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MANUAL DE CONVIVENCIA

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MANUAL DE CONVIVENCIA

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COLEGIO POLIVALENTE PATRICIO MEKIS

INTRODUCCION

El Manual de Convivencia es el conjunto ordenado de procedimientos técnicos y administrativos que regulan, el funcionamiento y vinculaciones de los distintos estamentos del colegio Patricio Mekis de Maipú, y los derechos y deberes de sus integrantes, con la finalidad expresa de mejorar la calidad, con equidad, del proceso educativo que en él se desarrollan.

Promover y desarrollar en todos los integrantes de la comunidad educativa los principios y elementos que constituyan una sana convivencia escolar.

La realidad educativa de nuestro colegio, hace necesario e impostergable considerar algunas reflexiones en torno a la convivencia escolar, con el fin de orientar apuntando al desarrollo personal pleno de cada uno de nuestros alumnos, potenciando al máximo su libertad, sus capacidades de creatividad, iniciativa y crítica.

Conceptos:

La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que estas se deben. Es un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes.

Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspirada en un propósito común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, equipos directivos y sostenedores educacionales.

I DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS

Artículo 1.- Recibir una educación integral, especialmente en su dimensión intelectual, espiritual, social y física, acorde con los planes de estudios.

Artículo 2.- Recibir un trato deferente y digno por parte de cualquier funcionario del establecimiento, el que ha de retribuir con una actitud respetuosa para con ellos.

Artículo 3.- Ser escuchados y atendidos en situaciones y problemas relacionados con las distintas actividades académicas por los miembros de la comunidad escolar que corresponda de acuerdo al conducto regular establecido:

1º.- Profesor del subsector.

2º.- Profesor jefe.

3º.- Inspector de Nivel.

4º.- Inspector General.

5º.- Jefe Técnico.

6.- Director.

Artículo 4.- Aprovechar y utilizar según lo disponga la organización del establecimiento y durante el desarrollo de las

actividades escolares, toda la infraestructura, para lograr la plena realización de los objetivos del presente manual de

convivencia.

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Articulo 5.- Conocer oportunamente, a través de su apoderado, por medio de informes parciales sus calificaciones,

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observaciones positivas y negativas, avances académicos registrados en el libro de clases.

Articulo 6.- Participar en las actividades académicas y extracurriculares, que el colegio ofrezca, promueva u organice como apoyo de la formación del alumno.

Articulo 7.- Realizar un trabajo en un ambiente limpio, ordenado, con mobiliario adecuado, salas y recintos apropiados.

Articulo 8.- Recibir, según su índice de vulnerabilidad, los beneficios que de acuerdo a su realidad socioeconómica el establecimiento le proporcione (postulación beca de escolaridad y alimentación).

Articulo 9.- Presentar proyectos sobre organización, participación, investigación, formación de clubes, talleres, grupos musicales, baile y deporte que favorezcan el desarrollo del alumno.

II DE LOS DEBERES Y/U OBLIGACIONES DE LOS ALUMNOS

Los alumnos del colegio se comprometen con los deberes y obligaciones que estipula este manual de convivencia, entendiendo que dicho manual permite una sana convivencia institucional y que además se dignifican los valores que sustenta el proyecto educativo.

2.1 DEL RESPETO A LAS PERSONAS Articulo 10.- Respetarse a sí mismo.

Articulo 11.- Respetar a cada miembro de la comunidad educativa, sin distinción alguna, sea credo religioso, etnia, opción sexual y cualquier enfermedad de inmunosupresión o que presente discapacidad física o psicológica.

Articulo 12.- Respetar las normas y procedimientos de los distintos reglamentos.

2.2 DE SU ROL DE ESTUDIANTE

Artículo 13.- El alumno debe asistir puntual y sistemáticamente a clases, ingresando al colegio conforme al horario que le sea comunicado.

Articulo 14.- El alumno debe asistir todos los días a clases y participar de todas las actividades que se consideran en el plan de estudio, cumpliendo con las exigencias propias de cada subsector, taller o módulo.

Artículo 15.- El alumno debe respetar y acatar todas las disposiciones referidas a:

- Reglamento de evaluación y promoción.

- Reglamento sobre prevención de riesgo.

- Manual de Convivencia

Artículo 16.- El alumno debe mantener diariamente en su poder la agenda de comunicación, según formato oficial del colegio con registro de direcciones, foto del alumno, firma del apoderado y profesor jefe.

Articulo 17.- En caso de ausencia, el alumno debe comunicar el día de su reintegro a clases, con el justificativo

correspondiente al inspector de nivel, quien deberá comunicar al profesor del subsector.

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Articulo 18.- El alumno debe mantener al día y ordenado todos los materiales relacionados con su aprendizaje, como

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cuadernos, libros, útiles escolares, guías de trabajo, herramientas e implementos de seguridad.

Artículo 19.- El alumno debe prepararse diariamente en la revisión de contenidos para rendir exitosamente pruebas y exámen

2.3 DE LA PRESENTACION PERSONAL DEL ALUMNO

Artículo 20.- El aspecto y cuidado de la persona son condiciones importantes en el proceso formativo del alumno, así que es obligatorio que los alumnos en el colegio mantengan la siguiente presentación:

Uniforme Escolar Varones

- Pantalón gris recto (no pitillo u otro modelo de “moda”) - Camisa blanca. (Ceremonias oficiales)

- Calcetín azul.

- Chaleco azul marino.

- Corbata modelo oficial del colegio (ceremonias oficiales) - Polera modelo oficial del colegio con insignia

- Zapatos negros

- Cotona beige (enseñanza básica)

- Cotona azul modelo oficial del colegio (Kinder)

- Delantal blanco (especialidades de Contabilidad y Telecomunicaciones) - Parka azul marino

Uniforme Escolar Damas - Falda escocesa - Blusa blanca

- Corbata modelo oficial del colegio - Polera modelo oficial del colegio - Chaleco gris modelo oficial del colegio - Zapato negro sin plataforma

- Calcetas azul

- Delantal cuadrille celeste con nombre y curso (enseñanza básica) - Delantal azul modelo oficial del colegio (Kinder)

- Delantal celeste cuello blanco (especialidad de atención de párvulo) - Delantal blanco (especialidades de Contabilidad y Telecomunicaciones) - Parka azul marino.

- Pantalón azul marino (mayo – agosto).

- No se permite el uso de pantalones negros, elasticados y cotelé.

Los alumnos (as) de la especialidad de Atención de Enfermería utilizarán el uniforme oficial de la especialidad (color celeste y blanco), zapatillas de color blanco, pechera.

Alumnos de especialidad de Atención de Enfermería, Atención de Párvulos, Telecomunicaciones y Asistencia en Geología

deberán usar uniforme de especialidad, el cual se informa al inicio de cada año escolar

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Los alumnos (as) de la especialidad de Servicio de Alimentación Colectiva, usarán el siguiente uniforme: Gorro blanco,

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chaqueta blanca, pantalón cuadrillé y mandil, más el uniforme correspondiente a Servicio de Comedores.

Los alumnos (as) de la especialidad de Contabilidad, además del delantal blanco, deberán tener un traje de dos piezas de color azul, camisa / blusa blanca, corbata en el caso de los varones, zapatos negros.

Para todas las actividades que organice el colegio internamente o externamente, el alumno o la alumna debe usar su uniforme completo sin adornos, salvo que la dirección del colegio autorice expresamente el uso del buzo oficial del colegio Cuidado y uso del cabello:

Varones:

Debe mantener su pelo corto, ordenado, limpio y peinado. Sin adorno, accesorios y tintura.

Con relación al corte de pelo y peinado no se permitirán alumnos con su cabellera levantada, rapados, con rayas en la cabeza o cortes que no correspondan a los tradicionales.

Los alumnos no pueden usar las cejas con rayas o depiladas.

Damas:

Deben mantener su pelo tomado con pinches, cintas de color gris o azul sin adornos o accesorios, sin pelos tinturados, la frente deben mantenerla siempre despejada.

Uniforme Educación Física Dama y Varones Enseñanza Básica y Enseñanza Media.

