• No se han encontrado resultados

FUNDACIÓN EDUCACIONAL SAN ANTONIO Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna Alejandro Vial Nº 8791, La Cisterna Fono: RBD

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "FUNDACIÓN EDUCACIONAL SAN ANTONIO Colegio Técnico Profesional San Ramón - La Cisterna Alejandro Vial Nº 8791, La Cisterna Fono: RBD"

Copied!
20
0
0

Texto completo

(1)

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR ACTUALIZACIÓN 2017

Alejandro Vial Nº 8791, La Cisterna Fono: 22 596 78 49

RBD 26384-2

(2)

ÍNDICE

ARTÍCULO 1 Objetivos………... 3

ARTÍCULO 2 Conceptos………3-5 ARTÍCULO 3 Definiciones y funciones……….5-6 ARTÍCULO 4 Deberes y Derechos……….……6-13 ARTÍCULO 5 Criterios de Aplicación de medidas y sanciones disciplinarias……….….13

ARTÍCULO 6 Medidas y sanciones disciplinarias según tipos de faltas……….14-17 ARTÍCULO 7 Normas Generales ……….………..………..18-19 ARTÍCULO 8 Protocolo de actuación………..…..19

ARTÍCULO 9 Obligación de denuncia de delitos……….19

ARTÍCULO 10 Publicidad del Manual de Convivencia………..…….………....20

ARTÍCULO 11 Revisión del Manual de convivencia……….……..20

ARTÍCULO 12 Marco Legal ………..………..…20

(3)

3

ARTÍCULO 1

OBJETIVOS

El presente reglamento tiene por finalidad:

I. Promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión.

II. Impulsar acciones de prevención como talleres de habilidades socio afectivas, habilidades para la vida y competencias parentales, teniendo en cuenta especialmente el proyecto educativo institucional.

III. Establecer protocolos de actuación en especial para el Acoso escolar o bullying y para el Abuso y/o acoso sexual. Además se implementarán acciones de prevención durante el año lectivo para evitar este tipo de hechos.

ARTÍCULO 2 CONCEPTOS

2.1 Convivencia Escolar: La Ley sobre Violencia Escolar entiende la buena convivencia escolar como

“la coexistencia pacífica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”.

La convivencia escolar se trata de la construcción de un modo de relación entre las personas de una comunidad, sustentada en el respeto mutuo y en la solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa.

Tiene un enfoque eminentemente formativo. Se deben enseñar y aprender una suma de conocimientos, habilidades y valores que permiten poner en práctica el vivir en paz y armonía con otros, porque es la base para el ejercicio de la ciudadanía y la construcción de la promoción social a la que aspiramos.

En sí mismo, el enfoque formativo contiene una dimensión preventiva, expresada en el desarrollo de conocimientos, habilidades y actitudes que permitan formar personas autónomas, capaces de tomar decisiones personales y de anticiparse a las situaciones que amenazan o alteran el aprendizaje de la convivencia, cautelando en todo momento el proceso formativo y las estrategias pedagógicas. En este sentido, la dimensión preventiva implica superar la noción de riesgo y no se limita a informar o prohibir, sino que apunta a formar para actuar con anticipación.

2.2 Acoso escolar o Bullying: Es toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición.

(4)

Las principales definiciones de bullying implican a lo menos la presencia de cuatro elementos para calificarlo como tal: (a) que se de entre pares; (b) que implica una situación de desequilibrio de poder;

(c) que es sostenido en el tiempo y por tanto constituye una relación—no una situación aislada—de abuso; y (d) que la víctima o víctimas no tiene posibilidades de salirse de esta situación.

Frente a la problemática del maltrato escolar es fundamental el compromiso que la comunidad escolar adquiere en su totalidad de no mantener estas situaciones en silencio. Una vez que se constata la presencia de instancias de maltrato escolar de alguno de los miembros sobre otro integrante de la comunidad educativa se pondrá en marcha el protocolo de actuación.

2.2.1 Prevención de acoso escolar o bullying:Es una tarea necesaria del sistema escolar para ello es necesario el desarrollo de diversas instancias propuestas por el Ministerio.

Durante el presente año se realizarán talleres y charlas de:

- Conocimiento del protocolo

- Crecimiento personal: autoconocimiento, autoestima - Enseñanza de alternativas a la agresión

- Promoción de valores: amistad, respeto, tolerancia, empatía, entre otros.

- Pertenencia y participación democrática, liderazgo.

- Diferenciar entre ser “chismoso” y denunciar.

- Inclusión: racismo, no a la discriminación, entre otros.

2.3 Abuso Sexual (Agresión Sexual): Según las publicaciones del Ministerio de Educación (Orientaciones para elaboración y revisión de reglamentos de convivencia escolar, 2011) se considera abuso sexual los actos o hechos de connotación sexual realizados por una persona mediante amenazas o fuerza o bien utilizando la seducción, el engaño o el chantaje y que atentan contra la libertad o la seguridad sexual de otra persona, en este caso niño (a) o adolescente. El responsable de la agresión sexual puede ser un adulto e incluso otro adolescente o niño.

