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REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA
“BECA UNIDOS”
SE
Secretaría de Educación
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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN
LIC. MARCO ANTONIO LEDESMA GONZALEZ, Secretaria de Educación, con fundamento en los artículos 3o. de la Constitución Política de los estados Unidos Mexicanos; 7 fracciones XIII, numeral 4 y XIV de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Nayarit; 9 de la Ley general de Educación; 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9 16, 38 y 43 de la Ley de Educación del Estado de Nayarit; 1, 30 fracción X, 31 fracción V y 36 de la Ley Orgánica del poder Ejecutivo del Estado de Nayarit; articulo 6°, fracción VI Reglamento Interior de la Secretaría de Educación;
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA BECA UNIDOS CONSIDERANDO
Que las Reglas de Operación establecen disposiciones a las que deben sujetarse determinados programas sociales, con el objeto de otorgar transparencia y asegurar la aplicación eficiente, eficaz, oportuna y equitativa de los recursos públicos asignados a los mismos, las cuales deberán publicarse en el Periódico Oficial del Estado a más tardar el 31 de diciembre anterior al ejercicio.
Que La educación básica es la base del sistema educativo nacional, ya que es en este nivel donde se adquieren los conocimientos fundamentales para continuar con otra preparación y/o desempeñarse en el mercado laboral.
Que el gobierno del Estado determina que la educación para los individuos es una oportunidad para tener mejores condiciones de vida; y en el Plan Estatal de Desarrollo 2011-2017 en su apartado 6.2.1 se establece como objetivo ampliar la cobertura de educación en los niveles básico, medio superior y superior, para garantizar el acceso de la población al sistema educativo estatal. El Reglamento Interior vigente de la Secretaría, determina en su artículo número 6º fracción XXXVIII, Vigilar que en el otorgamiento de becas se cumpla con los programas y reglas de operación aplicables.
Que en cumplimiento de lo anterior he tenido a bien expedir las siguientes:
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PRESENTACIÓN
El gobierno del estado a través de la Secretaría de Educación promueve El Programa “BECA UNIDOS” el cual está destinado a los alumnos de las escuelas oficiales del nivel primaria y secundaria, con ello se combate la deserción escolar, se garantiza mayor cobertura, aumenta la calidad del servicio educativo, se contribuye a la economía familiar.
Todos los niños, niñas y adolescentes tienen acceso a la educación, sin embargo es prioridad del gobierno contribuir a que todos los estudiantes se encuentren en las mismas condiciones y en igualdad de oportunidades para
GLOSARIO DE TERMINOS
1. BENEFICIARIO (A). Alumnos (as) estudiantes que reciben el apoyo del Programa Beca Unidos y que cumplen los requisitos de elegibilidad previstos en las presentes reglas de operación.
2. DENUNCIA. Manifestación de hechos presuntamente irregulares, realizada por un ciudadano o tercero no beneficiario del programa, sobre la ejecución de los recursos públicos que pueden dar lugar a responsabilidades administrativas civiles o penales.
3. EDUCACIÓN BÁSICA. Formación y desarrollo de educandos de los niveles Primaria y Secundaria.
4. ESTUDIANTE. Niño o niña que se encuentra cursando el nivel Primaria o Secundaria.
5. INSTITUCIÓN EDUCATIVA PÚBLICA. Institución educativa financiada con fondos gubernamentales, en donde se imparte la educación laica, gratuita y de forma obligatoria.
6. PROGRAMA. El programa denominado Beca Unidos. 7. REGLAS DE OPERACIÓN.
8. SIIE. Sistema Integral De Información Educativa.
4 Favorecer con una beca a los estudiantes de educación Primaria y Secundaria de las Instituciones Educativas públicas del estado de Nayarit, con la finalidad de que culmine su educación básica.
OBJETIVOS ESPECIFICOS
1.-Coadyuvar a la ampliación de la cobertura del sistema educativo estatal. 2.-Fortalecer la economía familiar, contribuyendo así a la permanencia de las niñas y los niños en la escuela pública.
3.-Prevenir la deserción escolar, así como su anticipada incorporación al campo laboral.
