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EL SÓCRATES DE LA REPÚBLICA

El 3 de noviembre de 1943 el "Corriere della Sera" publicaba en primera página un artículo de Rolandi-Ricci, titulado "Elección". El artículo estaba precedido por una breve introducción en la que se ponía de relieve la adhesión a la república social italiana del insigne hombre, senador, ministro de Estado, embajador en Washington después de la primera guerra mundial, gran abogado, persona de confianza de Giolitti, monárquico convencido y por tradiciones de familia, que, a los 83 años, en un momento trágico de su patria, después de los acontecimientos de julio y de septiembre no vacilaba en ponerse en contra del rey, y en traer la aportación de su autoridad y de su pasado a la causa de la república de Mussolini. El artículo, que así concluía: "Conforme a mi manera de pensar, el 18 de octubre, ni invitado ni solicitado, me he inscrito en el partido fascista republicano de Viareggio", suscitó una gran impresión; y desde aquel día los lectores del "Corriere della Sera" buscaron curiosamente los escritos de Vittorio Rolandi-Ricci, que llegó a ser pronto una columna del periódico y un pilastre de la república. Se puede decir que los artículos de Rolandi- Ricci constituyeron la revelación periodística de aquella época.

Cuando algunos meses más tarde, un grupo de estos artículos fueron reunidos en un opúsculo con el título "De la guerra", un periodista de los más jóvenes, Enzo Pezzato, subrayó así su valor y su importancia:

"El encuentro de Vittorio Rolandi-Ricci con el Fascismo republicano que encontró su expresión en el artículo "Elección" publicado por el "Corriere della Sera" en los primeros días del renacimiento, fué quizá uno de los acontecimientos más psicológicamente importantes de este nuestro último período. Todos nos acordamos todavía, con la claridad de las fuertes impresiones, lo que significó aquel artículo en el corazón de cada uno. Hasta entonces la reapertura de las federaciones y de los "fascios" y la afluencia de los primeros inscritos podía parecer, especialmente en las ciudades de provincia, donde apenas llegaba la obra reorganizadora del centro, una partidista toma de posición, fruto de una minoría atrevida y extremista, actitud polémica de reacción a la despiadada represión de Badoglio. Esto es, el movimiento podía adquirir a los ojos de las personas "serias" de la clase media, un carácter partidista que no figuraba en sus intenciones. Por esto, muchos de los hombres de mediana edad y de mediana energía que constituyen, con o sin razón, el armazón social de nuestro organismo de estado y que sin embargo daban muestras de cierta disposición a colaborar, se habían mantenido apartados; hacía falta "algo" que en la mente de la multitud significara la coincidencia del nuevo renacimiento fascista con los intereses superiores de la patria en guerra. La adhesión de Vittorio Rolandi-Ricci, y especialmente los argumentos con que él mismo, en el citado artículo, ilustró su adhesión, fueron precisamente este "algo". Se reunieron para dar la debida importancia a su nombre y a su escrito distintos elementos: la personalidad del hombre, el hecho de que no había sido nunca uno de los exponentes más conocidos del partido, su misma edad, que le hacía ajeno a las aventuras y los extremismos, su peculiar manera de pensar que hacía de él la expresión más pura de la clase media intelectual italiana."

La actividad periodística de Rolandi-Ricci fué juvenilmente abundante y polémica, y al mismo tiempo docta y persuasiva. El anciano abogado y parlamentario, el sagaz diplomático y el vivaz erudito se fundían armónicamente en su prosa, que suscitaba por un lado aprobaciones y por el otro, claro está, la exasperación de sus adversarios.

Rolandi-Ricci habíase adherido a la República mientras Musso-lini declaraba decaída y traidora a la monarquía, que para el antiguo liberal había sido siempre una fortaleza inatacable, mientras la república abolía el senado, en el que había entrado él unos cuarenta años atrás, nombrado por Giolitti, suprimía el cargo de Ministro de Estado, que le había concedido el mismo Mussolini en enero de 1936, y derogada el título de excelencia que le pertenecía como Ministro de Estado y como embajador. Rolandi-Ricci se quedaba con el título de abogado —al que por otra parte debía su fama y su fortuna— y con el de embajador honorario, que le fué conferido al término de la misión diplomática en América, que le había confiado Giovanni Giolitti.

El venerable anciano vivía en aquel castillo, en Lido de Camaire, que él mismo había mandado construir hacia 1900 por el arquitecto Coppedé y donde habían sido hospedados hombres de Estado de toda Europa, desde Giolitti a Mussolini, desde Chamberlain a Cailiaux y altas

personalidades americanas de 'la política y de las finanzas. Desde allí enviaba regularmente sus artículos al "Corriere della Sera" escribiéndolos con letra clara y rectilínea, que conservaba a pesar de la edad, y rehusando aceptar de la administración del periódico cualquier remuneración.