* El uniforme de educación Física se usará solamente cuando el alumno por horario le corresponda la asignatura y excepcionalmente en las actividades extracurriculares.

- Buzo gris modelo oficial del colegio con insignia.

- Polera cuello polo gris modelo oficial del colegio con insignia.

- Calzas o short negro.

- Zapatillas colores sobrios.

- Artículos de aseo personal (ropa interior y polera de cambio, toalla, sandalias de baño, desodorante en barra, jabón y champú).

* Se considera falta gravísima realizar juegos de todo tipo en los camarines o ingresar al camarín del sexo opuesto.

Artículo 21.- Los alumnos y las alumnas deben mantener plenamente buena presencia y aseo personal, ropa limpia, manos aseadas, uñas cortas sin esmalte y sin maquillaje.

Además no está permitido por ningún motivo, causa o razón el uso de gorros, pañuelos de colores, anillos, collares, colgantes, pulseras e incrustaciones de metal (piercing) en la nariz, oreja, ceja, labios, mentón, lengua.

Todos los elementos serán retirados y entregados al apoderado al término del año escolar.

Artículo 22.- Usar el uniforme oficial del colegio, en correcto orden y limpieza, sin prendas que no sean las contempladas en el uniforme establecido.

El largo de la falda oficial del colegio no debe superar los 5 centímetros sobre la rodilla.

VI. DE LA CONVIVENCIA

Artículo 23.- El alumno o la alumna debe expresarse siempre de manera correcta manteniendo una postura firme y erguida y

en todo momento en forma respetuosa y educada, con todos sus pares, personal de servicios, asistentes de la educación,

profesores y equipo directivo, cuidando especialmente sus gestos, lenguaje y actitudes dentro y fuera del colegio.

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Es el profesor jefe quien en una primera instancia deberá negociar ante un conflicto entre los alumnos y/o las alumnas, a

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través del diálogo entre las partes, a favor de un bien común. También podrá solicitar la ayuda dependiendo de la situación planteada por los alumnos y/o las alumnas al Orientador del colegio, quien realizará un arbitraje dejando como evidencia un compromiso firmado por los involucrados. Si el conflicto continúa, el orientador buscará dentro de la comunidad educativa uno o más mediadores con el objetivo que puedan restablecer la buena convivencia entre los involucrados.

Artículo 24.- No traer al colegio objetos de valor, ya que el colegio no responderá por la pérdida o destrozo de ningún objeto o producto no autorizado por el colegio.

Artículo 25.- El alumno debe cumplir con todos los materiales que el colegio le solicite, para desarrollar sus actividades curriculares y de estudio, en el tiempo requerido.

Artículo 26.- El alumno es el único responsable de sus materiales de estudio y por lo tanto, debe cuidar de no extraviar sus pertinencias y útiles escolares.

Artículo 27.- El alumno debe respetar las pertenencias de sus compañeros y en general la de toda persona. Debe abstenerse de registrar los muebles de las salas, lockers, casilleros y mochilas que no sean de su propiedad, como así de disponer libros, cuadernos y materiales en general que no la hayan sido prestados o asignados.

Artículo 28.- El alumno debe seguir siempre todas las indicaciones que sus profesores y personal del colegio les indiquen sobre las normas de seguridad y prevención de riesgo que se pongan en práctica en el colegio.

VII DEL PRESTIGIO DEL COLEGIO Y REPRESENTACION PÚBLICA

Artículo 29.- Es deber del alumno y de la alumna prestigiar su establecimiento adoptando una actitud correcta, de buenos modales, gesto y vocabulario, siendo servicial y educado en todo momento, dentro y fuera del establecimiento, vistiendo su uniforme con respeto y altura de mira, porque de esta manera nuestro colegio será digno de sus propios educandos.

Las directivas de curso y los delegados son quienes representarán al colegio en las diferentes actividades con la comunidad e instituciones.

VIII DEL MOBILIARIO Y BIENES DEL COLEGIO

Artículo 30.- El alumno y la alumna deben cuidar todas las dependencias, muebles, inmuebles e infraestructuras en general a la cual tenga acceso, así como todo el material y equipamiento que se ponga a su disposición.

Artículo 31.- El alumno y la alumna debe colaborar, cuidar y respetar el aseo y ornato de salas, pasillos, patio, como así hacer un buen uso de los servicios higiénicos, camarines, corredores, bibliotecas y talleres, especialmente en la conservación de la pintura, por lo que está estrictamente prohibido rayar (paredes, mesas, sillas, muros, pisos, etc.) o ensuciar sus dependencias y/o pertenencias de terceros. Por tal motivo, todo desperdicio debe ser depositado en los correspondientes basureros instalados en el colegio.

Artículo 32.- Todo deterioro causado por el alumno o la alumna, en alguna dependencia, bienes materiales, instrumentos, equipos, mobiliarios, vidrios, puertas, urinarios y todo implemento de cualquier subsector o especialidad, disponible para el proceso de enseñanza aprendizaje, será de cargo exclusivo del apoderado quien deberá responder por el valor de este dentro del periodo de 15 días.

Artículo 33.- Todos los materiales que el colegio facilita en calidad de préstamo, utilizados para el proceso enseñanza

aprendizaje, deben ser devueltos en las mismas condiciones en que se prestaron, asumiendo el costo de la prenda por parte

del apoderado, en caso de pérdida o deterioro.

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IX DE LA AGENDA O LIBRETA DE COMUNICACIONES

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Artículo 34.- Es obligación del alumno y de la alumna tener y usar permanentemente la agenda oficial del colegio, con sus datos generales y una foto tamaño carnet del alumno. En ella se deben registrar todos los datos del apoderado, dirección y firma, y por media de ésta informarse del calendario escolar, actividades, reuniones, rendimiento escolar y comunicaciones que sean enviadas diariamente al apoderado o viceversa.

X DEL HORARIO, INGRESO, RETIROS Y FINALIZACION DE LA JORNADA DE ESTUDIO

Artículo 35.- El alumno y la alumna deben ingresar al colegio inmediatamente a la hora de llegada 08:00 horas, sin permanecer en las inmediaciones del colegio.

Horario de recreos: 9:30 a 9:50, 11:20 a 11:35, 13:50 a 14:35 y 16:05 a 16:20 hrs.

Término de la jornada escolar 17:05 hrs.

Horario día viernes: de 8:00 a 13:05 hrs.

Artículo 36.- Todo alumno o alumna que necesita retirarse del colegio, antes del término de la jornada, lo podrá hacer bajo causas debidamente justificadas.

El apoderado o apoderado suplente retirará personalmente al alumno o alumna, presentando su carné de identidad en inspectoría.

Queda prohibido que los alumnos o las alumnas se retiren solos o con una persona que no sea el apoderado o el apoderado suplente.

No se atenderán a los apoderados que por teléfono deseen retirar a un alumno.

Artículo 37.- Los alumnos y las alumnas al término de la clase deberán salir de la sala, la cual debe quedar cerrada por el profesor del subsector respectivo.

XI DE LOS ATRASOS E INASISTENCIAS DE LOS ALUMNOS

Artículo 38.- Se considera atraso toda llegada de los alumnos después de haber comenzado la jornada escolar, y de acuerdo al horario establecido en el artículo 35 de este manual de convivencia.

Artículo 39.- Los alumnos quedarán registrados en un libro de atrasos, considerando dicha situación como una falta leve que obligará a la inspectoría a citar al apoderado por cada acumulación de tres atrasos.

La reiteración de la falta constituye una falta grave.

Las sanciones para este artículo están estipuladas en el artículo 58.

Para ingresar a la sala, el alumno debe contar con una autorización de Inspectoría General.

Artículo 40.- Toda inasistencia deberá ser justificada por el apoderado a través de la agenda. Si el alumno sobrepasa los tres días de inasistencia seguidos es responsabilidad del apoderado justificar personalmente esta situación.

Artículo 41.- La inasistencia a toda prueba, evaluación, reforzamiento u otra actividad académica previamente fijada, debe

ser justificada por el apoderado personalmente en unidad técnica pedagógica. De no hacerlo constituye una falta grave.

