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AfIo XCIV. No. 69 Oficio No. 4044' 23-'X-1991 e o N T E N 1 D o/ ======~ PODER EJECUTIVO

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PERIODICOOFICIAl

DEL· GOBIERNO

DEL ESTADO

DE' GUERRERO

Chllponclngo, Gro., Martes 27 de Agosto de 2013 Caract.rr.flca. 114212816

P.rml.o . 0341083 AfIo XCIV No. 69 Oficio No. 4044' 23-'X-1991

e o

N T E N 1 D

o/

======~

PODER EJECUTIVO

DECRETO NÚMERO 199 POR EL'QUE SE ADICIONA EL

TERCERPÁRRAPO DEL ARTÍCULO 15.5, DE ,LA LEY

NÚMERo 571 DE INSTITUCIONES Y PROCEDIMIENTOS

ELECTORALES DEL ESTADO DE GUERRERO. • • • • • 5

DECRETO NÚMERO 2

o o

POR EL QUE SE REPORMA EL

ARTÍCULO 7

o

DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS

PENALES PARA EL ESTADO DE 'GUERRERO,

NÚ-MERO 35'7 • . . • . . • . • . • • • • • • • • • • . • • • • • . • . • • •

.. DECRETO NÚMERO 215 POR EL QUE SE REPORMA LA

FRACCIÓN VIII DEL ARTÍCULO 349 DEL CÓDIGO

CIVIL DEL ESTADO DE GUERRERO ••••••••••••

. DECRETO NÚMERO 216 POR

El:.

QUE SE REPORMAN' 'Y

ADICIONAN DIVERSAS PISPOSICIONBS A LA LEY

NÚMERO 495 DEL REGISTRO CIVIL DBL ESTADO

21

32

DE GuERRERO ••••••••••••••••••••••••• ,. • • 40

(2)

32 PERlQDICO OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO Martea 27 de AgOlto de 2013

DJ&CRBTO NOMBRO 215 POR BL QUE

SI RBPORNA LA FRACCIÓN VIII DBL AJtTfCOLO 349 DBL CÓDIGO CIVIL DBL .BSTADO DB GUERRERO.

~ HEIADIO AGUI~ RIVERO,

Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Gue-rrero, a sus habitantes sabed . Que el H. Congreso Local, se

ha servido comunicarme que,

vigor, present6 ante la Plena-ria, la·lniciativa de Decreto por el que se adiciona la frac-ci6n VIII del artículo del C6-digo Procesal Civil para el Es-tado de Guerrero.

Que en sesi6n de fecha 23 de enero de 2013, el Pleno de la Sexagésima Legislatura al Ho-norable Congreso del Estado

Li-bre y Soberano de Guerrero,

to-m6 conocimiento de la iniciativa LA SBXAGBSlMA LBGISLATURA de referencia, habiéndose tur-AL HONORABLB CONGRESO DEL ESTADO nadd, por instrucciones de la LIBRB y SOBERANO DB GUERRERO, Presidencia ·de la Mesa Directi-EH NOMBRB DEL PUEBLO QUE

RE-PRBSBNTA, Y:

C O N S I D.E R A N D O Que en sesi6n de fecha 20 de junio del 2013, los Diputados integrantes de la Comisión de Justicia, presentaron a la Ple-naria el Dictamen con proyec-to de Decreproyec-to por el que se re-forma la fracci6n VIII del ar-tículo 349 del Código Civil del' Estado de Guerrero, eh los si-guientes términos:

"Que con fecha 23 de enero de 2013, el Diputado Amador Cam-pos Aburto, integrante de la . Fracc1.6n Parlamentaria del

Par-tido de la Revolución Democrá-. tica de la Sexagésima Democrá- .Legisla-tura,al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Gue-rrero, en uso de las faculta-des que le confieren, los

ar-tículos 50 fracci6n

Ir

de la

Constitución Política Local

JY

126 fracci6n II de la Ley Orga-nica del Poder Legislativo en

va, mediante oficio número LX/ 1ER/OM/DPL/0793/2013, signado por la Oficialía Mayor del H. Congreso del Estado, a la

Comi-si6n de Justicia, para su aná~

lisis y emisión del Dictamen y

proyect~ de Decreto correspon-. diente.

