Aplicación de la ley n° 29618 en procesos judiciales que los usucapientes cumplen con los requisitosestablecidos en el artículo 950º del código civil
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(2) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Al. Dios. de. la. Biblia. por. permitirnos vivir cada día bajo su sombra y renovarnos todos los. n. días como las águilas. A ti sea la. ica ció. Gloria y la Honra, nuestro Señor. Gracias.. om un. A mi abnegada madre, Anita Otiniano Saavedra, a mi entrañable padre, Alberto. Araujo. Salazar,. y. a. mi. yC. hermana, Laura Araujo Otiniano, por el. apoyo. a. át ica. brindan. incondicional pesar. de. que. me. todos. los. problemas que nos acechan, por la. fo r. m. unión familiar que me llena de orgullo.. Atte. Ana Rosa Araujo Otiniano.. de. In. Gracias Eternas. Los amo mucho.. as. A mi madre, Celinda Leiva Almerí,. em. quien con su perseverancia me enseña. Si st. a luchar día a día por mis sueños, a mi padre,. Javier. Carranza. Ulloa,. por. de. demostrarme que las adversidades. n. siempre se superan, a mi hermana,. Di re cc. ió. July Carranza Leiva, por enseñarme a vivir con valentía, y a mi adorado ahijado Thiago, porque con su sonrisa ilumina. mi. vida.. Gracias. Infinitas.. Ustedes están siempre en mi mente y mi corazón. Atte. Lizeth Diana Carranza Leiva.. 2 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(3) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. ica ció. n. AGRADECIMIENTOS. A nuestro encomiable profesor y asesor, Mg. William Alfredo Matta Berrios, por su comprensión, por saber compartir su sabiduría desinteresadamente, por. om un. mostrarse amigo dentro y fuera de las aulas de clase. Por todo su compromiso. fo r. m. át ica. yC. con nosotras y con la Facultad de Derecho. Estamos muy agradecidas.. In. A todos nuestros profesores que nos forjaron, porque siempre sacaron lo mejor de nosotras y de todos sus alumnos con el altruista propósito de mejorar. de. la calidad educativa y ser líderes académicamente a lo largo y ancho del. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. as. territorio patrio.. 3 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(4) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. PRESENTACIÓN. n. SEÑORES MIEMBROS DEL JURADO:. ica ció. En cumplimiento a las disposiciones establecidas en el Reglamento para la Elaboración de Tesis para Optar el Título Profesional de Abogado de la. om un. Facultad de Derecho y Ciencias Políticas, de la Universidad Nacional de Trujillo, ponemos a vuestra consideración el trabajo de investigación titulado: “APLICACIÓN DE LA LEY N° 29618 EN PROCESOS JUDICIALES QUE USUCAPIENTES. CUMPLEN. CON. LOS. yC. LOS. REQUISITOS. át ica. ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 950º DEL CÓDIGO CIVIL” cuyo contenido constituye el desarrollo de la tesis.. fo r. m. La presente investigación tiene como propósito fundamental proteger el. In. derecho de los usucapientes que han cumplido con los requisitos establecidos por ley, como son: haber poseído por más de diez años en forma continua,. de. permanente, pacífica y a título de propietario un bien inmueble de dominio. as. privado del Estado antes de la vigencia de la Ley Nº 29618- Ley que establece. em. la presunción que el Estado es poseedor de los inmuebles de su propiedad y. Si st. que declara imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal; los mismos que al acudir al órgano jurisdiccional solicitando que se les declare. de. propietarios del bien inmueble que han venido poseyendo no han obtenido. ió. n. sentencia favorable por aplicación de la ley precitada.. Di re cc. La investigación consta de ocho capítulos, con los que pretendemos abarcar de manera sistemática los puntos más importantes de La Propiedad, Usucapión, Aplicación de la Ley en el tiempo, Bienes, Ley N° 29618. Conocedoras de la trascendencia del tema, es que se ha realizado un gran esfuerzo en la elaboración de la presente investigación, a fin de presentar un trabajo coherente y sistemático, plausible de correcciones ya que reconocemos que el debate no se ha cerrado y que el devenir de los estudios más. 4 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(5) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. especializados sobre el tema puede aclarar el rumbo de la investigación, que esperamos sirva de base para futuras investigaciones. Dejamos entonces, a vuestra consideración y acertado criterio, Señores Miembros del Jurado, la presente tesis, con el anhelo que el contenido de la. ica ció. n. misma, sea del suficiente interés como para ameritar el logro de su finalidad.. yC. om un. Trujillo, julio del 2016. Br. Lizeth Diana Carranza Leiva. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. as. de. In. fo r. m. át ica. Br. Ana Rosa Araujo Otiniano. 5 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(6) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. INFORME SOBRE ASESORAMIENTO DE LA TESIS “APLICACIÓN DE LA LEY N° 29618 EN PROCESOS JUDICIALES QUE LOS USUCAPIENTES CUMPLEN CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO. ica ció. n. 950º DEL CÓDIGO CIVIL”. SEÑOR DIRECTOR DE ESCUELA DE LA FACULTAD DE DERECHO Y. om un. CIENCIAS POLÍTICAS DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO:. yC. De mi especial consideración:. Me dirijo a Ud., con la finalidad de saludarlo cordialmente y manifestarle que,. át ica. en mi calidad de Profesor Asesor de la Tesis titulada: “APLICACIÓN DE LA. m. LEY N° 29618 EN PROCESOS JUDICIALES QUE LOS USUCAPIENTES. fo r. CUMPLEN CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO. In. 950º DEL CÓDIGO CIVIL”, presentada por las Bachilleres en Derecho y. de. Ciencias Políticas: Ana Rosa Araujo Otiniano y Lizeth Diana Carranza. as. Leiva; y de conformidad a lo prescrito por el Artículo 12º inciso c) del. em. “Reglamento para la Elaboración y Evaluación de la Tesis para obtener el. Si st. Título Profesional de Abogado”, tesis elaborada bajo mi asesoría, por lo que. de. debo precisar a continuación: 1. En el proyecto de investigación se expuso el problema base de ésta, así. ió. n. como la hipótesis, variables, objetivos y marco teórico, los cuales se ha. Di re cc. cumplido a cabalidad.. 2. Para el desarrollo de la presente se ha procedido al acopio de información, así como al procesamiento e interpretación conforme al método científico, inductivo, deductivo y técnicas de investigación científica requeridas.. 6 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(7) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 3. Asimismo, se deja constancia que las bachilleres investigadoras hallaron tanto en el A quo como A quem pronunciamientos disímiles, los cuales son materia de análisis y desarrollo en la presente investigación. 4. Finalmente, debo destacar que la elaboración de la presente tesis ha. ica ció. n. significado un gran esfuerzo y preocupación por parte de las bachilleres; por salvar las dificultades que implica investigar en este tema tan actual, y. om un. de significantes implicancias prácticas que acarrea el proceder de La Magistratura en todos sus ámbitos de competencia, es por este motivo que. yC. constituye un estudio importante que enfoca la problemática que se. át ica. desarrolla en torno a la afectación de la prescripción adquisitiva de dominio como real derecho de propiedad, en el caso de bienes de dominio privado. fo r. m. del Estado, a partir de la vigencia de la Ley N° 29618 defecto que afecta al. In. Ordenamiento Jurídico y primordialmente a la Constitución, precisamente,. de. por ser la posesión el real derecho que conduce a la propiedad, toda vez,. as. que la posesión es algo más que un medio de prueba de propiedad: es la. Si st. em. realidad misma de la propiedad. Por lo expuesto; considero que la presente Tesis. de. cumple con todos los requisitos exigidos para la investigación científica,. ió. n. habiéndose cumplido con los objetivos planteados en el proyecto; en. Di re cc. consecuencia, la presente investigación reúne las exigencias para ser sustentada y defendida por las bachilleres. Trujillo, julio del 2016. _____________________________ Mg. William Alfredo Matta Berrios Profesor Asesor. 