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Artículo 42.- Los alumnos deberán rendir su prueba el día de su reintegro a clases y el profesor podrá determinar la instancia

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de evaluación, según reglamento respectivo.

Artículo 43.- Todo certificado médico debe ser presentado en inspectoría con comunicación al profesor jefe e inspectoría general.

Será considerada falta grave cuando el alumno no se presente al colegio sin la autorización de sus padres, bajo cualquier circunstancia.

Sanción: un día de suspensión de clases.

XII DE LOS RECREOS

Artículo 44.- Los alumnos tendrán mínimo 15 minutos de recreos cada dos horas pedagógicas (45 minutos). Durante el periodo de recreos los alumnos deberán abandonar la sala y no permanecer en ella bajo ningún motivo. Al término del recreo el alumno debe regresar a ella y esperar a su profesor para ingresar a la sala.

Artículo 45.- El alumno no puede ingresar atrasado a clases después de los recreos, debe solicitar a los inspectores autorización para ingresar a ella.

Si el alumno incurriera tres veces en esta falta grave, se registrará en el libro de clases y se comunicará al apoderado.

El alumno es sancionado con un día de suspensión

XIII DEL ALMUERZO

Artículo 46.- Los alumnos que permanecen en jornada completa deben proveerse de colación correspondiente todos los días, en lo posible colaciones que posean los beneficios de una dieta sana y equilibrada.

Artículo 47.- Los alumnos becados con el almuerzo deben cumplir con la asistencia diaria y hacer un buen uso del beneficio que se le está asignando. Si el alumno no cumple con la asistencia se evaluará la situación para el retiro de la beca.

Artículo 48.- Si el apoderado trae el almuerzo del alumno, debe hacerlo antes de las 13:30 horas, entregándolo en inspectoría con el nombre y curso del alumno, quien se hará responsable de ir a buscarlo.

Artículo 49.- Queda prohibido el ingreso de apoderado al colegio durante la jornada de clase.

Artículo 50.- Los alumnos no pueden salir del colegio durante la hora de colación

XIV DE LAS SALIDAS PEDAGÓGICA, EVENTOS Y ACTIVIDADES EXTRA CURRICULARES

Artículo 51.- Toda salida fuera del colegio debe tener carácter pedagógico. Dichas salidas deben contar con una programación técnica registrada en la planificación de clase, con lo menos tres semanas de antelación. Se deberá comunicar a los apoderados con la previa anticipación y contar con la autorización por escrito de cada uno de ellos, dejando constancia del lugar, hora de salida y llegada, profesor responsable, apoderados que acompañan y del medio de transporte en que se trasladarían a los alumnos.

Además de la solicitud de autorización del apoderado se deberá contar con la autorización de la dirección del colegio quien tomará todas las providencias para llevar a buen término dichas salidas.

Es la unidad técnico pedagógico la responsable de coordinar, supervisar y evaluar todas las salidas que se desarrollen

durante el año escolar.

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XV DE LAS CEREMONIAS

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Artículo 52.- Se consideran ceremonias oficiales del establecimiento, las siguientes:

- Inauguración del año escolar.

- Actos relativos a la conmemoración de los próceres de la independencia y actos cívicos.

- Aniversario del colegio.

- Graduación, Licenciatura y Titulación.

Artículo 53.- El alumno y la alumna podrán asistir a cada una de estas actividades solo vistiendo su uniforme oficial y en correcta presentación.

En la titulación el alumno deberá asistir con tenida formal.

Artículo 54.- Por ningún motivo podrá participar en las ceremonias oficiales alumnos (as) en estado de ebriedad, drogados, sin uniforme o tenida formal, pelo teñido (colores llamativos) o rapado.

El alumno o alumna que cometa una falta grave o gravísima durante el año escolar es la Dirección del colegio en conjunto con los profesores de especialidad, quienes determinarán si el alumno puede participar de las ceremonias oficiales del colegio.

Artículo 55.- Durante las ceremonias el alumno debe mantener una conducta respetuosa y educada, digna de la institución que lo forma.

XVI SOBRE JUGUETES, MASCOTAS, RADIOS, MP3, MP4, TELÉFONOS MÓVILES Y RECIBO DE MATERIALES

Artículo 56.- El alumno debe abstenerse de traer juguetes, mascotas, radios, televisores portátiles y joyas al colegio, ya que de hacerlo es bajo su responsabilidad. En el caso de utilizar estos elementos durante la hora de clase, estos serán retirados y entregados al apoderado.

El colegio no se hace responsable por la pérdida o deterioro de los artículos mencionados anteriormente.

El personal del colegio no está autorizado para recibir ningún tipo de material, cuadernos, trabajos, carpeta, otros durante la jornada de clases.

La utilización de cualquier medio tecnológico solo se permite con fines estrictamente académicos, e incluso así el colegio no se hace responsable por la pérdida o hurto de estos aparatos.

Los alumnos que amenazan o insulten por las diferentes redes sociales o mensajes de texto, a otro compañero, apoderado, familiar o funcionario del establecimiento, será considerado como falta gravísima.

Los alumnos que participan de grabaciones, utilizando cámaras o teléfonos móviles y que perjudiquen a otros compañeros,

apoderados o funcionarios del establecimiento serán considerados como falta gravísima.

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XVII DE LAS FALTAS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTOS

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Artículo 57.- Las faltas establecidas en el manual de convivencia son las siguientes y se ordenan en la forma que se indican.

A.- Faltas Leves: 01 día de suspensión. Esta medida se aplicará si reitera por segunda vez cualquiera de las siguientes faltas:

- Incumplimiento de la presentación personal exigida.

- Llegar atrasado después de un recreo o cambio de hora.

- No realizar actividades en clases señaladas por el profesor.

- No presentar sus materiales o útiles escolares.

- Molestar a sus compañeros reiteradamente.

- Permanecer dentro de la sala de clases en los recreos.

- No traer agenda.

b.- Faltas Graves: 02 días de suspensión

- No ingresar a clase estando en el establecimiento.

- Negarse a rendir una evaluación.

- Faltar sin presentar justificativo del apoderado.

- Incumplir artículo 41 del presente Manual de Convivencia

- Incumplimiento de los Reglamentos Internos de cada una de las Especialidades - Adulterar o modificar el uniforme oficial del colegio.

- Hacer demostraciones afectivas o sexuales (besos, abrazos, sentarse en las piernas de los compañeros (as), golpear o intentar golpear las zonas genitales, entre otros) que afecte la convivencia escolar.

- Atentar contra las buenas costumbres y la moral dentro y fuera del colegio.

- Ser sorprendido copiando en una prueba o adulterando el trabajo de algún compañero - Causar desórdenes dentro o en las inmediaciones del colegio.

- Hacer caso omiso de la advertencia verbal o escrita señalada por el no cumplimiento de faltas leves.

- Reiterar faltas leves después de llamarle la atención.

c.- Faltas Gravísimas: 03 días de suspensión

- Salir de clases sin autorización.

- Salir del establecimiento sin autorización

- Consumir en el colegio productos dañinos para la salud como droga o alcohol.

- Fumar al interior del establecimiento.

- Apropiarse de especies ajenas.

- Destrozar bienes y especies del establecimiento.

- Ingresar o abrir a cualquier dependencia del colegio sin autorización cuando estas se encuentren cerradas.

- Faltar el respeto de palabra, gesto u otra actitud a cualquier miembro de la comunidad educativa.

- Amenazar o insultar a un miembro de la comunidad educativa, utilizando cualquier Medio tecnológico.

- Rayar muros, sillas, mesas y baños.

- Causar daño o agresión a un miembro de la comunidad escolar.

- Portar, ingresar y utilizar cualquier elemento u arma que ponga en riesgo a miembros de la comunidad

- Adulterar o falsificar cualquier documento, tales como calificaciones, pases o comunicaciones.

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- Faltar a clases con desconocimiento del apoderado.

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- Realizar grabaciones utilizando cámaras, teléfonos móviles que perjudiquen a cualquier miembro de la comunidad escolar. Así como también, la incorporación a redes sociales exponiendo la integridad moral, física o psicológica de cualquier miembro de la comunidad.

