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PROYECTO DE REPARCELACIÓN SECTOR PP2 PERALEDA PLAN DE ORDENACIÓN MUNICIPAL DE TOLEDO

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(1)

PROYECTO DE REPARCELACIÓN

SECTOR PP2 “PERALEDA”

PLAN DE ORDENACIÓN MUNICIPAL DE TOLEDO

(2)

INDICE

1.- CAPÍTULO I – PLANEAMIENTO QUE SE EJECUTA. FORMULACIÓN ... 3

2.- CAPÍTULO II – CONTENIDO Y DOCUMENTACIÓN GRÁFICA DEL PROYECTO DE REPARCELACIÓN ... 4

3.- CAPÍTULO III - DESCRIPCIÓN URBANÍSTICA... 5

4.- CAPÍTULO IV - RELACIÓN DE PROPIETARIOS ... 6

5.- CAPÍTULO V – CRITERIOS DE REPARCELACIÓN ... 8

6.- CAPÍTULO VI – DESCRIPCIÓN DE FINCAS APORTADAS QUE CONSTITUYEN LA UNIDAD URBANÍSTICA OBJETO DE REPARCELACIÓN ... 12

7.- CAPITULO VII.- AGRUPACIÓN INSTRUMENTAL. CONSTRUCCIONES EXISTENTES. ... 36

8.- CAPÍTULO VIII – FORMACIÓN DE NUEVAS PARCELAS (FINCAS DE RESULTADO) ... 37

8.1.- RESIDENCIAL PLURIFAMILIAR PROTECCION PRECIO TASADO ... 37

8.2.- RESIDENCIAL PLURIFAMILIAR PROTECCION REGIMEN GENERAL... 64

8.3.- RESIDENCIAL PLURIFAMILIAR LIBRE ... 70

8.4.- RESIDENCIAL UNIFAMILIAR LIBRE ... 136

8.5.- TERCIARIO... 138

8.5 DOTACIONAL ... 148

8.6 ZONA VERDE ... 164

8.7 EQUIPAMIENTO RESERVA DE INFRAESTRUCTURAS ... 178

8.8 VIARIO PUBLICO ... 182

9.- CAPÍTULO IX - CUENTA DE LIQUIDACIÓN PROVISIONAL. ... 190

9.1 GASTOS DE OBRAS DE URBANIZACIÓN ... 190

9.2 CUENTA DE LIQUIDACIÓN PROVISIONAL ... 190

9.3 CUOTAS DE AFECCIÓN ... 194

9.4 RESPONSABILIDAD HIPOTECARIA. DISTRIBUCION DE CARGA HIPOTECARIA EN PARCELAS DE RESULTADO ... 197

10.-CAPÍTULO X – ADJUDICACIONES ... 204

10.1.- CORRESPONDENCIA ENTRE FINCAS APORTADAS Y RESULTANTES ... 204

10.2.- ADJUDICACIONES Y TRASLADO DE CARGAS ... 205

11.-CAPÍTULO XI - OPERACIONES REGISTRALES QUE SE SOLICITAN. EXENCION FISCAL ... 210

(3)

1.- CAPÍTULO I – PLANEAMIENTO QUE SE EJECUTA. FORMULACIÓN

El artículo 92.1 del Decreto Legislativo 1/2010, de 18 de mayo, Texto Refundido de la Ley,

de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha (en adelante

TRLOTAU), define reparcelación como la operación urbanística consistente en la agrupación

de fincas o parcelas existentes en el ámbito de una unidad de actuación, delimitada para la

ejecución del planeamiento urbanístico, para su nueva división ajustada a éste, con

adjudicación de las nuevas parcelas o fincas a los interesados, en proporción a sus respectivos

derechos. El mismo artículo 92 en su apartado 2 establece que puede tener cualquiera de los

siguientes objetos:

a) La justa distribución de los beneficios y las cargas derivados de la ordenación

urbanística, incluidos los gastos de urbanización y gestión.

b) La regularización de las fincas o parcelas existentes.

c) La localización del aprovechamiento urbanístico en suelo apto para la edificación

conforme al planeamiento.

d) La adjudicación a la Administración Municipal de los terrenos de cesión destinados a

dotaciones públicas, así como, la adjudicación a la Administración actuante de los

solares en los que se materialice la participación de ésta en las plusvalías generadas

por la actuación urbanística.

e) La sustitución en el patrimonio de los propietarios, en su caso forzosa y en función de

los derechos de éstos, de las fincas originarias por solares resultantes de la ejecución.