7 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(8) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. RESUMEN. El presente trabajo de investigación titulado: “LAW ENFORCEMENT N° 29618 IN LEGAL PROCEEDINGS THAT ELIGIBLE USUCAPIENTES OF ARTICLE. n. 950° CIVIL CODE” se origina en la necesidad de proteger el derecho de los. ica ció. usucapientes que han cumplido con los requisitos antes de la vigencia de dicha ley, requisitos que se encuentran establecidos en el Artículo 950° del Código. om un. Civil, así como también se origina en conocer los alcances en el tiempo, ello en razón a que en la actualidad existen pronunciamientos antagónicos respecto a. yC. su aplicación.. Por una parte, tenemos aquellos fallos en los que se resuelve inaplicar la ley,. át ica. en consecuencia, otorgan el derecho de propiedad a aquellos usucapientes que han cumplido con los requisitos establecidos en el Código Civil antes de la. fo r. m. vigencia de la Ley N° 29618, manifestando que las sentencias al tener naturaleza declarativa y, a su vez, ordenando su inscripción en Registros. In. Públicos, bajo el fundamento, que dicho derecho se encuentra ganado a través. de. del transcurso del tiempo y únicamente se recurre al órgano jurisdiccional para. as. una declaración, así también señalan que al haberse configurado la situación. em. jurídica con anterioridad a la Ley N° 29618 en consecuencia no vulnera la. Si st. teoría de los hechos cumplidos. Por otro lado, tenemos al otro sector minoritario, que señalan que a partir de la. de. vigencia de la Ley N° 29618 no se puede otorgar el derecho de propiedad a. n. ningún usucapiente sobre los bienes de dominio privado del Estado, pues. Di re cc. ió. hacerlo implicaría atentar contra la ley misma, inclusive señalan que dicha pretensión se constituye como un imposible jurídico por lo que es causal de improcedencia liminar de la demanda. En consecuencia, la importancia de la presente investigación radica en la necesidad de proteger el derecho de los usucapientes que han cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 950º del Código Civil, antes de la vigencia de dicha ley pues conforme se aprecia en los procesos judiciales. 8 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(9) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. materia de análisis habría una colisión en los mismo debido a que se resuelve aplicar la Ley Nº 29618 mientras en otros casos se resuelve inaplicarla. Finalmente señalamos que, la presente investigación nos permitirá confirmar o rechazar nuestra hipótesis planteada; y al mismo tiempo, servirá de precedente. n. a futuras investigaciones, a fin de superar lo hasta aquí logrado. La. ica ció. investigación queda abierta.. Palabras Claves: Prescripción Adquisitiva de Dominio, Propiedad, Ley N°. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. as. de. In. fo r. m. át ica. yC. om un. 29618. 9 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(10) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. ABSTRAC This. research. USUCAPIENTES. paper. entitled. "LAW. REQUIREMENTS. ENFORCEMENT. TO. BE. FULFILLED. IN. 29618 BEFORE. PRESCRIBING ITS EFFECTIVENESS IN THE JUDICIAL PROCEEDINGS IN. ica ció. n. THE PROVINCE OF TRUJILLO 2008-2015" originates from the need to establish uniform on the implementation of Law No. criteria ° 29618 in the current legal proceedings in the Superior Court of Justice of La Libertad on. om un. adverse possession in those possessor who have met the requirements for prescribe prior to the effective date of this law, requirements are set out in. yC. Article 950 of the Civil Code, as well as originates in knowing the scope in time, that the reason that there are currently conflicting statements regarding its. át ica. application.. m. On the one hand we have those Judges involving the law and grant property. fo r. rights to those Law enforcement who have met the requirements set by law. In. before the effective date of Law No. 29618 Act, stating that the sentences to be. de. declaratory in nature, the right it is gained through the course of time and only. as. resort to court for a declaration, and also note that the legal situation to be. em. configured prior to Law No. 29618 therefore does not violate the theory of faits. Si st. accomplis.. de. On the other hand we have another minority sector, they said that since the entry into force of Law No. 29618 Law can not be granted property rights to any. ió. n. Law enforcement on the property of private State, to do so would violate the law. Di re cc. same, including point out that that claim is established as a legal impossible so it is causal of inappropriateness liminal demand. Consequently, the importance of this research lies in the possibility of unifying these positions, since to clarify matters adverse possession of property in the private domain of the state there is no legal certainty, being that the individual is at the expense of criterion assume the judge to decide their cause.. 10 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(11) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Finally we note that this research will allow us to confirm or reject our hypothesis; and at the same time serve as a precedent for future research, to overcome the far achieved. The investigation remains open!. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. as. de. In. fo r. m. át ica. yC. om un. ica ció. n. Keywords: Prescription purchasing domain, property, Law 29618. 11 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(12) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. INDICE PARTE I PLAN DE INVESTIGACION 17. 2. MOTIVACIÓN Y FUNDAMENTOS. 18. n. 1. REALIDAD PROBLEMÁTICA. 18. ica ció. 1.1 Motivación 1.2 Fundamentación. 18. 3. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA. 19. om un. 3.1 Antecedentes . Desde el punto de vista jurídico. . Desde el punto de vista social. yC. 3.2 Justificación. 3.3 Enunciado del Problema. át ica. 3.3.1. VARIABLES - Variable Independiente. m. - Variable Dependiente. fo r. 4. HIPÓTESIS 5. OBJETIVOS. In. 5.1 General. de. 5.2 Específicos. 6. DISEÑO DE INVESTIGACIÓN:. 19 21 21 21 21 22 22 22 22 22 22 22 23 23. 6.2 Métodos y Técnicas. 23. em. as. 6.1 Material de estudio:. Si st. 7. DISEÑO DE EXPERIENCIA O PROCEDIMIENTO 8. PROCESAMIENTO DE INFORMACIÓN. 24 25 25. 2) Muestra. 25. 3) Muestreo. 25. 4) Estadística aplicativa. 26. ió. n. de. 1) Población. Di re cc. 9. DISEÑO DE CONTRASTACIÓN. 26. PARTE II. MARCO TEÓRICO CAPITULO I: LA PROPIEDAD. 28. 1. ETIMOLOGÍA. 28. 2. DEFINICIÓN DEL DERECHO A LA PROPIEDAD. 28. 3. ATRIBUTOS DEL DERECHO DE PROPIEDAD. 29. a) Usar. 29. b) Disfrutar o gozar. 30. 12 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(13) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. c) Disponer. 30. d) Reivindicar. 30. 4. CARACTERÍSTICAS. 30 30. 2) Independencia. 31. 3) Abstracción. 31. 4) Elasticidad. 31. ica ció. n. 1) Generalidad. 5. ELEMENTOS. 31. a) Sujeto o titular. 32. 32. om un. b) Objeto c) La relación jurídica 6. MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD. yC. 1) Originarios 2) Derivados o derivativos. át ica. 7. EL DERECHO DE LA PROPIEDAD EN LA CONST. POLÍTICA DE 1993 CAPITULO II: LA USUCAPIÓN 1. ANTECEDENTES HISTÓRICOS. 32 32 32 33 33 36 37. 3. CONCEPTO. 37. 4. EFECTOS. de. a) Adquisición de la propiedad. In. fo r. m. 2. NATURALEZA JURÍDICA DE LA USUCAPIÓN. 38 39 39. c) Cargas que gravan el inmueble prescrito. 39. d) Subsistencia de las acciones personales. 40. 