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Examen 2, 3, 4, 5 y 6 Romano II

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Academic year: 2021

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LA OBLIGACIÓN

LA OBLIGACIÓN

OB: Causa de, deviene a OB: Causa de, deviene a

LIGARE: sujetar, amarrar, ligar, atar  LIGARE: sujetar, amarrar, ligar, atar  NEXUM: ligar, obligar 

NEXUM: ligar, obligar 

CONCEPTO

CONCEPTO

OBLIGATIO:

OBLIGATIO: “est iuris vinculum quo necesitate astringimun, alicurius solvende ri, se cundum nostra civitatis iura”“est iuris vinculum quo necesitate astringimun, alicurius solvende ri, se cundum nostra civitatis iura” ULPIANO

ULPIANO

OBLIGACIÓN:

OBLIGACIÓN:es el vínculo jurídico que nos constriñe (exiges el vínculo jurídico que nos constriñe (exige) e) a hacer, a dar, o entregar una cosa o accióa hacer, a dar, o entregar una cosa o acción a otra,n a otra, debida sopena (bajo sanción de

debida sopena (bajo sanción de cumplimiento) de incumplimiento, según lo que establece el cumplimiento) de incumplimiento, según lo que establece el derecho romano.derecho romano.

Es la relación que se origina por incumplimiento del deudor frente a su acreedor y que efectivamente debe Es la relación que se origina por incumplimiento del deudor frente a su acreedor y que efectivamente debe cancelar conforme a la ley.

cancelar conforme a la ley.

La parte importante de la obligación, es el deudor o sujeto pasivo, ya que si hubiese cumplido con su deuda La parte importante de la obligación, es el deudor o sujeto pasivo, ya que si hubiese cumplido con su deuda no se produce la exigencia, el compromiso, y por ende la

no se produce la exigencia, el compromiso, y por ende la obligación.obligación.

La ley de las 12 tablas dice, que existe un deudor que debe pagar al acreedor y si se le debía a varios La ley de las 12 tablas dice, que existe un deudor que debe pagar al acreedor y si se le debía a varios acreedores se le dividía la persona en partes, y si no

acreedores se le dividía la persona en partes, y si no tenía con que pagar, quedaba como esclavo.tenía con que pagar, quedaba como esclavo.

Cuando se toca la integridad física no se gana nada, la deuda persiste, entonces el legislador a través del Cuando se toca la integridad física no se gana nada, la deuda persiste, entonces el legislador a través del corpus iuris de Justiniano, obliga al pago.

corpus iuris de Justiniano, obliga al pago.

CARACTERÍSTICAS: CARACTERÍSTICAS:

* La Obligación manifiesta 4 Deberes:

* La Obligación manifiesta 4 Deberes:de los cuales se origina la obligación.de los cuales se origina la obligación.

Prestare

Prestare: Prestar : Prestar  DareDare: dar : dar  FacereFacere: hacer : hacer  Non facereNon facere: no hacer : no hacer 

* La Obligación recae:

* La Obligación recae: sobre dos personas, unsobre dos personas, un acreedor acreedor y y unun deudor deudor , se origina gracias al deudor, por su, se origina gracias al deudor, por su inobservancia del objeto de prestación (prestare, dare, facere, non facere)

inobservancia del objeto de prestación (prestare, dare, facere, non facere)

ELEMENTOS: sujetos, vínculo y objeto

ELEMENTOS: sujetos, vínculo y objeto

Sujeto

Sujeto Activo Activo (acreedor) (acreedor) --- Sujeto Pasivo (deudor)Sujeto Pasivo (deudor)

//

Vínculo jurídico

Vínculo jurídico= sentencia, sanción= sentencia, sanción

El objeto genera un

El objeto genera un vínculo, entre ambos sujetos, produciéndose la Obligación.vínculo, entre ambos sujetos, produciéndose la Obligación.

VINCULO JURÍDICO

VINCULO JURÍDICO: la relación de derecho que n: la relación de derecho que n ace entre el deudor y el acreedor ace entre el deudor y el acreedor generando una sancióngenerando una sanción

OBJETO DE LA

OBJETO DE LA OBLIGACIÓNOBLIGACIÓN: es la prestación, conformada por el prestar, : es la prestación, conformada por el prestar, dar, hacer y no hacer.dar, hacer y no hacer.