LINEAMIENTOS GENERALES
COBERTURA
El Programa tendrá cobertura a nivel estatal, de acuerdo al Presupuesto de Egresos del Ejercicio Fiscal del año correspondiente.
POBLACIÓN OBJETIVO
Niñas y Niños que cursan el nivel Primaria y Secundaria en Instituciones Educativas públicas del estado de Nayarit, es un Programa de apoyo monetario anual.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
Gobierno del Estado otorgará los beneficios del Sistema de becas a todos los alumnos de educación primaria y secundaria de las Instituciones de Educación Pública pertenecientes a la Secretaría de Educación (SE), los Servicios de Educación Pública en el Estado de Nayarit (SEPEN), y el Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE), residentes en las comunidades, localidades y municipios del Estado, siempre que estuvieren inscritos para el ciclo escolar presente, y se encuentren dados de alta en el Sistema Integral de Información Educativa (SIIE) a cargo de los SEPEN.
5 Las becas consisten en un pago anual de ayuda de sostenimiento cuyo monto es de $ 250.00. (Doscientos cincuenta pesos 00/100 moneda nacional) que podrá recibir cada alumno, obteniendo para ello el plástico de la tarjeta bancaria correspondiente.
BENEFICIARIOS
Alumnos que cursen el nivel Primaria y Secundaria en Instituciones Educativas públicas, de los veinte municipios que conforman el Estado de Nayarit.
REQUISITOS
a) Ser alumno de las Instituciones de Educación Pública del Estado de Nayarit, pertenecientes a la Secretaría de Educación, Servicios de Educación Pública en el Estado de Nayarit y el Consejo Nacional de Fomento Educativo.
b) Cursar la educación básica obligatoria (primaria y secundaria). c) Estar inscrito en el ciclo escolar vigente.
d) Estar registrado en el Sistema Integral de Información Educativa (SIIE). e) Inscribirse en el Padrón Único de Beneficiarios de Programas Sociales.
SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACIÓN EDUCATIVA (SIIE)
Los titulares de las Instituciones de Educación Pública pertenecientes a la Secretaría de Educación (SE), los Servicios de Educación Pública en el Estado de Nayarit (SEPEN), y el Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE), serán los Responsables Directos de recabar y entregar a los SEPEN la información necesaria para integrar el Sistema Integral de Información Educativa, que cuando mínimo deberá contener el nombre de la escuela, clave, turno, sector, zona escolar, localidad, municipio y su pertenencia a SEPEN, SE y CONAFE, número consecutivo, listado de alumnos beneficiados con el nombre y CURP del alumno, nivel y grado escolar, así como talla de playera, pantalón o falda.
La Instancia Ejecutora se coordinará con los Enlaces Educativos que se designen en cada municipio para la realización de las reuniones especiales que se requieran entre los titulares de las Instituciones de Educación Pública del municipio que le competa, a fin de coordinar los procedimientos necesarios para recabar y entregar la información necesaria para el SIIE.
6 Los titulares de las Instituciones de Educación Pública pertenecientes a la Secretaría de Educación (SE), los Servicios de Educación Pública en el Estado de Nayarit (SEPEN), y el Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE), deberán inscribir a los alumnos beneficiados con el Programa de Becas, en el Padrón Único de Beneficiaros de Programas Sociales, llenando y entregando para ello, al Enlace Municipal el formato del Padrón único de Beneficiarios de Programas Sociales (FPU), que entregará a la Secretaría de Administración y Finanzas, por conducto de la Instancia Ejecutora.
La Instancia Ejecutora será responsable de integrar y actualizar la información relativa al Programa de Becas en el Padrón Único de Beneficiarios de Programas Sociales (FPU).
DERECHOS DE LOS BENEFICIARIOS
a) Se les brinde por conducto de sus padres y/o tutores la información necesaria de manera clara y oportuna para participar en el Programa; b) Recibir un trato digno, respetuoso y equitativo, sin distinción de género,
grupo étnico, filiación política, gremial o religión, así como tener la debida privacidad y reserva de su información confidencial; y,
c) Recibir en conjunto con sus padres y/o tutores los beneficios del Programa de Becas en el domicilio de la Institución de Educación Pública a que pertenezca, o bien, el que previamente se notifique por la Instancia Ejecutora dentro de su localidad.
