• No se han encontrado resultados

Programa Nacional de Reformas 2005-2008: cump directrices europeas

limiento de las

2.4.1 Programa Nacional de Reformas 2005-2008: cump directrices europeas

Las Políticas de Empleo se encontraban anualmente definidas en los Planes Nacionales de Acción para el Empleo (PNAE) en virtud a las recomendaciones y directrices de la Estrategia Europea para el Empleo dictadas para cada Estado miembro. Actualmente los Planes de Acción pasan a formar parte de los

indicadores adaptados al nuevo diseño de la Estrategia Europea de Empleo, estructurados en torno a las ocho directrices específicas para conseguir los tres objetivos prioritarios en materia de empleo: el pleno empleo, la calidad y la productividad del trabajo, y por último, la cohesión territorial y la inclusión social.

Estas directrices forman parte del conjunto más amplio de Directrices Integradas para el

Crecimiento y el Empleo 2005-2008, adoptadas por el Consejo Europeo el 12 de julio de

Bruselas. En el año 2003 se procedió a revisar la estrategia en el horizonte del año 2010, cuya

. En el Consejo de Primavera, celebrado el mes de marzo de 2005 en Bruselas, se presentó la Estrategia de Lisboa revisada sobre un ciclo a Reformas, estableciendo las prioridades a nivel macroeconómico, microeconómico y de empleo.

El Consejo de Lisboa fijó el objetivo del pleno empleo a partir de una economía basada en el conocimiento a la vez que cohesionada socialmente, estrategia que ha quedado reforzada en los Consejos posteriores de Niza, Estocolmo, Laeken, Barcelona, Sevilla, Tesalónica y

evaluación intermedia se ha realizado en el 2005, con el objeto de reforzarla y garantizar su aplicación por parte de los Estados miembros

tres años, a partir de dos instrumentos básicos: las Directrices Integradas trianuales y los Programas Nacionales de Reformas.

Los objetivos principales contenidos en el Programa Nacional de Reformas de España 2005- 200834 incluyen:

La convergencia plena en renta per cápita con la UE 25.

Alcanzar una tasa de empleo del 66% (porcentaje de empleados/as sobre el total de población entre 16 y 64 años).

Las áreas de actuación del Programa Nacional buscan la productividad y el empleo desde tres grandes áreas de actuación: el entorno, los mercados y los factores productivos.

Ilustración 1. Áreas de Actuación del Programa Nacional de Reformas de España (2005-2008). Fuente: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (2005)

34 El Programa Nacional de Reformas de España 2005-2008, vigente en estos momentos, ha sido aprobado en el

Este Programa Nacional está conformado por siete ejes que deberán afrontar los objetivos principales ya enumerados y que introduzco en la ilustración 2. El Eje 6, Mercado de trabajo y diálogo social es el que se dirige a dar cobertura a las políticas de empleo.

Ilustración 2. Ejes del Programa Nacional de Reformas de España (2005-2008). Fuente: Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (2005)

Las ocho directrices de empleo marcadas desde la Comisión Europea contenidas en este Programa Nacional de Reformas incluidas en el Eje 6 son las siguientes:

Directriz 17.

Los Estados miembros deberán lograr, en promedio, una tasa una tasa de empleo femenino no inferior al 60% y una tasa de empleo del 50% para los trabajadores y trabajadoras de más edad (55 a 64 años), así como a

mejor conciliación de la vida familiar y profesional, y la provisión de servicios accesibles y Políticas dirigidas al pleno empleo, la calidad y la productividad del trabajo y la

cohesión social y territorial.

general de empleo del 70%,

reducir el desempleo y la inactividad.

Directriz 18. Promover un enfoque del trabajo basado en el ciclo de la vida. Para ello los Estados miembros deberán lograr el desarrollo de las acciones siguientes: la renovación de los esfuerzos dirigidos a crear vías hacia el empleo para los jóvenes y a reducir el paro juvenil, tal como recomienda el Pacto europeo para la juventud; medidas decididas para incrementar la participación de las mujeres en la vida activa y reducir las diferencias existentes entre hombres y mujeres en materia de empleo, desempleo y remuneración; una

e los sistemas de protección social, incluidas las pensiones y la asistencia sanitaria, de modo que

lidad de éstas y la reducción significativa de los elevados tipos impositivos efectivos marginales, en particular para las personas de ingresos bajos,

tes: la modernización y el fortalecimiento de las instituciones del mercado de trabajo, especialmente de los servicios de empleo; una

Directriz 21. Fle

de trabajo con atención a los interlocutores sociales. Los Estados miembros deberán llevar a

cabo: la adaptación de la legislación sobre empleo, revisando en su caso las diferentes asequibles de asistencia infantil y cuidado de otras personas dependientes; el fomento de condiciones laborales propicias para el envejecimiento activo; la modernización d

se garantice su adecuación social, viabilidad financiera y capacidad de adaptación ante la evolución de las necesidades, con el fin de apoyar la participación en el empleo y la permanencia en el mismo, así como la prolongación de la vida activa.

Esta directriz debería aplicarse teniendo en cuenta la directriz nº 2: «Salvaguardar la sostenibilidad económica y presupuestaria».

Directriz 19. Mercados de trabajo inclusivos, hacer que el trabajo sea rentable y el empleo

atractivo. Acciones para su desarrollo por parte de los Estados miembros serán: medidas

activas y preventivas del mercado de trabajo, como la definición temprana de las necesidades, la ayuda en la búsqueda de empleo, la orientación y formación en el marco de planes de acción personalizados y la prestación de los servicios sociales necesarios para favorecer la inserción de las personas más alejadas del mercado laboral y contribuir a la cohesión social y territorial y la erradicación de la pobreza; una revisión constante de los incentivos y medidas disuasorias derivados de los regímenes fiscales y de prestaciones, incluidas la gestión y la condiciona

garantizando a la vez unos niveles adecuados de protección social; y el desarrollo de nuevas fuentes de empleo en los servicios a los individuos y a las empresas, en particular en el ámbito local.

