OBJECIÓN:
San Alfonso de Ligorio enseñó que el bautismo de deseo es “de fide” (de fe). ¡Esto significa que el bautismo de deseo es un dogma!San Alfonso: “El bautismo de fuego [deseo] es la perfecta conversión a Dios por la contrición, o el amor a Él sobre todas las cosas, con el deseo explícito o implícito del verdadero bautismo de agua. Como dice el Concilio de Trento (sesión 14, cap. 4), él suple a este último con respecto a la remisión de la culpa, pero no imprime un carácter [bautismal] ni quita toda la deuda de la pena. Se llama de ‘fuego’ porque es hecho bajo el impulso del Espíritu Santo, a quien se le da este nombre (…) Por tanto, es de fe (de fide) que los hombres se salvan incluso por el bautismo de fuego [deseo], según el canon Apostolicam, de pres. non bap. y del Concilio de Trento, sesión 6, capítulo 4, donde está dicho que nadie puede salvarse ‘sin el lavatorio de la regeneración, o el deseo de él’”.
RESPUESTA:
En primer lugar, San Alfonso no era infalible. Es simplemente un hecho que San Alfonso cometió algunos errores teológicos, como el que se mostrará en la siguiente discusión. Avanzar en la opinión de San Alfonso sobre alguna materia como si ella fuera un dogma no es católico.En segundo lugar, San Agustín sostuvo que era de fide que los niños no bautizados sufrían el fuego del infierno y San Cipriano sostuvo que era de fide que los herejes no pueden bautizar válidamente. Ambos estaban completamente equivocados.
La Enciclopedia Católica, vol. 9, 1910, “Limbo”, p. 258: “…Santo Tomás y los escolásticos en general estaban en conflicto con lo que San Agustín y otros Padres consideraban ser de fide [si los niños sufrían el fuego del infierno]…”400.
San Cipriano, 254 d.C.: “… con certeza juzgamos y sostenemos que nadie es capaz de bautizar fuera de los límites [es decir, fuera de la Iglesia]…”401.
En tercer lugar, la raíz del error de San Alfonso sobre el bautismo de deseo era que él malinterpretó la sesión 6, cap. 4 de Trento (su opinión sobre este pasaje simplemente no se sostiene bajo un examen profundo – véase el análisis de este pasaje). Y este error lo llevó a su falsa conclusión de que el bautismo de deseo es una enseñanza de la Iglesia católica. El pasaje de cual San Alfonso creyó que enseñaba el bautismo de deseo en realidad no enseña el bautismo de deseo, sino que afirma: según está escrito: quien no renaciere del agua, y del Espíritu Santo, no puede entrar en el reino de Dios.
En cuarto lugar, al enseñar el bautismo de deseo, San Alfonso estaba enseñando que alguien puede ser santificado por el Espíritu y la Sangre de Cristo sin el agua del bautismo y esto es contrario a lo que enseñó infaliblemente el Papa San León Magno. Cuando ocurre un conflicto entre las definiciones dogmáticas y las opiniones de los santos, la Iglesia, por supuesto, sigue las definiciones dogmáticas, no importando qué tan grande o erudito el santo pueda ser.
Papa Pío XII, Humani generis, # 21, 12 de agosto de 1950: “Y el divino Redentor no ha confiado la interpretación auténtica de este depósito a cada uno de sus fieles, ni un a los teólogos, sino sólo al magisterio de la Iglesia”.
Por último, la mayoría de los teólogos después de San Alfonso que creyeron en el “bautismo de deseo” ni siquiera sostuvieron su opinión de que el bautismo de deseo es de fide. La mayoría de ellos dice que el bautismo de deseo es próximo a la fe, no de fe definida. Casi ninguno de ellos dice que es de fe definida. Este hecho demuestra que NO es de fe, ya que dicha discrepancia no existiría entre los teólogos que afirman estar a favor del bautismo de deseo si se pudiera demostrar que es de fe. Aquí hay una admisión por un defensor del bautismo de deseo:
P. Jean-Marc Rulleau, El Bautismo de Deseo, p. 43: “La existencia del bautismo de deseo es, entonces, una verdad que, aunque no ha sido definida como un dogma por la Iglesia, es por lo menos próxima a la fe”402.
Si el Concilio de Trento enseñó el bautismo de deseo, entonces el bautismo de deseo sería un artículo definido de la fe. Pero el Concilio de Trento no enseñó el bautismo de deseo, por lo que el P. Rulleau se vio obligado a admitir que no es definido de la fe, sino que sólo (en su opinión) “próximo a la fe”. “Próximo a la fe” y “de la fe” no son lo mismo. El P. Rulleau (un firme defensor de la teoría) no se vería obligado a suavizar su posición si pudiese probar que es de la fe, pero no puede.
