LA ALCALDESA ejerciente/Jarduneango ALKATEAK, LA SECRETARIA acctal - B.B.IDAZKARIAK
JUNTA DE GOBIERNO LOCAL
ACTA DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL CELEBRADA EL DIA 12 DE ABRIL DE 2.017
ASISTEN
Sra. Presidenta:
Dª Leire Corrales Goti. (EAJ/PNV) Sras. y Sres. Tenientes de Alcalde:
Dª Ainhoa Basabe Meléndez. (EAJ/PNV) Dª Leire Fernández Díez. (EAJ/PNV) D. Gorka Alvarez Martínez (EAJ/PNV) Dª Josefina San Miguel Vicuña (EAJ/PNV) D. Eduardo Abad Baños (EAJ/PNV)
En el Concejo de Sestao, a doce de abril de dos mil diecisiete.
En el Salón de Sesiones de la Casa Consistorial y bajo la Presidencia de la Primera Teniente de Alcalde, Dª Leire Corrales Goti, en ausencia del Sr. Alcalde- Presidente D. Josu Bergara López, celebró sesión ordinaria la Junta de Gobierno Local, convocada a tal efecto, con asistencia de las Señoras y Señores Capitulares que anteriormente se relacionan, los que hallándose en número suficiente para adoptar acuerdos en primera convocatoria, se constituyeron en sesión a las ocho horas y treinta minutos de este día, asistidos de mí, la Secretaria accidental Dª Mª Dolores Arteagabeitia Apocada.
Se encuentra también presente la Sra. Interventora Dª María Garayoa Ansorregui.
Abierta la sesión por el Sr. Presidente, pasaron a tratarse seguidamente los asuntos incluidos en el orden del día.
Núm. 1.- Aprobación del acta de la sesión celebrada el día 5 de abril de 2017.
Queda aprobada por unanimidad el acta de la sesión anterior, celebrada el día 5 de abril de 2.017
Asesoría Jurídica
Núm. 2.- Decreto recaído en el procedimiento abreviado 238/2016 interpuesto por Dª M. B. D. contra Decreto de la Segunda Teniente Alcalde, Delegada de Personal de 27 de mayo de 2016 desestimatorio de la solicitud de rehabilitación al servicio activo de la situación de jubilada por incapacidad permanente total.
Visto el Decreto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº4 de
Bilbao, que declara terminado por desistimiento el Procedimiento Abreviado 238/2016
interpuesto por Dña. M. B. D. contra el Decreto de la Segunda Teniente Alcalde,
Delegada de Personal desestimatorio de la solicitud de rehabilitación al servicio activo
de la situación de jubilada por incapacidad permanente total, la Junta de Gobierno
Local,
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ACUERDA:
PRIMERO.- Quedar enterada del Auto dictado por el Juzgado Contencioso- Administrativo nº 4 de Bilbao, por el que se declara terminado por desistimiento el Procedimiento Abreviado 238/2016 interpuesto por Dña. M. B. D. contra el Decreto de la Segunda Teniente Alcalde, Delegada de Personal desestimatorio de la solicitud de rehabilitación al servicio activo de la situación de jubilada por incapacidad permanente total.
SEGUNDO.- Dar traslado de la resolución judicial a la Sra, Jefa de Sección de Personal a los efectos oportunos.
Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente
Núm. 3.- Licencia de obras solicitada por Dª E. C. E., en representación de la Comunidad de Propietarios de Alameda de Las Llanas, 1, para bajar el primer embarque de ascensor a cota cero y la sustitución del aparato elevador.
Visto el escrito y la documentación presentados por Dña. E. C. E., en representación de la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 1 de la calle Alameda La Llanas, con fecha 5 de Diciembre de 2016 y su documentación complementaria presentada en fechas 15 de Febrero, 6 y 9 de marzo de 2017, en solicitud de licencia municipal de obras para bajar el primer embarque del ascensor a cota cero y la sustitución del aparato elevador en el citado inmueble y visto el informe favorable emitido por los Servicios Técnicos de Urbanismo y de conformidad con la propuesta favorable que al particular emite la Jefa de la Sección de Urbanismo, la Junta de Gobierno Local,
ACUERDA:
PRIMERO: Conceder a la Comunidad de Propietarios del inmueble nº 1 de la calle Alameda Las Llanas (NIF nº XXXX) licencia municipal de obras para bajar el primer embarque del ascensor a cota cero y la sustitución del aparato elevador en el citado inmueble.
