INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES
Y DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA
F.S.T.S.E.
DERECHO CONSTITUCIONAL
TEMA AUTOEVALUACIONES
LIC. GUILLERMO OCHOA VARGAS
ALUMNO: SILVIA VALERIA ROQUEÑI HERNANDEZ
BERTHA ANGELICA CARPIO
ARACELI HERRERA LUZ
MARI RAMIREZ
LORENA ALVIZO
AUTOEVALUACION I TEORIA CONSTITUCIONAL
TEMA I
Instrucciones: Conteste las siguientes preguntas.
1. ¿Qué país y en qué año se promulgó la primera Constitución escrita?
R.- La primera Constitución escrita de un Estado promulgada por un gobernante en la historia humana en mano del Santo profeta del Islam data del primer año de la Hégira (En el año 622 de la era cristiana) y ha llegado hasta nosotros de forma completa. Para poder apreciarlo, señalaremos algunos puntos a modo de introducción.
Las constituciones escritas en sentido moderno datan de época reciente. La primera Constitución fue la de Estados Unidos en 1787. Siguió luego la de la Francia de 1789 – 1791. Desde entonces, este tipo de Constitución escrita se fue imponiendo en la mayoría de los países.
2. ¿Cuál es el sentido formal y material de la Constitución?
R.- En sentido material o de fondo se entiende por Constitución al conjunto de normas que establecen los principios rectores del Estado o sociedad política. Se puede decir que de esta forma todos los países tienen Constitución y se puede hacer referencia a sus principios aunque estos no se encuentren escritos.
En sentido formal es un poco más restringido, ya que se le da el nombre de Constitución a un texto escrito hecho de manera solemne, por un órgano extraordinario (Asamblea constituyente) que no puede ser reformando por los procedimientos legislativos ordinarios y que se impone sobre las demás normas estatales.
Estas dos interpretaciones pueden coincidir ya que llevan escritos los principios del estado. Otras no, ya que estas no se encuentran formalmente en textos y se hallan en costumbres, practicas judiciales o constitucionales.
En países de common law, como Inglaterra (Y antiguas colonias de ella), muchos principios fundamentales del Estado no están expresos en normas constitucionales especiales, sino en costumbres, prácticas judiciales, constitucionales o tradiciones políticas. En cuanto no existe un límite del texto escrito constitucional se dice que la cámara de los comunes puede hacerlo todo.
R.- Para la doctrina clásica o tradicional, el derecho constitucional está referido al estudio de las constituciones. Según Joaquín V. González es la rama de la ciencia jurídica que trata del estudio de la Constitución de un país o de las constituciones en general. En un enfoque más moderno o actual, si bien se sigue ocupando del estudio de las constituciones excede ese alcance. Con respecto a esto, Bidart Campos considera que el derecho constitucional es aquel que estudia la estructura fundamental u organización política de la nación, en lo referente al régimen de la libertad y al funcionamiento de los poderes públicos, dentro de las finalidades esenciales y progresivas del estado.
El derecho constitucional, como disciplina autónoma, comenzó a ser enseñado poco después del advenimiento de las primeras constituciones. La primera catedra de derecho constitucional fue creada en la Universidad de Oxford en 1758. Sin embargo esta no estaba referida a constituciones escritas. El primer modelo fue la Constitución de los Estados Unidos sancionada en Filadelfia de 1787. Con referencia a las modernas constituciones escritas a fines del siglo XVIII, la primera catedra de la materia fue creada en la Universidad de Ferrara en Italia en 1797. En Francia, la asamblea constituyente dispuso a partir de 1791 que se enseñara en las facultades de Derecho la Constitución de ese país.
Las fuentes del derecho constitucional, ordenadas jerárquicamente conforme a su importancia son: La Constitución La Ley La Jurisprudencia La doctrina La costumbre
Si bien la Constitución es una Ley, su carácter de norma fundamental, tanto desde la perspectiva jurídica como de la política la ubica en una grada preferente. Esta relevancia no solo le corresponde por su carácter normativo privilegiado, sino también porque en ella están los principios y valores sobre los cuales cada estado edifica su régimen político y jurídico. Inmediatamente después, cabe mencionar a la ley, que necesariamente debe estar en la armonía con la Constitución. Las leyes son instrumentos de aplicación de la Constitución destinados a regir frente a determinadas realidades, ellas no tienen, habitualmente la pretensión de futuridad que caracteriza a las constituciones, actúan como elementos de adaptación permanente a la realidad la jurisprudencia evita su cristalización y la adapta a las cambiantes condiciones que ofrece la realidad. Cobran importante relevancia los pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia. La costumbre consiste en la repetición de conductas durante un lapso determinado con la convicción acerca de su obligatoriedad jurídica. En el derecho privado, la costumbre constituye una fuente importante del derecho. No ocurre lo mismo en el derecho público. La doctrina son opiniones, investigaciones y estudios realizados por especialistas y debidamente fundados que tienen en el derecho constitucional una notoria importancia y constituye una fuente de la materia. Ha sido relevante el aporte posterior a la sanción de ella, que ha contribuido a lograr su mejor
interpretación, e incluso ha servido para propiciar iniciativas de modificaciones de nuestra ley fundamental.
4.- Expliqué la clasificación y características de la Constitución. R.- Formulación Jurídica.
Constitución Escrita: Es el texto legal en el que se plasman los principios fundamentales sobre los que descansa la organización del estado, los limites y las facultades del Estado, así como deberes y derechos de los individuos. Es el texto específico que contiene la totalidad o casi la totalidad de las normas básicas, y que debe ser respetado por cualquier otra norma del rango inferior.
Constitución No Escrita: Este tipo de clasificación es conocido también como Constitución consuetudinaria, en el cual no existe un texto especifico que contenga la totalidad de las normas básicas, sino que estas están contenidas a lo largo de diversas leyes, cuerpos legales y usos repetidos.
Según su reforma:
Constituciones rígidas o pétreas. Constituciones semirrígidas. Constituciones flexibles.
En la práctica las constituciones escritas son también constituciones rígidas; es decir, cuando en un Estado encontramos que existe constitución escrita, descubrimos que esta tiene un procedimiento más complejo de reforma o adición que el procedimiento para la creación, reforma o adición de una ley ordinaria.
Según su origen:
Las constituciones se diferencian también en función de su origen político; puede ser creada por contrato entre varias partes, por imposición de un grupo a otro, por decisión soberana, etc…
Constituciones Otorgadas:
Las constituciones otorgadas se dice que corresponden tradicionalmente a un Estado monárquico, donde el propio soberano es quien precisamente las otorga al pueblo. En este caso, se parte de las siguientes premisas:
Desde la perspectiva del monarca, es el quien la otorga por ser el depositario de la soberanía.
Es una relación entre el titular de la soberanía – Monarca – y el pueblo, quien simplemente es receptor de lo que indique el monarca.
Se trata de una constitución en la cual se reconocen los derechos para sus súbditos. Constituciones Impuestas:
Las constituciones impuestas, el parlamento las impone al monarca, refiriéndose al parlamento en sentido amplio, con la que se alude a la representación de las fuerzas políticas de la sociedad de un estado, de los grupos reales de poder en un Estado que se configuran en un órgano denominado Parlamento. En este tipo de constitución, es la representación de la sociedad la que le impone una serie de notas, determinaciones o de cartas políticas al rey, y este las tiene que aceptar. Por lo tanto, existe en el caso de las constituciones impuestas, una participación activa de la representación de la sociedad en las decisiones políticas fundamentales.
