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REPÚBLICA DEL ECUADOR CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

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REPÚBLICA DEL ECUADOR

CONSEJO

DE EDUCACiÓN SUPERIOR

RPC-SE-03-No.013-2014

EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR

Considerando:

Que, el artículo 353 de la Constitución de la República del Ecuador, establece: "El sistema de educación superior se regirá por: 1. Un organismo público de planificación, regulación y coordinación interna del sistema y de la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva ( ... )";

Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), dispone: "El Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público con personería jurídica, con patrimonio propio. independencia administrativa, financiera y operativa, Que tiene por objetivo la planificación, regulación

y

coordinación interna del Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana ( ... )";

Que, el artículo 169, literal v), de la LOES, determina que es atribución y deber del Consejo de Educación Superior (CES): "Monitorear el cumplimiento de los aspectos académicos y jurídicos de las Instituciones de Educación Superior";

Que, la Disposición Transitoria Segunda del Régimen de Transición de la LOES, prescribe: "El Consejo de Educación Superior es el organismo que remplaza al CONESUP de acuerdo a las disposiciones y funciones establecidas en la presente Ley ( .. .)";

Que, el artículo 40 de la Ley ibídem, manifiesta: "Las universidades y las escuelas politécnicas podrán enajenar sus bienes, observando, en cada caso, las disposiciones legales correspondientes. Las universidades y escuelas politécnicas públicas y particulares que reciben rentas y asignaciones del Estado sólo podrán hacer donaciones, a favor del sector público de conformidad con la Ley y con la reglamentación que para el efecto establezca el Consejo de Educación Superior";

Que, mediante Oficio SENESCYT-SESCT-2014-0646-CQ, de 15 de mayo de 2014, René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT), solicitó a la Universidad Técnica de Babahoyo (UTB), la donación de cinco (5) hectáreas de terreno, ubicado en la Ciudadela Universitaria, Av. Universitaria km. dos y medio s/n, casilla No. 66, vía Flores, cantón Babahoyo, provincia de Los Ríos; Que, a través de Resolución CU-SE-002-RES-006-UTB-2014, de 26 de mayo de 2014, el H.

Consejo Universitario de la UTB, resolvió: "En virtud del oficio SENESCYT -SESCT-2014-0646-CO de 15 de mayo de 2014, suscrito por René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, se autoriza la transferencia de su dominio, mediante donación de un área de terreno de 5 hectáreas de su propiedad ubicado en los predios de San Pablo - facultad de Ciencias Agropecuarias, a favor de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación "SENESCYT" para la implementación de un Instituto Superior. Se autoriza al Rector realizar las gestiones necesarias para dar cumplimiento a lo resuelto";

Página 1 de 3 Av. República E7-226 y Diego de Almagro

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CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

Que, mediante Oficio s/n, de 01 de julio de 2013, el doctor Rafael Facolní, Rector de la UTB, solicitó al CES, la autorización de donación de un terreno en favor de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación para la implementación de un Instituto Tecnológico Superior, adjuntando el certificado del Registro de la Propiedad respectivo;

Que, a través de Acuerdo ACU-SQ-28-N0334-2014, la Comisión Permanente de Universidades

y

Escuelas Politécnicas del CES, en su Vigésima Octava Sesión Ordinaria, desarrollada el 23 de julio de 2014, recomendó al Pleno del CES, autorizar la donación de cinco (S) hectáreas de terreno en los predios de San Pablo. pertenecientes a la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la UT8, a favor de la SENESCYT, para la implementación de un Instituto Tecnológico Superior;

Que, el Pleno del CES, en su Vigésima Novena Sesión Ordinaria, de 30 de julio de 2014, analizó el informe señalado en líneas precedentes y solicitó a la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES que precise el tipo de transferencia para la que se solicita autorización y lo presente nuevamente para su aprobación;

Que, mediante Oficio SENESCYT-SFTT-2014-1034-CO, de 28 de agosto de 2014. el magister Galo Antonio Nina Rada, Subsecretario de Formación Técnica. Tecnológica, Artes. Música y Pedagogía de la SENESCYT. señaló que el bien inmueble a ser transferido será en favor del Instituto Tecnológico Superior Babahoyo, en la provincia de Los Ríos; Que, la Comisión Permanente de Universidades

y

Escuelas Politécnicas del CES. en su

Trigésima Sesión Ordinaria, desarrollada el19 de septiembre de 2014, luego de conocer y analizar la documentación referente a la donación de un bien inmueble por parte de la UTB, mediante Acuerdo ACU-SO-30-N034s-2014, convino: "Recomendar al Pleno del CES. autorizar la donación de cinco (5) hectáreas de terreno en los predios de San Pablo. perteneciente a la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Técnica de Babahoyo, ubicado en la Ciudadela Universitaria. Av. Universitaria km. dos y medio s/n-casilla No. 66, vía Flores, cantón Babahoyo, provincia de Los Ríos, en favor de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia. Tecnología e Innovación para la implantación del Instituto Tecnológico Superior 8abahoyo";

Que, una vez conocida y analizada la recomendación realizada por la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, se estima pertinente acoger el contenido de la misma; y.