CARACTERÍSTICAS DEL OBJETO DE

CARACTERÍSTICAS DEL OBJETO DE PRESTACIÓN:PRESTACIÓN:

**Debe ser posible: debe existir ceDebe ser posible: debe existir certeza que existe el pago rteza que existe el pago (garantizar el pago)(garantizar el pago) * Debe ser lícito: debe ser legal o

* Debe ser lícito: debe ser legal o no debe ir en contra no debe ir en contra de la ley ni a la de la ley ni a la moral, ni buenas costumbresmoral, ni buenas costumbres *Debe ser determinado o determinable: tangible, que sea posible.

*Debe ser determinado o determinable: tangible, que sea posible.

*De contenido económico o patrimonial: más importante porque quiere que le pague, y mientras al acreedor le *De contenido económico o patrimonial: más importante porque quiere que le pague, y mientras al acreedor le convenga económi

convenga económicamente camente no puede ser objeto de lno puede ser objeto de la obligación.a obligación.

FUENTES DE LA OBLIGACIÓN:

FUENTES DE LA OBLIGACIÓN:

CONTRATO:

CONTRATO: es todo es todo acueacuerdo de rdo de voluvoluntadesntades, , reconreconocido y ocido y sancsancionadionado o por el por el derecderecho civil romano y ho civil romano y destdestinado ainado a producir obligaciones civiles.

producir obligaciones civiles.

DELITO:

DELITO:es todo acto voluntario ilícito contrario al derecho que por causar un daño a otro, se hablaba de castigo por es todo acto voluntario ilícito contrario al derecho que por causar un daño a otro, se hablaba de castigo por  ley con una pena.

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CUASI CONTRATO:son todos aquellos hechos generadores de obligaciones qu sin ser contratos producen efectos análogos a los de estos.

CUASI DELITO: son todos aquellos hechos que el derecho pretoriano consideró ilícito, pero que no habían sido previsto por el derecho civil, o que estaban d eficientemente sancionados en el. CULPA: no intencional.

DIFERENCIAS ENTRE CONTRATO Y CUASI-CONTRATO: el primero es voluntario y el segundo no, ya que en el primero es un acuerdo de voluntades, mientras que el segundo se da cuando una persona asume una deuda u obligación que s generó.

CLASES DE DELITOS

LOS CRÍMENES( de carácter público) PRIVADOS

Son aquellos considerados por el derecho romano cuando se comete un daño a la sociedad, a un funcionario; en consecuencia atentando a toda la comunidad.

PATERCIDIO(parricidio, parricidio): asesinato al paterfamilia, ya que siempre eran funcionarios y ocasionada una pérdida importante para la sociedad

Son daños entre personas, un frente a otro.

DELITOS CRÍMENES:

eran todos aquellos delitos, que violaban normas de interés social, por cuyo motivo era e l estado quien lo perseguía y los castigaba, con una pena aplicada en interés de la sociedad.

DELITOS PRIVADOS:

eran todos aquellos delitos que atentaban contra un derecho individual o particular, y por  ello se castigaban con penas impuestas en interés del damnificado (víctima) cuya aplicación sólo el podía perseguir.

FORMAS Y CAUSAS, que ocasionan LOS CUASI CONTRATOS:

LOS CUASI CONTRATOS

1. Adquisición de la Herencia

2. Indivisión o comunidad 3. El enriquecimiento sin causa 4. El Pago de lo indebido

OBLIGACIONES QUE NACEN COMO UN CUASI CONTRATO

5. Gestión de negocios: es cuando una persona administra voluntariamente los bienes ajenos sin habérselo encargado. Consiste en prevenir una consecuencia jurídica en contra de otra persona, en búsqueda de su beneficio sin orden e interés alguno, es voluntario.

6. Tutela y Curatela: son figuras semejantes a la gestión de negocios, pero ni la obligación del tutor ni la del curador deriva de un contrato celebrado con el pupilo o el incapaz, cuyos intereses gestiona.

7. ADQUISICIÓN DE HRENCIA: cuando una persona era heredero

Por el vínculo:

Por la autoridad, que las sanciona, por el derecho civil: CIVILES: es reconocida y sancionada por la ley

civil.-HONORARIAS: pretorianas, sancionadas y reconocidas por el pretor, magistrado, emperador; establecía obligaciones pretorianas

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honorarias.-Por su formalismo:

DE DERECHO ESTRICTO: en esta clase de obligación, se excluye la interpretación del juez, porque limita al terero, en cuanto a su apreciación y al asumirán análisis, la sanción será totalmente objetiva y de acuerdo a lo establecido en el convenio que hicieron los particulares entre

sí.-DE BUENA FE: el tercero tiene la potestad de apreciare interpretar o acordado entre las partes, se inmiscuye para mediar y solucionar el conflicto de la mayor

manera.-Por su exigibilidad

Civil: cuando hay una demanda, se tiene el derecho a originar una acción, para exigir el cumplimiento de una obligación a través de la ley civil

romana.-Naturales: no exige la existencia de la ley. no existe la acción, hay una obligación natural, sin demanda, no hay una obligación civil que lo dicte la ley romana, se busca una indemnización, si no hay se busca su deshonorización

social.-EL CONTRATO

Acuerdo de voluntades entre las partes, es un comportamiento

legal.-Es una cuerdo de voluntades reconocido y sancionado por el derecho civil, destinado a producir obligaciones civiles, mediante plenos efectos jurídicos, porque genera posibilidades de

acción.-CONVENCIÓN: es el acuerdo de voluntades entre las partes en un asunto de interés común, que requiere la existencia de una prestación que genere una obligación natural y que no produce plenos efectos jurídicos.- producen excepciones, presto un cuaderno, la persona no lo trae cuando debe, y se le da la oportunidad para postergar el cumplimiento, es una cuestión de palabras.-, no da lugar a acción o demandas.- son acuerdos intuito persona, no hay cabida a terceras personas.

CONTRATO CONVENIO

* Presencia de formalidades y solemnidades (requisitos específicos) ya sean de forma oral o escrita.

* Ausencia de las mismas

* Todos los contratos sin excepción tienen nombre. NOMINADOS.

* No tienen nombre, son INOMINADOS.

* Produce plenos efectos jurídicos. * No produce efectos jurídicos. * Produce acciones y excepciones (maneras para pagar 

luego, o producir cambios en las formas de pago, etc).

* No produce acciones, pero si produce excepciones

* Existe coacción legal de cumplimiento. * Cumplimiento voluntario

ELEMENTOS DE L CONTRATO:

Pluralidad de personas:sujetos que intervienen para constituir u contrato, se necesita 2 o

más.-Consentimiento:libre voluntad de las partes para originar el

contrato.-Capacidad:capacidad jurídica plena, es decir poseer los 3 caputs: capacidad social (ser sui iuri), capacidad de goce y capacidad de ejercicio, capacidad jurídica plena, incluyendo tener 25

años.-Objeto:la existencia de un objeto, el cual debe ser lícito, posible, apreciable económicamente, de manera que pueda originarse motivado en ello una acción, abstención de dar, hacer o no hacer algo, es decir debe de existir la

prestación.-El deudor:siempre tiene que ser el que se compromete a saldar, tiene que estar personalmente como figura principal en el

contrato.-El acreedor:no tiene que

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contrato.-CLASIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS:

1. Atendiendo a su origen

-

Del derecho civil:entre romanos

-

Del derecho de gentes: entre extranjeros y extranjeros con romanos.

-2. Por la manera como se perfeccionan

-

Verbales: se perfeccionan a través de formas orales solemnes y

sacramentales.--

Escritos: (litteris - codex) libro usados en el área mercantil o comercial, se asentaban los delitos de compra, venta, ganancias.- estos contratos se perfeccionan a través de la firma de las partes contratantes y se registraba en el libro llamado

codex.--

Reales: se perfeccionan con la entrega de la cosa (bienes muebles o dinero)

-

Consensuales:se refiere a todos los contratos, se perfeccionan con el consentimiento de ambas partes, que intervienen en el

mismo.

-3. De conformidad a los poderes

-

De derecho estricto:son aquellos en los que el juez no puede participar discrecionalmente en la decisión d las partes, se acoge a los establecido por las partes.- ya que ambas en el origen del contrato acuerdan pautas que no podrán ser modificadas ni por ellos ni por un tercero, es ley entre

particulares.--

De buena fe:son aquellos e lo que el juez puede aplicar su buena fe, equidad para ambas partes.-4. Por sus efectos