En las constituciones pactadas la primera idea que se tiene es el consenso. Nadie las otorga en forma unilateral, ni tampoco las impone debido a que si son impuestas y no se pactan carecerían de un marco de legitimidad. Estas constituciones son multilaterales, ya que todo lo que se pacte implica la voluntad de dos o más agentes; por lo tanto, son contractuales y se dice que parten de la teoría del pacto social. Así se puede pactar entre comarcas, entre provincias, entre fracciones revolucionarias, etc…
Las constituciones pactadas o contractuales implican:
Una mayor evolución política que en aquellas que son impuestas u otorgadas. En las pactadas hay, una fuerte influencia de la teoría del pacto social.
En aquellas que son pactadas este pacto o consenso se puede dar entre diversos agentes políticos todos aquellos grupos de poder real que estén reconocidos por el Estado.
Así, aun tratándose de una monarquía, cuando se pacta los gobernados dejan de ser súbditos. Constituciones aprobadas por voluntad de la soberanía popular.
Es cuando el origen del documento constitucional es directamente la sociedad, la cual por lo general se manifiesta a través de una asamblea. Por lo tanto, no es que la sociedad pacte con los detentadores del poder público, sino que la propia constitución surge de la fuerza social. En primer lugar que es escrita, no como otras tradiciones jurídicas que son consuetudinarias. Es la primera en el mundo de tipo social, ya que además de establecer garantías individuales, establece garantías sociales, como las laborales y de seguridad social, educación y salud.
Es rígida, esto es, que para ser modificada requiere no solo de la aprobación de las cámaras de Diputados y Senadores, sino también de la mayoría de las legislaturas de los Estados. Es inviolable en sentido formal, es decir, ni los particulares ni el estado pueden realizar actos validos en contra de los principios constitucionales, aunque materialmente realicen
conductas contrarias a ellas. Por ejemplo, el hecho que las autoridades violen materialmente la libertad de asociación desaparezca.
Es suprema, ya que los principios y reglas contenidos en ellas prevalecen sobre otras normas jurídicas.
5. Describa el concepto de Constitución, (cualquiera de los 3 autores de las bibliografías citadas, y mencione de cuál es).
Karl Loeweinstein.- Es el ser de cada sociedad, es la cultura social real, son las formas de conducta reconocidas son los principios políticos en los que se basa toda comunidad y que se formaliza en una Constitución escrita.
Maurice Hauriou.- Es un conjunto de reglas que son relativas al gobierno y a la vida de la comunidad estatal.
Según Kelsen.- La Constitución en su sentido lógico-jurídico, es la norma fundamental o hipótesis básica; la cual no es creada conforme a un procedimiento jurídico y, por lo tanto, no es una norma positiva, debido a que nadie la ha regulado y a que no es producto de una estructura jurídica, solo es un presupuesto básico.
Georges Burdeau.- Es el status del poder político convertido en instituciones estatales. La constitución es la institucionalización del poder.
6. Definición de Derecho Constitucional.
El derecho constitucional es una rama del Derecho público cuyo campo de estudio incluye el análisis de las leyes fundamentales que definen un estado. De esta manera, es materia de estudio todo lo relativo a la forma de Estado, forma de gobierno, derechos fundamentales y la regulación de los poderes públicos y los ciudadanos.
7. Diga usted las características y Fuentes del Derecho Constitucional.
La primera fuente del Derecho Constitucional, es obviamente la constitución, norma normarum y fuente de fuentes.
En el ámbito de la ley, tienen especial significado las normas incluidas en el bloque de constitucionalidad, en particular los estatutos de autonomía, así como las leyes orgánicas que contienen la regulación de las elecciones, que determinan la composición y funciones de los órganos constitucionales y que regulan los derechos fundamentales, interpretados de conformidad con los tratados internacionales suscritos por España en estas materias con rango de
ley, según el tribunal constitucional, pero en órbita competencial distinta, los reglamentos como norma interna del poder legislativo; entre las normas no escritas, las costumbres y convenciones constitucionales , que rigen relaciones no normadas entre los órganos constitucionales. Por último, las sentencias del Tribunal constitucional en cuanto supremo interprete de la constitución, tienen un valor fundamental en la exegesis e incluso complementación de la norma suprema. Características del Derecho Constitucional.
Aparte de las exigencias del Estado constitucional, interesa aquí llamar la atención sobre sus características principales.
El Derecho Constitucional.- Es fuente de fuentes. Establece los órganos con funciones jurídicas. Es el que establece, funda, los órganos con capacidad normadora. Es previo al ejercicio del resto de las funciones jurídicas en el Estado. Por eso es fuente de fuentes. Es el que regula los procesos de producción normativa.
Es principalmente Derecho de organización, pero no solo.
Es derecho supremo. Supremacía de la Constitución sobre el resto de las disposiciones jurídicas existentes en el ordenamiento estatal. Visión piramidal del ordenamiento jurídico.
El derecho constitucional como nuevo derecho común que informa y traspasa el resto de las ramas del ordenamiento jurídico. “La constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico y vincula a todos los jueces y tribunales, quienes interpretaran y aplicaran las leyes y los reglamentos según los preceptos y principios constitucionales, conforme a la interpretación de los mismos que resulte de las resoluciones dictadas por el tribunal constitucional en todo tipo de procesos…..” Todas las ramas del ordenamiento jurídico a la luz del derecho constitucional, tanto en cuanto a los procedimientos, como en cuanto a los contenidos.
AUTOEVALUACION II
ANTECEDENTES HISTORICOS DEL CONSTITUCIONALISMO MEXICANO TEMA II
INSTRUCCIONES CONTESTE LAS SIGUIENTES PREGUNTAS 1.- Explique la Constitución de Cádiz.
R.- La Constitución española de 1812, también denominada La Pepa, fue promulgada por las Cortes Generales de España reunidas extraordinariamente en Cádiz el 19 de marzo de 1812, se le ha otorgado una gran importancia histórica por tratarse de la primera constitución promulgada en España, además de ser una de las más liberales de su tiempo. Respecto al origen de su sobrenombre, la Pepa, no está muy claro aún, pero parece que fue un recurso indirecto tras su derogación por referirse a ella, debido a que fue promulgado el día de San José.
Oficialmente solo estuvo en vigor 2 años, desde su promulgación hasta su derogación en Valencia, el 4 de Mayo de 1814, tras el regreso a España de Fernando VII. Posteriormente se volvió aplicar durante el Trienio Liberal (1820-1823), así como durante un breve periodo en 1836-1837, bajo el gobierno progresista que preparaba la constitución de 1837.
La constitución establecía la soberanía de la nación (ya no en el rey), la monarquía constitucional, la separación de poderes, la limitación de los poderes del rey, el sufragio universal masculino indirecto, la libertad de imprenta, la libertad de la industria, el derecho de propiedad o la fundamental abolición de los señoríos, entre otras cuestiones, por lo que “no incorporo una tabla de derechos y libertades, pero si recogió algunos derechos dispersos en su articulado”. Además, incorporaba la ciudadanía española para todos los nacidos en territorios americanos, prácticamente fundando un solo país junto a las ex colonias americanas.
Por el contrario, el texto consagraba a España como Estado Confesional católico, prohibiendo expresamente en su art. 12 cualquier otra religión, el rey lo seguía siendo “por la gracia de Dios y la Constitución”. Del mismo modo, este texto constitucional no contemplo reconocimiento de ningún derecho para las mujeres, ni siquiera el de la ciudadanía.
2.- ¿QUIEN Y EN DONDE SE PROMULGO EL ESCRITO DENOMINADO “SENTIMIENTOS DE LA NACION”?
R.- Sentimientos de la Nación fue un documento, expuesto por José María Morelos y Pavón el día 14 de Septiembre de 1813 en Chilpancingo. Es considerado uno de los textos político mexicano más importante, el conjunto de ideas expresadas se fundamenta en la Guerra de la Independencia de los Estados Unidos, así como la revolución francesa.