Existen distintos hechos que se consideran Agresiones Sexuales: aquellas en que existe contacto corporal como la violación, el estupro y los abusos sexuales (besos, caricias, y la introducción de objetos), y aquellas en que no hay contacto corporal, conocida también como corrupción de menores, como exponer a menores a actos con contenido sexual, producción de material pornográfico con menores, etc.

Este tipo de conductas son delitos que se encuentran fuertemente sancionados en el sistema penal chileno y, por lo tanto, si existen antecedentes que permiten presumir que un niño o adolescente ha sido víctima de alguna agresión sexual siempre deben ser denunciados a los organismos competentes:

Carabineros, Policía de Investigaciones, Ministerio Público o Tribunales de Garantía, con el fin que se investiguen los hechos. Cuando el hecho no ha sido denunciado la ley obliga a los directores, inspectores y profesores de un establecimiento educacional a hacerlo en el plazo de 24 horas desde que tomen conocimiento del mismo, so pena de ser sancionados con multas de no hacerlo.

2.3.1 Prevención del abuso sexual: Es una tarea necesaria del sistema escolar para ello es necesario el desarrollo de diversas instancias propuestas por el Ministerio.

- Orientación sobre conductas de auto-cuidado y auto-conocimiento

- Talleres de reflexión con metodologías propuestas por el Ministerio de Educación en el plan Escuela Segura u otro similar.

- Que exista un Protocolo de actuación, y actualización permanentemente.

(5)

5

2.3.2 Mediación: Es un método de resolución de conflictos entre dos o más personas basado en la comunicación, el respeto y la no violencia, de manera que ellas mismas decidan cómo resolver las situaciones de fricción, ayudados por una figura imparcial: el mediador. Los mediadores no son jueces ni árbitros, no imponen soluciones ni opinan sobre quién posee razón; su cometido es regular el proceso de comunicación entre las partes en disputa, conduciéndolo mediante unos pasos en los que, si las dichas partes cooperan activamente, es posible llegar a una solución en la que todos ganen (o, al menos, queden satisfechos con el resultado). Tiene tres características básicas: a) voluntaria b) confidencial y se sustenta en el diálogo.

El establecimiento cuenta con instancias de mediación para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia escolar. Las personas que intervendrán en la mediación son: psicóloga encargado de la convivencia escolar, docentes, inspectora y alumnos.

2.3.3 Investigación de hechos: El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los hechos, o designará a uno de los integrantes del comité de convivencia, en caso de faltas, entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que estime necesaria para su esclarecimiento.

ARTICULO 3

DEFINICIONES Y FUNCIONES

3.1 Comunidad Educativa: La Ley General de Educación (LGE) explicita y amplía el concepto de la comunidad educativa, establece los derechos y deberes de los integrantes, enuncia su propósito e instaura las formas de participación.

La comunidad educativa se define como “una agrupación de personas que inspiradas en un propósito común integran una institución educativa” cuyo “objetivo común es contribuir a la formación y el logro de aprendizajes de todos los alumnos” para “asegurar su pleno desarrollo espiritual; ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico”; este “propósito compartido se expresa en la adhesión al proyecto educativo del establecimiento y a sus reglas de convivencia” (Art, 9°.LGE).

La comunidad educativa está integrada por alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, docente directivo y sostenedor educacional.

Cada uno de los cuales gozan de derechos y están sujetos a deberes que explicita la LGE

3.2 Equipo Directivo: Se entiende por equipo directivo, al grupo de personas formado por los siguientes cargos: Director, Inspectora General, Jefe de UTP. Los equipos directivos de los establecimientos educacionales tienen la función de conducir la realización del Proyecto Educativo del establecimiento que dirigen.

3.3 Asistente de la Educación: Son un grupo heterogéneo que trabaja en el establecimiento educacional y forman parte de la comunidad educativa, abarcan desde los servicios auxiliares menores hasta profesionales, sus principales roles y funciones son de colaboración con la función educativa y contribución al desarrollo del Proyecto Educativo Institucional (P.E.I), tales como: auxiliares de servicios, inspectores de patio, secretarias, sicóloga, etc.

3.4 Encargado de Convivencia Escolar: Quien deberá ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del Consejo Escolar (en la línea de convivencia), liderar el comité de convivencia escolar; investigar en los casos correspondientes e informar sobre cualquier asunto relativo a la Convivencia Escolar.

(6)

Sus funciones son:

- Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un clima escolar sano.

- Diseñar e implementar los planes de prevención de la violencia escolar del establecimiento;

- Informar y capacitar a todos los integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia escolar

- Requerir a la Dirección, a los profesores (profesor jefe o de asignatura) o a quien corresponda, informes, reportes o antecedentes relativos a la convivencia escolar.

- Informar de cada situación al profesor jefe y al consejo profesores.

- Conducir la ejecución del Plan de Acción de Convivencia Escolar y Plan de Formación.

3.5 Consejo Escolar: Su objetivo es estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa en el proyecto educativo, promover la buena convivencia escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamientos.

Estará integrado al menos por un representante de cada uno de los siguientes estamentos:

a) Equipo directivo, b) Profesionales docentes, c) Encargado de la Convivencia Escolar d) Asistentes de la educación, e) Alumnos, f) Padres y apoderados

3.6 Comité de Seguridad Escolar: Es un grupo de personas que se encarga de velar por la seguridad de todos los miembros de la comunidad, lo conforman el encargado del Operativo de seguridad, representante del comité paritario, Inspectora General, Director, entre otros, cuyas funciones son: crear un plan de trabajo para accidentes o incidentes reales, simulados y/o emergentes, así como formular y ejecutar el Plan Integral de Seguridad Escolar (PISE).