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de Educación Superior, RESUELVE:

Artículo Único.-Autorizar la donación de cinco (5) hectáreas de terreno en los predios de San Pablo. perteneciente a la Universidad Técnica de Babahoyo. y en uso de la Facultad de Ciencias Agropecuarias, ubicado en la Ciudadela Universitaria, Av. Universitaria km. dos y medio s/n -casilla No, 66, vía Flores. cantón Babahoyo. provincia de Los Ríos; a favor de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación para la implantación del Instituto Tecnológico Superior Babahoyo.

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...

REPÚBLICA DEL ECUADOR

CONSEJO

DE

EDUCAC

i

ÓN SUPERIOR

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- Notificar el contenido de la presente Resolución a la Secretaría de Educación

Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación.

SEGUNDA.- Notificar el contenido de la presente Resolución al Rector

y

al Órgano Colegiado Académico Superior de la Universidad Técnica de Babahoyo.

TERCERA.- Notificar el contenido de la presente Resolución al señor Registrador de la Propiedad del Cantón Babahoyo.

DISPOSICiÓN FINAL

La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación, sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Oficial del CES.

Dada en la ciudad de San Francisco de Quito, D.M., a los veintiséis (26) días del mes de septiembre de 2014, en la Tercera Sesión Extraordinaria del Pleno del Consejo de Educación Superior del año en curso.

Ren

'

1

amírez Gallegos PR DENTE

CO EIO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

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Marcelo Calderón Vintimilla

SECRETARIO GENERAL

CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

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Av. República E7·226 y Diego de Almagro

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REPÚBLICA DEL ECUADOR

CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

Quito, 22 de septiembre de 2014

Sci'lor Economista Rl~n6 RamÍrez Gallegos

PRESIDENTE DEL CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

Prcscnte.-Oc mi

Consideración.-La Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, en su trigésima

sesión ordinaria realizada el día 19 de septiembre de 2014, luego de COnocer y analizar la

documentación referente a la donación de un bien inmueble por parte de la Universidad

Ti'cniea de Babahoyo, presenta el siguiente informe:

1.- ANTECEDENTES

Mediante oficio Nro. SENESCYT-SESCT-2014-0646-CO, de fecha 15 de mayo de 2014, el Eco. René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, solicita a la Universidad Técnica de 8abahoyo la donación de un área de 5

hectáreas de terreno de mayor extensión que se encuentra ubicado en la Ciudadela

Universitaria, Av. Universitaria km. dos y medio s/n - casilla No. 66, vía Flores, Cantón

Babahoyo, provincia de Los Ríos.

El 11. Consejo Universitario de la Universidad Técnica de Babahoyo mediante resolución

No. ClJ-SE-OQ2-RES-006-UTB-2014 de 26 de mayo de 2014, resolvió: "En virtud del oficio SENESCYT-SESCT-2014-0646-CO de fecha 15 de mayo de 2014, suscrito por René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, se autoriza la transferencia de su dominio, mediante donación de un área de terreno de 5 hectáreas de su propiedad ubicado en los predios de San Pablo - facultad de Ciencias Agropecuarias, a

favor de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación

"SENESCYT" para la implementación de un Instituto Superior. Se autoriza al Rector realizar las gestiones necesarias para dar cumplimiento a lo resuelto".

Mediante oficio s/n de 01 de julio de 2013, el Dr. Rafael Facolní, Rectal" de la Universidad

Técnica de Babahoyo, solicitó al Consejo de Educación Superior, la autorización de donación de un terreno en favor de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación para la implementación de un Instituto Tecnológico Superior, adjuntando el certificado del Registro de la Propiedad respectivo.

La Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, en su vigésima oct<lva sesión ordinaria realizada el día 23 de julio de 2014, mediante Acuerdo

ACU-SQ-28-N0334-2014, recomendó al Pleno del CES, autorizar la donación de un área de terreno de

5 hectáreas de los predios de San Pablo pertenecientes a la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la Universidad Técnica de Babahoyo a favor de la Secretaría de

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CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

<!!)CES

Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación para la implementación de un

Instituto Tecnológico Superior.

El Pleno del CES, en su sesión ordinaria de 30 de julio de 2014, analizó el informe seílalado en líneas precedentes y solicito a la Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES precise el tipo de transferencia para la que se solicita autorización y lo presente nuevamente en una próxima sesión del Pleno del CES, para que se proceda

conforme corresponda.