SEGUNDO: Las obras se realizarán con sujeción al proyecto de ejecución redactado por la Arquitecta Dña. E. C. E. y visado por su Colegio Oficial correspondiente el 30 de noviembre de 2017 y documentación complementaria presentada el 15 de Febrero, 6 y 9 de Marzo de 2017, y además deberán cumplirse las siguientes condiciones:
CONDICIONES PARTICULARES:
- Cualquier alteración del proyecto, excepto los condicionantes impuestos en esta licencia, requerirá previa autorización expresa del Ayuntamiento.
- Previo al inicio de la obra, se deberá hacer entrega en el Registro General del Ayuntamiento la siguiente documentación:
- El nombramiento del Técnico Director de la obra y del Coordinador de Seguridad y Salud.
- Acta de aprobación del Plan de Gestión de Residuos, de conformidad al Decreto 112/2013 por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición y nombramiento de la persona responsable de la gestión.
- Comunicación de apertura de centro de trabajo.
- Acta de aprobación del plan de seguridad y salud.
- De conformidad con lo establecido en la “Ordenanza municipal para la promoción de la accesibilidad en edificios de viviendas”, se deberán instalar las medidas complementarias establecidas en el caso 4 de la Instrucción Técnica de la citada Ordenanza, que a continuación se detallan:
• Extintores portátiles por planta con eficacia mínima 21A-113B.
• Conforme a la UNE 23007 – 14:2009:
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o Sistema de detección automática de incendio instalado uno en cada planta, en locales de ocupación nula y locales de instalaciones del edificio.
o Sistema manual de alarma de incendio (pulsadores) cada dos plantas comenzando la instalación por la planta portal.
o Sistema de comunicación de alarma teniendo en cuenta que el nivel sonoro mínimo será de 75 dB(A). Se dispondrán de tantas como se considere conveniente para garantizar su audición en todas las viviendas. Esta señal acústica se complementará con señales luminosas en el interior de las propias viviendas, donde haya personas mayores (65 años) y/o con discapacidad que les impida percatarse de la alarma.
• Alumbrado de emergencia conforme al Código Técnico, Documento Básico, Seguridad en la utilización y Accesibilidad, CTE-DB-SUA 4.
- Todos los peldaños que forman el nuevo tramo de escalera a realizar en el portal, tencdrán la misma huella y contrahuella.
- El local de contadores eléctricos cumplirá con las determinaciones del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión. Se compartimentarán los locales de riesgo especial que comuniquen con la caja de escalera.
- El plazo de inicio de las obras será de DOS MESES a partir de la firma de la notificación de la concesión de la licencia.
- El plazo de interrupción de la licencia, será siempre justificado previamente, y como máximo de UN MES.
- El plazo de finalización de las obras será de DIEZ MESES, desde la concesión efectiva de la licencia hasta la completa terminación de los trabajos.
CONDICIONES GENERALES:
OCUPACION DE VÍA PÚBLICA:
- No se podrá utilizar la vía pública como obrador, salvo que se proteja debidamente, mediante la colocación de materiales de protección suficientemente resistente e impermeables que eviten su deterioro.
- Queda prohibida la utilización de los sumideros y demás registros de arquetas para evacuación de residuos que puedan dañar las canalizaciones o disminuir su sección de evacuación.
CONTENEDORES DE OBRA:
- Para el depósito de escombros en la vía pública resulta obligado la utilización de contenedores, debiendo de ser normalizados.
- Los contenedores deberán presentar en su exterior de manera perfectamente visible el nombre o razón social y teléfono de la propiedad o de la empresa responsable y el número de identificación del contenedor.
- Únicamente se autoriza el vertido de residuos inertes para su posterior retirada a vertedero autorizado.
- El contenedor no podrá invadir el carril de circulación y deberá adoptar las medidas oportunas de protección del pavimento.
- El contenedor, excepto en los momentos que su uso no lo permita, deberá permanecer tapado por toldos con el fin de que su contenido no se vierta o sea esparcido o levantado por el viento.
- El promotor o constructor, deberá ponerse en contacto con la Policía Local para que le sea indicado el lugar exacto donde ubicar el contenedor.
