• No se han encontrado resultados

PEDIDO DE COTIZACIÓN

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2022

Share "PEDIDO DE COTIZACIÓN"

Copied!
18
0
0

Texto completo

(1)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

GOBIERNO DETUCUMÁN

PEDIDO DE COTIZACIÓN

San Miguel de Tucumán, 12 de noviembre de 2021 Sres.

Presente

Ref.: Expediente N° 14289/425-PA-2021 Compra Directa N° 80/21--- La Dirección de Compras y Contrataciones de la Secretaría de Estado de Gestión Administrativa del Ministerio de Desarrollo Social, tiene el agrado de dirigirse a Uds. a fin de solicitar la cotización de los siguientes ítems:

COMPRA, ARMADO Y DISTRIBUCIÓN DE MODULO ALIMENTARIO PARA LOS MESES DE NOVIEMBRE Y DICIEMBRE

Dicha cotización deberá ser enviada hasta horas 10:00 del día 19 de noviembre de 2021;

a la casilla de correo [email protected], (detallando en asunto N° de Expte y N° de compra), o en calle Las Piedras Nº 530, 3º Piso Oficina “O” de la Dirección de Compras y Contrataciones, indicando:

Detalle Especificaciones

Propuestas

El oferente deberá presentar la/s PROPUESTA/S ECONÓMICA/S por duplicado, debidamente firmadas y selladas y/o aclaradas las firmas. (Puede presentar más de una oferta por producto), indicando:

- El plazo de mantenimiento de la oferta (preferentemente de 45 días hábiles), - Numero de CUIT del oferente,

- Valor total de la propuesta en número y letras.

Asimismo, se deberá acompañar:

Contenido Detalle

Constancia de Inscripción A.F.I.P. Constancia de Inscripción expedida por la A.F.I.P.

vigente a la fecha de presentación de la oferta y de la adjudicación.

Debe estar inscripto en A.F.I.P. en la/s actividad/es a la/s que se presenta.

Constancia de Inscripción D.G.R Constancia de Inscripción o convenio multilateral expedida por la DGR vigente a la fecha de presentación de la oferta y de la adjudicación.

Debe estar inscripto en D.G.R en la/s actividad/es a la/s que se presenta.

Nota de Constitución de domicilio Nota de Constitución de domicilio en la Provincia de Tucumán.

Nota de renuncia al Fuero Federal. Nota de renuncia al Fuero Federal manifestando su voluntad de someterse a los tribunales ordinarios de San Miguel de Tucumán.

CBU de cuenta corriente Nº de CBU de cuenta corriente – Copia de Contrato Social o Estatuto

Poder extendido por Escritura Pública

Si la propuesta está firmada por Socio o Accionista deberá adjuntar copia de Contrato Social (SRL) o Estatuto Social (SA) según aplique.

Si la propuesta económica está firmada por un apoderado, deberá adjuntar copia de Poder extendido por Escritura Pública

Invitación y Especificaciones Técnicas Deben estar firmadas y selladas por el oferente Requisitos para contratar con el

Estado

Declaración jurada de no encontrarse en los alcances del

art. N° 108 del decreto acuerdo N° 22/1-09.

(2)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

GOBIERNO DETUCUMÁN

Contenido Detalle

Certificados R.N.E. y R.N.P.A. Certificados RNE y RNPA actualizados y en Vigencia al momento de la apertura de la oferta y de la adjudicación de cada uno de los productos cotizados, con firma y sello del Proveedor.

Certificado de RNE del establecimiento expendedor del producto huevos, actualizado y en Vigencia al momento de la apertura de la oferta y de la adjudicación, con firma y sello del Proveedor.

INFORMACION GENERAL DE LA COMPRA DIRECTA

Detalle Especificaciones Lugar de prestación

del servicio

En los domicilios de las 377 (Trescientos setenta y siete) Escuelas del Gran San Miguel de Tucumán y Departamento Tafi Viejo, Cruz Alta, Yerba Buena, Famailla , Lules, Monteros, Chicligasta, Simoca y Rio Chico, conforme las instrucciones y lo que oportunamente informe la Dirección de Políticas Alimentarias, dependiente de la Secretaría de Estado de Articulación Territorial y Desarrollo Local del Ministerio de Desarrollo Social

Plazo de inicio de prestación del servicio

Los adjudicatarios cumplirán el servicio en la forma, plazo o fecha, lugar y demás condiciones que establezca la Dirección de Políticas Alimentarias de la Secretaría de Estado de Articulación Territorial y Desarrollo Local del Ministerio de Desarrollo Social, desde la notificación del acto administrativo de Adjudicación

Flete, acarreo, descarga y otros

La entrega de los productos que resulten adjudicados debe realizarse, libre de todo gasto de flete y acarreo, previa coordinación con los responsables de las escuelas al solo efecto de evitar demoras al momento de la misma. Queda establecido que los responsables de la recepción de los productos controlarán el contenido de una muestra representativa de la mercadería recibida

ASUNTO

Servicio de compra, armado y distribución mensual de desayuno y/o merienda (según menú establecido en el programa), en 8 zonas abarcando 377 escuelas del Gran San Miguel de Tucumán, Tafi Viejo, Cruz Alta, Yerba Buena, Famaillá, Lules, Monteros, Chicligasta, Río Chico y Simoca, con una matrícula de 166.735 niños/as que asisten a las escuelas públicas de la provincia durante los meses de: Noviembre y diciembre

Zona I matrícula 27.908 niños Zona II matrícula 33.722 niños Zona III matrícula 28.039 niños Zona IV matrícula 16.815 niños Zona V matrícula 21.493 niños Zona VI matrícula 10.430 niños Zona VII matrícula 5.103 niños Zona VIII matrícula 23.225 niños

LUGAR DE APERTURA

Dirección de Compras y Contrataciones Ministerio de Desarrollo Social de Tucumán

Calle Combate de las Piedras 530 - Piso 3 – Oficina “O”

San Miguel de Tucumán

(3)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

GOBIERNO DETUCUMÁN

REQUISITOS Y OBLIGACIONES PARA PROVEEDORES DE ESTABLECIMIENTOS ESCOLARES El servicio de entrega de modulo de prestación de desayuno/merienda escolar brindado por proveedores, deberá asegurar y cumplir con los objetivos planteados en el Plan Alimentario Provincial, garantizar una óptima prestación alimentaria y cumplir con los siguientes requisitos:

Art. 1. La prestación modulo alimentario que debe distribuir el proveedor debe cumplir con los criterios de buena calidad en los alimentos y optimas condiciones de higiene e inocuidad. Se debe tener en cuenta al momento de traslado evitar la ruptura de los envases o aplastamiento de alimentos delicados como son las vainillas o huevos.

Art.2. El modulo será establecido por el Departamento de Educación Alimentaria y Nutrición de la Dirección de Políticas Alimentarias.

