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PLAN DE FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR: 3. UBICACIÓN DEL SERVICIO Y PLAZAS DEL COMEDOR ESCOLAR

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PLAN DE FUNCIONAMIENTO DEL SERVICIO DE COMEDOR ESCOLAR:

1. JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO

2. OBJETIVOS GENERALES

3. UBICACIÓN DEL SERVICIO Y PLAZAS DEL COMEDOR ESCOLAR

4. PERIODO DE FUNCIONAMIENTO

5. ACTIVIDADES

6. USUARIOS

7. PRESTACIÓN GTRATUITA TOTAL O PARCIAL

8. GESTION

9. CUIDADORES/AS

10. FINANCIACION

11. ELABORACIÓN DE LAS COMIDAS

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1.-JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO

Las características esenciales de los comedores escolares se hallan recogidas en el DECRETO 20/2008 DE 13 de marzo, por el que se regula el Servicio Público de Comedor Escolar de la Comunidad de Castilla y León y en la ORDEN EDU 693/2008 de 29 de abril que lo desarrolla.

El servicio de Comedor en el centro es una prestación complementaria que ayuda a las necesidades familiares y educativas que impone la vida laboral actual. Lleva implantado en el centro desde el curso 1999-2000.

Desde el curso 2008 a 2009 todos los centros son de gestión indirecta, aunque este centro lleva varios años con este tipo de gestión.

El servicio de comedor funcionará con carácter ordinario desde el comienzo de las actividades lectivas en el mes de septiembre hasta su finalización en el mes de junio, según la modificación de la ORDEN EDU-509-2007 de 19 de Marzo, en función del calendario escolar que para curso establezca la Consejería de Educación. Así se ha aprobado por el Consejo Escolar del Centro.

2.- OBJETIVOS GENERALES DEL SERVICIO

• Ayudar a conciliar las necesidades familiares, laborales y educativas de las familias que lo soliciten.

• Compensar carencias de tipo familiar, económico y sociocultural de los alumnos que lo precisen.

• Desarrollar hábitos sociales, normas de urbanidad y cortesía y correcto uso y conservación de los útiles del comedor.

• Fomentar las actitudes de colaboración, solidaridad y convivencia.

• Desarrollar hábitos de correcta alimentación e higiene.

• Fomentar actitudes de ayuda y colaboración entre compañeros, prestando más atención a los alumnos más pequeños.

• Desarrollo psicológico, social y afectivo de los alumnos mediante actividades de expresión artística y corporal.

3.- UBICACIÓN Y PLAZAS DISPONIBLES

Desde el curso 2006-07, el comedor del centro se halla ubicado en un edificio anexo, que se construyó específicamente para este servicio, junto a una sala de usos múltiples. A su lado se halla la cocina y un cuartito pequeño y un baño de personal que trabaja en el servicio.

Es preciso indicar que cuando se construyó el edificio no se realizaron servicios de uso de alumnos, por lo que se habilitaron los del gimnasio, que tienen puerta de acceso al exterior, pero que carecen de calefacción

El número de plazas previstas para el comedor escolar es de 100 comensales. Al mismo asisten alumnos de forma fija y eventual que precisan del servicio por razones familiares o laborales.

La solicitud del servicio para el curso se realiza en los primeros 5 días del mes de septiembre del curso correspondiente, según el modelo normalizado de petición de asistencia de comedor, que se entrega a los padres cuando lo soliciten. En caso de haber ya iniciado el curso y de necesitarse dicho servicio, se puede pedir a la dirección del centro, que se otorgará o no según la disponibilidad de plazas.

4.- PERIODO DE FUNCIONAMIENTO

El funcionamiento del servicio de comedor con carácter ordinario será desde el 10 de Septiembre al 23 de Junio, de acuerdo con el calendario escolar para el presente curso. El horario establecido en el centro es de 14,00 a 16,00 horas. En los periodos de Septiembre y Junio será de 13,00 a 15,00 horas.

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5.- GESTIÓN

La contratación del servicio corresponde a la Dirección Provincial de Educación.

Desde el curso 2003-04 una empresa de catering proporciona la comida al servicio de comedor, teniendo que abonar su coste mediante factura mensual.

6.- ELABORACIÓN DE LAS COMIDAS

Los menús los elaborará la empresa adjudicataria del servicio y se adecuarán a las necesidades de los alumnos/as para alcanzar el correcto equilibrio dietético; dando variedad en los alimentos y siguiendo las directrices generales desarrolladas en el Anexo IV de la Orden EDU/1752/2003 de 19 de diciembre; BOCYL de 31 de diciembre, que regula el Servicio de Comedor Escolar en los centros de la Junta de Castilla y León.

