Lima, 4 de Marzo 2015
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Una Herramienta para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales
Fernando Neyra
DIRECTOR GENERAL DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Organización y Demarcación
Territorial
Titulación Desarrollo
Urbano
Concesiones de Derecho de Uso
Catastro e Inventarios
FUNCIONES DEL ESTADO SOBRE EL TERRITORIO
Descentralización
ACTIVIDADES PRODUCTIVAS
Concesiones Mineras
PROCESOS DE OCUPACION DEL TERRITORIO DE LOS ULTIMOS 50 AÑOS
Concesiones Petroleras Concesiones Forestales
DERECHOS DE USO - SERVICIOS
Concesiones Acuícolas
Áreas Naturales Protegidas
ACTIVIDADES DE CONSERVACION
Reservas Territoriales
Centrales Eléctricas Predios Rurales Centros Poblados
¿Cómo se ocupa el territorio?
• Principalmente, bajo la lógica de sacar el máximo provecho a los servicios y recursos naturales, desde diferentes perspectivas, ocasionando, en algunos casos, impactos negativos en los ecosistemas, afectando la base
productiva del país y
incrementando las condiciones de vulnerabilidad.
¿Por qué ocurre esta situación?
• Es el resultado de la desarticulación entre políticas nacionales, regionales y locales con incidencia territorial y como expresión de la carencia de una visión compartida sustentada en criterios políticos, estratégicos, equilibrados y sostenibles.
TERRITORIO
Desequilibrio y deterioro de los ecosistemas
Desarrollo desigual y falta de competitividad Exclusión, marginalidad y condiciones de pobreza
Migración en condición desfavorable
Incremento de condiciones de vulnerabilidad Carencia de una visión compartida de desarrollo
Conflictos
Reducción de la disponibilidad de recursos naturales
¿Que consecuencias viene generando esta situación?
Y como resultado de procesos de desarrollo desequilibrados y excluyentes que se desencadenan producto de la percepción intereses contrapuestos.
¿Qué se entiende por “aprovechar y disfrutar” un territorio?
• Todo territorio forma parte de un ecosistema que brinda y provee servicios y recursos naturales, que son aprovechados para atender diversas necesidades, y son disfrutados en la medida que proporcionan calidad de vida y bienestar a la población, en tanto se constituye a su vez en la base del desarrollo productivo.
¿Qué es necesario para garantizar que todos “aprovechemos y disfrutemos”
un territorio?
• Promover el desarrollo de acciones y mecanismos que permitan contar con las condiciones para un desarrollo equilibrado y seguro, gestionando y minimizando los impactos negativos que podrían ocasionar las diversas actividades que se llevan a cabo en el territorio.
TERRITORIO
• Territorio es ….
“…. entendemos el territorio como el espacio que comprende el suelo, el subsuelo, el dominio marítimo, y el espacio aéreo que los cubre y en el que se desarrollan relaciones sociales, económicas, políticas y culturales entre las personas y el entorno natural, en un marco legal e institucional; y en el que convergen los intereses, identidades y culturas de las poblaciones…”
ACUERDO NACIONAL Territorio es el suelo, subsuelo, dominio marítimo y el espacio aéreo que los cubre. Art. 54°
CONSTITUCION
Organización y Demarcación
Territorial
Titulación Desarrollo
Urbano
Concesiones de Derecho de Uso
Catastro e Inventarios
FUNCIONES DEL ESTADO SOBRE EL TERRITORIO
Descentralización
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
• Es un proceso político y técnico administrativo destinado a orientar la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio sobre la base de la identificación de potencialidades y limitaciones, considerando criterios económicos, socioculturales, ambientales e institucionales. El Ordenamiento Territorial no asigna usos ni exclusiones de uso
• En ese sentido permite que las diversas actividades que se realizan en el territorio cuenten con las condiciones para un desarrollo equilibrado y seguro, gestionando y minimizando sus impactos negativos, con lo cual el Estado garantiza la armonía entre los componentes económicos, sociales, políticos y culturales con aquellos de tipo ambiental, de manera que los recursos naturales sean la base productiva del desarrollo.
• Ley 26821 – Ley Orgánica de Aprovechamiento Sostenible de Recursos Naturales
• Ley 30230 – Ley que Establece Medidas Tributarias, Simplificación de Procedimientos y Permisos para la Promoción y Dinamización de la Inversión en el País
• Resolución Ministerial 026-2010-MINAM- Lineamientos de Política para el Ordenamiento Territorial.
• Resolución Ministerial 135-2013-MINAM - Guía Metodológica para la Elaboración de Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial
¿Qué es el Ordenamiento Territorial?
• Se necesita desarrollar capacidades, objetividad y visión integral del territorio peruano, además de tener en cuenta el marco metodológico establecido para su implementación, todo ello en correspondencia con las políticas nacionales y con una plena articulación entre los distintos niveles de gobierno.
