UNIVERSIDAD TECNOLOGICA EQUINOCCIAL
SISTEMA DE EDUCACION A DISTANCIA
TESIS
PREVIO A LA OBTENCION DEL TITULO DE LICENCIADA EN CONTABILIDAD Y AUDITORIA CPA
TEMA:
“AUDITORIA AMBIENTAL DE CUMPLIMIENTO DE LA CENTRAL TERMOELECTRICA DE MIRAFLORES”
AUTORA
ROCIO ARTEAGA VINCES
MANTA – ECUADOR
EL DIRECTOR DE ESTA INVESTIGACIÓN
OTORGA A ESTA TESINA
La nota de:...equivalente a:...
Ing. Fernando Borja MCA-CP DIRECTOR DE TESIS
EL JURADO CALIFICADOR
OTORGA A LA SUSTENTACIÓN LA NOTA DE
ROCIO ARTEAGA VINCES ...
PROMEDIO FINAL DE SUSTENTACIÓN
ROCIO ARTEAGA VINCES ...
DECLARATORIA DE AUTORÍA
Yo, ROCIO ARTEAGA VINCES, soy la única responsable, de la elaboración del presente trabajo, en el cual he utilizado técnicas debidamente autorizadas
por la Central Térmica Miraflores CNEL-Manabí del cantón Manta.
En tal virtud, declaro que el contenido, las conclusiones y los efectos legales y académicos que se desprenden del trabajo propuesto son de exclusiva
responsabilidad del autor
ROCIO ARTEAGA VINCES
CERTIFICACIÓN
Declaro que la presente tesis, cuyo tema es: “AUDITORIA AMBIENTAL DE
CUMPLIMIENTO DE LA CENTRAL TERMOELECTRICA DE MIRAFLORES”,
es un trabajo investigado y desarrollado en su totalidad por el Sr. ROCIO
ARTEAGA VINCES, bajo mi dirección.
Dejo constancia también, que una vez aprobado el informe final y realizada la
sustentación de este trabajo de investigación, doy por cumplida mi labor como
Director de Tesis.
Quito, marzo del 2012
………
DEDICATORIA
Dedico este trabajo a mis hijos para darles un estimulo y ejemplo de superación, ya que ellos están al iniciando su vida estudiantil y demostrarles así que con esfuerzo y perseverancia todo es posible.
AGRADECIMIENTO
Quiero en esta nueva oportunidad que la vida me da agradecer eternamente a DIOS por ser el pionero y gestor de mi existencia.
A mi esposo que siempre ha estado a mi lado para apoyarme en cada uno de mis objetivos y en especial en este, la culminación de mis estudios superiores.
A mi madre gracias por haberme dado la vida.
A la Universidad por darnos la oportunidad de terminar nuestra carrera.
TABLA DE CONTENIDOS
CAPITULO I: INTRODUCCION
1.1 ANTECEDENTES 10
1.2 OBJETIVOS 12
1.2.1 OBJETIVO GENERAL 12
1.3 ALCANCE 13
CAPITULO II: MARCO REFERENCIAL Y TEÓRICO
2.0 MARCO LEGAL 14
2.1.- POLÍTICA BÁSICA 14
2.2.- MARCO JURÍDICO 15
2.2.1.- LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ECUADOR. 15 2.2.2.- LEY DE GESTIÓN AMBIENTAL –RO NO. 245, DEL 30 DE JULIO DE
1999. 18
2.2.3.- LEY FORESTAL Y DE CONSERVACIÓN DE ÁREAS NATURALES Y
VIDA SILVESTRE. –RO NO. 64, DEL 24 DE AGOSTO DE 1981 28 2.2.4.- LEY DE AGUAS. –RO NO. 69, DEL 30 DE MAYO DE 1972. 28 2.2.5.- LEY DE CAMINOS. –RO NO. 285, DEL 7 DE JULIO DE 1964. 29 2.2.6.- LEY DE PATRIMONIO CULTURAL DS. 3501. RO NO. 865,2 DE