3.7 Comité de sana Convivencia: Promover la buena convivencia escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamiento. Este comité está integrado por encargado de convivencia, psicóloga, profesor e inspectora.

ARTÍCULO 4

4.1 Deberes y derechos de la Comunidad Educativa

Deberes Derechos

-Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades en base al respeto mutuo y tolerancia. Los integrantes de la comunidad escolar están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

-Todos los integrantes de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano y a recibir (especialmente los estudiantes) la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos.

(7)

7

4.2 Equipo Directivo

Deberes Derechos

-Desarrollar las Políticas Educacionales emanadas desde el Ministerio de Educación, la Agencia de Calidad y la Superintendencia de Educación.

-Dirigir el establecimiento de acuerdo a los principios de la Administración Educacional, prevaleciendo lo pedagógico sobre lo administrativo.

-Determinar los objetivos propios del establecimiento considerando su pertinencia, relevancia y valor.

-Actuar con transparencia y honestidad.

-Participar en el Consejo General de Profesores y en todos aquellos consejos y reuniones organizadas por la unidad educativa.

-Participar del comité de seguridad.

-Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal a su cargo.

-Procurar un clima organizacional, que estimule el logro de los objetivos del establecimiento.

-Cumplir y hacer cumplir las normas y disposiciones vigentes del presente reglamento.

-Determinar el Proyecto Educativo Institucional del establecimiento con la participación de la comunidad educativa.

-Proponer la estructura organizativa más adecuada para el establecimiento tanto en lo administrativo como en lo técnico pedagógico, salvaguardando los niveles de dirección, planificación, ejecución, control y evaluación.

-Propiciar un sano ambiente educativo en el establecimiento que estimule el crecimiento personal y el logro de los objetivos del plantel

-Administrar, organizar, supervisar y evaluar las diferentes funciones del personal respecto de sus deberes.

-Administrar y cuidar el buen uso y mantenimiento del

-Ser respetado en la función de administrativo.

-Trabajar en condiciones adecuadas de seguridad.

-Ser respetado en lo profesional y personal.

-Ser escuchado en sus sugerencias

(8)

inmueble, sus dependencias, mobiliario y especies.

-Preparar y rendir cuenta pública de las acciones realizadas por su Comunidad Educativa cada año lectivo.

-Integrar el consejo escolar.

-Velar por el prestigio del establecimiento y asumir su representación, promocionando la imagen de éste en todas las organizaciones cívicas, profesionales y culturales.

-Planificar, organizar, orientar, coordinar, conducir, controlar, supervisar y evaluar las actividades de los distintos estamentos.

-Estimular y facilitar el perfeccionamiento y la capacitación del personal, siempre que no entorpezca la marcha normal del establecimiento.

-Atender casos calificados, las situaciones y problemas de alumnos, apoderados, personal del plantel y otros, previa constatación de la acción ejercida por las instancias anteriores al respecto (Profesor de Asignatura, Profesor Jefe, Jefe Técnico, Inspectoría y Comité de Convivencia).

-Desarrollar las tareas entregadas por la jefatura correspondientes (Mineduc, sostenedor, equipos de trabajo, etc.)

-Informar, a la comunidad escolar, en forma permanente y oportuna, de todas las acciones, actividades, horarios, etc., necesarias para el buen funcionamiento del establecimiento y que requieran los integrantes de la comunidad escolar.

-Respetar la confidencialidad frente a los integrantes de la comunidad escolar, cuando sea necesario.

(9)

9

4.3 Profesionales de la Educación

Deberes Derechos

-Reconocer en los jóvenes la capacidad de hacerse responsables de sus propios actos, respetando el ritmo individual de desarrollo.

-Difundir la normativa del Reglamento de Convivencia Escolar.

-Generar canales de comunicación rápidos y efectivos con los estudiantes y la familia.

-Contemplar derechos y deberes en el presente Manual.

-Velar por la correcta aplicación del presente Manual.

-Estimular la asistencia y puntualidad de los estudiantes.

-Estimular la formación de hábitos esenciales para una sana convivencia.

-Resaltar los logros positivos del educando y su grupo.

-Fomentar constantemente la participación activa de los diferentes miembros de la comunidad.

-Atender formalmente a los diversos integrantes de la comunidad.

-Valorar al estudiante en su condición de persona respetando y aceptando en todo momento sus características individuales y sus necesidades educativas.

-Contribuir al cuidado y buen mantenimiento de los bienes del establecimiento.

-Atenerse a los plazos indicados por el equipo directivo para la entrega de documentos y materiales solicitados.

-Cumplir con obligaciones laborales de acuerdo al contrato.

-Permanecer con sus alumnos en sus horas de clases.

-Realizar las planificaciones de clases acordadas con la jefatura técnica.

-Preparar material pedagógico para sus alumnos, de acuerdo a su planificación.

-Realizar en sus cursos, prácticas de seguridad escolar, para casos de emergencia, de acuerdo a instructivos del comité de seguridad escolar.