5. CLASIFICACIÓN. em. as. b) Retroacción de la usucapión. Si st. 6. USUCAPIÓN LARGA DE BIENES INMUEBLES. 40 41. Posesión Continua o Ininterrumpida. 41. -. Posesión Pacífica. 42. -. Posesión Pública. 42. -. La posesión a título de propietario. 43. El juez y al Prueba del Animus Domini. 43. -. Presunción de Posesión Intermedia. 44. -. Unión de las Posesiones. 45. -. Interrupción y suspensión de la prescripción adquisitiva. 45. Di re cc. -. ió. n. de. -. 7. FINALIDAD DE LA USUCAPIÓN. 45. 8. LA USUCAPIÓN EN NUESTRO ORDENAMIENTO JURÍDICO. 45. -. Inscripción de la Sentencia. 46. -. La Usucapión y el Registro. 47. -. La Usucapión Impide la Reivindicación. 48. 13 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(14) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 9. NATURALEZA DE LA SENTENCIA DE USUCAPIÓN. 49. -. Sentencia Declarativa de Derechos. 50. -. Sentencia Constitutiva de Derecho. 50. -. Sentencia de Condena. 50. -. La Sentencia que declara la Usucapión tiene Naturaleza Declarativa. 51 54. 1. TEORÍAS. 54. ica ció. n. CAPITULO III: APLICACIÓN DE LA LEY EN EL TIEMPO A.- La Teoría de los Derechos Adquiridos. 54. B.- La Teoría de los Hechos Consumados o Cumplidos. 54. 55. om un. 2. POSICIÓN DE LA LEGISLACIÓN PERUANA CAPITULO IV: BIENES 1. CONCEPTUALIZACIÓN. yC. 2. CARACTERÍSTICAS a. Pertenecen al mundo exterior. át ica. b. Utilidad c. Accesibilidad 3. CLASIFICACIÓN. m. 3.1. Corporales e incorporales. de. 3.4. Divisibles e indivisibles. In. 3.3. Consumibles y no consumibles. fo r. 3.2. Fungibles y No Fungibles. 3.5. Presentes y futuros. 60 60 61 61 61 61 62 62 62 63 63 64 64. 3.7. Simples y Compuestos. 64. 3.8. Principales y Accesorios. 65. 3.9. En Relación a las personas. 65. Si st. em. as. 3.6. Identificables y no identificables. 66. CAPITULO V: BIENES DEL ESTADO. 67. 1. INTRODUCCIÓN. 68. 2. BIENES DE DOMINIO PÚBLICO DEL ESTADO. 69. ió. n. de. 4. Clasificación de los bienes en el Código Civil. 69. 2.2. Naturaleza Jurídica. 71. 2.3. Caracteres Jurídicos. 72. Di re cc. 2.1. Conceptualización. 2.3.1. La inalienabilidad. 72. 2.3.2. La inembargabilidad. 73. 2.3.3. La imprescriptibilidad. 74. 2.4. Su Afectación y Desafectación. 74. I. Afectación. 74. II. Desafectación. 75. 14 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(15) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 2.5. Los Bienes de Dominio Público en el Código Civil. 75. 3. Bienes de Dominio Privado del Estado. 76. 1.1. Conceptualización. 76. 1.2. Naturaleza Jurídica. 77. 1.3. Caracteres Jurídicos. 78 78. B. Pueden ser embargables. 78. C. Son usucapibles. ica ció. n. A. Son enajenables. 78. CAPITULO VI: COMENTARIOS A LA LEY N° 29618. 81. om un. CAPITULO VII: PRESENTACIÓN Y DISCUSIÓN DE RESULTADOS SUBCAPÍTULO I: Entrevistas SUBCAPITULO II: Sentencias. yC. SUBCAPÍTULO III: Discusión de Resultados. 84. 85 92 128 137. CONCLUSIONES. 138. át ica. CAPITULO VIII: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES RECOMENDACIONES REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS. 140. m. ANEXOS. 139. Anexo 01: Ley Nº 29618. -. Anexo 02: Ley Nº 29151. -. Anexo 03: Reglamento de La Ley Nº 29151. -. Anexo 04: Modelo de Encuesta. -. Anexo 05: Sentencias del Expediente Judicial N° 693-2011. -. Anexo 06: Sentencias del Expediente Judicial N° 422-2009. -. Anexo 07: Sentencias del Expediente Judicial N° 3821-2011. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. as. de. In. fo r. -. 15 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(16) át ica. yC. om un. ica ció. n. Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. PARTE I:. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. as. de. In. fo r. m. PLAN DE INVESTIGACION. 16 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(17) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 1. REALIDAD PROBLEMÁTICA El presente trabajo de investigación se origina en el análisis de 10 procesos judiciales tramitados en la Corte Superior de Justicia de La Libertad,. apreciándose en los fallos de primera instancia que en 6. procesos se resolvió inaplicar la Ley Nº 29618, y en consecuencia,. ica ció. n. declaran el derecho de propiedad por prescripción adquisitiva de dominio respecto a bienes inmuebles de dominio privado estatal a aquellos usucapientes han cumplido con los requisitos establecidos en el. om un. artículo 950º del Código Civil, mientras que en otros procesos se resuelve aplicar la Ley Nº 29618 ya que al entrar en vigencia la referida. yC. ley con fecha 25 de noviembre del 2010 está rige para todos los hechos. át ica. que ocurran durante su vigencia.. Asimismo, en los fallos de segunda instancia se aprecia que en algunos. m. procesos se resolvió inaplicar la Ley Nº 29618 y en consecuencia. fo r. declararon propietarios por prescripción adquisitiva de dominio a los. In. usucapientes que han cumplido con los requisitos establecidos en el. de. artículo 950º del Código Civil antes de la vigencia de la Ley Nº 29618,. as. sin embargo, en otros procesos se resolvió aplicar la referida ley ya que. em. la misma establece la presunción que el Estado es poseedor de los inmuebles de su propiedad, así como la imprescriptibilidad de dichos. Si st. bienes, por lo tanto está prohibido declarar la prescripción adquisitiva de. de. dominio a favor de particulares de bienes del estado de dominio privado. ió. n. pues hacerlo significaría ir contra el texto expreso de la citada ley.. Di re cc. Bajo este contexto, surge la preocupación de las tesistas de resguardar el derecho de propiedad de aquellos usucapientes que han cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 950º del Código Civil, antes de la vigencia de la Ley Nº 29618 debido a que en algunos casos se les. deniega su derecho de propiedad por encontrarse en vigencia la Ley Nº 29618 sin tener en cuenta que la sentencia de prescripción adquisitiva es de naturaleza declarativa y por tanto los justiciables recurren ante el órgano jurisdiccional con el fin que se verifique que han cumplido con. 17 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(18) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. todos los presupuestos exigidos por el artículo 950º del Código Civil y en consecuencia se les declare su derecho de propiedad 2. MOTIVACIÓN Y FUNDAMENTOS:. ica ció. n. 2.1. Motivación. El interés por el presente trabajo proviene por proteger el derecho de los usucapientes que han cumplido con los requisitos establecidos por ley,. om un. como son: haber poseído por más de diez años en forma continua, permanente, pacífica y a título de propietario un bien inmueble de uso. yC. privado del Estado antes de la vigencia de la Ley Nº 29618- Ley que establece la presunción que el Estado es poseedor de los inmuebles de. át ica. su propiedad y que declara imprescriptibles los bienes inmuebles de dominio privado estatal; los mismos que al acudir al órgano jurisdiccional. m. solicitando que se les declare propietarios del bien inmueble que han. fo r. venido poseyendo no han obtenido sentencia favorable por aplicación de. de. In. la ley precitada.. as. 2.2. Fundamentación. em. El presente trabajo de investigación se fundamenta en que los usucapientes han acudido al órgano jurisdiccional solicitando se les. Si st. declare propietarios del bien inmueble de dominio privado del Estado. de. toda vez que han venido poseyendo en forma continua, permanente, pacífica y a título de propietario por más de diez años, siendo que ante. ió. n. dichas causas alegando la aplicación del artículo 2º de la Ley Nº 29618,. Di re cc. (vigente desde el 24 de noviembre del 2010) el cual establece que: “Declárese la imprescriptibilidad de los bienes inmuebles de dominio privado estatal” se han desestimado dichas pretensiones, sin considerar que en dichos procesos el justiciable ha cumplido con los requisitos de ley para prescribir antes de la vigencia de cuestionada norma. Nuestro estudio, incluye lo actuado en el Exp. 422-2009, seguido ante el Juzgado Mixto Transitorio de la Esperanza, causa en la que mediante. 