Reglamento de
Evaluación
Escuela República de Grecia
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Reglamento Interno de Evaluación Escuela República de Grecia
1.- Identificación del Establecimiento Educacional. “Escuela República de Grecia” de Coquimbo
Decreto Cooperador Nº 1504 del 10 de Mayo de 2005 Rol Base de Datos Nº13559-3.
2.-Disposiciones o Normas Generales. Artículo 1
Este reglamento interno garantiza el respeto de los deberes y derechos de los estudiantes que la Ley Nº 20370, General de la Educación establece. Las disposiciones de este reglamento se aplicarán de acuerdo a Decreto 511/97 de Evaluación y promoción ;y Decreto Exento 158 de 1999 Modifica Decretos Supremos exentos de Educación N° 511 de 1997 y N° 112 de 1999
Artículo 2
La Directora del Establecimiento conjuntamente con el Consejo de Profesores ha resuelto aplicar el siguiente Reglamento de Evaluación y Promoción Escolar, basándose; en
las disposiciones del Decreto Nº511 del 08-05-1997; y
Decreto Exento 158 de 1999 Modifica Decretos Supremos exentos de Educación N° 511 de 1997 y N° 112 de 1999, no obstante, este Reglamento podrá ser modificado anualmente con la finalidad de mejorar aspectos que a juicio de los docentes vayan en desmedro de los aprendizajes de los niños y niñas y/o mejoré los procedimientos evaluativos del establecimiento.
El presente Reglamento será informado en sus puntos importantes a través de un “extracto escrito” a todos los Padres y Apoderados del Establecimiento durante las reuniones de los sub-centros, a los docentes en Consejo de profesores y a estudiantes del establecimiento en reuniones de Consejo Escolar. En el inicio, desarrollo o cierre de ellas, (según determine el profesor jefe) para que ellos conozcan en propiedad las disposiciones del Reglamento y enviando una copia al Departamento de Educación Provincial Elqui, además se les hará entrega de un tríptico con un extracto del Reglamento Interno de evaluación antes y durante la matrícula.
Artículo 3
El año escolar comprenderá dos períodos lectivos semestrales. -I Semestre (Marzo a Julio).
-II Semestre (Julio después de vacaciones de invierno hasta diciembre).
De la Evaluación: Artículo 4
La Unidad Educativa concibe la Evaluación como:
La evaluación es un proceso permanente y continuo, cuyo objetivo es obtener información y proporcionársela al profesor, para apoyar y/o retroalimentar a los estudiantes en su proceso de aprendizaje significativo y tomar decisiones oportunas a fin de orientar el logro de los objetivos educacionales.
a) Disposiciones respecto a estrategias para evaluar los aprendizajes de los estudiantes;
Para evaluar los aprendizajes de los diferentes niveles de Enseñanza se ha de utilizar una gran variedad de instrumentos y estrategias que les permita recoger información en relación a habilidades, destrezas, conductas cognitivas, creatividad, pensamiento reflexivo, y crecimiento personal de tal manera que el estudiante una vez entregado los resultados analice y retroalimente sus errores y decisiones, logrando desenvolverse satisfactoriamente en el mundo escolar y laboral en un futuro próximo, lineamiento que está inserto en el Proyecto Educativo de la Escuela.
La Unidad Educativa aplicará los siguientes instrumentos y estrategias para evaluar el proceso de aprendizaje de los estudiantes:
-Pruebas escritas -Pruebas orales
-Pruebas escritas u orales de desarrollo. -Pruebas de ejecución.
-Pruebas de selección múltiple, tipo SIMCE -Pruebas de libro abierto
-Trabajos de Investigación
-Trabajos de aplicación y de sìntesis -Informes
-Ensayos
-Portafolios (tipo”showcase”/vitrina, “checklist”/de cotejo, de formato abierto). -Disertaciones
-Anecdotario o registro anecdótico -Diario de clase
-Monografìas
-Cuaderno de campo
-Producciones escritas u orales
-Producciones plásticas, tecnológicas y musicales. -Producciones motrices.