¿Qué se requiere para lograr el Ordenamiento Territorial?
• Porque es una función compartida con el Nivel Nacional –que lo lidera–
además de los Gobiernos Regionales y Locales, cada uno de los cuales desarrolla funciones específicas, permitiendo desarrollar un proceso concertado y coordinado, donde se pueden conocer prioridades y necesidades desde arriba hacia abajo y viceversa.
¿Por qué se requiere articular con
los niveles de gobierno?
¿Cuál es la utilidad del Ordenamiento Territorial?
Mantener el equilibrio de los ecosistemas
Oportunidades de desarrollo y competitividad con enfoque territorial
Reducir exclusión, marginalidad y condiciones de pobreza Articular estratégicamente economías y ejes de desarrollo Reducir las condiciones de vulnerabilidad
Construir una visión compartida de desarrollo
Aprovechamiento sostenible y disponibilidad de recursos naturales
Rentabilidad de inversiones en términos sociales y ambientales
Coordinación entre los distintos niveles de gobierno
Informacion para toma de decisiones sobre acciones en el territorio
En cumplimiento de sus funciones de Ordenamiento Territorial, el MINAM ha diseñado y viene asistiendo a nivel nacional en la implementación de instrumentos técnico normativos para el Ordenamiento Territorial que se definen en la R.M. Nº 135-2013-MINAM que además define la metodología para su elaboración y los procedimientos para su validación que considera la opinión favorable del MINAM.
PROCESO, INSTRUMENTOS Y PROCEDIMIENTO EN ORDENAMIENTO TERRITORIAL
PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
• El POT es un instrumento de planificación para la gestión del territorio, que promueve y regula los procesos de organización y gestión sostenible del mismo, articulados a los planes ambientales, de desarrollo económico, social, cultural y otras políticas de desarrollo vigentes en el país. Vincula al proceso de ordenamiento territorial con otros planes e instrumentos relacionados a la gestión del territorio y del desarrollo, los cuales son abordados por otros sectores y niveles de gobierno en el marco de sus competencias y funciones.
POLÍTICA SOCIAL/
ECONÓMICA CULTURAL NORMATIVA
AMBIENTAL
PLAN DE ORDENAMIENTO
TERRITORIAL
PLANES DE DESARROLLO CONCERTADO PROYECTOS
DE INVERSION
POLITICAS PUBLICAS
“INSTRUMENTO ORIENTADOR Y PROPOSITIVO”
ZEE
E
E DIT
RESULTADOS
A NIVEL REGIONAL
• El conjunto de regiones a nivel nacional cuentan con procesos en marcha, desarrollando, y en algunos casos culminando, el primer instrumento técnico para el OT, la ZEE
• 11 gobiernos regionales cuentan con ZEE aprobadas mediante Ordenanzas Regionales.
• Hasta enero del 2012 se tenían solo 05 Gobiernos Regionales con ZEE Aprobadas
• A la fecha se tienen 11 Gobiernos Regionales con ZEE Aprobadas
• El conjunto de Regiones ha solicitado formalmente asistencia técnica para adecuarse al marco normativo y metodológico establecido por la RM 135-2013-MINAM y gestionar sus PIP’s.
• En las Regiones Callao, Cajamarca, Piura y Tacna vienen priorizando y desarrollando los Estudios Especializados.
A NIVEL LOCAL
• Se ha iniciado el proceso de Ordenamiento Territorial en 13 provincias estratégicas con apoyo del MEF y la UE.
• Se registran mas de 120 procesos en marcha a nivel provincial y local.
¿ CUÁNTO SE HA AVANZADO ?
ENTIDADES EJECUTORAS AMBITO GEOGRÁFICO
NIVEL DE ESCALA 1/…
% DE AVANCE LOGRADO
A DICIEMBRE
2014 DEPARTAMENTO
GOBIERNO REGIONAL
AMAZONAS 250,000 100%
ANCASH - 10%
APURIMAC 100,000 40%
AREQUIPA 100,000 50%
AYACUCHO 100,000 100%
CAJAMARCA 250,000 100%
CALLAO 25,000 100%
CUSCO 250,000 100%
100,000 45%
HUANCAVELICA 100,000 100%
HUANUCO * 50,000 75%
ICA 100,000 10%
JUNÍN 100,000 90%
LA LIBERTAD 100,000 5%
LAMBAYEQUE 100,000 100%
LIMA - 10%
LORETO * 100,000 90%
MADRE DE DIOS 250,000 100%
MOQUEGUA 100,000 35%
PASCO 100,000 10%
PIURA 100,000 100%
PUNO 100,000 80%
SAN MARTIN 250,000 100%
TACNA 50,000 100%
TUMBES 50,000 25%
UCAYALI 100,000 40%
* Corresponde a 5 provincias
** Corresponde 1 provincia (Alto Amazonas)
ESTADO DE AVANCE DE LA ZEE POR REGIONES
A FEBRERO DEL 2015
• PIP en materia de “Ordenamiento Territorial”
Aprobado con RD N°005-2006-EF/68.01, vigente hasta Octubre 2013, y actualizado con RD N° 007-2013-EF/63.01 de la Dirección General de Programación de Inversiones del MEF.