-

Unilaterales: cuando la obligación en los inicios del contrato, recae sobre una sola persona (deudor-pasivo), sólo obliga a una de las partes, pero posteriormente puede verse obligada una la contra parte (el acreedor), casos de depósitos, prendas,

comodato.--

Bilaterales:ambas partes están obligadas desde el

principio.-• NOTA: AMBOS SE PUEDEN CONVERTIR EN SILANAGMÁTICOS PERFECTOS

5. Por su naturaleza

-

Gratuitos:este se caracteriza por dar en uso la cosa de forma gratuita. Ninguna de las partes va a invertir  en la formación del contrato, ej: comodato, y se generan beneficios para ambas

partes.--

Onerosos: implican sacrificio, si requieren de inversión para obtener beneficios, se compromete a la vigilancia del objeto, a su cuidado y al NO USO del

mismo.-6. Por la dependencia

-

Principales:nacen autónomos y mueren autónomos; no necesitan otro contrato para originarse, son libres y únicos, a excepción de 2: los cuales son accesorio como, la hipoteca y la

fianza.--

Accesorios:no se originan por sí solos, se originan a partir de otro contrato.- Ej: la hipoteca y la

fianza.-7. Por su clasificación

-

Nominados: todo contrato tiene nombre, es aquel que tiene asignado un nombre, se identifica a través e un

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nombre.-Entre los Nominados encontramos: DO UT DES,doy para dar 

DO UT FACIAS, doy para que hagas

FACIAS UT DES, hago para que des

FACIAS UT FACIAS, hago para que hagas

-

Innominados: son contratos que no tienen nombre específico.- tiene formalidad, implican una actividad formal contractual, es decir son tan válidos y eficaces como los nominados pero carecen de

nombre.-PERMUTA – PERMULATIO: trueque

AESTIMATU – ESTIMACIÓN: venta a consignación

PRECARIUM – actividad precaria,petición de hacer un favor gratuitamente, PRESTAMO GRATUITO, entrega de una cosa y se beneficia, con algo que no tiene valor monetario, es de forma

gratuita.-TRANSACTIO: transacción,es la que mas fuera legal tiene, desde el punto

jurídico.-FUENTES DEL CONTRATO:

Son aquellas que originan la obligación, es ese nexo, ligadura o relación entre 2 sujetos, en la que uno s acreedor  y otro el

deudor.-CONTRATOS VERBIS: son palabras solemnes y sacramentales que le dan formalidad y validez al contrato de este

tipo.-CODEX – TABULAE: formalidades especiales registradas en los libros, denominados NOMINA

TRANSCRIPTIA.-FUENTES DE LOS CONTRATOS VERBIS:

1)

Dictio Dotis:declaración oral y solemne en la que la mujer suiiuri, declaraba el conjunto de bienes, que conformaban la DOTE, al momento del

matrimonio.-2)

Murata promissio liberti: ejemplo del liberto del compromiso que hacia al ex amo que lo dejaba en libertad de lealtad por gratitud de haberlo d ejado en

libertad.-FUENTES DE LOS CONTRATOS LITTERIS:

Sygrapha (letra de cambio) Chinographa (cheque)

Se compromete una de las partes, la otra de las partes tiene que testificar de esa obligación. Ambas partes

firman.-Solamente el deudor se compromte a pagar al acreedor, sólo firma el

deudor.-CONTRATOS REALES:

MUTO:contratos en los que el mutuo o p restamista entrega a propiedad al mutuario o prestatario una suma de cosas o bienes o dinero; la devolución es igual a lo prestado o valorado en dinero y se estipulaba en el nacimiento del

contrato.-COMODATO: era gratuito, no hay pago. Era la entrega de una cosa, que era bienes o cosas muebles o inmuebles, para que se sirva de ellas, y la devuelva en el primer requerimiento o cuando el lapso del contrato lo

indique.-DEPOSITARIO: era la entrega d una cosa mueble, que este obliga a conservarla, y entregarla al primer requerimiento del depositante. Es gratuito, no había pago por ser depositante, ni depositario.- no hay préstamos de uso, goce, o disfrute, sólo conservación de la

cosa.-PRENDA:una persona llamada deudor o tercero, entregaba al acreedor la cosa, para que la conservara como garantía de la deuda. Ej. Me prestan 100 bsf y en garantía le doy una cartera hasta que

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VENTA (EMPTIO – VENDITIO): contrato consensual por medio del cual el vendedor se obliga a procurarle a otra denominada comprador,LA POSESIÓN PACÍFICA Y DURADERA DE UNA COSA; y es el comprador quien se obliga a transmitirle una suma de dinero, llamado PRECIO o

MERCE.-ARRENDAMIENTO:el arrendador se obliga a procurar al arrendatario el goce pacífico y TEMPORAL de una cosa, o a prestarle un servicio o hacer u trabajo para ella, mediante una remuneración de dinero, traduciéndose en recio o MerCE.- se adquiere el beneficio de la cosa, de un servicio o de la realización de un

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