-Escala de apreciación -Lista de cotejo -Rúbrica
Los estudiantes serán evaluados con los instrumentos, procedimientos y/o estrategias mencionadas anteriormente, previamente visados por U.T.P, además se deben entregar con 15 días de anticipación al mes de aplicación (como paquete evaluativo anexado a la planificación). Cada procedimiento debe ser acompañado de la “Constancia de Evaluación Diferenciada” y el instrumento adaptado, firmada por los profesionales especialista (sólo en casos de los estudiantes con Necesidades Educativas especiales pertenecientes a PIE que lo requieran o estudiantes que posean un Informe profesional que sugiera evaluación diferenciada).
b) De las calificaciones.
Los estudiantes serán calificados durante el semestre en todas las asignaturas
del Plan de estudio, mediante una escala numérica de 1,0 a 7,0 con un decimal.
Para el cálculo de las notas semestrales (promedio final de cada semestre) de
todas las asignaturas del Plan de Estudio se considera una escala numérica Del 1,0 al 7,0 con un decimal, sin aproximación.
Para el cálculo de nota final o promedio anual (suma de los dos promedios semestrales divididos en dos) se considera una escala numérica del 1,0 al 7,0 con un decimal, aproximándose la centésima igual o superior a 5. Por ejemplo 3,95 es igual a un 4, 00.
El promedio de todas las notas (promedios anuales de todas las asignaturas) se sumará y se dividirán por la cantidad total de asignaturas (sólo se cuentan asignaturas con media aritmética y no los promedios con conceptos), este promedio
Los promedios con conceptos (MB, B, S, I) como Religión y Orientación tienen carácter formativo y no inciden en el Promedio Semestral ni Final. Para estas asignaturas se utilizarán los siguientes conceptos:
-MB: Muy Bueno (6,0 a 7,0) -B: Bueno (5,0 a 5,9)
-S: Suficiente (4,0 a 4,9) -I: Insuficiente (1,0 a 3,9)
En relación a estas asignaturas (Religión y Orientación) en el leccionario o libro de clase, se pueden explicitar las notas en escala numérica y el promedio convertirlo a concepto (MB-B-S-I).
Las notas semestrales de los talleres J.E.C se considerarán de la siguiente forma:
-El promedio semestral de Leograma se explicitará como nota parcial en la asignatura de Lenguaje y Comunicación.
-El promedio semestral de Pitágoras se explicitará como nota parcial en la asignatura de Matemáticas.
-El promedio semestral de Deporte se explicitará como nota parcial en la asignatura de Educación Física.
c) Formas de Calificar:
El proceso evaluativo considera:
Evaluación diagnóstica: Debe ser aplicada la primera semana de marzo con el objetivo de conocer los conocimientos y habilidades que poseen los estudiantes, es posible obtener información del proceso de aprendizaje y a partir de ello, mejorarlo. Esta evaluación se produce al inicio del proceso evaluativo y es calificada en conceptos (D: Desarrollada PD: Parcialmente Desarrollada y ND: No desarrollada).
Evaluación formativa: Una vez que se tiene la información del diagnóstico,
el docente está en condiciones de fortalecer las debilidades detectadas. La
evaluación formativa además de fortalecer las debilidades del estudiante
permite obtener información acerca del estado de aprendizaje de cada
estudiante durante el proceso educativo y, a partir de ello, tomar decisiones
que ayuden a un mejor desarrollo de dicho proceso. Se aplica durante el
desarrollo de una unidad de aprendizaje (es procesual). La evaluación formativa puede ser calificada o considerarla como nota parcial si se promedia o es parte de la evaluación sumativa, esto queda a criterio del docente. Además puede utilizarse diversos tipos de instrumentos dependiendo del tipo de información que el docente quiera obtener y de las habilidades que requiera evaluar.