o Asistencia Técnica en la formulación y ejecución de PIP’s a gobiernos regionales y locales para lo cual MINAM ha recibido, desde su creación, más de 23 millones de nuevos soles para atender sus funciones en OT.
o A la fecha el monto de inversión de PIP’s en OT asciende aproximadamente a 280 millones de nuevos soles, principalmente para ZEE
• Programas presupuestales:
o Gestión Sostenible de los Recursos Naturales y Diversidad Biológica - PPR 035.
o Reducción de la Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres PPR 068.
MINAM ha impulsado el diseño de mecanismos financieros para el desarrollo de instrumentos de OT en coordinación con el MEF y brinda asistencia técnica para su formulación y aplicación
• EL MEF ha determinado que los recursos públicos que se destinen en materia de OT corresponden a gastos de inversión y por lo tanto requieren de un expediente técnico PIP para ejecutarse que deberán tener en cuenta el proceso metodológico definido por el MINAM con la RM 135-2013, por lo tanto los recursos en OT :
No son para realizar gasto corriente
No son para realizar planes,
No son para realizar demarcación territorial, ni acondicionamiento territorial ni desarrollo urbano ni catastro.
Sino mas bien para generar insumos y fortalecer capacidades de acuerdo al proceso definido por el MINAM.
• El PIP OT permite fortalecer las capacidades de los Gobiernos Regionales y Locales de nivel Provincial. MINAM brinda apoyo para impulsar la formulación y ejecución de proyectos técnicamente bien sustentados e incrementar de manera significativa la inversión de calidad.
• Contar con un PIP viable en Ordenamiento Territorial permitirá al titular de pliego gestionar el financiamiento del PIP ante el MEF, para su respectiva ejecución, y conforme se alcancen las metas físicas solicitar ampliación de presupuesto.
¿Cuál es la importancia de los mecanismos
financieros en Ordenamiento Territorial?
• No, porque no es una limitación. Por el contrario, conocer más el territorio de un determinado ámbito de intervención, a partir de la información especializada generada y la identificación de alternativas de uso de un territorio, se convierte en un impacto positivo para las inversiones y proyectos. En consecuencia, no limita las inversiones ni restringe los derechos adquiridos sobre los recursos naturales. Básicamente, provee de información técnica a los inversionistas o empresarios serios, quienes están dispuestos a hacer una inversión adicional y tener un mayor cuidado en la zona donde quiere operar. La inversión de buena calidad, con sostenibilidad ambiental e inclusión social, es siempre bienvenida.
¿El Ordenamiento Territorial debe generar preocupación a los inversionistas?
• En un territorio ordenado se tiene claro cuáles son las zonas con más
potencial, cuáles requieren tratamiento especial y cuáles una intervención
específica, se tenderá a tener un territorio con menor incidencia de
conflictos.
• Permite contar con mecanismos que orientan el desarrollo considerando el uso sostenible de los recursos naturales con que se cuenta.
• Permite conocer la dinámica de un territorio, identificar las potencialidades y limitaciones del territorio lo cual permite tomar decisiones idóneas y así lograr el desarrollo sostenible.
• La información generada es útil para el diseño de instrumentos con enfoque territorial para hacer mas sostenible y eficiente en términos de gestión la productividad y competitividad de las actividades económicas del territorio
• Reconoce la función territorial de los centros poblados como territorios que articulan economías y ejes de desarrollo.
• Evita que el desarrollo actividades y los procesos de desarrollo se vuelvan insostenibles, desequilibrados, desarticulados para el entorno y el ser humano.
• Permite la articulación de los diferentes niveles de gobierno.
• Los instrumentos de OT de nivel regional, conforme a ley, consideran las políticas sectoriales nacionales en su elaboración; y de la misma manera, los gobiernos locales deberán articularse a los procesos regionales y nacionales
BENEFICIOS DE DESARROLLAR UN PROCESO DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL
El ordenamiento territorial se concreta una vez que se implementen y ejecuten las consideraciones que correspondan a un POT
OPINION FAVORABLE
De acuerdo al marco normativo en OT, MINAM emite la opinión técnica favorable a pedido de la Región o Municipio según sea el caso. La opinión favorable asegura el cumplimiento del proceso de acuerdo al marco normativo, los productos técnicamente corresponden según la metodología establecida y que los recursos públicos se han utilizado adecuadamente.