Que el Diputado Amador Cam-pos Aburto, motiva su iniciativa en los siguientes. términos:

-"La familia es el ámbito donde se desarrollan las re-laciones y la interacci6n de personas que conviven en un mismo espacio. Se considera un núcleo privilegiado, ya que es productor y transmisor de pautas y prácticas culturales, es ahí donde se inculcan hábitos, se crean e intercambian lazos de solidaridad y comprensi6n, sentimientos, problemas y

con-flictos y se· establecen los

primeros esquemas de formación de identidades, en lo reLativo a los papeles asignados

(3)

Martes 27 de Agosto de 2013' ,PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO. DE GUERRERO, 33

• Bstan importante este tema, que a nivel nacional, se han implementado mecanismos y acciones necesarias para

pre-venir la de~integraci6n

fami-liar, prueba de ello , es que con

fecha 3 d~ marzo del 2011, la

LIX Legislatura recibió el ofi-cio de fecha 23 de febrero del

liar.

• Por ello, la Legislatura que ,nos precedi6, emiti6 el

De-creto Número 775 de fecha 26 de

mayo de 2011, publicado én el Pe-riódico Oficial del Gobierno del Estado número 70 de fecha 02 de septiembre de 2011, en el 2011, enviado por la cámara de cual se considera,precisamen-Senadores del Honorable Congre-. te, la inclusión del requisito so de la Uni6n, por medio del de la Constancia de haber reci-cual se remitió el acuerdo por bido pláticas sobre violencia

el que se exhorta respetuosa- . familiar, impartidas por la Se~

mente a los Titulares del Poder cretaría de la Mujer del Gobier~

Ejecutivo de las Entidades Fe- no del Estado, en 'conjunto con

derativas y a las Legislaturas el Instituto Nacional de las Mu-Locales a revisar su legislación jeres y la Coordinaci6n

Técni-civil, con la finalidad de ha- ca del Sistema Estatal del

Re-cer las modificaciones a su mar- gistro Civil.

cojurídico a fin de que se in-cluya como requisito para

con-traer matrimonio, el que los con~

trayentes presenten constan-cia de haber recibido pláticas sobre violencia familiar, im-partidas por la Institución que para tal efecto sea autorizada por los organismos Federales o Estatales, encargados de

diri-gir la política p~ra lograr la

igualdad entre hombres y mu-jeres.

• Entidades como: Chihua-hua, Jaliscv, Nayarit, Colima, Coahuila, Tabasco y

Aguasca-.lientes, entre otras, a~í como

países como Chile, ya estable-cieron en sus legislaciopes co-mo requisito' para contraer ma-trimonio, haber llevado cursos,

o

platicas prematrimoni'ales

impartidas por el Estado, como una política pública parapre-venir la desintegración

fami-• Sin embargID, resulta ne-cesario fortalecer en nuestro código civil éste requisito pa-ra contpa-raer matrimonio, con el objetivo de ampliar este crite-rio,orientando y asesorando en el aspecto jurídico, social y psicológico a las parej as pr6~ ximas a contraer matrimonio civil, y así coadyuvar a que co-nozcan y .reflexionen sobre te-mas que le ayudaran a ampliar su visión sobre su identidad y sobre la de la pareja, propi-ciando nuevas expectativas para su futuro matrimonio.