Evaluación Sumativa : Permite conocer el logro de aprendizaje de los estudiantes, de acuerdo a los objetivos educativos propuestos. Esta evaluación es calificada con escala numérica del 1,0 al 7,0 con un decimal. Se realiza después de un período de aprendizaje o en la finalización de una o varias unidad/es. A continuación se muestra el detalle de algunas evaluaciones sumativas:
CALENDARIO DE PRUEBAS
Calificaciones Parciales:
Son las calificaciones de coeficiente uno que obtenga el estudiante durante el desarrollo o al término de un OA o AE, OAT o OFT, habilidad, destreza, capacidad, actitud, experiencia de aprendizaje, proyecto de curso, unidad/es, etc. (EVALUACIONES DE PROCESO O SÍNTESIS).
Las calificaciones parciales se registrarán en notas del 1,0 al 7,0 con un decimal. Los estudiantes ausentes a evaluación que no tengan certificado médico, serán sometidos a ellas cuando se reintegren a clases. A los estudiantes con licencia médica se les dará una nueva fecha con plazo prudente para que tengan opción a Apoyo Educativo (Estudio Dirigido).
La cantidad de calificaciones parciales dependerá de las horas del Plan de Estudio, más una, quedando registradas en el libro de clases.
Los instrumentos de evaluación aplicados con el objeto de obtener una calificación parcial debe contener los siguientes aspectos:-Nombre de la evaluación (diagnóstica, parcial, estado de avance, síntesis de la unidad,
síntesis semestral, síntesis anual),-Identificación del estudiante (nombre, curso),-Puntaje (ptje. Real y obtenido, nota),-Unidad (número y nombre de la unidad),-OA o AE, -Indicadores de evaluación (los más importantes),-Instrucciones generales de la aplicación,-Items (habilidad a desarrollar e instrucción). Este último aspecto considera la habilidad desarrollada en el ítem de la evaluación, extraída de la Taxonomía de Marzano
Calificaciones Semestrales:
Desde 1ª a 8ª básico las notas o calificaciones semestrales obtenidas en el período, son aquellas que sumadas se dividen por el número de sumandos; las que se expresarán en notas en una escala del uno al siete (1 al 7) con un decimal.
Calificación Final:
Será la media aritmética o promedio anual de las notas semestrales de las asignaturas del Plan de estudio con un decimal, la centésima igual o superior a 0,05 se subirá a la décima superior ej.: 4,95 = 5,0.
d) Formas de comunicar los resultados de los estudiantes a Padres y Apoderados
y comunidad educativa en general.
Durante todo el año cada dos reuniones de Apoderados se entregará un Informe Parcial Bimensual del Estado de Avance de los Estudiantes, este informe explicitará las calificaciones del estudiante, informándole a estudiantes y Apoderados de sus avances durante el desarrollo del proceso educativo. Este
informe se entregará además a todos los apoderados que lo soliciten a U.T.P, con
tres días de plazo.
Se contará con un programa computacional de informe de notas, que facilite la entrega de información al apoderado.
La U.T.P tendrá la responsabilidad de coordinar el programa computacional de calificaciones y a su vez entregar antes de cada reunión trimensual el Informe de Notas a los Profesores Jefes para su revisión y su posterior entrega a los apoderados.
El establecimiento está acogido a régimen semestral por lo tanto, cada
finalización de semestre se entregará el “Informe de notas y de desarrollo personal
y social”.
En el primer semestre se entregará el Informe de notas y de desarrollo personal y social, el cual explicitará todas las calificaciones del I Semestre y los respectivos promedios de cada asignatura del Plan de Estudio. Cada informe de notas deberá acompañarse de la estadística individual de anotaciones positivas y negativas del I semestre, las que deberán ser analizadas con el apoderado. Este
Informe será elaborado por un software o programa excell coordinado por UTP, luego será entregado al profesor jefe para su revisión y será entregado por el/ella mismo al apoderado, a través de una entrevista personal el último día de clases del I semestre (Mes de Julio). En el caso que el apoderado no asistiera a dicha entrevista
se entregará el Informe en el II Semestre en hora de atención de Apoderados del
profesor jefe, entrevista que debe ser comunicado por el apoderado a través de comunicación escrita, donde se le informe: sobre conducta (anotaciones negativas y positivas) y calificaciones de su pupilo con el fin de mejorarlas.