Art. 3. Bajo ningún concepto, Proveedor/ Directora debe auto determinar el cambio del modulo establecido en cuanto a cantidad de alimentos y calidad de los mismos que se entrega a cada niño.

Art. 4.Se entregara el modulo armado en bolsas de plástico reforzada con manija para facilitar el traslado, separados en módulos individuales. Se deberá designar una persona encargada de controlar la recepción de los módulos y completar la planilla de monitoreo la cual será presentada junto con la rendición.

Art. 5. El número total de raciones mensuales incluye a todos los alumnos matriculados y que concurren al establecimiento escolar.

Art. 6. El personal del Departamento de Educación Alimentaria y Nutrición tiene toda la autoridad de realizar supervisiones permanentes a la planta de cada Proveedor y al establecimiento escolar donde se realizara la entrega del modulo, además de asesorar técnicamente al proveedor y al personal de la escuela responsable del comedor escolar.

Art. 7.El Proveedor deberá informar por escrito su capacidad de entrega y distribución. Los horarios serán los siguientes:

EL HORARIO DE ENTREGA DE LOS MÓDULOS SERÁ DE 7:00 A 12 HS. EN EL TURNO MAÑANA Y DE 14:00 A 18:00 HS. EN EL TURNO TARDE.

Art. 8. El personal del establecimiento escolar, tiene la responsabilidad de controlar la prestación antes de aceptar su recepción. En caso de no cumplir con lo establecido o detectar condiciones no apta para el consumo, puede rechazar el servicio y deberá proceder a la comunicación inmediata a la Dirección de Políticas Alimentarias, con el objetivo de la intervención de los técnicos correspondientes a fin de que emitan informe al respecto. En caso de verificarse que las condiciones de la prestación no son aptas para el consumo se tomaran medidas pertinentes desde el Departamento de Nutrición.

Art. 9. El modulo de la prestación alimentaria será:

(4)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

GOBIERNO DETUCUMÁN

ALIMENTO CANT.

Marca de referencia

TOT. GRS. 9636 KCAL TOT. 1400 PT. 52,50 GR.

CA 800 MG.

FE 8 MG.

FIBRA 30 GR.

LECHE X 400 GR. 1 MANFREY

ARROZ X 1 KG 1 PRIMOR

YERBA EN SAQ. X 25 1

NOBLEZA GAUCHA

HARINA 0000 x 1 kg. 1 MORIXE

AZUCAR x 1 kg. 1 LEDESMA

MERMELADA X 500 GR. 1 DULCOR

HUEVOS 12

Total 18

Art. 10. El proveedor deberá brindar un módulo para alumnos con celiaquía que fueron informados por parte de la escuela a través de un certificado médico correspondiente. Las opciones se detallan a continuación:

Modulo Para Celiacos:

ALIMENTO CANT. Marca de referencia

LECHE X 400 GR. 1 MANFREY

AZUCAR x kg. 1 LEDESMA

YERBA EN SAQ. X 25 1 NOBLEZA GAUCHA

PRE MEZCLA PAN DE QUESO X 225 GR. 1 BIO

MERMELADA X 500 GR. 1 DULCOR

HUEVOS EN BANDEJA 12

Subtotal 17

Art. 11. Los vehículos transportadores de alimentos deberán poseer autorización por el organismo competente Actualizada 2021 y encontrarse en condiciones de higiene.

CRITERIOS DE EVALUACION DE CALIDAD QUE DEBEN CUMPLIR:

*SUPERVISAR EN EL MOMENTO DE LA RECEPCION Y ANTES DE LA DISTRIBUCION LA FECHA DE VENCIMIENTO DEL PRODUCTO.*

• ARROZ GRANO LARGO X 1 KG.: tipo 00000 en bolsas por 1 Kg. Herméticamente cerrados, libre de impurezas, de 1º calidad, sin presencia de cuerpos extraños, de características organolépticas satisfactorias, ajustado a las especificaciones del código Alimentario Argentino. Marca tipo Susarelli, Tahin, Primor, etc. La fecha de vencimiento deberá ser como mínimo de 6 (seis) meses al momento de la entrega.

• HARINA DE TRIGO TIPO 0000 X 1KG: tipo 0000, fortificada, conforme a las especificaciones de rotulado del C.A.A, de características organolépticas satisfactoria, de 1º calidad, sin presencia de sustancias extrañas, marca tipo Favorita, Reinaharina, Morixe , etc. En bolsas x 1 Kg. perfectamente sellados. La fecha de vencimiento deberá ser como mínimo 6 meses desde el momento de la entrega.

• YERBA EN SAQUITOS: ensobrados, en caja cerrada por 25 unidades, de 1era calidad, conforme a las

especificaciones de rotulado del C.A.A, de características organolépticas satisfactoria, de 1º calidad, sin

presencia de sustancias extrañas, marca tipo Unión, La Tranqueña, etc. La fecha de vencimiento deberá

ser como mínimo 6 meses desde el momento de la entrega.

(5)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

GOBIERNO DETUCUMÁN

• AZUCAR BLANCA X 1KG: común, tipo A, conforme a las especificaciones de rotulado del C.A.A, de características organolépticas satisfactoria, sin presencia de sustancias extrañas, marca tipo Santa Clara, Ledesma . En bolsas x 1Kg. perfectamente sellados. La muestra debe venir acompañada con copia de los certificados del producto (R.N.P.A y R.N.E) de la autoridad de jurisdicción competente ACTUALIZADOS Y EN VIGENCIA al momento de la apertura y de la adjudicación. La fecha de vencimiento deberá ser como mínimo de 6 (seis) meses al momento de la entrega.

• MERMELADA PLASTICO: de 1º calidad, clásica, conforme a las especificaciones de rotulado del C.A.A, de características organolépticas satisfactoria, sin presencia de sustancias extrañas. En potes de vidrio/plástico x 500 gr. marca tipo Emeth, Dulcor etc. La fecha de vencimiento deberá ser como mínimo de 6 (seis) meses al momento de la entrega.

• LECHE EN POLVO X 400 grs.: de 1º calidad, fortificada, que se ajuste a la Ley 25.459 (Leche Fortificada con hierro, zinc y ac. Ascórbico), conforme a las especificaciones de rotulado del C.A.A, de características organolépticas satisfactoria, sin presencia de sustancias extrañas. En cajas o estuches x 400 grs. Marca tipo Purisima, Manfrey, etc. La fecha de vencimiento del producto deberá ser como mínimo de 6 (seis) meses al momento de la entrega.

Características organolépticas: ASPECTO FÍSICO-QUÍMICO. Características y exigencias:

Color Blanco Amarillento

Aspecto Polvo uniforme, sin grumos ni sustancias extrañas macro o microscópicamente visibles.

Olor y sabor

Agradable, semejante al de la leche fluida, no rancio, ni olores extraños.

