elije giros que espera desarrollar, y eso los hace caer en
primera categoría y pagan más impuesto que se podrían
ahorrar en las primeras etapas. El emprendedor debe
saber que el giro con el que va a trabajar efectivamente
y en la medida que se le vaya bien y se amplíe deber
ir nuevamente al SII a ampliar el giro. Recuerda que
después puedes ampliar y/o eliminar giros.
2.2 . INICIO DE ACTIVIDADES
Iniciar actividades, es una declaración que se debe hacer para formalizar ante el SII de la intención de emprender cualquier
actividad comercial o profesional o en general, hacer
cualquier movimiento económico y de capital, para ofrecer un producto o servicio y comercializar.
Tanto una persona Natural como Jurídica, deben Iniciar actividades de la misma manera, sin embargo, una persona jurídica debe solicitar un RUT que identificará a su empresa para iniciar actividades y que es distinto al de la persona natural aun cuando la empresa sea la misma persona. Este trámite marca el inicio de tus obligaciones como contribuyente, teniendo derechos y deberes como tal. Te preguntarás, ¿qué es ser contribuyente? Al empezar a tener obligaciones y derechos tributarios ante la ley, comienzas a ser contribuyente. Un contribuyente es toda persona natural o jurídica que ejecuta alguna actividad económica y, por lo tanto, está obligado a pagar impuestos al Estado por estas actividades.
Existen dos categorías según el tipo de renta o ingresos que obtienen;
Existen dos categorías según el tipo de renta o ingresos que obtienen;
1. Primera Categoría:
Se caracterizan por poseer rentas de capital; Bienes raíces, comercio e industria. Por ejemplo, empresas comerciales, industriales, mineras, entre otras. 2. Segunda Categoría:
Se caracterizan por obtener rentas por trabajo, como Sociedades y Servicios Profesionales. Por ejemplo, personas con contrato, como empleados o que ejerzan su actividad a honorarios..
Este trámite se puede realizar en la Unidad de SII
correspondiente o a través de la página web del SII [www. sii.cl] y se materializa por medio de la Declaración de Inicio de Actividades ante la Unidad del SII, mediante el Formulario N°4415.
Para iniciar este el registro del contribuyente, es necesario conocer en forma previa cual es el o los códigos asociados a la actividad que desempeñaras, su discusión y definición es relevante, porque habilita al contribuyente a ejercer esas actividades y se obliga a tributar en función de estas. Revisa los códigos en el siguiente link: http://www.sii.cl/catastro/ codigos.htm
Al hacer este trámite por internet, se debe concluir en la unidad del SII, para subsanar las observaciones. En esta etapa, el SII puede exigir una Verificación de Actividad en el domicilio o casa matriz si es que, por ejemplo, es una empresa cuyo giro es de Elaboración o Bodegaje. Además, se exigirá la Verificación de Domicilio.
Por otro lado de manera paralela se debe gestionar la patente comercial, impuesto cobrado para autorizar el ejercicio
de la actividad comercial, otorgado por la Municipalidad correspondiente al domicilio. Esta etapa la explicaremos detalladamente más adelante en la sección pago de impuestos.
2.3. DOCUMENTOS TRIBUTARIOS Y TIMBRAJE
Timbraje-Emisión electrónica o en papel de: Boletas, facturas, guías de despacho, notas de crédito.
Como respaldo de las ventas y movimientos es necesario emitir una serie de documentos tributarios autorizados, y cuando corresponda, timbrados por el SII.
Hoy en día, el SII ha puesto a la disposición de todos los
contribuyentes, versiones electrónicas de documentos tributarios tales como facturas, notas de crédito, de débito, guías de despacho y de trámites a realizar para le Empresa. En el caso de documentos físicos, éstos se deben mandar a confeccionar a una imprenta, para luego legalizar y timbrar en la Unidad del SII correspondiente.
Tipos de Documentos Tributarios: · Boleta de honorarios
“Es el documento tributario, que le corresponde entregar a los profesionales independientes o sociedades de profesionales que prestan servicios y mediante el cual declaran su renta y el impuesto correspondiente ante el SII.” (SERCOTEC, 2013)
Impuesto: 10%, hay dos opciones para la retención del
impuesto: por contribuyente o por la Empresa que contrata el servicio.
Formato: Físico y Electrónico
· Boleta de compraventa
“Es el comprobante tributario que acredita la venta de un productos o servicio a un consumidor final” (SERCOTEC, 2013). Las boletas sólo generan un Débito Fiscal. Esta la opción de emitir boletas electrónicas si se trabaja con algún software de Documentación, una opción es Bsale , para más información pueden ingresar a http://www. bsale.cl/.