R.- El 14 de Septiembre de 1813 fue el día en que se instaló el primer parlamento constituyente y Morelos pronuncio en el discurso inaugural los Sentimientos de la Nación, de los 23 puntos que consta el documento lo más relevante del contenido fue:
1. Declarar la independencia de América de España, de cualquier otra nación, gobierno o monarquía.
2. Reafirmar la religión católica como única aceptada sin tolerancia de otra.
3. Que todos sus ministros se sustenten de todos, y solos los Diezmos y primicias, y el Pueblo no tenga que pagar más obvenciones que las de su devoción y ofrenda.
4. Que el Dogma sea sostenido por la jerarquía de la Iglesia, que son el Papa, los Obispos y los Curas por qué se debe arrancar toda planta que Dios no plantó: omnis plantatis quam nom plantabit Pater meus Celestis Cradicabitur [Todo lo que Dios no plantó se debe arrancar de raíz]. Mat. Cap. XV.
5. Que la Soberanía dimana inmediatamente del Pueblo, el que sólo quiere depositarla en sus representantes dividiendo los Poderes de ella en legislativo, ejecutivo y judiciario, eligiendo las Provincias sus vocales, y estos a los demás, que deben ser Sujetos sabios y de probidad.
6. Una vez reconocida la soberanía de la nación y con una política inspirada en la Revolución francesa, el gobierno se dividiría en tres poderes: legislativo, ejecutivo y judicial.
7. Que funcionarán cuatro años los vocales, turnándose saliendo los más antiguos para que ocupen el lugar los nuevos electos.
8. La dotación de los vocales, será una congrua suficiente y no superflua, y no pasará por ahora de ocho mil pesos.
9. Que los empleos los obtengan sólo los americanos.
10. Que no se admitan extranjeros, si no son artesanos capaces de instruir, y libres de toda sospecha.
11. Que la Patria no será del todo libre y nuestra, mientras no se reforme el Gobierno, abatiendo el tiránico, sustituyendo el liberal y echando fuera de nuestro suelo al enemigo Español, que tanto se ha declarado contra esta Nación.
12. Que como la buena Ley es Superior a todo hombre, las que dicte nuestro Congreso deben ser tales que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente el Jornal del pobre, que mejoren sus costumbres, aleje la ignorancia, la rapiña y el hurto.
13. Que las Leyes generales comprendan a todos, sin excepción de Cuerpos privilegiados, y que estos sólo lo sean en cuanto al uso de su ministerio.
14. Que para dictar una ley se discuta en el Congreso, y decida a pluralidad de votos.
15. Que la esclavitud se proscriba para siempre, y lo mismo la distinción de Castas, quedando todos iguales, y sólo distinguirá a un Americano de otro el vicio y la virtud.
16. Que nuestros Puertos se franqueen a las Naciones extranjeras amigas, pero que éstas no se internen al Reino por más amigas que sean, y sólo haya Puertos señalados para el efecto, prohibiendo el desembarco en todos los demás señalando el 10 p 100 u otra gabela a sus mercancías.
17. Que a cada uno se le guarden las propiedades y respete en su casa como en un asilo sagrado señalando penas a los infractores.
18. Que en la nueva Legislación no se admitirá la Tortura.
19. Que en la misma se establezca por ley Constitucional la celebración del día 12 de Diciembre en todos los Pueblos, dedicando a la Patrona de nuestra libertad María Santísima de Guadalupe, encargando a todos los pueblos la devoción mensual.
20. Que las tropas extranjeras o de otro Reino no pisen nuestro Suelo, y si fuere en ayuda no estarán donde la Suprema Junta.
21. Que no hagan expediciones fuera de los límites del Reino, especialmente ultramarinas, pero [se autorizan las] que no son de esta clase, [para] propagar la fe a nuestros hermanos de tierra adentro.
22. Que se quite la infinidad de tributos pechos e imposiciones que más agobian, y se señale a cada individuo un cinco por ciento en sus ganancias, u otra carga igual ligera, que no oprima tanto, como la Alcabala, el Estanco, el tributo y otros, pues con esta corta contribución, y la buena administración de los bienes confiscados al enemigo podrá llevarse el peso de la Guerra y honorarios de empleados. —Chilpancingo 14 de septiembre de 1813. —José María Morelos (rúbrica).
23. Que igualmente se solemnice el día 16 de Septiembre todos los años, como el día Aniversario en que se levantó la voz de la independencia y nuestra Santa libertad comenzó, pues en ese día fue en el que se abrieron los labios de la Nación para reclamar sus derechos y empuñó la espada para ser oída, recordando siempre el mérito del grande Héroe, el Sr. D. Miguel Hidalgo y su Compañero D. Ignacio Allende. Respuestas en 21 de Noviembre de 1813, y por tanto quedan abolidas estas, quedando siempre sujeto al parecer de S.A. Serenísima.
Al día siguiente, el nuevo Congreso decidió nombrar a Morelos con el cargo de Generalísimo y tratamiento de “Alteza serenísima”, pero el caudillo no acepto tal nombramiento y pidió ser llamado “Siervo de la Nación”.
4.- ¿QUE AVANCES JURIDICOS TUVO LA PROCLAMACION DE LA INDEPENDENCIA DE MEXICO? Derecho a producir riqueza, garantías individuales, abolición de la esclavitud, tenencia de las tierras.
5.- EXPLIQUE LA CONSTITUCION DE APATZINGAN (TEMA LIBRE).
La Constitución de Apatzingán fue promulgada el 20 de diciembre de 1814, por el Congreso de México, reunido en la ciudad de Apatzingán a causa de la persecución de las tropas de Félix María Calleja, siendo esta la primera Constitución de México, titulada oficialmente Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana.
Se basaba en los mismos principios que la Constitución de Cádiz pero de una manera un tanto modificada, pues a diferencia de la constitución española, la de Apatzingán preveía la
instauración del régimen republicano de gobierno. No sólo defendía el principio de la soberanía popular, sino también el derecho del pueblo a cambiar al gobierno según su voluntad. Se proclamó la división de los tres poderes: ejecutivo, legislativo y judicial, considerando como órgano supremo al Congreso, compuesto por 17 diputados de las provincias, con facultades legislativas, políticas y administrativas, entre las cuales estaba la de nombrar a los miembros del Gobierno (ejecutivo), que debía estar formado por tres personas, alternándose éstas en la Presidencia cada cuatro meses, y del Supremo Tribunal de Justicia (judicial) constituido por cinco personas. Se decretaba a la religión católica como única y proclamaba la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, la libertad de palabra y de prensa y la inviolabilidad del domicilio.
6.- ¿Quién promulgo el plan de Iguala?
El Plan de Iguala fue un pronunciamiento político proclamado por Agustín de Iturbide y Vicente Guerrero el 24 de febrero de 1821 en la ciudad de Iguala de la Independencia, Guerrero; En el cual se declaraba la independencia de México.
Sus tres principios fundamentales fueron:
1. Establecer la Independencia de México de parte de España 2. Establecer la Religión Católica como única
3. Establecer la unión de todos los grupos sociales.
7. ¿Cuál era la finalidad de los Tratados de Córdoba, quienes lo firmaron y en qué fecha?
El Tratado de Córdoba, es un documento en los que se reconoce la independencia de la Nueva España, parte de lo que ahora es México, firmado en la ciudad de Córdoba, Veracruz el 24 de agosto de 1821, por Juan de O'Donojú (primer y último jefe político superior de Nueva España) y Agustín de Iturbide, (comandante del Ejército Trigarante).
El 27 de septiembre de 1821, el Ejército Trigarante (o de las Tres Garantías) entra victorioso a la Ciudad de México y el 28 de septiembre se firma el Acta de Independencia de México que da la independencia total de la Nueva España (Imperio Mexicano) del Imperio Español.
Este documento es el primero en el que una autoridad española y una mexicana firman aceptando la libertad del que entonces iba a llamarse Imperio Mexicano; por lo tanto y aunque no es reconocido como tal, gracias a este tratado se cumplieron los ideales de la gesta que inició en Dolores Hidalgo el 16 de Septiembre de 1810.
