PROCEDIMIENTOS
ESTRUCTURALES PARA LA
GESTIÓN DE SALUD EN EL
TRABAJO
Enero 2013
2
INTRODUCCIÓN ... 5
1. OBJETIVO ...5
2. ALCANCE ... 6
3. REFERENCIASYNORMATIVAAPLICABLE ... 6
4. ABREVIATURAS ... 8
5. DEFINICIONES ... 10
6. SISTEMASDEINFORMACIÓN,REPORTESEINDICADORES ... 16
7. VERIFICACIÓNYCONTROL ... 16
8. VIGENCIA ... 16
PROCEDIMIENTO EST Nº 1. GESTIÓN DE SALUD EN EL TRABAJO ... 18
1. OBJETIVO ... 18
2. RESPONSABILIDADES ... 18
3. FUNCIONESYCOORDINACIONESDELADIRECCIÓNDESALUDOCUPACIONAL ... 26
4. ESPECIALIDADESYCOMPETENCIASTÉCNICASDELOSESPECIALISTASDESALUDENEL TRABAJO ... 29
5. EMPRESASCONTRATISTAS ... 30
6. ELEMENTOSDEPROTECCIÓNPERSONAL ... 30
PROCEDIMIENTO EST Nº 2. VIGILANCIA MÉDICA OCUPACIONAL ... 32
1. OBJETIVO ... 33
2. GESTIÓNDEVIGILANCIAMÉDICAOCUPACIONAL ... 33
3. CONSENTIMIENTOINFORMADO ... 33
4. EVALUACIONESSEGÚNAGENTEOCONDICIÓN... 33
5. EXÁMENESDEEGRESO ... 40
6. CAPACITACIÓNYMATERIALDEDIFUSIÓN ... 40
7. EVALUACIÓNDELPROGRAMA ... 40
8. REGISTROS ... 40
9. INVESTIGACIÓNDEENFERMEDADESPROFESIONALES ... 40
PROCEDIMIENTO EST Nº 3. HIGIENE OCUPACIONAL ... 42
1. OBJETIVO ... 44
2. GESTIÓNDEHIGIENEOCUPACIONAL ... 44
3. IDENTIFICACIÓNDEAGENTESOFACTORESDERIESGODEENFERMEDADPROFESIONALY ACCIDENTESDELTRABAJO ... 45
4. EVALUACIÓNDEAGENTESOFACTORESDERIESGODEENFERMEDADPROFESIONALY ACCIDENTESDELTRABAJO ... 46
5. CONTROLDELAEXPOSICIÓN.IMPLEMENTACIÓNDEMEDIDAS.PLANDEACCIÓN ... 51
6. VERIFICACIÓNYCONTROLDELASMEDIDAS ... 52
7. INFORMESTÉCNICOSDEHIGIENEOCUPACIONAL ... 53
8. INFORMESRECIBIDOSDELAMUTUALIDADALAQUEESTÁADHERIDACODELCO ... 55
3
10. CAPACITACIÓNENHIGIENEOCUPACIONAL ... 55
PROCEDIMIENTO EST Nº 4. ERGONOMÍA ... 57
1. OBJETIVO ... 58
2. GESTIÓNDEERGONOMÍA ... 58
3. IDENTIFICACIÓNDELPELIGRO,AGENTEOCONDICIÓNERGONÓMICA ... 59
4. EVALUACIÓNDELRIESGOERGONÓMICO ... 63
5. CONTROLDELRIESGOERGONÓMICO.PLANDEACCIÓN... 64
6. VERIFICACIÓNYCONTROLDELASMEDIDAS ... 64
7. INFORMESTÉCNICOSDEERGONOMÍA ... 64
8. INFORMESTÉCNICOSEMITIDOSPORLOSORGANISMOSADMINISTRADORES.DSATEPO MUTUALIDAD ... 65
9. INTERACCIÓNYCOMUNICACIÓNCONLASÁREASDETRABAJOEVALUADAS ... 65
10. CAPACITACIÓNENERGONOMÍA ... 65
PROCEDIMIENTO EST Nº 5 SALUD COMPATIBLE. EXÁMENES PRE–OCUPACIONALES Y OCUPACIONALES ... 67
1. OBJETIVO ... 68
2. GESTIÓNDEEVALUACIONESDESALUDPRE-OCUPACIONALES ... 68
3. GESTIÓNDEEVALUACIONESDESALUDOCUPACIONALES ... 69
4. ACREDITACIÓNDEPRESTADORES ... 70
PROCEDIMIENTO EST Nº 6 FATIGA Y SOMNOLENCIA ... 72
1. OBJETIVO ... 73
2. GESTIÓNDELOSPROGRAMASDEFATIGAYSOMNOLENCIA ... 73
3. VERIFICACIÓNYCONTROL ... 78
PPROCEDIMIENTO EST Nº 7 FACTORES BIOPSICOSOCIALES ... 80
1. OBJETIVO ... 81
2. GESTIÓNDELOSFACTORESBIOPSICOSOCIALES ... 81
3. IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE LOS FACTORES BIOPSICOSOCIALES ... 81
4. VIGILANCIA DEL RIESGO BIOPSICOSOCIAL ... 82
5. CONTROL DE LOS FACTORES BIOPSICOSOCIALES. PLAN DE INTERVENCIÓN ... 82
PROCEDIMIENTO EST Nº 8. ALCOHOL, DROGAS Y TABACO ... 88
1. OBJETIVO ... 89
2. GESTIÓNDELPROGRAMADEPREVENCIÓN ... 89
3. CONSUMODEALCOHOL ... 89
4. CONSUMODEDROGASILÍCITAS ... 90
5. CONSUMODEDROGASLÍCITAS... 90
6. CONSUMODETABACO ... 90
7. CONSIDERACIONESGENERALESDELCONTROLDEALCOHOLYDROGAS ... 90
4
9. GESTIÓNPROGRAMADEREHABILITACIÓN ... 94
PROCEDIMIENTO EST Nº 9. RESTRICCIONES, REUBICACIONES, REHABILITACIÓN Y REEDUCACIÓN LABORAL. ...96
1. OBJETIVO ... 96
2. INFORMEDESALUDOCUPACIONAL ... 97
3. GESTIÓNDERESTRICCIONES ... 97
4. GESTIÓNDEREUBICACIONES ... 97
5. GESTIÓNDEREHABILITACIÓN ... 98
6. GESTIÓNDEREEDUCACIÓNLABORAL ... 98
PROCEDIMIENTO EST Nº 10. MATERNIDAD ... 100
1. OBJETIVO ... 100
2. GESTIÓNDELAPROTECCIÓNALAMATERNIDAD ... 101
3. TRABAJOSPERJUDICIALES ... 102
4. REUBICACIÓN ... 103
5
INTRODUCCIÓN
En Codelco nuestro primer valor es el respeto a la vida y la dignidad de las personas. Nada justifica que asumamos riesgos no controlados que atenten contra nuestra salud o seguridad.
Nuestro compromiso -ejecutivos, supervisores y trabajadores en general-, es proporcionar un ambiente de trabajo sano y seguro para todos los trabajadores, manteniendo bajo control los peligros, factores, agentes y condiciones que puedan producir accidentes del trabajo o enfermedades profesionales, favoreciendo estilos de trabajo y de vida saludables.
Lo anterior permite, fomenta y favorece el desarrollo de los talentos personales, la responsabilidad y creatividad, el trabajo en equipo y la calidad de vida laboral y familiar, mejorando la productividad individual y grupal en beneficio de la empresa y del país.
En el marco del Proyecto Estructural de Seguridad y Salud en el Trabajo, PESSO, los Estándares de Salud en el Trabajo (EST) se establecieron en septiembre de 2011 y, deben ser cumplidos en todos los centros de trabajo de la empresa, actuales o futuros, y en los proyectos de inversión de capital, considerándolos desde sus etapas iniciales, de manera que el diseño de los lugares de trabajo, tecnologías que se empleen, sistemas de explotación y otros, los contemplen con el fin de asegurar la salud y la seguridad de las personas que trabajarán en dichos proyectos en todas sus fases.
En este documento se presentan los procedimientos estructurales para cada uno de los 10 EST definidos y que son:
1.
Gestión de salud en el trabajo2.
Vigilancia médica ocupacional3.
Higiene ocupacional4.
Ergonomía5.
