Índice
1 INTRODUCCIÓN ... 1
1.1 GENERALIDADES ... 1
1.2 OBJETIVOS DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA) ... 2
1.2.1 OBJETIVO GENERAL ... 2
1.2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ... 2
1.3 ALCANCES ... 3
1.4 ANTECEDENTES ... 4
1.5 ESTUDIOS E INVESTIGACIONES PREVIAS... 5
1.6 UBICACIÓN DEL PROYECTO ... 6
1.7 INTERACCIÓN CON AREAS NATURALES PROTEGIDAS ... 7
1.8 METODOLOGÍA ... 8
1.8.1 PROGRAMACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE CAMPO ... 9
1.8.2 RECOPILACIÓN DE LA INFORMACIÓN SECUNDARIA EXISTENTE PARA LA ZONA ... 9
1.8.3 DEFINICIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO Y SITIOS DE MONITOREO ... 12
1.8.3.1 Definición del Área de Estudio ... 12
1.8.3.2 Definición de Sitios de Monitoreo ... 13
1.8.4 CARTOGRAFÍA BASE Y TEMÁTICA ... 14
1.8.4.1 Cartografía Base ... 14
1.8.4.2 Definición de la Escala y Cartografía Temática ... 15
1.8.5 TRABAJO DE CAMPO ... 15
1.8.6 ANÁLISIS DE MUESTRAS EN LABORATORIO ... 16
1.8.8 ELABORACIÓN DEL INFORME FINAL ... 17
2 MARCO LEGAL ... 20
2.1 GENERALIDADES ... 20
2.2 MARCO LEGAL AMBIENTAL GENERAL ... 20
2.2.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PERUANO DE 1993 ... 20
2.2.2 LEY GENERAL DEL AMBIENTE, LEY Nº 28611 DE FECHA 13 DE NOVIEMBRE DE 2005 ... 21
2.2.3 POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTE, DECRETO SUPREMO Nº 012-2009-MINAM DE FECHA 23 DE MAYO DE 2009 ... 22
2.2.4 LEY MARCO PARA EL CRECIMIENTO DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN EL PERÚ: DECRETO LEGISLATIVO Nº 757 DE FECHA 13 DE NOVIEMBRE DE 1991 ... 23
2.2.5 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL; LEY Nº 27446 DE FECHA 20 DE ABRIL DE 2001 ... 23
2.2.6 LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL; LEY Nº 28245 DE FECHA 04 DE JUNIO DE 2004 ... 24
2.3 MARCO LEGAL INSTITUCIONAL ... 25
2.3.1 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS ... 25
2.3.2 MINISTERIO DEL AMBIENTE ... 25
2.3.2.1 Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP ... 26
2.3.3 MINISTERIO DE AGRICULTURA ... 27
2.3.3.1 Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre ... 28
2.3.3.2 Dirección General de Asuntos Ambientales Agrarios ... 28
2.3.3.3 Autoridad Nacional del Agua ... 28
2.3.4 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA - OSINERGMIN ... 29
2.3.6 MINISTERIO DE SALUD – DIRECCIÓN GENERAL DE SALUD
AMBIENTAL ... 30
2.4 MARCO LEGAL AMBIENTAL ESPECÍFICO ... 31
2.4.1 EL SUBSECTOR HIDROCARBUROS ... 31
2.4.2 LOS ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL – EIA ... 36
2.4.3 LÍMITES MÁXIMOS PERMISIBLES Y ESTÁNDARES DE CALIDAD AMBIENTAL ... 40
2.4.3.1 Agua ... 40
2.4.3.2 Aire ... 44
2.4.3.3 Ruidos ... 45
2.4.4 CONSERVACIÓN DE ÁREAS NATURALES Y PROTECCIÓN DE RECURSOS NATURALES ... 46
2.4.4.1 Reserva Nacional de Paracas ... 49
2.4.4.2 Zona Reservada San Fernando ... 50
2.4.5 PROTECCIÓN DE PATRIMONIO CULTURAL ... 50
2.4.6 USO DE AGUAS ... 52
2.4.7 MANEJO DE CANTERAS ... 53
2.4.8 MANEJO DE EXPLOSIVOS ... 54
2.4.9 TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO DE HIDROCARBUROS ... 54
2.4.10 SALUD E HIGIENE ... 54
2.4.11 DISPOSICIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS ... 55
2.4.12 FISCALIZACIÓN Y SANCIONES ... 57
2.4.13 PERMISOS ... 58
2.4.13.1 Ministerio de Energía y Minas ... 58
2.4.13.2 Ministerio del Ambiente ... 61
2.4.13.3 Ministerio de Agricultura ... 62
2.4.13.4 Ministerio de Salud ... 64
2.4.13.6 Ministerio de Educación ... 65
2.4.13.7 Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería ... 65
2.4.13.8 Resumen de Permisos y Requerimientos ... 67
2.4.14 SERVIDUMBRES ... 69
2.4.15 MARCO LEGAL DE LOS GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES ... 70
2.5 MARCO LEGAL INTERNACIONAL ... 83
2.5.1 LOS 10 PRINCIPIOS DEL PACTO GLOBAL ... 83
2.5.1.1 Derechos Humanos ... 83 2.5.1.2 Trabajo ... 83 2.5.1.3 Medio Ambiente ... 84 2.5.1.4 Anti-Corrupción ... 84 2.5.2 CONVENIOS INTERNACIONALES ... 85 3 DESCRIPCION DELPROYECTO... 90
3.1 AREA DE ESTUDIO Y AREA DE INFLUENCIA... 90
3.1.1 AREA DE ESTUDIO ... 90
3.1.2 AREAS DE INFLUENCIA ... 91
3.1.2.1 Criterios de delimitación ... 91
3.1.2.2 Área de Influencia Directa (AID) ... 92
3.1.2.3 Área de Influencia Indirecta (AII) ... 99
3.2 SELECCION DEL TRAZO ... 101
3.2.1 INTRODUCCION ... 101
3.2.2 OBJETIVOS ... 102
3.2.2.1 General ... 102
3.2.2.2 Específicos ... 102
3.2.3 METODOLOGÍA DE EVALUACIÓN ... 103
3.2.3.2 Asignación de ponderaciones (Riesgo) ... 105
3.2.3.3 Determinación de restricciones ambientales ... 125
3.2.3.4 DETERMINACIÓN DE LA ELEGIBILIDAD DE LA ALTERNATIVAS ... 126
3.2.3.5 APLICACIÓN DEL MÉTODO DELPHI ... 127
3.2.4 DESCRIPCIÓN DE LAS ALTERNATIVAS DE TRAZADO ... 128
3.2.4.1 Caracterización Técnica de Alternativas ... 128
3.2.4.2 Análisis General de Posibles Corredores ... 130
3.2.4.3 Definición de Posibles Corredores ... 133
3.2.5 ANALISIS DE RESULTADOS ... 137
3.2.5.1 Análisis Riesgo Ambiental ... 137
3.2.5.2 Análisis Constructivo ... 168 3.2.5.3 Análisis Económico ... 170 3.2.6 NIVEL DE ELEGIBILIDAD ... 172 3.2.6.1 Sector norte ... 172 3.2.6.2 Sector centro ... 172 3.2.6.3 Sector sur ... 173
3.2.7 APLICACIÓN DEL MÉTODO DELPHI ... 174
3.2.8 CONCLUSIONES ... 174
3.3 ACTIVIDADES DEL PROYECTO ... 178
3.3.1 COMPONENTES DEL PROYECTO... 178
3.3.1.1 Subsistema de Transporte ... 180
3.3.1.2 Infraestructura Anexa ... 315
3.3.1.3 Características del gas a transportar ... 333
3.3.1.4 Distribución ... 333
3.3.1.5 Comunicaciones ... 354
3.3.2 RECURSOS ... 359
3.3.2.2 Equipos y Maquinaria ... 361
3.3.2.3 Recursos Naturales ... 362
3.3.2.4 Recursos Energéticos ... 379
3.3.3 CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN DEL PROYECTO ... 380
1 INTRODUCCIÓN
1.1 GENERALIDADES
CONGAS PERÚ S.A.C. (CONGAS), representa al consorcio conformado por La Empresa Transportadora de Gas Internacional (TGI) y la Empresa de Energía de Bogotá (EEB), a quien el Estado Peruano otorgó la concesión para la construcción y operación del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de Ica1.