JULIO DE 1979. 29
2.2.7.- LEY DE RÉGIMEN MUNICIPAL. RO NO. 331, DEL 15 DE OCTUBRE
DE 1971. 29
2.2.8.- LEY DE RÉGIMEN DEL SECTOR ELÉCTRICO RO NO. 43 DE
OCTUBRE DE 1996. 30
2.2.9.- CÓDIGO DE LA SALUD. –RO NO. 158, DEL 8 DE FEBRERO DE
1971 30
2.2.9 TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACION AMBIENTAL SECUNDARIA 31
2.3. MARCO TEÓRICO 32
2.3.1 FASES PARA LA REALIZACIÓN DE LA AUDITORÍA AMBIENTAL 32
2.3.2 SEGUNDA FASE AUDITORÍA IN SITIO 34
2.3.3 TERCERA FASE POST AUDITORÍA. 35
2.3.4. CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN PARA EL ESTABLECIMIENTO
DE CONFORMIDADES, NO CONFORMIDADES Y HALLAZGOS 36 2.3.5 METODOLOGÍAS ESPECÍFICAS PARA EVALUAR ACTIVIDADES
ELÉCTRICAS… 37
2.3.5.1 PRIMERA ETAPA: DIAGNÓSTICO GENERAL Y PLANIFICACIÓN 37
2.3.5.2 DIAGNÓSTICO GENERAL 37
2.3.5.3 PLANIFICACIÓN 38
2.3.6 SEGUNDA ETAPA: DESARROLLO 38
2.3.6.1 SISTEMATIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN 39
2.3.6.2 TRABAJO DE CAMPO 39
2.3.7 TERCERA ETAPA: COMUNICACIÓN DE RESULTADOS 40
CAPÍTULO III: AUDITORIA AMBIENTAL
3.0 MARCO METODOLÓGICO 42
3.1 TIPO DE INVESTIGACIÓN DESARROLLADA 42
3.2 FUENTE DE INFORMACIÓN Y TÉCNICAS UTILIZADAS 43
3.3 UNIVERSO 43
3.4 POBLACIÓN 43
3.5 MUESTRA 43
3.6 RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN 44
CAPÍTULO IV: AUDITORIA AMBIENTAL
4.0 AUDITORÍA AMBIENTAL 46
4.1 CASO PRÁCTICO CENTRAL TÉRMICA MIRAFLORES 46
4.1.1 FICHA TECNICA 46
4.1.2 ÁREA DE OPERACIÓN 47
4.2 ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA 47
4.3 ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA 53
4.4 DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES 54
4.5 DESCRIPCIÓN DE LOS PROCESOS DE GENERACIÓN DE LA CT.
MIRAFLORES. 61
4.5.1 PROGRAMA DE MEDIDAS DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y
REMEDIACIÓN 61
4.5.1.1 EMISIONES AL AIRE 62
4.5.1.2 NIVELES DE RUIDO 64
4.5.1.3 SISTEMAS DE ALMACENAMIENTO Y MANEJO DE COMBUSTIBLE 64
4.5.1.4 MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS 66
4.5.1.5 MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS 68
4.5.1.6 SISTEMA DE CONDUCCIÓN DE AGUAS LLUVIAS, SERVIDAS E
INDUSTRIALES 69
4.5.1.7 MANEJO DE COMBUSTIBLES 70
4.5.1.8 OPTIMIZACIÓN DE INFRAESTRUCTURA DE TANQUES DE
COMBUSTIBLE 70
4.5.1.9 INFRAESTRUCTURA DE ÁREA DE RECEPCIÓN DE
COMBUSTIBLE 71
4.5.2 MANEJO DE PRODUCTOS QUÍMICOS 73
4.5.2.1 PREVENCIÓN DE CONTAMINACIÓN DE SUELOS 73
CAPITULO V: PLAN DE MANEJO AMBIENTAL
5.1 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL 75
5.1.2 PLAN DE MANEJO DE HIDROCARBUROS Y QUÍMICOS 75
5.2 PLAN DE MANEJO DE INSUMOS 83
5.3 PLAN DE MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS 85
5.4 PLAN DE CAPACITACIÓN Y ENTRENAMIENTO 87
5.5 PLANES DE CONTINGENCIA 91
5.5.1 ESTRUCTURA DEL PLAN DE CONTINGENCIA 91
5.7 PROGRAMA DE SALUD Y SEGURIDAD LABORAL 108 5.8 ANALISIS DE LAS CONFORMIDADES Y NO CONFORMIDADES
5.8.1 REVISIÓN DE LOS REGISTROS 114
5.9 HALLAZGOS Y EVALUACIÓN DE CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Y NORMATIVA AMBIENTAL VIGENTE (VER
ANEXO) 114
5.10 MATRIZ DE LA CENTRAL TÉRMICA MIRAFLORES (VER ANEXO) 114 5.11 PLAN DE ACCIÓN DE LA CENTRAL TÉRMICA MIRAFLORES (VER
ANEXO) 114
5.12 CUMPLIMIENTO DE LA LEGISLACIÓN Y NORMATIVA ADICIONAL
APLICABLE 114
5.12.1 EVALUACIÓN INTEGRAL DE LAS ACTIVIDADES DEL ÁREA 114
CAPITULO VI: CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
6.0 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES. 128
6.1 CONCLUSIONES 128
6.2 RECOMENDACIONES 132
BIBLIOGRAFÍA 134
INDICE DE GRAFICOS:
GRAFICO N° 1 36
GRAFICO N° 2 48
GRAFICO N° 3 54
GRAFICO N° 4 92
INDICE DE TABLAS:
TABLA N° 1 55
TABLA N° 2 56
TABLA N° 3 56
TABLA N° 4 57
TABLA N° 5 57
TABLA N° 6 58
TABLA N° 7 58
TABLA N° 8 59
TABLA N° 9 59
TABLA N° 10 59
TABLA N° 11 60
TABLA N° 12 60
TABLA N° 13 82
CAPITULO I: INTRODUCCION
1.0 INTRODUCCIÓN
El presente trabajo de grado se lo realiza previo a la obtención del título de
licenciada en Contabilidad y Auditoría. En el mismo se ha obtenido una
experiencia enriquecedora en cuanto a la realización de una auditoría
ambiental del sector el eléctrico, además de aplicar los conocimientos
adquiridos, se aprendió en el campo como funciona una central térmica de
generación eléctrica.
La tesis cuenta con seis capítulos:
El capítulo I, contiene la Introducción y los antecedentes de la auditoría; el
capitulo II, contiene el Marco Legal del trabajo; el capítulo III, contiene el Marco
Teórico y conceptual del mismo; el capítulo IV, presenta el desarrollo de la
Auditoría, en el V capítulo se encuentra el Plan de Manejo Ambiental y su
revisión, en el capítulo VI se encuentran las conclusiones y recomendaciones.
1.1 ANTECEDENTES
El Consejo Nacional de Electricidad, en cumplimiento del literal f), del Artículo
7, del Reglamento Ambiental para Actividades Eléctricas (RAAE), debe: “…
Controlar la realización de los Planes de Manejo Ambiental de las empresas
autorizadas que se encuentren operando en actividades de generación,
monitoreo ambiental previsto en el Plan de Manejo Ambiental, realizar la
auditoría ambiental interna respectiva y presentar sus resultados a
consideración del CONELEC y cuando el Ministerio del Ambiente lo requiera” y
del literal b), Articulo 37: “El titular de la concesión específica, permiso o
licencia, tendrá las siguientes obligaciones… b) Realizará auditorías
ambientales internas integrales con una periodicidad de por lo menos una vez
al año.”, ha ordenado la realización de las Auditorías Ambientales de
Cumplimiento correspondientes al año 2010, a las empresas generadoras,
distribuidoras y al transmisor.
En consecuencia CNEL REGIONAL MANABÍ con el propósito de dar
cumplimiento a lo establecido por el CONELEC, realiza periódicamente
Auditorías de cumplimiento, y en esta ocasión nos ha permitido participar para
aplicar los conocimientos adquiridos en nuestra universidad en lo que respecta
a las auditorías ambientales
En este caso la auditoría ambiental de cumplimiento se aplica a las actividades
de generación térmica de la central Miraflores, ubicada en el cantón Manta
1.2 OBJETIVOS
1.2.1 OBJETIVO GENERAL
Verificar el cumplimiento del Plan de Manejo Ambiental y la Normativa
Ambiental aplicable que se encuentre contenida en el Texto Unificado de
Legislación Ambiental Secundaria del Ministerio del Ambiente (TULAS), así
como los requisitos adicionales que se hallen contenidos en los planes de
manejo ambiental y la Licencia Ambiental de la Central Térmica Miraflores.
1.2.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS
− Determinar si las actividades operativas de la central térmica Miraflores en el
año 2010 cumplieron con lo expuesto en los Planes de Manejo, Planes de
Monitoreo y Mitigación Ambiental, diseñados para el proyecto y con la
normativa nacional vigente para el sector eléctrico.
− Verificar la existencia de pasivos ambientales, flujo o acumulados.
− Determinar la existencia y magnitud de los impactos no identificados en los
Estudios de Impacto Ambiental.
− Elaborar los planes de remediación en caso de encontrarse pasivos
ambientales y las medidas de mitigación y/o compensación en caso de
1.3 ALCANCE
La presente auditoría Ambiental de Cumplimiento, incluye las actividades de
operación para la generación de energía termoeléctrica de la central Miraflores
de la ciudad de Manta.
El periodo a ser analizado tiene corte de 2010. Cabe señalar que hasta esa
fecha se incorporó por la emergencia eléctrica que vive el país, una turbina
para generación eléctrica. La misma que a la realización de la presente
auditoría no había sido entregada con sus obras complementarias de manera
CAPITULO II: MARCO LEGAL
2.0 MARCO LEGAL
El Marco jurídico del presente trabajo, se establece a continuación, el mismo
tiene que ver con los cuerpos legales del sector eléctrico, hidrocarburífero y
ambiental del Ecuador
2.1.- Política Básica
El estado ecuatoriano establece como instrumento obligatorio previamente a la
realización de actividades susceptible de degradar o contaminar el ambiente la
preparación por parte de los interesados a efectuar estas actividades, de un
EIA y el respectivo PMA, y la presentación de estos junto a solicitudes de
autorización ante las autoridades competente, las cuales tienen la obligación de
decidir al respecto y de controlar el cumplimiento de lo estipulado en dichos
estudios y programas a fin de prevenir la degradación y contaminación,
asegurando, además la gestión ambiental, adecuada y sostenida. El EIA y el
PMA, deberán basarse en el principio de lograr el nivel de actuación más
adecuado al respectivo espacio o recurso a proteger, a través de la acción más
2.2.- Marco Jurídico
La revisión del Marco jurídico tiene como finalidad establecer el ámbito de las
disposiciones legales y administrativo institucionales que rigen y norman las
actividades del sector Eléctrico y que están relacionadas con el equilibrio
ambiental del área del proyecto para obtener como producto que las
disposiciones que se establezcan permita la aplicación de las medidas de
control y mitigación del PMA para las diferentes fases del desarrollo del
proyecto.
2.2.1.- La Constitución Política del Ecuador.Sección segunda*
1.Ambiente sano
Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y
ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir,
sumakkawsay.
Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de
los ecosistemas, la biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del
país, la prevención del daño ambiental y la recuperación de los espacios
naturales degradados.
Art. 15.- El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de
tecnologías ambientalmente limpias y de energías alternativas no
contaminantes y de bajo impacto. La soberanía energética no se alcanzará en
detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectará el derecho al agua.
Se prohíbe el desarrollo, producción, tenencia, comercialización, importación,
transporte, almacenamiento y uso de armas químicas, biológicas y nucleares,
de contaminantes orgánicos persistentes altamente tóxicos, agroquímicos
internacionalmente prohibidos, y las tecnologías y agentes biológicos
experimentales nocivos y organismos genéticamente modificados perjudiciales
para la salud humana o que atenten contra la soberanía alimentaria o los
ecosistemas, así como la introducción de residuos nucleares y desechos
tóxicos al territorio nacional.
Derechos de la naturaleza
Art. 71.- La naturaleza o Pachamama, donde se reproduce y realiza la vida,
tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento
y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos
evolutivos.
Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad
pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e
interpretar estos derechos se observarán los principios establecidos en la
El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos,
para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos
que forman un ecosistema.
Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será
independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o
jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los
sistemas naturales afectados.
En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los
ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el
Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la
restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las
consecuencias ambientales nocivas.
Art. 73.-El Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las
actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de
ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales.
Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que
puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional.
Art. 74.-Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho
a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el
Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción,
prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado.
2.2.2.- Ley de Gestión Ambiental –RO No. 245, del 30 de Julio
de 1999.
2En su capítulo segundo, menciona a través de 9 artículos los procedimientos
para la evaluación de impactos ambientales y el control ambiental en
actividades del proyecto que puedan causar impactos ambientales en el
entorno, estableciendo que “Las obras pública y privadas o mixtas y los
proyectos de inversión públicos o privados que puedan causar impactos
ambientales, serán calificado previamente a su ejecución, por los organismos
descentralizados de control, conforme el Sistema Único de Manejo Ambiental
(SUMA), cuyo principio rector será precautelatorio. También establece en
materia de planificación, aprobación de planes, proyecto de gestión ambiental
nacional, definición de sistema de control y seguimiento ambiental y
estableciendo un SUMA, el cual permitirá a esta cartera de Estado otorgar o
negar licencias ambientales para la realización o no, respectivamente, de las
obras que necesitaren de la elaboración de EIA.
Esta ley establece los principios y directrices de política ambiental; determinar
las obligaciones, responsabilidades, niveles de participación de los sectores
públicos y privados en la gestión ambiental; y, señala los límites permisibles,
controles y sanciones en esta materia. Determinando que la autoridad
ambiental nacional, será ejercida por el Ministerio de Medio Ambiente, que
deberá actuar como instancia rectora, coordinadora y reguladora del Sistema
Nacional Descentralizado de Gestión Ambiental.
Es importante mencionar que este cuerpo legal, hace mucho énfasis en el logro
de un desarrollo sustentable en el Ecuador, enmarcado en un Sistema
Nacional.
Reglamento para la prevención y control de la contaminación por
desechos peligrosos. Libro VI. Sección II3
AMBITO DE APLICACION
Art. 152.- El presente reglamento regula las fases de gestión y los mecanismos
de prevención y control de la los desechos peligrosos, al tenor de los
lineamientos y normas técnicas previstos en las leyes de Gestión Ambiental ,
de Prevención y Control de la Contaminación Ambiental, en sus respectivos
reglamentos, y en el Convenio de Basilea.
Art. 153.- Los desechos peligrosos comprenden aquellos que se encuentran
determinados y caracterizados en los Listados de Desechos Peligrosos y
Normas Técnicas aprobados por la autoridad ambiental competente para la
cabal aplicación de este reglamento.
3Reglamento para la prevención y control de la contaminación por desechos peligrosos. Libro VI. Sección
Art. 154.- Se hallan sujetos a las disposiciones de este reglamento toda
persona, natural o jurídica, pública o privada, nacional o extranjera, que dentro
del territorio del Ecuador participe en cualquiera de las fases y actividades de
gestión de los desechos peligrosos, en los términos de los artículos
precedentes.
CAPÍTULO III. FASES DE LA GESTION DE DESECHOS PELIGROSOS.
Sección I.DE LA GENERACION
Art. 160.- Todo generador de desechos peligrosos es el titular y responsable
del manejo de los mismos hasta su disposición final, siendo su responsabilidad:
1. Tomar medidas con el fin de minimizar al máximo la generación de
desechos peligrosos.
2. Almacenar los desechos en condiciones ambientalmente seguras, evitando
su contacto con el agua y la mezcla entre aquellos que sean incompatibles.
3. Disponer de instalaciones adecuadas para realizar el almacenamiento
temporal de los desechos, con accesibilidad a los vehículos recolectores.
4. Realizar la entrega de los desechos para su adecuado manejo, únicamente
a las personas autorizadas para el efecto por el MA o por las autoridades
secciónales que tengan la delegación respectiva.
5. Inscribir su actividad y los desechos peligrosos que generan, ante la STPQP
o de las autoridades secciónales que tengan la delegación respectiva, el cual
6. Llevar en forma obligatoria un registro del origen, cantidades producidas,
características y destino de los desechos peligrosos, cualquiera sea ésta, de
los cuales realizará una declaración en forma anual ante la Autoridad
Competente; esta declaración es única para cada generador e independiente
del número de desechos y centros de producción. La declaración se
identificará con un número exclusivo para cada generador. Esta declaración
será juramentada y se lo realizará de acuerdo con el formulario
correspondiente, el generador se responsabiliza de la exactitud de la
información declarada, la cual estará sujeta a comprobación por parte de la
Autoridad Competente.
7. Identificar y caracterizar los desechos peligrosos generados, de acuerdo a la
norma técnica correspondiente.
8. Antes de entregar sus desechos peligrosos a un prestador de servicios,
deberá demostrar ante la autoridad competente que no es posible
aprovecharlos dentro de su instalación.
Art. 161.- Los proyectos de instalación de actividades nuevas que vayan a
producir desechos peligrosos de acuerdo con los procesos de producción y las
materias primas a utilizarse, de igual manera deberán presentar la declaración
determinada en el numeral 5. del artículo precedente, la cual será requisito
previo para la aprobación por parte de la Autoridad Competente.
Igualmente, deberán realizar un estudio de impacto ambiental conjuntamente
con los estudios de ingeniería, el cual es requisito para su aprobación.
Art. 162.- El generador deberá informar de forma inmediata a la STPQP del
desechos peligrosos. El ocultamiento de esta información recibirá la sanción
prevista en este reglamento.
Sección II.DEL MANEJO DE LOS DESECHOS PELIGROSOS. Parágrafo 1º.
RECOLECCION4
Art. 163.- Dentro de esta etapa de la gestión, los desechos peligrosos deberán
ser envasados, almacenados y etiquetados, en forma tal que no afecte la salud
de los trabajadores y al ambiente, siguiendo para el efecto las normas técnicas
pertinentes establecidas por el Instituto Ecuatoriano de Normalización (INEN) o,
en su defecto por el MA en aplicación de normas internacionales validadas
para el país.
Los envases empleados en el almacenamiento deberán ser utilizados
únicamente para este fin y ser construidos de un material resistente, tomando
en cuenta las características de peligrosidad y de incompatibilidad de los
desechos peligrosos con ciertos materiales.
Art. 164.- Los lugares para el almacenamiento temporal deben cumplir con las
siguientes condiciones mínimas:
1. Ser lo suficientemente amplios para almacenar y manipular en forma segura
los desechos y cumplir todo lo establecido en las normas INEN.
2. El acceso a estos locales debe ser restringido únicamente para personal
autorizado provisto de todos los implementos determinados en las normas
de seguridad industrial y contar con la identificación correspondiente a su
ingreso.
3. Poseer equipo y personal adecuado para la prevención y control de
emergencias.
4. Las instalaciones no deberán permitir el contacto con agua.
5. Señalización apropiada con letreros alusivos a su peligrosidad, en lugares y
formas visibles.
Art. 165.- Todo envase durante el almacenamiento temporal de desechos
peligrosos deberá llevar la identificación correspondiente de acuerdo a las
normas establecidas por las naciones unidas. La identificación será con marcas
de tipo indeleble, legible y de un material resistente a la intemperie.
Los desechos peligrosos incompatibles no deberán ser almacenados en forma
conjunta en un mismo recipiente ni en una misma área.
Art. 166.- El generador deberá llevar un libro de registro de los movimientos de
entrada y salida de desechos peligrosos en su área de almacenamiento
temporal, en donde se harán constar la fecha de los movimientos, su origen,
cantidad y destino.