Reacción Reconstituido el producto con la cantidad conveniente de agua destilada, previamente hervida y enfriada a 35-40 grados centígrados, debe ser ligeramente ácido tornasol y presentará un PH entre 6,4 y 6,8, medido a 20 grados centígrados y una acidez no superior a 0,18% PV, expresado en ácido láctico.

Solubilidad El índice de solubilidad no será mayor de 1,0 cm

3

(según el método de la American DryMilkInstitute – ADMI - Boletín 916)

Humedad El contenido en agua no será superior a 3,5 por cada 100 g del producto.

Ceniza A temperatura de 500-550 grados centígrados, el producto podrá contener como máximo 7% p/p.

Otras Sustancias:

No deberá contener sustancias conservadoras estabilizantes ni residuos detectables de hormonas y/o antibióticos. No deberá presentar un contenido en metales tóxicos y/o toxinas bacterianas en cantidades superiores a las permitidas o las estimadas como tolerables por Autoridad Sanitaria Nacional. No deberá contener ion nitrito en cantidad superior a 5 microgramos/kgs. Ni ion Nitrato en cantidad superior a 20 mg/kg. No deberá contener Aflatoxinas en cantidad superior a 5 microgramos/kg. No deberá contener residuos de pesticidas en cantidades mayores que resulten de multiplicar los límites establecidos en el inciso 13 del Art. 556 del CAA por el factor 8,5.

PRESENTACIÓN: Deberá cumplir con las exigencias establecidas en las Resoluciones MSAS 3/95 que incorpora al Código Alimentario Nacional la Res. GMC 82/93-Reglamento Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad de Leche en Polvo, y la Resolución MSAS 433/97 que incorpora la Res. GMC 138/96; Inclusión de Coadyuvantes de Tecnología/Elaboración en el Reglamento Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad de Leche en Polvo.

En este sentido el envase deberá estar bromatológicamente apto, impermeable a la luz visible y/o ultravioleta, al aire y al vapor de agua; con o sin vacío; con o sin gases inertes.

• HUEVO FRESCO DE GALLINA COLOR ROSADO O BLANCO CATEGORIA Nº 2 (GRADO B SEGÚN CAA) EN BANDEJAS DE CARTON POR 12 UNID:

Se entiende por huevo fresco al no fecundado (proveniente de gallinas que no han sido inseminadas de forma

natural o artificial) y que no ha sido sometido a ningún procedimiento de conservación. El huevo perderá su

condición de fresco si: a) Ha sido sometido intencionalmente a temperaturas inferiores a los OCHO GRADOS

CENTIGRADOS (8ºC). b) Si mantenido a temperatura ambiente supera los TREINTA (30) días de la fecha de

postura.

(6)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

GOBIERNO DETUCUMÁN

Se debe entregar el producto en las condiciones que se detallan y cumpliendo con las especificaciones del Código Alimentario Argentino Art. 492:

- Huevos frescos de tamaño y color uniforme - Peso aproximado por unidad mínimo 50 gramos

- Se entregará en bandejas (maples) de cartón donde evite el roce del producto entre ellos y que permita su traslado.

- Cada bandeja contendrá la cantidad de 12 unidades de huevos.

La fecha de vencimiento de este producto no deberá ser menor a un mes desde el momento de la entrega.

CAA: Artículo 492 Se entiende por Huevo fresco, el que no ha sido sometido a ningún procedimiento de conservación a excepción de la refrigeración por un lapso máximo de 30 días a una temperatura de 0°a 2°C y una humedad relativa comprendida entre 80 y 90%.Se entiende por Huevo fresco de Grado B, el que reúne las siguientes condiciones observadas macroscópicamente y al ovoscopio o por otros medios físicos: a) Cáscara:

naturalmente limpia, fuerte y de forma normal. A la luz de Wood, deberá presentar fluorescencia roja o rojiza. b) Cámara de aire: de hasta 8 mm de profundidad, fija y sana. c) Yema: ligeramente visible, de contorno ligeramente visible, céntrica, puede ser algo móvil y de color uniforme. d) Clara o albúmina: transparente, consistencia firme de aspecto homogéneo. e) Cicatrícula o germen: ligeramente visible, sin sangre. f) Peso: mín.

55 g.

DOCUMENTACION OBLIGATORIA:

Se informa que los siguientes requisitos serán de carácter excluyente al momento del dictamen del informe nutricional:

CERTIFICADO DE R.N.E y R.N.P.A: legibles con fecha vigente, con firma y sello del proveedor.

PRODUCTO HUEVO: solo debe presentar certificado de RNE del establecimiento expendedor.

ESPECIFICACIONES MODULO CELIACOS: Los criterios de calidad y documentación de certificados de RNE y RNPA de los alimentos que contengan el módulo especial para Celiacos se evaluara previo a la entrega debido a que son alimentos que los proveedores adquieren mediante compras minoristas por tener un cupo reducido.

PROTOCOLO COVID-19: La pandemia de COVID-19 es una emergencia sanitaria mundial donde también podría convertirse en una emergencia de la seguridad alimentaria si no se toman las medidas adecuadas. En este contexto sanitario, epidemiológico y nutricional complejo, se plantea la necesidad de avanzar hacia consensos en las recomendaciones encaminadas a resguardar la seguridad alimentaria y nutricional.

Garantizar la infraestructura e insumos mínimos necesarios para manipulación y armado de módulos alimentarios (delantal, cofia, barbijo y guantes) en las plantas fraccionadoras, garantizando las medidas preventivas y los protocolos vigentes en la prevención de COVID-19 en el ingreso del personal al área de preparación (agua segura, jabón líquido o espuma en un dispensador, toallas descartables o secadores de manos por soplado de aire, alcohol en gel, solución de alcohol al 70% y artículos de limpieza).

Durante el traslado a los establecimientos el personal deberá contar con barbijo/tapabocas obligatorio, al descargar en el establecimiento deberá realizar la manipulación de los módulos con guantes y guardar distancia con el personal que realice la recepción.

El módulo propuesto está constituido por productos necesarios para responder al valor calórico equivalentes a la prestación diaria que se brindaría en caso de presencialidad plena de los niños a los establecimientos escolares.

El costo del mismo fue realizado en base a un estimativo, considerando los índices de precios cuidados, máximos

y de góndola de los principales comercios de la provincia sumada al costo del servicio solicitado. Se adjuntan

cuadros.

(7)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

GOBIERNO DETUCUMÁN

Ítem Producto Marca de

ref.

Cant. Precio public.

prom.