“En Dolores se inicia la Independencia y en Córdoba se consuma, una abre y la otra cierra, una alienta y la otra ejecuta, una enciende la antorcha y la otra funde las cadenas de opresión, una principia con ideales y la otra los hace realidad, una empieza con una campana y la otra termina con una bala y una firma; una lucha y la otra consuma, son pues el alfa y la omega de nuestra
Independencia” José Basilio de Unanue y Lucas Ríos Domínguez.
8. Expliqué brevemente “El Acta de Independencia del Imperio Mexicano”.
El acta de indepencia del Imperio Mexicano es el documento fundador del dicho imperio y por ende el de la nación mexicana. Un día después de la entrada del Ejército Trigarante a la ciudad de México, el 28 de septiembre de 1821, Agustín de Iturbide ordenó que la Suprema Junta Provisional Gubernativa sesionase temprano para elegir al Presidente de la Regencia del Imperio y por la tarde suscribiera el Acta de Independencia de la nueva nación. La presidencia de la Regencia recayó en su persona y por la tarde los vocales firmaron el siguiente documento:
"La nación mexicana que, por trescientos años ni ha tenido voluntad propia, ni libre el uso de la voz, sale hoy de la opresión en que ha vivido. Los heroicos esfuerzos de sus hijos han sido coronados, y está consumada la empresa, eternamente memorable, que un genio superior a toda admiración y elogio, amor y gloria de su patria, principió en Iguala, prosiguió y llevó al cabo, arrollando obstáculos casi insuperables.
Restituida, pues, esta parte del Septentrión al ejercicio de cuantos derechos le concedió el Autor de la naturaleza, y reconocen por inajenables y sagrados las naciones cultas de la tierra, en libertad de constituirse del modo que más convenga a su felicidad; y con representantes que puedan manifestar su voluntad y sus designios; comienza a hacer uso de tan preciosos dones, y declara solemnemente, por medio de la Junta Suprema del Imperio, que es nación soberana, e independiente de la antigua España, con quién en lo sucesivo, no mantendrá otra unión que la de una amistad estrecha en los términos que prescriben los tratados; que entablará relaciones amistosas con las demás potencias, ejecutando, respecto a ellas, cuantos actos pueden y están en posesión de ejecutar las otras naciones soberanas; que va a constituirse con arreglo a las bases que en el Plan de Iguala y Tratado de Córdoba estableció, sabiamente el primer jefe del Ejército Imperial de las Tres Garantías, y en fin que sostendrá, a todo trance, y con sacrificio de los haberes y vidas de sus individuos (si fuere necesario) esta solemne declaración, hecha en la capital del imperio a 28 de septiembre de 1821, primero de la independencia mexicana".
9. Expliqué la Constitución Federal de 1824 (tema libre).
Entro en vigor el 4 de Octubre de 1824, después del derrocamiento del Primer Imperio Mexicano de Agustín de Iturbide. En la nueva Constitución, la republica tomaba el nombre de Estados Unidos Mexicanos, y era definida como república federal representativa, con el catolicismo como religión oficial.
Tras la abdicación de Agustín de Iturbide al Primer Imperio Mexicano, se estableció un Supremo Poder Ejecutivo formado por un triunvirato. Este Supremo Poder Ejecutivo fue un gobierno provisional que convoco un nuevo Congreso Constituyente que se instaló el 7 de Noviembre de 1823.
Dentro de este se observaron 2 tendencias ideológicas. Por una parte los Centralistas y por la otra parte los Federalistas. Quienes años más tarde estas ideologías formarían el Partido Liberal y el Partido Conservador. Por parte de los Centralistas quien era su mayor exponente Servando Teresa de Mier se oponía a dividir al territorio en Estados Independientes, pues consideraba que esto debilitaría a la nación, la cual necesitaba unión para hacer frente a eventuales intentos de reconquista de España la cual sería apoyada por otras naciones europeas. Los que defendían la ideología federalista argumentaron que era el deseo y voluntad de la nación constituirse de esta forma, y ejemplificaron la prosperidad estadounidense por adquirir este régimen y en contraparte el fracaso de Iturbide.
El 31 de Enero de 1824 se aprobó el Acta Constitutiva de la Federación, la cual era un estatuto provisional del nuevo gobierno. La nación asumió oficialmente la soberanía y se constituyó por estados libres, soberanos e independientes. Durante los siguientes meses, continuaron los debates constitucionales.
El 2 de Octubre de 1824, Guadalupe Victoria fue declarada primer Presidente de los Estados Unidos Mexicanos para el periodo 1825 – 1829.
El 4 de Octubre de 1824 se realizó la solemne proclamación del pacto federal bajo el nombre de Constitución federal de los Estados Unidos Mexicanos.
El 8 de Octubre de 1824, el Presidente y el Vicepresidente Nicolás Bravo juraron la Constitución.
Guadalupe Victoria asumió el cargo de presidente interino del 10 de Octubre de 1824 al 31 de Marzo de 1825. Su periodo constitucional en el cargo se inició el 1 de Abril de 1825.
La constitución de 1824 estaba conformada por 7 títulos y 171 artículos, fue basada en la constitución de Cádiz para las cuestiones americanas, en la constitución de los Estados Unidos para la fórmula de representación y organización federal, y en el Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana de 1814, la cual abolía la figura monárquica. Se implanto el sistema de federalismo en una república representativa popular, la cual estaba integrada por 19 estados, 4 territorios dependientes del centro y el distrito federal. La constitución de 1824 no contemplo expresamente los derechos ciudadanos. El derecho de igualdad de los ciudadanos quedo restringido por la permanencia del fuero militar y eclesiástico. Los artículos más relevantes fueron:
La nación mexicana es soberana y libre del gobierno español y de cualquier otra nación. La religión de la nación es la católica apostólica y romana, es protegida por las leyes y se
prohíbe cualquier otra.
La nación adopta un gobierno de forma de republica representativa popular federal. El supremo poder de la federación se divide en Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder
El poder Legislativo es depositado en un congreso constituido por 2 cámaras, una de diputados y otra de senadores.
Libertad política de imprenta en la federación y en los estados (apartado 1)
El poder ejecutivo reside en una persona denominada presidente de los Estados Unidos Mexicanos.
Se establece la figura del vicepresidente, quien en caso de imposibilidad física o moral del presidente, ejercerá las facultades y prerrogativas del mismo.
El periodo del presidente y vicepresidente será de 4 años.
El poder judicial reside en una corte Suprema de justicia, en los tribunales de circuito y en los juzgados de distrito.
La corte suprema se compone de once ministros distribuidos en tres salas y un fiscal. El gobierno individual de los Estados se conforma por 3 poderes.
10. Mencione la intervención del Gral. Antonio López de Santa Anna durante el Constitucionalismo Centralista, el despojo de Texas y su conversión en dictador vitalicio.
Fue un militar veracruzano, atrapado por endeudamiento nacional, para ser liberado cedió parte del territorio nacional a EEUU
11. Expliqué las “Siete Leyes”.
En 1835, un dramático cambio sacudió los cimientos de la nueva nación mexicana, el triunfo en las elecciones de las fuerzas conservadoras desencadenaron una serie de eventos que culminaron el 23 de Octubre de 1835, durante la presidencia interina de Miguel Barragán (El presidente constitucional era Antonio López de Santa Anna, pero se encontraba fuera de funciones), cuando fueron aprobadas las Bases Constitucionales, lo cual dio fin a la primera república federal y estableció un sistema centralista provisional. El 30 de diciembre de 1836, el presidente interino José Justo Corro promulgo las Siete Leyes que remplazaron formalmente la constitución, leyes secundarias fueron aprobadas el 24 de Mayo de 1837.