Art. 167.- El tiempo de almacenamiento va a estar en función de las
características y tipo de desechos de acuerdo con la norma técnica
Parágrafo 2º.DEL TRANSPORTE
Art. 168.- Solo quienes obtengan la licencia ambiental de la Unidad Técnica del
MA, estarán autorizados para transportar desechos peligrosos. En este sentido,
será una condición indispensable que el transportista acredite estar constituido
legalmente para cumplir con esta actividad. Para tal efecto, la STPQP
coordinará el control de este requisito con la Policía Nacional y demás
autoridades locales y nacionales competentes en materia de tránsito y
transporte terrestre,
Sin perjuicio de lo anterior, el generador está obligado a notificar por medio del
respectivo manifiesto, a cerca del transporte de los desechos peligrosos al MA
antes que se inicie esta actividad.
Art. 169.- Durante el traslado no se podrá realizar ninguna manipulación de los
desechos que no sea la propia del traslado o que se encuentre legalmente
autorizado. El transportista garantizará la identificación de los desechos
durante el transporte.
Art. 170.- El transporte de desechos peligrosos deberá realizarse acompañado
de un manifiesto de identificación entregado por el generador, condición
indispensable para que el transportista pueda recibir y transportar dichos
desechos. Estos deberán ser entregados en su totalidad y solamente, a las
plantas de almacenamiento, reciclaje, tratamiento o disposición final
debidamente autorizados que el generador hubiere indicado en el manifiesto.
Si por alguna situación especial o de emergencia, los desechos no pudieren ser
final identificada en el manifiesto, el transportista deberá comunicar esta
situación inmediatamente al generador para su atención al momento.
Art. 171.- El MA expedirá las normas complementarias a las que deberán
ajustarse el transporte de desechos peligrosos, y en particular las referidas a:
a) Apertura y mantenimiento por parte del transportista de un registro de
las operaciones que realice con individualización del generador, forma
de transporte y destino final.
b) Normas de envasado y rotulado
c) Normas de carga y descarga.
d) Características que debe poseer el vehículo de transporte.
e) Procedimientos de contingencia para el caso de derrame y/o liberación
accidental de los desechos.
f) Capacitación del personal destinado a la conducción de unidades de
transporte
g) Las condiciones técnicas y jurídicas que deba cumplir el transportista
para obtener la licencia ambiental.
h) Obtención por parte de los conductores de su correspondiente licencia
que los habilite para operar unidades de transporte de desechos
peligrosos.
i) Horarios y rutas para el traslado durante los intervalos y en la vías de
j) La imposibilidad de utilizar el mismo vehículo para el transporte de otro
tipo de carga.
Art. 172.- Serán obligaciones de los transportistas entre otras las siguientes:
a) Portar en la unidad, durante el transporte de desechos peligrosos, un
manual de procedimiento elaborado o avalado por el MA, así como
materiales y equipamientos adecuados, a fin de neutralizar o controlar
inicialmente una eventual liberación de desechos.
b) Capacitar en el manejo, traslado y operación de los desechos
peligrosos, al personal involucrado en la conducción de unidades de
transporte, de acuerdo al manual de procedimientos mencionado en el
inciso a) del presente artículo.
c) Habilitar un registro de accidentes que permanecerá en el vehículo en el
cual se registrarán los accidentes acaecidos durante las operaciones
que realicen y que deberán ser reportados a la Autoridad Competente.
d) Identificar en forma clara y visible el vehículo y la carga, de conformidad
con las normas internacionales, nacionales y municipales vigentes para
el efecto.
e) Disponer para el caso de transporte por agua, de contenedores que
posean flotabilidad positiva aún con carga completa y sean
independientes respecto de la unidad transportadora.
f) Llevar una bitácora de las horas de viaje del conductor así como de la
g) Contar con una póliza de seguros que cubra los casos de accidentes y
daños a terceros.
Art. 173.- El transportista tiene prohibido realizar las siguientes actividades:
a) Transportar y mezclar desechos peligrosos incompatibles entre si o con
otros de distintas características, definidos como tales por parte del MA,
mediante norma técnica.
b) Almacenar desechos peligrosos por un período mayor de 24 horas,
salvo expresa autorización de la Autoridad Competente.
c) Transportar, transferir o entregar desechos peligrosos cuyo embalaje o
envase sea deficiente o inadecuado.
d) Aceptar desechos cuya recepción no está asegurada para ser
entregada a una planta de tratamiento, almacenamiento, reciclaje o
disposición final, o que no tenga la identificación correspondiente.
e) Mezclar desechos provenientes de distintos generadores, aun cuando
los mismos fueren compatibles.
f) Llevar abordo a personas ajenas al manejo de los desechos.
g) Incurrir en infracciones establecidas en la ley Tránsito y Transporte
Terrestre.
h) Realizar paradas no justificadas de acuerdo con la ruta establecida o
cambio de la misma, salvo caso de fuerza mayor.
i) Infringir la disposición de no fumar durante el trayecto de la ruta.
Art.174.- El MA deberá coordinar con los organismos provinciales y
municipales correspondientes, el trazado de rutas de circulación y áreas de
transferencias que serán habilitadas al transporte de desechos peligrosos.
Art. 175.- Mientras se realiza el traslado de desechos peligrosos, el
transportista que lo realiza es responsable de los daños que éstos puedan
producir, en caso de accidentes ocasionados por la negligencia, inobservancia,
impericia o inexperiencia de éste último, debidamente probadas.
2.2.3.- Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y
Vida Silvestre. –RO No. 64, del 24 de Agosto de 1981
5.
Esta ley establece disposiciones relacionadas con los impactos que el proyecto
puede ocasionar a la biodiversidad en general y específicamente a la
prohibición de contaminar el medio ambiente o ejecutar acciones atentatorias
contra la flora y la fauna silvestre.
2.2.4.- Ley de Aguas. –RO No. 69, del 30 de Mayo de 1972.
6La ley de aguas es la norma específica en el país respecto al aprovechamiento
de las aguas superficiales y subterráneas, contemplando disposiciones
relacionadas con la propiedad y acceso al agua; los derechos de
5Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre. –RO No. 64, del 24 de Agosto de
1981
6Ley de Aguas. –RO No. 69, del 30 de Mayo de 1972
aprovechamiento; las obras para el aprovechamiento de las aguas y la
protección de la calidad de las aguas.
2.2.5.- Ley de Caminos. –RO No. 285, del 7 de Julio de 1964.
La ley de caminos determina los requerimientos que debe cumplir el ejecutor
del proyecto y sus contratistas respecto a la construcción de los caminos e
infraestructuras viales que se han planificado ejecutar, lo que incluye
consideraciones técnicas y permisos que se deben cumplir. Adicionalmente
establece los procedimientos a seguir en los procesos de afectación de
propiedades que requieren la construcción de las vías, y el requerimiento de
contar con un estudio de impacto ambiental si se construiría una nueva
carretera.
2.2.6.- Ley de Patrimonio Cultural DS. 3501. RO No. 865,2 de
Julio de 1979.
En lo relativo a los procedimientos establecidos cuando se encuentren restos
arqueológicos y de interés cultural y patrimonial nacional.
2.2.7.- Ley de Régimen Municipal. RO No. 331, del 15 de
Octubre de 1971.
7La Ley de Régimen Municipal (LRM) que define como autónomas a las
corporaciones edilicias y le designa entre sus responsabilidades las de prever,
7Ley de Régimen Municipal. RO No. 331, del 15 de Octubre de 1971.
Ley de Régimen del Sector Eléctrico RO No. 43 del 10 de octubre de 1996.
dirigir, ordenar y estimular el desenvolvimiento del cantón en los ordenes
social, económico, físico y administrativo.
2.2.8.- Ley de Régimen del Sector Eléctrico RO No. 43 del 10 de
octubre de 1996.
Esta Ley establece las bases sobre las cuales se regirán todas las acciones de
energía
eléctrica; modifica sustancialmente el esquema de las instituciones públicas y
privadas, que ejecutan obras de construcción y operación en el sector eléctrico
nacional, privilegiando la participación privada en la construcción y operación
de proyectos de generación; y en relación a la protección del medio ambiente,
esta ley establece como paso previo a la intervención de áreas naturales y con
presencia de etnias nativas, la aprobación de los proyectos considerando
estudios de impacto ambiental.
