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=== ACTA 14/2016 NUMERO CATORCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS

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=== ACTA 14/2016 NUMERO CATORCE DIAGONAL DOS MIL DIECISEIS === “En la Ciudad de Celaya, Estado de Guanajuato, siendo las 18:10 Dieciocho horas

con Diez minutos del día 10 Diez de Febrero del 2016 Dos Mil Dieciséis, fueron presentes en el Salón Cabildos de esta Presidencia Municipal, para llevar a cabo la Décima Primera Sesión Ordinaria del Ayuntamiento, con fundamento en lo dispuesto por la Ley Orgánica Municipal en sus Artículos 61, 63, 64 y 73; así como los numerales 22, 23, 26, 29 y 30 del Reglamento Interior, estando presentes el Presidente Municipal, C. Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo;

Síndicos: Ing. María Eugenia Mosqueda Nieto; Lic. José Fernando Sánchez

Méndez; Regidores: Lic. Israel Alejandro Herrera Hernández; Arq. Martha Norma Hernández Hernández; Lic. José Trinidad Martínez Soto; LAE. Adriana Josefina Audelo Arana; Ing. Mariano Zavala Díaz; LAE. Jorge Montes González; L.C. María Eloísa Cholico Torres; LAE. Ricardo Torre Ibarra; Ciudadano, J. Ynes Piña Cofradía; C.P. Blanca Elena González Zavala; Profa. Hilda Samaniego Leyva; y el Secretario

del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano.- ================== PUNTO NÚMERO DOS.- Declaración del Quórum legal. ===========

En uso de la voz el Secretario del H Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena cano informa al Ciudadano Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, Presidente

Municipal, que se encuentra la Mayoría de los integrantes del Ayuntamiento, por

lo que procede a declarar válida la Décima Primera Sesión Ordinaria del Honorable Ayuntamiento. =================================

PUNTO NUMERO TRES.- Aprobación del Orden del Día.- ============

En uso de la voz el Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano procede a dar Lectura 1.- Lista de presentes. 2.- Declaración del Quórum legal.

3.- Aprobación del Orden del Día. 4.- Propuesta y Aprobación del Programa de

Gobierno de la Administración Pública Municipal 2015-2018. 5.- Dictámenes y Asuntos de Comisiones. 6.- Asuntos Generales. 7.- Clausura de la Sesión; finalizada la lectura del Orden del día, el Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ======

PUNTO NÚMERO CUATRO.- Propuesta y Aprobación del Programa de Gobierno de la Administración Pública Municipal 2015-2018.- =======

se recibió escrito firmado por el Ing. Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, Presidente Municipal, mismo al que daré lectura; Lic. José Ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, Presente; por medio del presente reciba un cordial saludo, así mismo para solicitar que en la próxima sesión de Ayuntamiento dentro del orden del día, se someta a consideración del pleno del Ayuntamiento, la

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propuesta y aprobación del Programa de Gobierno de la Administración Pública Municipal 2015-2018, el documento que hoy presento, se fundamenta en el marco jurídico correspondiente y alineado con los siguientes instrumentos públicos de planeación, el Plan Nacional de Desarrollo 2012-2018, el Plan Estatal de Desarrollo Guanajuato XXI+35, el Plan de Desarrollo Municipal de Celaya 2012-2037, el Programa de Gobierno del Estado de Guanajuato 2012-2018; se establece la filosofía política que permea el documento y cuyo origen son las aportaciones de regidores y funcionarios vertidas en los talleres de prospectiva y planeación participativa que se llevaron a cabo en el proceso de elaboración del programa; se integraron las propuestas emanadas de 8 foros participativos tanto en el ámbito urbano como rural, 1 foro ciudadano virtual, 14 talleres con integrantes del Ayuntamiento y titulares de las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, 6 talleres con consejeros ciudadanos de COPLADEM, de igual manera las propuestas surgidas de los foros y organismos de la sociedad civil y dela ciudadanía en general; en el Programa de Gobierno 2015-2018 se establecen seis ejes temáticos, Gobierno Cercano a la Gente, Honesto y Eficiente; Desarrollo Humano y Social; Seguridad Ciudadana para la Prevención del Delito y la Violencia; Desarrollo Económico Sostenido e Incluyente, Conservación del Medio Ambiente, Infraestructura para el Desarrollo, Ordenamiento Urbano y Territorial y Mejoramiento de la Imagen Urbana, que contiene Objetivos, Estrategias, Acciones y Metas; lo anterior con fundamento en los artículos 99 fracción I inciso b) y 102 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; sin otro en particular, le reitero la seguridad de mi consideración atenta y singular; Atentamente C. Ramón Ignacio Lemus Muñoz Ledo, Presidente Municipal; finalizada la lectura del oficio anterior, solicita el uso de la voz el Regidor, LAE. Jorge Montes

González quien manifiesta “solamente es para hacer el posicionamiento de

nuestra opinión como fracción del PRI, hemos decidido no apoyar el Programa de Gobierno, dado que no se ha dado el tiempo suficiente para analizarlo, vemos en él, propuestas viables en algunos casos, estaremos haciendo más propuestas y haciendo la revisión correspondiente, saludamos la intención del Presidente de dejar abierto este programa como programa abierto, estamos en estudio y en análisis, haremos nuestras observaciones en un futuro, Gracias” Solicita el uso de la voz la Regidora, C.P. Blanca Elena González Zavala, quien en el uso de la voz manifiesta “ Muchas gracias señor Secretario, primero quisiera agradecer y felicitar a todas las personas que participaron en la elaboración del Programa de Gobierno, al aportar sus ideas y opiniones a través del foro virtual de los talleres de trabajo que se realizaron con los habitantes de la zona urbana y la rural, a las

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mesas de trabajo que se llevaron a cabo con las comisiones del COPLADEM, la participación ciudadana es fundamental ya que es el único medio para lograr resultados exitosos, les digo que tengan la certeza de que sus ideas y opiniones fueron tomadas en cuenta y que se encuentran reflejadas en el presente documento, y las cuales vamos a dar seguimiento su servidora y mis compañeros del Ayuntamiento, muchas gracias”; solicita el uso de la voz el Regidor, Ing.

