Derecho Constitucional II
Mercedes Coronel Gómez
– Abogada de los Tribunales y Juzgados.
– Magíster en Planificación.
Derecho Constitucional II
Presentación Individual de los Estudiantes
– Nombres y Apellidos – Colegio que provienen
– Alumnos que repiten la materia – Status de la materia
Derecho Constitucional II
Terminologías
– Qué es un abogado – Qué es el estado
– Qué es la constitución
– Por qué es importante la constitución
Derecho Constitucional II
– Qué es un abogado: Ejerce profesionalmente la defensa jurídica de una de las partes.
– Qué es el estado: Es aquel que si rige por un sistema de normas.
– Qué es la constitución: O Carta Magna, es la norma suprema escrita de un Estado.
– Por qué es importante la constitución: Ayuda a los seres humanos a caminar en armonía según los estatutos
establecidos.
Derecho Constitucional II
Derecho Constitucional II
¿Quién fue Hans Kelsen?
Profesor de Filosofía del Derecho de la Universidad de Viena, es considerado el máximo postulante del Iuspositivismo, es decir, considera al Derecho Positivo (las normas) como el núcleo fundamental del Derecho y prescinde de toda consideración de ideologías y éticas.
Kelsen nació en Praga en 1881 y murió en California (EE.UU) en 1973. Austriaco de origen se había nacionalizado estadounidense.
Resumió su ideología iuspositivista en un libro fundamental para el pensamiento jurídico del siglo XX: su “Teoría pura del Derecho”.
Derecho Constitucional II
Explicación de la Pirámide de Kelsen
Concibiendo todo el ordenamiento jurídico como un sistema de normas, y siendo el objeto de la Ciencia del Derecho, precisamente la norma jurídica, Kelsen defiende que la validez de todas las normas jurídicas emana y depende de otra norma superior, a la que el resto deben su validez y su eficacia. El ordenamiento jurídico sería pues jerárquico, escalonado, una especie de pirámide cuya cúspide ocuparía la Consitución como norma suprema del sistema normativo de un Estado (más allá estaría el orden jurídico internacional, en cuya superioridad Kelsen creía) y por debajo de las cuales, con una eficacia derivada de la Grundnorm o norma fundamental, estarían las leyes, los reglamentos, otras disposiciones gubernativas de carácter general, los actos administrativos, etc, etc en función del rango jerárquico del órgano que la emana y de los efectos (generales o particulares) que tales normas tengan.
Derecho Constitucional II
Derecho Constitucional II
La Constitución.-
La Constitución es un ACUERDO POLÍTICO. Es además una NORMA SUPREMA que organiza el ejercicio de los poderes del estado (ejecutivo, legislativo, judicial, etc.); y garantiza la vigencia efectiva de los derechos, de acuerdo con una ideología y valores, mayoritariamente expresados al momento de su elaboración y aprobación.
Supremacía de la Constitución.-
Está por encima de cualquier ley, decreto presidencial, estatuto, reglamento, ordenanza municipal o cualquier otro tipo de norma.
Derecho Constitucional II
Constitución de la República del Ecuador
CONSTITUCIÓN DEL 2008 Antecedentes históricos
Cuando el Ec. Rafael Correa Delgado asumió la presidencia el 15 de Enero del 2007 en su discurso de posesión anunciaba que hace mas de cincuenta años cuando nuestro país estaba devastado por
la guerra y el caos, el gran maestro Benjamín Carrión expresaba la necesidad de volver a tener patria; y que esa fue la inspiración de un puñado de ciudadanos cansados de los grupos de poder que los
habían gobernados y que habían mantenido secuestrada a la patria.
Derecho Constitucional II
Unas de las razones que motivaron la construcción de una nueva
constitución era porque la institucionalidad política del Ecuador había colapsado, algunas veces por el modelo anacrónico y caduco, otras por las garras de la corrupción, por el secuestro de la justicia; y otras por las voracidades políticas.
Había que reestructurar los organismos de control y darle una
nueva imagen al Honorable Congreso Nacional cuya popularidad había caído estrepitosamente; a través de un nuevo nombre y de nuevas reglas de juego que solamente eran posibles mediante una Asamblea Nacional Constituyente de plenos poderes.
Derecho Constitucional II
Era necesaria además una instalación de la Asamblea Nacional Constituyente porque el continente vivía un cambio histórico;
en Venezuela con la llegada al poder de Chávez ya se había vivido una experiencia constitucional que en el Ecuador estaba por cristalizarse;
en Bolivia de igual manera el presidente Morales había convocado a una Asamblea Nacional Constituyente para que redacte una nueva
Constitución; en fin; el continente se preparaba para el siglo XXI, o lo que ellos llaman el SOCIALISMO del siglo XXI; en cambio yo le diría mejor SOCIALISMO para el siglo XXI. De esta manera se superaría por fin los dogmas neoliberales y las democracias de plastilina que sometieron a tantas personas, a todo un pueblo y esa también es una consecuencia de la instalación de las Asamblea Nacional Constituyente.