• Importante es

señalar;-que dentro de la etapa del

no-viazgo tres de cada diez ado-lescentes denuncian que sufren algún tipo de violencia, lo que indica que dentro del matrimonio este índice de violencia no so-lo se reproduzca sino ctue va en

(4)

,

, 3. PERIODlCO OFICIAl. DEL ESTADO DE GUERRERO Marte. 27 de Agosto de 2013

aumento, toda vez que en nuestro ,estado, se da en siete de cada diez matrimonios, lo que

con-vierte a este,problema en Uno de los más graves dentro de la sociedad guerrerense.,

• Que los pripcipales ob-- :tE!tivos que se pretenden·obtener

con la presente iniciativa es precisamente ampliar, este '/quisito, para que no sólo re-ciban pláticas sobre violencia fami¡iar, sino ir más allá, es, decir, reciban curso-taller en el que se orienten a los futu-ros contrayentes en aquellos aspectos jurídicos que

desco-nocen, promover el ~ialogo

con-yugal como clave de éxito en las relaciones humanas dentro del matrimonio, impulsar a las parej as a vivir en armonía y equidad de género, reconocer la valía de cada uno de,los cónyu-ges para vivir sin intimidación y evitar la viol'encia familiar, crear cQnciencia dél compromi-so que tienen los esponsales al conveftirse en padres de fa-milia, que la parej a conozca sus

derechos y obligaciones

deri-vados ,del matrimonio; así como evitar la violencia en la fami-lia que formaran, para prevenir divorcios prematuros.

• Cabe hacer' menc ión que además ,de los Estados ante-riormente citados, también Yu-catán, Colima y Jalisco, esta-blecen como·requisito para con-traer matrimonio el recibir el

taller prematrimonial, 10 cual

significa que diez entidades federativas, se encuentran con

una legislación a la vanguardia, y sobre todo, garantizando a la

sociedad que con estas medidas preventivas existen menos posi-bilidades de que exista violen-cia en el seno familiar.

• Es pOl;' ello, que propongo la presente iniciativa, en la que se fortalece y se amplía el criterio, respecto al requisito para contraer matri,",onio, ya que no solo consistirán en acre'; ditar con una constancia el haber recibido pláticas sobre violencia familiar, sino, que los consortes tendrán que acre-ditar que asistieron a un curso taller que deberá impartir la autoridad municipal, el cUal de-berá abarcar, entre otros, as-pectos como: relaci6n de pa-reja, proyecto de vida en pare-ja, efectos del matrimonio, pre-vención de la violencia fami-liar.

• Con la finalidad de que exista una armonizaci6n'y con-gruencia en las leyes de la ma-teria y para que la' presente

iniciativa sea realmente ope-rativa y aplicable a la ciuda-danía guerrerense, simultánea-mente present6 las modifica-ciones a la Ley del Registro Ci-vil del Estado de Guerrero, pa-ra que sea la Coordinaci6n Es-tatal del Registro Civil quien imparta a los Oficiales del Re-gistro Civil, el curso-taller de orientación prematrimonial en 'los términos establecidos en'

el Código Civil.

(5)

Mart.. 27 de AgOIfo de 2013 PERIODICO OFtCW. DEL ESTADO DE C¡;UERAER038

acciones se apoya la equidad dentro de la pareja y se for-talece el matrimonio, asi mismo se contribuye para que el Es-tado de Guerrero se ocupe de im-plementar politicas públicas para una vida digna pór el bien de la sociedad y sobre todo por el bien de las futuras genera-ciones. No se puede cambiar el pasado pero si podemos y debemos trabajar para construir una me-jor sociedad, a través de·rela-ciones civiles. responsables".

Que en términos de lo dis-puesto por los articulos 46, 49

fracciones VI, 57 fracción II,

,

86 primer párrafo, 87, 127pá-rrafos primero y tercero, 132, 133 Y dem~s relativos de la Ley Orgánica del Póder Legislativo del Estado N(lmero 286,' esta Co-. misión, tiene plenas facultades

para analizar la Iniciativa de referencia y emi tir el Dictamen con proyecto de Decreto que re-caerá'a la misma, realizándose en los siguientes términos:

Que el Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Guerrero, conforme a lo estable-.cido por los articulos 47 frac-ción I, 51 Y 52 de la Constitufrac-ción Politica Local, 8° fracción I y 127 párrafos primero y terce-ro de la Ley Orgánica del Poder Legislativo en vigor del Estado de Guerrero, . está plenamente facul tado para discut:i,r y apro-bar; en su caso, el dictamen que recaerá a la iniciativa de re-ferencia.