Por lo tanto, la afirmación de San Alfonso está equivocada por varias razones: 1) es contraria al dogma definido (Papa San León Magno y la compresión de Trento sobre Juan 3, 5 según esta escrito); 2) su declaración no se puede probar – no hay definición que se pueda citar a su favor; 3) no es compartida incluso por los teólogos que creen en el bautismo de deseo; 4) hay errores en el mismo párrafo en que afirma esa misma opinión.
Examinemos el punto 4); hay errores en el mismo párrafo en que afirma esa misma opinión. Para probar su posición sobre el bautismo de deseo, San Alfonso primero hace referencia a la sesión 14, cap. 4 del Concilio de Trento. Él dice:
“Como dice el Concilio de Trento (sesión 14, cap. 4), él suple a este último con respecto a la remisión de la culpa, pero no imprime un carácter [bautismal] ni quita toda la deuda de la pena”403.
Esto es completamente erróneo. La sesión 14, cap. 4 del Concilio de Trento no dice que el bautismo de deseo “suple a este último con respecto a la remisión de la culpa”, como afirma San Alfonso. Veamos el pasaje:
Papa Julio III, Concilio de Trento, sesión 14, cap. 4, sobre el sacramento de la penitencia: “Enseña además el santo Concilio que, aun cuando alguna vez acontezca que esta contrición sea perfecta por la caridad y reconcilie el hombre con Dios antes de que de hecho se reciba este sacramento; no debe, sin embargo, atribuirse la reconciliación a la misma contrición sin el deseo del sacramento, que en ella se incluye”404.
El Concilio define aquí que la perfecta contrición con el deseo del sacramento de la penitencia puede restaurar en un hombre la gracia de Dios antes que reciba efectivamente este sacramento. ¡No dice nada sobre el bautismo! La misma premisa de San Alfonso – que el bautismo de deseo es enseñado en la sesión 14, cap. 4 – es errónea. Trento no dice nada al respecto. Si las mismas premisas sobre la que sostuvo el bautismo de deseo fueron deficientes y erróneas, ¿cómo se puede estar sujeto a las conclusiones que se derivan de tales premisas erradas? De hecho, el autor increíblemente deshonesto sobre el bautismo de deseo de la Fraternidad Sacerdotal de San Pío X, el P. Francois Laisney, ¡no incluye la referencia errónea de San Alfonso de la sesión 14, cap. 14 de Trento cuando cita el pasaje de San Alfonso sobre el bautismo de deseo!405. Esto es
increíblemente deshonesto, por supuesto, pero el P. Laisney de la FSSPX la omite porque sabe que San Alfonso estaba equivocado al referirse de esa manera a Trento; y, por lo tanto, sabe que esto crea un gran agujero en su argumento a favor del bautismo de deseo basado, obviamente, en el falible San Alfonso.
Y esto nos muestra, una vez más, lo que he venido demostrando a través de este documento: que básicamente todos los santos y teólogos que expresaron su creencia en el bautismo de deseo se contradecían a sí mismos al explicarlo, y a su vez, cometían algunos errores en el mismo documento.
También hay que señalar que, si bien que San Alfonso mencionó que él cree que los adultos se pueden salvar por el deseo explícito o implícito del sacramento del bautismo, él usa la palabra
implícito no para significar “no conocido”, sino más bien “no expresado en palabras”; dicho de otra manera, un adulto que sabe del bautismo y lo desea, pero no sabe expresar su deseo en
palabras. San Alfonso, a pesar de estar equivocado sobre el bautismo de deseo, él no sostuvo la herejía moderna de la ignorancia invencible – la idea de que un adulto se puede salvar por el bautismo sin creer en Cristo o en la Iglesia y sin siquiera saber del bautismo –. San Alfonso con certeza condenaría tal idea como herética.
1. San Alfonso: “Ve también el amor especial que Dios te ha mostrado al traerte a la vida en un país cristiano, y en el seno de la Iglesia católica o de la verdadera Iglesia. Cuántos nacen entre los paganos, entre los judíos, entre los mahometanos y herejes, y todos están perdidos”406.
Es interesante considerar que cuando se les pregunta a las personas que citan a San Alfonso a favor del bautismo de deseo – y lo citan como si fuera infalible – si ellos están de acuerdo con su enseñanza aquí de que todos los que mueren como herejes, judíos, musulmanes y paganos se van al infierno, casi todos ellos evitan la pregunta como la peste. Ellos evitan la pregunta porque, en este caso, ellos no comparten la posición de San Alfonso. Más bien creen que los herejes, judíos, musulmanes y paganos pueden salvarse y por lo tanto están en herejía por esta sola razón.
2. San Alfonso: “Debemos creer que la Iglesia católica romana es la única verdadera Iglesia; por tanto, quienes están fuera de nuestra Iglesia, o si se han separado de ella, no pueden salvarse”407.