Entre otras cosas las Siete Leyes desaparecía la figura de “Estados Libres” por “Departamentos” al estilo francés, centralizando el poder nacional en la Ciudad de México. Esta decisión creo una época de inestabilidad política, desatando conflictos entre el centro y los antiguos estados del país. Las rebeliones se suscitaron en diversos lugares, los más importantes fueron:
Texas declaro su independencia de México tras el cambio del sistema federalista al sistema centralista y se negó a participar en el segundo. Colonos estadounidenses llamaron a una convención de Austin, y declararon al pueblo de Texas en guerra contra el
gobierno central de México, ignorando, por tanto, a las autoridades y las leyes mexicanas. Así surgió la republica de Texas.
Yucatán bajo su condición de república federada se declaró independiente en 1840 (Oficialmente en 1841). La Republica de Yucatán se reincorporo definitivamente a la nación en 1848.
Los estados de Nuevo León, Tamaulipas y Coahuila se independizaron de facto de México brevemente (poco menos de 250 días); la Republica del Rio Grande nunca se consolido pues las fuerzas independentistas fueron derrotadas por las fuerzas centralistas.
Tabasco decreta su separación de México en febrero de 1841, en protesta por el centralismo y debido a las sanciones impuestas al estado, por el presidente centralista Anastasio Bustamante, reincorporándose en diciembre de 1842.
1. Los quince artículos de la primera Ley, otorgaban la ciudadanía a aquellos que supieran leer y tuvieran un ingreso anual mínimo de 100 pesos, excepto para los trabajadores domésticos, quienes no tenían derecho a voto.
2. La segunda Ley permitía al Presidente el cierre del congreso y la supresión de la Suprema Corte, prohibiendo a los militares tomar este último cargo.
3. Los 58 artículos de la tercera Ley establecían un Congreso bicameral (Senadores y Diputados), electos por órganos gubernamentales. Los Diputados ocupaban el cargo por cuatro años, y los Senadores por seis.
4. Los 34 artículos de la cuarta Ley especificaban el mecanismo de elección presidencial, donde la Suprema Corte, el Senado y la junta de Ministros nominarían a tres candidatos cada uno, y la cámara baja (Diputados) elegiría de entre los nueve candidatos, al Presidente y al Vicepresidente. 5. La quinta Ley especificaba el mecanismo de elección de los once miembros de la Suprema Corte de Justicia, de la misma forma que el mecanismo de elección presidencial.
6. Los 31 artículos de la sexta Ley sustituían a los Estados federados, por Departamentos cuyos Gobernadores y legisladores eran seleccionados por el Presidente.
7. La séptima Ley prohibía volver al sistema legal anterior por seis años.
12. ¿Qué ocasiono el levantamiento armado liberal? La marginación y la pobreza.
13. ¿Quiénes fueron los precursores liberales?
Benito Juárez, Melchor Ocampo, Ignacio Ramírez, Miguel Lerdo de Tejada y Guillermo Prieto, una Junta nombro presidente interino al Presidente Juan Álvarez y después a Ignacio Comonfort.
La Constitución de 1857 estaba conformada por 8 títulos y 128 artículos, fue similar a la de carta magna de 1824, implantó de nueva cuenta el federalismo y la república representativa, la cual constaba de veinticinco estados, un territorio y el distrito federal. Apoyó la autonomía de los municipios en los que se divide políticamente cada estado. Los artículos más relevantes consistían en:
2. Abolición de la esclavitud.
3. Enseñanza libre (ninguna limitación en favor del dogma).
5. Libertad de vocación, prohibición de contratos con pérdida de libertad por causa de trabajo, educación o voto religioso.
7. Libertad de expresión. 10. Libertad de portar armas.
13. Prohibición de fueros a personas o instituciones, supresión de tribunales especiales (Ley Juárez).
12. No se reconocen títulos nobiliarios.
22. Prohibición de penas por mutilación, azotes, y tormento de cualquier especie. 23. Abolición de pena de muerte, reservada solo al traidor a la patria, salteadores de caminos, incendiarios, parricidas, y homicidas con el agravante de alevosía, premeditación o ventaja. Así como delitos del orden militar o piratería.
27. Ninguna corporación civil o eclesiástica tiene capacidad para adquirir o administrar bienes raíces, a excepción de los edificios al servicio u objeto de la institución
(antecedente de la Ley Lerdo).
30. Definición de nacionalidad mexicana. 31. Obligaciones de los mexicanos. 36. Obligaciones de los ciudadanos.
39. La soberanía de la nación dinamo del pueblo. 50. División de poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial. 124. Prohibición de alcabalas y aduanas internas. 128. Inviolabilidad de la Constitución.
Entre otras cosas, incluía un capítulo dedicado a las garantías individuales, y un procedimiento judicial para proteger ese derecho conocido como amparo. También apoyaba la autonomía de los municipios, en que se dividen los estados desde un punto de vista político.
El artículo 15, que no fue aprobado, permitía la tolerancia de cultos, protegiendo y cuidando a la religión católica, siempre y cuando no se perjudicaran los intereses del pueblo y la soberanía de la nación. Su discusión fue la más controvertida, los moderados defendían la unidad religiosa para así mantener la unidad nacional. Los puros consideraron que el país requería de colonizar el territorio con extranjeros, y por tanto se debía admitir libertad religiosa. El poder Ejecutivo se pronunció en contra del artículo arguyendo que era contrario a la voluntad de la mayoría de la
nación. No obstante, la mayor parte las propuestas de los puros fueron aprobadas.
15. ¿Qué dio inicio a la Guerra de Reforma?
La Guerra de Reforma de México o también conocida como la Guerra de los Tres Años, transcurrió desde el 17 de diciembre de 1857 hasta el 1 de enero de 1861, que culmina con la entrada de Juárez a la capital del país. Fue el conflicto armado que enfrentó a los dos bandos en que se encontraba dividida la sociedad mexicana: liberales y conservadores. Dio inicio cuando el general conservador Félix Zuloaga, dio a conocer el Plan de Tacubaya, el cual demandaba la abrogación de la Constitución de 1857.
Se inició con el Plan de Tacubaya en diciembre de 1857. Su objetivo principal era la abolición de la Constitución liberal. En 1861 la legislatura del estado culminaba la elaboración de una nueva Constitución, acorde con la federal del 57. La Constitución del 61 buscó balancear mejor los poderes públicos, prescribió la mayoría absoluta en la discusión y votación de leyes, redujo los periodos de sesiones del legislativo, amplió las facultades municipales y exigió la residencia en el estado para ser diputado, sin requerirlo en cambio para la gubernatura.
16. Mencione brevemente el contenido de las Leyes de Reforma. Las leyes de Reforma inicialmente fueron tres:
Ley Juárez: Esta trató de suprimir los fueros militar y eclesiástico en los negocios civiles, por lo tanto los tribunales de las dos corporaciones: Iglesia y Ejército, se deberían concretar a intervenir en los asuntos de sus competencias y no en los asuntos civiles. Ley Lerdo: La ley Lerdo obligaba a las corporaciones civiles a vender las casas y terrenos
que no estuvieran ocupando a quienes los arrendaban, para que esos bienes produjeran mayores riquezas, en beneficio de más personas; correspondiendo su autoría al entonces Ministro de Hacienda: Miguel Lerdo de Tejada, hermano mayor de Sebastián y promulgada por el Presidente Ignacio Comonfort
Ley Iglesias: La ley Iglesias prohibió el cobro de derechos y obvenciones parroquiales, el diezmo. Al trasladar su gobierno a Veracruz en 1859, Juárez promulgó las siguientes reformas:
• Ley de la nacionalización de los bienes del clero: Esta ley complementa la Ley Lerdo de desamortización de los bienes de la iglesia, con un cambio importante: los bienes ya no pasaban a manos de los rentistas.
