Pliego de Cláusulas Técnicas
QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS TITULADO “SERVICIO DE ADECUACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CABLEADO EN CPDS DEPENDIENTES DE LA AGENCIA DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DE LA COMUNIDAD DE MADRID”, A ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO SIMPLIFICADO ORDINARIO CON PLURALIDAD DE CRITERIOS
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ÍNDICE
CLÁUSULA 1ª INTRODUCCIÓN ... 3
CLÁUSULA 2ª OBJETO ... 3
CLÁUSULA 3ª ÁMBITO DE APLICACIÓN ... 4
3.1 Territorial... 4
3.2 Tecnológico ... 4
CLÁUSULA 4ª ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO ... 4
4.1 Transición de entrada ... 5
4.2 Transición de salida ... 6
CLÁUSULA 5ª CONDICIONES ADICIONALES A CUMPLIR ... 6
CLÁUSULA 6ª EQUIPO DE TRABAJO ... 8
CLÁUSULA 7ª SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL SERVICIO ... 10
CLÁUSULA 8ª PLAZO DE GARANTÍA ... 10
CLÁUSULA 9ª PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL ... 10
9.1 Normativa aplicable ... 10
9.2 Derecho de información en la recogida de datos ... 10
CLÁUSULA 10ª PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS ... 11
CLÁUSULA 11ª DERECHOS SOBRE EL HARDWARE, SOFTWARE E INFRAESTRUCTURAS DE ICM ... 11
CLÁUSULA 12ª CALIDAD ... 11
CLÁUSULA 13ª PLAZO DE EJECUCIÓN ... 12
CLÁUSULA 14ª CONSULTAS SOBRE EL PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS ... 12
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CLÁUSULA 1ª INTRODUCCIÓN
La Agencia de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid (en adelante ICM), tras la entrada en vigor de la Ley 7/2005, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas (BOCM Núm. 311, de 30 de diciembre de 2005), tiene asignada, entre otras funciones, la prestación de los servicios informáticos y de comunicaciones a la Comunidad de Madrid, mediante medios propios o ajenos, a cuyo fin le corresponde particularmente, la administración, mantenimiento y soporte de los equipos físicos y lógicos de tratamiento de la información y de las comunicaciones de cualquier especie que se encuentren instalados en la misma, así como, la adquisición y dotación de infraestructuras físicas y lógicas de soporte de los sistemas de información y comunicaciones de la Comunidad de Madrid, y de sus servicios (Artículo 10 - Tres – c).
Por lo lado, la actividad normal conlleva realizar de forma diaria, o habitual, comprobaciones de parámetros ambientales, modificaciones de cableado, soporte para la resolución de incidencias, realización de instalaciones de equipos, etc.
Por otra parte, es necesario atender peticiones de nuevas instalaciones, modificación de las actuales y de realización de parcheos para la implementación de nuevos servicios.
Con el fin de garantizar y mantener unos niveles óptimos de operación y explotación que el servicio demanda, resulta necesaria la contratación de los servicios de adecuación de infraestructura de instalación y mantenimiento de cableado en los CPDs, que competen a ICM.
Por consiguiente, y en virtud de lo expuesto, es atribución de esta Agencia la contratación de la prestación del Servicio de Adecuación de Infraestructuras de Cableado en los CPDs que se solicita en este Pliego de Cláusulas Técnicas.
CLÁUSULA 2ª OBJETO
La prestación del Servicio de Adecuación de Infraestructuras de Cableado para asegurar el óptimo mantenimiento y explotación de los CPDs dependientes de ICM, todo ello de conformidad con los requerimientos establecidos en el presente Pliego de Cláusulas Técnicas.
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CLÁUSULA 3ª ÁMBITO DE APLICACIÓN 3.1 Territorial
En la actualidad, ICM tienen alojado el equipamiento TIC en los CPDs principal (situado en Tres Cantos) y de respaldo (situado en Julián Camarillo 8), desde donde se proporciona el servicio a todos los usuarios de la Comunidad de Madrid.
Por lo tanto, los trabajos objeto del presente pliego se desarrollarán, indistintamente, en ambas ubicaciones.