-Trabajar en condiciones adecuadas de seguridad.

-Perfeccionamiento con subsidio parcial o total.

-Ser respetado en su contrato de trabajo.

-Ser respetado en lo profesional y personal.

-Ser escuchado en sus sugerencias.

-Trabajar con la implementación de materiales necesarios para su ejercicio académico.

-Tener derecho a contar con un representante gremial.

-Recibir sus remuneraciones en los plazos legales.

-Hacer uso de sus licencias médicas.

-Mantenerse informado de la documentación relativa a su desempeño.

-Defenderse en caso de amonestación.

-Solicitar permiso sin goce de remuneraciones.

-Estar informado de las acciones y actividades desarrolladas en el establecimiento, formalmente.

(10)

4.4 Asistentes de la Educación

Deberes Derechos

-Mantener aseo y orden de las distintas dependencias.

-Ejecutar reparaciones y restauraciones menores que se le encomienden.

-Cuidar y responsabilizarse del uso y conservación de máquinas que se le asignen.

-Cumplir con responsabilidad, de los horarios asignados dejando constancia en el libro de firmas.

-Vigilar la seguridad e higiene de los alumnos.

-Orientar conductas y actitudes adecuadas de los alumnos a su cargo.

-Mantener una comunicación permanente con la dirección, profesorado y los padres respecto de las actuaciones de los alumnos.

-Controlar la entrada y salida de los alumnos.

-Llevar un registro de los hechos trascendentales de la vida escolar.

-Desarrollar las tareas entregadas por la jefatura del establecimiento.

-Mantener un trato adecuado y respetuoso con la comunidad escolar.

- Tener un representante gremial.

- Recibir sus remuneraciones en los plazos legales.

- Hacer uso de sus licencias médicas.

-Trabajar en condiciones adecuadas de seguridad.

-Mantenerse informado de la documentación relativa a su desempeño.

-Defenderse en caso de amonestación.

-Solicitar permiso sin goce de remuneraciones.

-Estar informado de las acciones y actividades desarrolladas en el establecimiento,

formalmente.

4.5 Alumnos y Alumnas

Deberes Derechos

-Leer el Manual de Convivencia Escolar.

-Acatar las disposiciones previstas en este manual.

-Dar un trato cortés a todas las personas que integran la comunidad educativa.

-Presentar dentro y fuera del establecimiento un comportamiento respetuoso.

-Proceder con sensatez, apelando a la razón para solucionar las dificultades.

- Abordar la solución de conflictos a través del diálogo.

-Participar activamente de su proceso de formación.

-Ser puntual al inicio de la jornada escolar y en todas las

-Recibir una educación de calidad, pertinente y afectiva, con respeto a su dignidad y condición personal.

-Manifestar con respeto sentimientos de patriotismo, nacionalidad y credo religioso.

-Ser respetado en su individualidad sin importar condiciones físicas, sexuales, étnicas o cognitivas.

-En caso de embarazo recibir educación con las facilidades que indica el Ministerio de Educación y que propendan a la retención en

(11)

11

actividades del establecimiento.

-Utilizar en forma adecuada los materiales didácticos.

-Preservar, cuidar y mantener en buen estado los bienes, enseres y equipos del establecimiento.

-Adoptar un comportamiento adecuado, de tal manera que deje en alto el buen nombre de la institución.

-Respetar los símbolos patrios e institucionales.

-Brindar apoyo buscando el bien común de los miembros.

-Asistir a clases en forma regular.

-Permanecer en el establecimiento durante toda la jornada de clases.

-Evitar los atrasos a clases.

-Proceder con honradez y veracidad.

-Respetar la diversidad tanto física, intelectual, económica, étnica, racial, sexual y religiosa de todos los integrantes de la Comunidad Educativa.

-Cumplir con los deberes escolares establecidos.

-Vestir uniforme institucional.

-Conocer y participar de las actividades culturales y educacionales del establecimiento.

-Trabajar en forma responsable en actividades escolares.

-Respetar el aseo realizado por el personal auxiliar.

-Contar con un apoderado mayor de 18 años.

-Justificar con apoderado sus inasistencias a clases.

-Acatar las instrucciones entregadas por la distintas autoridades del establecimiento

-En caso de embarazo cumplir con el protocolo.

-Participar en el proceso de enseñanza-aprendizaje -Respetar y valorar su privacidad en cuanto a las manifestaciones amorosas que realizan dentro del establecimiento, entendiendo que el colegio y todas sus dependencias son espacios públicos, por lo tanto; no deben atentar contra la moral y el bien público.

- Cuidar y responsabilizarse por los útiles escolares, personales y objetos de valor que trae al

el sistema escolar.

-En caso de embarazo a recibir un trato igualitario por parte de todos los miembros de la comunidad educativa.

-En caso de portar VIH a mantener la confidencialidad del hecho.

-A ser llamado por su nombre, sin apodos, respetando su dignidad e identidad.

-A organizarse para realizar actividades complementarias a su educación formal.

-Contar con las instancias educativas que aseguren su auto-cuidado y la prevención de conductas de riesgo.

-A ser derivado al hospital en caso de accidente que requiera de atención especializada.

