORTIVAS BARRIALES Y/O PARROQUIALES Y SU PERSONERIA JURIDICA, EN EL CANTON LATACUNGA

CONCEJO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTÓN LATACUNGA

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución de la República del Ecuador, en su Artículo 381 garantiza, “Que el Estado protegerá, promoverá y coordinara la Cultura Física que comprende el Deporte, la Educación Física y Recreación, como actividades que contribuyen a la salud, formación y desarrollo integral de las personas, impulsara el acceso masivo al deporte y a las actividades deportivas a nivel formativo. Barrial y Parroquial: auspiciara la preparación y participación de los deportistas en competencias nacionales e internacionales, que incluyen Juegos Olímpicos y Paralímpicos; y fomentara la participación de las personas con discapacidad.

El estado garantizara los recursos y la infraestructura necesaria para estas actividades. Los recursos se sujetaran al control estatal, rendición de cuentas y deberán distribuirse de forma equitativa.

Que, la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación en su Art. 93 dispone: “Que los Gobiernos Municipales y Distritos Metropolitanos podrán, dentro de su jurisdicción, otorgar personería jurídica a las organizaciones deportivas de conformidad con la disposiciones contenidas en la presente Ley, a excepción de las organizaciones provinciales o nacionales.

52 Los programas de activación física, construcción y mantenimiento de infraestructura recreativa se ejecutaran de manera descentralizada y coordinada conforme las políticas que establezca el Ministerio Sectorial.

El apoyo al deporte barrial y parroquial, deberá ser coordinado por medio de los gobiernos municipales, quienes asignaran los recursos para su fomento, desarrollo e infraestructura”.

Que, la antes mencionada Ley en su Art. 14 literal 1) expresa “Que son funciones y atribuciones del Ministerio del Deporte, ejercer las competencias exclusivas para la creación de organizaciones deportivas, aprobación de sus Estatutos deportiva, aprobación y el Registro de sus Directorios de acuerdo a la naturaleza de cada organización, sin perjuicio de la facultad establecida en la ley a favor de los gobierno autónomos descentralizados”:

Que, el Art. 55 del Reglamento General de la Ley del Deporte. Educación Física y Recreación consagra: “Que las transferencias de las competencias a los Gobiernos Autónomos deberán ejercer a través de la competencia para el otorgamiento de la personería jurídica, reforma de Estatutos y Registro de Directorios de las organizaciones deportivas dentro de su jurisdicción”;

Que, el Art. 56 Ibídem, dispone “Que en los casos que los GADs Municipales asuman las competencias deberán tomar en cuenta los requisitos que la Ley y su Reglamento que se establecen para la creación de los clubes básico barriales y parroquiales”;

Que, el Código Orgánico de Organización Territorial. Autonomía y Descentralización; en el literal a) del artículo 57 establece como atribución del Gobierno Cantonal: "El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, mediante la expedición de Ordenanzas cantonales. Acuerdos y Resoluciones"

Que, la Constitución de la República del Lidiador en su Art. 264 en su numeral 7 menciona “Que es competencias de los Municipios la planificación, construcción y

53 mantenimiento de la infraestructura deportiva, mismas que guarda entera relación con el Art. 55 literal g) de COOTAD”;

Que, es necesario crear el marco normativo legal municipal apropiado que permita otorgar la personería jurídica de las organizaciones deportivas entre ellas: Club básico y Barrial y Parroquial o Ligas Deportivas Barriales y Parroquiales, corno lo ha dispuesto y reguladas por el Ministerio del Deporte, Educación Física y Recreación por la Asamblea Nacional, publicado en el Registro Oficial 255 del 11 de Agosto de 2010,

Que, mediante Oficio Nro. MD-MD-2Ü13-3755, de 10 de abril de 2013, el Director de Asuntos Deportivos, expresa la viabilidad a fin de que el GAD Municipal del Cantón Latacunga suma las competencias mencionadas en estos considerandos:

En uso de las atribuciones que le confiere la Constitución de la República y el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.

EXPIDE

LA ORDENANZA QUE REGULA LA APROBACIÓN, FUNCIONAMIENTO Y DISOLUCIÓN DE LOS CLUBES DEPORTIVOS BÁSICOS, BARRIALES Y PARROQUIALES, ASI COMO LIGAS DEPORTIVAS BARRIALES Y PARROQUIALES DEL CANTÓN LATACUNGA

ART. 1.- ÁMBITO.- La presente Ordenanza será de aplicación obligatoria en toda la jurisdicción del cantón Latacunga.