Web de referencia

1 Leche en polvo entera inst.fortificada con vit. A y D.

Pouch x 400 gr

Manfrey 1 $ 275,60 https://www.argentina.gob.ar/precios-cuidados

2 Harina 0000 x kg Morixe 1 $ 73,00 https://www.argentina.gob.ar/precios-cuidados

3 Mate cocido en saquitos x 25 unid

Nobleza Gaucha

1 $ 74,90 https://www.argentina.gob.ar/precios-cuidados

4 Arroz largo fino x kg Primor 1 $ 86,45 https://www.argentina.gob.ar/precios-cuidados

5 Azúcar x kg Ledesma 1 $ 75,80 https://www.argentina.gob.ar/precios-cuidados

6 Mermelada x 500 grs Dulcor 1 $ 78,90 https://www.argentina.gob.ar/precios-cuidados

7 Huevos 12 $ 189,96 https://www.preciosclaros.gob.ar/#!/buscar-

productos

Costo Logística 2,50% $ 21,37

$ 875,98

Ítem Producto Marca de ref. Cant. Precio public.

prom.

Web de referencia

1 Leche en polvo entera

inst.fortificada con vit. A y D.

Pouch x 400 gr

Manfrey 1 $ 275,60 https://www.argentina.gob.ar/precios- cuidados

2 Premezcla pan de queso x 225 gr

BIO 1 $ 189,40 https://www.argentina.gob.ar/precios- cuidados

3 Mate cocido en saquitos x 25 unid

Nobleza Gaucha

1 $ 74,90 https://www.argentina.gob.ar/precios- cuidados

4 Azúcar x kg Ledesma 1 $ 75,80 https://www.argentina.gob.ar/precios- cuidados

5 Mermelada x 500 grs Dulcor 1 $ 78,90 https://www.argentina.gob.ar/precios- cuidados

6 Huevos 12 $ 189,96 https://www.argentina.gob.ar/precios-

cuidados

Costo Logística 2,50% $ 22,11

$ 906,67

CODIGO ALIMENTARIO ARGENTINO

(CUADERNILLO RESUMIDO PARA PROVEEDORES) DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1: Toda persona, firma comercial o establecimiento que elabore, fraccione, conserve, transporte, expenda, exponga, importe o exporte alimentos, condimentos, bebidas o primeras materias correspondientes a los mismos y aditivos alimentarios debe cumplir con las disposiciones del presente Código.

Artículo 6: A los efectos de este Código se establecen las siguientes definiciones:

1. Consumidor: Toda persona o grupo de personas o institución que se procure alimentos para consumo propio o de terceros.

2. Alimento: toda sustancia o mezcla de substancias naturales o elaboradas que, ingeridas por el hombre, aporten

a su organismo los materiales y la energía necesarios para el desarrollo de sus procesos biológicos. La

(8)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

GOBIERNO DETUCUMÁN

designación "alimento" incluye además las substancias o mezclas de substancias que se ingieren por hábito, costumbres, o como coadyuvantes, tengan o no valor nutritivo.

3. Aditivo alimentario: Cualquier sustancia o mezcla de substancias que directa o indirectamente modifiquen las características físicas, químicas o biológicas de un alimento, a los efectos de su mejoramiento, preservación, o estabilización, siempre que:

a) Sean inocuos por sí mismos o a través de su acción como aditivos en las condiciones de uso.

b) Su empleo se justifique por razones tecnológicas, sanitarias, nutricionales o psicosensoriales necesarias.

c) Respondan a las exigencias de designación y de pureza que establezca este Código.

4. Alimento genuino o normal: Se entiende el que, respondiendo a las especificaciones reglamentarias, no contenga sustancias no autorizadas ni agregados que configuren una adulteración y se expenda bajo la denominación y rotulados legales, sin indicaciones, signos o dibujos que puedan engañar respecto a su origen, naturaleza y calidad.

5. (Res. 205, 7.03.88) "Alimento alterado: El que por causas naturales de índole física, química y/o biológica o derivadas de tratamientos tecnológicos inadecuados y/o deficientes, aisladas o combinadas, ha sufrido deterioro en sus características organolépticas, en su composición intrínseca y/o en su valor nutritivo".

6. Alimento contaminado: el que contenga:

a) Agentes vivos (virus, microorganismos o parásitos riesgosos para la salud), sustancias químicas, minerales u orgánicas extrañas a su composición normal, sean o no repulsivas o tóxicas.

b) Componentes naturales tóxicos en concentración mayor a las permitidas por exigencias reglamentarias.

7. Alimento adulterado: El que ha sido privado, en forma parcial o total, de sus elementos útiles o característicos, reemplazándolos o no por otros inertes o extraños; que ha sido adicionado de aditivos no autorizados o sometidos a tratamientos de cualquier naturaleza para disimular u ocultar alteraciones, deficiente calidad de materias primas o defectos de elaboración.

8. Alimento falsificado: El que tenga la apariencia y caracteres. Generales de un producto legítimo protegido o no por marca registrada, y se denomine como éste sin serlo o que no proceda de sus verdaderos fabricantes o zona de producción conocida y/o declarada.

Artículo 6 bis - (Res. 49, 27.1.86): "Queda terminantemente prohibida la tenencia, circulación y venta de alimentos y sus primeras materias, alterados, contaminados, adulterados, falsificados y/o falsamente rotulados bajo pena de multa, prohibición de venta y comiso de la mercadería en infracción".

Artículo 7: Con la expresión intoxicación por alimentos, se entiende los procesos patológicos, originados no sólo por alimentos alterados sino también por la ingestión de productos que, a pesar de presentar apariencia normal, contienen elementos o substancias nocivas para el organismo, cualquiera sea su origen.

Artículo 8: Queda prohibido adicionar a los alimentos substancias o ingredientes (aditivos) que no estén expresamente admitidos para cada caso por el presente Código.

Deberán agregarse en el momento de la elaboración o preparación del alimento, en la proporción necesaria para

el fin propuesto y admitido, pero no podrán adicionarse con posterioridad para disimular, atenuar o corregir

deficiencias de fabricación, de manipulación o de conservación.

(9)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

GOBIERNO DETUCUMÁN

ZONA N° 1

OR

D. ESCUELAS

MUNICIPIO ó

DPTO. C.U.E.

MATRICULAS MODULOS

COMUNA

T.

MAÑAN A

T.