El alcance del Proyecto comprende la distribución de gas natural en el departamento de Ica, comenzando en los centros urbanos de Chincha, Pisco, Ica, Nasca, San Juan de Marcona, para el abastecimiento de consumidores domésticos, comerciales e industriales, hasta el abastecimiento de toda la región. Para ello, se realizará la construcción de una red de gasoductos troncales, ramales y una red secundaria de distribución, los mismos que estarán conectados desde Centros Operacionales (en Humay y Chincha) hasta los City Gate (estación receptora) y de allí hacia la red secundaria de distribución.
Los gasoductos troncales corresponden a la troncal Humay-Pisco y la troncal Humay – Marcona. Los gasoductos ramales, conectados a través del gasoducto troncal Humay-Marcona comprenden derivaciones a las ciudades de Ica, Nasca, San Juan de Humay-Marcona, así como a la unidad minera de Shougang y la futura Planta Petroquímica de CFI Industries. Adicionalmente, se considera un ramal a la ciudad de Chincha el cual será abastecido directamente del gasoducto Camisea que opera Transportadora de Gas del Perú (TGP), para lo cual, se ubicará un centro de operaciones que conectará ambos ductos. La interconexión del gasoducto Camisea con las redes troncales en el sector de Humay se realizará también mediante un centro de operaciones.
La red secundaria de distribución contempla la instalación de redes de media y baja presión, que salen desde los City Gates hacia las Estaciones de Distrito para el abastecimiento de gas natural a través de tuberías de polietileno (HDPE) y/o tuberías de acero a los consumidores domésticos, comerciales e industriales mediante acometidas2, incluido las estaciones de regulación, las válvulas y los accesorios.
El proyecto responde a la necesidad de suministrar gas natural a los centros urbanos del departamento de Ica, recurso que ayudará a mejorar la calidad de vida y de igual forma reducir impactos y riesgos derivados de la utilización de otras fuentes de combustible.
1
Mediante Resolución Suprema Nº 046-2008-EM el Estado otorgó a la Sociedad Concesionaria Transportadora de Gas Inter-nacional del Perú SAC, la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica. Esta concesión es por un periodo de 30 años.
2
Para la ejecución del proyecto, es necesaria la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) el cual constituye una herramienta para la caracterización del medio, la predicción de potenciales impactos y el planteamiento de las estrategias de manejo ambiental y seguimiento, que garanticen el buen desarrollo de las actividades del proyecto en todas sus etapas.
Para la implementación del proyecto, CONGAS cumplirá con las normas legales y estándares aplicables, para lo cual, cuenta con una Política de Responsabilidad Social Corporativa del Grupo Energía de Bogotá, cuyos principios son equidad, transparencia, participación, corresponsabilidad, solidaridad y sostenibilidad ambiental. El Grupo de Energía de Bogotá se ha adherido al Pacto Global de las Naciones Unidas que es una iniciativa corporativa voluntaria que busca promover principios universales a través del compromiso de sus participantes3.
1.2 OBJETIVOS DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL (EIA)
1.2.1 OBJETIVO GENERAL
Elaboración del EIA con los requerimientos técnicos y legales establecidos en la legislación ambiental vigente para la obtención de la Certificación Ambiental de la construcción y operación de la Red Troncal de Gasoducto y de la Red Secundaria de las Zonas Urbanas Residenciales, Comerciales e Industriales en el Departamento de Ica – Perú, cumpliendo lo señalado en el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos (D.S. Nº 015-2006-EM), el Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. Nº 019-2009-MINAM), entre otras normas legales aplicables.
1.2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Los objetivos específicos del EIA reflejan la estructura del mismo y pueden resumirse como sigue:
¾ Evaluar y caracterizar el estado actual del área donde se implementará el proyecto, mediante la elaboración de la línea base ambiental, social y arqueológica que determine las condiciones actuales del área de estudio que sirva como referencia para la evaluación de los impactos potenciales del proyecto.
¾ Identificar y evaluar los potenciales impactos y riesgos ambientales que se puedan generar en el área de influencia del proyecto.
3 El Pacto Global fue puesto en marcha oficialmente en la sede de las Naciones Unidas en julio de 2000 y contiene diez
princi-pios universales relacionados con los derechos humanos, las normas laborales y el medio ambiente que las empresas deben adoptar
¾ Plantear medidas que permitan mitigar los impactos negativos sobre el área de influencia, en función de la conservación del ambiente natural, social y el patrimonio cultural.
¾ Plantear medidas que permitan potenciar y gestionar los impactos positivos en cuanto a beneficios económicos y sociales de las poblaciones involucradas.
¾ Plantear procedimientos y medidas para el abandono del área del proyecto una vez finalizadas las obras y operaciones.
1.3 ALCANCES
El alcance del EIA contiene toda la información requerida de los medios físico, biótico, social y arqueológico-cultural evaluados en el área de estudio, así como también el análisis ambiental del proyecto con la finalidad de proponer las medidas de protección ambiental durante su implementación.
Asimismo, comprende las actividades del proyecto para la distribución del gas natural al departamento de Ica, que incluye la construcción de los gasoductos troncales (Humay-Pisco, Humay-Marcona), los gasoductos ramales y la red secundaria de distribución de gas natural. Comprende también las instalaciones de superficie como los Centros Operacionales, City Gate, Estaciones de Distrito, válvulas, entre otros componentes.
Se considera el cumplimiento del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. Nº 019-2009-MINAM), el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, la Guía para la elaboración de EIA del MINEM, entre otras normas e instrumentos técnico-legales aplicables.
En este sentido, dentro del alcance del presente estudio se considera:
¾ Obtención de información primaria de los medios físico, biótico, social y cultural, con el fin de establecer las características del área y su potencial para el desarrollo del proyecto.
¾ La evaluación, desde el punto de vista técnico, ambiental y social, de las áreas por donde cruzará las redes del gasoducto proyectado.
¾ La descripción de las actividades constructivas, de operación y abandono del proyecto, así como la determinación del uso de los recursos naturales durante la realización de las actividades constructivas y operativas del mismo.
¾ Evaluación de los impactos ambientales y sociales potenciales del Proyecto, identificando su condición de positivo, negativo, directo, indirecto, acumulativo, sinérgico, a corto y largo plazo.
¾ El análisis de los riesgos ambientales y tecnológicos que se puedan generar sobre el ambiente y de este hacia el gasoducto, con el fin de elaborar e implementar el Plan de Contingencia.
¾ La propuesta de medidas preventivas, correctivas y mitigadoras para los impactos identificados, estableciendo el conjunto de estrategias, planes y programas en todas sus etapas. Este incluirá justificación, objetivos, alcances, tecnologías a utilizar, resultados a lograr, costos y cronogramas de inversión y ejecución para los programas requeridos. También incluye las actividades de seguimiento y monitoreo, para garantizar el adecuado cumplimiento de las acciones de manejo especificadas, así como el plan de relaciones comunitarias.
¾ Desarrollo del Plan de Participación Ciudadana (PPC), en la cual de acuerdo al Reglamento de Participación Ciudadana, se establecen mecanismos de participación obligatorios (Talleres Informativos y Audiencia Pública), y voluntarios (promotores), a fin de informar y consultar a los principales actores sociales de la región y población, los alcances del proyecto y del PPC.
1.4 ANTECEDENTES
Con fecha 25 de abril de 2008, el Estado Peruano a través de PROINVERSIÓN adjudicó la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica al Consorcio EEB-TGI, conformado por la Empresa de Energía de Bogotá S.A. y Transportadora de Gas Internacional S.A., el que constituyó la Sociedad Concesionaria denominada Transportadora de Gas Internacional del Perú S.A.C.
Posteriormente mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, se emitió la Resolución Suprema Nº 046-2008-EM de fecha 21 de octubre de 2008, que otorgó a la Sociedad Concesionaria Transportadora de Gas Internacional del Perú S.A.C., la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, y se aprobó el respectivo Contrato de Concesión.
Mediante Escritura Pública de fecha 23 de octubre de 2008, la Sociedad Concesionaria cambió su denominación social de Transportadora de Gas Internacional del Perú S.A.C. a TRANSCOGAS Perú S.A.C. Posteriormente, con fecha 07 de octubre de 2009, TRANSCOGAS cambio la denominación de su razón social a CONGAS PERU S.A.C (en adelante CONGAS).
El contrato de concesión otorgado por el Estado a CONGAS es por un periodo de 30 años y cuyo alcance comprende la atención a beneficiarios domésticos, comerciales e industriales. La inversión estimada para el proyecto asciende a la suma de US$ 250 millones de dólares americanos.