• Ley del matrimonio civil: Establece que el matrimonio religioso no tiene validez oficial y establece el matrimonio como un contrato civil con el Estado.
• Ley del registro civil: se declararon los nacimientos y defunciones como un contrato civil con el Estado.
• Ley de exclaustración de monjas y frailes: Se prohibió la existencia de claustros o conventos, y se decretó la salida de las religiosas y religiosos que ahí vivían.
elegir el culto que desee. Esta ley también prohibió la realización de ceremonias fuera de las iglesias o templos.
AUTOEVALUACIÓN III TEMA III
Instrucciones: Conteste las siguientes preguntas.
1.- ¿Quién promulgó el Plan de Tuxtepec y cuál era su finalidad?
R.- Porfirio Díaz En dicho Plan se desconocía a Lerdo como Presidente, aunque reconociendo la Constitución y la Leyes de Reforma y se proclamaba jefe del movimiento al general Porfirio Díaz. El Plan de Tuxtepec, debidamente redactado incluía los siguientes conceptos: "El gobierno de Sebastián Lerdo de Tejada se ha convertido en una farsa... la soberanía de los Estados es vulnerada repetidas veces... el tesoro público es dilapidado en gastos de placer... la administración de justicia se encuentra en la mayor prostitución... el poder municipal ha desaparecido completamente... y la educación pública se encuentra abandonada." Los autores del texto acusaban al presidente Lerdo de haberse rodeado de presidiarios y asesinos y lo criticaban por haber segregado al cantón de Tepic, del estado de Jalisco, por retirar a los estados fronterizos la "subvención que les servía para defensa de los indios bárbaros", por entregar el país a los ingleses con la concesión del Ferrocarril de Veracruz y el escandaloso convenio de las tarifas y por pactar el reconocimiento de la enorme deuda inglesa.
2. ¿Qué relevancia tuvieron las publicaciones de Ricardo Flores Magón contra el Gobierno Federal?
R.- Una gran influencia sobre la clase obrera, ya que en su manifiesto de fundación no sólo criticaba la dictadura del gobierno sino que exigía la jornada laboral de ocho horas, el descanso dominical obligatorio y el reparto de tierras a los campesinos. Hubo Huelgas para derrocar al gobierno de Porfirio Díaz Fieles a la creencia de que los gobiernos eran los culpables de la situación de opresión que padecía la clase obrera La perspectiva más dilatada del desarrollo político-nacional la da siempre el liberalismo. . El liberalismo, entendido como democracia y modernización, aparece siempre como el proyecto nacional más entrañable de los mexicanos. En verdad la lucha contra la dictadura emprendida por el matonismo está plasmada en las proclamas, actas, cartas y manifiestos en los que Ricardo Flores Magón intervino, de los que se desprenden los reflejos de sufrimiento por un lado, y de ejemplo de voluntad no doblegada pese a todas las adversidades, por otro. El choque entre Flores Magón y Porfirio Díaz constituye capítulo relevante del choque entre el Nuevo Régimen y el Antiguo Régimen: tremendo e irreductible. Por ello en el contenido de dichos documentos, se advierten expresiones inherentes a la gran polémica que ha dado contenido a la historia de México y, especialmente, a la historia de la Revolución Social en la centuria que está por concluir.
La corriente política e ideológica del magonismo, junto con su organización partidaria, el Partido Liberal Mexicano y su principal publicación periodística, "Regeneración", constituye la
tendencia política más radical y libertaria de las que confluyen en el movimiento armado de 1910 a 1917. Esta corriente denominada así en honor de su figura indiscutible, Ricardo Flores Magón, evoluciona de un liberalismo crítico y cada vez más radicalizado a una posición clara y abiertamente anarquista.
El magonismo fue capaz de transmitir al movimiento obrero del primer decenio del presente siglo, la mejor tradición de lucha del artesanado y proletariado del último tercio del siglo XIX. Trató de darle al joven movimiento obrero mexicano una fuerza rectora que organizara sus esfuerzos y luchas políticas y económicas como primer paso de un proyecto de revolución social que diera al traste con el régimen porfirista y la estructura del capitalismo existente. La corriente magonista se vinculó también muy estrechamente a la lucha en defensa de la forma de vida y propiedad comunal de los pueblos indígenas. Las banderas programáticas del magonismo fueron, una plataforma o marco referencial básico de las reivindicaciones de carácter social del proceso armado en 1910-1917 y de los principios fundamentales de la Constitución de 1917. Durante la Revolución de 1910-1917, la corriente magonista, junto con el zapatismo y el villismo, representaron las fuerzas populares, que pretendían un cambio de grupo en el bloque dominante y una serie de ajustes hechos desde arriba.
El significado político e ideológico del magonismo en la lucha de clases en México, es el punto de arranque de una conciencia nueva de profunda transformación social y recuperación nacional por parte de las clases populares.
"La libertad política es una mentira sin la libertad económica; ser económicamente libres y lo seréis también políticamente..."
La obra ideológica de Ricardo Flores Magón es una de las más importantes contribuciones al pensamiento social de nuestro siglo. Es también fuente de las aportaciones precursoras del constitucionalismo mexicano en el campo de los Derechos Humanos.
Hoy, en el preámbulo de los trabajos para la transformación de las instituciones del Estado, con la pretensión de alcanzar un genuino equilibrio de Poderes y una descentralización efectiva de la autoridad y de los recursos en los niveles territoriales de Gobierno; con nuevas formas de participación de los ciudadanos en las decisiones políticas del país, así como la agenda básica para reencauzar el rumbo económico y social de la República, es decir la Reforma Política del Estado Mexicano, su pensamiento se hace presente.
3. Mencione la trascendencia de las huelgas de Cananea y Río Blanco en el Movimiento Obrero. (Tema Libre).
Esto es lo que pasó siempre en Latinoamérica, el ideal es que el movimiento obrero crezca dentro de un modelo económico de industrialización protegida. Tener derechos y organizaciones importantes, representadas por los sindicatos, que sean el portavoz más fuerte del pueblo. Pero desgraciadamente cuando eso ocurre se los trata de comunistas....
A principios del siglo XX dos huelgas de extraordinaria importancia, marcaron la historia del Origen del movimiento obrero mexicano.
Durante la Dictadura Porfirista se prohibió a los trabajadores que formaran organizaciones o iniciaran cualquier revuelta o manifestación para defender sus derechos laborales, castigándose con multas e inclusive prisión, a quienes desobedecieran.
No obstante esta prohibición en junio de 1906, en el estado de Sonora, trabajadores de las Minas de Cananea hicieron estallar una huelga por salarios más altos y trato igualitario para trabajadores mexicanos, que en comparación con los empleados norteamericanos padecían discriminación. Varios trabajadores murieron y otros fueron heridos.
Pese a esta situación al año siguiente otra importante huelga estalló. En enero de 1907, en la región de Orizaba, en el Estado de Veracruz, trabajadores de las fábricas textiles de Río Blanco, se pusieron en huelga por las malas condiciones de trabajo a que eran sometidos; entre las que se contaban jornadas de 12 horas, salarios sometidos a multas, y control sobre las actividades que realizaban los trabajadores, el resultado fue un importante número de heridos y muertos. A pesar de éstos episodios trágicos, las movilizaciones por parte de los trabajadores continuó presentándose; La defensa y lucha por sus derechos laborales básicos no dejó de darse, por mucho tiempo.