TARD E

TOTA

L DIFEREN CIADOS

COMU NES

1 N° 259 - GRAL. MANUEL BELGRANO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

174 516 54 570 1 569

2 9 DE JULIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

582 597 577 1.174 2 1.172

3 BERNABE ARAOZ

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

354 472 404 876 1 875

4 BERNABE ARAOZ – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

354 190 172 362 0 362

5 BERNABE ARAOZ - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

951 344 238 582 2 580

6 BERNARDO DE IRIGOYEN

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

440 715 656 1.371 2 1.369

7 COMERCIO N° 2 - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

541 397 357 754 2 752

8

CONGRESO DE TUCUMAN - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

987 587 563 1.150 0 1.150

9

DE LA PATRIA COMERCIO N° 3 - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

795 899 784 1.683 20 1.663

10 DE LA PATRIA DR. MANUEL BELGRANO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

333 635 629 1.264 0 1.264

11 DELFIN JIJENA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

355 282 275 557 4 553

12 DELFIN JIJENA – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

355 111 100 211 0 211

13 DR. BERNARDO DE MONTEAGUDO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

356 693 439 1.132 0 1.132

14

DRA. ALICIA MOREAU DE JUSTO - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

570 0 326 326 0 326

15 EMILIO CASTELAR - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

945 192 175 367 1 366

16 F.A.N.N.

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

430 0 124 124 0 124

17 FEDERICO HELGUERA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

091 421 393 814 0 814

18 FRAY PEDRO ZAVALETA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

017 145 0 145 0 145

19 ZAVALETA - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

013 0 165 165 0 165

20 JOSE MARMOL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

725 490 530 1.020 2 1.018

21 JOSE MARMOL - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

069 68 65 133 1 132

22 JUAN BAUTISTA ALBERDI

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

423 417 409 826 2 824

23 JUAN LARREA - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

990 127 119 246 1 245

24 INDEPENDENCIA - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

344 51 56 107 0 107

25 MARINA ALFARO - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

952 120 153 273 0 273

26

MEDIA BARRIO LOLA MORA - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

762 234 183 417 0 417

27

MEDIA VIERGEN DE LA MERCED - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

929 242 180 422 1 421

28 MUNICIPAL ALFONSINA STORNI

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

032 180 181 361 1 360

29

MUNICIPAL ALFONSINA STORNI - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

852 28 21 49 0 49

30

MUNICIPAL ALFONSINA STORNI - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

032 172 151 323 0 323

31

MUNICIPAL JARDIN ESPIGUITA - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

738 80 76 156 0 156

32

NACIONAL BARTOLOME MITRE - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

549 1.144 0 1.144 3 1.141

33

LICEO REMEDIO ESCALADA DE SAN MARTIN - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

548 0 1060 1.060 1 1.059

34 OBISPO J. A. MOLINA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

433 472 527 999 0 999

35 PTE. NICOLAS AVELLANEDA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

540 598 528 1.126 1 1.125

36

TECNICA N° 1 - INDEPENDENCIA ARGENTINA - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

614 545 400 945 0 945

37 TNTE. BENJAMIN MATIENZO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

357 55 510 565 0 565

38 BENJAMIN MATIENZO - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

954 569 0 569 0 569

39 ARTE Y OFICIO “GENERAL BELGRANO”

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

449 199 356 555 0 555

40 DR. RAMON ADRIAN ARAUJO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

871 39 435 474 0 474

41

MEDIA DR. RAMON ADRIAN ARAUJO - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

872 332 0 332 0 332

42 LUCAS ALEJANDRO CORDOBA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

447 557 488 1.045 0 1.045

43

LUCAS ALEJANDRO CORDOBA - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

347 230 239 469 0 469

(10)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

GOBIERNO DETUCUMÁN

44 ZENON JOSE SANTILLAN

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

050 288 183 471 0 471

45 ZENON JOSE SANTILLAN - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

050 95 99 194 0 194

45 Totales 14.528 13.380 27.908 48 27.860

ZONA N° 2

OR

D. ESCUELAS

MUNICIPIO ó

DPTO. C.U.E.

MATRICULAS MODULOS

COMUNA

T.

MAÑAN A

T.

TARD E

TOTA

L DIFEREN CIADOS

COMU NES

1 N° 49 – JUAN BAUTISTA ALBERDI

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

981 216 230 446 0 446

2

N° 49 - JUAN BAUTISTA ALBERDI - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

981 92 89 181 0 181

3 N° 161 – ISABEL LA CATOLICA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

937 229 41 270 0 270

4 N° 240 – MANUEL LAINEZ

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

900 380 269 649 1 648

5 N° 240 – MANUEL LAINEZ - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

900 99 94 193 0 193

6 N° 249 – MARCOS AVELLANEDA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

595 334 0 334 0 334

7

N° 249 – MARCOS AVELLANEDA - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

595 74 60 134 0 134

8

DR. MARCO AVELLANEDA - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

021 153 153 0 153

9 N° 252 – MANUEL ARROYO Y PINEDO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

759 232 0 232 0 232

10

N° 252 – MANUEL ARROYO Y PINEDO - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

759 87 79 166 0 166

11

MANUEL ARROYO Y PINEDO - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

988 0 249 249 0 249

12 N° 395 - ESPECIAL ELSA RUGGERI

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

765 217 0 217 0 217

13 A.PA.I.M.

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL 0 48 48 0 48

14 ALBERTO GARCIA HAMILTON

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

600 287 143 430 0 430

15 CAMPO NORTE - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

010 229 86 315 0 315

16 CAPITAN DE LOS ANDES

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

033 60 317 377 1 376

17

CAPITAN DE LOS ANDES - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

020 185 0 185 0 185

18 CIUDADELA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

148 439 470 909 2 907

19 CIUDADELA - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

991 284 284 0 284

20

COMERCIO N°1 GRAL MANUEL BELGRANO - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

019 1.113 1014 2.127 2 2.125

21

COMERCIO N°4 BATALLA DE TUCUMAN - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

941 240 235 475 1 474

22

COMERCIO ILDEFONSO DE LAS MUÑECAS - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

899 262 308 570 2 568

23 COSTANERA NORTE

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

933 309 269 578 0 578

24 COSTANERA NORTE – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

105 102 100 202 0 202

25 COSTANERA NORTE – NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

232 201 138 339 0 339

26 DR. MARCOS PAZ

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

961 318 0 318 1 317

27 DR. MARCOS PAZ – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

961 71 74 145 0 145

28 DR. MIGUEL LILLO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

374 323 344 667 1 666

29 DR. RICARDO GUTIERREZ

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

762 98 556 654 0 654

30 RICARDO GUTIERREZ - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

111 573 0 573 0 573

31 DR. SALUSTIANO ZAVALIA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

901 228 259 487 2 485

32 DR. SALUSTIANO ZAVALIA – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

901 81 74 155 0 155

33 EJERCITO ARGENTINO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

808 348 315 663 0 663

34 ELMINA PAZ DE GALLO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

446 377 324 701 1 700

35 ESCUELA PARA LA VIDA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

710 636 616 1.252 0 1.252

36

GRAL MANUEL BELGRANO - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

724 357 330 687 2 685

37 JUSTINIANO FRIAS

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

939 343 379 722 0 722

38 JUSTINIANO FRIAS – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

939 108 108 216 0 216

(11)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

GOBIERNO DETUCUMÁN

39

MADRE DE LA PATRIA: MARIA REMEDIOS DEL VALLE (BARRIO MACIEL)