Los menús deben ser aprobados por el Consejo Escolar y los padres recibirán información sobre los mismos con una periodicidad al menos mensual.

7.- FINANCIACIÓN

Se constituirá un fondo que estará integrado por:

• Cantidades procedentes de los Presupuestos de la Comunidad de Castilla y León a través de la Consejería de Educación.

• Aportaciones pagadas por los usuarios como precio del servicio.

• Cantidades como subvención o ayuda que puedan recibirse de otras instituciones públicas o privadas.

• Otros ingresos.

La Dirección Provincial comunicará con antelación el precio del cubierto en cada comedor escolar.

8.- PRESTACIÓN GRATUITA TOTAL O PARCIAL

Las ayudas de comedor escolar se regulan según el capítulo VI de la ORDEN EDU 693/2008 de 29 de abril. Se pueden distinguir dos procedimientos para solicitar estas ayudas:

a. Procedimiento general, mediante la presentación del Anexo II – solicitud de prestación gratuita total o parcial del servicio de comedor escolar – junto con la documentación necesaria que se indica en la Orden.

El centro informará y asesorará a los solicitantes y recogerá las solicitudes y la documentación presentada, dentro de los plazos establecidos, comprobando su correcta cumplimentación.

b. Procedimiento de borradores a ayuda, mediante la confirmación del borrador que se envía a los beneficiarios de ayudas de cursos anteriores. En dichos borradores sólo pueden modificarse los datos personales, nunca los económicos, socio-familiares o porcentajes de ayuda.

Cualquier familia del centro puede solicitar dichas becas de comedor. El número de becas y las condiciones para solicitarlas las establece la Consejería de Educación. La concesión de dichas becas es para un curso escolar. Los/as alumnos que hayan solicitado beca en la convocatoria de la Junta asistirán al Comedor, en el caso de que le sea comunicado al Centro la denegación de la misma, se harán cargo del pago. Si las becas no cubriesen la totalidad del importe de la minuta, las familias se harán cargo del pago del resto.

Para determinar que un alumno/a del centro tiene derecho a la gratuidad total o parcial del servicio de comedor se cumplirán los requisitos y fechas marcados por la legislación vigente. Los padres interesados en solicitar la prestación gratuita, total o parcial, del servicio de comedor, deberán realizarlo en los periodos designados para ello. Se abre un plazo ordinario a finales del curso anterior y otro plazo extraordinario en Septiembre. Si se modifican las situaciones laborales, familiares o

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socioeconómicas de las familias, pueden solicitar las becas de comedor cuando esto ocurra. Se utilizan lo baremos tipificados por la Dirección Provincial.

El Consejo Escolar del Centro decide, en primer lugar, la adjudicación o denegación de las ayudas de comedor, pero es la Dirección Provincial quien determina finalmente la concesión o denegación de dichas ayudas.

9.- USUARIOS. NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO:

En principio, todos los alumnos que lo soliciten tienen derecho a utilizar el servicio de comedor. En caso de que el número de comensales fuera mayor que el de las plazas disponibles, corresponde al Consejo Escolar del Centro la selección y admisión de usuarios. La lista de admitidos se hará pública en el tablón de anuncios del centro.

Siguiendo la normativa vigente, el orden de prioridad de la admisión de alumnos es el siguiente: a. Alumnos miembros de familias numerosas.

b. Alumnos beneficiarios de ayudas.

c. Resto de alumnos con preferencia de alumnos de etapas educativas básicas sobre los de etapas educativas no básicas.

d. Alumnos con ambos padres trabajando (justificante de trabajo con horario de ambos padres). e. Personal docente y no docente que preste servicios en el centro y no ejerza funciones de

cuidador en el comedor escolar.

El coste diario del servicio correrá a cargo de sus usuarios. Se abonará, con carácter habitual, mensualmente, dentro de los 5 primeros días del mes siguiente y mediante domiciliación bancaria, el coste del servicio que le corresponda. Si se produjese una devolución del recibo bancario, por falta de pago, el usuario abonará la comisión correspondiente por devolución junto con el importe adeudado. El impago de las cuotas por parte de los comensales será causa de pérdida del derecho al comedor. Este hecho será decidido por el Consejo Escolar.