Mariano Zavala Díaz, quien manifiesta “muchas gracias muy buenas tardes a

todos, simplemente para hacer un comentario y reconocer realmente la participación ciudadana en el trabajo en la conformación de este programa de gobierno, así como de la Administración Pública Municipal en esa cuestión que se tenía que dar, para la conformación de este programa, considero coherente el marco referencial que se hace mención en la información que se nos hizo entrega del documento, la importancia de la instrumentación que se llevó a cabo e importante mencionar que la continuidad que se debe de generar bajo una congruencia en el plan de desarrollo municipal, esa sería la aportación de un servidor en el marco de este programa de gobierno que viene a nutrir y a reforzar, los trabajos que realiza la administración pública municipal.”; Solicita el uso de la voz el Regidor, Lic. José Trinidad Martínez Soto, quien manifiesta “muchas gracias Secretario, solo quiero puntualizar que efectivamente el programa de gobierno que se presenta en esta sesión, el proceso es producto del esfuerzo de líderes sociales y líderes de opinión y que independientemente que contenga acciones y estrategias a utilizar la apertura que nos marca la misma norma, que podemos hacer cambios anualmente, viene a enriquecer por que no está limitado, sobre todo porque contiene esos esfuerzos y esas expectativas de todos, solicita el uso de la voz la Regidora, Profa. Hilda Samaniego Leyva, quien manifiesta “Buenas tardes, considero que este programa, al ser un programa dinámico tenemos todos la oportunidad de hacer las correcciones de cuando haya algo que no está funcionando bien, y también considero que al pasar por destino oír tu voz, que es un programa que ya viene desde hace aproximadamente cinco años, entonces es un trabajo serio, y considero que ahí está plasmado mucho de lo que ha venido investigando de lo que se ha venido relacionando en cada uno de los talleres desde que nosotros estuvimos en esta transición, que ahora fuimos electos, entonces es trabajo que se plasma de las opiniones se vierten de todos nosotros en el taller que forjamos, entonces considero que esa parte que es primordial y por lo tanto considero es un programa muy bueno para este trienio” solicita el uso de la vos el Regidor, Lic. Israel Alejandro Herrera Hernández, quien manifiesta “reconocer y agradecer a la administración Pública, a los señores

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funcionarios, señores directores, igual a los integrantes del H. Ayuntamiento, a los organismos de la participación social que han tenido a bien vertir este tiempo, este esfuerzo, para este plan de gobierno que no solamente es de la administración, sino que es de todos los Celayenses, hoy por hoy la bandera que estamos teniendo es un bienestar para Celaya, se está manifestando en este plan; es la suma de talento del esfuerzo del amor de los ciudadanos Celayenses por su Municipio; mi posicionamiento solamente es de dar las gracias a todos aquellos que participaron en este plan” en el uso de la voz el Lic. José Ramón Yerena Cano menciona que en virtud de que se han terminado las participaciones es procedente someter a votación la aprobación del Programa de Gobierno, mismo que se aprueba por mayoría calificada, con 12 Votos a favor y 02 dos votos en contra, siendo los votos en contra el del Regidor, L.A.E. Jorge Montes González y de la Regidora, María Eloísa Cholico Torres.- ====================================

PUNTO NÚMERO CINCO. - Asuntos y Dictámenes de Comisiones. - ==== COMISIÓN DE HACIENDA, PATRIMONIO Y CUENTA PÚBLICA.- =====

En uso de la voz la Síndico C. María Eugenia Mosqueda Nieto, Presidente de la Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, para que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura, para únicamente referirse al rubro del mismo, se somete a consideración del pleno la propuesta de la Síndico, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente los dictámenes.- ===

HDA-072/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza al Presidente Municipal, suscribir el Convenio de Colaboración Administrativa para el cobro de las Multas Administrativas Federales No Fiscales con la Secretaria de Finanzas, Inversión y Administración de Gobierno del Estado de Guanajuato. CONSIDERANDO.- Que de conformidad a lo establecido por los artículos 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 32, 33, 106, 108 y 117 fracción II inciso I) de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y 1, 2, 3 y 5 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, el Municipio es una Institución de orden público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, autónomo en su régimen interior y libre en la administración de su hacienda. Ahora bien, que mediante oficio: 122/JES/2016 de fecha 27 de enero del 2016, suscrito por la Tesorera Municipal se dirige con la finalidad de que se ponga a consideración de la Comisión de Hacienda, se autorice la firma del Convenio de Colaboración Administrativa para el cobro de las Multas Administrativas Federales No Fiscales con el Gobierno del

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Estado de Guanajuato. Por lo que en mérito de lo antes expuesto y con fundamento en los artículos 1, 2, 3, 5, 76 fracción I inciso K) 77 fracciones I, XIII, XXII, XXIII, 81, 117 Y 128 fracciones IX Y XI de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se faculta y autoriza al C. Presidente Municipal a suscribir el Convenio de Colaboración Administrativa para el cobro de las Multas Administrativas Federales No Fiscales con la Secretaria de Finanzas, Inversión y Administración de Gobierno del Estado de Guanajuato. SEGUNDO. - Se instruye al área Jurídica de la Tesorería Municipal, revise el convenio autorizado en el resolutivo primero del presente Dictamen, de conformidad al Convenio Modelo emitido por la Secretaría.

TERCERO. - Se autoriza que la vigencia del Convenio será indefinida, mientras las

partes no manifiesten voluntad expresa en contrario, pudiendo ser revisado, modificado o adicionado de común acuerdo, en cualquier tiempo a petición expresa de las partes. CUARTO. - Se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, dé cumplimiento a lo establecido en el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO. - Sométase a consideración del pleno del Honorable Ayuntamiento para su aprobación el presente Dictamen.

SEXTO. - Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su

debida constancia, los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 02 de febrero del 2016; finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ===============================

HDA-073/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza dar de baja del inventario Patrimonial bienes muebles asignados a la Dirección de Policía Municipal. CONSIDERANDO.- Con fundamento en el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117 fracción XII de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; los cuales establecen que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley; y que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el emitir las resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. Que mediante Oficios: 0143/2016-DCP, y 0145/2016-DCP de fecha 19 de enero del 2016, suscritos por la Tesorera Municipal, solicita a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta pública, la baja por desuso, y robo y/o extravío de los siguientes artículos asignados a la Dirección de Policía Municipal, que se describen en los oficios antes citados a supralíneas: =====================================

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Policía Municipal: oficio 0143/2016-DCP. =========================

Numero de Inventario Descripción del bien Valor en Libros

1232-4412-00260-V Casco balístico nivel III-A $3,364.00

1212-0456-00267-T Lámpara de bolsillo uso

táctico $1,485.99

Policía Municipal: oficio 0145/2016-DCP. ========================

Numero de Inventario Descripción del bien Valor en Libros

1212-0456-00278-T Lámpara de bolsillo uso

táctico $1,485.99

Lo anterior en razón de las solicitudes hechas por la Tesorera Municipal. Documentos que se tienen por anexados y reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo anterior y en virtud de que dichos bienes ya no existen físicamente, y fueron denunciados los robos mediante averiguaciones previas ante el Ministerio Publico respectivamente, además de que se cumplen con los criterios de baja de los bienes muebles antes mencionados, motivo por el cual se hace ineludible la baja de los mismos. Por lo antes expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76 fracción IV inciso j) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para aprobar las bajas de los bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el artículo 81 de ese mismo ordenamiento legal esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se aprueba dar de baja del padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal, los siguientes artículos: ============ Policía Municipal: oficio 0143/2016-DCP. =========================