-A que se le proporcione mobiliario y materiales en buen estado, para su seguridad y para facilitar su aprendizaje.

-A apelar a la Dirección y el Consejo de Profesores en caso de sanciones reglamentarias que se le apliquen.

-A ser escuchado con respeto por los miembros de la comunidad educativa.

-A retirarse del colegio dentro del horario de clases con autorización y a solicitud personal presencial de su apoderado.

-Contar con la garantía de la permanencia en el establecimiento en caso de que el alumno repita un nivel.

-A recibir un trato respetuoso ante situaciones problemáticas.

- A organizarse y ser elegido en todos los estamentos del Centro de Alumnos.

-Ser identificado como miembro de la Comunidad Educativa y de una nación.

-De ser elegido representante a participar del

(12)

establecimiento (el establecimiento no se hará responsable ante la pérdida de estos, ni hará investigación de los hechos).

Consejo Escolar de la Comunidad Educativa.

-A recibir alimentación de Junaeb si es beneficiario.

- A participar en talleres extra-programáticos que ofrece el colegio dentro del año lectivo.

-A participar en talleres de reforzamiento educativo implementados por el establecimiento si así lo requiere.

4.6 Madres, padres y apoderados

Deberes Derechos

Los padres y apoderados tiene el deber de:

-Participar en forma activa y constructiva a través de los diferentes canales establecidos.

-Enviar a clases a su pupilo diariamente.

-Motivar a su pupilo a respetar la puntualidad en el ingreso a clases.

-Respetar los canales y conductos de comunicación del establecimiento (Profesor de asignatura, Profesor Jefe, Inspectoría, UTP, Dirección).

-Responsabilizarse por los objetos de valor que su pupilo lleva al establecimiento.

-Responsabilizarse por la correcta presentación personal e higiene de su pupilo.

-Asistir a las reuniones de apoderados fijadas e informadas con anterioridad.

-Asistir a las citaciones de apoderado enviada por diversos representantes del establecimiento.

-Respetar la normativa de la institución y las posibles sanciones al vulnerar sus requerimientos.

-Colaborar activamente en la educación de su pupilo.

-Supervisar constantemente el cumplimiento de trabajos, actividades y evaluaciones de su su pupilo -Ratificar la recepción de documentos enviados por el establecimiento.

Los apoderados tienen derecho a:

-Conocer las Planificaciones Estratégicas del Establecimiento como son el Proyecto Educativo Institucional (PEI), el Plan de Mejoramiento Educativo (PME) u otro que hubiese.

-Ser partícipe de la cuenta anual realizada por la institución.

-Conocer los Manuales de Convivencia Escolar y de Evaluación.

-De ser elegido representante del curso a participar del Consejo Escolar de la comunidad educativa.

-Conocer a las autoridades y representantes del establecimiento.

-Conocer el organigrama del establecimiento.

-Ser informado de aspectos formales como horario de clases de su pupilo.

-Solicitar información sobre el proceso de su pupilo.

-Ser informado del resultado académico de su pupilo.

-Ser atendido ante una previa solicitud, dentro de los horarios establecidos por el

(13)

13

-Aceptar bajo firma el Manual de Convivencia Escolar del establecimiento.

-Justificar las inasistencias y atrasos de su pupilo.

-Proveer a su pupilo útiles escolares solicitados por la institución.

-Velar por el bienestar físico y emocional de su pupilo(a).

-Informar al establecimiento de cualquier tratamiento médico que tenga el alumno.

-A respetar a las autoridades del Establecimiento Educacional y en general a toda la Comunidad Educativa.

-Leer y respetar el Manual de Sana Convivencia del establecimiento.

establecimiento.

-Conocer el estado de avance de su pupilo.

-Solicitar instancias de diálogo para resolver conflictos en los que se vea involucrado su pupilo.

-Participar en las actividades y/o diferentes instancias del establecimiento.

-Participar en actividades relacionadas con los objetivos del proceso de enseñanza- aprendizaje de su pupilo.

-Conocer la evaluación del desarrollo personal y social de su pupilo, las observaciones registradas en el libro de clases y los registros de atrasos e inasistencias.

-Conocer los protocolos establecidos para las acciones que le competen.

ARTÍCULO 5

CRITERIOS DE APLICACIÓN DE MEDIDAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS

5.1 Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto. Será aplicada conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable.

5.2 Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes criterios:

a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas.

b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado.

c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:

- La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores.

- El carácter humillante del maltrato.

- Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro.

- Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa.

- Haber agredido física, verbal o psicológicamente a un profesor o funcionario del establecimiento d) La conducta anterior del responsable.

e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra.

f) La discapacidad o indefensión del afectado.

(14)

ARTÍCULO 6

MEDIDAS Y SANCIONES DISCIPLINARIAS SEGÚN TIPOS DE FALTAS

6.1 Las medidas y sanciones disciplinarias se aplicarán a los alumnos que incurran en conductas contrarias a la sana convivencia escolar y se sancionarán de acuerdo al tipo de falta, si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas en normas internas del establecimiento, así como en la legislación pertinente, si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de ingreso al establecimiento.

6.2 Tipificación de faltas: Faltas leves, faltas graves y faltas gravísimas.

a) Faltas leves Persona

responsable

Medidas y sanciones disciplinarias

-Retrasos o ausencias reiteradas a clase.