Impuesto: 19% de IVA.
· Factura
“Son Documentos Tributarios que se entregan al vender un producto o bien otorgar un servicio, con el detalle de la mercadería vendida (servicio prestado), su precio unitario, el total del valor cancelable de la venta y, si correspondiera, la indicación del plazo y forma de pago del precio” (SERCOTEC, 2013).
Existen distintos tipos de facturas; de Venta, de Compra, Exenta de IVA, de Exportación y de Venta Exenta a Zona Franca Primaria.
Para emitir facturas, el contribuyente es evaluado en una primera instancia y autorizado por el SII. Para las facturas físicas, es necesario encargar a imprenta su confección de acuerdo a las condiciones de formato y del SII, luego de esto, legalizar mediante el Timbraje en la Unidad de SII correspondiente.
Para la obtención del permiso de emisión de facturas vía electrónica, el SII ofrece a micro, pequeñas y medianas empresas la posibilidad de emitir Facturas Electrónicas a través del mismo portal del SII, no es necesario adquirir un software. Para postular debes hacerlo directamente desde el sitio www.sii.cl.
Impuesto: Dependiendo del tipo de Factura, ya que, las
facturas exentas de IVA no pagan impuesto. Las demás facturas no exentas, pagan el impuesto del 19% de IVA.
Formato: Físico y Electrónico
· Guía de despacho
Este Documento se utiliza para mover productos de un lugar a otro. En caso de tener que trasladar producto, sin constituir venta, se entrega una Guía de Despacho como respaldo. También se utiliza para ingresar a ferias
y sectores en donde se necesite llevar tanto mercadería, insumos, maquinarias, entre otros.
· Notas de crédito
Documento que se utiliza en caso de una disminución en el monto facturado a un comprador, devolución de productos o por mutuo acuerdo. Por ejemplo, cuando se cobra demás por un producto, cuando el cliente quiere hacer una devolución del producto o cuando se ingresa una cantidad mayor de productos de lo entregado, en este caso, se hace una Nota de Crédito y una devolución de dinero por parte de la Empresa al comprador. Este documento evita que se tenga que anular la factura realizada para volver a hacer otra, evitando duplicar esfuerzo y errores.
· Notas de débito
Documento que se utiliza en caso de un aumento en el monto facturado. Por ejemplo, si el vendedor se
equivoca y cobra un monto o cantidad menor, se puede entregar una nota de Débito con el saldo restante por pagar y se ingresa la razón del error. Este documento evita que se tenga que anular factura realizada para volver a hacer otra, ya que muchas veces no se puede anular sencillamente la factura.
Todos los documentos que operen en formato físico,
corresponde timbrarlos ante la Unidad del SII. El formulario correspondiente para realizar esta solicitud es el F-3230.
2.4. SISTEMA CONTABLE
En Chile, se aplica el régimen general de tributación a las personas naturales, microempresas familiares, Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y Sociedades. El
régimen general, contempla la demostración y transparencia de las rentas mediante la contabilidad, la cual puede ser completa o simplificada.
A continuación se explican de manera general los tipos de Contabilidad disponibles::
· Contabilidad completa
En Chile, se aplica el régimen general de tributación a las personas naturales, microempresas familiares, Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y Sociedades. El
régimen general, contempla la demostración y transparencia de las rentas mediante la contabilidad, la cual puede ser completa o simplificada.
A continuación se explican de manera general los tipos de Contabilidad disponibles:
CONTABILIDAD COMPLETA
“Es aquella que comprende los libros Caja, Diario, Mayor e Inventarios y Balances, independiente de los libros auxiliares que exija la ley, tales como Libro de Ventas Diarias, de
Remuneraciones, de Impuestos Retenidos, etc.” (Servicio de Impuestos Internos, 2015)
En la contabilidad completa, es necesario y obligatorio, manejar de manera ordenada toda la información de la empresa, la que se registra en los Libros Contables, haciéndose necesario contratar un Contador que realice esas funciones. Éste puede ser de planta o bien a honorarios, depende de la empresa.
Libros contables
“Estos documentos te permiten llevar un registro contable de tu empresa, realizar el balance anual y respaldar tu actividad ante el Servicio de Impuestos Internos [SII]” (Ministerio de Economia y Fomento y Turismo, 2015). El objetivo de estos