Por lo que, en cumplimiento de lo establecido en dicho artículo, y formulado por la

Agrupación de Interés Urbanístico “La Peraleda” (en adelante la Agrupación o la AIU), inscrita

en el Registro de Agrupaciones de Interés Urbanístico de la Delegación Provincial de la

Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda de la JCCM en Toledo, al libro 1, folio 181,

asiento 161, como Urbanizador de los terrenos que integran la unidad reparcelable, se redacta

el presente Proyecto de Reparcelación con la finalidad de llevar a cabo la ejecución del

Programa de Actuación Urbanizadora del Sector PP2 “Peraleda” del Plan de Ordenación

Municipal de Toledo, y se realiza sobre los terrenos incluidos en el citado Sector, que

conforman la unidad reparcelable, conforme a las directrices de dicho Programa de Actuación

Urbanizadora.

(4)

2.- CAPÍTULO II – CONTENIDO Y DOCUMENTACIÓN GRÁFICA DEL PROYECTO DE

REPARCELACIÓN

Con sujeción a las previsiones legales y reglamentarias de aplicación, se procede a formular el

presente Proyecto de Reparcelación con el contenido que legalmente se determina en el art. 7

del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias

al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la

Propiedad de actos de naturaleza urbanística, así como las que coplementariamente se

contienen en el Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el

Reglamento de Gestión Urbanística.

A tal fin, el contenido del presente Proyecto de Reparcelación se ha configurado de la siguiente

manera:

En los Capítulos I, II y III, se especifica el planeamiento que se ejecuta, la unidad reparcelable,

en cuanto a sus límites y extensión superficial, así como la formulación del presente Proyecto

de Reparcelación y el objeto y contenido del mismo.

Los Capítulos IV, V y VI, contienen los criterios generales de la Reparcelación y la descripción

detallada de las fincas aportadas a la misma.

Los Capítulo VII y VIII detallan la Agrupación Instrumental de las fincas aportadas a la

Reparcelación y el proceso de formación de nuevas fincas, así como las fincas resultantes de

ese mismo proceso.

Los Capítulos IX y X detallan tanto la determinación de la cuota correspondiente a cada

propietario, como las adjudicaciones de las fincas de resultado anteriormente descritas en

función de esa cuota.

El Capítulo XI detalla las operaciones registrales que se solicitan en ejecución del Proyecto de

Reparcelación.

En el Capítulo XII se incluye la relación de planos que acompañan al Proyecto de

Reparcelación, como documentación gráfica.

(5)

3.- CAPÍTULO III - DESCRIPCIÓN URBANÍSTICA

Los terrenos objeto de reparcelación es corresponden con el Sector PP.02 del Plan de

Ordenación Municipal de Toledo (POM). Dicho POM se encuentra aprobado definitivamente

por Orden de 26 de marzo de 2007 de la Consejería de Vivienda y Urbanismo (Diario Oficial de

Castilla-La Mancha de 29 de marzo de 2007) y publicada la normativa del mismo en el Boletín

Oficial de la Provincia de Toledo de 14 de febrero de 2008 y 29 de julio de 2009. El Plan

Especial de Infraestructuras de Toledo que establece la carga específica al Sector que se

reparcela fue definiivamente aprobado por Orden de 19 de enero de 2010 (Diario Oficial de

Castilla-La Mancha de 27 de enero de 2010). A su vez, el Programa de Actuación

Urbanizadora del Sector PP2 “La Peraleda” se aprobó mediante resolución del Pleno del

Excmo. Ayuntamiento de Toledo en sesión celebrada el 15 de octubre de 2009, resultando

adjudicataria de la condición de agente urbanizador la Agrupación de Interés Urbanístico “La

Peraleda”. El convenio urbanístico se suscribió con el Ayuntamiento una vez el mismo se

sometío a información pública mediante su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La

Mancha de 17 de diciembre de 2009.