Numero de Inventario Descripción del bien Valor en Libros

1232-4412-00260-V Casco balístico nivel III-A $3,364.00

1212-0456-00267-T Lámpara de bolsillo uso

táctico $1,485.99

Policía Municipal: oficio 0145/2016-DCP. ======================

Numero de Inventario Descripción del bien Valor en Libros

1212-0456-00278-T Lámpara de bolsillo uso

táctico $1,485.99

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a realizar los trámites

correspondientes para las bajas de los bienes muebles antes mencionados del registro del padrón de bienes muebles propiedad municipal. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su

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aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 02 de febrero del 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ===============

HDA-074/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, para dar de baja del inventario Patrimonial un bien mueble asignado a la Dirección de Fiscalización. CONSIDERANDO.- Con fundamento en el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117 fracción XII de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; los cuales establecen que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley; y que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el emitir las resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. Que mediante Oficio: 0081/2016-DCP de fecha 14 de enero del 2016, suscrito por la Tesorera Municipal, solicita a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública que se estudie y dictamine la petición de baja del inventario del padrón de bienes muebles propiedad municipal, que presentó el Lic. Ignacio Lomelí Alejandre, Director de Fiscalización, respecto del bien mueble que a continuación se indica: ======================

No. de

inventario Descripción del bien Número de serie Valor en Libros

1334 Camioneta Nissan Modelo

2011 3N6DD21T7BK023133 $180,418.00

Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a la letra se insertare. Por lo anterior y en virtud de que dicho bien ya no existe físicamente, se dictamina como pérdida total (accidentado), además de que se cumple con los criterios de baja del bien mueble, motivo por el cual se hace ineludible la baja del mismo. Por lo antes expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76 fracción IV inciso j) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para aprobar las bajas de los bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el artículo 81 de ese mismo ordenamiento legal esta Comisión: RESUELVE:

PRIMERO.- Se autoriza dar de baja del padrón de Bienes Muebles Propiedad

Municipal, el bien mueble que a continuación se indica: ================ No. de

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Página 8 de 36 1334 Camioneta Nissan Modelo

2011 3N6DD21T7BK023133 $180,418.00

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a realizar el trámite

correspondiente para la baja del bien antes mencionado del Registro del Padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 02 de febrero del 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ===========================================

HDA-075/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión por vejez al C. OCTAVIO

GALVAN PILERO. CONSIDERANDO.- Que la Ley Orgánica Municipal para el

Estado de Guanajuato, establece en su artículo 135 fracción VIII, que el Ayuntamiento garantizará a los servidores públicos municipales, el ejercicio de los derechos que les reconocen las leyes y otros ordenamientos jurídicos. El Reglamento Interior de Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de Celaya, Guanajuato; en su artículo 52 faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento de Pensiones y concede el gozo de las mismas a los trabajadores de la Presidencia Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió el Oficio Dir. Per. 041/2016 de fecha 21 de enero del 2016, suscrito por el Encargado de Despacho de la Dirección de Personal y el Asesor Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor, mediante el cual remiten la solicitud de pensión por vejez del C. OCTAVIO

GALVAN PILERO, quien actualmente desempeña el puesto de Chofer N-3 en

Parques y Jardines de la Dirección de Servicios Municipales. En virtud de que la persona referida tiene a la fecha una antigüedad de 22 años de servicios ininterrumpidos y 60 años de edad, es de otorgase la pensión por el equivalente al

60% de su salario toda vez que cubrió los requisitos señalados en el Reglamento

de Pensiones y Jubilaciones en su artículo 11. Su pensión mensual asciende a un monto de $3,184.20 (tres mil ciento ochenta y cuatro pesos 20/100 m.n.). Documentos que se anexan al presente Dictamen y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo antes expuesto y con fundamento en el

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artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO. - Se autoriza otorgar una Pensión por vejez al

C. OCTAVIO GALVAN PILERO, por el equivalente al 60% de su salario

mensual. Mismo que no se podrá volver a contratar bajo ningún otro régimen.

SEGUNDO.- Se instruye a la Oficialía Mayor, para que a través de la Dirección de

Personal, efectúe la baja en nómina y se de la alta como pensionado al C.

OCTAVIO GALVAN PILERO en la catorcena inmediata siguiente a la notificación

de la aprobación del presente Dictamen. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 02 de febrero del 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ===============

HDA-076/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión de Jubilación por años de servicios del C. JOSÉ LUIS MADRID JAGUEY. CONSIDERANDO.- Que la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, establece en su artículo 135 fracción VIII, que el Ayuntamiento garantizará a los servidores públicos municipales, el ejercicio de los derechos que les reconocen las leyes y otros ordenamientos jurídicos. El Reglamento Interior de Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de Celaya, Guanajuato; en su artículo 52 faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento de Pensiones y concede el gozo de las mismas a los trabajadores de la Presidencia Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió el Oficio Dir. Per. 042/2016 de fecha 21 de enero del 2016, suscrito por el Encargado de Despacho de la Dirección de Personal y el Asesor Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor, mediante el cual remiten la solicitud de jubilación por años de servicios del

C. JOSÉ LUIS MADRID JAGUEY, quien actualmente desempeña el puesto de

Oficial de Transporte y Vialidad Nivel 2 en la Dirección de Tránsito y Vialidad. En virtud de que la persona referida tiene a la fecha una antigüedad de 30 años de servicios ininterrumpidos y 55 años de edad, es de otorgase la pensión por el equivalente al 100% de su salario toda vez que cubrió los requisitos señalados en el Reglamento de Pensiones y Jubilaciones en su artículo 10. Por lo que se solicita poner a consideración del H. Ayuntamiento en la próxima sesión de

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cabildos para su aprobación. Su pensión mensual asciende a un monto de $10,107.92 (Diez mil ciento siete pesos 92/100 m.n.). Documentos que se anexan al presente Dictamen y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza otorgar una Pensión de Jubilación por años de servicios al C. JOSÉ

LUIS MADRID JAGUEY, por el equivalente al 100% de su sueldo mensual.