El menú será el mismo para todos los comensales sin que proceda admitir ningún tipo de extra, salvo menú especial o de régimen para atender a los alumnos que, mediante los correspondientes certificados médicos, acrediten la imposibilidad de ingerir determinados alimentos que perjudiquen su salud.

Centro de atención a los usuarios

Se configura como un centro de atención multicanal que permitirá mejorar la calidad del servicio de comedor escolar, utilizando las tecnologías de comunicación para la atención telefónica y para la gestión de las demandas realizadas por vía telemática por los usuarios de este servicio. Este centro atenderá personalmente las llamadas desde la 7:45 horas a 16,00 horas, de lunes a sábado y las 24 horas del día a través de contestador automático y vía telemática a través de la página web habilitada al efecto.

De momento, y de forma transitoria hasta que se implante el sistema de gestión telemática, el aviso se hará de forma verbal a la secretaría del centro con una antelación mínima de 24 horas al uso del servicio

10.- NORMAS DE ORGANIZACIÓN

• El horario del Comedor será de 14,00 a 16,00 horas.

• Las cuidadoras recogerán a los alumnos de E. Primaria a la salida de las clases en el vestíbulo del centro, en orden, y los llevarán al comedor. Los/as alumnos/as de Educación Infantil permanecerán en el vestíbulo del hasta que las cuidadores/as vayan a recogerlos, a las 13,55 horas, para acompañarlos a los servicios del patio a lavarse las manos para posteriormente llevarlos al comedor. Así mismo las cuidadoras devolverán a los alumnos a 16,00 horas a sus padres en porche del centro; excepto a los que tengan actividades extraescolares o participen en el Programa Madrugadores Tarde.

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• Ordinariamente no se dejará a ningún alumno/a salir del servicio de comedor antes de su finalización (16,00 horas). Se exceptúan aquellos casos en los que vengan a recogerlos sus padres o persona autorizada.

• Ante problemas reiterados de indisciplina de algún alumno/a conllevará la pérdida del derecho al servicio de Comedor. Esta decisión la tomará el Consejo Escolar.

• Se tendrá en cuenta, a la hora de acoger a los alumnos, el hecho de que trabajen los dos padres. Cuando el número de comensales exceda la capacidad del comedor, se pedirá certificado de trabajo de ambos cónyuges, para demostrar la necesidad del servicio.

11.- NORMAS ESPECÍFICAS:

El Alumnado. Debe:

o Cuidar el material y abonar los desperfectos causados por el mal uso.

o No traer objetos peligrosos para ellos o los demás.

o No podrá pasar o sacar comida del comedor.

o Colgar ordenadamente la ropa de abrigo en los lugares destinados a ello, evitando que la ropa esté en el suelo.

o No entrarán a las clases ni al edificio escolar

o Practicar las normas básicas de higiene personal.

o Comer una cantidad mínima diaria y variada.

o Solicitar ayuda con corrección. No se dirigirá a los/as cuidadores/as de manera poco educada y/o cualquier otra acción que perturbe su normal funcionamiento.

o Colaborar con aquellas tareas que se les solicite para las que estén capacitados.

o En los ratos de recreo permanecer en el patio, nunca en las aulas o pasillos sin previa autorización.

o Para ir al servicio pedir permiso para controlar que no vaya más de uno a la vez.

o Al finalizar la jornada recoger todo el material que hayan utilizado.

o El alumnado que utilice el Comedor sólo podrá abandonar el centro antes de las 16,00 horas si vienen a buscarlos los padres.

o Comportarse de forma disciplinada, respetando las instalaciones, los derechos de los demás y las recomendaciones de los/as cuidadores/as.

o En caso de faltas tipificadas en el plan de convivencia del centro, el Director o la Comisión de Convivencia, tomará las medidas oportunas y aplicará la sanción que crea oportuna en base al Reglamento de Régimen Interno y al Plan de Convivencia.

o Las entradas, permanencia y salidas del comedor las efectuarán de manera ordenada, con prohibición de:

 Empujones y choques intencionados.

 Peleas.

 Levantarse del lugar asignado para comer y andar de un lado a otro, sin permiso.

 Lanzamiento de objetos.

 Roturas o desperfectos en los utensilios para la comida.

 Gritos o voces.

 Arrojar comida al suelo o sobre la mesa.