APROBACION
De acuerdo a las Leyes Orgánicas de Gobiernos Regionales y de Municipalidades quien aprueba los instrumentos del OT es la Autoridad Regional y Municipal Provincial previa Opinión Favorable del MINAM de acuerdo a la asistencia técnica requerida. En el caso local es previa opinión favorable del Gobierno Regional y del MINAM.
La competencia OT es una función compartida y concurrente con los Gobiernos Regionales y Locales, en la cual cada nivel de gobierno desarrolla funciones específicas teniendo en cuenta las políticas y lineamientos del nivel nacional que los define por función el MINAM.
ARTICULACION
Los niveles subnacionales debe articular y coordinar el desarrollo y aprobación de sus instrumentos en OT, entre si y con el nivel nacional, teniendo en cuenta el marco normativo y metodológico establecido por el nivel nacional.
COMPETENCIA
CONSTITUCION
Art. 2 Literal 22 Art. 66, 67 y 68
Estado debe proveer de un ambiente sano y
sostenible para la calidad de vida de los ciudadanos
Los RRNN, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su
aprovechamiento, determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus RRNN Ley N° 26821 / Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los RRNN
Ley N° 28611 / Ley General del Ambiente
D. L. N° 1013 / Creación, organización y funciones del Ministerio del Ambiente Ley N° 27783 / Ley de Bases de la Descentralización
Ley N° 27867 / Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley N° 27972 / Ley Orgánica de Municipalidades
D.S. N° 045-2001-PCM / Comisión Nacional para el Ordenamiento Territorial Ambiental D.S. N° 087-2004-PCM / Reglamento de Zonificación Ecológica Económica (ZEE)
D.S. N° 012-2009-MINAM / Política Nacional del Ambiente
D.S. N° 14-2011-MINAM / Plan Nacional de Acción Ambiental 2011 - 2021
D.S. N° 008-2005-PCM / Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental
R.M. N° 026-2010-MINAM / Lineamientos de Política para el Ordenamiento Territorial
R.M. N° 026-2013-MINAM / Agenda Nacional de Acción Ambiental 2013-2014
R.M. N° 189-2012-PCM / Comisión Multisectorial: EJES ESTRATÉGICOS DE LA GESTIÓN AMBIENTAL R.M. N° 135-2013-MINAM / Guía metodológica para elaboración de instrumentos técnicos
sustentatorios para el Ordenamiento Territorial
Decreto C.D. 010-2006-CONAM/CD / Directiva “Metodología para la Zonificación Ecológica-Económica”
R.D. 005-2006-EF/68.01 / Pautas para elaboración PIP’s en materia de ordenamiento territorial.
R.D. 007-2013-EF/63.01 / Lineamientos para elaboración de PIP’s en materia de ordenamiento territorial.
Ley N° 30230 / Establece Medidas Tributarias, Simplificación de Procedimientos y Permisos para Promoción y Dinamización de Inversión
INSTRUMENTOS DE CARÁCTER TERRITORIAL
DENOMINACIÓN •RECTORÍA •NORMA SUSTENTATORIA APLICACIÓN APROBACION
ZONIFICACIÓN ECOLÓGICA Y ECONÓMICA - ZEE
MINAM
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
DECRETO SUPREMO N° 087-2004-PCM DIRECTIVA Nº 010-2006-CONAM/CD
RM N° 135-2013-MINAM
REGIONAL
PROVINCIAL ORDENANZA ESTUDIOS ESPECIALIZADOS - EE
RM N° 135-2013-MINAM DIAGNÓSTICO INTEGRADO DEL TERRITORIO - DIT
PLAN DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL - POT
PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL - PAT
MVCS
DESARROLLO URBANO DS N° 004-2011-VIVIENDA
PROVINCIAL
ORDENANZA
PLAN DE DESARROLLO URBANO - PDU PROVINCIALDISTRISTAL
PLAN URBANO DISTRITAL
DISTRITAL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO URBANO
ESTUDIO DE DIAGNÓSTICO Y ZONFICACIÓN - EDZ
PCM
DEMARCACION TERRITORIAL
DS N° 019-2003-PCM
REGIONAL PROVINCIAL
DISTRITAL
LEY
SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE INFORMACIÓN CATASTRAL PREDIAL
Propiedad Privada, Propiedad del Estado,
Comunidades, Concesiones Acuícolas - Forestales – Mineras – Hidro energéticas – Hidrocarburos entre otros
SUNARP
REGISTRO DE PROPIEDADES
SBN - Gobiernos Regionales Municipalidades Provinciales, Distritales-
Instituto Geográfico Nacional - DGFFS - INGEMMET- COFOPRI
LEY N° 28294 GENERAL
ACTO DE INSCRIPCION
REGISTRAL