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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO

ESPECIAL DE LOCALIZACIÓN PRECINTAJE

ARRASTRE Y DEPÓSITO DE VEHÍCULOS

EMBARGADOS EN PROCEDIMIENTO

DE APREMIO.

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1º.- OBJETO DEL CONTRATO.-

El objeto del presente contrato administrativo especial, es la localización arrastre, almacenaje y custodia de vehículos embargados en el procedimiento administrativo de apremio, por SUMA Gestión Tributaria en los municipios de las provincias de Alicante, agrupados por lotes según anexo II.

En caso necesario podrá ampliarse el contrato con la empresa adjudicataria a otros municipios diferentes de los que comprenden el lote adjudicado.

2º.- . FUNCIONES DEL CONTRATISTA DESCRIPCIÓN Y CONDICIONES PARA SU DESARROLLO.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.-

El contratista, que resulte adjudicatario, en virtud de la Resolución que resuelva la adjudicación de los lotes señalados en el procedimiento de contratación, quedará designado como colaborador de Suma, en el proceso de localización y búsqueda de vehículos embargados y ostentará la condición de depositario, sobre los bienes que hayan sido objeto de precinto y aprehensión por la Autoridad.

Además de las funciones propias del depositario, recogidas en la Ley 58/2003 y R/D 939/05. Observará las siguientes obligaciones:

1º) Utilizará sus propios medios humanos y materiales para la localización aprehensión retirada y arrastre de los vehículos embargados por la Autoridad Administrativa competente.. 2º) Realizará las ordenes de localización, aprehensión, arrastre y depósito bajo la supervisión y coordinación del Departamento de Recaudación de Suma

3º) Dispondrá de los sistemas de información y comunicación necesarios para la ágil recepción de las ordenes de localización, alzamientos y demás actuaciones que precisen de comunicación inmediata, sobre las ordenes entregadas.

4º) Dispondrá de grúas y medios de locomoción necesarios de potencia suficiente, para poder retirar de la vía publica cualquier clase de vehículo embargado cualesquiera que sea la marca y caballaje del mismo.

5º) Dispondrá de los medios auxiliares precisos para evitar desperfectos y deterioros innecesarios en los vehículos que se retiran,( cadenas, almohadillas )

6º) Dispondrá de locales adecuados para el almacenamiento, custodia y deposito de los vehículos retirados de la vía pública hasta que éstos sean retirados por sus propietarios o usuarios. Dichos locales deberán contar con las medidas e instalaciones de seguridad, salubridad e higiene exigidas por la normativa vigente. Los locales deberán encontrarse en la zona geográfica próxima a la Zonas de Recaudación de Suma.

7º) Iniciará la prestación del servicio dentro de los 15 días siguientes a la fecha de su adjudicación poniendo en funcionamiento el local con sus instalaciones y medios necesarios. 8º) Conservará y custodiará en los locales designados los vehículos retirados de la vía publica, así como el mantenimiento y limpieza de los mismos.

9º) En casos de retirada del vehículo de la vía publica sin presencia del contribuyente, dejará en lugar visible un indicativo del motivo de retirada del vehículo y el teléfono de Información de la Oficina de recaudación correspondiente. Así como tomará la pertinentes fotografías del estado de los vehículos que se hallen en depósito, a requerimiento del Jefe de Recaudación.

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tipo de daño o responsabilidad que pueda ocasionarse, tanto por motivo de la retirada como del depósito de los vehículos y bienes depositados.

11º) Intervendrá con arreglo y sujeción a las ordenes de embargo dictadas por el Jefe de Recaudación, con la debida coordinación con los agentes de la Policía Local y demás autoridades encargadas de la vigilancia de las vías públicas.

12º) Guardará tanto el adjudicatario como el personal a su servicio la máxima corrección y decoro con los propietarios que ostenten la titularidad de los vehículos retirados de la vía pública evitando en lo posible o minimizando el riesgo de altercados o denuncias que puedan instar los contribuyentes.