OBLIGACIONES DE LOS PADRES Y/O TUTORES DE LOS BENEFICIARIOS
a) Proporcionar y actualizar, en su caso, la información que se le requiera de acuerdo en lo establecido en las presentes reglas de operación; b) Entregar la documentación que le sea solicitada para su inscripción en el
Programa de Becas;
c) Acudir acompañado del alumno, en la fecha y lugar designado para la entrega de los beneficios del Programa de Becas; y,
d) No hacer uso indebido (venta, uso con fines partidistas o electorales, entre otros) de los beneficios del Programa de Becas.
7 CAUSAS DE SUSPENSIÓN.
La entrega de los beneficios del Sistema de Becas del Programa a favor de los beneficiarios, se suspenderá en forma provisional o definitiva, en los siguientes casos:
PROVISIONAL
a) No se recoja alguno de los beneficios que integran el Sistema de Becas del Programa;
b) No se actualicen los datos necesarios para el SIIE y Padrón Único de Beneficiarios de Programas Sociales.
DEFINITIVA
a) Otorgar información falsa u omitir datos necesarios para SIIE y el Padrón Único de Beneficiarios de Programas Sociales, por cualquier motivo; b) Defunción.
INSTANCIA EJECUTORA
La Secretaría de Educación, será la instancia responsable de la ejecución de este Programa en los términos aquí previstos, sin perjuicio de las atribuciones que corresponda ejecutar a la Secretaría de Administración y Finanzas, y de las que se realicen en colaboración por la Dirección de Los Servicios de Educación Pública del Estado de Nayarit y el resto de las dependencias y/o entidades de la Administración Pública.
INSTANCIA NORMATIVA
La Secretaría de Educación (SE), fungirá como Instancia Normativa y será la instancia facultada para interpretar las presentes reglas, así como resolver los casos no previstos en las mismas.
La Instancia Normativa será competente para:
a) Definir los lineamientos de operación del Programa de Becas;
b) Obtener la información actualizada del Sistema Integral de Información Educativa;
8 INSTANCIA DE CONTROL
Corresponderá a la Secretaría de la Contraloría General, establecer y conducir, en coordinación con la Secretaría de Educación, las acciones de vigilancia en la administración y operación del Programa de Becas.
COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL Despacho del Ejecutivo
Secretaría de Educación
Servicios de Educación Pública del Estado de Nayarit Secretaría de Administración y Finanzas
Secretaría de Seguridad Pública Estatal Secretaria de la Contraloría General
RECURSOS Y SU EJERCICIO
La Secretaría de Administración y Finanzas ministrara a la Secretaría de Educación, los recursos que se etiqueten para el Programa de Beca Unidos en el Presupuesto de Egresos para el Estado de Nayarit, en el que se indicara la partida presupuestal a aplicarse.
MECÁNICA DE OPERACIÓN.
El Sistema Integral de Información Educativa (SIIE) se instrumenta con la finalidad de precisar antes del inicio del ciclo escolar, la matrícula de educación primaria y secundaria con que cuenta el Estado de Nayarit, a fin de entregar en tiempo y forma los beneficios que integran el sistema de becas de este Programa.
PROCEDIMIENTO DE ENTREGA.
La entrega de los beneficios del sistema de becas del Programa se realizará al alumno en compañía de sus padres y/o tutor, en las instalaciones de la Institución de Educación Pública en que se encuentre inscrito, para lo cual deberán ser previamente informados por conducto del titular de la Institución de Educación Pública de que se trate, de la fecha en que se realizara la entrega. En la entrega participarán los Enlaces Educativos en colaboración con las Coordinadores Municipales. En el acto deberá estar presente el Visor.
9 ENTREGA DE LAS BECAS ECONÓMICAS
Los SEPEN por conducto del Departamento de Informática enviará de manera electrónica al Departamento de Becas de la Dirección General de Administración de la Secretaría de Administración y Finanzas, la matrícula de los alumnos de las Instituciones de Educación Pública que recibirán la beca económica, debidamente validada.