18 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(19) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. sentencia de vista contenida en la resolución número dieciséis, de fecha 11.03.2015 la Primera Sala Civil de la CSJLL resuelve confirmar la resolución número dieciséis, que declara improcedente la demanda, teniendo como fundamento principal de su pronunciamiento considerar que la Ley N° 29618, debe aplicarse desde el día siguiente de su. ica ció. n. publicación conforme lo establece claramente el artículo 103° de la Constitución Política del Perú, por cuanto con la vigencia de la nueva ley, el órgano jurisdiccional está prohibido declarar la prescripción. om un. adquisitiva de dominio a favor de los particulares de bienes del Estado de Dominio Privado, hacerlo significaría ir contra el texto expreso de la. yC. citada ley, en consecuencia señala que lo pretendido por el actor es un imposible jurídico puesto que tratándose de un bien inmueble estatal de. át ica. dominio privado resulta ser imprescriptible, lo que significa que la demanda se subsume dentro del supuesto de improcedencia regulado. m. en el inciso 6° del artículo 427° del Código Procesal Civil por contener. In. fo r. una pretensión jurídicamente imposible.. de. Siendo esto así, en el fallo acotado se aprecia que mediante sentencia de vista resuelven no otorgar el derecho de propiedad al justiciable, ello. as. en razón al estricto cumplimiento de la Ley N° 29618, no evaluando si. em. cumple o no con los requisitos establecidos por ley para prescribir el bien. Si st. materia de litis.. de. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA:. n. 3.. Di re cc. ió. 3.1.. Antecedentes. En el contexto actual aún no se ha apreciado algún trabajo que verse exclusivamente sobre la aplicación de la Ley N° 29618 en procesos judiciales que los usucapientes cumplieron con los requisitos para prescribir antes de su vigencia, pero existen investigaciones precedentes: ARCE ROMERO, William (2010), presentó la investigación titulada: “La Inconstitucionalidad de la Ley N° 28687 Ley del. 19 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(20) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. desarrollo. y. complementaria. de. Formalización. de. la. Propiedad Informal”, la que le ha permitido obtener el Título Profesional de Abogado en la Universidad Privada Antenor Orrego. En esta investigación el autor ha llegado a la conclusión que: “El Derecho a la propiedad está resguardado por diversas. ica ció. n. normatividades, internacionales y nacionales, en nuestro caso especial por la Constitución Política del Perú en sus Artículos 2 inciso 16 y 70; asi mismo el Código Civil y otras leyes que han. om un. dotado al operador de derecho de diferentes facultades a fin de resguardar el derecho fundamental de la propiedad, no debiendo. yC. permitirse la transgresión de los derechos de las personas,. át ica. porque atentaría contra el Estado de Derecho”. PUERTAS FIGALLO, Juan C. (2011), quien hace un aporte a. través. de. su. investigación. denominada. m. importante. fo r. “Comentarios sobre la Prescripción de los Bienes del. In. Estado”, en la Revista Jurídica del Perú. En esta investigación el. de. autor ha llegado a la conclusión que: “Los Bienes de dominio privado del Estado puede ser materia de prescripción, para lo cual. as. el Juez correspondiente deberá aplicar el control constitucional. em. difuso a fin de que se pronuncie inaplicando el artículo 2 de la Ley. Si st. N° 29618 y aplique el artículo 73 de la Constitución Política”.. de. QUEYPO JULCA, ANDRÉS JEAN GEORGE (2014), presentó la. Di re cc. ió. n. investigación titulada: “Imprescriptibilidad de los Bienes Inmuebles de Dominio Privado Estatal Según el Artículo 2 de la Ley 29618 frente a la vulneración del Artículo 73 de la Constitución de 1993”, la que le ha permitido obtener el Título Profesional de Abogado en la Universidad Privada Antenor Orrego, investigación en la que considera oportuno proponer la modificatoria del artículo 2° de la Ley N° 29618, señalando que debería redactarse de la siguiente manera: “Declárese la prescriptibilidad, sobre los bienes inmuebles de dominio privado estatal, encontrándose legitimados los interesados, para ejercer el. 20 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(21) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. derecho a la Prescripción Adquisitiva de Dominio, en cuanto cumplan. con. los. requisitos prescritos,. por. la. legislación. respectiva”, que merece una apreciación más detallada por sus diversos estudios acerca de la prescripción de los bienes del Estado y específicamente en su esfuerzo por comentar decisiones. ica ció. n. jurisdiccionales sobre los bienes inmuebles del Estado, motivo por el que se constituye como punto de partida para la investigación. Justificación. yC. 3.2.. om un. propuesta.. Desde el punto de vista jurídico:. át ica. La presente investigación aportará mayor conocimiento jurídico sobre la aplicación de la Ley N° 29618 “Ley que establece la. fo r. m. presunción de que el Estado es poseedor de los inmuebles de su propiedad y declara imprescriptibles los bienes inmuebles de. In. dominio privado estatal”; así mismo, esta investigación será útil. em. as. de. para delimitar los alcances en el tiempo de la referida ley.. Si st. Desde el punto de vista social: La presente investigación se justifica, porque desarrolla un tema. de. de gran impacto social ya que es importante para la colectividad. Di re cc. ió. n. que los órganos jurisdiccionales apliquen o inapliquen la Ley Nº29618 analizando los casos en concreto.. 3.3.. Enunciado del Problema:. ¿En qué medida la aplicación de la ley N° 29618 vulnera el derecho del usucapiente que ha cumplido los requisitos exigidos para prescribir antes de su vigencia, en los procesos judiciales en la Provincia de Trujillo periodo 2008-2015?. 21 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(22) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 3.3.1. VARIABLES - Variable Independiente: aplicación de la ley N°29618 - Variable Dependiente: vulneración al derecho del usucapiente que ha cumplido los requisitos exigidos para prescribir, en los. Hipótesis:. om un. 4.. ica ció. n. procesos judiciales en la Provincia de Trujillo periodo 2008-2015.. La aplicación de la ley N°29618 vulnera el derecho del usucapiente que ha cumplido los requisitos exigidos para. yC. prescribir antes de su vigencia, en los procesos judiciales en la. át ica. Provincia de Trujillo periodo 2008-2015 en la medida que restringe el ejercicio del derecho de propiedad de los particulares al. . General:. de. 5.1.. fo r. OBJETIVOS:. In. 5.. m. interponer la usucapión.. Determinar en qué medida la aplicación de la ley N° 29618. as. vulnera el derecho del usucapiente que ha cumplido los requisitos. em. exigidos para prescribir antes de su vigencia, en los procesos. Específicos:. de. 5.2.. Si st. judiciales en la Provincia de Trujillo periodo 2008-2015.. . Demostrar que la naturaleza jurídica de la usucapión es. Di re cc. ió. n. netamente declarativa, así como también es necesario su. . inscripción en Registros Públicos. Determinar que la Ley Nº 29618 no tiene efectos retroactivos, siendo su aplicación de pleno derecho.. . Determinar la incidencia negativa de fallos disimiles en materia de prescripción adquisitiva de bienes inmuebles de uso privado del Estado en la CSJLL en el período 2008-2015.. 