3.2 Tecnológico
Queda circunscrito a todos los elementos de los sistemas de cableado genérico que conforman las infraestructuras de los CPDs, para prestar servicios convencionales o servicios avanzados mediante Telefonía IP y las redes eléctricas en baja tensión, asociadas y dedicadas en exclusiva a la alimentación de los equipos y dispositivos de comunicaciones e informática, así como los elementos de canalización e instalaciones necesarias y electrónica de red, en lo concerniente a la instalación física, etiquetado, requerimientos de alimentación, etc., bajo responsabilidad de ICM.
La selección de una tecnología determinada para la instalación será definida por los responsables técnicos de ICM. Para la tecnología de cableado genérico, se seleccionará la categoría o clase (Cat. 6, Cat. 6A, Cat. 7; Clase E, Clase EA, Clase F) de la infraestructura a instalar más idónea, dependiendo de cada proyecto en concreto.
Todos los servicios requeridos en el presente pliego quedarán integrados en los procesos y procedimientos estándares implementados en la gestión operativa actual de ICM, lo cual no obsta para que dichos procesos y procedimientos puedan ser mejorados y optimizados en base a la propuesta del adjudicatario.
CLÁUSULA 4ª ALCANCE Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
El servicio proporcionará, al menos, dos recursos técnicos de instalación y mantenimiento de infraestructuras de cableado en CPDs, se realizará de forma presencial en los CPDs, de lunes a viernes, y con un horario de 8 horas de servicio preestablecido de 12 a 14 y de 15 a 21 horas, si bien estas franjas horarias podrán variar según las necesidades del servicio definidas por ICM.
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El servicio comprenderá la realización de las actividades siguientes, bajo la dirección técnica de ICM:
· Colocación de paneles de cableado, maceado, colocación e identificación de latiguillos.
· Cambios de cableado de FO y Cu, desde las conducciones actuales y falso suelo, a nuevas canalizaciones aéreas.
· Desplazamiento de equipos y racks para adaptarse a la distribución de pasillos fríos/calientes.
· Ejecución de órdenes de trabajo de cableado, modificación e instalación de equipos.
· Cambio de regletas de alimentación por nuevas regletas PDUs para servidores en producción, o protección de interruptores de los rack y de servicios de respaldo.
· Atención a incidencias de cableado o de peticiones de soporte para actuación remota sobre equipos.
· Certificación de cableado.
4.1 Transición de entrada
Se entiende por periodo de transición de entrada, el de convivencia entre los adjudicatarios prestadores del servicio saliente y entrante, de cara a:
· La traslación del conocimiento y detalle del servicio y sus especificidades.
· La conformación de los procedimientos.
· La configuración de las herramientas de soporte del servicio.
· La traslación del inventario de activos.
La duración de este periodo de transición de entrada será de de 1 mes. Este plazo se considerará periodo de estructuración, formación, toma de contacto y puesta en marcha de los equipos prestadores del total del servicio contratado, con objeto de que estén plenamente operativos en ese periodo.
Al inicio del periodo de transición de entrada, el adjudicatario deberá tener disponible la totalidad del equipo incluido en el contrato.
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4.2 Transición de salida
Durante el periodo final de vigencia del contrato, ICM podrá establecer un periodo transitorio de ejecución en condiciones especiales, de modo que se garantice la prestación del servicio de forma ininterrumpida, comprometiéndose el adjudicatario a colaborar, en su caso, con el o los nuevos adjudicatarios en aquellas actividades necesarias, encaminadas a la planificación y ejecución del cambio.
Esta fase de transición de salida del adjudicatario saliente se corresponderá con la fase de transición de entrada del adjudicatario entrante.
El adjudicatario se compromete a garantizar la completa y correcta operatividad del servicio prestado, al amparo del contrato, durante el periodo de transición de salida requerido a la finalización del contrato, que permita el cambio de dicho adjudicatario del servicio.
Igualmente, se compromete a mantener el servicio en los términos recogidos en este Pliego durante el periodo de transición que se establezca al efecto y en las mismas condiciones contractuales, así como a colaborar y aportar los recursos humanos y materiales necesarios para la realización de todas aquellas actividades encaminadas a la planificación y ejecución del cambio.
El adjudicatario ejecutará, en el periodo final de vigencia del contrato, un plan de transmisión del conocimiento al nuevo prestador del servicio (o a la propia ICM) de cara a garantizar la prestación futura del servicio. Este plan de transmisión del conocimiento estará definido al inicio de la fase de transición de salida y constará, al menos, de:
· La transmisión del conocimiento y detalle del servicio y sus especificidades.