Salud compatible. Exámenes pre-ocupacionales y ocupacionales6.
Fatiga y somnolencia7.
Factores biopsicosociales8.
Alcohol, drogas y tabaco9.
Restricciones, reubicaciones, rehabilitación y reeducación laboral10.
Maternidad1. OBJETIVO
Los procedimientos estructurales que se presentan a continuación establecen la organización que se da la corporación, las responsabilidades de cada una de las áreas involucradas, las coordinaciones, metodologías, procedimientos, requerimientos técnicos, estadísticas, respaldos documentales y formatos para cumplir con los Estándares de Salud en el Trabajo.
6
2. ALCANCE
Todos los estándares, procedimientos estructurales y guías de salud en el trabajo son aplicables a todos los centros de trabajo de Codelco actuales o futuros y a los proyectos en todas sus fases o etapas, tanto para trabajadores propios como contratistas. En este último, esta exigencia está establecida en el “Reglamento Especial para la Implementación del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo para Empresas Contratistas y Subcontratistas de Codelco” RESSO.
Si en el futuro la autoridad competente dictara otros estándares, prevalecerán los más estrictos.
3. REFERENCIAS
Y
NORMATIVA
APLICABLE
A continuación se enumeran las referencias y normativa aplicable en la gestión de salud en el trabajo, y por lo tanto abarca los 10 estándares, los procedimientos estructurales y las guías de salud en el trabajo.
Leyes
a) Constitución Política del Estado. Arts. 1, 19 Nº 4, 9 y 18. b) Código del Trabajo. Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
c) Ley Nº 16.744 de 1968. Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
d) Ley Nº 18.290 de 1984. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Ley de Tránsito.
e) Ley Nº 19.628 de 1999. Ministerio Secretaría Gral. de la Presidencia. Protección de la Vida Privada. f) Ley Nº 20.001 de 2005. Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Regula el Peso Máximo de Carga
Humana.
Decretos Supremos
a) Decreto Supremo Nº 101 de 1968. Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Reglamento de la Ley Nº 16.744.
b) Decreto Supremo Nº 40 de 1968 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Prevención de Riesgos. c) Decreto Supremo Nº 109 de 1968. Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Reglamento para la
Evaluación de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
d) Decreto Supremo Nº 54 de 1969. Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Comités Paritarios de Higiene y Seguridad
e) Decreto Supremo Nº 3 de 1984. Ministerio de Salud. Autorización de Licencias Médicas.
f) Decreto Supremo Nº 76 de 2006. Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Trabajo en Régimen de Subcontratación.
g) Decreto Supremo Nº 594 de 1999. Ministerio de Salud. Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas para los Lugares de Trabajo.
h) Decreto Supremo Nº 72 de 1986 actualizado al año 2004. Ministerio de Minería. Reglamento de Seguridad Minera.
i) Decreto Supremo Nº 170 de 1986. Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Otorgamiento de Licencias de Conducir.
j) Decreto Supremo Nº 63 de 2005. Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Aprueba Reglamento para la aplicación de la Ley Nº 20.001.
7
k) Decreto Supremo Nº 3 de 1985. Ministerio de Salud. Protección Radiológica de las Instalaciones Radiactivas.
l) Decreto Supremo Nº 133 de 1984. Ministerio de Salud. Reglamento sobre Autorizaciones para
Instalaciones Radiactivas o Equipos Generadores de Radiaciones Ionizantes, Personal que se Desempeña en ellas u Opere tales Equipos y otras Actividades Afines.
m) Decreto Supremo Nº 18 de 1982. Ministerio de Salud. Certificación de Calidad de Elementos de Protección Personal contra Riesgos Ocupacionales.
Decretos, circulares, resoluciones y guías técnicas
a) Decreto Nº 1029 de 2011. Ministerio de Salud. Aprueba el Protocolo sobre Normas Mínimas para el Desarrollo de Programas de Vigilancia de la Pérdida Auditiva por Exposición a Ruido en los Lugares de Trabajo. (PREXOR).
b) Circular 3G-40 de 1983. Ministerio de Salud. Instructivo para la Calificación y Evaluación de las Enfermedades Profesionales del Reglamento D.S. Nº 109.
c) Circular B2 Nº 32 de 2005. Ministerio de Salud. Instruye sobre Diagnóstico y Evaluación Médico-Legal de Silicosis.
d) Circulares Nº 8710 de 1999 y Nº 2295 de 2006. Superintendencia de Seguridad Social.
e) Resolución Nº 847 de 2009. Ministerio de Salud. Aprueba el Manual sobre Normas Mínimas para el Desarrollo de Programas de Vigilancia de la Silicosis. (PLANESI).
f) Resolución Nº 159 de 2008. Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Aprueba la Guía Técnica para la Evaluación y el Control de de los Riesgos Asociados al Manejo o Manipulación Manual de Carga. a) Resolución Exenta Nº 2730 de 2011. Instituto de Salud Pública. Guía de criterios para la elaboración de
informes técnicos de evaluación de puestos de trabajo, relacionados a los factores de riesgo de los trastornos músculo esqueléticos.
b) Resolución del Presidente Ejecutivo de Codelco Nº 48 del 19 de Julio de 2011.
c) Acuerdo de Homologación de Evaluaciones de Salud para Trabajos en la Industria Minera, mayo 2011. Organismos Administradores de la Ley Nº 16.744.
d) Ergonomía para la Industria Minera, 2009. Universidad de Concepción. e) Normativa Técnica del ISP. www.ispch.cl
Normativa de Codelco
a) Manual de Gestión SATEP.
b) Directriz de Accidentes e Incidentes del Trabajo de CODELCO.
c) Criterios de diseño ergonómico para centros de operación y gestión. SGP-GI-ER-CDI-001 d) Criterios de diseño ergonómico para barrio cívico. SGP-GDS-SST-CDI-004
e) Criterios de diseño ergonómico para equipos LHD. SGP-GDS-SST-CDI-003
Jurisprudencia Administrativa
a) Oficio Ordinario Nº 33.358 de 2001. Superintendencia de Seguridad Social. Muestras Biológicas en Laboratorios Adscritos al PEI de ISP.
b) Oficios Nº 3616 de 2008, Nº 33.337 de 1989, Nº 40.533 de 2006. Superintendencia de Seguridad Social. c) Oficio Ord. Nº 13.666 de 2004. Superintendencia de Seguridad Social.
8
e) Oficio Ord. Nº 4842 de 1993; Nº 8085 de 1995; Nº 22.673 de 1998; Nº 1560 de 2001 y Nº 3704 de 2004. Dirección del Trabajo.
f) Of. Ord. Nº 20317 del 26 de marzo de 2008. Superintendencia de Seguridad Social. g) Of. Ord. Nº 9960 del 08 de abril de 2003. Superintendencia de Seguridad Social.
Normas Chilenas de Ergonomía:
a) NCh02647-01- 17 2002 – 2003, Pantallas de Visualización de Datos –PVD. b) NCh02768-2003 Posturas Estáticas
c) Nch02634-2002 Estudio Estrés Calórico
d) Nch02644-2002 Determinación de Calor Metabólico e) Nch02663-2002 Tasa de Sudor
f) Nch02679-2002 Sobrecarga Térmica
g) Nch02684-2002 Instrumentos de Medición Estrés Calórico h) Nch02691-2002 Térmica Índices
i) Nch02692-2002 Térmica Principios j) Nch02709-2002 Térmica Ropa
k) Nch02713-2002 Térmica Escala Subjetiva l) Nch02767-2002 Frío-Ropa
m) Nch02780-2003 Térmica Vocabulario n) NCh02698-2002 Iluminación Interior o) Nch02793-2003 Iluminación Interior Cálculo p) NCh02497-1999 Señales Peligro
q) Nch02521-2000 Señales Visuales y Auditivas
r) Nch02643-01-2002 Requerimientos de Diseño Dispositivos Señal s) Nch02643-02-2002 Dispositivos Señalización
t) Nch02775-2003 Interferencia Comunicación
Normas ISO
• OHSAS 18.001. Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional.
• 16121-1 2005 ISO, Road vehicles - Ergonomic requirements for the driver's workplace in line- service buses. Part. 1, 2, 3, 4.
• 11064-1 2000 ISO, Ergonomic design of control centres. Part 1, 2, 3, 4.