Las familias:

Se responsabilizarán de:

o Favorecer y cooperar para el adecuado cumplimiento de las normas establecidas.

o Comunicar al Centro por escrito, las posibles alergias, regímenes, etc,.. aportando informe médico.

o Comunicar con antelación las comidas excepcionales, de días sueltos, para los/as alumnos/as que no son fijos en el servicio.

o Comunicar por escrito, al Director/a, todas las incidencias que se deriven del servicio.

o Los padres/madres colaborarán en todo momento en la buena marcha del comedor, interesándose por la atención recibida por sus hijos/as e informándose sobre el comportamiento de éstos.

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12.- FUNCIONES DEL EQUIPO DIRECTIVO El/la Director/a:

El/la Director/a del Colegio es el/la encargado/a del comedor, siendo responsable de la puesta en marcha del mismo así como de su funcionamiento. Debe dirigir y coordinar el servicio, como un servicio complementario del centro. Sus funciones son:

o Elaborar, con el Equipo Directivo, el Plan Anual de Funcionamiento del servicio.

o Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al mismo, sin perjuicio de las relaciones laborales existentes, en su caso, entre la empresa concesionaria y su personal.

o Velar por el cumplimiento de las normas de Sanidad, seguridad e higiene.

o Informar a los padres y madres, antes del inicio del curso, del Plan de funcionamiento del servicio escolar de comedor.

o Asignar la función de cuidador a los docentes que lo hayan solicitado.

o Autorizar a los usuarios del uso del comedor.

o Si en la prestación del servicio se han observado incidencias, el centro expedirá el informe correspondiente, que remitirá al Director Provincial a los efectos de iniciar el procedimiento oportuno.

El/la Secretario/a:

El/la Secretario/a del Colegio es el/la encargado de:

o Ordenar el régimen económico del comedor escolar, conforme a las instrucciones del director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes.

o Cuantas funciones le delegue el director del centro.

El Consejo Escolar:

o Aprobar el Plan de Funcionamiento, que forma parte de la P.G.A. del Centro.

o Colaborar con la Dirección del centro y con la Dirección Provincial de Educación en las actuaciones relativas a la organización del servicio de comedor.

o Proponer al director del centro la implantación de cuantas medidas contribuyan a mejorar la prestación global del servicio.

o Valorar las solicitudes de gratuidad total o parcial del servicio y proponer su concesión o denegación.

o Acordar la prestación de extraordinaria del servicio durante los meses de junio y septiembre. El certificado de dicho acuerdo debe remitirse a la Dirección Provincial antes del 1 de Mayo.

13.- EL CONCESIONARIO DEL SERVICIO Derechos:

1. Usar los locales e instalaciones del centro, la cocina, el agua y la energía eléctrica necesaria para el funcionamiento del comedor.

2. Percibir la tarifa por menú escolar fijado por la Administración

3. Percibir, en su caso, al final de curso, una compensación económica que se calculará en función del mayor o menor número de personal que haya tenido que aportar respecto a lo previsto por el contrato.

Deberes:

1. Solicitar la autorización sanitaria de funcionamiento del comedor escolar, a principio de curso. 2. En relación al personal que presta sus servicios, cualquiera que sea su vinculación:

 Formarles en materia de seguridad alimentaria, dietético-nutricional, prevención de riesgos laborales, primeros auxilios.

 Garantizar que cumplan las normas de higiene y salubridad que dictamina la legislación.

 Proporcionarles el vestuario adecuado para prestar el servicio y una placa identificativa que deberán llevar en lugar visible.

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 Responder a las acciones u omisiones del personal, en relación con el vestuario, la puntualidad, la prestación de servicios y el comportamiento y atención a los alumnos y al personal del centro.

3. En relación a las instalaciones, equipamiento, electrodomésticos, utensilios y mobiliario:

 Mantener las instalaciones, electrodomésticos, utensilios y el mobiliario en buen estado y perfectas condiciones de uso. Será responsable de cualquier deterioro o desperfecto que ocasione el personal a su cargo.

 Efectuar a su costa las revisiones de mantenimiento y las reparaciones necesarias. En su caso sustituirlos por otros de similares características.

 Mantener y reponer el menaje de cocina, el mobiliario, el material auxiliar y los útiles de limpieza.

 Realizar el inventario antes del inicio del contrato. 4. En relación a la prestación del servicio:

 Garantizar a los usuarios una alimentación equilibrada y el servicio adecuado a los alumnos que deban llevar una alimentación especial. Elaborar menús adaptados a alumnos con problemas puntuales como diarrea, vómitos hipertermia, procesos catarrales y gripales.