-No respetar la presentación personal (Artículo 23)

-No respetar el uso del uniforme.

-Interrupciones indebidas de una clase en proceso.

-Falta de cuidado en el aseo y limpieza de la institución.

-Ingreso a oficinas o dependencias del establecimiento sin autorización.

-Utilizar en clases aparatos tecnológicos que interrumpan el normal desarrollo de la clase o quehacer pedagógico.

-Tener una actitud deshonesta

Profesor(a) de Asignatura, Profesor Jefe e Inspectora

General

1. Diálogo personal pedagógico y correctivo.

2. Diálogo grupal reflexivo.

3. Amonestación verbal.

4. Amonestación por escrito.

5. Citación a entrevista con el apoderado.

6. Citación al apoderado con firma de carta de compromiso.

7. Condicionalidad si fuese necesario.

En relación a la transgresión de las faltas leves se podrán aplicar las sanciones y medidas de manera secuencial (si no existe duda) o luego del debido proceso de indagación, reflexión del consejo escolar. En cualquiera de los casos descritos existe del derecho de apelación.

La reiteración de las faltas leves (3 veces) se considera como falta grave.

(15)

15

b) Faltas graves Persona

responsable

Medidas y sanciones disciplinarias

-Realizar transgresiones leves en forma reiterada y no observándose un cambio de actitud, pese a haber firmado un compromiso de cambio.

-Retirarse del establecimiento u otro espacio escolar sin autorización.

-Realizar acciones que representen o induzcan a actitudes discriminatorias.

-Realizar o inducir a acciones obscenas de índole sexual, dentro o en las cercanías del establecimiento.

-Negarse a cumplir, acatar u obedecer órdenes emanadas o impartidas por autoridades, docentes y asistentes de la educación, dadas en un marco de respeto.

-Discriminar a un compañero por algún rasgo físico o psicológico distintivo.

-Promover, participar o propiciar desórdenes masivos que dañen a la institución.

-Adulterar notas o anotaciones en libro de clases.

-Adulterar documentos formales del establecimiento tales como: autorizaciones citaciones de apoderados, certificados, etc.

-Consumo de cigarrillos, bebidas alcohólicas u otras drogas dentro o en las cercanías del establecimiento.

-Permitir el ingreso de personas que puedan comprometer la seguridad de los miembros de la comunidad educativa.

-Uso de un vocabulario descomedido y grosero con los miembros de la comunidad educativa.

-Comercio de especies al interior del

Profesor de Asignatura , Profesor Jefe, Inspectora

General y Director

1. Diálogo personal pedagógico y correctivo.

2. Amonestación por escrito.

3. Citación al apoderado con firma de carta de compromiso y/o condicionalidad si fuese necesario.

4. Derivación a Convivencia Escolar, según sea el caso.

5. Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar a otros alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores, entre otras iniciativas siempre que no exista un menoscabo para el estudiante.

6. Suspensión temporal por un máximo de cinco días hábiles renovables por otro periodo similar.

7. Condicionalidad de la matrícula del alumno.

8. No renovación de la matrícula para el próximo año escolar, previa entrega de antecedentes por el encargado de convivencia escolar y acuerdo del Consejo de Profesores.

En relación a la transgresión de las faltas graves se podrán aplicar las sanciones y medidas luego del debido proceso de indagación y de manera secuencial y/ o simultánea.

La reiteración de las faltas graves (3 veces) se considera como falta gravísima

(16)

establecimiento que persigan el lucro personal.

-Ingresar al establecimiento con evidencias de haber consumido algún tipo de droga, bebidas alcohólicas o estupefaciente.

-Destruir material del establecimiento o útiles escolares.

- Enfrentarse a la autoridad con una actitud desafiante.

C) Faltas gravísimas Persona

responsable

Medidas y sanciones disciplinarias

-Sustracción, difusión o almacenamiento de documentos de uso restringido de la institución (Pruebas u otros documentos).

-Participar de una riña dentro o en los alrededores del establecimiento.

-Transportar, poseer, portar o utilizar armas blancas y/o de fuego dentro del colegio o en cualquier actividad organizada por el mismo.

-Portar, vender, facilitar o exhibir material pornográfico.

-Poseer, consumir, suministrar y/o comercializar, bebidas alcohólicas u otras drogas dentro del establecimiento o en sus alrededores o en cualquier actividad en que la comunidad escolar participe.

-Destruir infraestructura del establecimiento.

-Jugar con fuego dentro del establecimiento.

-Hurto y/o robo de especies.

-Usar bienes de otro miembro de la comunidad educativa sin autorización.

Profesor Jefe, Inspectora

General y Director

1. Diálogo personal pedagógico y correctivo.

2. Amonestación por escrito.

3. Citación al apoderado con firma de carta de compromiso y/o condicionalidad si fuese necesario.

4. Derivación a encargado de convivencia escolar.

5. Servicios comunitarios a favor del establecimiento educacional, tales como apoyo escolar a otros alumnos, ayudantía a profesores, asistencia a cursos menores, entre otras iniciativas.