· La conformación de los procedimientos.
· La configuración de las herramientas de soporte del servicio.
· La traslación del inventario de activos.
CLÁUSULA 5ª CONDICIONES ADICIONALES A CUMPLIR
El contratista deberá contar con los medios propios, y de toda índole, necesarios de cara al soporte técnico que pueda necesitar, para llevar a cabo con éxito los servicios objeto del contrato, incluida la formación del personal asignado a la ejecución del servicio.
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Todos los gastos ocasionados por los desplazamientos del personal prestador del servicio durante el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, serán por cuenta del contratista.
La empresa adjudicataria designará a un Responsable del Servicio ante ICM. Este responsable se encontrará en permanente contacto con los empleados de ICM designados por la Dirección de la Agencia a los efectos que se señalan en la Cláusula 19 del Pliego de Cláusulas Jurídicas.
El contratista, a través del Responsable del Servicio, y con la periodicidad que en cada fase del mismo determine ICM, informará sobre el estado de ejecución del contrato y, en su caso, sobre las incidencias producidas. En particular, este responsable realizará, entre otras, las siguientes tareas:
· Coordinar el apoyo técnico y la formación necesaria que el contratista suministrará al equipo humano que realice los trabajos objeto del contrato, en todas aquellas materias que sean necesarias para el perfecto desempeño de los mismos.
· Impartir con exclusividad instrucciones específicas sobre el trabajo a realizar al personal del contratista, siempre teniendo en cuenta la base de las instrucciones genéricas que se desprendan de lo establecido en el presente Pliego y encaminadas al buen término del servicio.
· Supervisar el servicio a prestar, e informar a ICM de las posibles incidencias, seguimiento o desviaciones de plazos.
· Ejercer el mando sobre el equipo de trabajo, que estará siempre bajo la disciplina laboral y el poder de dirección del contratista, con independencia de que, para el mejor cumplimiento del servicio, en determinados momentos pueda el contratista destacar personal del equipo prestador del servicio en cualquier centro de trabajo, oficinas o ubicaciones de la Comunidad de Madrid.
· Disponibilidad de equipamiento para la medida y homologación de cables y conectores de FO y CU, así como para la detección de problemas en el cableado instalado.
· El contratista aportará, opcionalmente, a su cargo y previa autorización de ICM, las herramientas hardware y software que estime pertinentes y que sean complementarias a los sistemas de información que usa esta Agencia y compatibles con ellos, para el adecuado y mejor cumplimiento de las prestaciones que constituyen el objeto del contrato.
El incumplimiento de las obligaciones precitadas, parcial o totalmente, facultará a ICM para instar la resolución del contrato.
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CLÁUSULA 6ª EQUIPO DE TRABAJO
Para la prestación de los servicios, objeto del contrato, el adjudicatario deberá poner a disposición de ICM un equipo técnico con la calificación y el perfil mínimo que a continuación se detalla, y que deberán cumplir cada uno de los miembros que se asigne al contrato, independientemente de que para un mismo perfil se adscriba más de un recurso:
· Responsable del Servicio:
§ Titulación: Ingeniero Técnico de Telecomunicaciones o Informática.
§ Actividad Profesional: Dos años de experiencia realizando tareas de coordinación ejecución de instalaciones y mantenimiento de instalaciones de cableado en CPDs.
· Técnicos de Instalación y Mantenimiento:
§ Titulación: FP de Ciclo Formativo de Grado Medio en Electricidad y Electrónica o Informática y Comunicaciones, o similar.
§ Actividad Profesional: Un año de experiencia en instalación de redes de telecomunicaciones y en redes eléctricas de baja tensión para entornos de CPDs.
El licitador propuesto como adjudicatario, con carácter previo a la adjudicación del contrato, deberá aportar los Currículos de las personas asignadas a la ejecución del servicio, que deberá presentar debidamente cumplimentados y firmados por la persona que ostente la representación, especificando la cualificación profesional de cada uno de ellos (con detalle de categoría, titulación, formación y actividad profesional), de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo I al presente Pliego.
De cara a asegurar la adecuación del personal que compone el equipo de trabajo, ICM se reserva la potestad de solicitar, en cualquier momento de la ejecución del contrato, la documentación que considere pertinente para acreditar la formación, conocimientos y experiencia profesional de los recursos que el adjudicatario haya destinado a la prestación de los trabajos.