22 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(23) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 6. DISEÑO DE INVESTIGACIÓN: 6.1.. Material de estudio:. Jurisprudencia: Para conocer el argumento y posición de la. -. Judicatura Nacional. ica ció. tratamiento jurídico del derecho de los usucapientes.. n. Legislación Nacional: Para analizar la normatividad con respecto al. -. Doctrina: Para conocer los basamentos fácticos y jurídicos de los. -. juristas en torno a la naturaleza jurídica, características, procedencia. om un. y tramitación de la prescripción adquisitiva de dominio.. Revistas Jurídicas: para conocer la actualidad sobre la prescripción. -. yC. adquisitiva de dominio de bienes privados del Estado.. 6.2.. át ica. Tesis de pregrado: sobre Bienes del Estado.. -. Métodos y Técnicas. m. 6.2.1 Métodos. fo r. Método Inductivo–Deductivo: Será utilizado para obtener las. -. In. conclusiones del trabajo de investigación, que vienen a ser las. de. generalizaciones de los datos obtenidos. Método Hermenéutico-Jurídico: Será usado en la interpretación de. as. -. em. los textos legales, con la finalidad de esclarecer el significado de las normas jurídicas.. Si st. Método Sistemático Jurídico: Servirá para entender cuando. -. -. de. corresponde o no aplicar la Ley Nº 29618. Método Analítico-Sintético: Será aplicado en la ejecución de la. Di re cc. ió. n. presente investigación de manera global; ya que nos permitirá. -. analizar la bibliografía necesaria y posteriormente sintetizar el tema materia del presente proyecto. 6.2.2 Técnicas: Técnica de Acopio Documental: Se aplicará la obtención de la información doctrinaria y legislativa.. 23 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(24) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Técnica de Fichaje: Será utilizada en la recolección de la. -. información necesaria para culminar el presente trabajo. Técnica de la Interpretación Normativa: Se aplicará en el análisis e. -. interpretación de las normas jurídicas, principios y garantías relativos al tema materia de investigación. Técnica de Entrevista: Se entrevistará a los Jueces de la CSJLL. ica ció. n. -. para saber sus apreciaciones acerca de la declaración del derecho de propiedad sobre bienes privados del estado, estando en vigencia. om un. la Ley Nº 29618.. Técnica de Encuestas: Se consultara por su opinión a profesionales. -. yC. de Derecho en temas referentes a la declaración del derecho de propiedad sobre bienes privados del Estado, con la vigencia de la. át ica. Ley Nº 29618.. m. 7. Diseño de Experiencia o Procedimiento:. fo r. La investigación precisa seguir una secuencia lógica de análisis y. In. confrontación de conceptos legales referidos a la prescripción adquisitiva. de. de dominio de bienes privados del Estado, encontrándose en vigencia la. as. Ley N°29618; lo cual, se logrará atendiendo al siguiente esquema: En Primer Lugar, analizar los fallos emitidos por la CSJLL respecto a. em. . Si st. la prescripción adquisitiva de dominio sobre bienes privados del Estado, encontrándose en vigencia la Ley Nº 29618. En segundo lugar, se estudiarán las diversas posiciones legales. de. . n. nacionales sobre el tema a investigar, así como, se estudiará la. Di re cc. ió. doctrina relativa al tema de investigación.. . En tercer lugar, se realizará la confrontación de los conceptos, fundamentos y principios doctrinarios, y legislación revisada referente al tema objeto de investigación, a fin de demostrar que al aplicar la Ley Nº 29618 se vulnera el derecho de propiedad de los usucapientes que han cumplido con los requisitos exigidos por ley para prescribir, antes de la vigencia de la citada ley.. 24 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(25) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 8. Procesamiento de información: 1) Población Resoluciones emitidas por los Jueces de los siete Juzgados Civiles y tres Salas Civiles del Distrito Judicial de la Libertad durante los años. ica ció. n. 2008-2015, respecto a la aplicación de la Ley 29618-“Ley que establece la presunción que el Estado es poseedor de los inmuebles de su propiedad y que declara imprescriptibles los bienes inmuebles. om un. de dominio privado Estatal”.. yC. 2) Muestra. De un total de 40 sentencias emitidas por los Jueces de los Juzgados. át ica. Civiles y Salas Civiles del Distrito Judicial de La Libertad durante los años 2008 -2015, hemos seleccionado el 25%, siendo que en dichos. fo r. In. las instancias recurridas.. m. pronunciamientos se ha realizado el seguimiento correspondiente en. de. 3) Muestreo. as. El procedimiento del muestreo es bietápico, debido a que la selección. em. de la muestra se ha realizado en dos etapas secuenciales.. Si st. PRIMERA ETAPA. SEGUNDA ETAPA la. segunda. etapa. hemos. de. Dirigida a un número selecto de En. personas, debido al dominio que procedido a aplicar la técnica de. Di re cc. ió. n. tienen acerca de las instituciones recopilación documental, es así que de usucapión y bienes de dominio hemos obtenido diez sentencias de del Estado. En ese sentido hemos la CSJLL en el periodo 2008-2015, entrevistado a los Jueces Civiles con las instancias correspondientes, de la CSJLL a fin de conocer sus a fin de conocer la fundamentación posiciones.. de sus posiciones.. 25 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(26) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 4) Estadística aplicativa Toda la información o datos que se puedan obtener respecto a la prescripción de los bienes inmuebles de dominio privado del Estado en el presente trabajo de investigación, serán procesados y. ica ció. n. distribuidos en cuadros y gráficos estadísticos para una mejor presentación y explicación.. yC. om un. 9. Diseño de Contrastación:. Y. át ica. X. In. de. X: es Variable Independiente. fo r. m. En donde:. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. as. Y: es Variable Dependiente. 26 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(27) át ica. PARTE II:. yC. om un. ica ció. n. Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. fo r. m. MARCO TEÓRICO. de. In. CAPITULO I. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. as. LA PROPIEDAD. 27 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(28) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. CAPITULO I LA PROPIEDAD. 1.. Etimología. ica ció. n. El término propiedad1 procede del término latino proprietas, que deriva de propium y que puede traducirse como “lo que pertenece a una persona”, “lo que es propio de ella”; este vocablo a su vez, procede de. om un. prope, cerca, indicando en su acepción más general una idea de. yC. proximidad y adherencia entre los bienes.. Asimismo, en su acepción restringida o técnica, la propiedad viene a ser. át ica. un derecho real que puede ser entendido de dos maneras: por un lado, recae sobre todo tipo de bienes, así los materiales (los clásicos, creían. m. que solo era sobre corporales) como los inmateriales. Y, por otra parte- y. fo r. aquí se diferencia nítidamente de los otros derechos reales, confiere a. as. de. In. su titular un goce o señorío pleno sobre los bienes”2.. Definición del Derecho de la Propiedad. em. 2.. Si st. El jurista Manuel Osorio3 precisa que el derecho a la propiedad es la. de. “facultad legitima de gozar y disponer de una cosa con exclusión del arbitrio ajeno y de reclamar su devolución cuando se encuentra. Di re cc. ió. n. indebidamente en poder de otro”. Asimismo, Jorge Eugenio Castañeda manifiesta que “la propiedad es el derecho de gozar y disponer libremente de nuestras cosas en cuanto las. 1. RAMÍREZ CRUZ, Eugenio M. Tratado de Derechos Reales/Tomo II Propiedad-Copropiedad. Editorial RODHAS. 2004. p. 79. 2. Idem Cita 1. 3. OSORIO, Manuel. Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales. Editorial Heliasta 2010. p. 810. 