Según plantea Berlinerblau (2005:71) es frecuente en estos casos de abusos que se solicite por parte de los operadores jurídicos que el perito asesore
CARACTERIZACIÓN DEL NIÑO ABUSADO SEXUALMENTE EN LAS SENTENCIAS DE LAS CÁMARAS CRIMINALES DE SANTA ROSA,
sobre la credibilidad y la competencia del niño durante la entrevista, reiriéndose a la veracidad y precisión del niño al exponer sobre los hechos sucedidos.
Todas estas características que plantea la autora y que hacen a la credibilidad del testimonio del niño/a son objeto de los argumentos de los peritos en los casos analizados al realizar sus informes luego de entrevistar al niño/a víctima de ASI. Las características del relato que favorecen a la credibilidad del niño/a y lo que éstos cuentan resulta ser en general:
a).-un conocimiento sexual inapropiado para la edad, relatado con espontaneidad, y con un lenguaje propio de los niños/as desde un punto de vista infantil;
b).- una descripción detallada, un relato consistente y mantenido básicamente en el tiempo, generalmente contando la historia por partes, más que todo de una vez,
c).- un relato verosímil: historia plausible y físicamente posible dentro de manifestaciones afectivas compatibles con lo explicado,
d).- una descripción de circunstancias típicas y características de una situación de abuso sexual, como son las amenazas, presión, seducción, coerción. Summit estudió casos de niños y padres en situaciones comprobadas de abuso sexual, habiendo elaborado la teoría del ‘Síndrome de acomodación al Abuso Sexual Infantil’ (Intebi 2013 [1998]:150) donde describe cinco patrones conductuales que aparecen en el relato del niño/a abusado en el siguiente orden: secreto, desprotección, atrapamiento y acomodación, revelación tardía, conlictiva y retractación.
En el curso de la investigación hemos observado cómo los niños/as se retractan, cómo cambian la versión de los hechos para no ‘traicionar’ a los victimarios, y cómo los operadores toman esta conducta, como incoherentes y corroborantes de la falacia del abuso, cuando justamente se trata de advertir la trama violenta en que está sumido el niño/a.
Estos patrones conductuales han sido retomados por los operadores jurídicos en varios de los casos analizados, siendo la retractación de los dichos de la víctima el principal patrón revelado.
a).- Secreto (requisito para que ocurra el abuso): es la fuente tanto de temor como de la promesa de seguridad que facilita al abusador la perpetuación del delito. Para sostener el secreto el abusador utiliza fórmulas amenazantes.
b).- Desamparo o Desprotección (requisito): el hecho de que el perpetrador es a menudo alguien en una posición de conianza y aparentemente cariñoso es lo que aumenta el desequilibrio de poderes y el desamparo en que se encuentra el niño/a. Se traduce en el sentimiento que experimenta la víctima al ser atacada por la persona de la cual espera una natural protección.
c).- Atrapamiento y acomodación (consecuencia del abuso): tiende a desarrollarse un patrón compulsivo adictivo, el cual continúa hasta que el niño alcance autonomía o hasta el descubrimiento de la situación de abuso. La única opción saludable que le queda al niño es aceptar la situación y sobrevivir. Estos mecanismos de acomodación del niño/a son denominados trastornos disociativos que le permiten sobrevivir a la situación de abuso, sobre todo a aquellas reiteradas a lo largo del tiempo.
d).- Revelación tardía, conlictiva y no convincente (consecuencia): los casos tratados, informados o investigados son la excepción no la norma. La revelación del abuso surge como consecuencia de un conlicto familiar determinante, del descubrimiento incidental por una tercera parte, o puede llegar a ser el resultado de la educación de la comunidad por parte de las agencias de protección. La víctima de abuso incestuoso tiende a permanecer en silencio hasta que llega a la adolescencia y es capaz de desaiar la autoridad de los padres. El adulto promedio no puede creer que la víctima de abuso sexual durante la niñez haya podido tolerar el incesto sin denunciarlo inmediatamente, o que un padre aparentemente normal pudiera ser capaz de vejaciones sexuales repetidas a su propia hija, es por esto que la revelación tardía resulta poco convincente.