Al llegar la guerra a Toscana, Rolandi-Ricci se había trasladado al Norte, permaneciendo al principio por breve tiempo en Piacenza y estableciéndose después a orillas del Garda, en una villa en Sirmione, a unos quinientos metros de la entrada del pueblo. Desde Sirmione, llamado por Mussolini, se dirigía con frecuencia a Gargnano. El Duce tenía una vivísima simpatía al anciano y le gustaba consultarle a menudo sobre los más dispares problemas de carácter político, diplomático, jurídico y financiero. Muchas veces se habló de Rolandi-Ricci como futuro ministro de la república. Pero a las alusiones y a las invitaciones del Duce siempre contestaba negativamente diciendo que era demasiado viejo y que su labor era más útil en el campo periodístico. Desde luego, Mussolini no siempre seguía los consejos del anciano y un día Rolandi-Ricci le dijo: "He sido un buen abogado, Duce, y mis consejos siempre me los hice pagar muy caros. Por esto eran seguidos siempre. Pero a Vos los he dado y os los seguiré dando siempre gratis. Quizá sea esta la razón por la que no hacéis nunca caso de ellos."

Tampoco en sus artículos ahorraba Rolandi-Ricci críticas .a la política del gobierno y tuvo una vivaz polémica con el subsecretario de los precios Fabrizi, a propósito de precios oficiales, cédulas, etc. A veces iba a Milán, donde se entrevistaba con sus antiguos amigos, y con cometidos que le confiaba Mussolini. Cuando se trató de preparar un proyecto de Constitución para someterlo a la aprobación de la Asamblea Constituyente, solemne y repetidamente prometida, y establecida también en los 18 puntos del Manifiesto de Verona, Rolandi-Ricci fué invitado por Mussolini para que lo estudiara junto con el ministro de Educación Biggini, que era profesor de derecho constitucional en la Universidad de Pisa. El proyecto fué preparado con gran celo por Rolandi-Ricci, y a pesar de que no se convocó la Constituyente por el sinnúmero de dificultades de toda especie que se oponían a ello (y por la hostilidad de unos grupos que la consideraban inoportuna en plena guerra), Mussolini quiso quedarse con el proyecto, que había encerrado las disposiciones fundamentales de la nueva Constitución, mientras otros proyectos, como el preparado por el ministro Biggini y los presentados por las comisiones jurídicas y políticas, se habían perdido en un laberinto de disposiciones, consagradas en un número infinito de artículos, en los que se querían establecer, entre las normas constitucionales, hasta las horas de trabajo y las retribuciones para el trabajo extraordinario.

El anciano jurista por lo visto tuvo presente lo que Gulliver había observado en el país de los sabios gigantes: "En este país no está permitido redactar una ley con un número de palabras mayor del de las letras del alfabeto que son veintidós; hay además pocas leyes que tengan esta extensión. Todas están expresadas en términos muy claros y sencillos, y estos pueblos no tienen tanto espíritu y tanto ingenio como para encontrar en ellas más de un significado; además se considera como un crimen escribir un comentario sobre una ley." Rolandi-Ricci, pues, había repasado y recompuesto el proyecto Biggini, reduciéndolo a pocas y esenciales disposiciones, claras y precisas. Después de la primera lectura del bosquejo de Constitución, Mussolini hizo esta observación: "Así, pues, dentro de diez años quiere usted jubilarme." Rolandi-Ricci contestó textualmente: "Vos mismo, Duce, sentiréis, entonces, esta necesidad." (Pocos meses más tarde, Mussolini caía en Giulino de Mezzegra bajo la ráfaga de "naranjero" del "coronel Valerio".) En el proyecto original del ministro Biggini se atribuía a Mussolini la "presidencia perpetua". A su muerte, la Asamblea de las dos Cámaras eligiría un nuevo presidente, estableciendo la duración de su cargo y moderando sus poderes; para Mussolini, en cambio, éstos habían sido mantenidos amplísimos y- se podía afirmar que casi despóticos. Biggini le tenía al Duce un temor reverencial y no había osado presentarle la hipótesis de su cesación del cargo. Mussolini en cambio aceptó, sin molestarse, la disposición proyectada por el anciano, junto al que, a veces, se sentía casi cohibido. Los 22 puntos del proyecto de Rolandi-Ricci eran los siguientes:

1.°) Jefe del Estado tenía que ser un Presidente elegido por sufragio universal; 2.°) El Presidente elegido ostentaría su cargo durante diez años;

3.°) No podía ser reelegido si no pasados, por lo menos, cinco años de su cesación en el cargo;

la continuación en el cargo presidencial, el vice Presidente, dentro de tres meses, tenía que convocar la elección del nuevo Presidente;

5.°) Caso de impedimento temporal, se harían cargo de sus funciones en primer lugar el Presidente del Senado y en segundo lugar el Presidente de la Cámara o un vice Presidente de la misma.