Mismo que no se podrá volver a contratar bajo ningún otro régimen. SEGUNDO.- Se instruye a la Oficialía Mayor, para que a través de la Dirección de Personal, efectúe la baja en nómina y se de la alta como pensionado el C. JOSÉ LUIS

MADRID JAGUEY, en la catorcena inmediata siguiente a la notificación de la

aprobación del presente Dictamen. TERCERO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 02 de febrero del 2016. Finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ===============

HDA-077/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza la Pensión por incapacidad provisional a dos años a la C. DIANA DAPHNE OLIVARES DIAZ. CONSIDERANDO Que la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, establece en su artículo 135 fracción VIII, que el Ayuntamiento garantizara a los servidores públicos municipales, el ejercicio de los derechos que les reconocen las leyes y otros ordenamientos jurídicos. El Reglamento Interior de Trabajo para los Trabajadores al Servicio de la Presidencia Municipal de Celaya, Guanajuato; en su artículo LII, faculta al Ayuntamiento para el otorgamiento de pensiones y concede el gozo de las mismas a los trabajadores de la Presidencia Municipal de Celaya. Bajo ese contexto, ésta Comisión recibió el oficio No. Dir. Per. 043/2016 de fecha 21 de enero del 2016, suscrito por los CC. Encargado de Despacho de la Dirección de Personal y Asesor Jurídico Laboral de la Oficialía Mayor, mediante el cual remiten la solicitud de Pensión por incapacidad provisional a dos años (con fecha de revaluación del 09/noviembre/2017); derivado de un accidente de trabajo ocurrido el 04/Diciembre/2014 de la C. DIANA DAPHNE OLIVARES DIAZ, quien estuvo

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prestando sus servicios en este Municipio de Celaya, Gto., como Policía Tercero Nivel 1 en la Dirección de Policía Municipal. De conformidad con el Reglamento de Pensiones y Jubilaciones para los Trabajadores del Municipio de Celaya, Gto., en su artículo 21 dice textualmente: “La incapacidad permanente total o permanente parcial derivada de un riesgo o enfermedad profesional causada a consecuencia del cumplimiento del deber, dará derecho a la pensión correspondiente. La percepción económica será del 80% del salario que percibe al momento de presentarse la incapacidad…”. Derivado de lo anterior y conforme al Dictamen de incapacidad Provisional por riesgo de trabajo (formato ST-3) emitido por el Instituto Mexicano del Seguro Social con vigencia hasta el 08/noviembre/2017, se determina que le corresponde una pensión mensual del 80% de su último salario percibido. Documentos que se anexan y se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo antes expuesto y con fundamento en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, ésta Comisión: RESUELVE:

PRIMERO. Se otorga una pensión por Incapacidad Provisional a dos años a la C. DIANA DAPHNE OLIVARES DIAZ, por el equivalente al 80% de su último salario mensual percibido. Con una vigencia de hasta el 08/noviembre/2017. SEGUNDO. Se instruye a la Dirección de Personal realizar

los trámites para los efectos legales correspondientes. TERCERO. Se instruye a la Secretaria del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO. Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO. Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 02 de febrero del 2016. finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ===========================================

HDA-078/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, para dar de baja del inventario Patrimonial un bien mueble asignado a la Dirección General de Desarrollo Social. CONSIDERANDO.- Con fundamento en el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117 fracción XII de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; los cuales establecen que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley; y que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el emitir las

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resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. Que mediante Oficio: 0217/2016-DCP de fecha 27 de enero del 2016, suscrito por la Tesorera Municipal, solicita a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública que se estudie y dictamine la petición de baja del inventario del padrón de bienes muebles propiedad municipal, respecto del bien mueble que a continuación se indica: ===

Numero de inventario Descripción del bien Valor en Libros

1211-0005-00729-P Monitor Hewlett Packard

17” $1.870.00

Lo anterior por razón de que el importe fue descontado del finiquito del C. José Antonio Bustamante Montoya, adscrito a la Coordinación de Infraestructura de la Dirección General de Desarrollo Social e ingresado a la partida presupuestal 211700203 denominada “descuento por sanciones a empleados, el 25 de enero del presente año. Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a la letra se insertare. Por lo anterior y en virtud de que dicho bien ya no existe físicamente, además de que se cumple con los criterios de baja del bien mueble, motivo por el cual se hace ineludible la baja del mismo. Por lo antes expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76 fracción IV inciso j) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para aprobar las bajas de los bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el artículo 81 de ese mismo ordenamiento legal esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza la baja del padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal, el bien mueble que a continuación se indica: ================================

Numero de inventario Descripción del bien Valor en Libros

1211-0005-00729-P Monitor Hewlett Packard

17” $1.870.00

SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a realizar el trámite

correspondiente para la baja del bien antes mencionado del Registro del Padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal. TERCERO.- Se instruye al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. CUARTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. QUINTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 08 de febrero del 2016; finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración

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del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ===========================================

HDA-079/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza la baja y destrucción de sellos en desuso de la Dirección de Transporte y Vialidad. CONSIDERANDO.- Con fundamento en el artículo 115 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 117 fracción XII de la Constitución Política del Estado de Guanajuato; los cuales establecen que los Municipios estarán investidos de personalidad jurídica y manejarán su patrimonio conforme a la Ley; y que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento que tendrá entre otras facultades el emitir las resoluciones que afecten al patrimonio Municipal. Que mediante Oficio: TRANS/JADM/2016/020 de fecha 26 de enero del 2016, suscrito por el Director General de Tránsito y Vialidad Municipal, solicita a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, la autorización para la destrucción de sellos oficiales que están en desuso por el cambio de nombre de esta Dirección, además los que se tienen de la administración 2012-2015, se anexa hoja con la impresión de los sellos a destruir. Documento que se tiene por anexado y reproducido como si a la letra se insertare. Por lo antes expuesto y con la facultad que nos concede el artículo 76 fracción IV inciso j) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, para aprobar las bajas de los bienes muebles propiedad Municipal y con fundamento en el artículo 81 de ese mismo ordenamiento legal esta Comisión:

RESUELVE: PRIMERO.- Se autoriza la baja y destrucción de los sellos que se

encuentran en desuso por parte de la extinta Dirección de Transporte y Vialidad, sellos que se encuentran impresos en hoja anexa al presente Dictamen y contenida en el oficio TRANS/JADM/2016/020 de fecha 26 de enero del 2016. SEGUNDO.- Se instruye a la Tesorería Municipal a realizar el trámite correspondiente para la baja de los bienes antes mencionado del Registro del Padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal, siempre y cuando estos se encuentren registrados.

TERCERO.- Se instruye a la Contraloría Municipal levante la Acta correspondiente

a la destrucción de los mismos. CUARTO.- Se instruye al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. SEXTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 08 de febrero del 2016; finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José ramón

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Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ===========================================

HDA-080/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza a la Tesorería Municipal, a través de la Dirección de Fiscalización llevar a cabo la donación de la mercancía decomisada, a favor del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Celaya, Gto.