Contrariamente a lo que se cree, la mayoría de las madres no tienen conciencia del abuso sexual en curso. Muchas veces, es tal la violencia que el matrimonio o la vida en pareja demanda una conianza ciega y negación para la sobrevivencia. Una mujer no confía su vida y su seguridad a un hombre a
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quien cree capaz de abusar a sus propios hijos. Los indicios ‘obvios’ sobre el abuso sexual son generalmente obvios sólo en una mirada retrospectiva. La madre reacciona ante las acusaciones de abuso sexual a su marido/pareja con incertidumbre y negación.
e).- Retractación (consecuencia): el niño/a que denuncia una situación de abuso descubre que los temores y amenazas que subyacen al secreto son ciertas. Su padre lo abandona y caliica de mentiroso, su madre no le cree y culpa del estado de confusión en que ha sumergido a la familia. A menos que haya un apoyo especial para la víctima y una intervención inmediata para forzar la responsabilidad del padre, el niño/a seguirá el curso ‘normal’ y se retractará de su denuncia, reforzando las expectativas de los adultos de que no se puede coniar en las palabras ni relatos de los niños/as, aliviados porque ya no tendrán que tomar las drásticas decisiones que tanto pánico les producían.
Del análisis de las sentencias surgen tres casos donde hubo retractación de la denuncia efectuada, pero debido a que existían claros indicios de abuso sexual, se siguió investigando. Dos casos inalizaron con condena al abusador. Un caso claro donde se produce el síndrome de acomodación descripto por Summit se da en uno de los fallos analizados en el que se investigaba el delito de abuso sexual con acceso carnal reiterado en el tiempo hacia una niña de 13 años de edad, cometido por el concubino de la madre de la víctima, con quien el victimario además tenía otros hijos, es decir medio hermanos de la niña.
El hecho es revelado de manera involuntaria por uno de los hermanos, la madre interroga a la niña sobre los hechos y ésta los conirma. Había existido una sospecha por parte de la madre hacía varios años, por una situación extraña que se había producido, pero ella la había descartado por coniar en su pareja.
Luego de radicada la denuncia por parte de la madre, el abusador fue detenido, y días después concurrió la víctima a retractarse de la denuncia, explicando que había mentido respecto de los hechos relatados, que las relaciones sexuales las había mantenido con un novio de la escuela, y que todo lo había realizado para que su mamá se separara y pudieran volver con su padre
biológico (con quien la niña no tenía ningún tipo de relación).
De la sentencia surgen constancias de hechos de violencia familiar denunciados en el año 2006 donde la madre y sus hijos se habían retirado a un hogar asistencial, de donde luego se escapan. La escuela donde la niña concurría, también había elaborado informes que daban cuenta de episodios de violencia física hacia los niños/as (la niña protagonista de los abusos y sus hermanos, hijos del abusador), destacando una situación de desamparo hacia los niños.
De uno de los testimonios surge que el denunciado contaba con hechos de abuso sexual cometidos en el pasado, es decir hubo reiteración más no la reincidencia; en el caso con una hija de su anterior pareja, quien no radicó la denuncia a cambio de una casa, según los dichos del testigo 12.
Es interesante en dicha sentencia el aporte de la psicóloga del cuerpo médico forense quien explica que es necesario interrogarse acerca del sentido de la segunda versión de los hechos (retractación de la denuncia), en el marco de una coniguración familiar con un funcionamiento de características violentas por parte de la pareja de la madre, los indicadores psicológicos registrados en la niña, tales como temor, inhibición, bloqueo afectivo, sentimientos de culpa, los que resultan compatibles con una situación de victimización sexual como la denunciada.
La licenciada cita a Summit explicando el quinto patrón conductual, es decir la retractación, donde como se señaló anteriormente subyacen sentimientos de culpa por acusar a un familiar y por no cumplir con la obligación de mantener a la familia unida.
El fallo también abreva en las contribuciones de Rozanski, expresamente citado quien explica que cuando son las preadolescentes o adolescentes quienes se retractan de su denuncia de abuso, para tratar de explicar lesiones vaginales (desgarros, desloraciones) las atribuyen a compañeros de colegio, amigos, o novios. Los nuevos relatos (opuestos a los anteriores) suelen ser contradictorios con la prueba obtenida por los servicios sociales, docentes, familiares, de los
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que surge que las niñas en cuestión nunca frecuentaron otro ambiente que el escolar, la iglesia o su hogar.
Esta situación coincidía totalmente con el caso analizado, ya que el victimario ejercía un aislamiento social sobre toda la familia, no dejando que la niña tuviera amigas, ni que los parientes visiten su casa. Todo esto más que un elemento de duda contribuye a conirmar la situación de abuso que sufría la niña.