- No ingresar a clase estando presente en el establecimiento

- Desarrollar conducta atentatoria contra la integridad física o psicológica de cualquier miembro de la unidad educativa.

- Mantener faltas graves después de llamarle la atención.

Sanciones y Procedimientos:

El colegio Patricio Mekis, a fin de resguardar los derechos de los alumnos y velar por un debido proceso, aplicará las sanciones de este manual de convivencia según el siguiente procedimiento el cual está acorde a la normativa vigente del Ministerio de Educación, considerando el nivel y tipo de enseñanza del alumno y la gravedad de la falta, el procedimiento seria:

1º Amonestación verbal y correctiva ante faltas leves

2º Amonestación escrita si se reiteran las faltas leves, o si comete una falta graves o gravísimas, citando al apoderado el cual debe comparecer en forma obligatoria en el día y hora indicada en la citación, donde se la notificara de la falta cometida por el alumno(a) dejando constancia de la situación en la hoja de vida del alumno, aplicando la sanción correspondiente descritas en el artículo 57 en sus letras A, B o C.

Si el apoderado no asiste y no existiera causa justificada para ello el alumno no podrá reintegrarse a clases hasta que se cumpla con lo solicitado

3° Si se reiteran las faltas leves, graves o gravísimas se procederá a una segunda citación del apoderado al cual se le comunicara lo sucedido, y deberá firmar la condicionalidad del alumno(a) dejando constancia de ello en la hoja de vida y la aplicación de la sanción que además correspondiere según el artículo 57 en sus letras A, B o C, dicha condicionalidad ha sido decidida previamente por el Consejo de Profesores. Una condicionalidad se puede aplicar dentro de cualquier período del año escolar, como también su revocación

4° Si el apoderado fuera requerido por una tercera vez, la dirección del establecimiento podrá determinar luego de oír al apoderado y al alumno la Expulsión del establecimiento, solo aplicable en casos de especial gravedad, debidamente fundamentados. Será comunicado al apoderado por escrito en resolución fundada por la Dirección y si el apoderado no se presentare para tomar conocimiento de dicha resolución, se enviará copia de ésta a la Superintendencia de Educación a fin de notificarle por este medio.

La Condicionalidad, significa que el alumno debe tener cambios radicales de actitud para revertir esta situación y es el apoderado en conjunto con Inspectoría General u Orientación. Quienes deben buscar las estrategias y orientaciones necesarias para lograr la permanencia del alumno en nuestro colegio.

De la Renovación de la Matrícula para el próximo año escolar siguiente:

Los alumnos que durante el año escolar no cumplieron con las normativas que indica el manual de convivencia, el apoderado será informado que el colegio no procederá a la renovación de la matrícula para el año siguiente

- La no renovación de matrícula o expulsión del establecimiento será decidida por la Dirección del Colegio en conjunto

al equipo de gestión y posteriormente ratificada por el consejo de profesores. Si el consejo decide no ratificar la

medida deberá determinar la condición del alumno para el próximo año escolar.

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- Toda situación de extrema gravedad y las sanciones correspondiente serán explicadas y comunicada al apoderado

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por escrito y se registrará en la hoja de vida del alumno y del apoderado. Es Inspectoría General la encargada de realizar la citación correspondiente al apoderado para que tome conocimiento y acate la medida.

Artículo 58.- Con todo, las siguientes conductas serán causales de expulsión inmediata del establecimiento, lo cual será comunicado al apoderado por escrito en resolución fundada por la Dirección y si el apoderado no se presentare para tomar conocimiento de dicha resolución, se enviará copia de ésta a la Superintendencia de Educación, Región Metropolitana a fin de notificarle por este medio.

Las causales son las siguientes:

1.- Incitar a cualquier miembro de la comunidad educativa a realizar actos que atenten contra el normal desarrollo de las actividades dentro del establecimiento, tales como: paros, tomas u otras que califiquen en el entorpecimiento de las actividades dentro del establecimiento.

2.- Participar en las actividades descritas en número uno de este artículo.

3.- Realizar destrozos de cualquier naturaleza con ocasión de las conductas descritas en el número uno de este artículo 4.- Amenazar al Sostenedor y/o a la Dirección con realizar paros, tomas, indisciplinas generalizadas como una forma de coaccionarlos para la obtención de petitorios.

5.- Faltas de respeto, tales como insultos, amenazas, gestos u otros hacia cualquier miembro de la comunidad educativa, dentro del marco de este artículo.

De esta sanción, y a fin de resguardar los derechos del alumno, el apoderado podrá pedir reconsideración a la Dirección del Establecimiento, la cual oirá los descargos que se presenten dentro de los 15 días siguientes. Posteriormente se emitirá su informe final, el cual no será apelable.

Criterios de aplicación de las sanciones

- La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas.

- La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado.

- La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:

a.- Grado de responsabilidad de los agresores.

b.- El carácter vejatorio o humillante del maltrato.

c.- Haber actuado en anonimato, con un identidad falsa u ocultando su rostro.

d.- Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa.

e.- Haber agredido a un profesor o funcionario del colegio.

- La conducta anterior del responsable.

- El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra.

- La discapacidad o indefensión del afectado.

Artículo 59.- Estas faltas podrán ser apeladas, donde el apoderado tiene 15 días para tal efecto, bajo las siguientes

circunstancias, casos o situaciones:

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- Antigüedad en el colegio y conducta intachable los años anteriores.

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- Registro de anotaciones positivas o negativas.

- Colaboración en las actividades del colegio.

- Poseer un rendimiento académico sobresaliente.

- Tipo de Enseñanza del alumno.

Es el Consejo de Profesores quien determinará si la sanción aplicada es revocada

XVIII DE LAS ALUMNAS EN SITUACION DE EMBARAZADAS, MATERNIDAD Y ALUMNOS EN SITUACION DE PARTERNIDA

Artículo 60.- Todas las alumnas del colegio que se encuentren embarazadas o tengan hijos se les aplicaran la reglamentación vigente del Ministerio de Educación en donde se reglamenta lo dispuesto en el inciso tercero del artículo 2º de la Ley Nº 18.962 Orgánica Constitucional de Enseñanza. La cual está disponible en secretaria de nuestro establecimiento. El colegio cuenta con el apoyo de Junaeb y de la ONG Mama Emprende para quienes a través de sus programas realizan intervención psico-social con las alumnas.

Es la Unidad Técnica Pedagógica quien determinara en conjunto con los profesores como y cuál será la manera de evaluar y cuantas evaluaciones por semestre tendrán las alumnas. (Reglamento de evaluación)

Articulo 61.- Inspectoría General en conjunto con la alumna y el apoderado coordinaran las salidas a médico, controles, alimentación u otra situación relacionada con su estado. En caso que la alumna presente problemas de salud se comunicara al apoderado, de no encontrarse, el colegio derivara a la alumna a un centro asistencial de urgencia. Es deber del apoderado informar a Inspectoria General, cuando un profesional pertinente certifique la situación de embarazo de una alumna y la condición de salud de la alumna para asistir a clase regularmente.

El apoderado de un alumno en situación de paternidad. es deber del apoderado informar a Inspectoria General esta situación, para poder realizar en conjunto con el Profesor Jefe y la Unidad Técnico Pedagogico. Las acciones perminentes para poder ayudar al alumno en acompañamiento Académico y Psicologico.

XIX DE LAS PRÁCTICAS PROFESIONALES

Los alumnos que egresan de cuarto medio de enseñanza media técnico profesional deberán realizar una práctica profesional en empresas afines con las tareas y actividades propias de la especialidad.

Las normativas, reglamentación y evaluación de las prácticas profesionales se encuentran disponibles en la coordinación de prácticas profesional y titulación.

Toda situación no contemplada en el presente Manual de Convivencia, será resuelta por la Dirección en conjunto con

Inspectoría General.

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DEL SEGURO ESCOLAR DE ACCIDENTES.