• 11228, Ergonomics — Manual handling —Part 1: Lifting and carrying; Part 2: Pushing and pulling; Part 3: Handling of low loads at high frequency.
• 11226, Evaluación del trabajo estático por postura.
4. ABREVIATURAS
• ALLA: Alta Laboral • AS: Autoridad Sanitaria
• CPHS: Comités Paritarios de Higiene y Seguridad • DS: Dirección de Seguridad
9
• DSATEP: Dirección SATEP
• EDE: Equipos de Desarrollo Ergonómico • EH&S: Environmental Health & Safety • EP: Enfermedad Profesional
• EPP: Elementos de Protección Personal • EST: Estándar de Salud en el Trabajo • F&S: Fatiga y Somnolencia
• GES: Grupo de Exposición Similar • GRRHH: Gerencia de Recursos Humanos
• GSSO Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional • HDS: Hoja de Datos de Seguridad
• HO: Higiene Ocupacional
• ISO: International Organization for Standardization • ISP: Instituto de Salud Pública
• IT: Instructivo Técnico
• INN: Instituto Nacional de Normalización • OA: Organismo Administrador
• LPP: Límite Permisible Ponderado • LPT: Límite Permisible Temporal • LPA: Límite Permisible Absoluto • MARC: Mapa de Riesgos Codelco • MINSAL: Ministerios de Salud
• PEEC-EA: Programa de Evaluación Externa de la Calidad - Ensayos de Aptitud en Salud Ocupacional • PLANESI: Plan Nacional para la Erradicación de la Silicosis
• PESSO: Proyecto Estructural de Seguridad y Salud Ocupacional • PF&S: Programa de Fatiga y Somnolencia
• PVMO: Programa de Vigilancia Médica Ocupacional
• RECA: Resolución de Calificación del Origen del Accidente o Enfermedad • REIP: Resolución de Invalidez
• RIIC: Respuesta Inmediata frente a un Incidente Crítico • RIOHS: Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad • SAP: Systems, Applications, Products in Data Processing.
• SATEP: Seguro contra Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales • SOHER: Salud Ocupacional, Higiene y Ergonomía
• SSO: Seguridad y Salud Ocupacional
• SUSESO: Superintendencia de Seguridad Social
• TMERT: Trastornos Músculo Esqueléticos Relacionados con el Trabajo • VP: Vicepresidencia de Proyectos
10
5. DEFINICIONES
• A
NTROPOMETRÍA.
Colección de datos numéricos sobre las dimensiones del ser humano, posibles de ser utilizados en una gama considerable de actividades humanas: trabajo, transporte, estudio, recreación, vivienda, ropa y objetos de uso diario.• Á
REAC
RÍTICA.
Macroproceso, Proceso o Subproceso donde existen trabajadores expuestos a agentes de riesgo sobre el límite o dosis permitida y que por estas razones requiere de la implementación prioritaria de medidas de control.•
C
ARGAF
ÍSICA.
Es el costo que tiene a nivel físico la interacción de las exigencias del trabajo y las características individuales de las personas. Una alta carga física se puede traducir en dolores y lesiones a nivel músculo esquelético, entre otras manifestaciones.•
C
ARGAF
ISIOLÓGICA.
Es el costo que tiene a nivel fisiológico la interacción de las exigencias del ambiente de trabajo, relacionado con agentes químicos, físicos y biológicos y las características individuales de las personas. Una alta carga fisiológica se puede manifestar en aumento del gasto cardíaco, stress térmico, enfermedades y accidentes del trabajo.•
C
ARGAM
ENTAL.
Es el costo que tiene a nivel mental la interacción de las exigencias del trabajo y las características individuales de las personas. Una alta carga mental se puede manifestar en errores de interpretación de señales o en accionar de comandos, toma de decisiones incorrectas o inoportunas, complacencia, estados emocionales de irritabilidad, entre otras.•
C
ICLO DET
RABAJO.
Tiempo que comprende todas las acciones técnicas realizadas en un periodo de tiempo que caracteriza la tarea como cíclica. Es posible determinar claramente el comienzo y el reinicio del ciclo con las mismas acciones técnicas.•
D
ESCANSOM
ATERNALP
RENATAL.
Derecho a descanso que tendrá la madre trabajadora que comienza 6 semanas antes del parto, esto es a la semana 34 de gestación.•
D
ESCANSOM
ATERNALP
OSTN
ATAL.
Derecho a descanso que tendrá la madre trabajadora que corresponde a 12 semanas después del parto.•
D
EPENDENCIA OA
DICCIÓN.
Es aquella enfermedad definida como tal de acuerdo a la Clasificación Internacional de Enfermedades de la Organización Mundial de la Salud (OMS).•
D
OSIS DER
UIDOD
IARIA(DRD).
Energía sonora total, expresada en porcentaje, que un trabajador recibe durante su jornada de trabajo diaria. Nivel de exposición a ruido que considera el 100% del tiempo efectivo de exposición.•
E
MBARAZO.
Se denomina embarazo o gravidez (del latín gravitas) al período que transcurre entre la implantación en el útero del óvulo fecundado y el momento del parto. Lo anterior implica significativos cambios fisiológicos, metabólicos e incluso morfológicos que se producen en la mujer, encaminados a proteger, nutrir y permitir el desarrollo del feto, como la interrupción de los ciclos menstruales, o el aumento del tamaño de las mamas para preparar la lactancia.11
•
E
STRUCTURA DEP
REVENCIÓN.
Organización funcional de Codelco para fines de Seguridad y Salud Ocupacional, que incluye los niveles de división - macroprocesos - procesos - subprocesos - puestos de trabajo y tareas que se realizan en la corporación e identifica a los trabajadores que las integran. Permite la homologación, representar la realidad individual y servir de base para la definición y evaluación de los GES.•
E
VALUACIONESP
RE–
OCUPACIONALES.
El artículo 186 del Código del Trabajo, dispone:
“Para trabajar en las industrias o faenas a que se refiere el artículo anterior, (peligrosas o insalubres) los trabajadores necesitarán un certificado médico de aptitud”
El artículo 187 por su parte dispone que:
“No podrá exigirse ni admitirse el desempeño de un trabajador en faenas calificadas como superiores a sus fuerzas o que puedan comprometer su salud o seguridad.
La calificación a que se refiere el inciso precedente, será realizada por los organismos competentes de conformidad a la ley, teniendo en vista la opinión de entidades de reconocida especialización en la materia de que se trate, sean públicas o privadas.”
De acuerdo a lo expresado por la Superintendencia de Seguridad Social en el Oficio Ord. Nº 20317 del 26.03.2008 S, la evaluación pre-ocupacional es:
“Aquella que se realiza a los postulantes a un cargo, quienes aún no tienen la calidad de
trabajadores por cuenta ajena de las empresas con el objetivo de conocer patologías que
pudiesen eventualmente complicarse por la exposición a agentes o factores que existan o hayan existido en el lugar de trabajo, como también permite detectar factores de riesgo que hagan más vulnerable al trabajador frente a dichas condiciones y exposiciones”
•
E
VALUACIONESO
CUPACIONALES.
La evaluación ocupacional es aquella que se realiza a los trabajadores expuestos a peligros, agentes o condiciones, si es que el peligro, agente o condición así lo requiere, o cuando estén postulando a un cambio de puesto de trabajo o de funciones que impliquen exposición a nuevos peligros, agentes o condiciones distintas al puesto que desempeña y para el cual no tiene una evaluación vigente.Su objetivo es conocer patologías que pudiesen eventualmente complicarse por la exposición a agentes o factores que existan o hayan existido en el lugar de trabajo, como también permite detectar factores de riesgo que hagan más vulnerable al trabajador frente a dichas condiciones y exposiciones, determinando en consecuencia, si los evaluados tienen o no salud compatible con las exigencias laborales, sin comprometer su salud o seguridad (art. 186 y 187 del Código del Trabajo).
•
E
XIGENCIASB
IOMECÁNICAS.
Demanda física del sistema músculo esquelético, compuesto por músculos, ligamentos, tendones, esqueleto y nervios, que en conjunto permiten efectuar los movimientos necesarias para desarrollar todas las actividades de la vida diaria, incluido el trabajo.12
•
E
XIGENCIASB
IOENERGÉTICAS.
Demanda a la que son sometidos los sistemas que intervienen en los mecanismos de creación y utilización de la energía (fundamentalmente, sistemas respiratorio y cardiovascular).•
F
ACTORESP
ROTECTORES DEA
LCOHOLISMO YD
ROGADICCIÓN.