El proyecto de distribución de gas natural en el departamento de Ica se realizará a partir del suministro de gas natural proveniente de los yacimientos de Camisea, cuyo transporte es realizado por la Empresa Transportadora de Gas del Perú (TGP). La conexión del gasoducto de CONGAS con el ducto de TGP se realizará a la altura de la localidad de Humay mediante la instalación de un centro de operaciones.
1.5 ESTUDIOS E INVESTIGACIONES PREVIAS
En el área del proyecto (principalmente sector norte) se ha ubicado infraestructura para el desarrollo del Proyecto Camisea, a través de la operación de la Planta de Fraccionamiento de Líquidos de Gas Natural en Pisco, operada por la Empresa Pluspetrol y que recibe los Líquidos de Gas Natural (LGN) a través de un poliducto que proviene de los yacimientos de Camisea. Adicionalmente, por estos sectores se realiza el transporte de gas natural mediante un gasoducto que proviene de Camisea operado por Transportadora de Gas del Perú (TGP) y se dirige hasta la ciudad de Lima para su distribución. También hay un gasoducto operado por PERU LNG que proviene de Ayacucho hasta la Planta de Licuefacción en Pampa Melchorita. Sin embargo, no se han desarrollado proyectos a nivel de redes de distribución.
Para el desarrollo de los proyectos señalados, se elaboraron estudios ambientales, en cumplimiento de la normativa vigente, entre los cuales se encuentran los siguientes:
¾ EIA del Sistema de Transporte de Gas Natural y de Líquidos de Gas Natural Camisea-Lima – TGP, Walsh Perú S.A. 2001.
¾ Modificación del EIA Camisea-Lima, Variante Río Pisco. TGP, Walsh Perú S.A. 2003. (EIA de variante del gasoducto Camisea en los distritos de Huancano y Pisco (Provincia
Pisco).
¾ Modificación del EIA Camisea-Lima, Desvío Playa Lobería.TGP, Walsh Perú S.A. 2003.
(EIA para transporte de LGN desde un desvío en Humay a la Planta de Fraccionamiento de Pisco).
¾ Reedición del EIAS del Proyecto Planta de Fraccionamiento de LGN e Instalaciones de Carga Playa Lobería, Pisco, Perú. ERM Perú S.A. (Environmental Resources
Management), 2003.
¾ EIA Proyecto de Transporte de Gas Natural por Ducto de Ayacucho a la Planta de Licuefacción (Melchorita), Walsh Perú, 2005
De manera complementaria otros estudios relacionados a la distribución del gas natural realizados en Lima y Callao, fueron los siguientes:
¾ EIA de la Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en Lima y Callao – TGP, Pacific S.A., 2001. (EIA de la red troncal y redes de distribución en Lima y Callao), y sus Modificatorias.
¾ EIA del Proyecto de Construcción y Operación de las Redes Secundarias de las “Otras
Redes” de distribución en Lima y Callao. Gas Natural de Lima y Callao S.R.L (GNLC).
Walsh Perú S.A. 2006, y sus Modificatorias.
1.6 UBICACIÓN DEL PROYECTO
El Departamento de Ica, está ubicado en la Costa Sur Central del Litoral Peruano, a 306 Km al Sur de la ciudad de Lima y limita por el Norte con el Departamento de Lima, por el Este con los Departamentos de Huancavelica y Ayacucho, por el Sur con el Departamento de Arequipa y por el Oeste con el Océano Pacífico; está dividida políticamente en cinco provincias: Ica (la capital), Chincha, Pisco, Nasca y Palpa y 43 distritos.
La concesión del proyecto abarca el Departamento de Ica, atravesando, en una primera etapa, cuatro de las cinco provincias de Ica4. Las redes secundarias del sistema de distribución tiene como alcance y ámbito a los cascos urbanos de las capitales de provincia
(Chincha, Pisco, Ica y Nasca) y al centro poblado de San Juan de Marcona, siendo por
naturaleza redes urbanas de distribución.
La distribución del gas natural hacia los centros poblados de Pisco, Ica, Nasca, San Juan de Marcona y Chincha, se realizará mediante redes troncales y ramales, tal como fue señalado anteriormente. La conexión para la redes de gasoductos se realizará desde el gasoducto Camisea a la altura de Humay donde se encuentra la trampa de raspadores, a partir del cual se interconectará una tubería hacia un centro de operaciones desde donde se iniciará y realizará el transporte y distribución del gas natural.
La red troncal Humay-Marcona, tiene una extensión de 220 Km, a partir del cual se distribuirán ramales hacia las ciudades de Ica, Nasca y San Juan de Marcona, incluyendo los ramales a la Empresa Minera Shougang S.A.C. y la Planta Petroquímica de CFI Industries. Estos ramales en tubería de acero llegarán hasta las zonas periféricas de cada ciudad donde se instalarán las facilidades de distribución (City Gate) para desde allí instalar tuberías de distribución interna. El alcance comprende también una red troncal Humay-Pisco con una extensión de 37,6 km que abastecerá de gas natural a la ciudad de Pisco y su zona industrial. Por otro lado, el ramal proyectado para la ciudad de Chincha, localizada al norte del departamento de Ica, contempla la obtención del gas natural directamente de la red principal del gasoducto Camisea. (Ver Mapa Nº 1, Localización).
4 El abastecimiento de gas natural en la provincia de Palpa, ubicada dentro del departamento de Ica, será materia de un nuevo
1.7 INTERACCIÓN CON AREAS NATURALES PROTEGIDAS
Parte del trazo del gasoducto troncal Humay-Marcona transcurre por áreas que están dentro del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas, teniendo interacción con la Zona de Amortiguamiento de la Reserva Nacional de Paracas (ZA-RNP) y la Zona Reservada “San Fernando” (ZRSF). En el Mapa Nº 2 se muestra los límites de la ZA RNP y se destacan las áreas que serán intervenidas durante la construcción del ducto. Adicionalmente, en el Mapa
Nº 3 se observa los límites de las áreas naturales protegidas respecto a la ubicación del
proyecto.
La Reserva Nacional de Paracas (RNP) fue creada mediante Decreto Supremo Nº 1281-75-AG, ubicada en la provincia de Pisco, siendo su objetivo de creación la preservación y uso sostenible de la diversidad biológica, del desierto Pacífico Subtropical y del Desierto Pacífico Templado Cálido. La RNP cuenta con un Plan Maestro aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 053-96-INRENA, y posteriormente mediante Resolución Jefatural Nº 465-2002-INRENA.
Por su parte, la Zona Reservada “San Fernando” (ZRSF) fue creada mediante Resolución Ministerial Nº 147-2009-MINAM, ubicada en el distrito de Santiago, provincia de Ica, y en los distritos de Changuillo, Nasca y San Juan de Marcona, provincia de Nasca. El objetivo de creación es la conservación de la diversidad biológica, cultural, paisajística de los ecosistemas marino-costeros, y del desierto, así como promover el uso sostenible de los recursos naturales del área.
La interacción del proyecto se realizará debido a que el trazo de los gasoductos troncales cruzará parte de las áreas de las referidas zonas reservadas. El trazo del gasoducto troncal Humay-San Juan de Marcona cruza la ZA-RNP en una longitud aproximada de 75 km y la ZRSF en una longitud de 32 km aproximadamente. Asimismo, el gasoducto troncal Humay-Pisco también interactúa con la ZA-RNP en una longitud aproximada de 5.5 Km; sin embargo, el trazo propuesto va paralelo al poliducto de Líquidos de Gas Natural (LGN) que se dirige hacia la Planta de Fraccionamiento de Pluspetrol en el sector denominado Playa Lobería.
Asimismo, la ciudad de Pisco se encuentra ubicada al norte de la RNP, incluida totalmente dentro de su territorio, por cuanto, el sistema de distribución de gas natural comprenderá al casco urbano de Pisco y San Andrés, así como las industrias del distrito de Paracas, donde actualmente existen el desarrollo de actividades domésticas, comerciales e industriales.
El Reglamento de la Ley de Área Naturales Protegidas (D.S. Nº 038-2001-AG) establece los procedimientos para operaciones de hidrocarburos que se superpongan en todo o en parte
con un Área Natural Protegida o su Zona de Amortiguamiento5. Entre los procedimientos señalados se establece que la autoridad sectorial competente (DGAAE-MEM) debe coordinar previamente con el INRENA (actualmente SERNANP6) para definir la compatibilidad de la actividad con la naturaleza jurídica y condiciones naturales del área involucrada.