6. Suspensión temporal por un periodo máximo de cinco días hábiles renovables por otro de igual cantidad.

7. Condicionalidad de la matrícula del alumno.

8. No renovación de la matrícula para el próximo año escolar.

9. Expulsión del establecimiento educacional, sólo aplicable en casos

(17)

17

-Amenazar, intimidar y/o agredir física o

verbalmente a cualquier miembro de la comunidad educativa.

-Inducir o urdir daños y agresiones a terceros.

-Promover o incitar actos que interrumpan el normal desarrollo de las actividades académicas, como paro de actividades, toma del establecimiento y/o destrozo de bienes materiales provocados como efecto de los actos antes descritos.

-Tener relaciones sexuales al interior del establecimiento o en instancias organizadas por la institución.

-Utilizar elementos tecnológicos como medio para ofender, amenazar, hostigar o amedrentar a cualquier miembro de la comunidad educativa.

-Inducir a miembros de la comunidad educativa a ejercer actos denigrantes o deshonrosos, violando su libertad individual

-Utilizar el logo o nombre de la institución para crear espacios o páginas digitales sin autorización del establecimiento.

-Ejercer maltrato escolar en cualquiera de sus facetas ( verbal, físico y/o psicológico) -Calumniar o difamar a miembros de la comunidad educativa.

-Hacer uso indebido de fotos o filmaciones.

-Prohibición de fotografiar o filmar cualquier actividad que no sea de carácter académico.

-Tomar el nombre de miembros de la comunidad (autoridades o funcionarios del establecimiento) para cometer infracciones o inducir a ellas.

de especial gravedad, debidamente fundamentados o que constituyan delito, y luego de haber agotado todas las medidas correctivas anteriores, con pleno respeto al principio del debido proceso establecido en las normas respectivas. Una vez aplicada la medida de expulsión el establecimiento deberá informar por escrito a la Superintendencia de Educación adjuntando todas la evidencias del cumplimiento del debido proceso. En caso de apelación del apoderado, el director del establecimiento convocará al Consejo de Profesores para consultar acerca de la ratificación o revocación de la medida adoptada. De esto se informará por escrito al apoderado.

Esta medida de expulsión no podrá ser aplicada en un periodo del año escolar que haga imposible la continuidad de estudios del alumno.

Asimismo el establecimiento siempre ofrecerá una alternativa de traslado a otro establecimiento educacional.

En relación a la transgresión de las faltas gravísimas se podrán aplicar sanciones y medidas de manera directa o luego del debido proceso de indagación. En cualquiera de los casos descritos existe el derecho de apelación.

(18)

ARTÍCULO 7

NORMAS GENERALES

7.1 Inasistencias: Se estipula por medio de la presente, que los estudiantes deben ser justificados por el apoderado y presentar certificado médico si la inasistencia es superior a tres días.

Atrasos reiterados al inicio de la jornada: Después de tres atrasos los apoderados serán citados a Inspectoria quien informará la situación del alumno, si el alumno no cambia su actitud se aplicará lo mencionado en el presente manual.

7.2 Presentación personal: El establecimiento exigirá al apoderado que vele por la higiene y correcta presentación personal de su alumno. No se permite el exceso de maquillaje, ni el uso de joyas llamativas, ni aros (excepto las damas que podrán usarlo de tamaño pequeño), ni expansiones, ni piercing. En cuanto al cabello no se aceptarán decoloraciones de pelo en tonos llamativos, los varones de primero y segundo medio deberán usar pelo corto sobre el cuello de la camisa o polera. Los varones de tercero y cuarto medio podrán acceder a usar su pelo más largo siempre que mantengan un comportamiento y rendimiento académico que amerite otorgar este beneficio que será solicitado personalmente por el alumno a inspectoría general.

7.3 Uniforme institucional:

Damas Varones

- Jumper Escocés (entre el 01 de Mayo al 31 de Agosto podrán asistir a clases con pantalón azul, corte tradicional).

- Blusa blanca con corbata oficial del colegio (invierno).

- Polera blanca oficial del colegio (verano).

- Calcetas o pantys azul - Chaleco o polar azul

- Parka negra o azul marino sin estampados.

- Calzado negro escolar.

- Delantal blanco para la especialidad de Laboratorio Químico.

- Para las clases de Educación Física la vestimenta es la siguiente:

- Buzo oficial del colegio.

- Calza azul o negra (solo dentro de las horas de Educación Física.)

- Polera blanca oficial del colegio

- Pantalón gris corte tradicional.

- Camisa blanca con corbata oficial del colegio (invierno).

- Polera blanca oficial del colegio (verano).

- Calcetines grises o azules - Chaleco o polar azul

Parka negra o azul marino sin estampados.

- Calzado negro escolar.

- Delantal blanco para la especialidad de Laboratorio Químico.

- Para las clases de Educación Física la vestimenta es la siguiente:

- Buzo oficial del colegio.

- Short (solo dentro de las horas de Educación Física.)

- Polera blanca oficial del colegio.

NOTA: En los casos de los estudiantes que por diversas razones y debidamente justificadas en inspectoría por el apoderado, serán autorizados para usar otro buzo (de color azul), el cual solo lo podrá usar en las horas correspondiente a las clases de Educación física y /o talleres deportivos (luego de esto

(19)

19

ARTÍCULO 8

PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

Un protocolo es un documento que establece, de manera clara y organizada, los pasos a seguir y los responsables de implementar las acciones necesarias para actuar frente a determinadas situaciones.