Son elementos que en constante interacción, pueden contribuir a reducir las probabilidades de que aparezcan problemas relacionados con alcoholismo y drogadicción, dado que sirven de atenuadores o moderadores de los factores de riesgos.•
F
ACTOR DER
IESGO.
Existencia de elementos, fenómenos, ambiente, acciones y/o características de las personas que encierran una capacidad potencial de producir lesiones o daños materiales, y cuya probabilidad de ocurrencia depende de la eliminación y/o control del elemento agresivo.•
F
ATIGA.
Estado de desempeño mental y/o físico deficiente y estado de alerta disminuido que surge como resultado o combinación de trabajo físico y mental pesado, factores de salud y psicosociales o sueño reparador inadecuado. La fatiga puede estar relacionada con el trabajo como puede no estarlo, o ser una combinación de ambos.•
F
IABILIDAD.
Cuerpo de conocimientos que se refieren a la predicción, análisis y reducción del error humano, enfocándose sobre el papel de la persona sobre las operaciones de diseño, de mantenimiento, uso y gestión de un sistema de trabajo.•
F
UEROM
ATERNAL.
Derecho que tiene toda mujer trabajadora a no ser despedida por su empleador, sino con autorización del juez competente. El fuero maternal abarca todo el periodo de embarazo y hasta un año después de expirado el descanso maternal (periodo de postnatal).•
G
RUPOS DEE
XPOSICIÓNS
IMILAR,
GES.
Conjunto de trabajadores que pertenecen a un mismo puesto de trabajo en la estructura de prevención, esto es, que realizan las mismas tareas bajo similares condiciones de organización del trabajo, de operación, controles, medidas de mitigación, factores o condiciones ambientales, entre otros y que por ello se exponen de manera similar a uno o más agentes, factores o condiciones de riesgo presentes en su ambiente laboral.•
Í
NDICE DEC
RITICIDAD.
Valor que permite definir un ranking de prioridad para la intervención de subprocesos y puntos críticos, que representa la urgencia de la implementación de medidas de control. Se estima considerando el nivel de riesgo, el número de trabajadores expuestos y el tiempo efectivo de exposición.•
J
ORNADA DET
RABAJOD
IURNO.
Es el tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato. Se considerará también jornada de trabajo el tiempo en que el trabajador se encuentra a disposición del empleador sin realizar labor, por causas que no le sean imputables. Se considerará que corresponde a jornada de trabajo diurno la que comience no antes de las 8 de la mañana y termine no después de las 8 de la noche.•
L
ÍMITEP
ERMISIBLEA
BSOLUTO(LPA).
Valor máximo permitido para las concentraciones ambientales de contaminantes químicos medida en cualquier momento de la jornada de trabajo.13
•
L
ÍMITEP
ERMISIBLEP
ONDERADO(LPP).
Valor máximo permitido para el promedio ponderado de las concentraciones ambientales de contaminantes químicos existente en los lugares de trabajo durante la jornada normal de 8 horas diarias, con un total de 48 horas semanales (o 45 una vez actualizado el D.S. 594).•
L
ÍMITEP
ERMISIBLET
EMPORAL(LPT).
Valor máximo permitido para el promedio ponderado de las concentraciones ambientales de contaminantes químicos en los lugares de trabajo, medidas en un período de 15 minutos continuos dentro de la jornada de trabajo. Este límite no podrá ser excedido en ningún momento de la jornada. Corresponde a la concentración sobre la cual un trabajador puede sufrir irritación, cambio crónico o irreversible en los tejidos o neurosis importante.• M
UESTRA PARAD
ETECCIÓN DEC
ONSUMO.
Obtención de fluidos corporales para efectuar controles de consumo de alcohol y sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas.•
N
IVEL DEA
CCIÓN.
Corresponde al nivel de presencia de un agente que equivale a 0,5 veces el límite establecido en la legislación utilizando mediciones personales o dosimétricas, desde el cual los trabajadores deben ser incorporados al PVMO y desde el cual deben ser implementadas medidas de ingeniería y operacionales para su control.•
N
IVEL DEP
RESIÓNS
ONORAC
ONTINUOE
QUIVALENTE(NPS
EQ).
Nivel de presión sonora constante, expresado en decibeles, que en el mismo intervalo de tiempo, contiene la misma energía total (o dosis) que el ruido medido.•
N
IVEL DER
IESGO.
Corresponde a las categorías en que se han clasificado los resultados de evaluaciones de higiene y ergonomía.•
P
AUSA.
Periodo de descanso que permite la recuperación física o mental. Pausas programadas, son aquellas que se realizan de manera formal (break, colación u otras). Pausas no programadas, son aquellas detenciones para ir al baño, tomar agua, activarse, descansar, etc. Pausas inherentes al proceso, son tiempos de no exposición por cambios de producto, traslados a otras áreas, programación de maquinarias, falta de materiales, entre otros.En cualquier caso, todas las anteriores contribuyen a disminuir la sobrecarga física, fisiológica o mental generada por una actividad determinada.
•
P
ERÍODO DER
ECUPERACIÓN.
Periodo de descanso que sucede a un periodo de actividad muscular que permite la recuperación fisiológica del grupo muscular utilizado para realizar las acciones técnicas dentro de la tarea laboral, que no necesariamente está considerado en la organización del trabajo. •P
OSTN
ATALP
ARENTAL.
Corresponde el tiempo de descanso inmediatamente posterior al período dedescanso maternal post natal, de carácter irrenunciable, establecido a favor de la madre. Se puede ejercer de dos modalidades:
• Post natal parental de 12 semanas a descanso completo.
• Post natal parental de 18 semanas con trabajo por media jornada.
•
P
REVENCIÓN DELC
ONSUMOA
BUSIVO DEA
LCOHOL YD
ROGAS.
Son acciones y actividades destinadas a anticiparse a la aparición del problema mediante la educación, desarrollo de habilidades y capacidades14
de resolución de los conflictos, que les permitan a los trabajadores abordar y enfrentar en forma sana los problemas. Existen 3 tipos de prevención:
Prevención primaria: orientada a la población no consumidora y su objetivo es evitar que se inicien en el consumo abusivo.
Prevención secundaria: orientada a la población consumidora en fases iniciales, donde todavía no hay compromiso serio con el consumo indebido de sustancias o drogas estupefacientes o sicotrópicas. Su objetivo es la detección precoz y prestar atención temprana a estas personas.
Prevención terciaria: orientada a personas que ya presentan problemas de abuso o dependencia. Su objetivo es prestar atención y reducir los daños asociados al referido consumo, de manera de contribuir a la rehabilitación y reinserción socio-ocupacional de la persona afectada.
•
P
UESTO DET
RABAJO.
Denominación funcional que recibe un conjunto de tareas realizadas bajo similares condiciones de organización del trabajo, operación, controles, medidas de mitigación, factores o condiciones ambientales, entre otros.•
P
UNTOC
RÍTICO.
Equipo o lugar exacto en las áreas de trabajo donde existen agentes de riesgos químicos o físicos (excepto ruido) que se encuentran sobre el límite permitido y que por estas razones requiere de una intervención prioritaria a través de medidas de eliminación, mitigación y control, según aplique.En el caso de ruido, se considerará críticos aquellos que se encuentren en el nivel de riesgo 3 o superior.
• R
ADIACIONESI
ONIZANTES.
Es un tipo de energíaque tiene la propiedad de alterar la materia y que pueden generar daño a nivel celular. Algunas de estas radiaciones son: rayos alfa, beta, gamma, x, entre otras.•
S
ALA DEE
XTRACCIÓN YA
LMACENAMIENTO DEL
ECHEM
ATERNA.
Recinto delimitado físicamente, destinado exclusivamente a la extracción y almacenamiento de la leche materna. Este debe brindar a las madres un ambiente de tranquilidad, confortabilidad, seguridad y privacidad.•
S
ALUDC
OMPATIBLE.
Condición de salud del trabajador que no se comprometerá por la exposición a los peligros, agentes y condiciones presentes en su puesto de trabajo o que no lo coloca en una situación de mayor vulnerabilidad para un accidente del trabajo o una enfermedad profesional.•
S
OMNOLENCIA.