Mediante oficio Nro. SENESCYT-SFTT-2014-1034-CO de fecha 28 de agosto de 2014, el Mgs. Galo Antonio Nina Rada, Subsecretario de Formación Técnica, Tecnológica, Artes, Música y Pedagogía de la SENESCYT, señala que el bien inmueble a ser transferido será en favor del Instituto Tecnológico Superior Babahoyo, pues es el instituto a reconvcrtirse en la provincia de Los Ríos.

2.· NORMATIVA APLICABLE

LEY ORGÁNICA DE EDUCACIÓN SUPERIOR (LOES)

El artículo 40 de la LOES, señala que las universidades y las escuelas politécnicas podrán enajenar sus bienes, observando, en cada caso, las disposiciones legales correspondientes. Las universidades y escuelas politécnicas públicas y particulares que reciben rentas y asignaciones del Estado sólo podrán hacer donaciones, a favor del sector público de conformidad con la Ley y con la reglamentación que para el efecto establezca el Consejo de Educación Superior.

El artículo 169 literal v) de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), determina que es atribución y deber de! Consejo de Educación Superior (CES): "Monitorear el cumplimiento de los aspectos académicos y jurídicos de las Instituciones de Educación Superior".

3.· CONCLUSIONES

3.1 El Consejo de Educación Superior es el organismo de derecho público con personería jurídica, con patrimonio propio, independencia administrativa, financiera y operativa, que tiene por objetivo la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación Superior, está encargado de la planificación, regulación y coordinación interna del Sistema de Educación Superior y la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad ecuatoriana, razón por la cual es responsabilidad del CES aprobar la donación de bienes que realicen las universidades y escuelas politécnicas públicas y particulares que reciben rentas y asignaciones de! Estado a favor del sector púbHco.

3.2 Mediante oficio Nro. SENESCYT-SESCT-2014-0646-CO, de fecha lS de mayo de 2014, el Eco. René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación, solicita a la Universidad Técnica de Babahoyo la donación de un área de 5 hectáreas de terreno de mayor extensión que se encuentra ubicado en la Ciudadela

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E

L ECUADOR

CONSEJO DE EDUCACiÓN SUPERIOR

Universitaria, Av. Universitaria km. dos y medio s/n - casilla No. 66, vía Flores, cantón Babahoyo, provincia de Los Ríos.

3.3 El H. Consejo Universitario de la Universidad Técnica de Babahoyo mediante

resolución No. CU-SE-002-RE$-OD6-UTB-2014 de 26 de mayo de 2014, resolvió: "En virtud

del oficio SENESCYT-$ESCT-2014-0646-CO de fecha 15 de mayo de 2014, suscrito por René Ramírez Gallegos, Secretario de Educación Superior, Ciencia. Tecnología e

Innovación, se autoriza la transferencia de su dominio, mediante donación de un área de terreno de 5 hectáreas de su propiedad ubicado en los predios de San Pablo - facultad de Ciencias Agropecuarias, a favor de la Secretaría Nacional de Educación Superior, Ciencia,

Tecnología e Innovación "SENESCYT" para la implementación de un Instituto Superior. Se autoriza al Rector realizar las gestiones necesarias para dar cumplimiento a lo resuelto".

3.4 Mediante oficio s/n de 01 de julio de 2013, el Dr. Rafael Facolní, Rector de la Universidad Técnica de Babahoyo, solicitó al Consejo de Educación Superior, la

autorización de donación de un terreno en favor de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación para la implementación de un Instituto Tecnológico Superior, adjuntando el certificado de la propiedad respectivo.

3.5 Mediante oficio Nro. SENESCYT-SFTT-2014-1034-CO de fecha 28 de agosto de 2014, el

Mgs. Galo Antonio Nina Rada, Subsecretario de Formación Técnica, Tecnológica, Artes,

Música y Pedagogía de la SENESCYT, señala que el bien inmueble a ser transferido será en

favor del Instituto Tecnológico Superior Babahoyo, pues es el instituto a reconvertirse en la provincia de Los Ríos.

4.-RECOMENDACIÓN

La Comisión Permanente de Universidades y Escuelas Politécnicas del CES, en su trigésima sesión ordinaria realizada el día 19 de septiembre de 2014, luego de conocer y analizar la documentación referente a la donación de un bien inmueble por parte de la Universidad Técnica de Babahoyo, mediante Acuerdo ACU-SO-30-N0345-2014, acordó:

Recomendar al Pleno del CES, autorizar la donación de un área de terreno de 5 hectáreas

de los predios de San Pablo perteneciente a la Facultad de Ciencias Agropecuarias de la

Universidad Técnica de Babahoyo, ubicado en la Ciudadela Universitaria, Av. Universitaria

km. dos y medio s/n - casilla No. 66, vía Flores, cantón Babahoyo, provincia de Los Ríos, en favor de la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación para la

implantación del Instituto Tecnológico Superior Babahoyo.

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