13º) Comunicará, de forma inmediata al Departamento de Recaudación con los documentos definidos y precisados al efecto los casos en los que del resultado de su actividad, se desprenda el precintaje y entrada del vehículo al depósito, la transferencia, venta desguace, estado inservible del vehículo, así como cualquier otra incidencia que acredite la no retirada del mismo. El mismo día del precinto del vehículo se remitirá vía fax (965148585) la documentación y vía E-mail ([email protected], o alternativamente al correo [email protected] ) las fotos del vehículos precintado, sin perjuicio de entregar los documentos originales en el momento de rendir cuentas de la remesa correspondiente.

14º) Aceptará y ostentará la condición de depositario en todos los casos en que se produzca la aprehensión, arrastre y entrada de los vehículos en los locales designados.

15º) Expedirá facturas individuales por cada orden de localización que se entregue una vez haya finalizado la gestión de esta, con el resultado de cobro de la deuda o la aprehensión del vehículo, en las fechas acordadas o en su defecto con periodicidad bimestral.

16º) Permitirá el acceso a las instalaciones depositarias a todas aquellas personas interesadas en comprobar el estado de los bienes objeto de embargo, dentro de los 7 días anteriores a la fecha de subasta del bien.

17º) Comunicará de forma inmediata y preavisará a la Administración cuando por cualquier causa se perjudicase o deteriorase la prestación ordinaria del servicio.

18º) Guardará al más absoluto secreto profesional teniendo absolutamente prohibida la utilización de la información y en consecuencia se compromete explícitamente a no reproducirla y a no sacar ni retener copias de las ordenes entregadas, guardando absoluto secreto sobre datos y demás actuaciones que puedan tener acceso y conocimiento por razón del trabajo objeto de la licitación.

19º) Custodiará la información y los datos de los expedientes administrativos entregados, siendo responsable de la custodia física de los mismos hasta su rendición de cuentas y devolución al Departamento de Recaudación. La empresa adjudicataria tiene absolutamente prohibida la utilización de la información facilitada por Suma - Gestión Tributaria para un fin distinto al objeto del contrato y, en consecuencia, se somete a las medidas de seguridad de los datos que establece la Ley 15/99 de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

20º) Se abstendrá de concurrir y licitar de forma directa, indirecta, por si o por persona física o jurídica superpuesta en los procesos de enajenación y venta que se realicen sobre los bienes objeto del presente contrato. No negociará en ningún caso con el contribuyente, fórmulas de aplazamiento o dilaciones en el pago, limitándose a indicar que debe regularizar la deuda personándose en la Oficina Tributaria de Suma correspondiente, estándole vedado cualquier transacción con el contribuyente.

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21º) Levantará Acta de precinto y búsqueda y Acta de entrada del vehículo precintado al depósito, En todo caso hará constar en el documento habilitado, de forma

detallada, UN INFORME DE ESTADO DEL VEHICULO las condiciones de vehiculo, desperfectos de su estado exterior, estado del motor, nº de kilómetros, y su estado interior, Asimimo si dispone de documentación y ficha técnica y llaves, en tal caso junto al informe de estado entregara una fotocopia de documentación y ficha técnica junto al expediente de recaudación entregado, quedándose y custodiando junto al vehículo la documentación y ficha técnica y llaves.

3º.- DURACIÓN DEL CONTRATO.-

El contrato mantendrá su vigencia en tanto en cuanto dure el presupuesto económico con el que se dota.

4º.- EXTINCIÓN DEL CONTRATO.-

La Administración podrá de forma unilateral rescindir el contrato una vez iniciado este por alguna de las siguientes causas:

a) Cuando cese o desaparezca la necesidad de la prestación del servicio, ya sea por denuncia de los vigentes Convenios de Delegación con los Ayuntamientos y Organismos delegantes, en materia ejecutiva, ya sea por asunción del servicio por los aquellos o por cualquier otra causa justificada y acreditada por la que se retiren las competencias ejercidas por delegación.