Estado, caracterizado por una imperiosa necesidad de dormir, sensación de pesadez, torpeza en los movimientos y en los sentidos, provocada por el sueño, adormecimiento y sopor.• S
UEÑO.
El sueño es una conducta dinámica, no simplemente la ausencia de la alerta. Es una especialactividad del cerebro, controlada por mecanismos precisos y elaborados. La calidad de la alerta en el día depende de la cantidad y calidad del sueño en la noche.
•
S
UB TAREA-
O
PERACIONESE
LEMENTALES.
Una de las partes componentes de una tarea. El conjunto de operaciones que componen una tarea, permite explicar el procedimiento o la forma en que se realiza el trabajo. Responde a la pregunta ¿cómo hace la tarea el trabajador?•
S
USTANCIAS OD
ROGASE
STUPEFACIENTES OS
ICOTRÓPICAS.
Cualquier sustancia, natural o sintética, que al ser introducida en el organismo es capaz por sus efectos en el sistema nervioso central, de15
alterar la actividad psíquica y el funcionamiento del organismo, y cuyo uso prolongado o frecuente, generalmente provoca dependencia física o psíquica. Son aquellas sustancias calificadas como tales en el decreto supremo Nº 565, del Ministerio de Justicia, de 1995, o el texto que lo reemplace.
•
T
AREA.
Es una parte del proceso requerido para generar un producto o servicio, es completa en sí misma, por lo que tiene comienzo y fin, y sus resultados son insumos para la consecución del proceso general. La tarea es identificable y constituye un paso lógico y necesario para cumplir una labor. Se caracteriza por ser una de las principales responsabilidades del trabajador y abarca parte importante de su tiempo productivo. De acuerdo a las características de los procesos, un trabajador puede tener una o varias tareas a realizar durante la jornada, o en un periodo de tiempo determinado.También definida como el conjunto de acciones técnicas utilizadas para cumplir un objetivo dentro de un proceso productivo o la obtención de un producto determinado dentro del mismo. Se define por sus objetivos, sus exigencias y los medios necesarios para realizarla con éxito. En general para reconocer las tareas es necesario responder a la pregunta ¿qué hace el trabajador?
•
T
OMA DEM
UESTRA.
Es la entrega de la muestra en recipientes aptos para ello, individualizados mediante código que preserva el anonimato de la muestra, rotulados o precintados, todo ello de acuerdo a estándares internacionales.•
T
RABAJADORE
XPUESTO.
Sonaquellos trabajadores que pertenecen a un GES para un determinado agente y cuyas mediciones personales o dosimétricas superan los valores máximos permitidos en la legislación.En estos casos, todos los trabajadores que pertenecen a ese GES deben ser incorporados obligatoriamente en el PVMO según la periodicidad señalada para cada agente en el Procedimiento Estructural Nº 2 aunque la medición personal se haya realizado en otro trabajador.
•
T
RABAJOP
ERJUDICIAL PARAE
MBARAZADA.
Se entenderá por trabajo perjudicial todo aquel que ponga en riesgo la integridad física de la madre o la del feto en gestación, asimismo estará impedida de realizar tales labores por lo tanto deberá ser reubicada de su puesto de trabajo a uno que no le signifique un riesgo para su seguridad, salud e integridad y la de su hijo en gestación.•
T
RASTORNOSM
ÚSCULOE
SQUELÉTICOS.
Alteración del tejido y del funcionamiento mecánico de las estructuras comprometidas. Pueden producirse durante el desarrollo de cualquier actividad de la vida diaria, siendo la práctica deportiva una de las principales responsables (ej. codo de tenista). Muchas de estas lesiones son producidas por traumatismos directos, mala técnica durante la realización de una práctica deportiva, repetitividad de un gesto o acción, sobre-esfuerzo, etc.Trastornos músculo esqueléticos relacionados con el trabajo (TMERT). Lesiones de estructuras orgánicas como los músculos, articulaciones, tendones, ligamentos, nervios, huesos y sistema vascular, causadas o agravadas principalmente por actividad profesional y por condiciones del lugar de trabajo.
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6. SISTEMAS
DE
INFORMACIÓN,
REPORTES
E
INDICADORES
Los resultados de la gestión de vigilancia médica ocupacional, evaluaciones de salud pre-ocupacional y ocupacional, higiene ocupacional, ergonomía, fatiga y somnolencia, factores biopsicosociales, alcohol y drogas; restricciones, reubicaciones y maternidad, deberán ser ingresados en el módulo EH&S de SAP.
Las DSO y DSATEP deberán remitir a las DSO y DSATEP corporativas la información que se señala en el Anexo 0.1 Indicadores de Salud en el Trabajo, dentro de los plazos y con los formatos establecidos.
7. VERIFICACIÓN
Y
CONTROL
Los mecanismos de verificación serán aquellos disponibles y basados en el Sistema de Gestión OHSAS 18:001 a través del cual se dispone de instancias y mecanismos para verificar la efectividad de los controles implementados, tales como auditorías, reportes de hallazgos, inspecciones, fiscalizaciones, etc.
La GSSO definirá los aspectos de este procedimiento que serán incorporados en los convenios de desempeño de las Direcciones o Jefaturas de Salud Ocupacional y SATEP.
El cumplimiento de estos procedimientos será auditado por la GSSO corporativa como mínimo cada dos años a través de la DS, la DSO y la DSATEP dependiendo del objetivo de la auditoría.
8. VIGENCIA
Estos procedimientos estructurales tienen vigencia a partir del 1 de enero de 2013, o en la fecha en que estén incorporadas a los Reglamentos Internos de Higiene y Seguridad, cuando ello sea necesario.
17
Procedimiento EST Nº 1
Gestión de Salud en el
Trabajo
18
PROCEDIMIENTO
EST
N
º
1.
GESTIÓN
DE
SALUD
EN
EL
TRABAJO
Los EST incluyen 10 ámbitos de acción, que están abordados a través de procedimientos estructurales y guías técnicas específicas.
El Estándar Nº 1 es el de Gestión de Salud en el Trabajo y señala:
1. “La responsabilidad por el cumplimiento de estos estándares recae en los gerentes generales de cada división, el Vicepresidente de Proyectos y el Gerente de Recursos Humanos de Casa Matriz, a través de las áreas operativas y las gerencias de seguridad y salud ocupacional o sus equivalentes.
2. Las gerencias de seguridad y salud ocupacional de las divisiones cuentan con una dirección de salud ocupacional con áreas de salud, higiene, ergonomía y psicología laboral. En la Vicepresidencia de Proyectos se cuenta con un médico de salud ocupacional y en Casa Matriz con el médico de salud ocupacional de la Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional corporativa.
3. Los procesos de salud en el trabajo deben asumirse en forma coordinada entre las direcciones de seguridad y direcciones de salud ocupacional, los comités paritarios de higiene y seguridad y las áreas operativas y de recursos humanos, a través de equipos multidisciplinarios.
4. Asimismo, la implementación de estos estándares exige la coordinación con los administradores de contratos, las empresas contratistas y sus respectivos organismos administradores de la Ley 16.744. 5. Se deben incorporar métodos epidemiológicos para fortalecer la gestión de prevención y control de
accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
6. Los procesos, funciones y actividades de salud ocupacional y la gestión, prevención y control de los riesgos de enfermedades profesionales para agentes específicos, deben ajustarse a estos estándares y a las Guías Técnicas respectivas.
7. La responsabilidad por la evaluación y selección de los elementos de protección personal (EPP) es de las direcciones de Seguridad y direcciones de salud ocupacional de acuerdo a sus competencias, lineamientos del Instituto de Salud Pública (ISP) y a la Guía Técnica respectiva. El control del uso de los EPP es función de la supervisión de las áreas operativas”.
1. OBJETIVO
El objetivo de este procedimiento es contar con criterios generales homologados de gestión de salud en el trabajo, especialmente la organización, coordinaciones, competencias, responsabilidades y roles de cada uno de los actores que intervienen en la gestión de salud ocupacional.
2. RESPONSABILIDADES
La responsabilidad de la aplicación y cumplimiento de este procedimiento recae en los Gerentes Generales de cada centro de trabajo o proyecto, a través de las GSSO o equivalentes.