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Los estudiantes que tengan la calidad de alumnos regulares de establecimiento quedaran sujetos al seguro escolar

contemplado en el artículo 3° de la ley N° 16744 por los accidentes que sufran durante sus estudios, o en la realización de su práctica educacional o profesional, en las condiciones y modalidades que establece en el Decreto N° 313, de 1973, del Ministerio del Trabajo.

PROTOCOLO DE ACCIDENTE ESCOLAR

1.- EL ALUMNO DEBE INFORMAR EN EL MOMENTO AL PROFESOR JEFE O DE ASIGNATURA LA NATURALEZA Y CONSECUENCIAS DEL ACCIDENTE.

2.- EL PROFESOR JEFE DEBE INFORMAR AL INSPECTOR DE NIVEL O AL INSPECTOR GENERAL TODA SITUACION DE ACCIDENTE ESCOLAR.

3.- LAS ENFERMEDADES

NO SON ACCIDENTES ESCOLARES, CUANDO UN ALUMNO ESTA ENFERMO DEBE COMUNICAR ESTA

SITUACION AL INSPECTOR DE NIVEL, QUIEN LLAMARA AL APODERADO, POR NINGUN MOTIVO EL ALUMNO DEBERA LLAMAR A SU APODERADO.

4.- SI LA NATURALEZA DEL ACCIDENTE FUERA DE GRAVEDAD EL ALUMNO SERA TRASLADADO AL CRS DE MAIPU EN AMBULACIA, SI NO SE ENCUENTRA EL SERVICIO DISPONIBLE SERA TRASLADADO EN UN VEHICULO PARTICULAR SIEMPRE RESGUARDANDO LA SALUD DEL ACCIDENTADO.

5.- ES DE RESPONSABILIDAD DEL APODERADO RETIRAR EL SEGURO ESCOLAR Y ACOMPAÑAR A SU HIJO (A), AL CENTRO DE SALUD, POR QUE ES EL PADRE O MADRE EL UNICO QUIEN AUTORIZA A REALIZAR LOS EXAMENES PERTINENTES.

6.- EXCEPTUENSE LOS ACCIDETES DEBIDOS A FUERZA MAYOR EXTRAÑA QUE NO TENGA RELACION ALGUNA CON LOS

ESTUDIOS O PRACTICA PROFESIONAL Y LOS PRODUCIDOS INTENCIONALMENTE POR LA VICTIMA. LA PRUEBA DE LAS

EXCEPCIONES CORRESPODERA AL ORGANISMO ADMINISTRADOR.

(14)

PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A LOS CASOS

14

DE VIOLENCIA ESCOLAR Y/O BULLYING Colegio Polivalente Patricio Mekis - Maipù

CONCEPTO DE ACOSO ESCOLAR O BULLYING

“La ley 20.536 lo define como todo acto de agresión u hostigamiento reiterado, realizado por estudiantes que atenten en contra de otro estudiante, valiéndose de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor fundado de verse expuesta a un mal de carácter grave. Estos actos agresivos pueden ser cometidos por un solo estudiante o por un grupo, y puede ser tanto dentro como fuera del establecimiento educacional”.

Formas de acoso escolar

- Maltrato verbal: Usar palabras o términos ofensivos, Insultar, ofender y humillar

- Intimidaciones o maltrato psicológico: Reiteración en el tiempo de maltratos verbal, amenazas y siempre es la misma victima - Maltrato físico: lesión física, producida por una persona a otra, golpes, mordeduras, quemaduras etc.

- Ciberbullying: Envíos de mensajes intimidatorios a través de celulares, correos, chat, redes sociales, amenazas de connotación sexual, burlas, hostigamiento etc.

CUANDO EXISTE SOSPECHA DE BULLYING:

Es responsabilidad de todos los integrantes de la comunidad educativa denunciar esta situación según los siguientes conductos regulares:

1° Persona de Confianza (Compañeros, Apoderados, Profesores, Asistente de la Educación u otros) 2° Profesor

3° Profesor Jefe

4° Encargado de Convivencia

MEDIOS POR LOS CUALES SE DENUNCIARÁ LA SOSPECHA DE BULLYING:

Medio escrito: Carta anónima, una comunicación, Correo Electrónico, Dialogo directo, entrevista, etc.

(15)

PASOS A SEGUIR 15

I. ACTUACIÓN INMEDIATA Departamento encargado: Orientación.

Personas responsables de acoger la denuncia: Funcionarios del Establecimiento, deben comunicar de inmediato al Departamento de Orientación

Procedimientos de actuación inmediata:

- Lugar de entrevista: Oficina de Orientación Documentos o fichas de registro:

- Ficha de entrevista

Pasos a seguir:

En toda acción que se realice se debe mantener la confidencialidad del caso.

1. Citar y recibir a la víctima, alumno/a acosado para conocer el alcance del problema (puede ser con el apoyo de un adulto significativo o de confianza del estudiante)

2. Citar y recibir al agresor, alumno/a acosador presunto e indagar si hay delito (puede ser con el apoyo de un adulto significativo o de confianza del estudiante).

3. Citar a los demás estudiantes involucrados para recabar más información.

4. Citar al profesor jefe de los involucrados, para comunicar, indagar y hacer participar en el desarrollo del proceso de abordaje frente al bullying.

5. Citar por separado a las familias de la víctima y supuesto acosador para comunicar y/o indagar el alcance de la situación en la familia.

6. Informar al encargado de convivencia escolar del establecimiento.

7. Convocar al Equipo Docente, integrado por el profesor jefe, y / o profesores del ciclo 8. Informar, consultar y/o solicitar antecedentes al Consejo Escolar.

9. Convocar al personal asistentes de la educación y/o administrativo para consultar antecedentes y/o observaciones que pudieran haber realizado.

Antes de tomar cualquier medida, se contrastará la información procedente de varias fuentes: observación directa y vigilancia, docentes, estudiantes, personal auxiliar, administrativo y familias. Para cada situación deberá ser valorada la necesidad de recurrir a diferentes métodos, siempre exigiendo un alto grado de confidencialidad. También puede haber informes procedentes de otros servicios externos al Colegio.

(16)

16 INFORMACION A LAS FAMILIAS

Los involucrados serán derivados a especialistas externos para la respectiva evaluación y confirmación de la sospecha de Bullying en el caso de ser necesario.

Familia de la presunta víctima:

Será informada de sobre la situación, evidencia de lesiones y asistencia médica si así lo requiere y los pasos a seguir. Cuando existan evidencias claras de supuestos hechos delictivos, se informará a la familia sobre la posibilidad, legalmente establecida, de denunciar los hechos,

Familia del presunto agresor/a o agresores/as:

Se informará los hechos, los pasos a seguir.

Cuando existan evidencias claras de supuestos hechos delictivos, se informará a la familia sobre las actuaciones legales que correspondan.

II. ANÁLISIS DE LA INFORMACIÓN Y MEDIDAS A ADOPTAR.

Se reunirá el encargado de Convivencia Escolar para analizar el caso y tomar medidas junto a los docentes directos y tomar remédiales y/o de protección, comprobado el hostigamiento por la evaluación de un psicólogo, en conjunto con los antecedentes entregados por el establecimiento, el departamento de orientación convocará al Consejo escolar y encargado de convivencia para conocer y tomar medidas sobre el caso. El encargado de convivencia es responsable de presentar la denuncia al MINEDUC en forma escrita.

TOMA DE DESICIONES E INTERVENCIÓN CON LOS INVOLUCRADOS:

A continuación se definen las formas de proceder de los distintos actores de la comunidad educativa involucrados.

1. Niño(A) Víctima presunta

 En el caso de lesiones se realizará el procedimiento del seguro escolar y se notificará a las Personas y organismos respectivos.

 El Departamento de Orientación, convoca al encargado de convivencia escolar junto a los profesores responsables para analizar el caso y tomar medidas junto a los docentes directos y tomar remédiales y/o de protección.

 Presentado el diagnostico de parte del especialista se informará al encargado de convivencia, luego al consejo escolar, equipo de gestión para realizar la denuncia al MINEDUC.