El presente sector se encuentra situado entre la carretera CM-4000 (antigua C-502), la

urbanización Los Pozos, el río Tajo y el Hospital de Parapléjicos.

La superficie del sector, de acuerdo con el levantamiento topográfico asciende a 1.005.131,21

m

2

, y está integrado dentro del área de reparto AR-02 que cuenta con una superficie de

1.023.241,21 m

2

, tras sumar los 18.110 m

2

de sistema generales exteriores adscritos. Todos

los sistemas generales del sector se encuentran dentro del mismo, no existiendo ninguno de

ellos en el exterior del mismo.

Dentro de la superficie se encuentran las parcelas del recinto ferial ejecutadas con anterioridad

al PAU que se desarrolla, con una superficie de 91.491,00 m

2

de superficie. Estas mantienen

su uso de equipamiento sin generar aprovechamiento, el resto de la parcelas del Ferial aportan

suelo al sector y reciben aprovechamiento. Del mismo modo, la zona de 26.341 m

2

entre el vial

V-40 y el Hospital de Parapléjicos también se mantiene sin generar aprovechamiento. Esta

zona se adscribe en el Plan Parcial a una parcela de uso residencial (R.U. 01) que cuenta con

26.341 m

2

de superficie y en la que se permite el uso residencial unifamiliar existente con

mantenimiento de la superficie construida actual.

El sector ocupa parcialmente varias de las parcelas del polígono 73 del catastro de suelo

rústico del municipio de Toledo, y una zona que esta considerada como urbana en el citado

catastro y corresponde con el ferial municipal existente.

La descripción del área reparcelable - que coincide con la del Sector PP2 del POM de Toledo -,

superficie y linderos son los siguientes:

Parcela irregular de terreno en el término municipal de Toledo, al oeste del casco urbano,

con una extensión superficial de 1.005.131 metros cuadrados, que linda:

-

Al oeste, limita con el sector PP.18 del POM de Toledo, denominado El Marrón.

-

Al sur, limita con la carretera CM-4000, antigua carretera C-502 de Toledo a la

Puebla de Montalbán.

-

Al este, limita con el río Tajo y con la zona urbana de Los Pozos.

-

Al norte, limita con el Hospital de parapléjicos que lo separa del río Tajo.

En el “Plano nº2.- Topográfico y Estado Actual” queda gráficamente delimitado el Sector que

ahora se reparcela.

(6)

4.- CAPÍTULO IV - RELACIÓN DE PROPIETARIOS

La titularidad de los terrenos del Sector PP2 “Peraleda” del P.O.M. de Toledo pertenece

a:

-

INMOBILIARIA VISTAHERMOSA, S.A, C.I.F. B45465978, Calle Reino Unido nº 3, 4º.

45005 Toledo

-

FINCAS IBERHAUS, S.L., C.I.F B83627067, C/ Francisco José Arroyo, nº 2.

28042 Madrid

-

INVERSIONES IGRA, S.L., C.I.F B45465978, Plaza de Holanda, nº 6, 1º Izq.

45005 Toledo

-

RESIDENCIAL PALOMAREJOS ALTOS, S.A., C.I.F. A45058666, Cuesta de Carlos V,

nº 9, 1º. 45001 Toledo

-

CONCENTRA INVERSIONES, S.L., C.I.F. B83181479, C/ Costa Brava, nº 13, 5º.

28034 Madrid.

-

SERVICIOS INMOBILIARIOS MURAES, S.L., C.I.F. B81903668, C/ Juan Esplandiú, nº

15. 28007 Madrid

-

C.L.M. INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS, S.L., C.I.F. A45222783, Avda. de

Irlanda, nº 15, portal 6, 4º C. 45005 Toledo

En virtud de escritura pública, otorgada en Madrid ante el Notario Don ANTONIO LUIS

REINA GUTIERREZ, número de protocolo 1.506 en fecha 10 de marzo de 2009, la

sociedad CONTRATAS LA MANCHA, S.A., ha cambiado su denominación por la de

C.L.M. INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS, S.L., conservando el C.I.F. y el domicilio

aqui indicados. Del mismo modo, en virtud de escritura pública, otorgada en Madrid ante

el Notario Don ANTONIO LUIS REINA GUTIERREZ, número de protocolo 851 en fecha

17 de febrero de 2010, la mercantil fue transformada de sociedad anónima a sociedad

de responsabilidad limitada.