Ninguna sustitución podía durar más de tres meses;

6.°) El Presidente o quien le sustituyese tenía que haber cumplido los 40 años. No podía tener ningún otro cargo además del presidencial.

La remuneración a quien regía la Presidencia tenía que ser fijada siempre por las dos Cámaras reunidas;

7.°) El Presidente o vice Presidente que lo sustituyese, tenía que cesar en su mandato cuando dicho cese fuera decidido por las dos Cámaras reunidas en Asamblea Nacional, con los votos de las dos terceras partes de los componentes de la misma. El número total tenía que comprender también los no asistentes a la reunión de la Asamblea en que se votara la demanda de cesación en el cargo presidencial;

8.°) El Parlamento se componía de dos cámaras, la de los Diputados y la de los Senadores, con paridad de poder legislativo, y de iniciativas;

9.°) La Cámara de los Diputados tenía que ser elegida por sufragio universal y colegio uninominal.

Los Diputados permanecían en su cargo cinco años.

La Cámara tenía que elegir un Presidente, un primero, un segundo y un tercer vice Presidente;

10.°) Un Diputado no podía ser elegido nuevamente después de dos legislaturas de no haber transcurrido por lo menos tres años" desde su última cesación en el cargo.

El Diputado tenía que haber cumplido los veinticinco años.

Cuando por muerte, dimisión u otra legítima causa faltara un diputado, el colegio que le había elegido debía ser convocado por el Presidente de la Cámara dentro de dos meses;

11.°) El número de los diputados debía corresponder al de uno por cada cien mil habitantes. El sufragio activo y pasivo pertenecían a todos los hombres y las mujeres que hubiesen cumplido 21 años;

12.°) El Senado tenía que estar compuesto por un número de Senadores igual a la mitad del número de los Diputados.

Aquéllos permanecerían en su cargo durante 8 años.

Tenían que ser elegidos: una cuarta parte entre los profesores de Universidad, Bachillerato y otras escuelas de segunda enseñanza; otro cuarto por el Presidente de la República entre los magistrados de todas las jurisdicciones ordinarias civiles y penales, entre los funcionarios administrativos y diplomáticos, y entre los oficiales de las tres armas; la otra mitad por sufragio universal y votación de lisia por cada provincia.

Entre los elegidos por el Presidente tenían que figurar diez obispos. El Senador tenía que haber cumplido los cuarenta años.

Después de haber sido elegido dos veces, el Senador nombrado por sufragio universal, no podía ser elegido nuevamente sino después de transcurrir cuatro años desde el cese en su cargo. Lo mismo sucedía con los elegidos entre la categoría de los profesores. Respecto a los Senadores designados por el Presidente, a excepción de los Obispos, caso de suceder otro Presidente al que los había nombrado, la mitad de ellos por sorteo tenía que ser sustituida con nuevos Senadores elegidos por el nuevo Presidente. Electores, por sufragio universal, de los Senadores, eran los hombres y las mujeres que hubiesen cumplido los 30 años.

13.°) Cuando fuere necesaria la sustitución de Senadores ésta se efectuaría según las categorías de nombramiento;

14.°) Cada dos años las listas electorales de los Diputados y de los Senadores tenían que ser sometidas respectivamente a revisión por la Presidencia de la Cámara y del Senado y sometidas a la deliberación de estos órganos;

15.°) El Presidente de la República, caso de proponerlo el Consejo de Ministros, podía disolver la Cámara, cuando dicha propuesta fuese aprobada con el 75 % de los votos del Senado; y viceversa disolver el Senado cuando la propuesta del Gobierno fuese aprobada con el 75 % de los votos de la Cámara;

16.°) Las retribuciones a los Diputados y a los Senadores tenían que ser iguales, y ser determinadas en una reunión de las dos Cámaras, en cada Legislatura. Igualmente, se habían de establecer al mismo tiempo las cantidades para el balance de la Cámara y para el balance del Senado.

De la administración de estas cantidades el Presidente y los Cuestores de la Cámara y del Senado debían presentar un presupuesto cada dos años al Ministerio de Hacienda, que tenía que publicarlo dentro de dos meses, para que la opinión pública se enterara;

17.°) Se declaraba a la Religión Católica, la del Estado; los otros cultos eran admitidos con las limitaciones establecidas por la ley. Se establecían las inmunidades parlamentarias, excluyendo toda jurisdicción especial.

Se proclamaba la no retroactividad de cualquier ley penal.