Directriz 20. Mejorar la adecuación a las necesidades del mercado de trabajo. Los Estados miembros deberán incorporar las acciones siguien

mayor transparencia de las oportunidades de empleo y formación a escala nacional y europea; la supresión de los obstáculos a la movilidad de los/as trabajadores/as en toda Europa dentro del marco de los Tratados; una mejor previsión de las necesidades de cualificación y los déficits del mercado de trabajo; y la gestión adecuada de la migración económica.

modalidades

hacer frente al problema del trabajo no declarado; una mejor anticipación y gestión positiva de los cambios, incluidas las reestructuraciones económicas, en particular los cambios vinculados a la apertura de los mercados, con el fin de minimizar sus costes sociales y facilitar la adaptación;

adaptables e innovadores, con el fin de mejorar la calidad y

incluye la salud y la seguridad; y la facilitación de las transiciones profesional, incluidas

empresas y la movilidad geográfica.

una relativa a Acciones para su desarrollo por los ámbitos de que tome en

todos los niveles pertinentes y evite las disparidades y

mujeres; examinar la incidencia sobre el empleo de los costes laborales no salariales y, en su

ión profesional inicial,

escuela prematuramente; estrategias eficaces de aprendizaje permanente accesibles a todos en las escuelas, empresas, autoridades públicas y hogares conforme a los acuerdos europeos, incluidos incentivos adecuados y mecanismos de reparto de costes, con vistas a

contractuales y las disposiciones relativas al tiempo de trabajo; medidas para

el fomento y la difusión de métodos de organización del trabajo la productividad laboral, lo que

en materia de categoría la formación, la actividad profesional autónoma, la creación de

Esta directriz debe aplicarse teniendo en cuenta la directriz integrada nº 5: «Promover mayor coherencia entre las políticas macroeconómicas, estructurales y de empleo», la política macroeconómica.

Directriz 22. Costes laborales y fijación de salarios favorables al empleo.

parte de los Estados miembros serán: alentar a los interlocutores sociales, en su competencia, a establecer un marco adecuado para la negociación salarial consideración los desafíos de la productividad y el mercado de trabajo en

de remuneración entre hombres

caso, ajustar su estructura y nivel, en particular con objeto de reducir la presión fiscal sobre los/as trabajadores/as con salarios reducidos.

Esta directriz debe aplicarse teniendo en cuenta la directriz nº 4: «Garantizar una evolución de los salarios que contribuya a la estabilidad macroeconómica y el crecimiento», relativa a la política macroeconómica.

Directriz 23. Ampliar y mejorar la inversión en capital humano. Requiere el desarrollo de las siguientes acciones por parte de los Estados miembros: acciones de educación y formación integradoras que faciliten de manera significativa el acceso a la formac

a la enseñanza secundaria y a la enseñanza superior, incluido el aprendizaje profesional y la formación empresarial; reducción significativa del número de alumnos/as que abandonan la

Esta directriz debe aplicarse teniendo en cuenta la directriz nº 7: «Aumentar y mejorar la

vías de aprendizaje flexibles que permitan la movilidad de los estudiantes y las personas en

rvicios de ayuda a las familias, servicios de orientación profesional y, en su caso, nuevas fórmulas de reparto de los costes; Responder a las nuevas necesidades profesionales, las competencias clave y las

necesid ua ón y una

mayor t ne de

la educa

Es por ad r que el trabajo sea

rentable a e educación y formación

adaptad as, profesional

como servicio que participa de respuestas a medidas activas y preventivas del mercado de trabajo la definición temprana de las necesidades, la ayuda en la búsqueda de empleo o facilitar el acceso a la formación y la educación.

Los Esta s fijan objetivos para Plan

Nacional de Reformas 2005-2008 dos de ado de trabajo

en España son el escaso volumen de e te femenino y la segmentación

del mercado de trabajo. Por ello los objetivos específicos que se introducen con objeto de cumplir los objetivos europeos son:

15, situada en

mejorar la participación en la formación continua y en el lugar de trabajo a lo largo de toda la vida, especialmente para los/as trabajadores/as poco cualificados y de mayor edad.

inversión en I+D, en particular por parte de las empresas», relativa a la política macroeconómica.

Directriz 24. Sistemas de educación y formación adaptados a las competencias exigidas. Los Estados miembros deberán incorporar las acciones siguientes: aumentar y garantizar el atractivo, la apertura y el nivel de calidad de los sistemas de educación y formación, ampliando la oferta de oportunidades de educación y formación y garantizando

formación; facilitar y diversificar el acceso de todos y todas a la educación y la formación, así como al conocimiento, mediante la organización del tiempo de trabajo, se

ades futuras en materia de c ransparencia de las cualificacio

ción no formal e informal. tanto en la Directriz 19 Merc

y el empleo atractivo, y en l os a las competencias exigid

lificaciones mediante una mejor definici

ctivo y la convalidación s, su reconocimiento efe

os de trabajo inclusivos, hace

Directriz 24, Sistemas d

en las que se introduce la orientación

como

dos europeo el cumplimiento de estas directrices. Según el

los principales problemas del merc mpleo, especialmen

Aumentar la tasa de empleo femenina, alcanzando el promedio de la UE- el 57%.

Reducir la tasa de desempleo juvenil, situándola en el promedio de la UE- 25, en el 18,6%.

Reducir la siniestralidad laboral35 en un 15%.