2.2.9.- Código de la Salud. –RO No. 158, del 8 de febrero de
1971
EL Código de la salud establece disposiciones respecto a la prohibición de
eliminación de emisiones y vertidos sin previo tratamiento que los convierta en
ofensivos para la salud; así como también, establece los procedimientos a
aplicarse por infracciones a las disposiciones contenidas en el mismo.
Reglamento Ambiental para Actividades Eléctricas (Decreto Ejecutivo #
Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental
por la Emisión de Ruidos, publicado en el Registro Oficial 560 del 12 de
noviembre de 1990.
Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental
en lo relativo al Recurso Agua, publicado en el Registro Oficial 204 del 5 de
junio de 1989.
Reglamento para la Prevención y Control de la Contaminación Ambiental
del Recurso Suelo, publicado en el Registro Oficial 989 del 30 de julio de
1992.
2.2.9 TEXTO UNIFICADO DE LEGISLACION AMBIENTAL SECUNDARIA
Libro VI Anexo VI Anexo 3A Normas de Emisiones al Aires desde
Termoeléctricas.8
Libro VI Anexo VI Anexo 2ª Norma para la Prevención y Control de la
Contaminación Ambiental del Recurso Suelo en Centrales de Generación
Energía Eléctrica.
Libro VI Anexos 1B Norma para la Prevención y Control de la
Contaminación Ambiental del Recursos de Agua en centrales
Hidroeléctrica.
8Libro VI Anexo VI Anexo 3A Normas de Emisiones al Aires desde Termoeléctricas.
2. 3. MARCO TEÓRICO
A continuación se presentan los principales conceptos y protocolos que se
utilizan para la realización de una auditoría ambiental.
2.3.1 FASES PARA LA REALIZACIÓN DE LA AUDITORÍA AMBIENTAL
Una auditoría ambiental es una evaluación objetiva de los elementos de un
sistema que determina si son adecuados y efectivos para proteger al ambiente.
Consiste en verificar, analizar y evaluar la adecuación y aplicación de las
medidas adoptadas por la empresa auditada, para minimizar los riesgos de
contaminación por la realización de actividades que por su naturaleza
constituyen un riesgo potencial para en ambiente. Por lo anterior, el propósito
de la auditoría ambiental es asegurar que el sistema auditado sea adecuado y
suficiente para el cumplimiento con las condiciones para la protección al
ambiente citadas en las Leyes Ambientales.
Con los Resultados de la evaluación efectuada por la auditoría ambiental, se
permite la formación de un programa específico para el sistema auditado, que
considere el desarrollo de las actividades involucradas de acuerdo con los
lineamientos escritos y aplicables para la empresa. La auditoría ambiental
evalúa si el sistema de las empresas es efectivo o no lo es, aportando en caso
negativo las condiciones mínimas suficientes para asegurar su idoneidad a
través de las deficiencias; la solución de estas conlleva las medidas correctivas
o preventivas que incluyeron las acciones, proyectos, programas o
procedimientos que se han de realizar por parte de la empresa auditada para la
El proceso de auditoría ambiental consta de tres etapas generales, las cuales
son:
Pre-auditoria.-etapa en la cual se planea la realización de la auditoria en todas
sus partes;
Auditoria.- etapa que consta de la ejecución de acuerdo al plan realizado y
Post-auditoria.- etapa de realización de los compromisos contraídos por la
empresa auditada y el cierre de los trabajos de auditoría.
Al inicio de toda auditoría ambiental, se llena un formato de registro de la
misma, en el cual se incluye la información de los participantes como lo es la
empresa auditada, empresa auditora y supervisión.
Fase 1: Pre-auditoria
Durante esta fase el equipo técnico auditor revisará la información
proporcionada por el la persona delegada de la CNEL como : docuemntación
legal, Estudio Preliminar de Impacto Ambiental, Auditoria Ambiental de
Cumplimineto del Estudio Preliminar de Impacto ambiental, Estudio de Impacto
Ambietnal, Plan de Manejo Actualizado, Inspecciones entre otros.
En esta Fase se cumplirán las siguientes actividades principales:
Recopilación y revisión de la información del proyecto disponible sobre las
operaciones ejecutadas en el sitio ha auditar.
Elaboracion del Protocolo de Auditor y formularios
Planificación y coordinación de la agenda de actividades a desarrollarse
Elaboración Protocolo Auditor y Formularios
Planificación y Coordinación de la agenda de actividades a desarrollarse
en la fase de campo a realizarse en el sitio
2.3.2 SEGUNDA FASE AUDITORÍA IN SITIO
Los técnicos procederán a realizar la visita al área objeto de evaluación, con el
fin de inspeccionar el estado actual del proyecto eléctrico, en esta fase se
revisarán las actividades operacionales, las instalaciones de campo, la gestión
ambiental aplicada in situ., se recabará testimonio adicionales y evaluará las
relaciones causa – efecto de los impactos ambientales previamente
identificados, complementándola con la revisión de la información proporcionda
en el sitio.
Para ello, se ejecutarán las siguientes actividades principales:
Reunión de Apertura, en la que se presentará el equipo auditor a los
técnicos de la empresa eléctrica, en esta reunión se indicará los
objetivos, el alcance, metodología del trabajo y agenda de actividades a
desarrollarse durante la visita.
Verificación de las actividades operacionales del proyecto
enmarcándose en las condiciones existente, la revisión de equipos,
revisión general de la operación, revisión de áreas especificas, revisión
del cumplimiento de normas, revisión de cumplimiento del Plan de
Manejo Ambiental y la revisión de registros, evaluándolos en base a los
criterios establecidos en el Sistema Único de Manejo Ambientales
(SUMA).
Establecer el nivel de cumplimiento del Programa de Monitoreo y
Control.
Establecer del Plan de Acción en el cual se incluirá las actividades,
acciones, estrategias y medidas correctivas para superar las no
conformidades encontradas.
2.3.3 TERCERA FASE POST AUDITORÍA.
En esta fase se procesará la sistematización de la información levantada en la
fase de pre-auditoría y fase de auditoría in situ, para ello, se ejecutarán las
siguientes actividades principales:
Establecer el nivel de cumplimiento de la normativa ambiental
vigente.
Establecer el nivel de Cumplimiento del Plan de Manejo
Ambiental.
Establecer del Plan de Acción en el cual se incluirá las
actividades, acciones estrategias y medidas correctivas para
superar las no conformidades encontradas.
Establecer de un plan se seguimiento y monitoreo para las
acciones y actividades propuestas en el Plan de Acción, mediante
una matriz lógica en el cual se identificara la actividad o acciones,
indicadores, medio de verificación, responsables de ejecución etc.
Elaboración del informe Técnico
Entrega del Informe Final
La jerarquización de los hallazgos identificados y asociados a las actividades
actualmente se aplican para las auditorías ambientales, y que constan en el
Glosario de término del Libro VI de la calidad Ambiental TULAS
2.3.4. CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN PARA EL ESTABLECIMIENTO
DE CONFORMIDADES, NO CONFORMIDADES Y HALLAZGOS
Gráfico N° 1. Criterios Conformidades y No conformidades
Fuente: Ley de Gestión Ambiental
2.3.5 METODOLOGÍAS ESPECÍFICAS PARA EVALUAR ACTIVIDADES
ELÉCTRICAS.
La metodología utilizada para la realización de la Auditoría Ambiental en la
central térmica Miraflores contempla los lineamientos generales de una
auditoría tipo, la cual se desarrollara de la siguiente manera:
− Diagnóstico general y planificación.
− Desarrollo.
− Comunicación de resultados.
− Seguimiento.
2.3.5.1 PRIMERA ETAPA: DIAGNÓSTICO GENERAL Y PLANIFICACIÓN
Esta etapa se orientó al conocimiento general de la estructura, funciones y
gestión de la organización auditada, se basa en la documentación adicional
recopilada por el Equipo de Auditoría con una inspección de campo.
2.3.5.2 DIAGNÓSTICO GENERAL
A más de la documentación e información recibida y recopilada, fue necesario
realizar reuniones de trabajo con las personas vinculadas con la auditoría,
Con la inspección de campo, se pudo constatar el área de influencia directa, y
se pudo realizar la observación directa de los procesos, emisiones, descargas,
residuos, ruidos, olores, fugas, manejo de combustibles, productos químicos,
sistemas de tratamiento, manejo y control ambiental.