2. Niño (A) Agresor presunto:

 Presentado el diagnostico de parte del especialista se informará al encargado de convivencia, al consejo escolar, equipo de gestión para realizar la denuncia al MINEDUC.

 Se reunirá el encargado de convivencia para analizar el caso y tomar medidas junto a los docentes directos y tomar las medidas pertinentes.

 En caso de responsabilidad se aplicará las sanciones estipuladas en el reglamento interno de convivencia del Establecimiento.

 Se realizará apoyo de parte del especialista para asumir y favorecer la formación social e inculcar sus deberes y derechos, y la reinserción al grupo.

(17)

3. Grupo presunto Agresor (observadores activos) 17

 Detección: Discernir quien instiga y quienes secundan la acción de hostigamiento.

 Responsabilidad: Potenciar la responsabilidad de las propias acciones.

 Aplicación del Reglamento Interno de Convivencia.

 Petición de disculpas de forma oral y/o por escrito.

 Se realizaran talleres a los alumnos involucrados de “Pedir Perdón”

 Se realizará taller para abordar la situación.

 Definir acciones de responsabilidades, reparación, reinserción.

 Disgregación: Reestructurar los grupos de trabajo en el curso o Establecimiento.

4. Grupo Observador pasivo grupo clase: (aquellos estudiantes que son observadores y espectadores del hostigamiento y no se atreven a intervenir por temor a represalias)

 Generar la instancia de reflexión del caso.

 Restablecer el nivel de armonía de confianza por medio de talleres, charlas, socialización del Protocolo en general.

 Favorecer oportunidades para desarrollar la resiliencia

5. Adultos de la comunidad educativa (docentes, asistentes de la educación y administrativos)

 Capacitación en abordaje del Bullying.

 Taller de resolución de conflictos.

 Socialización y Aplicación del Reglamento Interno de Convivencia y Protocolo de Bullying.

6. Intervención familiar

Responsabilidad del profesor Jefe con apoyo del Departamento de Orientación Con los Padres de los involucrados, se realizará una intervención de colaboración:

 Contención de la angustia de los padres.

 Ayuda a los padres a No culpabilizar al niño ni a ellos mismos.

 Con los padres del niño agresor, se realizará una intervención de reconocimiento sobre el grave problema a resolver.

 No validar más agresiones por parte de su hijo.

 Atención Terapéutica Especializada Externa.

 Con los Padres del Grupo de presuntos Agresores, Victimas, observadores cómplices y observadores pasivos se realizará una intervención dirigida hacia el reconocimiento de la necesidad de sus hijos de aprender nuevas formas de relacionarse.

 Pedir Perdón o Disculparse.

 No permitir más agresiones por medio del autocontrol, a través del desarrollo del propio criterio y autoestima.

III DESARROLLO ACCIONES:

- El Departamento de Orientación llevará carpeta de cada caso dejando, los registros respectivos.

- Registro escrito: Libro de Actas, Libro de clases, registros de entrevistas, pautas de observación, fichas de atención, cartas de acuerdos y compromisos, etc.

(18)

- Plan de actuación con los involucrados en el hostigamiento. Esta secuencia de actuaciones tiene un carácter orientador y siempre estará 18 condicionada por el Reglamento Interno de Convivencia:

Víctima

Acosador/a o acosadores/as Espectadores/as

El grupo de clase Todo los Estudiantes Actuaciones con las familias.

Actuaciones con Equipos Docentes.

Colaboraciones externas (Redes de apoyo) Recursos utilizados.

Tiempo

Seguimiento y Evaluación

IV. MONITOREO

INTERVENCIÓN ESPECÍFICA DEL ENCARGADO DE CONVIVENCIA

En esta fase de intervención y con el objetivo de que no vuelva a ocurrir el caso y favorecer la erradicación del bullying, el Establecimiento trabajará:

Con la Victima Con el Agresor

Con la víctima y el agresor Acciones de prevención

· 1º Entrevistas individuales.

· 2º Entrevistas de seguimiento.

· 3º Encuentro final en grupo de afectados y afectadas:

· Mediación para abordar los conflictos de forma pertinente.

· Quedará por escrito en Libro de Acta de Convivencia Escolar lo que pasa y si se incumplen acuerdos, haciéndoles ver que si el maltrato continuase, habría que tomar otras medidas.

· También habrá que fijar fechas para revisar la evolución del caso.

El papel de la encargada de convivencia será el de facilitador de la comunicación, aportando soluciones positivas y moderando turnos de intervención.

En el caso que no diese el resultado deseado, será llevado ante el encargado de Convivencia Escolar en conjunto Profesores involucrados en el abordaje del caso para tomar medidas de acuerdo al Reglamento Interno de Convivencia Escolar.

En caso que la familia no preste la atención solicitada el colegio podrá tomar otras acciones según sea el caso.

V. PREVENCIÓN

El establecimiento educacional, velará por el desarrollo de los Objetivos de Aprendizaje Transversales en todas las Áreas de aprendizaje, a través de los sectores de aprendizaje y rutina diaria de la convivencia escolar, a través de acciones, tales como:

- Diálogo reflexivo en torno al tema.

- Construcción de una actitud positiva, personal y colectiva, presentar ejemplos de vida.

- Regulación positiva de los comportamientos.

- Promoción de valores para una sana convivencia, reconocer y potenciar el desarrollo de actitudes virtuosas.

(19)

- Desarrollo de la toma de conciencia del propio ser y de sus actos. 19

- Promoción de vínculos afectivos, de confianza y cooperación por medio de redes de apoyo internas y externas.

- Escuela para padres.

- Capacitación docente.

- Participación del Consejo Escolar.

- Difusión.

VI. CONTACTOS

- Carabineros a través de la Comisaría N°52 - Policía de Investigaciones de Chile.

- Consultorio AHUES.

- ayudamineduc.cl

- Oficina de Protección de Derechos.(SENAME) - OPD, Maipú.

- COSAN.

inspectorí[email protected] orientació[email protected]

(20)

PROTOCOLO DE ACCIÓN FRENTE A POSIBLES CASOS DE ABUSO SEXUAL INFANTIL

20

Se informa a toda la comunidad educativa del Colegio Polivalente Patricio Mekis que el Ministerio de Educación a través de

“Comunidad Educativa” ha instruido a los establecimientos educacionales del país que elaboren protocolos de pesquisas y denuncias ante posibles abusos sexuales que afecten a los integrantes de su comunidad.

Introducción

El Abuso Sexual Infantil es una realidad a la que muchos no quisiéramos vernos nunca expuestos; sin embargo es un flagelo que convive cotidianamente Con nosotros.

Niños y niñas, sin importar el lugar donde viven ni su edad, son afectados Diariamente por este grave problema, ya sea dentro de su familia o fuera de ella. La prevención y acción frente al Abuso Sexual Infantil es una tarea Ineludible del sistema escolar y de la comunidad educativa en su conjunto, ya que Es en este ámbito donde se espera contribuir a que los y las estudiantes alcancen Un desarrollo afectivo y social pleno y saludable.

Definición del Abuso Sexual:

El Abuso Sexual Infantil es el contacto o interacción entre un niño/a con un Adulto, en el cual el menor es utilizado(a) para satisfacer sexualmente al adulto. Pueden ser actos cometidos con niños/as del mismo o diferente sexo del Agresor.

Tipos de Abuso Sexual:

Abuso sexual propio: es una acción que tiene un sentido sexual, Pero no es una relación sexual y la realiza un hombre o una mujer hacia un niño/a. Generalmente consiste en tocaciones del agresor/a hacia el niño/a o de estos al Agresor/a, pero inducidas por él mismo/a.

Abuso sexual impropio: es la exposición a niños/as de hechos de Connotación sexual, tales como:

- Exhibición de genitales.

- Realización del acto sexual.

- Masturbación.

- Sexualización verbal.

- Exposición a pornografía.

Violación: es todo acto de penetración por vía genital, anal u oral, Que se realiza sin el consentimiento de la víctima, la que puede ser un niño/a Menor de 12 años (según establece el Código Penal).