En virtud a lo señalado, el SERNANP mediante Oficio Nº 622-2009-SERNANP-DGANP, de fecha 30 de septiembre de 2009, comunica a la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos del Ministerio de Energía y Minas (DGAAE-MEM), el otorgamiento de la compatibilidad del proyecto de la Red Troncal del Gasoducto y la Red Secundaria de las Zonas Urbanas Residenciales, Comerciales e Industriales, en el marco de lo establecido en el artículo 116º del D.S. Nº 038-2001-AG. El referido documento contempla algunas recomendaciones a tener en cuenta, así como las coordinaciones con las respectivas autoridades competentes.
En general, los sectores del trazo por donde el gasoducto Humay-Marcona cruza las áreas naturales protegidas, presentan una mayor estabilidad física desde el punto de vista constructivo, así como una menor cobertura de vegetación y presencia de evidencias arqueológicas, entre otros aspectos, lo que determina también un menor nivel de riesgos e impactos ambientales sobre su ámbito. Adicionalmente, es importante señalar que la construcción es una actividad temporal, luego del cual el ducto no será visible, por cuanto, los impactos serán temporales y la recuperación del medio será acorde a las condiciones existentes.
1.8 METODOLOGÍA
La metodología utilizada para la elaboración del EIA se ilustra en la Figura Nº 1.1. A continuación, se presenta la relación general de las actividades efectuadas. Es importante señalar que previamente las metodologías aplicadas fueron presentadas en los respectivos Términos de Referencia del EIA los cuales fueron evaluados por las autoridades competentes (DGAAE-MEM y SERNANP).
5
El artículo 116º del D.S. Nº 038-2001-AG establece los procedimientos para la realización de actividades de hidrocarburos o minería en Áreas Naturales Protegidas o sus Zonas de Amortiguamiento.
6 Mediante Decreto Legislativo Nº 1013 (14 mayo 2008) se aprobó la creación del Servicio Nacional de Áreas Naturales
Prote-gidas por el Estado – SERNANP, como organismo público descentralizado especializado y establece la Naturaleza Jurídica y Funciones Básicas. El SERNANP es un organismo descentralizado del Ministerio del Ambiente.
1.8.1 PROGRAMACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE CAMPO
Las actividades de campo para el estudio de línea base comprendieron los aspectos de la temática ambiental, social y arqueológica. Los trabajos de campo para la línea base ambiental (física, biológica y arqueológica) fueron realizados principalmente sobre un corredor de estudio definido por la ubicación del trazo de las redes troncales y ramales en el ámbito rural; y las redes de distribución en el ámbito urbano. La línea base social se realizó en las áreas determinadas por los cascos urbanos (Chincha, Pisco, Ica, Nasca, San Juan de
Marcona), así como los ámbitos rurales principalmente en el valle del río Pisco debido a la
existencia de actividad agrícola por donde cruzaría el gasoducto troncal.
La programación de las actividades de campo incluyó la definición de la logística para realizar la visita de campo considerando los ámbitos señalados, así como la determinación del tipo de información primaria a recopilar en campo, que sirva de complemento a la información secundaria existente y disponible.
Para los trabajos de campo se confeccionaron mapas base a escala 1:100.000 que corresponde a la cartografía oficial del IGN para las redes troncales, en los cuales se trazaron los transectos y estaciones de muestreo iniciales que fueron replanteadas en campo, las mismas que son representativas para la evaluación realizada. Adicionalmente, se usaron mapas a escala 1:25.000 para la evaluación de las áreas urbanas.
1.8.2 RECOPILACIÓN DE LA INFORMACIÓN SECUNDARIA EXISTENTE PARA LA ZONA
Se efectuó la revisión de la información existente de otros proyectos y estudios elaborados en la zona. A partir de esta información se establecieron las características preliminares de los medios físicos, bióticos y sociales. Esta información incluyó la revisión, entre otros, de los siguientes estudios:
¾ EIA Variante Río Pisco/ EIA Desvío Playa Lobería - TGP, Walsh Perú SA. 2003
¾ EIA Proyecto de Transporte de Gas Natural por Ducto de Ayacucho a la Planta de Licuefacción (Melchorita), Walsh Perú, 2005
¾ Reedición del EIAS del Proyecto Planta de Fraccionamiento de LGN e Instalaciones de Carga Playa Lobería, Pisco, Perú. ERM Perú S.A. (Environmental Resources
Management), 2003
¾ Cuenca del Río Ica. Inventario, Evaluación y Uso Racional de los Recursos Naturales de la Costa. 1971. Oficina Nacional de evolución de Recursos Naturales (ONERN). Lima.
¾ Cuenca del Río Grande. Inventario, Evaluación y Uso Racional de los Recursos Naturales de la Costa. 1971. Oficina Nacional de evolución de Recursos Naturales (ONERN). Lima.
¾ PETACC citado por Plan de usos del suelo ante desastres y medidas de mitigación de las ciudades de Ica, Parcona, La Tinguiña, Subtanjalla y San José de los Molinos. 2008. Proyecto INDECI PNUD PER/02/051. Ciudades Sostenibles. Informe Final. Junio 2008.
¾ Estudio de Factibilidad “Solución de la problemática de Desbordes e Inundaciones del río Ica y quebrada Cansas/Chanchajalla”, PETACC, 2002.
¾ Balance hidrológico de la cuenca integral del rio Ica. 2003. Instituto nacional de recursos naturales - dirección general de aguas y suelos - ATDR Ica
La información en detalle de los estudios utilizados para el EIA se presenta en el Tomo V Anexos (Anexo N° 3: Bibliografía).
Figura Nº 1.1: Esquema metodológico seguido durante la realización del EIA
REUNIÓN DE INICIO EIA PLANEACIÓN PARA LA EJECUCIÓN DEL ESTUDIO (TOMA DE INFORMACIÓN SECUNDARIA Y SALIDA DE CAMPO MEDIOS FÍSICO Y BIÓTICO) REVISIÓN Y ANÁLISIS DE LAS CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO REVISIÓN DE INFORMACIÓN SECUNDARIA PERTINENTE AL PROYECTO NORMATIVIDAD - PLAN DE DESARROLLO REGIÓN ICA
- INRENA - NGEMMET - SENANHI - SERNANP - ANA
DETERMINACIÓN DEL ÁMBITO DE ESTUDIO Y ÁREAS DE INFLUENCIA RECONOCIMIENTO EN CAMPO Y ADQUISICIÓN DE INFORMACIÓN PRIMARIA DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO A INTERVENIR
MEDIO FISICOS MEDIO BIÓTICO MEDIO SOCIAL ARQUEOLÓGICOSASPECTOS
EVALUACIÓN DE IMPACTOS
FORMULACIÓN DE MEDIDAS DE MANEJO AMBIENTAL, SEGUIMIENTO Y MONITOREO Y
PLAN DE ABANDONO
PREPARACIÓN DEL DOCUMENTO ESCRITO IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS POTENCIALES (LISTAS DE CHEQUEO) DESARROLLO Y EJECUCIÓN DEL PLAN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA. MATRICES DE CALIFICACION MATRICES DE IMPORTANCIA EVALUACIÓN DE RIESGOS FORMULACIÓN PLAN DE CONTINGENCIA ANÁLISIS AMBIENTAL Y TÉCNICO DE ALTERNATIVAS DE TRAZADO RECONOCIMIENTO DE CAMPO
1.8.3 DEFINICIÓN DEL ÁREA DE ESTUDIO Y SITIOS DE MONITOREO
1.8.3.1 Definición del Área de Estudio
La construcción de un gasoducto es conceptualizado en términos ambientales como un proyecto lineal, cuya influencia a nivel de construcción solo se realiza en el área de obras
(influencia directa) definida por un ancho de derecho de vía, de acuerdo al Reglamento para
la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos (D.S. Nº 015-2006-EM); adicionalmente, existen otros elementos de influencia directa como son los componentes del gasoducto (campamentos, áreas de depósito de material de corte, almacenamiento de
tuberías, etc.). Sin embargo, debido a la relación entre los elementos del medio y los
recursos naturales, ha resultado necesario el definir un área de estudio mayor que permita identificar todos los componentes posiblemente influenciados por un proyecto lineal.