 Planificar adecuadamente el aprovisionamiento de materias primas y su conservación y rotación en las instalaciones del centro (en el supuesto de los menús elaborados en la cocina del centro); y garantizar, en el catering, que las comidas lleguen en perfectas condiciones.

 Utilizar el sistema de línea caliente en el curso 2008-09, y el sistema de línea fría en el curso 2009-10.

 Prestar servicio de comedor a usuarios esporádicos.

 Someterse a los controles e inspecciones periódicas de las instalaciones y vehículos de transporte y a los controles dietéticos-nutricionales y de calidad global de la prestación del servicio.

5. En relación al cobro de servicios:

 Presentar dentro de los cinco días siguientes a la finalización de la factura de los importes correspondientes a los alumnos con ayuda de comedor.

 Recaudar la tarifa fijada a los usuarios esporádicos del comedor y a los usuarios habituales que no tengan derecho a gratuidad total.

 No cobrar el servicio a los usuarios habituales el día o días que lo hayan anulado.

 Gestionar el cobro de impagos.

14.- PERSONAL DE COMEDOR

Personal de la Administración:

El director del centro ejerce la jefatura de todo el personal que el comedor tiene adscrito.

El personal que voluntariamente lo solicite ejercerá las mismas funciones de cuidador que el personal del concesionario. La solicitud la realizarán los docentes antes del inicio del curso escolar a la Dirección del Centro, quien lo remitirá a la Dirección Provincial, para remitirlo posteriormente al concesionario, de forma que éste pueda aportar el personal que se precise para completar la ratio. Este personal tiene derecho al uso gratuito del comedor y a una gratificación por servicios extraordinarios que abonará la Consejería de Educación.

Personal del Concesionario:

En nuestro centro no hay ni cocinero ni personal de cocina. Dado que hay una empresa adjudicataria del servicio de comedor, recae sobre ella la provisión de los cuidadores/as necesarios.

El número de cuidadores para la atención a los alumnos queda fijado en la siguiente proporción, según se indica en la legislación vigente:

• Un cuidador/a por cada 25 alumnos o fracción superior a 15 de E. Primaria.

• Un cuidador/a por cada 15 alumnos o fracción superior a 10 de E. Infantil.

• Las fracciones inferiores a las señaladas en las anteriores ratios se acumularán a la etapa educativa inmediatamente inferior.

• A efecto de cómputo de cuidadores, el responsable de comedor se entenderá como uno de ellos.

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• Excepcionalmente, y en el caso de asistencia de alumnos con necesidades educativas especiales, se establecerán medidas de apoyo para este tipo de alumnado.

• Habrán un responsable de comedor, con un horario de 2,5 horas / día

Dentro del personal del concesionario que hay en el centro, tenemos:

A.- Responsable del comedor: En el centro se contempla la figura de un responsable de comedor

para todo el centro, con un horario de 2,5 horas diarias de dedicación en el mismo. Ejercerá, además de cuidador del comedor, las siguientes funciones:

o Supervisión de los preparativos del servicio de comedor, coordinando las tareas de los cuidadores y garantizando que la apertura del servicio se realiza en el horario aprobado.

o Control de acceso y presencia, tanto para los comensales habituales como los esporádicos.

o Control de las condiciones higiénicas de los menús y del menaje utilizado.

o Controlar que el menú se ajusta a lo previamente planificado e informado a padres y usuarios.

o Verificar la adecuación del menú servido a los alumnos con necesidades alimentarias especiales, siempre que éstas hayan sido previamente comunicadas.

o Recoger y conservar la “comida testigo” de acuerdo con la normativa.

o Recoger las quejas y sugerencias que directamente le transmiten los padres o tutores usuarios del servicio y gestionarlas.

o Transmitir las incidencias que surjan durante la prestación del servicio relativas al acceso al mismo de alumnos que no lo hayan solicitado previamente o cualquier otra incidencia que afecte al adecuado funcionamiento del servicio.

o Comunicar las actas levantadas por los servicios veterinarios oficiales de salud pública de la AGENCIA DE PROTECCIÓN DE LA SALUD Y SEGURIDAD ALIMENTARIA y cuantas notificaciones reciban de estos servicios, que tengan incidencia sobre el servicio prestado.

o Colaborar en las funciones de control con el órgano de contratación y con la empresa concesionaria, para garantizar el buen funcionamiento del servicio.

o Así mismo se asistirá al responsable de comedor en todas las dudas que se puedan presentar.