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

964 0 346 346 0 346

40 MAESTRO ARANCIBIA - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

958 316 0 316 0 316

41

MEDIA DOMINGO SAVIO - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

166 185 133 318 0 318

42

MEDIA JUAN DOMINGO PERON - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

911 516 408 924 3 921

43 MONS. BLAS VICTORIO CONRERO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

758 470 451 921 0 921

44

MONS. BLAS VICTORIO CONRERO - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

758 102 103 205 0 205

45 MUTUAL POLICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

735 371 365 736 1 735

46 MUTUAL POLICIAL – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

736 124 134 258 0 258

47

NUEVA BARRIO NESTOR KIRCHNER - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

343 64 66 130 0 130

48 NUEVA BARRIO SAN MIGUEL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

942 0 249 249 2 247

49

NUEVA BARRIO SAN MIGUEL - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

959 151 0 151 0 151

50

SOLEDAD ARDILES DE STEIN– NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

942 89 103 192 0 192

51 NUEVA ESPERANZA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

952 245 191 436 0 436

52 PATRICIAS ARGENTINAS

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

689 831 755 1.586 1 1.585

53 PAUL GROUSSAC

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

785 257 188 445 0 445

54 PERIODISMO ARGENTINO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

596 273 195 468 0 468

55 PQUIAL “NIÑO JESUS DE PRAGA”

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

223 144 0 144 0 144

56 REPUBLICA DEL PARAGUAY

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

806 287 246 533 1 532

57

REPUBLICA DEL PARAGUAY - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

244 228 87 315 0 315

58

REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

372 244 220 464 1 463

59

RAUL SCALABRINI ORTIZ - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

573 308 208 516 2 514

60 SOBERANIA NACIONAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

938 409 276 685 3 682

61 SU SANTIDAD JUAN PABLO II

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

873 331 349 680 1 679

62

SU SANTIDAD JUAN PABLO II - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

873 118 127 245 0 245

63 TECNICA JUAN XXIII

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

774 290 290 580 0 580

64 VILLA LUJAN - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

005 0 275 275 0 275

65 C.I.C. LA FLORIDA – NIVEL INICIAL Com. La Florida

CRUZ ALTA

9.001.

940 31 32 63 0 63

66 FRAY MANUEL PEREZ Mun. Alderete

CRUZ ALTA

9.000.

730 545 561 1.106 2 1.104

67 FRAY MANUEL PEREZ - NIVEL INICIAL Mun. Alderete

CRUZ ALTA

9.000.

730 231 230 461 0 461

68 JUAN BAUTISTA BASCARY Com.La Florida

CRUZ ALTA

9.001.

000 451 424 875 1 874

69 NIÑEZ TUCUMANA Mun. Alderete

CRUZ ALTA

9.001.

689 754 0 754 0 754

70 NIÑEZ TUCUMANA – NIVEL INICIAL Mun. Alderete

CRUZ ALTA

9.001.

689 144 145 289 0 289

71 LUISIANA - NIVEL SECUNDARIO Com.La Florida

CRUZ ALTA

9.002.

019 0 161 161 0 161

72

MEDIA DE LA FLORIDA - NIVEL

SECUNDARIO Com.La Florida

CRUZ ALTA

9.001.

874 338 254 592 0 592

72 18.095 15.627 33.722 34 33.688

ZONA N° 3

OR

D. ESCUELAS

MUNICIPIO ó

DPTO. C.U.E.

MATRICULAS MODULOS

COMUNA

T.

MAÑAN A

T.

TARD E

TOTA

L DIFEREN CIADOS

COMU NES

1 N° 247 – DR. PANTALEON FERNANDEZ

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

609 207 438 645 2 643

2

N° 247 – DR. PANTALEON FERNANDEZ - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

609 91 97 188 1 187

3

DR. PANTALEON FERNANDEZ - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.00.2

12 394 0 394 0 394

4 N° 248 – JUAN LUIS NOUGUES

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

539 402 288 690 0 690

5

N° 248 – JUAN LUIS NOUGUES – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

539 163 147 310 0 310

6 JUAN LUIS NOUGUES - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

90.002

.000 404 372 776 1 775

7 N° 253 – ESTADO DE ISRAEL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

610 297 248 545 0 545

(12)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

GOBIERNO DETUCUMÁN

8 N° 253 – ESTADO DE ISRAEL – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

610 92 84 176 0 176

9 N° 301 – CAPITAL FEDERAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

789 423 313 736 0 736

10 N° 372 - CAMPO DE LAS CARRERAS

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

741 345 329 674 3 671

11

N° 372 – CAMPO DE LAS CARRERAS – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

741 118 116 234 1 233

12

CAMPO DE LAS CARRERAS - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

091 459 421 880 0 880

13 AMADO NICOMEDES JURI

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

728 228 241 469 2 467

14

AMADO NICOMEDES JURI - NIVEL SECUNDARIA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

189 259 0 259 0 259

15

ARTES Y OFICIOS “OBISPO JOSE COLOMBRES”

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

569 0 330 330 0 330

16 BARRIO CRUCERO GRAL. BELGRANO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

043 0 393 393 0 393

17

BARRIO CRUCERO GRAL. BELGRANO – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

058 89 110 199 0 199

18

BARRIO CRUCERO GRAL. BELGRANO – NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

032 355 0 355 0 355

19 BARRIO SAN RAMON - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

109 286 0 286 0 286

20 BARRIO SUTIAGA - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

957 275 236 511 1 510

21 BARRIO VICTORIA - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

110 167 0 167 0 167

22 DEAN GREGORIO FUNES

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

550 242 149 391 0 391

23 DEAN GREGORIO FUNES – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

550 86 74 160 0 160

24 DR. AGUSTIN JUSTO DE LA VEGA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

740 508 504 1.012 2 1.010

25

DR. LEANDRO N. ALEM - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

930 193 171 364 0 364

26 DR. MANUEL LIZONDO BORDA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

086 381 270 651 0 651

27 EL SALVADOR - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

031 294 223 517 0 517

28 ESCUELA DE TODOS

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

780 217 216 433 1 432

29 EUDORO ARAOZ - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

033 149 131 280 0 280

30 GDOR. MIGUEL CRITTO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

551 496 358 854 2 852

31 GDOR. MIGUEL CRITTO - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

551 135 132 267 0 267

32 GUILLERMO GRIET

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

547 613 482 1.095 2 1.093

33 GUILLERMO GRIET – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

547 134 130 264 2 262

34 LOLA MORA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

212 289 199 488 0 488

35 MANANTIALES SUR

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

245 437 0 437 0 437

36 MANANTIALES SUR - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

243 80 80 160 0 160

37 MANANTIALES SUR - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

347 0 328 328 2 326

38 MARTIN MIGUEL DE GUEMES

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

031 365 351 716 0 716

39

MARTIN MIGUEL DE GUEMES – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

031 106 103 209 0 209

40

MARTIN MIGUEL DE GUEMES – NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

953 346 321 667 0 667

41

MEDIA BARRIO SAN ALBERTO - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

910 156 115 271 0 271

42

MUNICIPAL CIC PARQUE SUR (ARDILLITAS) - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

303 47 0 47 0 47

43 NTRA.SRA.DEL ROSARIO DE NVA.POMPEYA

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

916 345 342 687 0 687

44

NTRA.SRA.DEL ROSARIO DE NVA.POMPEYA – N.INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

916 139 127 266 0 266

45 PROF. ALFREDO COSSON

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

734 355 271 626 2 624

46 PROF. ALFREDO COSSON – NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

734 113 110 223 0 223

47 SILVANO BORES

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.000.