La definición del área de estudio fue realizada en base a un corredor de estudio o buffer con la finalidad de abarcar una mayor extensión del área de influencia directa con fines temáticos y cartográficos. Se definió un corredor de estudio de 3,0 Km considerando 1,5 Km a cada lado del eje del trazo del gasoducto comprendido para las redes troncales y ramales. La zona de estudio abarca el área de influencia directa del proyecto el cual está definido por la ubicación territorial de los componentes del proyecto en el ámbito físico, biológico y social del área de estudio. Para las zonas urbanas donde se realizará la distribución del gas natural a través de la red secundaria el área de estudio comprende los cascos urbanos de las ciudades de Chincha, Pisco, Ica, Nasca y San Juan de Marcona.
Es por ello que para el EIA, principalmente para la descripción del medio físico se ha establecido un corredor de estudio de aproximadamente 774 km2 para los gasoductos troncales; adicionalmente, para el sector de ramales, existe un buffer aproximado de 210 km2. La conceptualización de estos corredores comprende prácticamente todas las zonas que podrían ser impactadas ambientalmente en forma directa e indirecta por la ejecución de obras civiles y operación del gasoducto. Los criterios para el establecimiento de dicho corredor fueron los siguientes:
¾ Uso preferente de límites topográficos naturales, como divisorias y límite de cuencas y subcuencas hidrográficas.
¾ Identificación preliminar de áreas de mayor sensibilidad e importancia ecológicas, físicas y sociales.
¾ Se estima que un ancho de 3,0 km de corredor, que incluye el trazo del gasoducto en su parte central, es suficiente para abarcar todos los posibles impactos ambientales significativos, sobre todo cuando el trazo queda encerrado entre divisorias topográficas y subcuencas hidrográficas definidas.
1.8.3.2 Definición de Sitios de Monitoreo
Para la definición de los sitios de monitoreo para la línea base ambiental, se ha tomado en cuenta las características y componentes del proyecto. Asimismo, considerando las características preliminares de la zona sobre la base de la revisión de información secundaria e imágenes de satélite, y las necesidades del proyecto se definieron los sitios para la realización de los muestreos de calidad de aire, ruido, suelo, fauna, flora y aguas superficiales.
También las características iníciales de la zona fueron determinadas en base a un reconocimiento preliminar de campo realizado como parte del análisis de alternativas, para lo cual se consideraron los aspectos físicos (geológico, geomorfológico, geotécnico,
hidrológico), biológicos (presencia de especies de flora y fauna) y arqueológico. En este
reconocimiento se determinaron los sectores o áreas de interés para la definición de los transectos y puntos de monitoreo en los aspectos físicos y biológicos.
Una vez definidas las áreas de interés para el muestreo de la línea base, se programaron los trabajos de campo para cada una de las disciplinas temáticas que conforman la línea base física y biológica, así como la evaluación arqueológica.
Para el estudio social y económico se consideraron los centros poblados de los centros urbanos de las provincias de Chincha, Pisco, Ica, Nasca. Asimismo, se consideró como parte del alcance una muestra representativa de propietarios en entidades públicas y privadas que serían afectados por la servidumbre de paso del derecho de vía.
En resumen la definición de los sitios de monitoreo fue realizado siguiendo los siguientes criterios:
¾ Reconocimiento de la zona del trazo para análisis de alternativas.
¾ Distribución de puntos de muestreo en base a reconocimiento preliminar de los aspectos físicos, biológicos y arqueológicos.
¾ Distribución de sitios de interés de acuerdo a componentes del proyecto (trazo de los
gasoductos troncales, ramales, campamentos temporales, sitios de acopio de tuberías, City Gate).
¾ Registro de calidad del aire y niveles de ruido ambiental en ciudades (City Gate).
¾ Registro de calidad del agua e hidrobiológico en ríos Ica, Grande y Pisco.
¾ Evaluación física, biológica y arqueológica en cascos urbanos donde se ejecutará la red secundaria de distribución de gas natural.
1.8.4 CARTOGRAFÍA BASE Y TEMÁTICA
La cartografía es uno de los componentes básicos del estudio, especialmente de la Línea Base Física y Biológica. Se desarrolló una cartografía básica para elaborar mapas temáticos a nivel de detalle, así como otros de carácter regional, principalmente para aquellas disciplinas a nivel de la cuenca hidrográfica.
La cartografía base utilizada para los trabajos de investigación de campo fue de 1:100.000 que constituye la base cartográfica oficial del Instituto Geográfico Nacional (IGN), a partir del cual se generaron los mapas temáticos para la Línea Base Física principalmente.
1.8.4.1 Cartografía Base
Como cartografía base se elaboró un mapa que contiene diversos componentes de información, la mayoría de los cuales aparece en casi todos los mapas temáticos. Dichos componentes se han tomado de la cartografía oficial publicada por el Instituto Geográfico Nacional IGN (hojas de la carta fotogramétrica nacional a escala 1:100.000). Esta información se procesó en el sistema de coordenadas UTM, con el datum horizontal WGS84.
Los elementos tomados de la cartografía oficial y considerada como componentes del mapa base del presente estudio son los siguientes:
¾ Curvas de nivel (equidistancia 25 m).
¾ Trazo de ríos de régimen permanente y quebradas de régimen estacional o esporádico.
¾ Ubicación de centros poblados.
¾ Ubicación de valles cultivados
¾ Red vial (carreteras de primer orden pavimentadas; de segundo orden, afirmadas, y de
tercer orden, como trochas carrozables).
¾ Toponimia (nombres de pueblos, ríos, quebradas, cerros, etc.).
La cartografía base fue ajustada durante el trabajo de campo realizado por los especialistas, principalmente en la identificación de unidades representativas como accidentes geográficos menores que muchas veces no aparecen en la cartografía oficial pero que son de interés en el corredor de estudio.
En la cartografía se incluye también la ubicación del gasoducto troncal y los ramales proyectados. En un mapa del proyecto se va a considerar la ubicación de los componentes del gasoducto, definidos para la construcción (campamentos, accesos, sitios de copio de
Finalmente el mapa base fue confeccionado como un conjunto de hojas en formato A3 (29,7
x 42 cm), que es el tamaño apropiado para la identificación de áreas donde se puede
verificar los elementos cartografiables identificados en campo.
1.8.4.2 Definición de la Escala y Cartografía Temática
La Línea Base Física (LBF) emplea dos tipos de escalas para la presentación de sus resultados temáticos. Algunas disciplinas, como clima e hidrología, comprenden por su propia naturaleza áreas muy extensas, que no necesariamente se hallan dentro de las zonas de influencia directa de los proyectos, por ello sus mapas tienen carácter regional y se presentan en escala 1:250.000.
La escala principal utilizada para fines de representación cartográfica del EIA y considerando el nivel de estudio, principalmente para la Línea Base Física y Biológica es 1:50.000. En la cartografía temática definida por esta escala se ha trazado un área de estudio definido por un corredor o “buffer” de estudio que mide 3,0 km de ancho y tiene aproximadamente 220 km de longitud horizontal definida para el gasoducto troncal. Para los ramales se ha contemplado también un corredor o buffer de 3,0 km por un total acumulado de 100,58 km de longitud horizontal.
En el área de estudio o buffer se realizó el trazo de la ruta del gasoducto, la misma que se realizó utilizando progresivas reales, cada 10 km, de acuerdo al diseño de ingeniería básica realizado, a fin de tener una mejor representación cartográfica temática considerando también el trazo del gasoducto por las unidades cartografiadas.
La escala de presentación de la cartografía temática seleccionada resulta representativa para los fines y nivel de estudio del EIA debido a que la mayor parte del trazo del gasoducto troncal cruza unidades del desierto costero de la región Ica representada por unidades fisiográficas marcadamente definidas por grandes rasgos estructurales no diferenciándose elementos “pequeños” que puedan ser representativamente cartografiables.
Asimismo, de acuerdo con la información obtenida en campo se realizaron los ajustes y complementación a la base cartográfica en los aspectos de red hidrográfica, infraestructura vial, entre otros. Igualmente se plasman en los diferentes mapas temáticos la información tomada en campo.
1.8.5 TRABAJO DE CAMPO
El trabajo de campo comprendió la evaluación in situ de los aspectos físicos (geológicos,
geomorfológicos, geotécnicos, suelos, paisaje, hidrológicos, calidad del agua, etc.),
biológicos (flora, fauna e hidrobiología), arqueológicos y socioeconómicos. La evaluación del medio físico, biótico y arqueológicos fue realizado principalmente en el área de estudio con
una mayor incidencia en el área de influencia directa, donde se evaluaron los aspectos mediante transectos, puntos de muestreo, avistamientos, calicatas, etc., de acuerdo a las metodologías recomendadas por las autoridades competentes.