- Una vez alcanzado el límite de capacidad legal del contenedor, deberá ser retirado de la vía pública de forma inmediata.
- Al retirar el contenedor deberá dejarse en perfectas condiciones de limpieza la superficie de vía pública ocupa.
- No se autorizará la ocupación de la vía pública con contenedores a partir
de las 15 horas de los viernes, hasta las 8 horas del siguiente día hábil, ni tampoco
los días festivos, salvo que el contenedor se encuentren en el interior de un recinto
vallado y autorizado para la propia obra.
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- Una vez retirado el contenedor, se presentará el correspondiente escrito, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada.
VALLADO:
- La obra y/o el espacio público que se utilice como obrador, deberá permanecer en todo momento debidamente vallados, desde su inicio hasta su finalización total, mediante cierre de valla de chapa metálica ciega, de 2,00m de altura mínima.
- Una vez retirado el vallado, se presentará el correspondiente Certificado Final del mismo, señalando las fechas de colocación y de retirada, así como la superficie de vía pública ocupada.
ELEVACIÓN DE CARGAS:
- La elevación de cargas se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 2177/2004 de 12 de noviembre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura o legislación posterior que la complemente o sustituya.
- En todo caso, los aparatos elevadores deben de estar situados dentro del entorno vallado de la obra.
SEÑALIZACIÓN DE LA OBRA Y ACCESO AL INTERIOR DE LA MISMA:
- El solicitante de la licencia, deberá dirigirse a la Policía Local de Sestao para que conforme a sus criterios, la obra quede perfectamente señalizada, tanto exteriormente como en sus accesos al interior de la misma.
LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA Y DEL MOBILIARIO URBANO:
- Durante la ejecución de la obra, se deberá regar la vía pública próxima a la obra, para no levantar polvo y mantenerla en perfecto estado de limpieza y conservación.
- Se deberá proteger el mobiliario urbano existente afectado por las obras, y en su caso solicitar el traslado a las dependencias municipales de la Brigada de Obras, en caso de desmontar algún elemento, debiendo ser repuesto nuevo a la finalización de las obras.
TOMAS DE AGUA PARA LA OBRA:
- La toma de agua para la obra deberá realizarse a partir del contador del propio solicitante de la licencia.
- En caso de solicitar suministro de la red pública, el solicitante deberá dirigirse al gestor del servicio de Aguas UDALSAREA (Teléfono de contacto 94.487.31.87), quien le señalará el lugar, aportando de su cuenta una columna con contador. Deberá suscribir el correspondiente contrato con el Consorcio de Aguas, quien colocará el contador
TERCERO: De conformidad con el Decreto 112/2012 por el que se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición, se depositará una fianza de 420,00.-€ en concepto de garantía de la adecuada gestión de los residuos de construcción y demolición.
La devolución de la fianza sólo se producirá previa solicitud de la persona
obligada y tras la acreditación documental de la correcta gestión de los residuos
generados en la obra mediante la presentación del informe final de gestión de residuos
al que se alude en el apartado CUARTO de la presente resolución. En caso de no
acreditarse la adecuada gestión de los residuos, y sin perjuicio de la aplicación del
régimen sancionador previsto en la normativa de Residuos, el Ayuntamiento podrá
ejecutar subsidiariamente las actuaciones necesarias para la correcta gestión de los
mismos y si ello no fuera posible, destinar el importe de la fianza a la realización de
actuaciones de mejora ambiental en el municipio.
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CUARTO: Una vez finalizadas las obras se solicitará la oportuna inspección municipal, mediante escrito presentado en el Registro General del Ayuntamiento al que se acompañará la siguiente documentación:
- Certificado Final de Obra, suscrito por el técnico director de la obra, visado por su Colegio Profesional de conformidad al Anejo II.3. de la parte primera del Código Técnico de la Edificación.
- Certificado del valor final de obra.
- Informe final de gestión de residuos, firmado por la dirección facultativa y verificada por su Colegio Profesional, en el que se acredite la correcta gestión de los residuos generados en la obra de acuerdo con el modelo que se especifica en el anexo III del Decreto 112/2012.
QUINTO: La presente licencia se otorga dejando a salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros.
SEXTO: El interesado abonará en la Tesorería Municipal los derechos establecidos en la Ordenanza Fiscal vigente.