2.3.5.3 PLANIFICACIÓN
En la planificación se estableció el enfoque propuesto para la auditoría
ambiental, desarrollando las actividades y estrategia de acuerdo a lo
programado.
2.3.6 SEGUNDA ETAPA: DESARROLLO
Esta etapa se recogió la evidencia objetiva suficiente, competente y relevante
para fundamentar los hallazgos.
La evidencia es la información verificable, consiste en las siguientes:
− Documentales obtenidas en inspecciones (fotografías, actas de inspección o
de muestreos, análisis de laboratorio).
− Documentales proporcionadas por el auditado u organismos relacionados
con el control ambiental del auditado,
2.3.6.1 SISTEMATIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN
Para facilitar el proceso de auditoría se usaron los formularios desarrollados
por el CONELEC (Matriz de Obligaciones Ambientales).
Adicionalmente se proceso toda la información recopilada, y se sistematizó
para la presentación del informe final
2.3.6.2 TRABAJO DE CAMPO
El trabajo de campo consistió en el desarrollo de las siguientes actividades:
Se revisaron registros estadísticos, se realizó entrevistas directas al personal a
cargo de la planta, se aplicó el formulario de matriz de obligaciones
ambientales establecido por CONELEC, además realizó lo siguiente:
− Verificar si las medidas de mitigación han sido implementadas
adecuadamente, si estas cumplieron el efecto preventivo deseado.
− Identificar si los procesos implementados corresponden a prevención,
corrección, compensación o remediación.
− Evaluar las acciones correctivas implementadas, en caso de efectos
inesperados.
− Identificar impactos o problemas ambientales no considerados en los
Estudios de
− Entrevistar a los trabajadores de la organización auditada, para evaluar si
han sido preparados o capacitados sobre temas de protección ambiental y si
tienen el entrenamiento apropiado para actuar en situaciones de emergencia.
− Evaluar el almacenamiento, señalización y manipuleo de productos químicos
y combustibles.
− Cotejar los vertidos con los permisos emitidos. Determinar vigencia de
informes, permisos, licencia y aprobaciones ambientales requeridas.
− Verificar protocolos de monitoreo y periodicidad en la calibración de equipos.
Identificar el riesgo de estar expuesto a sanciones por incumplimiento.
− Examinar los planes de contingencias: revisar equipamiento, definición de
rutas e infraestructura requerida, evaluar la respuesta y preparación ante
incidentes ambientales.
− Reconocer iniciativas para prevenir, disminuir o remediar impactos
ambientales.
− Identificar aspectos que limitan la gestión del auditado que se encuentran
fuera de su control, por depender de otra organización.
2.3.7 TERCERA ETAPA: COMUNICACIÓN DE RESULTADOS
El borrador del informe fue analizado con el fiscalizador de la auditoría, y
miembros del equipo auditor, y luego de ciertos ajustes se realizó el informe
2.3.7.1 MONITOREOS DE CAMPO
El monitoreo de campo consistió en la visita a las instalaciones de la Central
Térmica Miraflores del equipo auditor, acompañado del fiscalizador de la
auditoría y del personal a cargo de la planta.
En este monitoreo se verificó el cumplimiento de lo establecido dentro de la
actividades del Plan de Manejo Ambiental, y la aplicación de el formulario de
matriz de obligaciones ambientales, realizando un Seguimiento sistemático
registros, observaciones visuales, recolección, análisis y evaluación de
muestras de los recursos, así como por evaluación de todos los datos
obtenidos, para la determinación de los parámetros de calidad y/o alteraciones
en los medios físico, biótico y/o socio-cultural, tomando como base los registros
CAPÍTULO III. DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN DE CAMPO
3.-MARCO METODOLOGICO
La metodología utilizada en el desarrollo de la presente auditoría ambiental, fue netamente participativa, a través de reuniones de trabajos con los altos directivos y personal operativo de la Central Térmica Miraflores, donde se planificó y programó reuniones, entrevistas, e inspecciones, que sirvieron para revisar la documentación existente en cuanto a los temas ambientales (Estudio de Impacto Ambiental y Plan
de Manejo Ambiental), manuales de seguridad, y normas de calidad propias de la
naturaleza de este tipo de empresas, así, como revisión in situ de las instalaciones, equipos, maquinarias y procesos de servicios, los mismo que sirvieron de base para elaborar el informe final.
3.1.- TIPO DE INVESTIGACIÓN DESARROLLADA.
Para el desarrollo del presente trabajo de investigación ambiental se emplearon los siguientes tipos de estudios:
Exploratorio o formulario:
Se formuló el problema y se realizó una exploración de las instalaciones de la
Central Térmica Miraflores, determinándose la situación de manera general
para interpretar de mejor manera el fenómeno que se investigó.
Inductivo:
Permitió obtener información requerida en las diferentes áreas donde se
Analítico:
Se realizó un análisis profundo de las diferentes variables ambientales
afectadas en la auditoría ambiental.
3.2.- FUENTES DE INFORMACIÓN Y TÉCNICAS UTILIZADAS.
La fuente de información tomada para el desarrollo de la presente investigación, fue de la fuente donde se genera la información, esto es la Central Térmica. Los instrumentos empleados en el desarrollo del presente trabajo investigativo fueron: la entrevista, encuesta a los directivos y responsables de las diferentes áreas de la Central térmica Miraflores de Manta, así como matrices de Cumplimiento de Obligaciones establecidas por el CONELEC.
3.3.- UNIVERSO
El universo está constituido por el personal que labora en la Central Térmica Miraflores
3.4.- POBLACIÓN
Para la realización del presente trabajo se utilizó en primer lugar la selección de la muestra representativa, ya que se realizó el levantamiento de información en relación al número de responsables de cada área administrativa y operativa de la Central Térmica Miraflores.
.3.5.-MUESTRA
3.6.- RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN.
Una vez realizada la presente investigación se obtuvieron los siguientes
resultados:
El Plan de Manejo Ambiental, se está cumpliendo de una manera aceptable,
de acuerdo a lo establecido en su contenido, al igual que su Plan de acción de
medidas de gestión ambiental y monitoreo ambiental, el cual se encuentra
avanzado y cumpliendo de manera general de conformidad con normativa
vigente.
Las medidas de control de emisiones de ruido se han cumplido, de
conformidad con lo estipulado dentro de las actividades
Las medidas para el control de emisión de gases, se aplican de acuerdo a
lo establecido en el programa de mantenimiento de los motores de combustión
interna, y también se llevan un registro de las emisiones de gases.
Las medidas de manejo de los combustibles y tanque de almacenamiento,
está siendo acatada, ya que los tanques de almacenamiento de combustible
cuentan con todas las protecciones.
Las medidas de prevención de la contaminación del suelo, están siendo
aplicadas de manera aceptables, ya que se cuenta con un área de recepción y
almacenamiento de hidrocarburos (combustibles y aceites) y de residuos
contaminados.
Las medidas para el manejo de las aguas industriales, se está cumpliendo con
normalidad, ya que los canales de desagüe se encuentran limpios de materiales
El manejo de desechos sólidos, han sido manejados adecuadamente, se
dispone de recipientes con sus respectivos.
El manejo de desechos líquidos, Se realizó una inspección de las
instalaciones operativas de la central.
En la planta térmica Miraflores se da cumplimiento a lo establecido en las
normas de seguridad industrial y salud ocupacional, pues se cumplen con
los procedimientos establecidos en ellas.
El plan de contingencia contempla modelos de actuación en casos de
eventos inesperados de afectaciones ambientales.
En cuanto al plan de relaciones comunitarias este fue desarrollado en su
mayor parte en la fase de ejecución del proyecto, y ahora en la fase operación
y mantenimiento se aplica la comunicación radial en los programas de
mantenimiento y suspensión del servicio eléctrico coordinados por CNEL
Manabí.