Que la· iniciativa de

re-ferencia, tiene como objeto principal ampliar el criterio, respecto al requisito para con-traer matrimonio, ya que no so-lo consistirá en acreditar con

una constancia

que

recibieron

platicas sobre vio1enc~a

fami-liar, sino, que los consortes

tendr~n que acreditar que.

asis-tieron a un curso taller qued~­ berá impartir los Oficiales del Registro Civil Municipales; di-cho CUrso Taller deberá abarcar, entre otros, aspectos: relaci6n de pareja, proyecto de vida en

pareja, efectos de~ matrimonio

y prevención de la violencia

fa-miliar.

Que del análisis efectuado a la iniciativa, se tiene que la misma, no es violatoria .de

garantias individual~s, ni se

encuentra en contraposici6n con z:lingún otro ordenamiento legal.

-Que tomando en cuenta que existe información emitida ·por

instancias oficiales y no

gu-bernamentales como el Instituto Nacional de Estadlstica¡

Geo-grafia

!3

Informática (INEGI),

y de la UNICEF, el 43\ de las

mujeres en el pals han sufrido

violencia por parte de su pa-reja a lo largo de su última re-lación.

Que asl también durante el noviazgo, existen datos de que el 39% por ciento de los jóve-nes de ambos sexos de entre 15 y 24 años de edad, que tienen.

una relación de noviazgo I sufren

violencia emocional, y el , . sufren violencia física.

(6)

36 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADO -DE GUERRERO Martes 27 de Agosto de 2013

Ante esta situación, es im- civil, como requisito para

con-postergable, que se fortalezcan' traer matrimonio, la constancia los mecanismos existentes sobre que acredita haber recibido plá-este particular, a fin de

evi-tar y prevenir este tipo de

si-tuaciones que laceran y reper-cuten en la sociedad en general.

ticas e información sobre vio-lencia familiar, derechos y obli-gac.iones del matrimonio, expe-dida por la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia, Que por ello, y tal y como, en coordinación con las insti-).0 señala en la exposición de

motivos de la Iniciativa del

Diputado ~dor Campos Aburto,

el Congreso de la Unión, remitió el acuerdo por el que se exhor-ta respetuosamente a los Titu-lares del Poder Ejecutivo de las Entidades Federativas y a las Legislaturas Locales a re-visar.su legislación civil, con la finalidad de hacer las modi-ficaciones a su marco jurídico

a fin de que se incluya como

re-quisito para contraer matri-monio, el que los contrayentes presenten constancia de haber , recibido platicas sobre

violen-cia familiar, impartidas por la Institución que para tal efecto sea autorizada por los orga-nismos Federales o Estatales, encargados de dirigir la políti-ca para lograr la igualdad en-tre hombres y muj eres.

Que derivado de lo anterior, en nuestra entidad se incorporó como requisito para contraer matrimonio, la asistencia a

pla-ticas sobre violencia fami-liar; :asi también Entidades Fe-derativas señaladas en las ar-gumentaciones del colegisla-dar hicieron lo propio. Recien-temente Tamaulipas, Colima,

Ba-ja California y Durango, han

establecido en su legislación

tuciones o instancias adecuadas en la materia.

Por lo anterior, esta

Comi-sión Dicta~inadora, estimamos

indisp~nsable educar a nuestras

nuevas generaciones y concien~,

tizar sobre los efectos perma-nentes y nocivos de un ambiente

famil~ar adverso; por ello

con-sideramos que la propuesta en análisis resulta procedente, por virtud de que se fortalecerá esta acción, para coadyuvar en la labor de educación y forma-ción de hogares 'libres de vio-lencia.