SÉPTIMO: Advertir al interesado que las obras en ningún caso podrán iniciarse sin haber entregado en el Ayuntamiento la documentación a la que se refiere el apartado segundo de la presente resolución, y sin haber depositado la fianza requerida en la presente licencia.
Antes del inicio de las obras se colocará en un lugar visible desde la vía pública una copia de la presente licencia municipal junto con una copia del justificante de haber depositado en la Tesorería Municipal la mencionada fianza.
OCTAVO: Que por la Policía Local se mantenga la oportuna vigilancia sobre el cumplimiento de lo ordenado en el apartado anterior, procediéndose a la paralización de las obras caso de que éstas se iniciaran sin dar cumplimiento a lo requerido.
NOVENO: Notificar la presente resolución a Dña. E. C. E., en representación de la Comunidad de Propietarios de la calle Alameda Las Llanas nº 1 (NIF nº XXXX) y con domicilio a efectos de notificaciones en la calle Bilbao Galdakao Errepidea nº 10-2º Dpto. 7 – 48004 Bilbao, así como a los Departamentos Municipales de Hacienda y Patrimonio, Tesorería, Intervención, Servicios Técnicos de Urbanismo
Acción Social y Personas Mayores.
Núm. 4.- Adjudicación del contrato de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio a las personas que el Ayuntamiento de Sestao designe usuarias de este servicio.
Considerando que por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión celebrada el día 26 de octubre de 2016, se aprobó el expediente para la contratación de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio a las personas que el Ayuntamiento de Sestao designe usuarias de este servicio.
Examinada la propuesta emitida el día 5 de abril de 2017 por la Mesa de contratación que debe asistir a la Junta de Gobierno Local para la adjudicación del citado contrato, en la que propone adjudicarlo a la licitadora URGATZI, S.L. (CIF B- 48678718); estando esta Junta de Gobierno Local de acuerdo con la citada propuesta de adjudicación; habiendo aportado la citada licitadora la documentación acreditativa de que cumple todos los requisitos para poder ser adjudicataria de este contrato; y visto el informe de fiscalización emitido por la Sra. Interventora municipal, esta Junta de Gobierno ,
ACUERDA:
Primero.- Admitir a la licitación convocada por el Ayuntamiento de Sestao
para la contratación de la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio a las entidades
que seguidamente se relacionan y, en consideración al Proyecto Técnico de Gestión
y demás documentación que cada una de ellas ha presentado para que fuese valorada
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su propuesta, y en aplicación de los criterios de valoración previstos en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que regulan esta contratación, asignar a cada una de ellas la puntuación que se indica:
LICITADORA CRITERIO DE VALORACIÓN Y PUNTUACIÓN PARCIAL PUNTUACIÓN TOTAL
EULEN SERVICIOS
SOCIO SANITARIOS,
S.A
1.-Criterios no cuantificables por fórmulas:
1,1.-Procesos de alta ordinaria y urgente de personas usuarias.. 4,14 pts 1.2.-Procesos de seguimiento de los servicios……….. 3 pts 1.3.-Protocolos de actuación ante incidencias y urgencias durante la prestación de servicios……….….…… 6 pts 1.4.-Procesos de coordinación del servicio………...…. 4,50 pts 1.5.-Evaluación del servicio……….…… 4,75 pts 1.6.-Sistemas de control presencial del personal auxiliar
domiciliario... 7 pts 1.7.-Recursos humanos (número, titulación académica y porcentaje de jornada laboral dedicada al SAD de Ayto Sestao)…………...…. 1,20 pts 1.8.-Recursos humanos (eficacia e idoneidad en la asignación de funciones y tareas y optimización de los recursos humanos adscritos al SAD de Ayto Sestao)……….... 1,50 pts 1.9.- Plan de formación continua……….…. 1 pts 1.10.-Dotaciones informáticas y tecnológicas……….….…… 2,25 pts 2.-Criterios cuantificables por fórmulas:
2.1.-Precio: ……….……..49,26 ptos
2.2.-Mejoras: ………3 ptos
87,60 puntos
GARBIALDI, S.A.