182 295 236 531 0 531

48 VILLA ALEM - NIVEL INICIAL

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.002.

349 141 125 266 1 265

49 VILLA AMALIA - NIVEL SECUNDARIO

Mun. S. M. de

Tucumán CAPITAL

9.001.

956 203 149 352 0 352

50 N° 256 – PCIA. DE SANTA FE Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.000.

451 444 380 824 1 823

51 ESPECIAL “DRA. C. TOBAR GARCIA” Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.000.

454 20 240 260 1 259

52

DOCENCIA TUCUMANA - NIVEL

SECUNDARIO Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.001.

907 350 450 800 0 800

53 EL COLMENAR - NIVEL SECUNDARIO Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.002.

040 206 70 276 0 276

54 FERNANDO PEDRO RIERA Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.001.

869 0 553 553 0 553

(13)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

GOBIERNO DETUCUMÁN

55 FERNANDO PEDRO RIERA – NIVEL INICIAL Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.002.

121 87 93 180 1 179

56 FERNANDO PEDRO RIERA – SECUNDARIO Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.001.

870 130 129 259 1 258

57 GDOR. ANSELMO ROJO Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.000.

452 438 61 499 0 499

58 JULIO CORZO Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.000.

831 502 456 958 1 957

59 JULIO CORZO - NIVEL INICIAL Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.000.

831 199 207 406 0 406

60 LAS TALITAS - NIVEL SECUNDARIO Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.001.

947 249 0 249 2 247

61 MARTHA ALCIRA SALOTTI Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.000.

825 484 390 874 0 874

62 MARTHA ALCIRA SALOTTI – NIVEL INICIAL Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.000.

825 72 50 122 1 121

62 15.100 12.939 28.039 33 28.006

ZONA N° 4

OR

D. ESCUELAS

MUNICIPIO ó

DPTO. C.U.E.

MATRICULAS MODULOS

COMUNA

T.

MAÑAN A

T.

TARD E

TOTA

L DIFEREN CIADOS

COMU NES

1 N° 255 Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.000.

048 146 0 146 0 146

2 BARRIO POLICIAL Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.001.

978 30 200 230 0 230

3 CAPITAN MIGUEL DE SALAS Y VALDEZ Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.000.

926 318 274 592 1 591

4

CAPITAN MIGUEL DE SALAS Y VALDEZ -

NIVEL SECUNDARIO Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.002.

238 226 200 426 0 426

5

COMERCIO DR. ALEJANDRO HEREDIA -

NIVEL SECUNDARIO Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.000.

821 281 193 474 1 473

6 DIVINA PROVIDENCIA Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.000.

455 240 249 489 2 487

7 ING. OSVALDO MANUEL COSTELLO Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.001.

973 262 0 262 1 261

8 MONS. DAVID DIP Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.001.

943 23 303 326 0 326

9 MUNICIPAL NUEVA ARGENITNA Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.001.

631 148 611 759 4 755

10 NUEVA BARRIO LOMAS DE TAFI “B” Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.002.

044 363 330 693 0 693

11

NUEVA BARRIO LOMAS DE TAFI “B” - NIVEL

INICIAL Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.002.

044 122 118 240 0 240

12 NUEVA BARRIO LOMAS DE TAFI “D” Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.002.

045 298 201 499 1 498

13

NUEVA BARRIO LOMAS DE TAFI “D” - NIVEL

INICIAL Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.002.

046 99 100 199 0 199

14 NINA VELARDEZ Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.001.

944 137 132 269 0 269

15 NINA VELARDEZ – NIVEL INICIAL Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.001.

944 57 51 108 0 108

16 PROSPERO MENA Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.000.

401 353 333 686 1 685

17 PROSPERO MENA - NIVEL INICIAL Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.000.

401 109 106 215 0 215

18

N° 113 – DR. JOAQUIN V. GONZALEZ – NIVEL INICIAL

Mun. Yerba Buena

Y.

BUENA 9.002.

060 63 65 128 0 128

19 N° 311 – REPUBLICA DE ITALIA

Mun. Yerba Buena

Y.

BUENA 9.000.

872 106 0 106 0 106

20 N° 351 – JOSE IGNACIO THAMES

Mun. Yerba Buena

Y.

BUENA 9.000.

874 312 296 608 0 608

21

N° 351 – JOSE IGNACIO THAMES – NIVEL INICIAL

Mun. Yerba Buena

Y.

BUENA 9.000.

874 107 112 219 1 218

22 BARRIO EL MIRADOR - NIVEL SECUNDARIO

Com. Cevil Redondo

Y.

BUENA 9.001.

950 0 363 363 0 363

23 COOPERATIVISMO ARGENTINO

Com. Cevil Redondo

Y.

BUENA 9.000.

770 282 227 509 2 507

24

COOPERATIVISMO ARGENTINO – NIVEL INICIAL

Com. Cevil Redondo

Y.

BUENA 9.000.

770 98 107 205 0 205

25 MATE DE LUNA

Mun. Yerba Buena

Y.

BUENA 9.000.

311 323 278 601 0 601

26 NUEVA BARRIO ISLAS MALVINAS

Com. Cevil Redondo

Y.

BUENA 9.001.

974 286 200 486 0 486

27 RECONQUISTA

Mun. Yerba Buena

Y.

BUENA 9.000.

879 284 243 527 1 526

28 SALOBREÑA

Mun. Yerba Buena

Y.

BUENA 9.001.

941 0 307 307 0 307

29 SAN JOSE - NIVEL SECUNDARIO

Mun. Yerba Buena

Y.

BUENA 9.002.

041 232 145 377 0 377

30 VILLA CARMELA - NIVEL SECUNDARIO

Com. Cevil Redondo

Y.

BUENA 9.002.

003 157 117 274 0 274

31 YERBA BUENA - NIVEL SECUNDARIO

Mun. Yerba Buena

Y.

BUENA 9.001.

948 391 0 391 0 391

32 N° 46 – PTE. NICOLAS AVELLANEDA Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.000.

399 267 240 507 0 507

(14)

DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

GOBIERNO DETUCUMÁN

33 N° 393 – MIGUEL DE AZCUENAGA

Com. Los Nogales

TAFI VIEJO

9.000.