28 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(29) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. leyes no se opongan”4; y, Arturo Valencia Zea señala que: “la propiedad privada es, pues, el dominio libre y total de la voluntad de una persona sobre cualquier medio o instrumento de producción, sobre todos los bienes que se produzcan, sobre las mismas producciones de la inteligencia y sobre la fuerza de trabajo de los trabajadores que se. ica ció. n. compra por un salario.”5. Manuel Peña Bernaldo de Quirós nos dice que “la propiedad se puede. om un. definir como el derecho real cuyo ámbito de poder comprende, en principio, todas las facultades posibles sobre la cosa”6. Por lo que,. yC. podríamos concluir que el derecho a la propiedad es el derecho real por excelencia pues concede al tenedor del derecho la mayor cantidad de. át ica. todos los atributos que sirven para ingerir sobre una cosa determinada. Atributos del Derecho de Propiedad. fo r. m. 3.. In. El artículo 923° del Código Civil vigente establece lo siguiente: “La. de. propiedad es el poder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y. as. reivindicar un bien. Debe ejercerse en armonía con el interés social y. em. dentro de los límites de la ley”, siendo así, el jurista Max Arias Schereiber Pezet7 conceptualiza los atributos o facultades de la. de. Si st. propiedad, de la siguiente manera: a) Usar:. Di re cc. ió. n. También denominado “IUS ABUTENDI”, atributo “en virtud del cual el propietario utiliza el bien de conformidad con su naturaleza o destino.. 4. CASTAÑEDA, Jorge Eugenio. Los Derechos Reales. Tomo I. Imprenta de la Universidad nacional de San Marcos. Lima, Perú, 1973. p. 202 5. VALENCIA ZEA, Arturo. Origen, Desarrollo y Crítica de la Propiedad Privada. Bogotá- Colombia. 1982. p. 313. 6. PEÑA BERNARDO DE QUIROS, Manuel. Derechos Reales. Derecho Hipotecario. Madrid. 1986. p. 98.. 7. SCHEREIBER PEZET, Max Arias. Exegesis del Código Civil Peruano de 1984. Tomo II. Gaceta Jurídica S.A. Lima-Perú. 2006. p. 178.. 29 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(30) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Este atributo presupone, desde luego, el derecho de poseer o ius posidendi pues es la manera como el propietario ejercita los demás atributos y sin ella no puede beneficiarse del bien”. b) Disfrutar o gozar:. ica ció. n. Atributo denominado “IUS FRUENDI” por el cual “el dueño obtiene para sí el aprovechamiento del bien, se trate de sus frutos como de. om un. sus productos e incluye su consumo, cuando el bien es consumible”. c) Disponer:. yC. También denominado “IUS ABUTENDI” que “es el más caracterizado y típico de los atributos del dominio dado que el uso y el goce son. disposición. tanto. material. át ica. actos de administración por cuya virtud el dueño tiene la libertad de como. jurídica,. consumiéndolos,. fo r In. oneroso o gratuito”.. m. afectándolos, desmembrándolos o desprendiéndose de ellos a título. de. d) Reivindicar:. as. Este atributo también denominado “IUS VINDICANDI” implica “que el. em. propietario recurra a la justicia reclamando el objeto de su propiedad y evitando la intromisión de un tercero ajeno a derecho (ej.. Si st. Recuperación de un bien, reconocimiento de la propiedad, etc.)”. Es. de. necesario mencionar que, el artículo 927 del Código Civil establece. Características. Di re cc. 4.. ió. n. que la acción de reivindicación del propietario es imprescriptible.. 1). Generalidad:. Expresa la amplitud del poder que confiere la propiedad susceptible de abarcar todas las utilidades de una cosa.. 30 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(31) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 2). Independencia:. Indica que es un poder autónomo que existe sin apoyarse en ningún otro derecho. 3). Abstracción:. ica ció. n. Es decir, que existe con independencia de las facultades que comprende. Asimismo, a mayor entendimiento citamos lo establecido por Eugenio Ramírez8 quien refiere que “el derecho a la propiedad es. om un. abstracto porque comprende todas las facultades y atributos jurídicos. 4). yC. (uso, goce, disposición, etc) posibles que, sobre el bien, tiene el dueño”.. Elasticidad:. át ica. Significa que puede comprimirse al separar algunas de sus facultades, pero que apenas se extinguen esos derechos limitativos de la propiedad. m. se reintegran al mismo dichas facultades por la fuerza de atracción que. fo r. tiene: por ejemplo, en el contrato de arrendamiento, pierde el propietario. Elementos. de. em. 5.. as. dicho acto jurídico.. In. arrendador el uso temporal del bien, recuperándolo por la extinción de. Si st. Conforme lo ha señalado la doctrina más autorizada - citándose al efecto. de. al doctor Eugenio M. Ramírez Cruz9, los elementos del derecho a la. Di re cc. ió. n. propiedad son los siguientes:. 8. RAMÍREZ CRUZ, Eugenio M. Tratado de Derechos Reales/Tomo II Propiedad-Copropiedad. Editorial RODHAS. 2004. p. 108.. 9. RAMÍREZ CRUZ, Eugenio M. Tratado de Derechos Reales/Tomo II Propiedad-Copropiedad. Editorial RODHAS. 2004. p. 115.. 31 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(32) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. a) Sujeto o titular: Es la persona individual (natural) o colectiva (jurídica). No es dable hablar de sujeto activo pues ello supondría que existe un sujeto pasivo.. ica ció. n. b) Objeto:. Son objeto de la propiedad todos los bienes materiales (Son todos los bienes no solo corporales, sino percibibles por los sentidos, sean. om un. muebles o inmuebles.) como inmateriales (Son los bienes no tangibles, en buena cuenta los derechos. Ello no solo se infiere del. yC. término bien, vocablo amplio que comprende por igual a los objetos materiales como a los inmateriales, que una nuestro código en su. át ica. artículo 923,) que existen en el mundo exterior, con tal que sean apropiables, es decir, que estén en el comercio jurídico de los. fo r. m. hombres.. In. c) La relación jurídica:. de. Es el poder o facultad que se confiere al sujeto o titular respecto al. as. bien, el mismo que resulta de la relación o vinculación jurídica entre. Si st. em. ambos (sujeto-bien).. Modos de Adquirir la Propiedad. de. 6.. 1) Originarios10.- son aquellos en los cuales el adquirente de este. Di re cc. ió. n. derecho real, no los recibe de su anterior propietario, esto es no interviene la voluntad de otra persona, y son la Accesión y la Prescripción Adquisitiva de dominio (Art. 938º y 950º del Código Civil).. 10. UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO. Congreso Internacional Bodas de Plata del Código Civil de 1984. 1º Edición. Impresiones Gráficas J&L E.I.R.L. Trujillo. 2010. p.157. 32 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(33) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 2) Derivados o derivativos11.- son aquellos en que el derecho de propiedad se adquiere de un antiguo o anterior propietario, ya sea por contrato o por sucesión hereditaria. El derecho de la Propiedad en la Constitución Política de 1993. ica ció. n. 7.. El derecho a la propiedad se encuentra regulado en varios artículos y forma dispersa en nuestra Constitución, así tenemos, que el artículo 2º. om un. establece: “Artículo 2°.- Toda persona tiene derecho: Inciso 16. A la propiedad… ”, y el artículo 70 prescribe: “Artículo 70.- El derecho de. yC. propiedad es inviolable. El Estado lo garantiza. Se ejerce en armonía con el bien común y dentro de los límites de ley. A nadie puede privarse. át ica. de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en efectivo de. fo r. m. indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio. Hay acción ante el Poder Judicial para contestar el valor de la que. el Estado. haya. In. propiedad. señalado. en. el procedimiento. de. expropiatorio.”, entendiéndose así que la Constitución vigente reconoce. as. a la propiedad no sólo como patrimonio de la persona con relación a un. em. objeto determinado sino como un derecho, el mismo que debe ser regulado y protegido, así como, reconoce que la presencia del Estado es. Si st. esencial para que se garantice los intereses de toda persona respecto a. de. su propiedad. ió. n. De lo que se entiende, que el derecho a la propiedad busca proteger la. Di re cc. calidad de vida de la persona y del medio en que esta se desarrolla, tal y como lo señala el autor Adolphe Thiers12 que “la propiedad, como todo lo que es del hombre, llega a ser un derecho, derecho bien demostrado, si la observación de la sociedad revela la necesidad de esta institución, su utilidad y su conveniencia, y si prueba, en fin, que es tan indispensable a. 11. Ídem. Cit. 10. 