Dichos protocolos forman parte del presente manual y son complementados con políticas de promoción de la convivencia escolar.

Nuestro colegio cuenta con los siguientes protocolos:

1 Protocolo de actuación frente a acoso escolar o bullying 2 Protocolo de abuso o agresión sexual

3 Protocolo de agresiones entre estudiantes 4 Protocolo de agresiones de adulto a estudiante

5 Protocolo de agresiones de estudiante o apoderado a un funcionario del establecimiento

6 Protocolo de agresiones dentro y fuera del establecimiento educacional que afecten a estudiantes de la comunidad educativa

7 Protocolo de agresiones por medios tecnológicos

8 Protocolo de agresiones físicas, verbales y amenazas de un estudiante hacia un funcionario del establecimiento.

9 Protocolo de estudiantes embarazadas, madres y padres adolecentes 10 Protocolo para derivación al departamento de psicología.

11 Protocolo de apelación

12 Protocolo de accidente para alumnos.

13 Protocolo de reclamopor conductas contrarias a la sana convivencia.

ARTÍCULO 9

OBLIGACIÓN DE DENUNCIA DE DELITOS

Los directores, inspectores y profesores deberán denunciar cualquier acción u omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones graves, amenazas de muerte, robos y hurtos importantes, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otra acción que sea un delito. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código Procesal Penal.

(20)

ARTÍCULO 10

PUBLICIDAD DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

El establecimiento deberá adoptar las acciones necesarias para la correcta, oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes relativos a la convivencia escolar a través de todos los medios disponibles, para que la comunidad educativa esté permanentemente informada y pueda ejercer sus derechos.

ARTÍCULO 11

REVISIÓN DEL MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Por acuerdo de la comunidad educativa el presente Manual de Convivencia Escolar será revisado de manera anual (u otro tiempo definido por la comunidad escolar), con la finalidad de actualizar el documento a los nuevos requerimientos del Ministerio de Educación y brindarle así cercanía con la realidad a la que está destinado.

ARTICULO 12

MARCO LEGAL DEL MANUAL DE CONVIVENCIA:

El presente Manual se fundamenta en el siguiente marco legal:

1. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Naciones Unidas, 1948.

2. Convención sobre los Derechos del Niño y la Niña. UNESCO, 1989.

3. Constitución Política de la República de Chile. 1980.

4. Ley N° 20.370 General de Educación. Chile, 2009.

5. Ley N° 19.979 Régimen de Jornada Escolar Completa Diurna. Chile, 2004.

6. Ley N° 20.422 Igualdad de Oportunidades e Inclusión de Personas con Discapacidad. Chile, 2010.

7. Ley N° 20.536 Violencia Escolar. Chile, 2011.

8. Ley N° 20.529 Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación. Chile, 2011.

9. Ley N° 20.609 Medidas Contra la Discriminación. Chile, 2012.

10. Ley N° 20.845 Inclusión Escolar. Chile, 2015.

11. Ley N°20.084 Sistema de Responsabilidad de los Adolescentes. Chile, 2005.

12. Ley N° 20.000 Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas. Chile, 2005.

13. Ley N° 20.526 Acoso Sexual de Menores, la Pornografía Infantil Virtual y la Posesión de Material Pornográfico Infantil. Chile, 2005.

14. Decreto N°79 Norma Situación Estudiantes Embarazadas y Madres. MINEDUC, Chile, 2004.

15. Decreto N°924 Reglamenta Clases de Religión. MINEDUC, Chile, 1983.

16. Decreto N°215 Reglamenta Uso de Uniforme Escolar. MINEDUC, Chile, 2009

17.Circular N°1 Establecimientos Educacionales Subvencionados Municipales y Particulares, Superintendencia de Educación, Chile, 2014.

Referencias

Documento similar

o Anhelamos un Colegio que sea un verdadero centro de vida pastoral para toda la comunidad, que en él se vivan los valores cristianos y que esa vivencia pueda iluminar a todos

En el caso de la enseñanza parvularia, el DTO 181, EDUCACION establecimiento educacional deberá tener un Art. único e) proyecto educativo que tenga como referente las

Segundo, de qué forma se sustentará esta Escuela Especial “Rayito de Sol” .Este establecimiento será particular subvencionado, para ello, se solicitará al Ministerio de

Nuestra formación es científico Humanista de enseñanza media (1º medio a 4º medio), ofrecemos a nuestra comunidad educativa: Proyecto de Integración, Proyecto de Vida,

El ambiente constituye otro de los pilares fundamentales de nuestra propuesta educativa, y no solamente nos referimos al ambiente como clima escolar sino al propuesta de

- Desarrollar procesos de pensamiento y definición de estructuras cognitivas en la persona. - Otorgar herramientas que permitan la incorporación de la persona a la vida social

El Proyecto Educativo Institucional, herramienta que permite un trabajo escuela apuntando al mejoramiento continuo de los aprendizajes de todos los estudiantes y

Como base también de nuestro marco doctrinario, está el fomentar en todos nuestros alumnos y alumnas el amor al estudio y al trabajo bien hecho, siendo una