3. San Alfonso: “Si sois ignorante de las verdades de la fe, estáis obligados a aprenderlas. Todo cristiano está obligado en aprender el Credo, el Padrenuestro, y el Avemaría bajo pena de pecado mortal. Muchos no tienen ni idea de la Santísima Trinidad, de la Encarnación, el pecado mortal, el juicio, el paraíso, el infierno, o la eternidad; y esta ignorancia lamentable los condena”408.
4. San Alfonso: “¡Cuán agradecidos debemos estar de Jesucristo por el don de la fe! ¿Qué hubiera sido de nosotros si hubiéramos nacido en Asía, en África, o en América, o entre los herejes y cismáticos? El que no cree se perderá. Este era, pues, la gracia primera y más grande gracia que se nos ha otorgado: nuestro llamado a la fe verdadera. Oh Salvador del mundo, ¿qué sería de nosotros si Tú no nos hubieras iluminado? Hubiéramos sido como nuestros antepasados, que adoraban a los animales y los bloques de piedra y madera: y en consecuencia, todos hubiéramos perecido”409.
Uno puede ver que, si bien que San Alfonso estaba equivocado en su creencia de que el bautismo de deseo podría ser eficaz en un adulto que muriera antes de recibir el sacramento, él condenó la herejía moderna que afirma que uno puede alcanzar la salvación en otra religión o sin la fe en Cristo y en los misterios de la fe católica.
Otro punto que vale la pena abordar para refutar la objeción de la enseñanza de San Alfonso sobre el bautismo de deseo es referente a lo que enseñó acerca del llamado bautismo de sangre.
San Alfonso, Teología Moral, Libro 6, nn. 95-97: “El bautismo de sangre es el derramamiento de la propia sangre, es decir, la muerte por causa de la fe o por alguna otra virtud cristiana. Ahora este bautismo es comparable con el verdadero bautismo porque, al igual que el verdadero bautismo, él remite tanto la culpa y el castigo como si ello fuera ex opere operato (…) Por lo tanto, el martirio también vale para los niños viendo que la Iglesia venera a los Santos Inocentes como verdaderos mártires. Por eso es que Suárez con razón enseña que la opinión contraria es al menos temeraria”.
Lo que San Alfonso enseña aquí está completamente erróneo. Él enseña que los niños pueden salvarse sin el sacramento del bautismo por el martirio. Esto es directamente contrario a la enseñanza ex cathedra del Papa Eugenio IV del Concilio de Florencia.
Papa Eugenio IV, Concilio de Florencia, sesión 11, 4 de febrero de 1442, ex cathedra: “En cuanto a los niños advierte que, por razón del peligro de muerte, que con frecuencia puede acontecerles, como quiera que no puede socorrérseles con otro remedio que con el bautismo, por el que son librados del dominio del diablo y adoptados por hijos de Dios, no ha de diferirse el sagrado bautismo por espacio de cuarenta o de ochenta días o por otro tiempo según la observancia de algunos…”410.
El Papa Eugenio IV define aquí, desde la Cátedra de Pedro, que no hay otro remedio para que los niños sean librados del dominio del diablo que no sea por el sacramento del bautismo. San Alfonso enseña que hay otro remedio en el martirio. La opinión de San Alfonso sobre esta cuestión no puede sostenerse, ya que contradice al Concilio de Florencia. Ahora, sabemos que San Alfonso es un santo que está en el cielo porque la Iglesia así nos lo ha dicho – de hecho, él es mi autor espiritual favorito; pero en este caso, San Alfonso está contradiciendo la enseñanza solemne del magisterio: que el sacramento del bautismo es el único remedio para los niños. Debemos concluir, por tanto, que San Alfonso no era obstinado en su enseñanza sobre el bautismo de sangre para los niños; es decir, que él no estaba consciente de que su opinión contradecía la enseñanza de la Iglesia, especialmente la enseñanza del Concilio de Florencia. Sin embargo, si alguien sostiene dicha opinión obstinadamente (es decir, después de haber mostrado que contradice el Concilio de Florencia), entonces ese tal sería un hereje y estaría fuera de la Iglesia católica.
Otro error que encontramos en el párrafo de San Alfonso es su referencia a los Santos Inocentes como un ejemplo del bautismo de sangre. Esto está errado porque la muerte de los
Santos Inocentes ocurrió antes de la resurrección de Cristo – antes de que fuera instituida la ley del bautismo una vez promulgado el Evangelio.
Catecismo del Concilio de Trento, El bautismo hecho obligatorio después de la Resurrección de Cristo, p. 171: “Porque están conformes los sagrados escritores que, después de la resurrección del Señor, cuando manda a los Apóstoles: Id e instruid a todas las naciones, bautizándolas en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo, desde entonces todos los hombres, que habían de conseguir la salvación eterna, comenzaron a estar obligados a la ley del bautismo”411.