Las estadísticas de anotaciones positivas y negativas del alumno deberán ser analizadas en la entrevista personal con el apoderado, dependiendo de la gravedad de la falta se solicitará la presencia del estudiante y/o la Orientadora de la escuela.
El Informe de notas y de desarrollo personal y social del II Semestre o
Final/Anual, el cual explicitará todas las calificaciones del I y II Semestre y los respectivos promedios semestrales y anuales de cada asignatura del Plan de Estudio. Este informe detallará la estadística individual de anotaciones positivas y negativas del I y II semestre, además en el reverso se explicitará el Informe de Desarrollo personal y social de I y II semestre. Este Informe será elaborado por un software o programa excell coordinado por UTP, luego será entregado al profesor jefe para su revisión y será entregado por el/ella mismo al apoderado, a través de una entrevista personal el último día de clases del II semestre (Mes de Diciembre). En el caso que el apoderado no asistiera a dicha entrevista se entregará el Informe con posterioridad (tres días después del término de año escolar lectivo) junto al Certificado de Estudio.
Artículo 5
El logro de los Objetivos de Aprendizaje Transversales y actitudes se contemplará en el informe de Desarrollo Personal y Social del estudiante, el que se entregará al término de cada semestre.
Artículo 6
a) De la corrección de instrumentos de evaluación:
Todos los docentes harán entrega de los instrumentos de evaluación corregidos (pruebas, trabajos, entre otras) a los estudiantes, en SIETE días hábiles como máximo desde la administración o aplicación del instrumento, con el fin de que éstos y sus padres retroalimenten sus resultados. Los estudiantes deben mantener las evaluaciones archivadas y/o disponibles, ya que serán objeto de evidencia ante cualquier situación de consulta.
Artículo 7
a) Disposiciones de evaluación diferenciada que permitan atender a todos los estudiantes que así lo requieran, ya sea en forma temporal o permanente.
Evaluación Diferenciada:
La Unidad Educativa considera la evaluación diferenciada como un proceso de adaptación y adecuación de las instancias de evaluación común, percibiéndola como un proceso que tiene diversas modalidades; teniendo en cuenta el espacio, tiempo, tipo de instrumento, material educativo y estrategia didáctica. Las disposiciones de la evaluación diferenciada permiten atender a todos los/las estudiantes que presentan alguna Necesidad Educativa Especial (N.E.E.), diagnosticada por profesionales, problemas de salud u otros. La evaluación diferenciada puede ser aplicada por el profesor de asignatura y/o Educadora Diferencial.
La evaluación diferenciada se caracteriza y se desarrolla en el establecimiento por los siguientes principios:
-Debe evaluarse de forma diferenciada a los estudiantes que presentan necesidades educativas especiales, que pertenezcan a Programa de Integración Escolar permanente (Discapacidad Intelectual) o transitorio (Trastorno específico del lenguaje, Trastorno específico del aprendizaje, Funcionamiento intelectual limítrofe, Déficit atencional con y sin hiperactividad); y que requieran de ésta. A partir de las sugerencias emanadas de los informes de especialistas; además la evaluación diferenciada debe estar explícita en la Adecuación curricular.
-Debe evaluarse de forma diferenciada a casos vinculados a Embarazos adolescentes. -Debe evaluarse de forma diferenciada todo caso que sea avalado por informe de especialista (doctor, fonoaudiólogo, psicólogo, psiquiatra, fisiatra, entre otros) o documentación válida (Informativos, decretos, memorándum o cartas de Instituciones u Organizaciones Estatales o privadas).
-La adecuación de las instancias evaluativas son las siguientes: adaptar el espacio, tiempo, material educativo, estrategia didáctica y tipo de instrumento de evaluación:
Tiempo: mayor cantidad de tiempo en la aplicación de un instrumento.