El trabajo de campo incluyó la evaluación de las áreas urbanas (sistema de distribución de
redes secundarias) y las áreas rurales (troncales y ramales). Los trabajos tuvieron un mayor
nivel de esfuerzo en las áreas naturales protegidas (ZA-RNP y ZRSF).
Los trabajos de campo para la línea base ambiental (física, biológica y arqueológica) fueron realizados entre los meses de agosto y noviembre de 2009. La línea base social fue desarrollada entre octubre y noviembre de 2009. Previamente en los meses de junio y julio se realizaron trabajos de reconocimiento.
1.8.6 ANÁLISIS DE MUESTRAS EN LABORATORIO
Luego del trabajo de campo, las muestras de suelos fueron derivadas al Laboratorio de Suelos de la Universidad Nacional Agraria La Molina (UNALM) para su caracterización físico-química. Asimismo, para el análisis de hidrocarburos totales de petróleo (TPH) y metales totales, las muestras de suelos fueron derivadas al Laboratorio LABECO, el cual se encuentra acreditado por INDECOPI.
Las muestras de agua, que fueron colectadas siguiendo los protocolos del Ministerio de Energía y Minas, también fueron derivadas para su análisis al Laboratorio LABECO. Las muestras analizadas fueron también codificadas y transcritas a la respectiva cadena de custodia para su ingreso al Laboratorio.
La evaluación de la calidad del aire y el análisis de las muestras respectivas también fue realizada por el Laboratorio LABECO.
1.8.7 CONSULTA PÚBLICA
El proceso de consulta pública fue realizado de acuerdo a los alcances señalados en el Plan de Participación Ciudadana, los cuales fueron presentados y aprobados por la DGAAE-MEM. La consulta pública incluyó la implementación de mecanismos de participación ciudadana obligatorios y complementarios.
Los mecanismos de participación ciudadana obligatorios fueron llevados a cabo mediante la ejecución de Talleres Informativos en las ciudades de Chincha, Pisco, Ica, Nasca y San Juan de Marcona. Se consideró un taller informativo en cada ciudad. A la fecha de presentación del EIA se realizaron dos (2) rondas de Talleres Informativos en los lugares seleccionados, en cumplimiento a lo señalado en el Reglamento y los Lineamientos de Participación Ciudadana para las Actividades de Hidrocarburos del MEM.
El resultado de los procesos de consulta pública se presenta en el Anexo N° 8 del Tomo V (Anexos).
1.8.8 ELABORACIÓN DEL INFORME FINAL
Corresponde a la redacción e integración del EIA, incluyendo los mapas base y temáticos, para la cual participó un grupo interdisciplinario de profesionales los cuales se relacionan en el Anexo N° 1 (Firma de Participantes). El informe fue estructurado considerando las pautas y contenido del Reglamento del SEIA (D.S. Nº 019-2009-MINAM) y el Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos (D.S. Nº 015-2006-EM), según sea aplicable y se ajuste al alcance del proyecto.
El EIA ha sido organizado en cinco tomos considerando el contenido del estudio y cumplimiento de los términos de referencia y las normas legales aplicables. El resumen del contenido del EIA se presenta a continuación:
Resumen Ejecutivo
Contiene un resumen del contenido del EIA, considerando la descripción de las actividades a desarrollar, infraestructura y tiempo de ejecución del proyecto, características de la zona del proyecto, posibles impactos y medidas previstas para la mitigación y eliminación de los impactos, entre otros aspectos. Todo ello en cumplimiento de la R.M. Nº 571-2008-MEM/DM.
VOLUMEN I
Capítulo 1.0 Introducción
Contiene la descripción de los aspectos generales del EIA, objetivos del EIA, antecedentes del Proyecto, metodologías de evaluación, cartografía temática y el contenido del EIA.
Capítulo 2.0 Marco Legal
Se presenta la descripción del marco legal aplicable al Proyecto. Este capítulo analiza y describe el marco legal general, las normas de protección ambiental, los límites permisibles y estándares de calidad ambiental, las normas de fiscalización y control. Asimismo, se presenta un resumen de los permisos ambientales requeridos.
Capítulo 3.0 Descripción del Proyecto
El presente capítulo comprende la descripción de las actividades del proyecto en sus etapas de construcción, operación y abandono, describiendo en detalle las características del trazo de los gasoductos troncales, ramales y redes secundarias de distribución; así como los componentes e instalaciones del proyecto. Asimismo, contiene la descripción del ámbito de estudio y área de influencia.
VOLUMEN II
Capítulo 4.0 Línea Base Ambiental
Se presentan los estudios del medio físico y biológico realizado en el área de influencia del Proyecto.
Para la descripción de los componentes ambientales se realizó un trabajo de campo en el área del proyecto considerando el área de estudio. También el estudio de Línea Base Ambiental fue complementado con información secundaria.
VOLUMEN III
Capítulo 5.0 Línea Base Socio-Cultural
El estudio socioeconómico comprende la descripción de las características de la población, aspectos económicos, infraestructura social, organizaciones sociales, entre otros aspectos, los cuales fueron desarrollados mediante estudios cuantitativos (encuestas) y cualitativos (entrevistas). La línea base cultural-arqueológica comprende la descripción de las evidencias arqueológicas identificadas en el área de estudio, asociándolas a su periodo de existencia.
VOLUMEN IV
Capítulo 6.0 Identificación y Evaluación de Impactos y Riesgos Ambientales y Sociales
Contiene la identificación, predicción y evaluación de los impactos ambientales y sociales potenciales del Proyecto en sus etapas de construcción, operación y abandono.
La metodología y herramienta para la evaluación de los impactos sociales, tomará como base las planteadas en la metodología general de evaluación de impactos ambientales, pero además, los resultados de las Consultas Públicas. Se incluye la valoración económica de los impactos ambientales.
Capítulo 7.0 Plan de Manejo Ambiental
Este capítulo contiene información de las medidas de manejo y control ambiental que serán implementados para la mitigación de los impactos ambientales identificados en sus etapas de construcción y operación. La presentación del PMA ha sido realizada mediante fichas que contienen información de los impactos generados, su ámbito de aplicación, la medida propuesta que deberá ser implementada, así como una fotografía de referencia a fin de ilustrar su aplicación.
El PMS contiene también un Plan de Contingencia, elaborado en base a un análisis de riesgos, que presenta los procedimientos de respuesta ante la ocurrencia de una emergencia para todas las etapas del proyecto.
También el PMA incluye los procedimientos para realizar el abandono del proyecto, el cual tiene como alcance el retiro de todas las instalaciones y componentes utilizados para la construcción (campamentos, sitios de acopio de tuberías, etc.) y posteriormente el abandono en la etapa de operación que considera la clausura de los gasoductos troncales, ramales y redes de distribución una vez finalice la vida útil del proyecto.
Finalmente, el PMA incluye una sección con el resumen de los costos de implementación de las medidas de acuerdo a los programas propuestos y su relación con el costo total del proyecto. Se incluye también el cronograma de implementación del PMA.
VOLUMEN V: Anexos
Contiene, entre otros los siguientes documentos: firma de participantes del EIA, documentos legales, bibliografía, metodología de línea base, información climática, plan de participación ciudadana, informes de ensayo de laboratorio, entre otros.
VOLUMEN VI: Mapas y Figuras
2 MARCO
LEGAL
2.1 GENERALIDADES
En el presente capítulo contiene el análisis de las principales regulaciones normativas ambientales que constituyen el marco en el cual se desarrolla el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del Proyecto de la Red Troncal de Gasoducto y de la Red Secundaria de las Zonas Urbanas Residenciales, Comerciales e Industriales en el Departamento de Ica. Para ello, se ha realizado una recopilación de las normas nacionales y sectoriales específicas para las actividades del sub-sector Hidrocarburos, tanto aquellas directamente vinculadas con el EIA del Proyecto, como aquellas normas que indirectamente tienen relación con el EIA o parte de este.
En cumplimiento de los términos de referencia establecidos por el Proyecto, el presente documento considera todas las regulaciones legales aplicables a la construcción del sistema de distribución de gas, tales como: reglamentos del subsector hidrocarburos, permisos requeridos, adquisición de terrenos, exigencias para los procesos de consulta pública de proyectos, entre otros aspectos constituyéndose así en el marco legal aplicable al Proyecto.