Además, nótese cómo San Alfonso dice arriba que es temeraria (peligrosa) la opinión de que el bautismo de sangre no es eficaz en los niños. En otras palabras, él está enseñando con Suárez que es “peligroso” creer que los niños que mueren sin el bautismo sacramental no podrán salvarse. Al enseñar esto, él inconscientemente incurre en el error de John Wyclif, que fue anatemizado solemnemente en el Concilio de Constanza.
Papa Martín V, Concilio de Constanza, sesión 15, 6 de julio de 1415 – Condenando los artículos de John Wyclif – Proposición 6: “Los que afirman que los hijos de los fieles que mueren sin bautismo sacramental no serán salvos, son estúpidos e impertinentes por decir esto”. – Condenado412
Esta es una proposición interesante del Concilio de Constanza. El archi-hereje John Wyclif sostenía que aquellos que enseñan (como nosotros) que no es posible que se salven los niños que mueren sin el bautismo de agua (es decir, sacramental) son estúpidos. Y fue anatematizado por esta proposición, entre muchas otras. Ya he citado lo que tuvo que decir el Concilio de Constanza sobre las anatematizadas proposiciones de John Wiclef, como la # 6 de arriba, pero la citaré de nuevo aquí.
Papa Martín V, Concilio de Constanza, sesión 15, 6 de julio de 1415: “Los libros y folletos de John Wyclif, de maldita memoria, fueron examinados cuidadosamente por los doctores y maestros de la Universidad de Oxford (…) Este santo sínodo, por consiguiente, en el nombre de nuestro Señor Jesucristo, repudia y condena, por este decreto perpetuo, los antedichos artículos y cada uno en particular; y prohíbe de ahora en adelante a todos y cada uno de los católicos, bajo pena de anatema, predicar, enseñar, o mantener los dichos artículos o cualquier uno de ellos”413.
San Alfonso es en realidad el autor más vendido de todos los tiempos, habiendo escrito más de 111 libros, sin incluir sus cartas414. No es de extrañar, por tanto, que él, siendo un ser humano
falible, haya cometido inadvertidamente algunos errores en materias que atañen a la fe. Pero su error sobre el bautismo de deseo se debe al hecho que él pensó erróneamente que era lo que se enseñaba en la sesión 6, cap. 4 de Trento. Esta es la principal razón de por qué él creyó en el
bautismo de deseo: él pensaba que era enseñado por Trento e interpretó erradamente los cánones de Trento sobre el bautismo (incluido el completamente exclusivista canon 5) como algo que de alguna manera debe entenderse a la luz del bautismo de deseo.
Papa Paulo III, Concilio de Trento, sesión 7, can. 5 sobre el sacramento del
bautismo, ex cathedra: “Si alguno dijere que el bautismo [el sacramento]
es libre, es decir, no necesario para la salvación (Juan 3, 5), sea
anatema”
415.
Si San Alfonso hubiera examinado más literalmente la sesión 6, cap. 4 de Trento, seguramente hubiera visto que ella no enseña el bautismo de deseo (como se analizó en la sección sobre el pasaje), sin que al contrario, reafirma que Juan 3, 5 debe ser entendido según esta escrito.
También es importante señalar que, si bien el principio de la infalibilidad papal siempre fue creído en la Iglesia (expresado desde los primeros tiempos por frases como “en la sede apostólica, la religión católica siempre se ha preservado y mantenido inmaculada la santa doctrina”), no cabe duda que a partir de la definición del dogma de la infalibilidad papal, en el Primer Concilio Vaticano,
en 1870, hubo mucha más claridad acerca de cuáles documentos eran infalibles y cuáles no. San Alfonso y otros que vivieron antes de 1870 no tuvieron necesariamente este grado de claridad, que hizo que muchos de ellos redujeran la distinción, en ciertos casos, entre los decretos infalibles de los Papas y la enseñanza falible de los teólogos. Ello también hizo que no vieran tan literalmente lo que realmente dice el dogma, sino más bien lo que el dogma podría significar a la luz de la opinión de los teólogos populares de la época.
Por ejemplo, al argumentar que el bautismo de deseo es de fide, San Alfonso hace referencia a la declaración de Inocencio III o Inocencio II (ni siquiera se sabe cuál de los dos) sobre el “presbítero” que no estaba bautizado, que ya he discutido. Pero es obvio que la carta de Inocencio (?) – o quienquiera que fuese – a un arzobispo no cumple con los requisitos para la infalibilidad papal, y, por lo tanto, contiene un error bien manifiesto (al referirse a una persona no bautizada como un “presbítero”). La falibilidad de este documento probablemente fue un