b) Escasa o baja efectividad del servicio en la rendición de las órdenes de precinto, cuando en dos entregas sucesivas resulte que la rendición de los resultados de gestión, sea inferior al 40% de efectividad. O en una sola vez inferior al 20.00 % La efectividad se medirá por el grado de realización de las ordenes de localización aprehensión y deposito objeto de entrega para su Gestión al contratista., según el Anexo I.

c) Retrasos o dilaciones injustificadas en las rendiciones de los lotes de órdenes de localización, aprehensión, arrastre y depósito efectuadas. De acuerdo al calendario anual que se establezca por la Administración. Se entenderá retraso la falta comparecencia, en más de dos ocasiones durante la vigencia del contrato. d) Faltas o incumplimientos reiterados, ocasionado por la no entrega de facturas junto

a las rendiciones de cuentas.

e) Grave incumplimiento de alguna de las obligaciones señaladas al contratista en la cláusula 2º.- de las presentes condiciones técnicas, salvo que se considere explicable las penalizaciones previstas en la cláusula 8ª.

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5º.-. TARIFAS UNITARIAS-

Los precios unitarios de cada servicio serán, IVA incluido, para todas las AREAS Y LOTES que figuran en el presente Pliego a excepción del Área de Vega Baja y de los municipios que comprende será:

ACTUACIÓN CLASE DE

VEHÍCULOS

IMPORTE

LOCALIZACIÓN ARRASTRE HASTA10.000 KGS 240,00 €

LOCALIZACIÓN ARRASTRE MOTOCICLETAS 140,00 €

PAGO SIN APREHENSIÓN HASTA 10.000 KGS 90,00 €

PAGO SIN APREHENSIÓN MOTOCICLETAS 60,00 €

DEPOSITO /DIA HASTA 10.000 KGS 6,00 €

DEPOSITO/DIA MOTOCICLETAS 3,00 €

LOCALIZACION VEHICULOS SIN VALOR CONSTATADO HASTA 10.000 KGS 40,00 €

LOCALIZACION VEHICULOS SIN VALOR. CONSTATADO MOTOCICLETAS 30,00 €

Los precios unitarios de cada servicio serán, IVA incluido, exclusivamente para el Área de Vega Baja y de los municipios que comprende, ( ALGORFA ALMORADI

BENEJUZAR BENFERRI BENIJOFAR BIGASTRO CALLOSA DE SEGURA COX DAYA NUEVA DAYA VIEJA DOLORES FORMENTERA GRANJA DE R. JACARILLA ORIHUELA RAFAL REDOVAN SAN MIGUEL DE SALINAS PILAR DE LA HORADADA LOS MONTESINOS, TORREVIEJA) dadas las circunstancias especiales que concurren en las que no ha existido un servicio adecuado, la dispersión geográfica, existencia de núcleos urbanos y complejos residenciales, es necesario adecuar el coste del servicio,

A tal fin se modifican al alza las tarifas unitarias de Localización y arraste, y se fija una única tarifa aplicable al área, en los casos de búsquedas fallidas diligenciadas, el resto de las tarifas se mantiene

ACTUACIÓN CLASE DE

VEHÍCULOS

IMPORTE

LOCALIZACIÓN ARRASTRE HASTA 10.000 KGS 360,00 €

LOCALIZACIÓN ARRASTRE MOTOCICLETAS 160,00 €

En toda clase de vehículos con tonelaje superior a 10.000 kgs, las cantidades serán las mismas, incrementadas en 20,00 Euros por cada 1.000 kgs o fracción que exceda de 10.000 Kgs. Para el concepto de la localización y arrastre a razón de 2,00 Euros día por deposito.

6º.- AJUSTE Y REVISIÓN DE TARIFAS POR GRADO DE EFECTIVIDAD:

Los precios unitarios, fijados que resulten tras la licitación que afectaran solo a las actuaciones de localización y arrastre o pago sin aprehensión alcanzaran o experimentaran, un aumento o disminución en función del grado de realización descrito en el Anexo-1 de conformidad al siguiente baremo resultante del computo sobre el total de ordenes de localización entregadas durante el ejercicio.

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