Para tales efectos, cada división o centro de trabajo deberá exigir las prestaciones correspondientes a su organismo administrador de la Ley 16.744, ya sea administración delegada o mutualidad de empleadores. En el caso de que las prestaciones otorgadas por el organismo administrador de la Ley 16.744 no cumplan totalmente con estos estándares, cada centro de trabajo deberá, a través de la DSO, darles cumplimiento con recursos propios.
19
Es obligatorio en todo momento el resguardo de la confidencialidad de los datos de salud, dado que éstos son considerados sensibles por la Ley 19.628 sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal.
A.
T
RABAJADORa) Presentarse a sus labores aptos para el trabajo, practicando estilos de vida que les permitan estar en las mejores condiciones físicas y mentales para la realización de sus deberes, lo que incluye, dormir el tiempo necesario, mantener una dieta equilibrada, organizar su descanso en forma adecuada, no presentarse a trabajar bajo los efectos de alcohol o drogas.
b) Observar y cumplir permanentemente el buen comportamiento, conducta y desempeño que estos estándares demandan.
c) Participar activa y comprometidamente en los procesos e iniciativas para la evaluación y control de los riesgos de exposición a factores, agentes o condiciones que amenacen su integridad y salud. Como por ejemplo:
• Programa de Vigilancia Médica Ocupacional PVMO. • Evaluaciones de salud ocupacional (salud compatible).
• Identificación de los peligros a los que se encuentran expuestos en sus áreas de trabajo y que entrañan el riesgo de enfermedad profesional.
• Mediciones de higiene ocupacional, cuidando los equipos, evitando cualquier acción que pueda alterar los resultados y la efectividad de las medidas de control.
• Desarrollo, actualización o conocimiento de los Mapas de Riesgos Higiénicos de su área de trabajo. • Programa de Control de Fatiga y Somnolencia.
• Exámenes de alcohol y drogas por testeos aleatorios, por participación directa o indirecta en un incidente o accidente y en caso de sospecha o flagrancia.
g) Notificar de inmediato a supervisor o jefatura cuando: esté afectado o presente síntomas de alguna patología o consuma medicamentos que alteren el rendimiento o estado de alerta; detecte a un compañero de trabajo con síntomas de fatiga o somnolencia; la trabajadora tome conocimiento de su estado de gravidez; posea una restricción temporal, entregando el certificado emitido por el médico tratante a la DSO.
h) Participar activamente en las capacitaciones orientadas a prevención de accidentes y enfermedades profesionales y en la búsqueda y aplicación de soluciones en conjunto con su jefatura.
i) Solicitar la incorporación por única vez, a un programa de rehabilitación por adicción a alcohol o drogas y continuar el tratamiento cumpliendo con las indicaciones, hasta su término.
j) Cumplir con las restricciones emitidas por la DSO en el Informe de Salud Ocupacional.
k) Asistir a las sesiones de rehabilitación y reeducación laboral y completar el tratamiento indicado por su médico tratante.
B.
E
JECUTIVOS,
D
IRECTIVOS,
S
UPERVISORES Y JEFATURASa) Identificar los peligros a los que se encuentran expuestos los trabajadores, las diferentes tareas realizadas y sus condiciones y los tiempos que demandan. Informar a las DSO para solicitar las evaluaciones y asesorías necesarias para eliminar o mitigar los riesgos.
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b) Actualizar los procedimientos, instructivos e inventarios de peligros de forma que cumplan con los EST e indicaciones de estos procedimientos.
c) Elaborar a partir de la identificación de peligros, la Tabla de Exposición Pre-ocupacional en los procesos de contratación o transferencia de personal, la que servirá para guiar la solicitud de las evaluaciones de salud pre-ocupacional atingentes.
d) Asegurar la asistencia o participación de los trabajadores en: las evaluaciones de salud ocupacional o de vigilancia médica ocupacional, mediciones de higiene y ergonomía ocupacional, encuestas de factores biopsicosociales, capacitaciones y a las demás definidas en los diferentes programas de los EST, comunicándole al trabajador la fecha y hora de la citación con la debida anticipación.
e) Implementar las medidas de control de agentes, peligros y condiciones que entrañan riesgos de enfermedad profesional o de accidente laboral, determinadas por el área, propuestas por la DSO o instruidas por el organismo administrador.
f) Asegurar la mantención de las medidas de control con apoyo de las áreas de mantenimiento, ingeniería, inversiones, recursos humanos y salud ocupacional, evaluando la eficacia de éstas e incorporando esta información en el módulo EH&S de SAP.
g) Decidir la adquisición o implementación de equipos, herramientas, instalaciones y mobiliario, de acuerdo a exigencias del cargo e indicaciones de las DSO.
h) No exponer a un trabajador a una exposición para la cual no cuente con salud compatible o implementos de prevención adecuados.
i) Facilitar la determinación de los GES en sus áreas en conjunto con la DSO.
j) Conocer los peligros asociados a la fatiga y somnolencia de su área, desarrollar una gestión permanente de identificación de trabajadores potencialmente expuestos a peligros por ese factor y, cuando
corresponda, tomar medidas correctivas de implementación inmediata.
k) Derivar a la brevedad a la DSO, a los trabajadores que presenten síntomas de fatiga, que estén consumiendo fármacos que alteren la alerta o que presenten alteraciones psicológicas. l) Facilitar la aplicación del programa RIIC.
m) Apoyar el cumplimiento del Programa de Rehabilitación por accidente del trabajo o por abuso o dependencia de alcohol y/o drogas.
n) Ordenar la ejecución inmediata del examen de alcohol y droga y acompañar al centro de atención de urgencia, a los trabajadores involucrados en accidentes del trabajo, sospecha o flagrancia de consumo. o) Informar y facilitar la asistencia de los trabajadores sorteados, al examen aleatorio de alcohol y drogas. p) Gestionar en conjunto con la GRRHH la reubicación y restricciones temporales emitidas por patología
común o laboral del trabajador.
q) Cumplir las indicaciones del EST Nº 10, Maternidad, informando de inmediato a RRHH, a fin de que se tomen las medidas correspondientes. En forma especial, gestionar la implementación, mantención y cuidado de la Sala de Extracción y Almacenamiento de Leche Materna.
r) Dar aviso a la GRRHH y a la DSO cuando cambian a un trabajador de puesto de trabajo o le asignan funciones distintas a las habituales.
C.
C
OMITÉSP
ARITARIOS DEH
IGIENE YS
EGURIDADa) Asesorar e instruir a los trabajadores en las siguientes temáticas: • Control de vigilancia médica ocupacional.
21
• Correcta utilización de los EPP, vigilando el cumplimiento de medidas de prevención, tanto por parte de la empresa como de los trabajadores.
• Conductas correctas practicando las medidas preventivas dispuestas en este procedimiento. • Higiene del sueño e importancia del descanso y sueño reparador.
• Conductas correctas en materia de alcohol, drogas y tabaco. • En general, apoyar la implementación de todos los EST.
l) Apoyar en la identificación de los factores de riesgo de accidentes y enfermedades profesionales. m) Participar en la búsqueda de soluciones y medidas de control de condiciones o factores de riesgo.
D.
G
ERENCIAS DER
ECURSOSH
UMANOSa) Dar cumplimiento e implementación de la Resolución del Presidente Ejecutivo de Codelco Nº 48 del 19 de julio de 2011.
b) Diseñar jornadas de trabajo que permitan un adecuado descanso y sueño de los trabajadores.
c) Organizar el trabajo considerando pausas/descanso, cuando sean indicados por la DSO y sustentados por análisis correspondientes, facilitando cuando se requiera, la implementación de programas de rotaciones de trabajadores entre diferentes puestos de trabajo y/o tareas.
d) Aplicar las sanciones que establezcan los reglamentos internos de higiene y seguridad frente a los incumplimientos de estos estándares y procedimientos.
e) Asegurar la incorporación de la obligatoriedad de asistencia del trabajador a realizarse los exámenes en los reglamentos internos de higiene y seguridad y las sanciones frente al incumplimiento, conforme lo dispone el D.S. 40.
f) Asegurar la incorporación en los reglamentos internos de higiene y seguridad de la obligatoriedad de las jefaturas de otorgar las facilidades a los trabajadores para realizarse las evaluaciones de salud y las sanciones frente al incumplimiento.
g) Formalizar e ingresar al SAP los cambios organizacionales generados por la aplicación de este procedimiento.
h) Informar a la DSO las nuevas contrataciones, cambios o movimientos del personal, así como la creación de nuevas posiciones. Asegurar la capacitación de los trabajadores en materias de prevención de accidentes y enfermedades profesionales.
i) Procesos pre-ocupacionales:
• Validar la Tabla de Exposición Pre-ocupacional del cargo para el cual se realiza el proceso de selección. • Solicitar a la DSO la realización de la evaluación de salud pre–ocupacional.