-

INICIATIVAS URBANAS DE LA SAGRA, S.L., C.I.F. B45626983, C/ Camino de Parla,

nº 4. 45221 Esquivias (Toledo)

-

FUNDACIÓN BENÉFICO-DOCENTE “NUESTRA SEÑORA DE MONTE SIÓN”,

C.I.F. B-45020963, Carretera CM-4000 Toledo-Puebla de Montalbán, km. 1,900. Cortijo

de San Bernardo. 45080 Toledo

-

AYUNTAMIENTO DE TOLEDO, C.I.F. P4516900J, Plaza del Consistorio, nº 1. 45002

Toledo

(7)

Titulares de otros derechos inscritos:

-

PARQUE TOLEDO, S.A., C.I.F. A45400330, Calle Nueva, nº 4. 45006 Toledo.

Concesión administrativa sobre la finca registral 50.117 en virtud de escritura pública de

fecha 9 de noviembre de 1998, de la Notario Doña Ana Fernández-Tresguerres García,

número 3320 de su protocolo, para la construcción y explotación de un CENTRO DE

OCIO en una superficie de 19.642 m

2

, siendo la duración de la concesión de NUEVE

AÑOS Y DIEZ MESES.

Dicha concesión administrativa caducó y la implantación del uso que en su día previó

resulta del todo incompatible con la nueva ordenación vigente tras la aprobación del

P.O.M. de Toledo y el Sector PP2 “Peraleda” cuyo ámbito es objeto de reparcelación. A

fecha de esta reparcelación no será tenido en cuenta (art. 86.3 RD 3288/1978 RGU)

-

BANCO DE CASTILLA-LA MANCHA, S.A., Parque de San Julián, nº 20. 16001

Cuenca. Acreedor hipotecario de las fincas aportadas II, II y IV. Formalizada en virtud

de Escritura Pública autorizada en TOLEDO , por el/la notario/a DOÑA ANA

FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número 1624 de su protocolo el día 3

de Julio de 2.007

En virtud de acuerdos sociales y escritura pública de la que no se dispone su referencia,

pero resulta ser de notorio conocimiento, la citada entidad bancaria ostenta dicha

denominación después de modificar la anterior que era CAJA DE AHORROS DE

CASTILLA-LA MANCHA, conservando el C.I.F. y el domicilio aqui indicados.

(8)

5.- CAPÍTULO V – CRITERIOS DE REPARCELACIÓN

Los criterios seguidos para la redacción del presente Proyecto de Reparcelación de los

terrenos inclusos en el Plan Especial de Modificación de la Ordenación Estructural del Plan de

Ordenación Municipal de Toledo, son los establecidos en el art. 93 Decreto Legislativo 1/2010,

de 18 de mayo, Texto Refundido de la Ley, de Ordenación del Territorio y de la Actividad

Urbanística de Castilla-La Mancha, así como el Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el

que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley

Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza

Urbanística, artículos 51 a 54 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se

aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y el Real Decreto 3288/1978, Reglamento de

Gestión Urbanística, todo ello conjugado con las determinaciones de la Proposición

Jurídico-Económica del Programa de Actuación Urbanizadora del Sector PP2 “Peraleda” del POM de

Toledo, aprobado por el Ayuntamiento, y el convenio urbanístico suscrito al efecto.

De acuerdo con el citado artículo, en su apartado b), el aprovechamiento urbanístico objetivo

susceptible de ser materializado en el solar resultante adjudicado a un propietario habrá de ser

proporcional al aprovechamiento privativo al que éste, tenga derecho por razón de la superficie

de su finca originaria, y según el apartado d) se adjudicarán a la Administración actuante,

además de los terrenos y solares correspondientes a las cesiones obligatorias y gratuitas, los

solares resultantes que procedan en función del exceso de aprovechamiento urbanístico

objetivo de la unidad de actuación.