Por otra parte, los inte-grantes de esta Comisión Legis-lativa, consideramos importan-te realizar Una modificación al artículo segundo Transitorio de la propuesta que se estudia, a fin de darle mayor precisión y claridad al texto y no exista confusión al momento de su in-terpretación, quedando de la siguiente manera:

"ARTÍCULO SEGUNDO. - La Se-cretaría General de Gobier-no, instruirá a la Coordinación Técnica del Registro Civil, pa-ra que en ese lapso brinde la capacitación requerida a los

(7)

Mortea 27 de AgOlto de 2013 PERIODICP OFICIAL DEL ESTADO DE GUERRERO 37

los Municipios del Estado de Guerrero, con relación a lo es-o tablecido en la presente re-·forma" .

En ese sentido, esta Comi-sión dictaminadora, propone que se m~difique el contenido del

articulo segundo tran~i torio,

con la finalidad de que además de que se le notifique al Titu-lar del Poder Ejecutivo del es-tado para los efectos' conducen-tes, también que se realice la notificación correspondiente tanto a la Coordinación Técnica del Registro Civil del Estado, como a los Oficiales del regis-tro Civil de los Municipios del Estado de Guerrero; para su co-nocimiento y se pueda cumplir con el transitorio segundo que se propone en el presente dic-tamen, para ello se hace nece-sario proponer la adición de' un

tercer articulo transitorio,

pa-ra quedar como sigue:

presente decreto en el Perió-dico Oficial del Gobierno del Estado para hacer del conoci-miento público del contenido del presente a la ciudadania. Loan-terior, para quedar como sigue:

"ARTÍCULO CUARTO. ~

Publi-quese el presente Decreto en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado 9-e Guerrero, para el' conocimientó general."

Que en sesiones de fecha 20

de junio y 11 de julio del 2013,

el Dictamen en des,ahogo recibió primera y dispensa de la segunda lectura, respectivamente, por lo que en términos'de 10

esta-blecido en el articulo 138 de la

Ley Orgánica del Poder Legisla-tivo del Estado de Guerre:ro, la Presidencia de la Mesa Directi..;.

va, habiendo sido fundado y

mo-tivado el Dictamen, al no exis-tir votos particulares en el mis-mo y no haber registro en con-traen la discusión, se sometió -ARTÍCULO TERCERO. - Comu- . a votación, aprobándose por una,-níquese el presente Decreto al nimidad de votos,

Titular del Poder Ejecutivo del, Estado de Guerrero, asi como a la Coordinación Técnica del .re-gistro Civil del Estado y a los Oficiales del Registro Civil, de los Municipios del Estado, pa-ra los efectos legales condu-centes y el cumplimiento de lo señalado en el articulo ante-rior,"

Por último, esta Comisión dictaminadora, propone que se adicione un cuarto articulo tran-sitorio, con el propósito de que se ordene la publicación del

Qu~ aprobado en lo general el Dictamen, se sometió en lo particular y no habiéndose pre-sentado reserva de articulos, la Presid€ncia de la Mesa Di-rectiva del Honorable Congreso del Estado realizó 'la Declara-toria siguiente: "En virtud de que no existe :reserva de articu-los, esta Presidencia en

térmi-nos del articulo 137, párrafo

primero de nuestra Ley Orgáni- .. ca, tiene por aprobado el Dic- ' tamen con proyecto de Decreto por el que se reforma la

(8)

frac-31 PERIODICO OFICIAL' DEL ESTADO DE GUERRERO Mortel 27 de AgOltode 2013

ci6n VIII del artículo 349 del C6digo Civil del Estado de Gue-rrero. Emítase el Decreto co- . rrespondiente y remítase a las Autoridades competentes para los efectos legales conducen-tes."