• Verificar si el postulante tiene una evaluación de salud compatible vigente por los mismos peligros, agentes y condiciones.
• Mantener informado al postulante durante todo el proceso de postulación. • Ingresar el Informe de Salud Compatible a la base de datos corporativa.
• Informar a la DSO el resultado final del concurso, esto es, quién fue la persona seleccionada y los cambios organizacionales y creación de nuevos cargos.
j) Procesos Ocupacionales:
• En caso de transferencias a un nuevo puesto de trabajo y en caso de transferencia de una división a otra o a la Vicepresidencia de Proyectos, debe solicitar a la nueva área la Tabla de Exposición Ocupacional.
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• Verificar en la Base de Datos corporativa si el postulante tiene una evaluación de salud compatible vigente por los mismos peligros, agentes y condiciones.
• Solicitar a la DSO la realización de la evaluación de salud ocupacional. • Ingresar el Informe de Salud Compatible a la base de datos corporativa. • Comunicar el informe al postulante.
• Informar a la DSO el resultado final del proceso.
k) Conocer los resultados de los diagnósticos biopsicosociales e implementar las medidas preventivas que estén en su línea de competencia en coordinación con la DSO y dar apoyo a trabajadores con conflictos psicosociales.
l) Asegurar capacitaciones en manejo del stress, liderazgo participativo, trabajo en equipo, etc. m) Gestionar la reubicación del trabajador de acuerdo al artículo 71 de la Ley 16.744 una vez que haya
recibido el Informe de Salud Ocupacional emitido por la DSO y la reubicación por maternidad, cuando corresponda de acuerdo al Procedimiento Estructural Nº 10.
n) En caso de ser necesaria una reubicación, deberá presentar a la DSO los posibles puestos de trabajo donde el trabajador pueda desempeñar labores sin exposición a riesgos perjudiciales.
o) Proponer a la DSO los posibles puestos de trabajo para reubicar al trabajador en cumplimiento a lo señalado por el organismo administrador.
p) Gestionar en conjunto con la gerencia del área involucrada los puestos de trabajo adecuados a las restricciones temporales emitidas por patología común o laboral del trabajador solicitando la asesoría de la DSO, si corresponde.
q) En forma previa a una transferencia desde un área o división a otra o a la VP, la GRRHH deberá verificar que el trabajador no tenga diagnosticada una enfermedad profesional que no le permita exponerse a los riesgos del nuevo puesto de trabajo.
r) Evaluar y apoyar la incorporación del trabajador que solicite el Programa de Rehabilitación de adicciones, por única vez, siempre que no tenga un resultado previo alterado en un examen aleatorio, por sospecha o por participación en accidentes del trabajo.
s) Efectuar el sorteo aleatorio para testeo de trabajadores mediante la aplicación en el módulo SAP EH&S, a lo menos trimestralmente; citar a los trabajadores sorteados a través de sus jefaturas.
t) Aplicar las medidas administrativas y disciplinarias que correspondan a los trabajadores que hayan sido detectados positivos para alcohol y/o drogas en faena, ya sea por examen aleatorio, por sospecha o por participación en accidentes del trabajo.
u) Implementar la Sala de Extracción y Almacenamiento de Leche Materna.
E.
G
ERENCIA DES
EGURIDAD YS
ALUDO
CUPACIONALa) Asegurar que las divisiones cuenten con una DSO constituida como mínimo por los siguientes
profesionales: médico, higienista, ergónomo, enfermero y psicólogo. Dadas las responsabilidades legales en esta materia y el tipo de información sensible y privada que se maneja, es necesario que los
profesionales señalados sean trabajadores propios de Codelco.
b) De acuerdo a las características de la operación (ubicación, dispersión geográfica, tamaño, procesos, número de trabajadores) es posible que un mismo profesional sea enfermero/ergónomo;
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c) Asegurar que las divisiones con administración delegada cuenten con una DSATEP constituida como mínimo por un médico/director, un experto en prevención de riesgos y un estadístico.
d) Liderar el programa de gestión de EPP que asegure la protección efectiva de los trabajadores a los peligros, agentes y condiciones que puedan causar accidentes del trabajo o enfermedades profesionales.
F.
D
IRECCIONES DES
EGURIDADa) Incorporar en sus inspecciones, auditorías y acciones de liderazgo visible, el control del cumplimiento de estos procedimientos.
b) En caso de que un trabajador presente un trastorno de estrés post traumático, emitir la DIAT al organismo administrador correspondiente en conjunto con el psicólogo de la DSO.
c) Impulsar, fomentar y ejecutar el Programa de Prevención de Alcohol y Drogas.
G.
D
IRECCIONES DES
ALUDO
CUPACIONALa) Asegurar el cumplimiento los requisitos legales, los EST, los procedimientos estructurales y sus guías técnicas en la gestión de salud en el trabajo ya sea que ellas sean otorgadas por el organismo administrador de la Ley 16.744 o con recursos propios.
b) Los estándares, procedimientos estructurales y las guías de salud en el trabajo deberán ser incorporados desde las primeras etapas del ciclo inversional de los proyectos, conforme a la NCC24. Serán analizados todos aquellos proyectos cuya justificación sea por motivos de seguridad y salud ocupacional, que impliquen un cambio o modificación en las condiciones de un proceso existente o correspondan a la implementación de uno nuevo.
• La participación activa será desde las etapas de perfil, pre-factibilidad y factibilidad de los proyectos, especialmente aquellos vinculados a procesos o actividades con alta presencia de sílice, arsénico, cancerígenos o que se caractericen por generar efectos sinérgicos o inmediatos a la salud de los trabajadores. Lo anterior incluye participación presencial en los “Talleres de Análisis de Riesgos” de los proyectos y realización sistemática de las “Revisiones funcionales" integradas a:
Estudios de perfil finalizados, para el ingreso a la cartera VP. Registro preliminar de riesgos de SSO: exposiciones que afectan a la salud; exposiciones que afectan a la seguridad; regulaciones o normas aplicables. En esta etapa es aceptable utilizar experiencia de proyectos similares por medio de un proceso referencial (benchmarking).
Estudios de Pre-factibilidad y/o factibilidad. Evaluación (cualitativa) de riesgos de SSO: peligros; estrategias de control; riesgos clasificados de acuerdo a criticidad; su incorporación al SGSSO. Deberá incluir además, estudios y/o evaluaciones que se requerirán en etapa de factibilidad.
Estudios de Factibilidad y para la etapa inversional. Identificación de riesgos en SSO, con registro de las exposiciones durante las etapas de construcción, puesta en marcha, operación, cierre y saneamiento; programa detallado, incorporado al SGSSO, de mecanismos y operaciones para mitigar las exposiciones.
Etapa de construcción y/o puesta en marcha.
• Hacer seguimiento de estas exigencias en las etapas de construcción, montaje y puesta en marcha hasta su traspaso a operaciones. Para lo anterior podrán solicitar los antecedentes y asesorías que
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estimen conveniente. Los proyectos no podrán traspasarse a operaciones sin previa aprobación de la DSO.
c) Asesorar permanentemente a las áreas en la identificación, evaluación y control de los agentes, condiciones o factores de riesgo de accidentes o enfermedades profesionales
d) Confeccionar el listado de trabajadores separados por nivel de riesgo y enviarlo al respectivo organismo administrador para la incorporación de los trabajadores expuestos al PVMO.
e) Cuando se ha constatado exposiciones de nivel 4, informar a los ejecutivos, directivos, supervisores y jefaturas sobre las medidas de control a implementar y el plazo para su ejecución según instrucción del respectivo organismo administrador.
f) Verificar cumplimiento de los prestadores de los requisitos establecidos para evaluaciones de salud compatible. Administrar y supervisar los contratos con prestadores. Hacer revisiones aleatorias del cumplimiento en el caso de trabajadores contratistas.
g) Validar la Tabla de Exposición Pre-ocupacional y solicitar la evaluación de salud al prestador correspondiente.
h) Atender a los trabajadores, si tuvieran consultas sobre los resultados de sus evaluaciones.
i) Resolver sobre la salud compatible de los postulantes y trabajadores y remitir el informe a la GRRHH. j) El área de pases le remitirá a la DSO los informes de salud compatible que no se ajusten a estos
procedimientos o que tengan observaciones o aspectos que requieran análisis más especializado. k) Participar en conjunto con las áreas involucradas en los programas de F&S.
l) Realizar la evaluación médica para evaluar posible patología de sueño u otras patologías y comunicar a las áreas los trabajadores que se integren al programa.
m) Realizar las intervenciones RIIC, emitiendo la DIAT en conjunto con las DS en el caso de considerar que un trabajador requiere ser atendido psicológicamente por su organismo administrador de la Ley 16.744. n) Hacer seguimiento médico a los trabajadores que se encuentren en los diferentes programas. o) Programa de alcohol y drogas:
• Participar en el sorteo de trabajadores para los testeos aleatorios de alcohol y/o drogas lícitas e ilícitas. • Garantizar la privacidad y la posibilidad de evaluar técnicamente las situaciones que se presenten en todo
el proceso de exámenes y evaluación clínica de detección de alcohol y drogas y la confidencialidad de los resultados, en el ámbito de la relación médico/paciente.