Estupro: es la realización del acto sexual aprovechándose de la Inexperiencia sexual de la víctima o que se basa en una situación de abuso de Autoridad, pudiendo ser víctimas niños/as que tengan entre 12 y 18 años. También Existe estupro si dicha acción se realiza aprovechándose de una relación de Dependencia que la víctima tiene con el agresor, sea esta de carácter laboral, Educacional o de cuidado, o bien si la engaña abusando de la inexperiencia o Ignorancia sexual de la víctima.

Marco Legislativo

En la legislación chilena es la Constitución Política la que asegura en el Artículo 19 Nº1, el derecho de todas las personas a la vida, la integridad física y Psíquica, siendo, por tanto, sujetos de dicha protección todos los individuos de la Especie humana, cualquiera sea su edad, sexo, estirpe o condición.

En relación a la obligación de denunciar hechos con características de Abuso sexual infantil, cabe destacar que tanto la Ley de Menores como el Código Procesal Penal establecen la obligación para los funcionarios/as públicos, Directores/as de establecimientos educacionales públicos o privados y Profesores/as, de denunciar estos hechos. Dicha obligación debe ser cumplida Dentro de las 24 horas siguientes a las que se tuvo conocimiento de los Hechos, sancionándose su incumplimiento en el Artículo 177 del Código Procesal Penal en relación con el Artículo 494 del Código Penal, con la pena de multa de 1 a

4 UTM.

La Ley Nº19.968 que crea los Tribunales de Familia plantea, además, que Será este tribunal el que abordará los hechos en los cuales aparezcan vulnerados Los derechos de los niños/as, así como también las causas relativas a abuso sexual Infantil, no constitutivos de delito.

(21)

Por tanto, se establecen los siguientes procedimientos ante las sospechas de encontrarse frente a un abuso sexual, dentro del marco 21 legal y de las atribuciones que le son competentes a un establecimiento educacional, sin que ello signifique que éste pueda realizar indagatorias, procedimientos u otro tipo de acciones que sean de competencia exclusiva de los organismos del Estado instruidos por ley.

Todo funcionario, padre, apoderado, tutor o familiar directo de algún alumno (a) del establecimiento que tenga una sospecha fundada de encontrarse frente a un posible abuso sexual del que sea objeto dicho alumno (a) por parte de algún funcionario del Establecimiento, deberá informar a la Dirección, quien deberá citar al Departamento de orientación y el encargado de convivencia escolar:

1. Notificación al funcionario que es objeto de la denuncia, quien ya está en conocimiento de este protocolo y de los procedimientos que se aplican a este tipo de denuncias, resguardando su integridad física y psicológica y otorgándole el apoyo que requiera hasta el momento hasta que no se pruebe su presunta culpabilidad.

2. Citación de los padres, apoderados o tutores del alumno (a) afectado (a).

3. Derivación del alumno (a) al Departamento de Psicología a fin de evaluar la situación del alumno (a) a través de una entrevista exploratoria y emitir un informe de dicha evaluación.

4. Informar a los padres y apoderados que se debe realizar la denuncia en conjunto con el Establecimiento ante los organismos pertinentes y que contarán con el apoyo socio-afectivo de la institución.

5. El Establecimiento seguirá las instrucciones que dicten los organismos pertinentes en cuanto a la relación del funcionario con la institución.

6. Mientras se realiza la investigación por los órganos del Estado, el establecimiento adoptará las siguientes medidas respecto del funcionario objeto de la acusación de abuso sexual:

a. Si fuere un funcionario a honorarios, a contrata, que ejerza una actividad de voluntariado, ONG con proyectos al interior del Establecimiento o esté realizando práctica profesional, se pondrá término de inmediato a las actividades que desarrolla, reasignado sus funciones, si fuera procedente, en otro Establecimiento de la Sociedad Educacional si su contrato lo permite mientras dure el proceso de investigación, o de lo contrario será apartado de la institución respetando las normativas laborales vigentes.

b. Si el funcionario fuere sobreseído de toda responsabilidad en el delito imputado por los tribunales de justicia y persiste el contrato de trabajo, retornará a sus habituales funciones.

Con motivo de la generación del presente protocolo, se observarán además las siguientes medidas para todos los funcionarios del establecimiento:

I. Actualización de ficha de personal al 01 de marzo de 2013 la cual debe renovarse a marzo del año entrante.

II. Actualización Certificado de Antecedentes al 01 de marzo de 2013 el cual debe renovarse a marzo del año entrante.

Ingresar datos del personal en el link del Registro Civil “personal inhabilitado por delitos sexuales”

III. Apego estricto a las normas del Establecimiento y a este protocolo en particular.

IV. No generar situaciones que puedan inducir a malos entendidos en su relación con los alumnos (as), como por ejemplo: utilización de redes sociales, publicaciones de fotografías, comentarios u otros que no tengan un carácter estrictamente pedagógico o formativo.

V. Cooperar en difundir la sana convivencia escolar y una Escuela Segura para Todos.

Se sugiere visitar las páginas del Mineduc (Comunidad Educativa: Boletines Mensuales)

(22)

PROTOCOLO SANA CONVIVENCIA

22

ABUSO SEXUAL ENTRE PARES

De acuerdo a la OMS,” la Violencia Sexual (V.S) se define como todo acto sexual, toda tentativa de consensuar un acto sexual, los comentarios, insinuaciones sexuales no deseadas o acciones comercializadas o utilizar de cualquier otro modo la sexualidad de una persona mediante coacción por otra persona, independiente de la relación de ésta con la víctima en cualquier ámbito, incluidos el hogar, escuela y lugar de trabajo”.

Según Echeberría y Cols (1995); “Cualquier actividad (sexual) no consensuada, lograda mediante coacción, amenaza de usar la fuerza o utilización de la misma. Destaca la importancia de factores subjetivos implicados, así el criterio central será la percepción de la propia víctima, inclusive por sobre circunstancias y formas mismas que adquiere la agresión”.

La agresión sexual implica una situación traumática, que origina la alteración de creencias centrales de una persona sobre sí mismo, sobre el mundo y otros. Causa gran angustia, siendo un acontecimiento vital que sobrepasa la capacidad del sujeto de afrontarlo adecuadamente. Se introduce al niño(a) a una sexualidad o contenido que no está preparado(a). Lo traumático es el efecto que produce el evento, siendo una situación disruptiva que genera en el sujeto una percepción de daño.

EFECTOS PSICOLÓGICOS:

1. Vulnerabilidad e incapacidad percibida por el niño, de controlar eventos externos nocivos 2. Disminución de sentimientos de auto eficacia y habilidades personales.

3. Compensación de la pérdida de poder, a través de la necesidad de control y dominación inusual.

FACTORES QUE INFLUENCIAN LOS EFECTOS DEL TRAUMA:

1. Cercanía con el abusador, dando el paso a una sintomatología más grave. Asimismo, la frecuencia, duración y tipo de abuso.

2. Previos a la agresión: factores de la víctima; edad, género, características de la personalidad, funcionamiento psicológico previo y su familia (conflictos, apego, historia).

3. Posteriores a la experiencia abusiva: apoyo y credibilidad familiar, victimización secundaria (instituciones negligentes), cambios contextuales.

COMPONENTES GENÉRICOS ASOCIADOS A LA V.S.

1. Asimetría: poder, edad y nivel de desarrollo (consentimiento, confianza, coacción).

2. Acciones sexuales: penetración vaginal, anal, oral, digital o con objetos. Acariciar pechos y genitales, masturbación (solicitud de), exhibicionismo, exposición o pornografía e incitación a participar en una actividad sexual.

3. Vínculo (relación): da origen a diferentes fenomenologías, según el vínculo previo entre la víctima y el agresor

ESTRATEGIAS DE VICTIMIZACIÓN:

Estrategias que usa el agresor(a) para someter a la víctima y cometer la situación agresiva;

a) Victimización del vínculo:

b) Intimidación c) Fuerza física d) Secreto

e) Manipulación emocional

(23)

f) Seducción 23

g) Distorsión cognitiva h) Engaño

i) Supremacía del agresor j) Uso de armas

k) Uso de sustancias l) Durante el sueño

TIPIFICACIÓN:

 Violación: penetración anal, vaginal, bucal. Violación propia: víctima es una persona mayor d e14 años

 Estupro: víctima es una persona mayor o igual de 14 años a 18 años.