CONSIDERANDO.- Con fundamento en lo establecido por los artículos 11 y 16

del Reglamento de Mercados y Vendedores Ambulantes, para el Municipio de Celaya, Estado de Guanajuato; los cuales dentro de las prohibiciones a los comerciantes, precisan la instalación de puestos fijos, semi-fijos y de ambulantes frente a: edificios de los planteles educativos o que constituyan fuente de trabajo, sean oficiales o particulares; a templos religiosos; a las puertas que dan acceso a los mercados públicos; a una distancia menor de diez metros de las puertas de pulquerías, cantinas y demás centros de servicios; igualmente tratándose de puestos en que se expendan fritangas y similares; en los camellones y vías públicas; en los prados y en parques públicos; así como en el primer cuadro de la ciudad y en todo el Boulevard Adolfo López Mateos; con excepción de los expresamente autorizados. Atendiendo a la existencia del Reglamento del Bando Municipal de Buen Gobierno, para el Municipio de Celaya, Guanajuato, que en sus artículos 3, 86, 91 y 93, señalan que las Autoridades Municipales tienen competencia plena sobre el territorio del Municipio de Celaya, así como en su organización política, administrativa y servicios públicos de carácter municipal; además el Ayuntamiento en todo tiempo está facultado para ordenar el control, la inspección y fiscalización de la actividad comercial que realizan los particulares; de ahí se desprende el concepto de infracción que es toda acción u omisión que contravenga las disposiciones contenidas en el Reglamento citado, en otros Reglamentos, Circulares y disposiciones administrativas que emita el Ayuntamiento en ejercicio de su actividad, y las infracciones serán sancionadas entre otras acciones con el decomiso de mercancía; como es el caso de los particulares que tengan establecimientos de servicio público y que utilicen la vía pública o lugares no autorizados para realizar su actividad comercial o mercantil. En ese sentido el Reglamento para el Funcionamiento de los Establecimientos Comerciales y de Servicios, en el Municipio de Celaya, Estado de Guanajuato en sus artículos 2 Fracción X, 72, y 79, define a los establecimientos como todos aquellos lugares en donde habitualmente se realizan actividades señaladas dentro del Reglamento citado; y menciona los supuestos en los cuales la Autoridad Municipal procederá al

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secuestro provisional de bienes y mercancías en un establecimiento comercial y de servicios. Los bienes secuestrados quedarán a disposición de la Dirección de Fiscalización, para que el propietario de la misma, acredite dentro de los siguientes 30 días hábiles, la propiedad de dichos bienes, vencido el plazo sin que hubiere sido recuperada la mercancía por su propietario, podrá ser rematada en los términos de la Ley de Hacienda para los Municipios del Estado de Guanajuato y el producto que se obtenga de la misma se destinará al DIF Municipal. Con fecha 09 de Octubre de 1998, en la Vigésima Primera Sesión Ordinaria del H. Ayuntamiento, mediante el Dictamen GOB-121/998, según consta en el Acta 29/98, se aprobó el uso y destino de la mercancía decomisada a los infractores del Reglamento de Bando Municipal de Buen Gobierno, motivados por la necesidad de solucionar la problemática que presenta la situación de los espacios con que cuenta la Dirección de Fiscalización y el riesgo de deterioro o pérdida de los artículos decomisados; tratándose de mercancías no perecederas, se acordó realizar la clasificación correspondiente de las mismas, a fin de que con base al cuadro de necesidades se presenten las instituciones de carácter social que resulten beneficiadas con el suministro de tales artículos, se establezca un adecuado mecanismo de distribución, derivada de la necesidad de que dicho procedimiento se llevará acabo sistemáticamente una vez transcurrido el término de 30 días naturales siguientes a la fecha en que el decomiso se llevó a cabo, periodo del cual gozarán quienes acrediten el derecho para reclamar la mercancía, con el fin de que acudan ante las dependencias municipales correspondientes, a cubrir tanto el importe de la infracción como al reclamo de la mercancía. Que mediante Oficio D.F/0155/2016 de fecha 02 de febrero del 2016, suscrito por el Director de Fiscalización, solicita el valioso apoyo a fin de que sea autorizado llevar a cabo la donación de la mercancía existente bajo nuestro resguardo a la Institución del DIF Municipal, de acuerdo al Dictamen emitido por la Comisión de Gobierno, Reglamentos y Justicia Municipal con número GOB-121/1998; dicha Institución está facultada para recibir donación, sin presentarse persona alguna para el reclamo correspondiente y/o pago de la infracción; para lo cual anexo encontrará la relación de los artículos procedentes para tal fin; como ANEXO. Documentos que se tienen por anexados y reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo que en mérito de lo antes expuesto, y con fundamento en lo establecido en el artículo 53 fracción IX, del Reglamento de Administración para el Municipio de Celaya, Gto., así como en el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión: RESUELVE:

PRIMERO.- Se autoriza a la Tesorería Municipal, a través de la Dirección de

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Celaya, Gto., (DIF), la mercancía decomisada descrita en el ANEXO al presente Dictamen en el oficio D.F/0155/2016 de fecha 02 de febrero del 2016.

SEGUNDO.- Se instruye a la Contraloría Municipal levante el Acta correspondiente

de la entrega de la mercancía en donación al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Celaya, Gto. (DIF), y dar el seguimiento correspondiente; lo anterior con fundamento por el artículo 11 fracción XVII de la Ley de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos del Estado de Guanajuato y sus Municipios. TERCERO.- Se instruye al DIF municipal entregue un informe a la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, de la entrega de la donación que le hace a favor de los beneficiarios. CUARTO.- Se instruye al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. SEXTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 08 de febrero del 2016; finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ==============================

HDA-081/2016.- Que emite la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta

Pública, mediante el cual se autoriza a la Dirección General de Desarrollo Social elaborar los convenios de apoyo económico para el Programa de Campañas de Salud del Municipio de Celaya, Gto., 2016. CONSIDERANDO.- Con la facultad que confiere el artículo 115 fracción IV inciso c) último párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el artículo 121 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y el artículo 76 fracción IV inciso a) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, el Ayuntamiento tiene atribuciones para ejercer los recursos que integran la Hacienda Pública Municipal en forma directa o bien, por quien este autorice conforme a la Ley. Que conforme a lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 126, establece la prohibición de realizar algún pago que no esté aprobado presupuestalmente, así mismo la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, en su artículo 235, establece que ningún gasto podrá efectuarse sin que exista partida expresa del presupuesto que lo autorice y que tenga saldo disponible para cubrirlo. Conforme a lo establecido por el artículo 69 de la Ley para el Ejercicio y Control de los Recursos Públicos para el Estado y los Municipios de

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Guanajuato, es competencia del Ayuntamiento resolver todas las propuestas de creación y modificación de sus respectivos presupuestos. Que mediante oficio No. MC/DGDS/CMS/172/2016 de fecha 05 de febrero del 2016, suscrito por el Director General de Desarrollo Social, Solicita la aprobación del H. Ayuntamiento, para otorgar los apoyos económicos del Programa de Campañas de Salud del Municipio 2016 (anexo calendario de Campañas) por la cantidad de $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 m.n.) con cuenta presupuestal 31111-0304-E0017-4411, denominada Gastos Relacionados con Actividades Culturales, Deportivas y de Ayuda Extraordinaria (Apoyos a Campañas de Salud y Atención a Brucelosis y adquisición de Cloradores), conforme al anexo de calendarización. Documentos que se anexan y que se tienen por reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo anteriormente expuesto y con la facultad que otorga el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato, esta Comisión: RESUELVE:

PRIMERO.- Se autoriza a la Dirección General de Desarrollo Social, elabore los

convenios de apoyo económico para el Programa de Campañas de Salud del Municipio 2016, de acuerdo al calendario anexo al presente dictamen, con cargo a la cuenta presupuestal 31111-0304-E0017-4411, denominada Gastos Relacionados con Actividades Culturales, Deportivas y de Ayuda Extraordinaria (APOYO A CAMPAÑAS DE SALUD Y ATENCION A BRUCELOSIS Y ADQUISICION DE CLORADORES) de la Coordinación de Salud, de la Dirección General de Desarrollo social, por un monto de hasta $500,000.00 (Quinientos mil pesos 00/100 m.n.).

SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección General de Desarrollo Social elabore los

Convenios de apoyo económico correspondientes y conforme al anexo del calendario de campañas de salud 2016. TERCERO.- Se instruye a la Tesorería Municipal realice los pagos correspondientes de acuerdo a los convenios elaborados por la Dirección General de Desarrollo Social. CUARTO.- Se instruye a la Secretaría del H. Ayuntamiento a que dé cumplimiento a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. QUINTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. ayuntamiento el presente dictamen para su aprobación. SEXTO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, en fecha 08 de febrero del 2016; finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ===========================================

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Pública, referente a la donación de bienes (Instrumentos musicales) adquiridos por el Municipio de Celaya, Gto., mediante Convenio CONACULTA, a favor del Conservatorio de Música y Artes de Celaya, con destino al proyecto “Programa Cultural Orquesta Juvenil Silvestre Revueltas de Celaya” CONSIDERANDO.- Que con fundamento en lo establecido por el artículo 115 fracción II inciso b) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el Municipio estará investido de personalidad jurídica y manejará su patrimonio conforme a la Ley. Los Ayuntamientos tendrán facultades para aprobar, de acuerdo con las Leyes en materia Municipal los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros de los Ayuntamientos, para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario Municipal. Atendiendo a lo dispuesto por el artículo 76 fracción IV inciso f) de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato; en concordancia con los artículos 20, 21, 51 y 56 del Reglamento de Bienes Muebles e Inmuebles del Patrimonio Municipal de Celaya, Gto.; en los cuales encontramos dentro de las facultades de los Ayuntamientos en materia de Hacienda Pública Municipal, le compete desafectar por acuerdo de la mayoría calificada, los Bienes del Dominio Público Municipal, cuando éstos dejen de destinarse al uso común ó al servicio público y así convenga al interés público, para que surta efectos contra terceros y contra la misma autoridad. En ese sentido procederá el cambio de régimen de Dominio Público al de Dominio Privado cuando a juicio del Ayuntamiento resulte necesario sin que afecte el interés colectivo. Por consiguiente el Ayuntamiento solo podrá otorgar en donación los Bienes del Dominio Privado del Municipio, por acuerdo de la mayoría calificada de sus integrantes, cuando éstos sean a favor de Instituciones Públicas ò Privadas, que representen un beneficio social para el Municipio y que no persigan fines de lucro. La Tesorería Municipal será la Dependencia encargada de integrar la solicitud de donación con los requisitos ahí mencionados. Ahora bien, mediante oficio 0264/2016-DCP de fecha 03 de febrero del 2016, suscrito por la Tesorera Municipal, solicita a esta Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, se estudie y dictamine la petición de donación a favor del Conservatorio de Música y Artes de Celaya, que presenta la Licenciada Aurora Cárdenas Ávila, Directora General y Representante Legal del citado Conservatorio, respecto de los bienes adquiridos por el Municipio de Celaya, Guanajuato, en cumplimiento al convenio de coordinación número CNCA/DGA/CCOORD/00484/15 suscrito con el Ejecutivo Federal por conducto del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes (CONACULTA),el 25 de marzo del 2015 y que corresponde al proyecto “Programa Cultural Orquesta Juvenil Silvestre Revueltas de Celaya”. Documentos que se tienen por anexados y reproducidos

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como si a la letra se insertaren. Bajo ese contexto, el Municipio acredita la propiedad de los bienes muebles con las Tarjetas de Resguardo y Responsivas del Inventario de Mobiliario y Equipos de la Presidencia Municipal de Celaya, Gto. Documentos que se tienen por anexados y reproducidos como si a la letra se insertaren. Por lo que, en mérito de lo antes expuesto y con la facultad que nos otorgan los artículos 76 fracción IV inciso g) y 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato esta Comisión: RESUELVE: PRIMERO.- Se otorga en Donación a favor del Conservatorio de Música y Artes de Celaya con destino a la Orquesta Sinfónica “Silvestre Revueltas”, de esta ciudad, los siguientes bienes muebles: ============================================

Bienes amparados en contrato número 149/D.J./2015 de fecha 10 de Agosto del 2015 y Factura con Folio Fiscal A206B137-FA8F-53D9-A3C9-A9942060A2ED de fecha 14 de Septiembre del 2015. (primera entrega de 8 instrumentos musicales)

No. Artículo Características No. de serie Costo unitario 1 Piano acústico De cola, marca Yamaha, modelo CX7, color negro. X 6407396 $ 581,890.00 2 Flauta Piccolo Marca Yamaha, modelo Ypc62, color negro. 135898 $ 15,890.00 3 Flauta Transversal Marca Yamaha, modelo YFL577, color metálico. 056691 $ 38,590.00 4 Flauta Transversal Marca Yamaha, modelo YFL577, color metálico. 056754 $ 38,590.00 5 Tuba Marca Yamaha, modelo YCB822, color metálico. Sin número $ 199,990.00 6 Trombón Tenor Marca Yamaha, modelo YSL640, color metálico. 627755 $ 39,980.00

7 Trompeta Marca Yamaha,

modelo SIB 536594

$

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Página 20 de 36 YTR8335, color metálico. 8 Trompeta Marca Yamaha, modelo SIB YTR8335, color metálico. 536597 $ 35,800.00

Bienes amparados en contrato número 174/D.J./2015 de fecha 08 de Septiembre del 2015 y Factura número 501 de fecha 07 de

Septiembre del 2015.

No. Artículo Características No. de serie

Costo unitario

1 Fagot Marca W. Schreiber,

modelo Profesional, 11954 $

205,320.00

2 Fagot Marca Fox Renard,

modelo Artist Model 240 41889 $

150,800.00

Bienes amparados en contrato número 178/D.J./2015 de fecha 19 de Noviembre del 2015 y Facturas números 2745 de fecha 23 de Noviembre del 2015 y 2762 de fecha 05 de Diciembre del 2015.