12. THIERS, Adolphe (Trad J. Perez). De la propiedad. Editorial J. Pérez y compañía. Madrid 1848. p. 304. 33 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(34) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. la existencia del hombre como la misma libertad. Cuando llegue a este punto podre decir: la propiedad es un derecho, tan legítimamente como digo: la libertad es un derecho”. Siguiendo la línea de investigación del trabajo, la Constitución vigente en. ica ció. n. su artículo 73 establece: “Artículo 73.- Los bienes de dominio público son inalienables e imprescriptibles. Los bienes de uso público pueden ser concedidos a particulares conforme a ley, para su aprovechamiento. om un. económico.”, entiende de ello, que los bienes de dominio público son imprescriptibles dada su naturaleza de ser indispensables para la. yC. provecho público ejerciendo el Estado respecto a ellos un poder tuitivo, mientras que, los bienes de uso público pueden ser prescriptibles debido. át ica. a que el Estado ejerce sobre ellos su calidad de propietario como cualquier propietario pues dichos bienes son utilizados por la. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. as. de. In. fo r. m. colectividad sin ser indispensables para la sustento del mismo. 34 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(35) át ica. CAPITULO II:. yC. om un. ica ció. n. Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. Di re cc. ió. n. de. Si st. em. as. de. In. fo r. m. LA USUCAPIÓN O PRESCRIPCIÒN ADQUISITIVA DE DOMINIO. 35 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(36) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. CAPITULO II LA USUCAPIÓN O PRESCRIPCIÒN ADQUISITIVA DE DOMINIO. 1.. Antecedentes Históricos. ica ció. n. La usucapión o prescripción adquisitiva de dominio proviene del derecho romano, en el que se conceptualizaba a la usucapión13 como la adquisición del dominio mediante una posesión prolongada, a la que. om un. debían preceder el justo título y la buena fe (La ley de las XII Tablas), remedió el peligro que podía suponer este modo de adquisición. yC. prohibiendo la usucapión de cosas robadas, y más adelante, bajo la influencia de los jurisconsultos, se negó el beneficio cuando la posesión. át ica. no se apoyaba en una base legítima o cuando era clandestina, violenta u obtenida a título precario (tenencia). Es decir, se requerían tres. m. requisitos: una causa justa (La causa justa o justo título es el acto. fo r. jurídico válido que implica la intención de transferir el dominio de la. In. cosa.), la buena fe (era propietaria o no tenía poder para enajenar.) y la necesario. que !a propiedad. as. hacen. de. posesión durante el tiempo fijado (Consideraciones de orden público no permanezca. largo tiempo. em. incierta, de allí que por el transcurso del tiempo se prive al dueño negligente que no ha realizado acciones tendientes a buscar y recobrar. Si st. la cosa). En esas épocas, la usucapión consolida el justo título que sirve. de. de base a la posesión y lo coloca en la misma situación de quien adquirió del dueño anterior en forma derivada, con todas las ventajas y. ió. n. todas las cargas que gravaban la cosa, de modo que las hipotecas y las. Di re cc. servidumbres establecidas sobre aquélla no se extinguían por efecto de la usucapión.. 13. GURFINKEL DE WENDY, Lilian N. “Derechos Reales” Tomo II. Editorial Abeledo Perrot. Argentina. 2010. pp. 237-238. 36 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(37) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 2.. Naturaleza Jurídica de la Usucapión Albaladejo señala que la usucapión busca poner punto final, cierre y clausura a los debates sobre la titularidad de los derechos; por tal razón, se le considera un hecho jurídico preclusivo, que agota la controversia. ica ció. n. sobre el dominio, siendo la ventaja de todo ello doble pues: se eliminan situaciones dudosas o litigiosas, que siempre son inconvenientes, y al mismo tiempo se incentivan los actos de inversión y de explotación. om un. económica del bien, pero una vez que ha cesado la incertidumbre 14. Por ese motivo, los fundamentos que explican la usucapión normalmente. yC. son dos, y tienen directa relación con la naturaleza de este instituto jurídico, cuál es, una situación activa que encarna el aprovechamiento. át ica. efectivo de la riqueza, la del poseedor, y otra situación abstencionista, emanada del propietario, de quien no hace nada por recuperar la. m. posesión del bien y sin plantear, siquiera, la reclamación judicial por la. fo r. cosa. Así, precisa que la usucapión se justifica como premio a quien usa. In. y disfruta de los bienes, explotándolos y aprovechándolos pues esa es la. de. razón última que subyace tras el reconocimiento de los derechos reales. as. (motivo objetivo). Por otro lado refiere, que la usucapión es un castigo al. em. propietario inactivo y cuya conducta produce daño a la economía en general pues deja que la riqueza se mantenga improductiva (motivo. de. Si st. subjetivo).. Concepto. ió. n. 3.. Di re cc. Podemos decir que la usucapión15 es un modo de adquirir la propiedad. (o de algún otro derecho real) por medio de la posesión continua, pacífica y pública, a título de dueño y por el tiempo (plazo) fijado por la. 15. RAMÍREZ CRUZ, Eugenio M. Tratado de Derechos Reales/Tomo II Propiedad-Copropiedad. Editorial RODHAS. 2004. pp. 209-210.. 37 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(38) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. ley, asimismo Biagio Brugi anota que debe tratarse de posesión de bienes que estén en el comercio. Según los MAZEAUD16 es "la adquisición, por el poseedor de una cosa, del derecho de propiedad o de otro derecho real sobre esa cosa, por efecto de la posesión prolongada durante cierto plazo". En esta. ica ció. n. definición aparecen nítidamente los requisitos y los efectos de la usucupio. No obstante, con relación a estos últimos, si bien el efecto es el mismo, tanto para la posesión de buena o mala fe, la usucapión corta. om un. o quinquenal del poseedor de buena fe requiere, además de los requisitos comunes a toda usucapión, de otros particulares o propios.. yC. La usucapión es en realidad mucho más que un medio probatorio del dominio. En palabras de José Antonio Álvarez Caperochjpi que es. át ica. forzoso repetir, "se trata de una investidura formal mediante la cual una posesión se transforma en propiedad. Es, pues, algo más que un mero tráfico,. es la identidad misma de la propiedad como. fo r. seguridad del. m. medio de prueba de la propiedad o un mero instrumento al servicio ele la. de. In. investidura formal ligada a la posesión".17. as. En realidad, esta institución jurídica no hace sino "reconocer como. em. propietario de un inmueble (o de un mueble) a aquel que lo tuvo utilizándolo como si fuera real dueño, durante el plazo que la misma ley. Si st. indica18.. Efectos. La usucapión presenta cuatro efectos19:. Di re cc. ió. n. de. 4.. 16. MAZEUD, Henri, León y Jean. Lecciones de Derecho Civil. Parte Segunda T. IV (Propiedad). Buenos Aires. Ediciones Jurídicas Europa-América. 1960. p. 196 17. ALVAREZ CAPEROCHIPI, José Antonio. Curso de Derechos Reales. Tomo I. Editorial Civitas S.A. 1ª Edición. 1986. p. 143 18. LEVITAN, José. Prescripción Adquisitiva de Dominio. Buenos Aires Editorial Astrea. 2ª Edición. 