Una vez que el titular de la Secretaría de Administración y Finanzas valide matrícula la Dirección General de Administración la enviará a la Institución Bancaria con la que hubiere celebrado contrato de depósito y dispersión de la beca económica, solicitándole un listado de los folios de las Tarjetas.
El Departamento de Becas de la Dirección General de Administración de la Secretaría de Administración y Finanzas generará los Formatos de Entrega de Beca Económica Escolar por Municipio; el de Entrega de Beca Económica Escolar por Escuela; el de Entrega de Beca Económica por Grupo, que contendrán cuando menos, los nombres de los alumnos por escuela, domicilio, nivel y grado escolar, grupo y turno de los que la recibirán, así como el número de tarjetas bancarias y folios de éstas.
Así mismo, el Departamento de Informática de los SEPEN entregará al Departamento de Becas de la Dirección General de Administración de la Secretaría de Administración y Finanzas, los formatos de Recibo de Entrega del Beneficio Escolar por Grupo y de Tarjetas Bancarias Sobrantes o Pendientes por Entregar.
SEGUNDA ETAPA ENTREGA DE BECAS ECONÓMICAS
La segunda etapa de entrega de la beca económica del Programa, se realizará una vez que el titular de la Institución de Educación Pública de que se trate, remita al Departamento de Informática de los SEPEN, por conducto del Coordinador Municipal el listado de los nombres de alumnos dados de alta fuera del periodo normal, señalando nivel y grado, grupo y turno escolar y número de beneficios solicitados, al cual deberá acompañar un oficio solicitando la entrega del beneficio al titular de la Secretaría de Administración y Finanzas, con copia al titular de la Dirección General de Administración de la Dependencia.
10 Será la instancia ejecutora quien estará a cargo del seguimiento financiero del programa, así como la evaluación en forma estadística de su desempeño.
EVALUACIÓN
La Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Nayarit, deberá realizar las acciones correspondientes para que en conjunto con su Contraloría Social lleven a cabo evaluaciones trimestrales, del impacto de este Programa Social en beneficio de la sociedad; debiendo documentarlo por escrito los primeros quince días del mes inmediato posterior al periodo que se evalúe.
GASTOS DE OPERACIÓN.
Para el desarrollo de las acciones correspondientes a la planeación, operación, supervisión, seguimiento, contraloría social y evaluación externa del programa, la Secretaría de Administración y Finanzas, otorgará los recursos asignados al Programa de Beca Unidos, en el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal vigente.
DIFUSIÓN
Estas reglas, serán publicadas en el Periódico Oficial Órgano de Gobierno del Estado de Nayarit y estarán disponibles para consulta de la ciudadanía en las oficinas de la Secretaría de Desarrollo Social del Estado de Nayarit.
QUEJAS Y DENUNCIAS.
En primera instancia a la coordinación estatal del programa es quien dará contestación en un lapso no mayor a días 5 hábiles.
Los beneficiarios podrán presentar quejas y denuncias ante las instancias correspondientes sobre cualquier hecho, acto u omisión que produzca o pueda producir daños al ejercicio de sus derechos establecidos en las presentes reglas de operación.
Las quejas y denuncias se podrán captar en las siguientes instalaciones: En la Secretaría de la Contraloría General
Área de Denuncias y Quejas
Domicilio: Zacatecas No. 30 sur. Col. Centro Teléfono: 2-15-21-70
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TRANSITORIOS
Primero.- Las presentes reglas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial Órgano de Gobierno del Estado y se continuarán aplicando en los subsecuentes ejercicios fiscales, en lo que no se opongan a las disposiciones y normativa aplicables.
Segundo.- El programa está sujeto a las variaciones que durante el ejercicio fiscal que corresponda, pueda sufrir el presupuesto de egresos.
Dado en el despacho de la Secretaría de Educación del estado de Nayarit, en Tepic, su capital, a los 27 días del mes de Mayo del año dos mil catorce.
“SUFRAGIO EFECTIVO. NO REELECCIÓN”.- LIC. MARCO ANTONIO LEDESMA GONZÁLEZ, SECRETARIO DE EDUCACIÓN.- Rúbrica.