No. Artículo Características No. de serie

Costo unitario

1 Clarinete

Bajo profesional en Bb, Prestige, marca Buffet Crampon, modelo BC1183-2-0 madera de Granadilla acabado bañado en plata. Sin número $ 216,891.00 2 Clarinete

Profesional en Eb, E11, marca Buffet Crampon, modelo BC1261-5-0 madera de Granadilla acabado bañado en plata. Sin número $ 93,127.12

3 Clarinete Profesional en Eb, E11, marca Buffet Crampon,

Sin número

$

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Página 21 de 36 modelo BC2301-2-0W madera de Granadilla acabado bañado en plata.

Bienes amparados en contrato número 149/D.J./2015 de fecha 10 de Agosto del 2015 y Factura número A 231 de fecha 07 de Diciembre del 2015. (segunda entrega de 6 instrumentos musicales)

No. Artículo Características No. de serie

Costo unitario

1 Trombón alto

Marca Yamaha, modelo YSL872 Sin número $ 52,900.00 2 Oboe de Granadilla

Marca Yamaha, modelo YOB413B Sin número $ 68,590.00 3 Oboe de Granadilla

Marca Yamaha, modelo YOB413B Sin número $ 68,590.00 4 Trombón bajo

Marca Yamaha, modelo YBL-830 Sin número $ 57,890.00 5 Trombón tenor

SIB/FA, Marca Yamaha, modelo YSL-640 Sin número $ 39,980.00 6 Trompeta en Do

Marca Yamaha, modelo YTR-8445G

Sin número

$

29,800.00

SEGUNDO.- En el supuesto de que los bienes donados se utilicen a un fin distinto

al autorizado, estos revertirán a favor del Municipio, en el estado en que se encuentren. TERCERO.- El objeto: Para la Orquesta Sinfónica Juvenil “Silvestre Revueltas” del Conservatorio de Música y Artes de Celaya. CUARTO.- Se instruye a la Tesorera Municipal, realice los movimientos de baja necesarios en el Padrón de Bienes Muebles Propiedad Municipal, y haga la entrega física y formal de los mismos. QUINTO.- Se instruye al Secretario del Honorable Ayuntamiento, dé cumplimiento al presente Dictamen conforme a lo establecido por el artículo 128 fracción IV de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. SEXTO.- Sométase a la consideración del Pleno del H. Ayuntamiento el presente Dictamen para su aprobación. SÉPTIMO.- Notifíquese para su cumplimiento. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública en fecha 08 de febrero del 2016; finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José ramón Yerena Cano, Secretario del

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Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ===============

COMISIÓN DE SEGURIDAD, TRANSITO, VIALIDAD Y PROTECCIÓN CIVIL.

En uso de la voz el Regidor, Lic. Israel Alejandro Herrera Hernández, Presidente de la Comisión, solicita al Secretario del Ayuntamiento, Lic. José Ramón Yerena Cano, para que someta a consideración del Pleno del Ayuntamiento, la propuesta de que se omita la lectura de los considerandos y resolutivos del dictamen al que dará lectura, para únicamente referirse al rubro del mismo, se somete a consideración del pleno la propuesta del Regidor, misma que se aprueba por Unanimidad de los presentes, por lo que se procede a transcribir íntegramente los dictámenes.- =======================================

STVYPC-001/2016.- Que emite la Comisión de Seguridad, Transito, Vialidad y Protección Civil, referente a la Conformidad Municipal otorgada a la

empresa que presta el Servicio de Seguridad Privada en el Municipio de Celaya, denominada, “SERVICIOS DE PROTECCIÓN PATRIMONIAL Y CUSTODIA

PRIVADA S.A DE C.V.”. C O N S I D E R A N D O.- 1.- Que la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 115 Fracción III inciso h) menciona que el Ayuntamiento tendrá a su cargo las funciones y servicios público siguientes: seguridad pública…”. 2.- Además que el Artículo 117 Fracción III, inciso j) segundo párrafo y fracción IV de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, a la letra dicen “Los Municipios, con sujeción a la Ley, prestarán los servicios públicos en forma directa o indirecta”, y “VI. Ejercer las funciones o la prestación de los servicios públicos municipales observando lo dispuesto por las Leyes federales y estatales”, así mismo en el artículo 76 Fracción III, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal, enumera las atribuciones que tiene el H. Ayuntamiento, entre otras las de “Procurar la seguridad pública en el territorio municipal”. 3.- En relación a lo anterior, y en virtud de lo establecido en la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, en el artículo 177 establece: “El Ejecutivo del Estado, con la corresponsabilidad de los ayuntamientos, podrá autorizar el funcionamiento de servicios de seguridad privada, los que operarán en la forma y términos que determine esta ley. El Estado autorizará la prestación del servicio a los particulares, contando para ello con la previa conformidad del Ayuntamiento que corresponda. La supervisión y vigilancia de la prestación de los servicios de seguridad privada corresponderá preferentemente a los municipios, ahora bien el artículo 178 establece el significado de lo que se entenderá por servicios de seguridad privada “Aquélla que prestan los particulares de conformidad con la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de

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Guanajuato en las que sean complementarias y subordinadas a la Seguridad Pública…” en el artículo 179 establece: “Para prestar el servicio de seguridad privada en el Estado de Guanajuato será necesario contar con autorización expedida por la Secretaría, así como con la conformidad de los municipios en los que se desee llevar a cabo dicho servicio. La manifestación de conformidad para prestar el servicio de seguridad privada, que para tales efectos emitan los ayuntamientos, contará con una vigencia anual, la cual empezará a transcurrir a partir de la fecha de su expedición.” 4.- Así mismo el artículo 16 del Reglamento en materia de Servicios de Seguridad Privada para el Municipio de Celaya, Gto., establece: “La autorización que se otorgue será personal e intransferible y tendrá una vigencia de un año calendario, la cual contendrá el número que la identifique, las modalidades que se autorizan y los municipios en los que se ha obtenido la conformidad municipal para prestar el servicio en el Estado”. 5.- Ahora bien, el día 03 de Febrero del año 2016 se llevó a cabo la reunión de la Comisión de Seguridad, Transporte y Protección Civil, y se analizó el oficio No. MC/DGPM/P.A.-E.S.P./010/2016, suscrito por el C. José Fernando Adrián Ruíz, Director General de Policía Municipal de Celaya, Gto., mediante el cual solicita se otorgue la conformidad municipal a la empresa denominada: “SERVICIOS DE