• Supervisar el correcto funcionamiento de toma de muestras y de todo el proceso de testeo. • Administrar y supervisar el contrato con los laboratorios acreditados.
• Recomendar el retiro del trabajador de la faena, en caso de verificarse el consumo de alcohol o drogas. • Hacer seguimiento al trabajador en programa de rehabilitación de alcohol o drogas cuando esté siendo
apoyado por la GRRHH.
p) Recepcionar la RECA remitida por la DSATEP o por el organismo administrador.
q) Recepcionar la REIP por enfermedad profesional o accidente del trabajo enviada por la DSATEP o por el organismo administrador, emitir un Informe de Salud Ocupacional en el formato corporativo y enviarlo a la GRRHH con copia informativa para el área de trabajo.
r) Cuando reciba del organismo administrador las resoluciones de enfermedad profesional, coordinar y liderar el proceso investigativo hasta la implementación de las medidas de control correctivas y preventivas.
25
s) Validar la restricción por enfermedad o accidente de origen común indicada por el médico tratante, emitir un Informe de Salud Ocupacional en el formato corporativo y enviarlo a la GRRHH y al área de trabajo y mantener base de datos de los informes en formato corporativo.
t) Si es necesario, deberá evaluar el puesto de trabajo desempeñado por el trabajador a fin de determinar la compatibilidad o incompatibilidad entre éste, la patología que lo afecta y la restricción indicada por el médico tratante.
u) En caso de que se requiera reubicar al trabajador por el artículo 71 de la Ley 16.744, se deberá evaluar el puesto de trabajo propuesto por la GRRHH a fin de determinar la compatibilidad o incompatibilidad entre éste y la enfermedad profesional que afecta al trabajador. De esta gestión, se deberá dejar constancia en un Informe de Salud Ocupacional que debe ser enviado a la GRRHH y al OA.
v) Evaluar el puesto de trabajo y emitir informe que determine si el puesto de trabajo que desempeña la trabajadora embarazada es perjudicial, si requiere alguna limitación en su ejecución o debe estar condicionada a evaluación médica. El informe deberá indicar si la trabajadora requiere o no reubicación. w) Validar los puestos de trabajo propuestos por GRRHH para reubicar a la trabajadora embarazada. x) Asesorar a GRRHH en la implementación de la Sala de Extracción y Almacenamiento de Leche Materna.
H.
D
IRECCIONESSATEP
OM
UTUALIDADL
EY16.744
a) Cumplir con todas las obligaciones señaladas en la Ley 16.744 y sus decretos complementarios indicados en el Instructivo Técnico 1.1 Manual de Gestión SATEP, que forma parte de este procedimiento de gestión de salud en el trabajo.
b) Asignar los cupos para la vigilancia médica ocupacional PVMO e informarlo a la DSO para coordinar con las respectivas áreas operacionales.
c) Coordinar con el prestador la realización de los controles del PVMO y verificar que éste se ajuste a lo establecido en estos EST y en el Procedimiento Estructural Nº 2.
d) Entregar los resultados de las evaluaciones y exámenes a los trabajadores y remitir un resumen de los resultados a la DSO y a las jefaturas en forma mensual.
e) Llevar actualizado el seguimiento del programa y comunicarlo en forma semestral a la DSATEP del nivel corporativo.
f) Hacer la historia ocupacional en el formato corporativo.
g) Iniciar el expediente de invalidez, cuando corresponda de acuerdo a este procedimiento y al Manual de Gestión SATEP.
h) Asesorar a las DSO en la identificación de condiciones o factores de riesgo y proporcionar herramientas para su evaluación y control.
i) Dar aviso a la Autoridad Sanitaria (AS) cuando se constaten exposiciones a sílice de nivel 4, instruir a la DSO los controles y comunicar a la AS las medidas implementadas.
j) Realizar la evaluación y mediciones de agentes, factores o condiciones o financiar aquellas realizadas por el área de higiene ocupacional siempre que se enmarquen estrictamente en lo señalado en este
procedimiento.
k) Informar periódicamente a las DSO las resoluciones de enfermedad profesional, para su investigación e implementación de medidas preventivas.
l) Financiar e impartir capacitaciones relacionadas con la prevención de accidentes y enfermedades profesionales.
26
m) Realizar los controles de salud compatible ocupacionales o financiar aquellas realizadas por la DSO siempre que se enmarquen estrictamente en lo señalado en este procedimiento.
n) Otorgar todas las prestaciones curativas, de rehabilitación, integrales y gratuitas, que permitan recuperar o mejorar las capacidades funcionales del trabajador para su reinserción laboral.
o) Emitir el ALLA luego de un accidente o enfermedad profesional señalando las condiciones prescritas por el médico tratante y remitir copia del documento a la DSO.
p) Remitir un informe para la DSO si al alta médica persisten restricciones para el desempeño laboral. q) Remitir a la DSO las RECA y REIP por enfermedad profesional y por accidentes del trabajo de los
trabajadores activos.
r) Instruir a la DSO, cada vez que reciba una REIP por enfermedad profesional, la obligatoriedad de reubicación de acuerdo al artículo 71 de la Ley 16.744 y verificar su cumplimiento en terreno. s) Gestionar la reeducación de los trabajadores con secuelas invalidantes por accidentes del trabajo o
enfermedades profesionales, para que puedan desarrollar otros trabajos adecuados para sus actuales condiciones de salud, a través de prestadores internos o externos.
I.
P
RESTADORa) Efectuar las evaluaciones de salud y las baterías de exámenes de vigilancia de enfermedades
profesionales de acuerdo a lo señalado en este procedimiento y entregar los resultados individuales a la DSATEP solicitante.
b) Efectuar las evaluaciones y mediciones solicitadas por la DSO o la DSATEP, y entregar los informes y resultados de acuerdo a las exigencias y requerimientos técnicos contenidos en este procedimiento. c) Solicitar al postulante o trabajador la autorización para realizar los exámenes, evaluaciones e informes a
Codelco, según se trate de pre–ocupacionales u ocupacionales.
d) Realizar las evaluaciones y exámenes médicos cumpliendo con las baterías y criterios de contraindicación establecidos en este procedimiento en los Anexos 5.3 y 5.7 según se trate de pre–ocupacionales o de ocupacionales.
e) Remitir el informe de salud compatible al médico de la DSO, según se trate de pre–ocupacionales o de ocupacionales.
f) Entregar copia de los exámenes e informes a los postulantes o trabajadores que lo soliciten.
3. FUNCIONES
Y
COORDINACIONES
DE
LA
DIRECCIÓN
DE
SALUD
OCUPACIONAL
En el caso de que la magnitud o complejidad de las funciones sea difícil de abordar con recursos propios, las DSO podrán contar con asesorías externas de empresas y/o profesionales, quienes deberán acreditar confiabilidad, experiencia y formación, así como precios de mercado.
En el caso de que se deban generar competencias técnicas específicas internas, las DSO podrán requerir el apoyo a instituciones de referencia nacional o internacional en determinadas materias a través de transferencia técnica.
Se deben incorporar métodos epidemiológicos para fortalecer la gestión de prevención y control de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.