1.-Criterios no cuantificables por fórmulas:
1.1.-Procesos de alta ordinaria y urgente de personas usuarias.. 4,89 pts 1.2.-Procesos de seguimiento de los servicios……….. 0 pts 1.3.-Protocolos de actuación ante incidencias y urgencias durante la prestación de servicios………..…… 3 pts 1.4.-Procesos de coordinación del servicio……….…. 3,40 pts 1.5.-Evaluación del servicio……….…… 5,63 pts 1.6.-Sistemas de control presencial del personal auxiliar
domiciliario... 7 pts 1.7.-Recursos humanos (número, titulación académica y porcentaje de jornada laboral dedicada al SAD de Ayto Sestao)………..…. 1,40 pts 1.8.-Recursos humanos (eficacia e idoneidad en la asignación de funciones y tareas y optimización de los recursos humanos adscritos al SAD de Ayto Sestao)………...……. 1,50 pts 1.9.- Plan de formación continua………...……. 1,35 pts 1.10.-Dotaciones informáticas y tecnológicas………...…...… 2,25 pts 2.-Criterios cuantificables por fórmulas:
2.1.-Precio: ………..….. 50 ptos
2.2.-Mejoras: ……… 3 ptos
83,42 puntos
URGATZI, S.L.
1.-Criterios no cuantificables por fórmulas:
1.1.-Procesos de alta ordinaria y urgente de personas usuarias.. 5,82 pts 1.2.-Procesos de seguimiento de los servicios………...….. 6 pts 1.3.-Protocolos de actuación ante incidencias y urgencias durante la prestación de servicios……….….…… 6 pts 1.4.-Procesos de coordinación del servicio………..…. 5,75 pts 1.5.-Evaluación del servicio……….…… 6,75 pts 1.6.-Sistemas de control presencial del personal auxiliar
domiciliario... 7 pts 1.7.-Recursos humanos (número, titulación académica y porcentaje de jornada laboral dedicada al SAD de Ayto Sestao)………... 2 pts
96,76 puntos
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1.8.-Recursos humanos (eficacia e idoneidad en la asignación de funciones y tareas y optimización de los recursos humanos adscritos al SAD de Ayto Sestao)………...……. 1,50 pts 1.9.- Plan de formación continua………...…...…. 1,70 pts 1.10.-Dotaciones informáticas y tecnológicas………..…....… 2,25 pts 2.-Criterios cuantificables por fórmulas:
2.1.-Precio: ……….….. 48,99 ptos
2.2.-Mejoras: ……… 3 ptos
BCM GESTIÓN DE SERVICIOS,
S.L.
1.-Criterios no cuantificables por fórmulas:
1.1.-Procesos de alta ordinaria y urgente de personas usuarias.. 3,08 pts 1.2.-Procesos de seguimiento de los servicios………….…….….. 3,75 pts 1.3.-Protocolos de actuación ante incidencias y urgencias durante la prestación de servicios……….….…… 5 pts 1.4.-Procesos de coordinación del servicio………...…. 4 pts 1.5.-Evaluación del servicio……….…… 4,50 pts 1.6.-Sistemas de control presencial del personal auxiliar
domiciliario... 2,80 pts 1.7.-Recursos humanos (número, titulación académica y porcentaje de jornada laboral dedicada al SAD de Ayto Sestao)……...…. 1,20 pts 1.8.-Recursos humanos (eficacia e idoneidad en la asignación de funciones y tareas y optimización de los recursos humanos adscritos al SAD de Ayto Sestao)………..…....……. 1,50 pts 1.9.- Plan de formación continua………...…. 0,60 pts 1.10.-Dotaciones informáticas y tecnológicas………..……....…… 1,50 pts 2.-Criterios cuantificables por fórmulas:
2.1.-Precio: ……….. 49,77 ptos
2.2.-Mejoras: ……… 3 ptos
80,70 puntos
VALORIZA SERVICIOS
A LA DEPENDENCIA,
S.L
1.-Criterios no cuantificables por fórmulas:
1.1.-Procesos de alta ordinaria y urgente de personas usuarias.. 3,98 pts 1.2.-Procesos de seguimiento de los servicios………..….. 4,50 pts 1.3.-Protocolos de actuación ante incidencias y urgencias durante la prestación de servicios……….….… 5 pts 1.4.-Procesos de coordinación del servicio………...……. 5 pts 1.5.-Evaluación del servicio……….…… 6,19 pts 1.6.-Sistemas de control presencial del personal auxiliar
domiciliario... 7 pts 1.7.-Recursos humanos (número, titulación académica y porcentaje de jornada laboral dedicada al SAD de Ayto Sestao)……...…. 1,50 pts 1.8.-Recursos humanos (eficacia e idoneidad en la asignación de funciones y tareas y optimización de los recursos humanos adscritos al SAD de Ayto Sestao)………...…. 1,50 pts 1.9.- Plan de formación continua………..…..……... 0,90 pts 1.10.-Dotaciones informáticas y tecnológicas………...… 2,25 pts 2.-Criterios cuantificables por fórmulas:
2.1.-Precio: ……….. 49,01 ptos
2.2.-Mejoras: ……… 3 ptos
89,83 puntos
Segundo.- En aplicación de lo previsto en el Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares que regulan esta contratación, y por haber obtenido la
mayor puntuación total, se adjudica el contrato de prestación del Servicio de Ayuda a
Domicilio a las personas que el Ayuntamiento de Sestao designe usuarias de este
servicio, a URGATZI, S.L. (CIF XXX) por el precio total de veintinueve euros con
cuarenta y ocho céntimos de euro (29,48 euros) por hora de trabajo diurna ordinaria
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(precio integrado por 28,35 euros de principal y 1,13 euros de Impuesto sobre el Valor Añadido).
Tercero.- Comunicar a URGATZI, S.L. (CIF XXXX) que, en el lugar, día y hora en la que a tal efecto se le requiera por el Ayuntamiento de Sestao y como máximo en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al que se le notifique el presente acuerdo, se procederá a la formalización del contrato en documento administrativo.
Cuarto.- Notificar el presente acuerdo a EULEN SERVICIOS SOCIOSANITARIOS, S.A.; GARBIALDI, S.A.; URGATZI, S.L.; BCM GESTIÓN DE SERVICIOS, S.L.; VALORIZA SERVICIOS A LA DEPENDENCIA, S.L.; a la Sra.
Interventora Municipal, a la Sra. Tesorera Municipal, y proceder a su publicación en la página web del Ayuntamiento de Sestao en el perfil del contratante”.
No obstante, la Junta de Gobierno Local adoptará el acuerdo que estime conveniente. Si la Junta de Gobierno Local se apartase de la propuesta de adjudicación emitida por la Mesa de Contratación, habrá de motivar la razón de ello, mediante la aplicación de los criterios establecidos en la cláusula 12ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares que regulan este contrato.
FUERA DEL ORDEN DEL DIA
Fuera del orden del día, con la conformidad de todos los asistentes sobre la urgencia que reviste el asunto al que después se hará mención, y a la vista de lo determinado por el artículo 113.1 del Real Decreto 2568/86 de 28 de diciembre, Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, pasó a tratarse el siguiente asunto:
Núm. 5.- Sentencia recaída en el incidente concursal 137/17 interpuesto por la Administración Concursal del Concurso Voluntario de Acreedores Albergue La Naval con motivo del Decreto de 21 de julio de 2016 de compensación de deudas.
Vista la Sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Bilbao en el incidente concursal 137/17 interpuesto por la Administración Concursal del Concurso Voluntario de Acreedores 428/14 Albergue Naval Sestao S.L por la que se estima la demanda incidental y es declarada indebidamente realizada la compensación de los créditos objeto del incidente condenado al Ayuntamiento a abonar a la masa del concurso la suma de 5.532,07 euros así como las costas procesales y visto asimismo el informe de la Letrada Asesora Municipal, la Junta de Gobierno Local:
ACUERDA:
PRIMERO.- Quedar enterada de la Sentencia del Juzgado de lo Mercantil nº1 de Bilbao en el incidente concursal 137/17 interpuesto por la Administración Concursal del Concurso Voluntario de Acreedores 428/14 Albergue Naval Sestao S.L por la que se estima la demanda incidental y es declarada indebidamente realizada la compensación de los créditos objeto del incidente condenado al Ayuntamiento a abonar a la masa del concurso la suma de 5.532,07 euros así como las costas procesales.
SEGUNDO.- Dar traslado de este acuerdo a la Sra. Tesorera Municipal con
copia de la resolución judicial para que realice cuantas actuaciones demande su
cumplimiento así como del informe de la Letrada Asesora Municipal.
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