La propiedad privada era considerada plena y libre salvo aquellas limitaciones que por ley fuesen consideradas de interés nacional. La expropiación debía ser compensada siempre con una adecuada indemnización.

La disciplina de cualquier contrato, también de los de trabajo, era dictada por la ley, o por los reglamentos aprobados por delegación del legislador;

18.°) Las admisiones, las promociones, las remociones de todos los magistrados tenían que ser confiadas a una comisión compuesta por 15 miembros, de los que 7, elegidos entre los componentes de la Corte de Casación, inclusive la Procura General, 7 entre los componentes del Consejo de Estado y el Tribunal de Cuentas; y presidida por el Presidente de la Corte de Casación o por un vice Presidente por él designado a este fin. De esta comisión se excluían los Diputados y Senadores. A los magistrados se les aseguraba la inamovibilidad en sus funciones: sin embargo, el Ministro de Gracia y Justicia podía transferirlos a otra sede, cuando el Procurador General de la Corte de Apelación, caso de tratarse de magistrados de Apelación o de grado inferior, o el Procurador General de la Corte de Casación, caso de tratarse de magistrado superior, diesen su parecer a este fin reconociendo la oportunidad del traslado;

19.°) Para todos los funcionarios del Estado, civiles y militares, al igual que para los magistrados, se establecía la prohibición de pertenecer a cualquier sociedad secreta, bajo pena de destitución;

20.°) El Gobierno estaba confiado al Consejo de los Ministros y de los Vice Ministros. El número de unos y otros y sus atribuciones tenían que estar determinados por la ley. Los Ministros eran elegidos por el Jefe del Estado; pero dentro de dos meses de su elección debían pedir explícitamente un voto de confianza a cada una de las dos Cámaras. De no obtenerlo, debían ser sustituidos.

El Presidente del Consejo era designado por el Jefe del Estado: al mismo tiempo que los dos Vice Presidentes;

22.°) Seguirían disposiciones transitorias.

La villa de Sirmione era objeto de continuas visitas de las personalidades más importantes de la república, tanto políticas como militares. Rolandi-Ricci era considerado una especie de "oráculo del Norte" o de "Sócrates" de la república de Mussolini. Una notable hostilidad encontraba, en cambio, el anciano en los ambientes del cardenal Schuster por su serie de artículos sobre "El Vaticano y la guerra", en los que se criticaba duramente la manera de considerar los deberes de

la neutralidad por parte de los altos dirigentes de la Iglesia. Estos artículos habían sido atentamente seguidos también por el Vaticano.

Rolandi-Ricci era apreciado y respetado también por sus adversarios, no solamente por su valerosa actitud, sino también porque había dado a la patria sus dos únicos hijos, ambos muertos durante la guerra, el primer, Filippo, teniente coronel de las tropas coloniales, caído en África Oriental combatiendo contra los ingleses en 1941, y el otro, Rolando, víctima de un bombardeo en Bolonia, en enero de 1944, que alcanzó el hotel Baglioni, donde se hallaba de paso, al servicio del Ministerio de la Agricultura. Los acontecimientos sucesivos reservaron al anciano nuevos disgustos. El, por otra parte, estaba dispuesto a todo. Tenía 85 años, y sin embargo, conversando con Mussolini y examinando con él el futuro y las posibilidades de invasión del Valle Padano, se había encontrado de acuerdo en el propósito de empuñar un "mitra" y arrostrar la muerte en campaña. Aunque era feliz de vivir, siempre codicioso de saber (pasaba la mayor parte de la noche leyendo) miraba con serenidad a la muerte, juzgándose como un privilegiado de la suerte por haber llegado, con una salud excelente, a una edad tan avanzada.

La noche del 25 al 26 de abril de 1945 partió de Sirmione porque Mussolini le esperaba en Milán, donde le había invitado a trasladarse con toda su familia.

Mussolini hacía una semana que se había instalado en aquella ciudad, y varios Ministerios también se hallaban en Milán o en sus afueras desde hacía unos meses o unas semanas. Parecía que la zona del lago de Garda iba a ser completamente abandonada por el gobierno de la república; Rolandi-Ricci tenía que participar en una reunión de ministros para discutir un proyecto de carácter financiero, para la emisión de un préstamo nacional (¡en aquel momento!). Llegó a Milán al amanecer del 26 después del borrascoso convenio en el Arzobispado; en Milán la insurrección comenzaba; a las puertas de Milán Rolandi-Ricci había corrido el riesgo de ser fusilado. Seguían a su coche, a breve distancia, un camión con los baúles y un "topolino" que llevaba a un nieto suyo de dieciséis años, Vittorio, huérfano del coronel caído en Etiopía y su enfermera y ama de llaves,