PROTECCIÓN PATRIMONIAL Y CUSTODIA PRIVADA S.A DE C.V.”,

representada por el C. J. Jesús Nieto Muñoz, así mismo se revisó el expediente de la empresa antes referida y tras haber dado cumplimiento en tiempo y forma a lo requerido, solicitan a la Comisión extender la conformidad municipal en virtud de que presenta el siguiente estatus: Integración debida del expediente con los requisitos respectivos. Presentación del informe personal y de servicios con que cuenta la empresa. La verificación del domicilio. Prestará el servicio en las siguientes modalidades: Protección y vigilancia de bienes; Protección y vigilancia de personas; Actividades relacionada con la prevención de riesgos; y Actividades similares o conexas a las especificadas en las fracciones anteriores previo estudio y autorización de la Secretaria. 6.- Deberá cumplir con las modalidades antes mencionadas, previstas en el Reglamento de los Servicios Privados de Seguridad del Municipio de Celaya, Gto., en su artículo 15, así como lo establecido en el artículo 180 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato. 7.- Una vez realizado el análisis detallado de su documentación la cual se encuentra vigente y no encontrándose ningún impedimento para otorgar la Conformidad Municipal, es viable que la empresa denominada: “SERVICIOS DE

PROTECCIÓN PATRIMONIAL Y CUSTODIA PRIVADA S.A DE C.V.”, preste

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las leyes de la materia que rigen en el Estado y el Municipio de Celaya, Gto. La vigencia de la Conformidad Municipal será por un año, a partir de su aprobación por el H. Ayuntamiento. Por lo que en mérito de lo antes expuesto y con la facultad que otorgan a la Comisión el artículo 81 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato: R E S U E L V E.- PRIMERO: Se otorga la Conformidad Municipal a la empresa denominada: “SERVICIOS DE PROTECCIÓN

PATRIMONIAL Y CUSTODIA PRIVADA S.A DE C.V.”, representada por el C. J.

Jesús Nieto Muñoz, a fin de que preste los Servicios de Seguridad Privada en el Municipio de Celaya, Gto., prestando sólo las modalidades de los servicios que se mencionan en el Considerando 5. SEGUNDO: La vigencia de la Conformidad Municipal será por un año, a partir de su aprobación por el H. Ayuntamiento.

TERCERO: Una vez aprobado el presente Dictamen, se instruye al Director de la

Policía Municipal para que notifique y solicite a la Secretaría de Seguridad Pública el seguimiento que le da a la empresa que se está otorgando la Conformidad Municipal. CUARTO: Una vez aprobado el presente Dictamen se instruye al Secretario del H. Ayuntamiento, lo notifique a la Dirección de Policía Municipal, mediante el Acta correspondiente. QUINTO: Sométase a Consideración del Pleno de este Ayuntamiento, el presente Dictamen para su aprobación. Así lo resolvieron y firmaron para su debida constancia los integrantes de la Comisión en fecha 03 de febrero del 2016; finalizada la lectura del dictamen anterior el Lic. José ramón Yerena Cano, Secretario del Ayuntamiento, procede a someterlo a consideración del pleno del Ayuntamiento, mismo que se aprueba por unanimidad de los presentes.- ===========================================

STVYPC-002/2016.- Que emite la Comisión de Seguridad, Transito, Vialidad y Protección Civil, referente a la Conformidad Municipal otorgada a la

empresa que presta el Servicio de Seguridad Privada en el Municipio de Celaya, denominada, “SERVICIOS ESPECIALIZADOS EN SEGURIDAD PRIVADA

SEPSISA S.A DE C.V.”. C O N S I D E R A N D O.- 1.- Que la Constitución

Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 115 Fracción III inciso h) menciona que el Ayuntamiento tendrá a su cargo las funciones y servicios público siguientes: seguridad pública…”. 2.- Además que el Artículo 117 Fracción III, inciso j) segundo párrafo y fracción IV de la Constitución Política del Estado de Guanajuato, a la letra dicen “Los Municipios, con sujeción a la Ley, prestarán los servicios públicos en forma directa o indirecta”, y “VI. Ejercer las funciones o la prestación de los servicios públicos municipales observando lo dispuesto por las Leyes federales y estatales”, así mismo en el artículo 76 Fracción III, inciso c) de la Ley Orgánica Municipal, enumera las atribuciones que tiene el H. Ayuntamiento,

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entre otras las de “Procurar la seguridad pública en el territorio municipal”. 3.- En relación a lo anterior, y en virtud de lo establecido en la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, en el artículo 177 establece: “El Ejecutivo del Estado, con la corresponsabilidad de los ayuntamientos, podrá autorizar el funcionamiento de servicios de seguridad privada, los que operarán en la forma y términos que determine esta ley. El Estado autorizará la prestación del servicio a los particulares, contando para ello con la previa conformidad del Ayuntamiento que corresponda. La supervisión y vigilancia de la prestación de los servicios de seguridad privada corresponderá preferentemente a los municipios, ahora bien el artículo 178 establece el significado de lo que se entenderá por servicios de seguridad privada “Aquélla que prestan los particulares de conformidad con la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato en las que sean complementarias y subordinadas a la Seguridad Pública…” en el artículo 179 establece: “Para prestar el servicio de seguridad privada en el Estado de Guanajuato será necesario contar con autorización expedida por la Secretaría, así como con la conformidad de los municipios en los que se desee llevar a cabo dicho servicio. La manifestación de conformidad para prestar el servicio de seguridad privada, que para tales efectos emitan los ayuntamientos, contará con una vigencia anual, la cual empezará a transcurrir a partir de la fecha de su expedición.” 4.- Así mismo el artículo 16 del Reglamento en materia de Servicios de Seguridad Privada para el Municipio de Celaya, Gto., establece: “La autorización que se otorgue será personal e intransferible y tendrá una vigencia de un año calendario, la cual contendrá el número que la identifique, las modalidades que se autorizan y los municipios en los que se ha obtenido la conformidad municipal para prestar el servicio en el Estado”. 5.- Ahora bien, el día 03 de Febrero del año 2016 se llevó a cabo la reunión de la Comisión de Seguridad, Transporte y Protección Civil, y se analizó el oficio No. MC/DGPM/P.A.-E.S.P./008/2016, suscrito por el C. José Fernando Adrián Ruíz, Director General de Policía Municipal de Celaya, Gto., mediante el cual solicita se otorgue la conformidad municipal a la empresa denominada: “SERVICIOS ESPECIALIZADOS EN SEGURIDAD PRIVADA SEPSISA S.A DE C.V.”,

representada por el Lic. Carlos Eduardo Guerra López, así mismo se revisó el expediente de la empresa antes referida y tras haber dado cumplimiento en tiempo y forma a lo requerido, solicitan a la Comisión extender la conformidad municipal en virtud de que presenta el siguiente estatus: Integración debida del expediente con los requisitos respectivos. Presentación del informe personal y de servicios con que cuenta la empresa. La verificación del domicilio. Prestará el

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