El Proyecto Red Troncal de Gasoducto y de la Red Secundaria de las Zonas Urbanas Residenciales, Comerciales e Industriales en el departamento de Ica - Perú de TRANSCOGAS, está regulado por la Ley Orgánica de Hidrocarburos, Ley N° 26221 de
fecha 13 de agosto de 1993 y su Texto Único Ordenado, aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-EM del 14 de octubre de 2005, así como por sus normas modificatorias, ampliatorias y reglamentarias. El EIA ha sido elaborado considerando lo señalado en el Reglamento de Protección Ambiental para las Actividades de Hidrocarburos (D.S. Nº
015-2006-EM), el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. Nº 019-2009-MINAM), la Guía para elaboración de EIA del MINEM, entre otras. De acuerdo a la
normatividad vigente, el EIA se presentará ante la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos (DGAAE) del Ministerio de Energía y Minas (MEM) para su aprobación como Autoridad Competente.
2.2 MARCO LEGAL AMBIENTAL GENERAL
2.2.1 CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO PERUANO DE 1993
La Constitución Política reconoce que la persona es el fin supremo de la sociedad y del Estado y privilegia como uno de los derechos fundamentales de toda persona, el derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida (art. 2°, inc. 22°).
Asimismo, nuestra Carta Magna cuenta con un capítulo específico que regula lo referente a los recursos naturales y el ambiente (Título III, Capítulo II “Del Ambiente y los Recursos Naturales”). Así, a través de su artículo 66° el Estado Peruano reconoce que: “Los recursos
naturales, renovables y no renovables, son Patrimonio de la Nación”. En su artículo 67° se
establece que: “El Estado Peruano determina la política nacional del ambiente y promueve
el uso sostenible de sus recursos naturales”. Lo cual se ve complementado con lo dispuesto
en sus artículos 68° y 69°, mediante los cuales se establece la obligación del Estado en la promoción de la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas así como el desarrollo de la Amazonía.
Respecto al tema de la propiedad privada, la constitución reconoce en su artículo 70° el derecho de toda persona a la propiedad, puntualizando que este derecho es inviolable y que el Estado lo garantiza. No obstante, también se desprende del texto del artículo en referencia, como excepción, las causas de necesidad pública declaradas por ley, previo pago de indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio, lo que para el presente Proyecto, será realizado además con la debida aplicación de los mecanismos de negociación correspondientes.
2.2.2 LEY GENERAL DEL AMBIENTE, LEY Nº 28611 DE FECHA 13 DE NOVIEMBRE DE 2005
La Ley General del Ambiente es la norma ordenadora del marco normativo legal para la gestión ambiental en el Perú. Establece los principios y normas básicas para asegurar el efectivo ejercicio del derecho a un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida, así como el cumplimiento del deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de la población y lograr el desarrollo sostenible del país.
El Artículo I de su Título Preliminar establece que: “Toda persona tiene el derecho
irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida; y el deber de contribuir a una efectiva gestión ambiental y de proteger el ambiente, así como sus componentes, asegurando particularmente la salud de las personas en forma individual y colectiva, la conservación de la diversidad biológica, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales y el desarrollo sostenible del país.”
El Artículo VI del citado Título, contempla el Principio de Prevención el cual señala que la gestión ambiental tiene como objetivos prioritarios prevenir, vigilar y evitar la degradación ambiental. Para dichos efectos, se realizan estudios preventivos como el Estudio de Impacto Ambiental desarrollado para el presente Proyecto.
Por su parte, el artículo 24° de la Ley, establece que: “Toda actividad humana que implique
construcciones, obras, servicios y otras actividades, así como las políticas, planes y programas públicos susceptibles de causar impactos ambientales de carácter significativo, está sujeta al Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – SEIA”: Definiendo a
través de su artículo 25° a los Estudios de Impacto Ambiental como los instrumentos de gestión que contienen una descripción de la actividad propuesta y de los efectos directos o indirectos previsibles de dicha actividad en el medio ambiente físico y social, a corto y largo plazo, así como la evaluación técnica de los mismos.
Asimismo, cabe señalar que el numeral 73.1 del artículo 73° de la Ley, dispone que: “Las
disposiciones del referido Capítulo (hace alusión al Capítulo IV Título II de la Ley) contenidas en ella son exigibles a los proyectos de inversión, de investigación y a toda actividad susceptible de generar impactos negativos en el ambiente, en tanto sean aplicables, de acuerdo a las disposiciones que determine la respectiva autoridad competente.”
2.2.3 POLÍTICA NACIONAL DEL AMBIENTE, DECRETO SUPREMO Nº 012-2009-MINAM DE FECHA 23 DE MAYO DE 2009
La Política Nacional del Ambiente es uno de los principales instrumentos de gestión que tiene por objetivo el desarrollo sostenible del país, mediante la prevención, protección y recuperación del ambiente y sus componentes, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales, de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona.
La Política Nacional del Ambiente considera los lineamientos de las políticas públicas establecidos por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo (Ley N° 29158) y las disposiciones de la Ley General del Ambiente (Ley N° 28611). Define los objetivos prioritarios, lineamientos, contenidos principales y estándares nacionales de obligatorio cumplimiento. Conforma la política general de gobierno en materia ambiental, la cual enmarca las políticas sectoriales, regionales y locales.
Esta política se estructura en 04 ejes temáticos esenciales de la gestión ambiental:
(i) Conservación y Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales y de la Diversidad Biológica;
(ii) Gestión Integral de la Calidad Ambiental; (iii) Gobernanza Ambiental; y,
(iv) Compromisos y Oportunidades Ambientales Internacionales.
Con relación al primer eje temático y el Proyecto, caben resaltar algunos lineamientos de política respecto al Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales y de la
Diversidad Biológica, tales como el establecer mecanismos de coordinación interinstitucional para la asignación compatible de derechos de aprovechamiento de los recursos naturales, así como promover la adopción de códigos de conducta, formulación de estándares ambientales y sociales, normas voluntarias por los titulares de derechos para el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y el uso racional y responsable de los no renovables, bajo criterios de mejora continua.
Respecto al segundo eje temático, este es también de gran interés para el Proyecto, está referido a la Gestión Integral de la Calidad Ambiental y sus lineamientos de política están orientados al control integrado de la contaminación, la calidad del agua, la calidad del aire, los residuos sólidos, las sustancias químicas y los materiales peligrosos.
2.2.4 LEY MARCO PARA EL CRECIMIENTO DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN EL PERÚ: DECRETO LEGISLATIVO Nº 757 DE FECHA 13 DE NOVIEMBRE DE 1991
La Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada en el Perú tiene por objeto garantizar la libre iniciativa y las inversiones privadas, efectuadas o por efectuarse, en todos los sectores de la actividad económica y en cualesquiera de las formas empresariales o contractuales permitidas por la Constitución y las Leyes.
En este contexto, su artículo 49° establece que: “El Estado estimula el equilibrio racional
entre el desarrollo socio-económico, la conservación del ambiente y el uso sostenido de los recursos naturales, garantizando la debida seguridad jurídica a los inversionistas mediante el establecimiento de normas claras de protección del medio ambiente. En consecuencia, el Estado promueve la participación de empresas o instituciones privadas en las actividades destinadas a la protección del medio ambiente y la reducción de la contaminación ambiental”.
2.2.5 LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL; LEY Nº 27446 DE FECHA 20 DE ABRIL DE 2001
La Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, tiene entre sus
finalidades la creación del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA), como un sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversión (artículo 1°).
De acuerdo a lo establecido en su artículo 2° (modificado por el artículo 01° del Decreto Legislativo N° 1078): “Quedan comprendidos en el ámbito de aplicación de la presente Ley,
implicaciones ambientales significativas; así como los proyectos de inversión pública, privada o de capital mixto, que impliquen actividades, construcciones, obras, y otras actividades comerciales y de servicios que puedan causar impacto ambientales negativos significativos.
Establece la categorización de los proyectos de acuerdo al riesgo ambiental: declaración de impacto ambiental, estudio de impacto ambiental semidetallado, estudio de impacto ambiental detallado (artículo 4°), el procedimiento para la certificación ambiental (Capítulo II), los contenidos de los instrumentos de gestión ambiental (artículo 10°) y la revisión de los mismos por parte de la autoridad competente, la que solicitará la opinión de otros organismos públicos e instituciones, cuando corresponda (artículo 11°).