Las cargas de urbanización se computan sobre las parcelas generadoras de aprovechamiento

lucrativo, ya que conforme la ficha del Sector PP2 y el Convenio Urbanístico suscrito,

computando la superficie del área reparcelable se encuentran las parcelas del recinto ferial

ejecutadas con anterioridad al PAU que se desarrolla, con una superficie de 91.491,00 m

2

de

superficie, las cuales mantienen su uso de equipamiento sin generar aprovechamiento. El resto

de la parcelas del ferial citado aportan suelo al sector y reciben aprovechamiento. Del mismo

modo y justificación, la zona de 26.341 m

2

entre el vial V-40 y el Hospital de Parapléjicos

también se mantiene sin generar aprovechamiento. Esta zona se adscribe en el Plan Parcial a

una parcela de uso residencial (R.U. 01) que cuenta con 26.341 m

2

de superficie y en la que se

permite el uso residencial unifamiliar existente con mantenimiento de la superficie construida

actual y que se describe en la ficha correspondiente, por lo que aporta superficie al ámbito de

actuación, pero no participa de las cargas del Sector.

De conformidad con el artículo 19.4 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se

aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria

sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, se

establece, con respecto de las fincas de los propietarios miembros de la AIU Urbanizadora, las

cargas de afección a los costes de urbanización no surtirán efectos respecto de acreedores

hipotecarios posteriores cuando la hipoteca tenga por finalidad asegurar créditos concedidos

para financiar la realización de obras de urbanización.

Los costes que el Plan Especial de Infraestructuras (P.E.I.) asigna al Sector PP-2 “Peraleda”,

quedarán garantizados mediante su reparto proporcional en los solares resultantes de la

actuación mediante carga urbanística a inscribir en el Registro de la Propiedad (excepción

hecha de los que tengan carácter de públicos y los que no generan aprovechamiento, pero

incluidos los que el Ayuntamiento u otra administración o empresa pública participe en régimen

de propiedad como cualquier otro propietario del ámbito de actuación). Dicha carga será

cancelada conforme se vayan realizando las infraestructuras o parte de las mismas asignadas

al Sector PP-2, sin perjuicio de la precisión hecha en el párrafo que sigue.

Sobre cada solar resultante de la actuación, excepción hecha los de carácter público, los no

generadores de aprovechamiento lucrativo y los de cesión del aprovechamiento lucrativo a

(9)

favor del Ayuntamiento, se inscribirá, por un lado, la carga que por costes de urbanización le

corresponda sobre el total del Sector PP-2, así como, en asiento aparte, se inscribirá la carga

que le corresponda por participación en los costes del Plan Especial de Infraestructuras de

Toledo. Finalizada cada fase de las tres que se compone la obra de urbanización, se procederá

a confirmar el pago de la cuota que por costes de urbanización corresponda a dicho solar y a

librar la correspondiente certificación municipal al objeto de levantar las cargas de cada parcela

en el Registro de la Propiedad, incluso la carga que corresponda para garantizar la realización

de infraestructuras del P.E.I. que, por causas no imputables a la propiedad, no estuvieran

ejecutadas en el momento aquí regulado de finalización de las obras de la fase que

corresponda, en cuyo caso deberá trasladarse la carga urbanística a las parcelas resultantes

de las fases pendientes de ejecutar, siempre que así se garanticen las infraestructuras del

P.E.I. que no se hubieran ejecutado.

Así, la equidistribución que se realiza en el presente Proyecto de Reparcelación, se hace en

base a las siguientes premisas:

+ Se adjudican al Ayuntamiento las superficies de cesión que el Programa de Actuación

Urbanizadora establece como de titularidad pública y que corresponden a las siguientes

zonas:

Zonas verdes y espacios libres locales y de sistemas generales

Red viaria local y de sistemas generales

Dotacional de equipamiento

+ Se adjudica a los propietarios que optan por el pago en metálico de los gastos de

urbanización, la totalidad de las parcelas urbanizadas que le corresponden.

+ Se adjudica a los propietarios que optan por la contribución a los gastos de urbanización

mediante cesión de parcelas edificables, las parcelas urbanizadas libres de cargas

resultantes de descontar las que le corresponden al Urbanizador como pago de los gastos

de urbanización.