Modificaciones en la composición inicial del equipo técnico
El equipo técnico inicialmente propuesto por el adjudicatario, una vez aprobado por ICM, se incorporará al servicio para la ejecución de los trabajos objeto del mismo.
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Dicho equipo responderá siempre a los requisitos mínimos que en el presente pliego se señalan y a las mejoras que sobre dichos requisitos mínimos haya ofertado el licitador que resultare adjudicatario.
La valoración final de la calidad de los servicios desarrollados por las personas adscritas a la ejecución del contrato corresponde al Responsable del Contrato designado por ICM, siendo potestad suya solicitar el cambio del Responsable del Servicio o de cualquiera de los componentes del equipo adscrito a la ejecución de los trabajos, con un preaviso de dos semanas, por otro de igual categoría, si existen razones justificadas que lo aconsejen.
Si es el adjudicatario el que propone el cambio de uno de los técnicos asignados al contrato, deberá solicitarlo por escrito con un mes de antelación, y se autorizará, si procede, por ICM. Dicha autorización de cambios puntuales en la composición del equipo de trabajo requerirá de las siguientes condiciones:
· Justificación escrita, detallada y suficiente, explicando el motivo que suscita el cambio.
· Presentación de posibles candidatos para un perfil cuya cualificación técnica sea igual o superior al de la persona que se pretende sustituir.
· Aceptación por el Responsable del Contrato designado por ICM de los candidatos propuestos.
Los posibles inconvenientes de adaptación al entorno de trabajo y al proyecto debidos a las sustituciones de alguno de los técnicos, deberán subsanarse mediante periodos de solapamiento sin coste adicional para ICM, durante el tiempo necesario. El plazo de solapamiento mínimo entre el recurso entrante y el saliente será de un mes desde su aceptación por parte de ICM.
Durante todo el plazo de ejecución, el adjudicatario deberá mantener los niveles de calidad del servicio objeto del contrato, por lo que deberá instrumentar los servicios de suplencia que estime oportunos, que serán cubiertos siempre con el mismo personal suplente, a los efectos de ocasionar el mínimo impacto en la prestación de los trabajos.
El adjudicatario deberá garantizar que disponen de los mecanismos adecuados para minimizar la sustitución no planificada del personal que compondrá el equipo técnico, para evitar la pérdida no controlada de conocimiento, y el impacto en el desarrollo de los trabajos, que esto suele llevar asociado.
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Por sustitución planificada se entiende aquella que se comunica a ICM como mínimo un mes antes de que se produzca, y se acompaña de un solapamiento del recurso saliente con el entrante para la adecuada transferencia de conocimiento durante un periodo no inferior a un mes.
CLÁUSULA 7ª SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL SERVICIO
El seguimiento y control de la ejecución del contrato se efectuará sobre las siguientes bases:
· Seguimiento continuo de la evolución del servicio entre el Responsable del Servicio por parte del adjudicatario y el Responsable del Contrato que ICM designe.
· ICM determinará los procedimientos y herramientas a utilizar para poder llevar a cabo el seguimiento y control del servicio.
CLÁUSULA 8ª PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía del servicio será de DOS MESES, cuyo cómputo se iniciará desde la fecha de recepción o conformidad de dicho servicio.
Hasta que no tenga lugar la finalización del periodo de garantía, el adjudicatario responderá de la correcta realización de los trabajos contratados y de los defectos que en ellos hubiera, sin que sea eximente ni le otorgue derecho alguno la circunstancia de que los representantes de ICM los hayan examinados o reconocido durante su ejecución o aceptado en comprobaciones, valoraciones o certificaciones parciales e incluso en la recepción total del trabajo, en previsión de la posible existencia de vicios o fallos ocultos en los trabajos ejecutados.
CLÁUSULA 9ª PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL 9.1 Normativa aplicable
Las actuaciones derivadas del presente contrato, en ningún momento supondrán la inclusión o el acceso a datos de carácter personal de un fichero, ni la creación de archivos de carácter personal, estando por tanto fuera de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
9.2 Derecho de información en la recogida de datos
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servicios requeridos tanto por ICM como por la C.M., inscrito en el Registro General de Protección de Datos de la AEPD (www.agpd.es), y no podrán ser cedidos salvo en los supuestos previstos en la Ley. El responsable del fichero es ICM, y la dirección donde el interesado podrá ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el mismo es la calle Embajadores Nº 181, de Madrid, todo lo cual se informa en cumplimiento del Artículo 5 de la LOPD.