Cabe acotar que, esta Ley cuenta con un Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM de fecha 24 de setiembre de 2009, en el que se señala que será el Ministerio del Ambiente quien se encargue de dirigir y administrar el (SEIA) y de esta manera, asegurar el carácter transectorial del mismo y la debida coordinación en la administración, dirección y gestión del proceso de evaluación de impacto ambiental.
Asimismo, el referido Reglamento contiene en uno de sus Anexos el alcance que deberá tener un Estudio de Impacto Ambiental Detallado, el cual incluye un resumen ejecutivo, descripción del proyecto, línea base, plan de participación ciudadana, caracterización de impacto ambiental, estrategia de manejo ambiental, valorización económica del impacto ambiental y anexos.
2.2.6 LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN AMBIENTAL; LEY Nº 28245 DE FECHA 04 DE JUNIO DE 2004
El objeto establecido en la presente Ley, es asegurar el más eficaz cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades públicas; fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestión ambiental, el rol que le corresponde al Consejo Nacional del Ambiente - CONAM7, y a las entidades sectoriales, regionales y locales en el ejercicio de sus atribuciones ambientales a fin de garantizar que cumplan con sus funciones y de asegurar que se evite en el ejercicio de ellas superposiciones, omisiones, duplicidad, vacíos o conflictos (artículo 1°)
Si bien el artículo 7° y siguientes regulan lo concerniente a la Autoridad Ambiental Nacional, haciendo referencia al Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, como ente rector del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, cabe precisar que, con la creación del Ministerio del Ambiente (MINAM) y la fusión del Consejo Nacional del Ambiente a éste último, en calidad de ente incorporante, debe entenderse que toda alusión de aquel corresponde al MINAM.
7
La citada Ley también define los principios por los que se rige la gestión ambiental en nuestro país (artículo 5°), además de establecer el ejercicio sectorial de las funciones ambientales (Título IV) y el ejercicio local y regional de dichas funciones (Título V).
Cabe acotar que, esta Ley cuenta con un Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-PCM de fecha 24 de enero de 2005.
2.3 MARCO LEGAL INSTITUCIONAL
2.3.1 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS
El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) es el organismo competente para regular el otorgamiento y aprovechamiento de los recursos mineros y energéticos en el país. El MINEM es competente para formular y definir las políticas de alcance nacional en materia energética, minera y de protección ambiental en las actividades minero-energéticas.
En este sentido, en el sub-sector hidrocarburos, la autoridad competente es el Ministerio de Energía y Minas, el cual delega los aspectos técnico normativos de la actividad a su Dirección General de Hidrocarburos (DGH), los aspectos de fiscalización (incluyendo normas ambientales) al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (OSINERGMIN), Organismo Público adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, y los aspectos técnico normativos en materia ambiental a la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos (DGAAE).
Consecuentemente, de acuerdo con su Reglamento de Organización y Funciones, las oficinas que se relacionan directamente con el Proyecto, son la Dirección General de Hidrocarburos y la Dirección General de Asuntos Ambientales Energéticos, siendo esta última la instancia responsable de la revisión y aprobación del EIA exigido a los titulares de actividades de hidrocarburos, es el caso del presente Proyecto.
2.3.2 MINISTERIO DEL AMBIENTE
Mediante el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización
y Funciones del Ministerio del Ambiente (MINAM) se crea el Ministerio del Ambiente-
MINAM, como organismo del Poder Ejecutivo, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella.
El Ministerio del Ambiente es el organismo del Poder Ejecutivo rector del sector ambiental, que desarrolla, dirige, supervisa y ejecuta la política nacional del ambiente. Asimismo, cumple la función de promover la conservación y el uso sostenible de los recursos naturales, la diversidad biológica y las áreas naturales protegidas. (Artículo 4°). El sector ambiental
está integrado por el Ministerio del Ambiente y las entidades de su ámbito orgánico (artículo 05°).
El MINAM tiene entre sus principales funciones: garantizar el cumplimiento de las normas ambientales, ejerciendo la potestad fiscalizadora, supervisora, controladora y sancionadora que le corresponda (inc. c, Art 5.1°) así como dirigir el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y aprueba los Estudios Ambientales Estratégicos y aquellos Estudios de Impacto Ambiental de proyectos de inversión de gran envergadura o que puedan afectar sensiblemente al ambiente (inc. j, Art. 5.2°). Asimismo, de conformidad con el artículo 02° del Decreto Legislativo Nº 1039 (26.06.08), el Ministerio del Ambiente, aleatoriamente, podrá revisar los Estudios de Impacto Ambiental aprobados por las autoridades competentes, con la finalidad de coadyuvar al fortalecimiento y transparencia del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.
El Reglamento de Organizaciones y Funciones del MINAM, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM, estableció las funciones y atribuciones del MINAM, su
ámbito sectorial, y regula la estructura orgánica, competencias y funciones del mismo.
El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, es el organismo público
técnico especializado (OTE) adscrito al Ministerio del Ambiente, que tiene como funciones centrales la fiscalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental. Esto incluye la dirección y supervisión del Régimen Común de Fiscalización y Control Ambiental, así como el Régimen de Incentivos previstos en las Ley General del Ambiente y en la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental respectivamente.
2.3.2.1 Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SERNANP
El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio del Ambiente, el que fuera creado a través de la
Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente (MINAM) el 14 de mayo de 2008.
Mediante el Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM, se aprobó el Reglamento de
Organización y Funciones del SERNANP con fecha 15 de noviembre de 2008. En cuyo
artículo 3° se establece como una de sus funciones generales: el aprobar los criterios técnicos aplicables para la emisión de opiniones previas vinculantes a la autorización de proyectos, obras o actividades orientadas al aprovechamiento de recursos naturales o habilitación de infraestructura en Áreas Naturales Protegidas y sus zonas de amortiguamiento.
Correspondiéndole a su Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, la función de emitir opinión técnica respecto de los estudios de impacto ambiental de actividades a desarrollarse en cada Área Natural Protegida de administración nacional y su zona de amortiguamiento, cuya aprobación u otorgamiento sea de competencia exclusiva del Gobierno Nacional o cuando dicha función no haya sido transferida por el sector respectivo, el cual es el caso del Proyecto (artículo 23°).
En el caso del Proyecto, parte del gasoducto a ser construido atravesará por la zona de amortiguamiento de la Reserva Nacional de Paracas y la Zona Reservada “San Fernando”, por lo que, se requerirá contar con la opinión técnica del SERNANP8.
Asimismo, ante el SERNANP se gestionan los permisos de ingreso para estudios de flora y fauna, dentro de Áreas Naturales Protegidas (Autorización de ingreso de empresas a un Área Natural Protegida del SINANPE para realizar estudios sobre recursos naturales y medio ambiente, por el periodo de hasta un (1) año).
2.3.3 MINISTERIO DE AGRICULTURA
El Ministerio de Agricultura es un organismo del Poder Ejecutivo, ente rector del Sector Agrario, con personería jurídica de derecho público interno y constituye un pliego presupuestal. El Sector Agrario comprende las tierras de uso agrícola, de pastoreo, las tierras forestales, las eriazas con aptitud agraria, los recursos forestales y su aprovechamiento sostenible; la flora y fauna, los recursos hídricos, la infraestructura agraria, las actividades de producción, de transformación y de comercialización de productos agrarios; los servicios y actividades vinculados a la actividad agraria como la sanidad, la investigación, la innovación, la información, la capacitación, la extensión y la transferencia de tecnología agraria conforme a la Política Nacional Agraria y en concordancia con la Política Nacional del Ambiente.
Considerando la nueva estructura organizacional del MINAG, aprobada mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, el MINAG cuenta, entre otras, con las siguientes direcciones adscritas a su sector: Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, la Dirección de Asuntos Ambientales.
Asimismo, también se encuentra adscrita al MINAG la Autoridad Nacional del Agua (ANA), que dirige la gestión integrada y participativa del agua como ente rector del Sistema Nacional de Recursos Hídricos del Perú.
8 El SERNANP mediante Oficio Nº 622-2009-SERNANP-DGANP, comunica a la Dirección General de Asuntos Ambientales
Energéticos del Ministerio de Energía y Minas (DGAAE-MEM), el otorgamiento de la compatibilidad del proyecto de la Red Troncal del Gasoducto y la Red Secundaria de las Zonas Urbanas Residenciales, Comerciales e Industriales, en el marco de lo establecido en el artículo 116º del D.S. Nº 038-2001-AG