041 269 245 514 4 510

34 CONGRESO DE TUCUMAN Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.000.

924 329 482 811 2 809

35 CONGRESO DE TUCUMAN - NIVEL INICIAL Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.000.

924 114 94 208 0 208

36 FORTUNATA GARCIA DE GARCIA Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.000.

739 469 443 912 0 912

37

FORTUNATA GARCIA DE GARCIA – NIVEL

INICIAL Mun. Las Talitas

TAFI VIEJO

9.000.

739 149 146 295 0 295

38 FRAY CAYETANO RODRIGUEZ Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.000.

860 574 531 1105 9 1096

39

FRAY CAYETANO RODRIGUEZ - NIVEL

INICIAL Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.000.

860 126 124 250 0 250

40 PROF. MARIA EUGENIA VIRLA

Com. Los Nogales

TAFI VIEJO

9.000.

456 141 0 141 0 141

41 TAFI VIEJO - NIVEL SECUNDARIO Mun. Tafi Viejo

TAFI VIEJO

9.000.

633 194 164 358 0 358

41 8.485 8.330 16.815 30 16.785

ZONA N° 5

OR

D. ESCUELAS

MUNICIPIO ó

DPTO. C.U.E.

MATRICULAS MODULOS

COMUNA

T.

MAÑAN A

T.

TARD E

TOTA

L DIFEREN CIADOS

COMU NES

1 N° 110 - GDOR. CELEDONIO GUTIERREZ Mun. Alderete

CRUZ ALTA

9.000.

743 607 566 1.173 0 1.173

2

N° 110 - GDOR. CELEDONIO GUTIERREZ–

NIVEL INICIAL Mun. Alderete

CRUZ ALTA

9.000.

743 242 230 472 1 471

3

N° 110 - MEDIA DE LOS GUTIERREZ – NIVEL

SECUNDARIO Mun. Alderete

CRUZ ALTA

9.001.

866 792 0 792 0 792

4 12 DE OCTUBRE - NIVEL SECUNDARIO Com. Colombres

CRUZ ALTA

9.002.

235 0 111 111 1 110

5 TECNICA N°1 DE LASTENIA

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.000.

864 281 157 438 0 438

6 ALFREDO GUZMAN Com. Colombres

CRUZ ALTA

9.000.

824 177 0 177 0 177

7 BANDA DEL RIO SALI - NIVEL SECUNDARIO

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.001.

924 304 159 463 0 463

8

COMERCIO BANDA DEL RIO SALI - NIVEL SECUNDARIO

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.000.

992 443 353 796 2 794

9 DR. ARTURO JAURETCHE

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.001.

915 244 230 474 0 474

10 DR. TIBURCIO PADILLA

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.000.

267 346 313 659 0 659

11 DR. TIBURCIO PADILLA - NIVEL INICIAL

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.000.

267 124 120 244 0 244

12 EL CORTE - NIVEL SECUNDARIO Mun. Alderete

CRUZ ALTA

9.002.

113 339 327 666 0 666

13 GRAL. ANTONIO ALVAREZ DE ARENALES Com. Colombres

CRUZ ALTA

9.000.

736 382 314 696 0 696

14

GRAL. ANTONIO ALVAREZ DE ARENALES -

NIVEL SECUNDARIO Com. Colombres

CRUZ ALTA

9.002.

024 158 101 259 0 259

15 JUAN B. TERAN

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.000.

866 445 295 740 0 740

16 JUAN B. TERAN - NIVEL INICIAL

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.000.

866 160 159 319 0 319

17 JUAN CRISOSTOMO MENDEZ

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.000.

817 815 701 1.516 0 1.516

18

JUAN CRISOSTOMO MENDEZ – NIVEL INICIAL

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.000.

817 106 112 218 0 218

19

MEDIA DE ALDERETES - NIVEL

SECUNDARIO Mun. Alderete

CRUZ ALTA

9.001.

769 0 375 375 0 375

20 MUN. “MONS. GREGORIO DE JESUS DIAZ”

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.000.

804 661 624 1.285 0 1.285

21 NUEVA BARRIO AEROPUERTO

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.001.

963 25 156 181 0 181

22 BARRIO AEROPUERTO . NIVEL SECUNDARIO

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.001.

946 188 0 188 0 188

23

NUEVA DE ALDERETES - NIVEL

SECUNDARIO Mun. Alderete

CRUZ ALTA

9.002.

181 422 340 762 1 761

24 PACARÁ - NIVEL SECUNDARIO

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.002.

169 0 103 103 0 103

25 RAMON PAZ POSSE

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.000.

857 591 592 1.183 0 1.183

26 RAMON PAZ POSSE - NIVEL INICIAL

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.000.

857 206 187 393 1 392

27 RAMON PAZ POSSE - NIVEL SECUNDARIO

Mun. Banda Rio Salí

CRUZ ALTA

9.001.

989 168 164 332 3 329

28 RICARDO JAIMES FREYRE

Com. San Andrés

CRUZ ALTA

9.000.

851 373 344 717 1 716

29 RICARDO JAIMES FREYRE – NIVEL INICIAL

Com. San Andrés

CRUZ ALTA

9.002.

186 64 194 258 0 258

30 RINCON DEL ESTE - NIVEL SECUNDARIO Mun. Alderete

CRUZ ALTA

9.001.

960 226 237 463 0 463

31 SANTIAGO GALLO – NIVEL INICIAL

Com. Delfín Gallo

CRUZ ALTA

9.002.

052 98 103 201 0 201

32 WENCESLAO POSSE

Com. Delfín Gallo

CRUZ ALTA

9.000.

836 325 415 740 0 740

Referencias

Documento similar

¿Cuál es el descuento racional sobre un documento con valor nominal de $1500.00, a pagar en seis meses, si la tasa de interés es del 25% anual simple. Fecha de

Para conseguir el crédito el alumno deberá asistir a un mínimo de un 80% de las clases presenciales y realizar seis horas de trabajo personal que deberá acreditar mediante la

Antes de seis (6) meses de la fecha de vencimiento de la vigencia del Certificado, el titular podrá solicitar a R.N.A la renovación de la certificación con los requisitos del

El estudiante que acredite la práctica profesional mediante la validación de su experiencia deberá certificar como mínimo seis (6) meses continuos de vinculación

Dentro de los seis meses siguientes a la fecha de vencimiento del término para dar respuesta al Requerimiento Especial o a su ampliación, según el caso, la Secretaria de Hacienda

ENVASE HIGIÉNICO, LIBRE DE IMPUREZAS, EXENTA DE SABORES Y OLORES EXTRAÑOS, LIBRE DE INSECTOS, FECHA DE VENCIMIENTO MÍNIMO 12 MESES A PARTIR DE LA FECHA DE ENTREGA. PATRONES

subcontratistas o empleados de ésta, como mínimo sobre la base de un salario mínimo legal mensual vigente. c) Conforme el objeto del contrato “compraventa” de bienes, la

El plazo máximo de resolución del procedimiento será de seis meses, contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El vencimiento del plazo