CLÁUSULA 10ª PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS
Todos los estudios y documentos, así como los productos y subproductos elaborados por el adjudicatario como consecuencia de la ejecución del contrato serán propiedad de ICM, quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos, total o parcialmente, sin que pueda oponerse a ello el adjudicatario autor material de los trabajos.
El adjudicatario renuncia expresamente a cualquier derecho que sobre los trabajos realizados como consecuencia de la ejecución del contrato pudieran corresponderle, y no podrá hacer ningún uso o divulgación de los estudios y documentos utilizados o elaborados en base a este pliego de condiciones, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, original o reproducida, sin autorización expresa de ICM.
CLÁUSULA 11ª DERECHOS SOBRE EL HARDWARE, SOFTWARE E INFRAESTRUCTURAS DE ICM
El adjudicatario no adquiere ningún derecho sobre el hardware (material), software e infraestructuras propiedad de ICM, salvo el de acceso indispensable al mismo para el cumplimiento de las tareas que se desprenden de las obligaciones dimanadas del contrato.
El adjudicatario no podrá utilizar la información obtenida en la actividad desarrollada como consecuencia del contrato, no pudiendo transmitir dicho conocimiento, sin el consentimiento expreso y por escrito de ICM.
CLÁUSULA 12ª CALIDAD
Durante el periodo de ejecución del contrato, el adjudicatario propondrá las mejoras de calidad que estime oportunas, para optimizar la actividad desarrollada. No obstante, ICM podrá establecer acciones de aseguramiento de la calidad sobre tareas realizadas y los productos obtenidos. A tal
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fin, ICM podrá incorporar los recursos que considere oportunos para garantizar la correcta puesta en marcha y prestación del servicio objeto del contrato.
CLÁUSULA 13ª PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo total de ejecución será: desde el día siguiente a la formalización del contrato y hasta el 31 de julio de 2014.
Si en la fecha de inicio de la ejecución, los trabajos objeto del contrato no hubieran comenzado y no se pudiera contar en tal fecha con la disponibilidad del equipo necesario para la atención de los mismos, ICM quedará facultada para instar la resolución del contrato.
CLÁUSULA 14ª CONSULTAS SOBRE EL PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS Durante el periodo de licitación, y ante cualquier necesidad de aclaración sobre cuestiones referidas a las especificaciones recogidas en el presente pliego, los licitadores podrán dirigirse a:
ICM
Dirección de Producción e Infraestructuras Área de Infraestructuras y CPD,s
C/ Embajadores, 181 28045 – Madrid Tel.: 91-580 50 00
Horario de consultas: de 10:00 a 14:00, de lunes a viernes
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ANEXO I
AL PLIEGO DE CLÁUSULAS TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EL CONTRATO DE SERVICIOS TITULADO
“SERVICIO DE ADECUACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE CABLEADO EN CPDS DEPENDIENTES DE LA AGENCIA DE INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES DE LA COMUNIDAD DE MADRID”
MODELO DE CURRICULUM VITAE DEL EQUIPO PRESTADOR DEL SERVICIO A PRESENTAR POR EL LICITADOR PROPUESTO COMO ADJUDICATARIO
NOMBRE Y APELLIDOS:
CATEGORÍA PROFESIONAL:
TITULACIÓN:
FORMACIÓN:
ACTIVIDAD PROFESIONAL:
(Especificando, como mínimo, empresa, meses/años de participación en el proyecto, descripción del mismo y/o actividades desarrolladas, y cliente para el que se ha ejecutado)
D. ……….……….………… en nombre propio / en nombre y representación de la empresa
….……….……… ……….. declara la veracidad de los datos contenidos en el presente documento, de conformidad con lo establecido en la CLÁUSULA 6ª del presente Pliego.
Fecha y firma del licitador
El Consejero-Delegado de la Agencia de Informática y Comunicaciones de la C.M.
Fdo.: José Martínez Nicolás
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Firmado digitalmente por JOSE MARTINEZ NICOLAS Organización: A. INFORMATICA Y COMUNICACIONES C. M.
Fecha: 2013.12.04 13:52:54 CET
Huella dig.: f53cadd46a6b281dc703b8b4c1a3e6fbe02214e8