El termino del régimen de Díaz, la promulgación de la constitución de 1917, en sus 3 principales artículos, 3o, 27 y 123 respectivamente, la instauración de un sistema político determinado por los caudillos, la instauración de un sistema denominado maximito, en donde Plutarco Elías calles manipulaba al presidente, la formación de un primer partido político en el país (PNR) Partido Nacional Revolucionario en 1929, teniendo su transformación a PRM (partido de la revolución mexicana) y por ultimo al actual PRI, comenzando el priato en 1940, otra consecuencia importante, está en el aspecto económico, antes de la revolución el país estaba vendido en más de la mitad a grandes trasnacionales (recursos como minas, petróleo, etc.) sin embargo, algunas lograron nacionalizarse, también se dio paso al reparto de tierras en forma ejidal, y se promovió el apoyo a quienes recibían las tierras, finalmente una de las consecuencias más llamativas, fue la manipulación obrera en base a los sindicatos, la conformación de sindicatos como la CROM, la CTM permitió el control obrero por parte del presidente, debido a que ya existía una organización que controlara las manifestaciones y huelgas (el sindicato).
4. Fundador del partido Anti reeleccionista y su postulado “Sufragio Libre No Reelección”. R.- Francisco I Madero
5. Expliqué brevemente el contenido del Plan de San Luís.
R.- Para llevar a cabo el derrocamiento del porfiriato, el establecimiento de elecciones libres y democráticas,así como también se comprometía a restituir a los campesinos las tierras que les habían sido arrebatadas por los hacendados.
6. Realice una síntesis que contenga las ideas esenciales del Proyecto y Exposición de Motivos de Venustiano Carranza.
R.- La idea era que a través del Congreso se daría por terminada la lucha armada y así volver al orden de la legalidad. Carranza consideraba que esta simbolizaba casi 400 años de poder político centralizado, entorno a emperadores, presidentes y juntas que conformaban el “viejo régimen”.
Si se tratará de agregar de manera íntegra la exposición de motivos y el proyecto de Constitución, resultaría demasiado extenso, por esto dentro del presente trabajo intentaré dar solo los puntos generales y de mayor importancia del documento previamente mencionado.
Como primer punto y a pesar de que comúnmente se cree que a raíz de este Congreso Constituyente surgiría una nueva Ley Fundamental, así como, de la polémica surgida alrededor de esta idea, cabe aclarar que, Carranza no intentaba crear una nueva Constitución, más bien, su Proyecto era de una “Constitución Reformada”, es por eso de hecho, que el titulo se conformó dela siguiente manera: CONSTITUCIÓN POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANO QUEREFORMA LA DEL 5 DE FEBRERO DE 1857. “
La Constitución Política de 1857, que nuestros padres nos dejaron como legado precioso, a la sombra de la cual se ha consolidado la nacionalidad mexicana; que entró en el alma popular con la guerra de Reforma, en la que se alcanzaron grandes conquistas, y que fue la bandera que el pueblo llevó a los campos de batalla en la guerra contra la intervención, lleva indiscutiblemente, en sus preceptos, la consagración de los más altos principios, reconocidos al fulgor del incendio que produjo la revolución más grande que presenció el mundo en las postrimerías del siglo XVIII …”
3
Dentro del fragmento anterior, que forma parte de la introducción que dio en su discurso, Venustiano Carranza reconoce que la Constitución de 1857, estaba impregnada de los más altos valores, mismos que sirvieron de base para consolidarnos como nación y como bandera o fundamento para dar origen a la revolución; Sin embargo, más adelante en otro párrafo de su discurso, también pone en evidencia que estos principios quedaron a letra muerta, ya que estos principios fueron abstractos, carentes de alguna utilidad positiva puesto que nunca se llevaron a la práctica. Algunos de los aspectos de la Constitución de 1857 que para Carranza llegaron a ser
más ineficaces fueron, por mencionar algunos: La Ley Orgánica del Juicio de Amparo; debido a que en lugar de cumplir con la función que se le había otorgado de proteger los derechos individuales de los ciudadanos, se convirtió dice él, en una rama política y un medio para eliminar la soberanía de los estados, este último punto porque los estados quedaban sujetos a la revisión de la Suprema Corte hasta en las decisiones más insignificantes. La división del poder público; porque todos los poderes habían estado siendo ejercidos por una sola persona, limitando a las demás autoridades a ser tan solo los instrumentos ejecutores de las ordenes de dicha persona, en otras palabras podemos concluir que se refería a que en los años anteriores se había vivido un régimen centralista. El proyecto de reforma constitucional podría dividirse en cuatro aspectos relevantes.
1. Artículos sobre las Garantías Individuales. 2. La cuestión electoral.
3. El municipio
4. Los poderes federales.
En cuanto al primer punto del proyecto de Carranza, “Las Garantías Individuales” las ideas más
Importantes fueron.
a) El deber primordial del gobierno sería facilitar las condiciones necesarias para la organización del Derecho, en otras palabras, debía mantener intactas todas las manifestaciones de libertad individual para alcanzar un bien común.
b) Mientras que en la Constitución anterior se hablaba en su primer título de “los derechos del hombre” la Constitución de 1917 se referiría a estas como “Garantías Individuales”, esto aunque pudiera parecer un cambio insignificante para algunos, ya que a primera instancia pareciera solo cambiar el nombre, fue uno de los cambios más substanciales en la Constitución, debido a que aquí ya se señalaba con precisión quien sería el “garante” de las libertades, el que las haría efectivas y el verdadero obligado, es decir, señalaba que el estado estaba obligado a brindarle a todas las personas estas garantías o derechos. c) Busco también delimitarse el artículo 14.
d) En el artículo 21 se delimitaron las funciones del ministerio público a favor del acusado. Respecto a la cuestión electoral se determinaron ciertas situaciones tales como:
Otorgo el voto activo a todos los ciudadanos sin excepción alguna. Fijando el voto general, igual, libre y directo
Término con el debate Constitucional, en cuanto a si el alfabetismo debería o no ser un condicionante para el voto.
Solo quedo el alfabetismo como requisito para ser diputado en el artículo 55.Por otra parte en lo que se refiere al municipio buscaba establecer que:
Declaro que existirían los municipios como base de la división territorial y de organización política.
a) Cada municipio seria administrado por ayuntamientos.
b) No habría ninguna autoridad intermedia entre los municipios y los gobiernos estatales.
c) Señalo la necesidad de dotarlos de fondos y de recursos propios. Y por último, al referirse acerca de los poderes federales:
a) El presidente debía ser electo por votación directa. b) Quedaba claramente establecida la no reelección.
c) En el artículo 84 se fijó la forma de suplir la ausencia de presidente.
d) Amplio a seis años el periodo presidencial. Ya vistos todos los puntos de mayor Relevancia dentro de su proyecto de Constitución Carranza añadió que: “
Toca ahora a vosotros coronar la obra, a cuya ejecución espero os dedicaréis con toda la fe, con todo el ardor y con todo el entusiasmo que de vosotros espera vuestra patria, la que tiene puestas en vosotros sus esperanzas y aguarda ansiosa el instante en que le deis instituciones sabias y justas.
7. Elabore un mapa conceptual que contenga el desarrollo de las sesiones del Congreso Constituyente, especialmente a las sesiones de adopción de los artículos 27 y 123 Constitucionales.
R.- En total se llevaron a cabo 66 sesiones ordinarias, en su mayoría vespertinas.
Entre las sesiones más importantes que tuvo este Congreso Constituyente encontramos La del 8 de diciembre de 1916, mediante la cual Carranza dicto el decreto de misma fecha, por el cuál estableció, como obligatorio en todas las escuelas de la República la instrucción militar de los varones y la enseñanza de enfermería a las mujeres
Art. 123- La materia Laboral se encontraba agotada en el Art 5º El cual fue rechazado en su versión original
-Se debatió a que todas las cuestiones obreras estuvieran incestos en un solo artículo especial
- Se sometió a consideración del Constituyente un proyecto de bases en materia laboral
-El logro de un título nuevo correspondió sobre todo a los Diputados Cravioto y Manjares.
-El sexto que fue dedicado al trabajo y previsión social el cual contuvo las más avanzadas normas para su época en beneficio de los trabajadores
.