Derecho Constitucional II
Principales transformaciones de la nueva Constitución en materia de Derechos.-
• La aplicación de los derechos no requiere de una ley que los desarrolle;
•La Constitución tiene un capítulo dedicado a desarrollar los principios generales de interpretación de los derechos;
• Elimina la división clásica de los derechos entre civiles, políticos y derechos económicos sociales y culturales;
• Se establece una nueva clasificación de los derechos entre aquellos necesarios para garantizar la vida digna (Buen vivir –Sumak Kausai-), los derechos de las personas que deben ser objeto de atención prioritaria del
Estado, los derechos colectivos de pueblos indígenas, pueblos y comunidades con una identidad propia, los derechos de participación política, los derechos de libertad, los derechos de la naturaleza y los derechos de protección.
Derecho Constitucional II
El derecho del buen vivir.
Es un derecho autónomo por primera vez en una Constitución.
El derecho a la alimentación que incluye la garantía de la soberanía alimentaria.
El derecho a la vivienda digna (políticas públicas de financiamiento público de viviendas de interés social).
El derecho a la educación que incluye la universalidad y gratuidad de la educación hasta el nivel superior y su carácter laico, cuando sea pública;
El derecho a la salud que incluye atención gratuita de enfermedades catastróficas y políticas públicas de promoción y atención universal de salud.
El derecho al trabajo que incluye el reconocimiento del carácter productivo de las labores domesticas y la extensión de
Derecho Constitucional II
Derechos Colectivos
La Constitución incorpora a la categoría de personas - sujeto de especial
Protección- a nuevos colectivos como LAS MUJERES EMBARAZADAS, LOS MIGRANTES y LOS PRESOS.
La Constitución profundiza la protección jurídica que ya tenían los llamados grupos vulnerables, como los niños, adolescentes y los adultos mayores.
Derechos de las personas objeto de especial protección.-
Protección que antes tenían los pueblos y comunidades indígenas y Afro-Ecuatorianas a otros colectivos diferenciados culturalmente como los Montubios.
Derecho Constitucional II
Derechos de la naturaleza
La nueva Constitución establece por primera vez en el
constitucionalismo mundial el reconocimiento de derechos a la NATURALEZA.
La naturaleza tiene derecho a su conservación en condiciones necesarias para su reproducción y la de los seres vivos que dependen de ella.
La naturaleza tiene derecho a la restauración y reparación de los daños que le causen las actividades humanas que incluye evitar, mitigar y reparar los impactos ambientales GRAVES Y
PERMANENTES contra los recursos naturales.
Derecho Constitucional II
Garantías Constitucionales.
Se clasifican en: normativas, políticas públicas, prestación de bienes o servicios públicos, de participación ciudadana y jurisdiccionales.
Garantías Normativas
La Asamblea y todo órgano con "potestad normativa tendrá la
obligación de subordinar formal y materialmente las leyes y demás normas jurídicas".
Derecho Constitucional II
Garantías Constitucionales.
Políticas Públicas y Servicios Públicos
Estarán directamente encaminadas a ejercer los derechos y el buen vivir. El Estado entregará el presupuesto y lo distribuirá equitativa y solidariamente para la ejecución de políticas y la prestación de bienes y servicios públicos. En el diseño y evaluación de éstas políticas se garantizará la participación de los ciudadanos, pueblos y nacionalidades.
Derecho Constitucional II
Garantías Constitucionales.
De las Garantías Jurisdiccionales
Deberán regirse por la legitimación activa popular, competencia, reglas de procedimiento, audiencia, pruebas, sentencia, apelación y seguimiento y sanción y remisión a la Corte Constitucional.
Se señalan las medidas cautelares las mismas que podrán ser solicitadas y ordenadas conjuntas o independientemente de las acciones constitucionales de protección de derechos con el objetivo de evitar, impedir o hacer cesar la violación o amenaza de derechos.
Derecho Constitucional II
El buen vivir en la Constitución 2008 Sumak Kawsay
En Ecuador se ha aceptado la filosofía y la cosmovisión de todos los pueblos y su pluriculturalidad, tanto es así que se establece en la
constitución aprobada en el año 2008 con un 72% de aceptación por la población es decir 10080000 de Ecuatorianos aprobaron en las urnas, la transformación de su Carta Magna en la cual se redacto en el
capitulo segundo los Derechos del buen vivir que está constituida por los art. desde 12 hasta el art. 34.
Derecho Constitucional II
“Sumak Kawsay” es un ideal escrito en el lenguaje Quechua, que traducido al español significa “Buen Vivir”; es decir, Vida Plena; el
“Buen Vivir” es un concepto para una sociedad mejor, donde los adultos viven en comunidad y de esta manera pueden acobijar a los jóvenes;
también es la relación entre la naturaleza y el hombre, es decir, los 4 elementos (aire, tierra, fuego y agua) junto con el hombre en el
“Pachamama”; que muestra la divinidad de la naturaleza y sus misterios.
