2. Teoría de esquemas
2.2. Teoría de esquemas pragmáticos de Cheng y Holyoak
Cheng y Holyoak (1985; Cheng y cols., 1986) formularon la teoría de es- quemas pragmáticos para explicar la influencia del contenido en el razona- miento condicional. Proponen que nuestro razonamiento cotidiano está guiado por un conjunto de reglas, sensibles al contexto y específicas de ciertos dominios: los «esquemas pragmáticos». Éstos son estructuras de co- nocimiento abstractas, que inducimos a partir de las regularidades observa- das en situaciones concretas del mundo real. De esta forma, induciríamos esquemas de permiso, de obligación y causales.
Esta teoría se diferencia de las teorías de reglas formales y de las lógicas naturales en que los esquemas están compuestos por un conjunto de reglas sensibles al contexto y no meramente sintácticas. También se opone a los enfoques según los cuales las personas recurren a su experiencia previa para resolver tareas de razonamiento, recuperando de la memoria ejemplos y contraejemplos específicos. Desde la perspectiva de Cheng y Holyoak, «el papel de la experiencia previa en la facilitación está en la inducción y en la evocación de ciertos tipos de esquemas» (Cheng y Holyoak, 1985, p. 396). La teoría predice que la ejecución de una tarea de razonamiento se faci- lita cuando el problema permite al sujeto evocar determinado esquema pragmático, y cuando éste posibilita respuestas que encajen con las de la lógica formal. Por tanto, los errores pueden deberse a uno de los siguientes factores:
1) Los problemas no permiten el emparejamiento con un esquema pragmático.
2) Las inferencias generadas por el esquema disponible no están con- formes con las de la lógica formal.
Un esquema que tiene una estructura muy similar a la de la implicación material es el de permiso. Una situación de permiso en la vida real es aque- lla en la que una acción A puede llevarse a cabo si y sólo si se obtiene el permiso P; esto es, la realización de una acción determinada requiere que se cumpla previamente una condición.
Cheng y Holyoak (1985) argumentaron que la mayoría de los efectos de facilitación, obtenidos con problemas temáticos o concretos en la tarea de selección de Wason (1966, 1968; véase una descripción de esta tarea en el capítulo 3, 3.1.1 de este manual), podían ser explicados por la evocación de un esquema de permiso. Así, cuando a los sujetos se les presenta el siguien- te enunciado condicional: «Si una persona está bebiendo cerveza, entonces debe tener más de 18 años de edad», pueden aplicar un esquema que esta- blece que para que se lleve a cabo la acción de beber cerveza debe cumplir- se una condición previa (edad mínima exigida para beber alcohol).
Un esquema de permiso puede resumirse en un conjunto de cuatro re- glas de producción (Cheng y Holyoak, 1985, p. 397):
P1: Si la acción se lleva a cabo, entonces la precondición debe ser sa- tisfecha.
P2: Si la acción no se lleva a cabo, entonces la precondición no necesi- ta ser satisfecha.
P3: Si la precondición se satisface, entonces la acción puede llevarse a cabo.
P4: Si la precondición no se satisface, entonces la acción no debe lle- varse a cabo.
La regla «edad para beber» tiene la estructura de la regla 1: indica que, si alguien va a beber alcohol (acción), debe cumplir la condición previa (precondición) de tener la edad mínima (18 años).
Estas cuatro reglas de producción permiten derivar inferencias análo- gas a la implicación material de la lógica proposicional. En concreto, las reglas 1 y 4 tienen el mismo efecto que el modus ponens y el modus to- llens, respectivamente, y las reglas 2 y 3 bloquean, a su vez, las falacias de negación del antecedente y afirmación del consecuente (véase el capí- tulo 3 de este libro). Por tanto, cualquier problema que evoque el esque- ma de permiso facilitará las respuestas correctas en aquellas tareas rela- cionadas con la implicación material. Esto no significa que el esquema de permiso sea equivalente a la implicación material de la lógica proposicio- nal, ya que las reglas de un esquema no son sintácticas, como las de la ló- gica, sino sensibles al contexto.
Cheng y Holyoak llevaron a cabo tres experimentos en los que encontra- ron que los sujetos ejecutaban mejor la tarea de selección cuando la versión del problema les permitía evocar un esquema de permiso. Cheng, Holyoak, Nisbett y Oliver (1986) comprobaron que se producían diferentes patrones de respuesta ante versiones sintácticamente equivalentes de la tarea de se- lección. En concreto, los índices de respuestas correctas aumentaban sólo en aquellas versiones que posibilitaban la evocación de un esquema prag- mático. El entrenamiento en la utilización de esquemas facilitaba la correc- ta ejecución de los sujetos, incluso con la versión abstracta, mientras que el entrenamiento con reglas lógicas no mejoraba la ejecución.
Cheng y Holyoak (1986) se centraron en el estudio del esquema de obli- gación. Una obligación es una situación A (por ejemplo, encontrarse un se- máforo en rojo) que incurre en la necesidad de ejecutar la acción B (parar el coche). La diferencia fundamental entre un permiso y una obligación está en la relación temporal existente entre los dos términos de la regla con- dicional. En concreto, «en un permiso, la realización de una acción requie- re la satisfacción de una condición previa; mientras que en una obligación, una determinada situación requiere la ejecución de una acción posterior» (Cheng y Holyoak, 1985, p. 411).
Las reglas correspondientes al esquema de obligación son las siguientes (Holyoak y Cheng, 1995, p. 70):
O1: Si la precondición se satisface, entonces la acción debe llevarse a cabo.
O2: Si la precondición no se satisface, entonces la acción no necesita llevarse a cabo.
O3: Si la acción se lleva a cabo, entonces la precondición puede haber sido satisfecha.
O4: Si la acción no se lleva a cabo, entonces la precondición no debe haber sido satisfecha.
No todos los esquemas permiten llegar a las soluciones correctas de acuerdo con los cánones de la lógica formal. Por ejemplo, los esquemas cau- sales tienden a provocar con más frecuencia que el esquema de permiso de- terminadas falacias. Un esquema causal puede representarse de forma gené- rica como «si < causa > entonces < efecto >». En la medida en que un suceso se perciba como atribuido a una única causa, es posible que se lleve a cabo una inferencia en el sentido opuesto, del tipo «si < evidencia > entonces < conclusión >», lo que llevaría a la falacia de afirmación del consecuente. Por ejemplo: «Si el interruptor está pulsado, entonces la luz está encendida». Cheng y colaboradores (1986) no sólo encontraron apoyo empírico para la utilización de esquemas de razonamiento en problemas relacionados con regulaciones en permisos y obligaciones —regulaciones deónticas—, sino también en tareas de causalidad, covariación y correlación.