Art. 27-La Comisión de Constitución considero a este articulo como el más importante de todos.
-Reconocía tres clases de derecho territoriales: a) El de la propiedad plena (individual o colectiva)
b) El de la propiedad privada restringidas de las corporaciones o comunidades de la población y dueños de tierra y aguas poseídas por ejidos
c) Posesiones de hecho
Se enfatizó mucho en la reforma agraria del país esta consistió
-La tierra tuviera una función para equilibrar la riqueza pública. Así cada mexicano tendría un pedazo de tierra para trabajar.
-Conceder acción popular para denunciar los bienes que estuvieran en manos de las iglesias
-Considerar a la ley agraria del 6 de Enero de 1915 como Ley Constitucional -Difundir el latifundio
-Lograr la pequeña propiedad
La reforma agraria ha tenido varias modificaciones la última y más renovada fue durante el sexenio del Presidente Carlos Salinas de Gortari.
-En esencia ha cambiado el régimen estricto del ejido -Aspira en convertirlo más productivo
-Lograr la capitalización del campo Algo adicional muy sobresaliente es
-La relacionada a la propiedad originaria de la Nación sobre las tierras y aguas -Dominio directo con respecto a los recursos naturales del subsuelo.
AUTOEVALUACION IV TEMA IV
SOBERANIA Y PODER CONSTITUYENTE
1. Diga y expliqué el término Constituyente y Constituido.
R.- De los caracteres del poder constituyente se deriva su distinción de los poderes constituidos. El poder constituyente es la base, la raíz de los poderes constituidos, que no pueden ni limitarlo ni dotarle de una determinada configuración. En el poder constituyente descansan todas las facultades y competencias constituidas y acomodadas en la Constitución.
2. Mencione los orígenes de la Teoría del Poder Constituyente.
R.- La Teoría del Poder Constituyente nació en Francia, fue construida en la época de la revolución francesa por el abate Emmanuel Sieyes; como dice Linares Quintana: “el espíritu de Sieyes fue el espíritu de la Revolución”. La construcción de Sieyes tiene o se elabora en un contexto histórico determinado y fue cuando la tambaleante y quebrada monarquía en Francia se vio obligada a convocar al parlamento, este se denominaba estados generales y su estructura, en la que había tres órdenes era la siguiente: la nobleza, el clero y el tercer estado. En este último orden, correspondiente a los estratos sociales comunes, no privilegiados, ejercía un papel preponderante la “burguesía.
3. Expliqué la “Titularidad” del Poder Constituyente.
R.- La facultad de convertirse en poder constituyente ha sido, sin lugar a dudas, Uno de los temas debatidos en la historia de la ciencia política. Empezó por Adjudicar a aquél un origen "divino", como se creía durante la Edad Media, Y terminó con la aceptación, en tiempos modernos, de que dicho poder no puede Recaer en nadie más que en la nación misma
4. Diga la relación entre Soberanía y Poder Constituyente.
R.- El soberano puede ejercer el poder constituyente y por ende puede darse una constitución. La soberanía no se entiende hasta que se ejerce el poder constituyente.
5. Expliqué el Principio de Supremacía Constitucional.
R.- Implica que la Constitución es la Norma suprema, máxima a ella y a su cumplimiento están obligados no solo los ciudadanos, sino también los poderes público y el resto de las leyes.
6. Elabore un cuadro comparativo de entre Poder Constituyente y Poder Constituido.
R.- Poder Constituyente es el sistema orgánico al que le compete el dictado de la Constitución. Por su parte los poderes del Estado (Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial), son los poderes constituidos por el Poder Constituyente. Por ello, y por determinar su integración y competencia, el poder constituido se encuentra en un escalón por debajo de su creador
7. ¿Qué es el Estado de Derecho?
R.- Es aquel que se rige por un sistema de leyes e instituciones ordenado en torno de una constitución. Está formado por dos componentes: el Estado (como forma de organización política) y el derecho (como conjunto de las normas que rigen el funcionamiento de una sociedad). En estos casos, por lo tanto, el poder del Estado se encuentra limitado por el derecho.
8. ¿Qué significa el término “Inviolabilidad de la Constitución”?
R.- Denota un concepto que se vincula estrechamente a los de poder constituyente, supremacía, funda mentalidad y legitimidad de tal ordenamiento jurídico-político. Se afirma que la Constitución es "inviolable" porque sólo puede ser quebrantada, desconocida o reemplazada mediante el ejercicio de dicho poder, cuyo titular es el pueblo, toda vez que no es sino el aspecto teleológico de su soberanía. "Inviolabilidad", por ende, significa la imposibilidad jurídica de que la Constitución sea desconocida, cambiada o sustituida por fuerzas que no emanen del poder constituyente o por grupos o personas que no expresen la voluntad mayoritaria del pueblo.
AUTOEVALUACIÓN V TEMA V
1.- Mencione y explique los orígenes históricos de la República de: Grecia, China, India y Roma. R.- La historia de GRECIA se divide en tres periodos I: Arcaica (723-453 a. C.).II: Clásica (siglo V-III a. C.).III: Helenística (siglo III-I a. C.) Con mayor desarrollo tecnológico en Occidente era poseedora de una rica tradición cultural. Famosa por sus conocimientos científicos, sus pensadores y escritores, su arte y sus templos. La civilización griega tuvo un fuerte desarrollo en el campo filosófico. Se la suele llamar "la cuna de la civilización occidental" ya que sus grandes pensadores fueron los que desarrollaron los primeros conceptos de "átomo" (sin división). Se conocía antiguamente como Hélade, pero no formaba un estado centralizado, políticamente estaba fragmentado en numerosas polis o ciudades estado independientes entre sí, que unas veces se aliaban y otras se enfrentaban en guerras sangrientas. Cuando varios clanes se organizaban en una polis el jefe del clan más importante se convierte en Basileus de la polis o en rey de la cuidad, siendo hereditario. Las autoridades debían dictar su sentencias con fundamento en una institución de justicia sin verse demasiado obstaculizadas por normas legisladas. Las leyes deben garantizar y evitar proteger intereses. Reconocer plenamente, definir puntualmente y garantizar jurídicamente los derechos naturales del ser humano que son el derecho a la vida, la libertad y la propiedad. Lo propio del ser humano es el de estar gobernado por leyes no por hombres. Defendían el derecho a obedecer solo a la ley. Existía el voto, a muy pocas personas adultas se les permitía participar en la política, las mujeres esclavos y extranjeros se excluían. Fueron los primeros en crear un tipo de gobierno denominado democracia.
CHINA: Las frecuentes invasiones de pueblos seminómadas provenientes de Mongolia, los llevó a unirse en un Imperio, a fines del II milenio a. C. en varias dinastías que hasta el siglo XX d.C. totalizaron un número de veinte. Luego, cayó en poder de los comunistas de Mao Zedong, manteniéndose hasta hoy con el nombre de República Popular de China. Dinastías: Shang, 1500- 1027 a de C. Se inicia la escritura china. Chou, 1027-249 antes de C. la filosofía china tuvo sus orígenes, así como la aplicación del hierro. Chin, 221-207 a. C tuvo lugar la construcción de un tramo considerable de la muralla china. Han, 206 a. C- 220 d. C logró llevar el Imperio a su máxima extensión territorial. Uno de los rasgos más característicos de la sociedad fue el inmovilismo, mantenido hasta la época contemporánea. Practicaron la aceptación irrestricta del orden establecido, el pego a las tradiciones. La sociedad era encabezada por el Emperador, con autoridad absoluta y teocrática. El gobierno era asesorado por un Mandarín, gran defensor de las costumbres y tradiciones; además era el responsable de la administración del país. Existía un grupo de señores poderosos, terratenientes que imponían su autoridad a las comunidades aldeanas en torno a sus palacios, en un régimen similar al feudalismo que se impuso posteriormente en Europa.