B.- Cuidadores/as:

La ratio establecida para los cuidadores de comedor, según el DECRETO 20/2008, de 13 de marzo es el siguiente:

- 1 cuidador por cada 25 alumnos comensales o fracción superior a 20 de Educación Primaria. - 1 cuidador por cada 15 alumnos comensales o fracción superior a 10 de Educación Infantil.

 Las fracciones inferiores a las señaladas en las anteriores ratios se acumularán en la etapa educativa inmediatamente inferior.

Desarrollan las siguientes funciones:

- El cuidado y apoyo del alumnado, que por su edad o necesidades educativas especiales asociadas a condiciones personales de discapacidad, necesiten la colaboración y ayuda de una persona adulta en la alimentación y el aseo.

- El cuidado y mantenimiento de la higiene de los niños. A este respecto se insistirá en el lavado de manos, antes y tras la comida, con agua y jabón.

- Acompañamiento al servicio de los alumnos, sobre todo los de Educación Infantil.

- Desarrollo de programas de Autonomía Personal del alumnado, en relación con la alimentación y el aseo.

- Proporcionar orientaciones en materia de educación para la salud y de adquisición de hábitos sociales, realizando actividades educativas y de tiempo libre, a desarrollar en los periodos anterior y /o posterior a la utilización del servicio de comedor, que reflejen la dimensión educativa del comedor y favorezca el desarrollo de hábitos relacionados con la alimentación y la higiene.

Los cuidadores deberán desarrollar las siguientes actividades en nuestro Centro:

o Servir una cantidad y variedad adecuadas, y asegurar su consumo. Tener en cuenta las necesidades especiales de algunos comensales, tras haber hablado con las familias.

o Vigilar y asegurar el uso de normas básicas de convivencia e higiene y hábitos adecuados en la mesa.

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o Los/as alumnos/as deberán estar siempre controlados. Si fuera preciso se les prohibirá acceder a determinadas zonas de los patios.

o Comunicar a las familias las incidencias de los más pequeños, cuando éstas lo soliciten o los/as cuidadores/as lo crean oportuno.

o Trasladar al Director/a cualquier situación que exceda de su responsabilidad. Cada cuidador/a:

o Será responsable de un grupo de alumnos/as. Se harán los grupos en función del nº de alumnos o intentará que sea educativo el ambiente que rodea a la comida.

o Realizará prácticas higiénicas con su grupo, como lavarse las manos antes de comer.

o Explicará a los niños/as la postura que deben adoptar en la mesa, la importancia de cada alimento para su desarrollo, para prevenir enfermedades, etc... En esta tarea contarán con la colaboración del profesorado del centro.

o Después de las comidas, realizará actividades en los patios. Si el tiempo no es bueno, se programarán actividades más sedentarias: películas de vídeo, juegos de mesa,...

o Realizarán labores de limpieza de las instalaciones (vómito, sangrado,...) y aseo personal de los comensales en casos puntuales de necesidad.

o En caso de accidente llamarán a las familias a la mayor brevedad posible. En el caso de no localizar a la familia y ser necesario el traslado del niño/a accidentado a un centro sanitario, éste nunca irá solo en la ambulancia; una cuidadora le acompañará y no le dejará solo hasta que llegue su familia.

15.- ACTIVIDADES A DESARROLLAR

Para lograr la consecución de los objetivos marcados en este Plan de Funcionamiento, a parte de las propias del servicio de comedor, se prevé una tipología de actividades enfocadas en función de los intereses y características del alumnado; así como del personal, material y espacios disponibles en el centro.

Cabe decir que el personal encargado (monitores/as) del comedor serían los responsables de las mismas, contratadas por la empresa que tenga contratado el servicio en el colegio. Estas actividades serían:

E. INFANTIL: Juegos dirigidos, juegos libres, actividades plásticas, cuentacuentos, animación

musical, actividades manuales, visionado de películas.

E. PRIMARIA: Juego libre, Juego dirigido, actividades deportivas, Biblioteca, animación musical,

visionado de películas.

Se procurará que la mayoría de las actividades se realicen en el exterior, siempre que las condiciones meteorológicas lo permitan, y tendrán carácter voluntario, sin forzar la participación a ningún alumno/a.

Este Plan de Funcionamiento del Servicio de Comedor Escolar queda aprobado por el Consejo Escolar del Centro celebrado el día

Para que así conste firmamos el mismo en Laguna de Duero a

El Secretario, Vº Bº El Director,

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