Este es un proyecto nacional que ha abarcado favorablemente en nuestro país y fue una propuesta dada en la gestión del gobierno actual;
dirigido por el presidente Rafael Correa Delgado y el ministerio de Educación, Inclusión Social y de Interculturalidad. Se concentra en una campaña de equilibrio, ecología y economía.
Derecho Constitucional II
Este modelo de vida se ha convertido en el más representativo para nuestra sociedad; debido a su interés por incluir a todos; sin importar su etnia, raza, religión, discapacidad, etc. Se caracteriza porque muestra un propósito transparente y claro, ya que interfiere en los ámbitos educativos, culturales, económicos, legales, y en las condiciones de vida de cada persona.
En el aspecto educativo el “Buen Vivir” busca desarrollar diversos e ingeniosos objetivos para mejorar el aprendizaje; entre esos objetivos están: Ayudar a los jóvenes a comprender el entorno en donde están para no perder su identidad, ser ciudadanos responsables, reconocer procesos históricos fundamentales, seguir procedimientos gramáticos en sus escritos, culturas e imperios antiguos, sexualidad, economía,
Derecho Constitucional II
La Constitución de 2008 es una Carta Política que en buena parte recoge instituciones y derechos que constaban en la Constitución de 1998, aunque en general presenta un desarrollo más detallado y una serie de innovaciones importantes
Derecho Constitucional II
El rol del Estado en la economía
En cuanto a la economía pública, la Constitución actual regula más detalladamente que la de 1998, la organización y control de las empresas públicas (art. 315). A este tipo de empresas corresponde la gestión de sectores estratégicos como energía, telecomunicaciones, recursos naturales no renovables, entre otros, así como la prestación de servicios públicos (arts. 313- 314). Solo por excepción y mediante ley, esas prestaciones pueden ser delegadas a empresas mixtas, comunitarias o privadas (art. 316).
Derecho Constitucional II
Derechos y garantías
Por otra parte, sin dejar de reconocer los derechos civiles, la Constitución de 2008 desarrolla los derechos sociales y ambientales. Por ejemplo, el derecho al agua (art. 12), a la alimentación y soberanía alimentaria (art. 13), la universalización del derecho a la seguridad social (art. 34), el derecho a la salud (art. 32)… Se incluye, además, como una innovación importante los derechos de la naturaleza (art. 71).
También los derechos a la participación y los de los pueblos indígenas que adquieren un alcance mayor, lo cual se expone en las secciones sobre economía y plurinacionalidad.
Derecho Constitucional II
La plurinacionalidad en la Constitución
En cuanto al contenido de los derechos colectivos, las principales innovaciones tienen que ver en primer lugar con la inclusión de nuevos derechos colectivos, como el derecho a no ser objeto de racismo ni discriminación (arts. 57.2-57.3), a mantener sus sistemas jurídicos propios (art. 57.10), a constituir y mantener sus propias organizaciones (art. 57.15), a ser consultados antes de la adopción de medidas legislativas que puedan afectar a esos pueblos o colectivos (art. 57.17), el derecho a la limitación de actividades militares en sus territorios (art. 57.20), a que la diversidad cultural se refleje en la educación pública y en los medios de comunicación, a tener sus propios medios (art. 57.21), y los derechos de los pueblos en aislamiento voluntario (art. 57 inciso final)
Derecho Constitucional II
Función de Participación y Función Electoral
A diferencia de la Constitución de 1998 que establecía la clásica división de las tres funciones del Estado: Legislativa, Ejecutiva y Judicial, la Carta Política de Montecristi establece cinco funciones, pues a las clásicas agrega la de Participación Ciudadana y la Electoral.
El principal organismo dentro de esta nueva función es el Consejo Nacional de Participación Ciudadana y Control Social, cuyos miembros son designados mediante concurso público, luego de un proceso de impugnación de candidatos bajo veeduría ciudadana.
Derecho Constitucional II
Función de Participación y Función Electoral
Entre las funciones del Consejo se destacan la lucha contra la corrupción, la promoción de la participación ciudadana, y la designación de varios funcionarios de alto rango del Estado como son el Defensor del Pueblo, Defensoría Pública, Fiscal General de la Nación, Contralor General del Estado, miembros del Consejo Nacional Electoral y del Tribunal
Contencioso Electoral.
Derecho Constitucional II
El Debido Proceso
La Constitución vigente reúne los derechos del debido proceso norma en la que se establecían los derechos de la persona al momento de ser detenida y durante el proceso; así como también el derecho de acceso a la justicia.
Entre los derechos que se mencionan en esta norma constan la prohibición del aislamiento; el acceso de la persona privada de la libertad a un abogado y sus familiares; contar con los elementos necesarios para garantizar su salud integral en los centros de privación de libertad; ser atendidos en sus
necesidades culturales, laborales, educativas, productivas, alimenticias y recreativas; proteger preferentemente los derechos de mujeres embarazadas, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad que se
encuentren bajo este régimen.