Recursos didácticos: material concreto y contextualizado.
Estrategia didáctica: personalizada, mediación escolar, metodología basado en los
estilos y ritmos de aprendizaje.
Tipo de instrumento:
-Pruebas parcializadas (fraccionada en su contenido). -Rúbricas (adaptadas al nivel del estudiante)
-Listas de cotejo y escala de apreciación (adaptadas al estudiante). -Trabajos de investigación (adaptadas al estudiante).
-Interrogación oral y escrita (adaptadas al estudiante).
Todos los procedimientos que se apliquen, deberán ser visados por la Unidad técnico Pedagógica.
De la promoción: Artículo 6
En relación a la promoción de los estudiantes se considerarán conjuntamente el logro de objetivos del Plan de Estudio y la asistencia a clases.
Serán promovidos todos los estudiantes de 1° a 8° de Enseñanza Básica que hayan aprobado (promedio anual igual o superior a 4,0) todas las asignaturas del Plan de Estudio.
Serán promovidos los estudiantes que no hubieran aprobado una asignatura, siempre que el promedio final o anual sea igual o superior a 4,5, incluido el no aprobado.
Serán promovidos los estudiantes que no hubiesen aprobado dos asignaturas, siempre que el promedio final o anual sea igual o superior a 5,0, incluido el no aprobado.
Serán reprobados los estudiantes que hubiesen reprobado tres o más asignaturas, o no cumpliesen los requisitos anteriores. La reprobación de una asignatura significa obtener un promedio igual o inferior a 3.9.
Para reprobar a un alumno(a) en 1º y 3º básico:
El profesor jefe deberá presentar variadas evidencias que muestre la dificultad
del niño en lectura, escritura o matemáticas, explicitándolas en un Informe de reprobación.
Haber informado oportunamente a los padres o apoderados, para posibilitar un trabajo en conjunto con ellos.
La Directora del respectivo establecimiento, podrá decidir excepcionalmente,
previo informe fundado con varias evidencias del profesor jefe del curso de los alumnos afectados, no promover de Primero a Segundo Básico a aquellos(as) que presenten retraso significativo en la lectura, escritura o matemáticas en relación a los objetivos de aprendizaje de los programas de estudio que aplica el establecimiento, y que puede afectar seriamente a la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior.
Todos los estudiantes reprobados del establecimiento de 1º a 8º básicos, deben ser informados a la Unidad Técnica pedagógica, y el docente encargado del curso o profesor jefe debe realizar un Informe de Repitencia.
Artículo 7
Los estudiantes inasistencia a un evento evaluativo, debe justificar el apoderado en secretaría y anotarse en el libro de registro e informar al docente de la ausencia del estudiante a la evaluación o a la Unidad Técnico Pedagógica. El apoderado debe
justificar con Certificado médico u otro tipo de documento médico que explicite la
fecha y el motivo de la ausencia a clases, y dejar la documentación en secretaría. En caso de viaje u otro aspecto personal, debe justificar con UTP. Los estudiantes que no asistan a eventos evaluativos y estén justificados con documento médico, se le
RECALENDARIZARÁ todas las evaluaciones pendientes.
Artículo 8
a) De la asistencia a clases y promoción:
Para ser promovidos, los estudiantes deberán asistir como mínimo el 85% de las clases establecidas en la calendarización anual, en conjunto de lo establecido en el artículo 6 del presente reglamento. Sin embargo, por razones de salud u otras causas debidamente justificadas con documentos entregados al establecimiento, la Directora en conjunto con el equipo directivo y profesor jefe o asignatura podrán autorizar la promoción de los estudiantes con porcentajes menores de asistencia; en la cual el apoderado deberá elevar una solicitud (carta) al Director explicando el motivo de la baja asistencia, quién después de haber analizado las causas y previamente presentando los medios de verificación correspondientes autorizará (en conjunto con los docentes) o no la promoción del estudiante.