Si existe un programa de capacitación ambiental establecido en el Plan de
Manejo Ambiental de la Central Térmica Miraflores el cual se ha cumplido con
CAPÍTULO IV: AUDITORIA AMBIENTAL
4.0 AUDITORÍA AMBIENTAL
A continuación se presenta el contenido de la auditoría Ambiental de la Central
Térmica Miraflores de la Ciudad de Manta
4.1 CASO PRÁCTICO CENTRAL TÉRMICA MIRAFLORES
La presente auditoría fue realizada en La central Térmica Miraflores de Manta,
la misma que presta sus Servicios al Sistema Interconectado Nacional.
4.1.1 FICHA TECNICA
A. TIPO DE ESTUDIO
AUDITORIA AMBIENTAL DE CUMPLIMIENTO
B. NOMBRE DEL PROYECTO
AUDITORIA AMBIENTAL DE CUMPLIMIENTO DE LA CENTRAL
TERMOELECTRICA DE MIRAFLORES.
C. UBICACIÓN CARTOGRAFICA
SUB ESTACIÓN ELECTRICA PLANTA MIRAFLORES
UBICACIÓN: Manta, Manabí, Ecuador
Emplazamiento: La Central Térmica Miraflores se encuentra ubicada en la
ciudad de Manta del cantón Manta, en las calles Jipijapa y Efraín Alava del
Barrio Miraflores.
D. FASE DE OPERACIÓN
CENTRAL TERMO ELECTRICA MIRAFLORES
E. ÁREA ÚTIL
CENTRAL TÉRMICA MIRAFLORES, 4 has.
F. RAZÓN SOCIAL DE LA COMPAÑÍA OPERADORA
CNEL MANABÍ: Consejo Nacional de Electrificación “Regional Manabí” –
Administradora
TERMOPICHINCHA - OPERADORA.
4.1.2 ÁREA DE OPERACIÓN
ÁREA DE INFLUENCIA DEL PROYECTO
El área de influencia del proyecto se define como la zona en la cual tienen
lugar, tanto los impactos directos producidos por la operación y mantenimiento
de la Central Térmica Miraflores, como los impactos indirectos producidos por
las actividades relacionadas con el proyecto que se verán afectadas por su
funcionamiento. Para este particular se consideran los siguientes criterios:
Posicionamiento geográfico
Tipo de actividades que se desarrollan en la empresa
Naturaleza y severidad de los impactos que podrían generar dichas
actividades
Dinámica de los grupos sociales que lo rodean.
4.2 ÁREA DE INFLUENCIA DIRECTA
Se definió el área de influencia directa al espacio comprendido en un radio de
debido a que en esta zona existe la posibilidad de afectación por contingencias
operacionales.
Los sectores que se encuentran dentro del área de influencia Directa está
compuesta por barrios como: Miraflores, Barrio 15 Septiembre, Jocay, 8 de
enero, así como la Iglesia La Sagrada Familia, Subcentro de Salud Rio Manta,
Escuela Luis Espinoza Martinez, escuela Jorge Washington, etc.
Gráfico N° 2. Area de Influencia del Proyecto
AREA DE INFLUENCIA DIRECTA AREA DE INFLUENCIA INDIRECTA
Elaborado por: Autora de tesis
Fuente: Plano de la ciudad de Manta. Municipio de Manta CENTRAL TERMICA MIRAFLORES
El área de influencia directa se define por la magnitud del impacto o la
repercusión de las actividades de la CTM sobre el entorno físico, biótico y social
El área de influencia directa de la Central Miraflores está circunscrita a la
Ciudad de Manta y estará determinada por la extensión de las emisiones de
gases y partículas, los niveles de ruido, combustible y descargas de aguas
residuales industriales.
Entorno Físico
El área de influencia directa de la Central sobre el entorno físico (aire, recursos
hídricos y suelo) estará determinada por las emisiones (NOx, SO2 y partículas)
de los generadores, por las descargas de aguas residuales, la generación de
desechos sólidos, el manejo de insumos y combustibles, entre otros.
Por desechos y aguas residuales comprende los márgenes del río Manta,
desde el Barrio Miraflores (en el punto UTM 531023/98941361) hasta
su desembocadura en el mar.
Área de Influencia a la Calidad de Aire
El área de influencia a la calidad de aire debido a las emisiones de la chimenea
del Grupo Generador se determina cuando las concentraciones de
contaminantes del aire, a nivel del suelo y al exterior de la Central
Termoeléctrica Miraflores - CTM -, exceden los valores de significancia de la
norma de emisiones al aire vigente.
La definición del Área de Influencia a la Calidad del Aire se efectuó estimando
las concentraciones de contaminantes comunes regulados en la Norma de
Central Termoeléctrica Miraflores. El área incluye las concentraciones
atribuibles a la operación del motor Mitsubishi a las horas picos, esto es entre
18h00 a 23h00. Como resultado obtenido de la aplicación de un modelo de
dispersión del tipo detallado, AERMOD, se obtuvo que las concentraciones
estimadas se encuentran dentro del rango de cumplimiento en concordancia
con la normativa de calidad de aire ambiental y las máximas concentraciones
se registran en el interior de la CTM.
De lo expuesto, el área de influencia a la calidad de aire comprende
principalmente las instalaciones de la CTM y abarca las áreas ocupadas por los
perfiles de concentración a la calidad de aire, donde la concentración de
contaminantes no constituye un peligro a la salud pública y ambiental de la
ciudad de Manta.
Los contaminantes de mayor significancia fueron óxidos de nitrógeno y dióxido
de azufre; el perfile de las concentraciones de material particulado PM10 no
tiene influencia en la calidad de aire en el vecino Barrio Miraflores.
El área de influencia está representada por las concentraciones estimadas en los
diferentes alrededores de la CTM, esto es:
En el lindero Norte, junto al río Manta se verifican concentraciones máxima de
SO2 para un periodo de 24 horas de 12 µg/m3 y 18 µg/m3, de igual manera
para el NO2 se verifican concentraciones de 20 µg/m3 y 27,5 µg/m3.
Estas concentraciones abarcan un radio de 220 metros desde la fuente de
la calidad de aire por las concentraciones de NO2 y SO2, abarcando un radio de
350 metros desde la fuente de emisión hacia el Este de la CTM.
En el lindero Sur y Oeste se determina que la Urbanización Las Cumbres estaría
dentro del área de influencia, abarcando un radio de 320 metros desde la fuente
de emisión hacia el Oeste de la CTM.
Entorno Social
Fotos N° 1,2,3 y 4: Entorno Social, iglesia Sag. Familia, subcentro salud Río Manta, B. Miraflores, Jocay.
Elaborado por: Autora de tesis.
La definición del área de influencia directa, desde el punto de vista de lo social y
para este estudio, considera escenarios naturales y sociales (asentamientos
humanos, industriales, etc.), elementos que permitirán ubicar con mayor
Con estas consideraciones se puntualiza que el área de influencia directa del
proyecto comprende:
1. Los empleados y contratistas que trabajan en las instalaciones de la Central
Miraflores;
2. Los asentamientos humanos adyacentes a la Central Miraflores en una franja
de 400 metros de su perímetro.
3. Los márgenes del río Manta, desde el barrio Miraflores (en el punto UTM
531023/ 98941361) hasta su desembocadura en el mar.
Central Termoeléctrica Miraflores: La Central Térmica Miraflores se encuentra
ubicada en la ciudad de Manta del cantón Manta, en las cales Jipijapa y Efraín
Alava del Barrio Miraflores.
La central corresponde a un espacio físico dentro de área urbana, donde el
área de influencia ha sido previamente alterada por obras de infraestructura
civil y actividades, y sus coordenadas son las siguientes:
CENTRAL TÉRMICA
MIRAFLORES
PUNTO DE REFERENCIA LATITUD LONGITUD
Termoeléctrica Miraflores P1 531066 9894404
Foto N° 5: Central Térmica Miraflores. Situación actual del proyecto Elaborada por: Autora de tesis
4.3 ÁREA DE INFLUENCIA INDIRECTA
Para considerar los efectos indirectos que producirá las Centrales
Termoeléctricas, la aplicación en rigor con la definición del área de influencia
indirecta (AII) como “Aquella zona donde las actividades económicas y los
servicios sociales van aumentar en los próximos 30 años, más allá del
aumento que ocurrirían sin el proyecto”, resulta ser positivo para el caso de
operación de la central en mención, ya que la operación de la misma,
Gráfico N°3. Area de Influencia Indirecta CT Miraflores
AREA DE INFLUENCIA INDIRECTA
Fuente: Municipio de Manta Elaborado por: Autora de Tesis
El área de influencia Indirecta es considerando diámetro de 1200 metros.