 Abuso sexual propio: víctima es una persona mayor de 14 años.

 Abuso sexual impropio: víctima es una persona menor de 14 años

 Abuso agravado: introducción de objetos vía anal, vaginal.

 Incesto: consentimiento de obedecer a la autoridad (consanguíneo).

 Sodomía: sin violación o estupro. Ocurre entre menores de 18 años del mismo sexo. Se forja un peligro potencial para desarrollar una sexualidad normal de menores.

 Corrupción de menores o abuso sexual indirecto

 Producción de material pornográfico

 Favorecimiento de prostitución infantil

 Favorecimiento de tráfico de personas

 Sanción al cliente de prostitución infantil

 Ultraje público a las buenas costumbres

 Violación impropia: víctima es una persona menor de 14 años

De acuerdo a los antecedentes emitidos de violencia sexual, se establece el siguiente protocolo ante la eventualidad de dicha acción entre pares o estudiantes del establecimiento;

Todo funcionario, padre, apoderado, tutor o familia directo de algún alumno(a) del establecimiento que tenga sospecha fundada o evidencia directa de encontrarse ante un posible abuso o la certeza del mismo entre alumnos del establecimiento deberá;

(24)

a) Si la persona informada es externa al establecimiento, debe informar a la Dirección del establecimiento de manera inmediata, 24 quien citara al Encargado de Convivencia Escolar o Inspector General.

b) En caso de que el funcionario informado sea profesor, auxiliar, u otro miembro del establecimiento, deberá comunicar de manera inmediata al encargado de Convivencia Escolar o Inspector General.

c) Cada denuncia debe presentarse de manera verbal, primeramente y posteriormente, a través de un informe escrito. El cual deberá presentarse ante Dirección posteriormente y dejar evidencia en los archivos del establecimiento.

d) El Encargado de Convivencia Escolar o Inspector General, deberá;

 Reunir todos los antecedentes o evidencias del caso, junto a la colaboración de la persona que informó la situación, así como testigos de la situación. Se incluye antecedentes previos de ambos estudiantes.

 Convocar a los estudiantes involucrados en la situación, escuchando ambas versiones, de manera individual y conjunta. De manera tal que se contrasten ambas versiones y cada estudiante tenga la tranquilidad de que fue escuchado

 Citar a los apoderados de los alumnos involucrados, los cuales deben ser informados de lo ocurrido y las posibles consecuencias en caso de culpabilidad o responsabilidad mayor.

 Posteriormente ambos estudiantes deben ser derivados a Orientación y/o psicóloga del establecimiento (según corresponda).

Dicha derivación debe ser efectuada vía escrita, explicando los motivos de manera clara y precisa, sin agregar impresiones personales.

 La Psicóloga u Orientadora del establecimiento deberán entrevistar a ambos estudiantes y evaluación correspondiente. Una vez, realizadas las entrevistas y evaluaciones, se deberá derivar a especialista a los estudiantes en caso que amerite.

Asimismo, la familia deberá seguir ciertas recomendaciones de la especialista, ya sea de manejo conductual o terapia familiar.

e) Durante el período de evaluación o entrevista psicológico, ambos estudiantes deben permanecer fuera del establecimiento, De este modo ambos alumnos no estarán en contacto y el proceso de investigación no será contaminado o invalidado y se llevara a cabo de manera expedita y eficaz.

f) Se deberá recurrir adicionalmente al apoyo de Asistente Social, con el objetivo de indagar en la dinámica familiar de ambos estudiantes. Adicionalmente, el profesional deberá emitir un informe al establecimiento.

g) Según sea el resultado del caso, se deberá tomar la determinación entre el encargado de Convivencia Escolar y Dirección del establecimiento de la expulsión o retiro de alguno de los estudiantes involucrados en la situación de vulneración. Dicha decisión debe ser comunicada a los apoderados de ambos alumnos.

h) Si el alumno resulta ser agresor sexual (considerar la edad de los involucrados), deberá ser expulsado o retirado de establecimiento, con una derivación correspondiente a especialista. Si el alumno agresor es mayor de 14 años, el colegio deberá informar del caso ante autoridades correspondientes (PDI o Carabineros)

i) Cada estudiante que ingrese al establecimiento debe traer el máximo de antecedentes (antecedentes médicos) posibles del lugar de procedencia, incluyendo informes psicológicos, en caso de haber cursado un tratamiento con dicho especialista.

j) Cada apoderado debe estar informado al momento de ingresar al establecimiento del Manual de Convivencia y/o protocolos existentes. Posteriormente debe firmarlos.

k) Dos veces al año, el establecimiento debe solicitar a Instituciones como PDI, Carabineros de Chile, CAVAS, visitar el establecimiento y entregar una Capacitación o Inducción a todos los funcionarios del establecimiento y apoderados.

l) Trabajar el tema de Afectividad y Sexualidad responsable como parte del currículo escolar.

(25)

PROTOCOLO INTERNET SEGURA COLEGIO POLIVALENTE PATRICIO MEKIS

25

1. El uso de las salas de Computación, es exclusivo para fines de Laboratorio, investigación y Prácticas de estudio. Por ningún motivo las salas funcionarán sin la presencia de un docente encargado, salvo expresa autorización escrita del área respectiva.

2. Los usuarios que utilizan las salas no podrán ingresar con alimentos o bebidas, que puedan dañar la integridad de los equipos computacionales.

3. Queda estrictamente Prohibido; visitar, descargar y almacenar sitios con contenido inapropiado; tales como, pornografía, violencia, menoscabo, bulling, etc.

4. El uso de las Redes sociales estará restringido en horarios de clases (Facebook, Twiter, Messenger, etc.) la vulneración por otras vías a este punto será tomado como desacato al protocolo.

5. Los alumnos tienen prohibición de realizar cambios de configuración en los equipos, instalar programas, escuchar o bajar música en distintos formatos, descargar juegos de Internet, chatear o sustraer piezas de los equipos computacionales.

6. La señal inalámbrica (wi-fi) es de uso exclusivo de los equipos de los laboratorios de computación y de los dispositivos móviles de los docentes. Las claves de acceso las digitará el encargado de informática a petición del docente.

7. Los usuarios sólo pueden utilizar los servicios para los cuales están autorizados. No se permite tener acceso directo o remoto a los servidores de las salas. Tampoco a copiar Software o modificar –dañar – borrar archivos que se encuentren en cualquiera de las computadoras sin la debida autorización.

8. Se recomienda evitar hacer clic en enlaces sospechosos. Los enlaces son uno de los medios más utilizados para direccionarlos a páginas Web que tienen amenazas capaces de infectar el computador del usuario con virus o software malintencionado/espía.

9. En caso de pérdida, daño o deterioro de los equipos usados, el usuario debe reportar inmediatamente al profesor Encargado, Si la Dirección determina que el daño fue causado por mal manejo o maltrato del equipo, el usuario responsable deberá hacerse cargo del costo y reparación del mismo.

10. El equipamiento tecnológico (computadores, proyectores, cámaras fotográficas y de vídeo, etc.) sólo se prestan para usarse dentro de las instalaciones de la Institución Educativa, cualquier excepción debe autorizarla directamente las directivas. No se autoriza la reserva de salas o equipos móviles a los estudiantes. El préstamo de equipos es personal e intransferible y quien lo realiza se hace responsable de ellos hasta el momento de su devolución.

MEDIDAS DE SANCIÓN.

La sanción que se aplicará al usuario que se encuentre infringiendo el reglamento, dependerá de la frecuencia con la que incida en dichas actividades. Y serán las mismas consignadas en el Manual de Convivencia del Colegio Patricio Mekis de Maipú, Al momento de ser publicado el Reglamento de uso de Salas y Equipamiento Tecnológico, los usuarios dan por entendido y aceptado el presente documento, comprometiéndose a respetarlo en todos sus puntos.

Referencias

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