Se hará un seguimiento durante el año de los estudiantes con asistencia intermitente
de parte de los Profesores Jefes y Orientadora citando apoderados y pidiendo apoyo
a carabineros para hacer cumplir la Ley de obligatoriedad escolar.
Artículo 9
La directora del establecimiento con el equipo técnico y profesores (dependiendo del nivel puede ser profesor jefe y/o profesores de asignatura) deberán resolver las situaciones especiales de evaluación y promoción de estudiantes de 1º a 8º básico de Educación básica, que por motivos justificados requieran ingresar tardíamente a clases, ausentarse por un período determinado, finalizar el año escolar anticipadamente, u otros. En estos casos se considerará pertinente un mínimo de cuatro calificaciones para obtener un promedio semestral en una asignatura; además se puede aceptar validar la asignatura con un examen final global (coeficiente dos) con los OA de la Unidad o unidades pendientes a evaluar, obteniendo el promedio semestral.
En el caso de los estudiantes que ingresen al establecimiento y deban regularizar su situación en relación a una secuencia distinta a la establecida en la malla curricular del establecimiento (por ejemplo de escuela especial a escuela regular) se realizaran exámenes para incorporarse al curso correspondiente, con una intención diagnóstica.
Artículo 10
a) Reprobación de estudiantes con NEE.
Los estudiantes con NEE que estén reprobando el nivel, deberá ser justificado a través de:
-Informe de monitoreo que se realizó trimestralmente.
-Informe de acciones del Educador Diferencial y Especialista (Psicólogo o Fonoaudiólogo).
-Adjuntar o exponer adecuaciones curriculares y constancia de evaluación diferenciada.
Artículo 11
a) Actas de Validación de Estudio
Los procedimientos a seguir en el caso de estudiantes que deseen incorporarse al establecimiento y no puedan efectivamente acreditar estudios anteriores; son los siguientes: -Se completará el formulario y se exigirá al apoderado presentar dicho documento al DEPROV para una matrícula provisoria.
-Completar formulario para adquirir la PROVIDENCIA y realizar exámenes de validación de estudio en Lenguaje y comunicación; Matemáticas; Historia, ciencias sociales y geografía; Ciencias naturales; e Idioma extranjero Inglés, dando a conocer a los padres y/o apoderados la situación final.
-Elaboración de actas de validación de estudio.
-Una vez concluido el proceso el estudiante deja de tener una matrícula provisoria y se incorpora definitivamente como alumno en el establecimiento, en el curso que corresponde según los resultados obtenidos.
Artículo 12
a) Certificado de estudio y actas
Las Actas de Registro de Calificaciones y Promoción Escolar consignarán en cada curso, las calificaciones finales en cada asignatura, la situación final de los estudiantes (promovido o reprobado), porcentaje anual de asistencia y Cédula Nacional de Identificación de cada uno de ellos.
Las actas se confeccionarán a través del software: Sistema de Información General de Estudiantes (SIGE).
Los Certificados de estudio se confeccionarán en duplicado, entregándolos al apoderado y al establecimiento presente después de tres días (no hábiles) de haber finalizado el año escolar, éstas consignarán en cada curso, las calificaciones finales en cada asignatura, la situación final de los estudiantes (promovido o reprobado), notas, porcentaje anual de asistencia y Cédula Nacional de Identificación de cada uno de los estudiantes. Éstos deben ser entregados por el profesor jefe o encargado del curso.
Finalmente, la responsabilidad de toda la comunidad educativa dar fiel cumplimiento a las normas de este Reglamento Interno de Evaluación, supervisados y monitoreados
por el Equipo directivo.
Se concluye que cada año debe ser revisado y analizado por los docentes y equipo directivo-técnico para evaluar y readecuar los procedimientos de este reglamento, en
el caso de adaptarlos debe ser enviado al Departamento Provincial de Educación Elqui.
ESCUELA REPUBLICA DE GRECIA Reformulado el 20 Diciembre 2015 Coquimbo, Enero de 2016.-