Concéntrico desde la central de la CTM.
Dentro de esta área se encuentran instituciones de la parroquia TARQUI, como
La Policia Nacional, Cuerpo de Bomberos, Barrio Jocay, Hospital del IESS,
colegio Cinco de Junio, Mercado de Tarqui, Clínica Manta, etc.
4.4 DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES
La Central Térmica Miraflores está equipada con dos (2) grupos termoeléctricos
marca MITSUBISHI – MAN, que accionan generadores eléctricos de 6.000 kW
uno, para su operación utiliza diesel eléctrico N° 2, aún cuando estas unidades
pueden funcionar con HFO; y nueve (9) grupos termoeléctricos marca
GENERAL MOTORS, que accionan generadores eléctricos de 2.500 Kw cada
uno; y cuatro (4) grupos termoeléctricos marca CEGIELSKI, que accionan
generadores eléctricos de 3.400 kW cada uno, para su operación utilizan HFO.
Características Técnicas de los Motores
Las características técnicas de cada uno de los grupos se detallan a
continuación:
2 UNIDADES MITSUBISHI - MAN
Tabla N° 1 MOTOR MITSUBISHI
MARCA MITSUBSHI M.A.N
SERIE D154178/79
VELOCIDAD 400 RPM
MODELO 16V-40/54
AÑO FABRICACIÓN: 1978/AGOSTO/SEPTIEMBRE POTENCIA POR UNIDAD 8.450 P.S.( HP)
SISTEMA DE CONTROL WOOWARD UG40
SISTEMA DE PROTECCION,
SOBREVELOCIDAD,
SOBRETEMPERA TURA, BAJAS PRESIONES
SISTEMA DE ARRANQUE NEUMÁTICO 20 Kg/cm2
AIRE DE CARGA
TURBO CARGADO Y POS
ENFRIADO
SISTEMA DE ACEITE
LUBRICANTE
3 CIRCUITOS INDEPENDIETENS: SISTEMA, CILINDRO Y VÁLVULAS AGUA DE ENFRIAMIENTO DOBLE CIRCUITO
AGUA CRUDA RADIADOR Y 2 BOMBAS DE CIRCULA
Fuente: CNEL MANABI
TABLA N°2. GENERADOR MITSUBISHI MARCA MITSUBISHI ELECTRIC CORPORATION TIPO SFS SERIE 3B2042L0101/02
POTENCIA 7500 KVA
FACTOR DE POTENCIA 0,8
VOLTAJE 13.8 KV
FRECUENCIA 60 HZ
VELOCIDAD 400 RPM
AISLAMIENTO CLASE B
TIPO DE PROTECCION ABIERTO
Fuente: CNEL MANABI
Elaborado por: Autora de tesis
9 UNIDADES GENERAL MOTORS
Tabla N°3 MOTOR GENERAL MOTORS
MARCA: GENERAL MOTORS
MODELO: 20 645 E4
NÚMERO DE SERIE:
72D1-1018; 72J1-1018; 77C1-1022; 77B1-1036; 77L1-1022; 77F1-1006: 78K1-1091; 79G1-1019; 79J1-1002
POTENCIA: 2.500 KW -3.600 HP
VELOCIDAD DE GIRO: 900 RPM.
AÑO FABRICACIÓN:
1.972; 1.972; 1.977; 1.977; 1.977, 1.977, 1.978; 1.979; 1.979
COMBUSTIBLE: DIESEL
Fuente: CNEL MANABI
Tabla N°4. GENERADOR EMD.
MARCA: EMD
POTENCIA: 3.125 – 3.250 KVA
VELOCIDAD DE GIRO: 900 RPM
VOLTAJE DE
GENERACIÓN: 2,4 / 4,16 KV
FACTOR DE
POTENCIA: 0.8
MODELO A20C-1; A20C; A20-T24; AB20- 24
SERIE Nº:
72G1-1044; 72H1-1102; 77C1-1094; 77B1-1096; 78A1-1056; 77F1-1095; 78K1-1133; 79G1-1102; 79J1-1095
Fuente: CNEL MANABI
Elaborado por: Autora de tesis
4 UNIDADES CEGIELSKI
Tabla N°5. MOTOR CEGIEL SKI
MARCA: CEGIELSKI
No.: 15 / 14 / 13 / 12
CERTIFICADO No.:
132/POZ/SO/71; 44Z/POZ/SO/71;
475/POZ/SO/70; 356/POZ/E8/70
TIPO: 7D55
RPM: 150
POTENCIA NOMINAL: 4.900
AÑO FABRICACION: 1.971 / 1.971 / 1.970 / 1.970
Fuente: CNEL MANABI
TABLA N° 6. GENERADOR DOLMER
MARCA: DOLMEL
TIPO GBD-2148tr/01
POTENCIA: 4.250 KVA
No. DE PRODUCTO: 13561703 / 502 / 704 / 501
VOLTAJE DE
GENERACION: 13.800 V
CORRIENTE: 178 A
FACTOR DE
POTENCIA: 0,8
AÑO FABRICACION: 1.970
VELOCIDAD: 150 RPM
Fuente: CNEL MANABI
Elaborado por: Autora de tesis
PATIO DE MANIOBRAS
TABLA N°7. TRANSFORMADORES DE POTENCIA
MARCA
ELECTRIC, HEAVY DUTY ELECTRIC,
VAN TRAN ELECTRIC,
WESTINGHOUSE, WORD.
VOLTAJE 13,8 / 7,6; 13,8 / 7,8; 13,8/7,9; 34,5 KV
SERIE No.
GM259056; 79V2364; 79V2365;
47248*; 79V2463; 79V2488; 8500-601
POTENCIA 3,75; 3,5; 3,125; 5/6,5*; 5; 3 MVA
Fuente: CNEL MANABI
COMBUSTIBLE
TABLA N° 8. TANQUES PARA DIESEL
TD-01 150.000 GALONES
TD-02 39.600 GALONES
TD-03 52.800 GALONES
TD-04 10.000 GALONES
TD DIARIO MITSUBISHI 4.200 GALONES
TD GRUPO GM 7 250 GALONES
TD GRUPO GM 8 250 GALONES
TD GRUPO GM 9 110 GALONES
TD GRUPO GM 10 110 GALONES TD GRUPO GM 13 110 GALONES TD GRUPO GM 14 110 GALONES TD GRUPO GM 16 230 GALONES TD GRUPO GM 18 275 GALONES TD GRUPO GM 22 275 GALONES
Fuente: CNEL MANABI
Elaborado por: Autora de tesis
TABLA N° 9. TANQUES PARA BUNKER
TB-01 300.000 GALONES
TB-02 52.000 GALONES
TB-03 52.000 GALONES
TB DIARIO MITSUBISHI 4.200 GALONES
Fuente: CNEL MANABI
Elaborado por: Autora de tesis
TABLA N°10. TANQUES PARA LUBRICANTE
TA-01 13.500 GALONES
TA-02 13.500 GALONES
TA-03 1.853 GALONES
Fuente: CNEL MANABI
TABLA N°11. CENTRIFUGADORAS PARA ACEITE
MARCA:
ALFA LAVAL / SHARPLES / KRAKOW
MODELO:
MB1724-C / JATO3415258D / S14000 / MAPX207 24S
TIPO:
2916734 / 2916732 /
J78AE18V469 / J78AE18V468 / 2917051 / 2917055
Fuente: CNEL MANABI
Elaborado por: Autora de tesis
TABLA N° 12 CENTRIFUGADORA PARA BUNKER
MARCA:
MITSUBISHI KAKOKI KAISHA
MODELO: S14000
TIPO: 4400914
Fuente: CNEL MANABI