ART. 2.- COMPETENCIA.- El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Latacunga, amparado en lo dispuesto en el Art. 93 de la Ley del Deporte, Educación Física y Recreación, está facultado para otorgar, personería jurídica a organizaciones deportivas de nivel barrial y parroquial, tales como clubes deportivos básicos, barriales o parroquiales y ligas barriales y parroquiales.

ART. 3.- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA PERSONERÍA JURÍDICA DE UN CLUB BÁSICO DEPORTIVO BARRIAL, Y PARROQUIAL,- Para solicitar la

54 personería jurídica del club básico o barrial y parroquial debe ampararse en el Art. 99 de la Ley del Deporte. Educación Física y Recreación, es decir:

a) Estar conformado por 15 socios como mínimo;

b) Estar orientado a la práctica de deporte recreativo barrial y parroquial, urbano o rural; c) Justificar la práctica de al menos un deporte:

d) Los demás requisitos que determina la Ley.

Además de

1. Solicitud dirigida al Alcalde del Cantón Latacunga, por el miembro fundador y su abogado patrocinador.

2. Copia de la cédula de ciudadanía y certificado de votación a colores actualizado.

3. Ser mayor de edad.

4. Estar domiciliado en el Cantón Latacunga.

5. Dos ejemplares originales de acta de Asamblea Constitutiva de la organización en formación, suscrita por tocios los miembros fundadores, debidamente firmada por el presidente y secretario, la misma que debe contener lo siguiente:

a) La voluntad de los miembros en constituir la misma

b) La nómina de la directiva provisional.

c) Los nombres y apellidos completos, número de cédula de ciudadanía, domicilio y las respectivas firmas.

d) Indicación del lugar en que la entidad en formación tendrán su sede, con las siguientes referencias: calle, parroquia, número de teléfono., fax. Correo electrónico.

55 6. Dos ejemplares originales del Proyecto de Estatutos Sociales, el cual deberá incluir la certificación del secretario provisional, en la que se indique con exactitud dos fechas diferentes de estudio o aprobación del mismo, así como copias certificadas de las convocatorias Asambleas de aprobación de estatutos, con firmas de recepción y copias certificadas de las firmas de socios a las Asambleas

7. Un CD con la nómina de socios fundadores y el estatuto social.

Toda esta documentación deberá ir incorporada en un folder - archivador, en su orden y debidamente ubicados los requisitos y foliados.

ART. 4.- REQUISITOS PARA SOLICITAR LA PERSONAERIA JURÍDICA DE UNA LIGA DEPORTIVA BARRIAL O PARROQUIAL.- Para solicitar la personería jurídica de un Liga Deportiva Barrial o Parroquial:

1. Para la constitución de las Ligas Deportivas Barriales o Parroquiales se requiere estar conformado por TRES CLUBES como mínimo;

2. Solicitud dirigida al Alcalde del Cantón Latacunga, por el miembro fundador delegado y su abogado que patrocina.

3. Dos ejemplares del Acta de Asamblea Constitutiva de la organización en formación, la misma debe contener:

a) La voluntad de las organizaciones finales de constituir la misma b) La nómina de la Directiva Provisional

c) Los nombres y apellidos completos, numero de documentos de identidad y las respectivas firmas de los delegados asistentes de las organizaciones filiales

d) Indicar el lugar en que la entidad en formación tendrá su sede, con las siguientes referencias: calle, parroquia, cantón, provincia, número de teléfono, fax, correo electrónico y casilla postal en caso de tenerlo.

56 e) Al final del Acta, estará firmada por el Presidente y el Secretario Provisionales dos ejemplares originales de cada estatuto social, el cual deberá incluir la certificación del secretario provisional, en la que se indique con exactitud dos lechas diferentes de estudio o aprobación del mismo.

f) Acta original o copia notariada de la Asamblea General (u órgano competente) de cada filial, en la que conste la decisión de participar en la constitución de la organización de integración, con los nombres a la misma, así como la acreditación de los delegados a la Asamblea de Constitución.

g) Copia certificada del registro de la directiva en funciones de la organización filial (o documento que acredite la representación legal).

h) Copia del acuerdo ministerial o instrumento legal que concede personería jurídica a las organizaciones filiales, y de existir, la última reforma del estatuto, legalmente aprobada.

i) Un cuadro con los nombres y apellidos de los delegados de cada una de las filiales

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