1979. p. 43 19. RAMÍREZ CRUZ, Eugenio M. Tratado de Derechos Reales/Tomo II Propiedad-Copropiedad. Editorial RODHAS. 2004. pp. 244-245.. 38 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(39) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. a). Adquisición de la propiedad: La usucapión tiene por finalidad efecto de hacer adquirir al prescribiente el derecho de propiedad de bien (mueble o inmueble) en que incide o recae.. n. Retroacción de la usucapión:. ica ció. b). La adquisición de la propiedad por el usucapiente se produce al cumplirse el plazo que, en cada caso, señala la ley, pero tiene efecto. om un. retroactivo. Esto significa que no comienza a constar desde el día en que la usucapión se cumplió, sino con efecto retroactivo al día en que. yC. la usucapión se inició. En otras palabras, como dice Manuel Albaladejo, “el usucapiente se convierte en titular del derecho de. át ica. propiedad al final del plazo, pero este le es reconocido como si le correspondiese desde el principio”.. m. En fundamento de este efecto retroactivo es que, “tiende a consolidar. fo r. los actos que, como titular (sin serlo) de tal derecho, realizo aquel. In. que durante el transcurso de la usucapión. Y si los efectos de su. de. adquisición dolo se dieran a partir de que se produce, aquellos actos. as. serian atacables en cuanto realizados por quien no tenía derecho a. em. verificarlos.20 Correlato obligado de esta regla es que tiene por finalidad proteger a los terceros que, en razón de la apariencia,. Si st. hayan tratado con el poseedor. Sería injusto que los derechos de. de. tales acreedores constituidos por el poseedor, pudieran ser. ió. n. desconocidos por este, ya convertido en propietario del bien.. Di re cc. c). Cargas que gravan el inmueble prescrito:. El poseedor adquiere el inmueble usucapido tal y como existía, es decir, conjuntamente con las cargas que lo gravaban al momento de posesionarse del mismo, ya que al ser la usucapión un modo originario, en el cual el usucapiente asume las cargas porque se. 20. Albalagejo, M. , cit. por Avendaño, J., op. Cit., pp 214-215. 39 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(40) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. extingue el derecho del anterior dueño, pero no el bien objeto de ese derecho. d). Subsistencia de las acciones personales: La usucapio no libera deudores. En consecuencia, no priva al. ica ció. n. propietario de las distintas acciones personales que pueda tener, a fin de procurar la restitución de su bien por parte de aquellos que lo. Clasificación. yC. 5.. om un. detentan.. El ordenamiento jurídico peruano, admite dos clases de prescripción. át ica. adquisitiva de dominio: a) Respecto al bien sobre el cual recae, la usucapión puede ser de bienes inmuebles y bienes muebles, b). m. Respecto a los plazos, la usucapión puede ser corta o larga; y siendo. fo r. que la presente investigación se basa en la aplicación de la Ley 29618-. In. “Ley que establece la presunción que el Estado es poseedor de los. de. inmuebles de su propiedad y que declara imprescriptibles los bienes. as. inmuebles de dominio privado estatal”, nos ceñiremos a desarrollar sólo. em. la prescripción adquisitiva de dominio de bienes inmuebles.. Si st. Así tenemos, que nuestro Código Civil en su artículo 950º establece lo. de. siguiente: “La propiedad inmueble se adquiere por prescripción mediante la posesión continua, pacífica y pública como propietario durante diez. ió. n. años. Se adquiere a los cinco años cuando median justo título y buena. Di re cc. fe.”, si bien es cierto, el citado artículo no establece expresamente que la prescripción adquisitiva de bienes inmuebles se clasifica en corta o larga, la doctrina ha denominado a la usucapión de propiedad inmueble que se adquiere a los cinco años cuando median justo título y buena fe, como usucapión corta, y la usucapión de propiedad inmueble que se. adquiere prescripción mediante la posesión continua, pacífica y pública como propietario durante diez años, como usucapión larga.. 40 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(41) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. 6.. Usucapión Larga de Bienes Inmuebles Se trata de un modo de adquirir la propiedad de un bien inmueble21, el mismo que debe ser poseído a título de dueño y en forma continua, pacífica y pública, durante un lapso de diez años. Está regulada en el. ica ció. n. primer parágrafo del artículo 950º del Código Civil que literalmente estipula: “La propiedad inmueble se adquiere por prescripción mediante años.” Posesión Continua o Ininterrumpida:. yC. -. om un. la posesión continua, pacífica y pública corno propietario durante diez. át ica. La posesión22 no interrumpida quiere decir continuada, reiterada, mantenida. La posesión no es continua cuando el poseedor deja de. m. ejercitar actos posesorios, y. tanto la continuidad como la discontinuidad. fo r. o la interrupción no son conceptos absolutos, sino relativos, en directa. In. correspondencia con la realidad social y con la clase de los bienes. de. afectados por la relación posesoria. La continuidad consiste en la. as. reiteración de la posesión y la no continuidad, por tanto es la. em. intermitencia en la posesión sin dejar de subsistir, mientras que la. Si st. interrupción es la desaparición de la posesión.. de. El artículo 915º del Código Civil establece la presunción de continuidad posesoria, esto es, que si el poseedor actual prueba haber poseído. ió. n. anteriormente, se presume o supone que poseyó en el lapso intermedio.. Di re cc. Cabe hacer una distinción con el concepto de "posesión no interrumpida". La discontinuidad se debe al mismo poseedor, que deja el e ejercer actos de posesión, en tanto que la interrupción es siempre la. 21. RAMÍREZ CRUZ, Eugenio M. Tratado de Derechos Reales/Tomo II Propiedad-Copropiedad. Editorial RODHAS. 2004. pp. 223.. 22. GACETA JURIDICA. Manual del Proceso Civil-Tomo II. Editorial El Búho EIRL. 1º Edición. Lima. 2015. p. 368. 41 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
(42) Biblioteca Digital - Dirección de Sistemas de Informática y Comunicación. obra de un tercero. La discontinuidad se traduce en una abstención u omisión del poseedor, y la interrupción se opera por hechos positivos. Posesión Pacífica23:. -. Es la posesión libre o exenta de violencia. Ello implica que, tanto la. ica ció. n. adquisición como la continuidad o continuación de la posesión, deben fundarse en la no utilización de la fuerza o violencia. Se excluye la fuerza tanto material o física como la moral. Por ello la pacificidad se entiende. om un. como lo opuesto a la violencia. ejercicio real (efectivo) de este terreno.. át ica. Posesión Pública24:. -. yC. Según SALVAT, es necesaria para que la posesión aparezca como el. Es la posesión conocida. Lo público es lo opuesto a lo clandestino o. m. secreto. Se fundamenta en que el poseedor debe conducir su posesión. fo r. de forma tal que sea conocida por todos, y además conducirse "con la. In. naturalidad que le daría tener un derecho legítimo". Es decir que, según. de. sostiene Levitan "la forma de exteriorizar el ánimo de poseer, o sea. as. como dueño y señor de la cosa, sólo cabe en los actos posesorios que. em. se cumplen públicamente". Esta publicidad es necesaria para que el verdadero propietario del bien. Si st. pueda darse cuenta de que el tercero está ejerciendo sobre él un acto de. de. propiedad.. En sentido contrario, existirá clandestinidad cuando el dueño anterior. Di re cc. ió. n. ignore la desposesión.. 23. RAMÍREZ CRUZ, Eugenio M. Tratado de Derechos Reales/Tomo II Propiedad-Copropiedad. Editorial RODHAS. 2004. p. 225.. 24. Ibidem, Cit. 23.. 42 Esta obra ha sido publicada bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-No Comercial-Compartir bajola misma licencia 2.5 Perú..
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