Según el artículo 118.1.b del TRLOTAU, los propietarios podrán cooperar con el

Urbanizador mediante la aportación de sus fincas originarias sin urbanizar y contribuyendo

proporcionadamente a los gastos de urbanización mediante cesión de terrenos edificables.

En este caso, les corresponderá recibir, libres de cargas, menor superficie de solar,

constituyendo la diferencia la retribución del Urbanizador.

+ Los terrenos totalmente urbanizados capaces de materializar el 10% del aprovechamiento

lucrativo que corresponden a la administración actuante como bien patrimonial y que

suponen 63.513,90 u.a., se adjudican al Ayuntamiento de Toledo.

+ Se adjudica a cada propietario miembro de la AIU urbanizadora, en proporción a su

participación en la misma, la proporción de parcelas urbanizadas que le corresponden

como pago de los gastos de la urbanización según lo establecido en el Programa de

Actuación Urbanizadora, así como las parcelas de servicios de infraestructuras destinadas

a centros de transformación, para su cesión a la compañía suministradora.

De acuerdo con estos criterios, las adjudicaciones de aprovechamiento que se realizan se

especifican en el siguiente cuadro:

(10)

ADJUDICACIONES DE APROVECHAMIENTO

Finca Superficie Porcentaje Superficie Porcentaje Aprovech. Aprovech.

Aportada Titulares aportada superficie generadora participación Proporcional

de apropiación Adjudicado

al Sector PP2 aportada Aprovech. benef./cargas

I

Inmobiliaria de Vistahermosa, S.A. Fincas Iberhaus, S.L. 105.708,05 m2 26.341,00 m2 Total Finca I 132.049,05 m2 10,52% 2,62% Total Finca I 13,14% 105.708,05 m2 0 m2 Total Finca I 105.708,05 m2 12,64% 0% Total Finca I 12,64% 72.257,11 u.a. 0 u.a. Total Finca I 72.257,11 u.a. 72.257,11 u.a. 0 u.a. Total Finca I 72.257,11 u.a. II

Inmobiliaria de Vistahermosa, S.A. (67%) Inversiones Igra, S.L. (10%)

C.L.M. Infraestructuras y Servicios, S.L. (5%) (*) Iniciativas Urbanas de la Sagra, S.L. (5%) Residencial Palomarejos Altos, S.A. (9%) Concentra Inversiones, S.L. (2%)

Servicios Inmobiliarios Muraes, S.L. (2%)

175.452,38 m² 26.186,92 m2 13.093,46 m2 13.093,46 m2 23.568,23 m2 5.237,38 m2 5.237,38 m2 Total Finca II 261.869,22 m2 17,46% 2,61% 1,30% 1,30% 2,34% 0,52% 0,52% Total Finca II 26,05% 175.452,38 m² 26.186,92 m2 13.093,46 m2 13.093,46 m2 23.568,23 m2 5.237,38 m2 5.237,38 m2 Total Finca II 261.869,22 m2 20,98% 3,13% 1,57% 1,57% 2,82% 0,62% 0,62% Total Finca II 31,31% 119.931,05 u.a. 17.900,16 u.a. 8.950,08 u.a. 8.950,08 u.a. 16.110,14 u.a. 3.580,03 u.a. 3.580,03 u.a. Total Finca II 179.001,57 u.a. 119.931,05 u.a. 17.900,16 u.a. 8.950,08 u.a. 3.938,02 u.a. 16.110,14 u.a. 3.580,03 u.a. 3.580,03 u.a. Total Finca II 173.989,51 u.a. III

Inmobiliaria de Vistahermosa, S.A. (67%) Inversiones Igra, S.L. (10%)

C.L.M. Infraestructuras y Servicios, S.L. (5%) (*) Iniciativas Urbanas de la Sagra, S.L. (5%) Residencial Palomarejos Altos, S.A. (9%) Concentra Inversiones, S.L. (2%)

Servicios Inmobiliarios Muraes, S.L. (2%)

87.356,32 m² 13.038,26 m2 6.519,13 m2 6.519,13 m2 11.734,43 m2 2.607,65 m2 2.607,65 m2

Total Finca III

130.382,57 m2 8,69% 1,30% 0,65% 0,65% 1,17% 0,26% 0,26%

Total Finca III

12,98% 87.356,32 m² 13.038,26 m2 6.519,13 m2 6.519,13 m2 11.734,43 m2 2.607,65 m2 2.607,65 m2

Total Finca III

130.382,57 m2 10,45% 1,56% 0,78% 0,78% 1,40% 0,31% 0,31%

Total Finca III

15,59% 59.712,70 u.a. 8.912,34 u.a. 4.456,17 u.a. 4.456,17 u.a. 8.021,11 u.a. 1.782,47 u.a. 1.782,47 u.a.

