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Análisis de muestras de alimentos

ESTABLECIMIENTO NUMERO

7. Discusión y análisis

7.2 Talento Humano

El Distrito Capital contó en el año 2011 con un total de 239 personas para el diseño y ejecución del programa de vigilancia sanitaria de la línea de alimentos

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Diagnóstico sectorial de salud ambiental. OPS – Ministerio de Protección Social – Universidad del Valle. Convenio de Cooperación Técnica No. 256. Colombia. Año 2009

sanos y seguros. De este total, 80 personas eran de planta (33.4%); (67 vinculadas a las Empresas Sociales del Estado y 13 al Laboratorio de Salud Pública de la Secretaría Distrital de Salud); las restantes 159 estaban vinculadas a través de órdenes de prestación de servicios, (66.5%) (143 por las ESE, 3 por la Dirección de Salud Pública y 13 por el Laboratorio de Salud Pública). A nivel nacional en el año 2009, se evidenció que el 43% de los funcionarios de las direcciones territoriales de salud encuestadas eran de carrera administrativa y 57% estaban vinculados por órdenes de prestación de servicios. El departamento de Antioquia contaba para el año 2009 con 170 personas; Atlántico con 32; Valle del Cauca con 53 y Guajira con 81 personas.

En relación al talento humano de las ESEs es importante mencionar que se encuentra pendiente la definición sobre si la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá debe centralizar la operación de la vigilancia sanitaria, lo cual implica vincular en la planta de la entidad a este talento humano y dejar de realizar la contratación de esta operación con las ESEs; lo anterior teniendo en cuenta dos tipos de dificultades que a continuación se mencionan:

- Dificultad normativa: el nivel nacional delegó en los entes territoriales las funciones de vigilancia sanitaria y por tanto la Secretaría Distrital de Salud no podría delegar estas funciones a las ESEs, sino que tendrían que ejecutarse directamente, ya que los Hospitales se deben dedicar a su objeto legal cual es la prestación de servicios de salud, bajo la vigilancia de la Secretaría Distrital de Salud. Adicionalmente la Dirección Jurídica de la SDS emitió un concepto jurídico donde establece que “las facultades de inspección, vigilancia y control que se han delegado a éste ente territorial no son delegables, en razón a que el legislador en el artículo 55 de la Ley 715 de 2001 dispuso que los Alcaldes y Gobernadores deberán adecuar y orientar su estructura administrativa, técnica y de gestión, con el propósito de garantizar el óptimo cumplimiento de sus competencias en salud pública y mejorar la eficiencia de su gestión en función de los recursos asignados,

infraestructura y talento humano disponibles”35. Este aspecto se encuentra en revisión.

- Dificultad técnica: durante la ejecución de la vigilancia sanitaria de la línea de alimentos sanos y seguros a través de las ESEs se han evidenciado varias dificultades, dentro de las cuales se resaltan:

 Sobrecostos administrativos que afectan el presupuesto disponible para la vigilancia de los establecimientos, afectando su cobertura, debido a que las empresas sociales del estado cobran por todas las actividades que adelantan, incluyendo horas administrativas de profesionales que se encargan de realizar seguimiento al cumplimiento de metas por parte del equipo técnico y la contratación de digitadores para que ingresen la información en las bases de datos, igualmente para la ejecución de los proyectos de vigilancia intensificada se encuentra establecido un reconocimiento del 30% adicional para gastos administrativos.

 Capacidades heterogéneas de las ESEs, dado que no poseen la misma posibilidad de respuesta hacia los diferentes eventos que se presenten.

 Alta rotación del personal de las ESEs lo cual dificulta la continuidad en los procesos que se realizan.

 Debilidad en los procesos de inducción y reinducción afectando el adecuado desarrollo de las acciones.

Sumado a lo anterior y teniendo en cuenta que una de las funciones de la vigilancia sanitaria es la aplicación de medidas sanitarias en establecimientos o productos alimenticios con el fin de prevenir y controlar riesgos en salud pública, estas medidas, que deben ser ejecutadas de manera inmediata cuando se evidencie un riesgo, solo pueden ser aplicadas por personal con investidura de autoridad sanitaria, es decir, la vinculación del mismo debe ser en carrera

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administrativa, por tanto independiente de la decisión que se tome frente a la forma de operar la vigilancia sanitaria de los alimentos, (desde la Secretaría Distrital de Salud o a través de las Empresas Sociales del Estado), es necesario que mínimo el 80% de las personas que adelantan esta vigilancia sean de planta. Al comparar el modelo de Bogotá con otras partes del país se evidencia que la mayoría de los Departamentos cuentan con atención descentralizada de la vigilancia sanitaria y solo departamentos como Atlántico y Guajira son centralizadas. La ejecución descentralizada se realiza ya sea a través de Empresas Sociales del Estado, Alcaldías o para el caso del Valle del Cauca, a través de la Unidad Ejecutora de Saneamiento (UES), establecimiento público, descentralizado del Orden Departamental creado por la asamblea departamental para desarrollar las funciones de inspección, vigilancia y control en salud ambiental.

Se hace especial énfasis en los departamentos de Cundinamarca y Boyacá donde también se ejecuta la vigilancia sanitaria de alimentos a través de contratos con Empresas Sociales del Estado, pero con problemáticas similares a las del Distrito Capital. Cundinamarca realiza la contratación del Plan de Intervenciones Colectivas con 35 Empresas Sociales del Estado para realizar la vigilancia sanitaria en 104 municipios categoría 4, 5 y 6, contando con 156 personas aproximadamente, de las cuales el 70% son vinculadas a través de órdenes de prestación de servicios, por tanto están impedidos para aplicar medidas sanitarias, adicionalmente por el número de municipios existente y la forma de contratación con las ESEs, la Secretaría de Salud está limitada frente al control de las actividades realizadas36.

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Información suministrada telefónicamente por la Secretaría de Salud de Cundinamarca. Julio 2012

Boyacá por su parte, tiene 123 municipios y contrata la vigilancia sanitaria con 120 Empresas Sociales del Estado, dado que tres municipios son categoría 337. Teniendo en cuenta que las personas de las ESEs están vinculadas mediante órdenes de prestación de servicios, no pueden realizar acciones de control sanitario y cuando estas acciones son requeridas, las asumen 2 profesionales y un técnico de saneamiento que pertenecen a la planta de la Secretaría Departamental, siendo insuficiente este personal para todos municipios38.