Por lo anteriormente expues-to y con fundamento en lo dis-puesto en los artículos 47 frac-ci6n I de la Constitución Polí-tica Local, 8° fracción I y 127

párrafos primero y tercero de la Ley Orgánica del Poder Le-gislativo en vigor, este Honora-·ble Congreso decreta y expide

el siguiente: '

DECRETO NÚMERO 215 POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN VIII DEL ARTÍCULO 349 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE GUERRERO. •

ARTÍCULO ÚNICO. - Se reforma la fracci6n VIII del artículo

349 de). Código Civil del Estado de Guerrero, para quedar como sigue:

Artículo

349.-De la I a la VII.- ... VIII. - Constancia que acre';' dite la asistencia previa al curso taller de orientación pre-matrimonial implementado por

la Oficialía del Registro Civil

Munici~al, en el que se deberá

·hacer del conocimiento a los con-trayentes ·los temas siguientes:

a). Relaci6n de pareja; b). Proyecto de vida en

pa-reja;

c) . ·Efectos del matrimonio, con relación a los cónyuges y

sus descendíentes;

d). Regímenes patri~onia­ les, patria potestad, patrimo-nio de ;La ·familia, paternidad responsable, responsabilidad financiera;

e). Prevención de la vio-lencia fámiliar, y

f) . Causas y efectos del

di-vorcio.

T R A N S I T O R lOS ARTÍCULO PRIMERO. - El pre-sente Decreto entrará en vigor a los seis meses siguientes del día de su publicación en el Pe-riódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero.

ARTÍCULO SEGUNDO. - La Se-cretaría General de Gobierno, instruirá a la Coordinaci6n Téc-nica del Registro Civil, para que en ese lapso brinde la ca-pacitación requerida a los Ofi-ciales del Registro Civil de los Municipios del Estado de . Guerrero, con relación a lo es-tablecido en la presente .refor-ma.

ARTÍCULO TERCERO. - Comuní-quese el presente Decreto al Ti-tu¡ar del Poder Ejecutivo del -Estado de Guerrero, así como a la Coordinación Técnica del re-gistro Civil del Estado y a los Oficiales del Registro Civil

(9)

Martea 27 de. AgOlto de 2013 PERIODICO OFICIAL DEL ESTADOD~ GU~RRERO ~9

de los Municipios del Estado, para los efectos legales con-ducentes y el cumplimiento de lo señalado en el artículo an-terior.

julio del año dos. mil trece. SUFRAGIO EFECT1VO. NO REELECCIÓN. EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE ,y SOBERANO DE GUERRERO.

ARTÍCULO CUARTO.- Publí- LIC.ÁNGEL HELADIO ~GUIRRB quese el presente Decreto en el RIVERO.

Periódico Oficial'del Gobierno Rúbrica. del Estado de Guerrero, para el

conocimiento general. EL SECRET~IO GENERAL DE GO-·· BIERNO.

Dado en el Salón de Sesiones DR. JESÚS MARTÍNEZ GARNELO. del Honorable .Poder Legislati- Rúbrica.

vo, a los once días del mes de ju-lio del año dos mil trece. DIPUTADO PRIMER VICEPRESIDENTE EN FUNCIONES DE PRESIDENTB. BLÍ CAMACHO GOICOCHEA.

Rúbrica.

DIPUTADA SECRETARIA. LAURA ARIZMENDI CAMPOS. Rúbrica.

DIPUTADA SECRETARIA.

DELFINA CONCEPCIÓN OLIVA HER-NÁNDEZ

Rúbrica.

En cumplimiento a lo dispues-to en los artículos 74 frac-ción III y 76 de la Constitución Política del Estado Libre y

Soberano de Guerrero, promulgo

y ordeno la publicación, para su debida observancia, del DE-CRETO NÚMERO 2.15 POR BL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN VIII DEL ARTÍCULO 349 DBLCÓDlGO CIVIL DBL BSTADO DB GUBRRBRO,

Residencia Oficial del

en la Poder Ejecutivo Estatal, en la Ciudad de Chilpancingo, Guerrero, a los treinta días del mes de

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