Total Finca III

89.123,43 u.a. 59.712,70 u.a. 8.912,34 u.a. 4.456,16 u.a. 1.960,72 u.a. 8.021,11 u.a. 1.782,47 u.a. 1.782,47 u.a.

Total Finca III

86.627,97 u.a

IV

(11)

Inversiones Igra, S.L. (10%)

C.L.M. Infraestructuras y Servicios, S.L. (5%) (*) Iniciativas Urbanas de la Sagra, S.L. (5%) Residencial Palomarejos Altos, S.A. (9%) Concentra Inversiones, S.L. (2%)

Servicios Inmobiliarios Muraes, S.L. (2%)

3.739,67 m2 1.869,84 m2 1.869,84 m2 3.365,70 m2 747,93 m2 747,93 m2 Total Finca IV 37.396,72 m2 0,37% 0,19% 0,19% 0,33% 0,07% 0,07% Total Finca IV 3,71% 3.739,67 m2 1.869,84 m2 1.869,84 m2 3.365,70 m2 747,93 m2 747,93 m2 Total Finca IV 37.396,72 m2 0,45% 0,22% 0,22% 0,40% 0,09% 0,09% Total Finca IV 4,47% 2.556,27 u.a. 1.278,13 u.a. 1.278,13 u.a. 2.300,64u.a. 511,25 u.a. 511,25 u.a. Total Finca IV 25.562,65 u.a. 2.556,27 u.a. 1.278,13 u.a. 562,38 u.a. 2.300,64 u.a. 511,25 u.a. 511,25 u.a. Total Finca IV 24.846,90 u.a.

V (*) Fundación Benéfico-Docente “Nuestra Señora de

Monte Sión” 117.458,66 m

2

11,69% 117.458,66 m2 14,05% 80.289,25 u.a. 35.327,30 u.a.

VI (*) Ayuntamiento de Toledo 274.931,19 m2 27,35% 183.440,19 m2 21,94% 125.391,15 u.a. 55.172,01 u.a.

Caminos/

Viales 51.043,80 m

2

5,08% 0 m2 0% 0 u.a. 0 u.a.

Total propietarios por aportación de terreno 1.005.131,21 m2 100,00% 836.255,41 m2 100,00% 571.625,15 u.a. 448.220,80 u.a.

Ayuntamiento de Toledo

(10% del aprovechamiento lucrativo ) 63.513,90 u.a. 63.513,90 u.a.

A.I.U. “La Peraleda” (En pago como agente urbanizador según % participación en la A.I.U.)

Inmobiliaria de Vistahermosa, S.A. (76,59%) Fincas Iberhaus, S.L. (0%)

Inversiones Igra, S.L. (8,36%)

C.L.M. Infraestructuras y Servicios, S.L. (4,18%) Residencial Palomarejos Altos, S.A. (7,52%) Concentra Inversiones, S.L. (1,67%)

Servicios Inmobiliarios Muraes, S.L. (1,67%)

Total A.I.U. “La Peraleda” en pago por urbanizar

94.514,51 u.a. 0 u.a. 10.317,80 u.a. 5.158,90 u.a. 9.286,02 u.a. 2.063,56 u.a. 2.063,56 u.a. 123.404,35 u.a.

TOTAL SECTOR PP2 “Peraleda” 1.005.131,21 m2 100,00% 836.255,41 m2 100,00% 635.139,05 u.a. 635.139,05 u.a.

(*) Los propietarios que retribuyen a la AIU Urbanizadora el pago en terrenos de los gastos de urbanización, disminuyen su adjudicación de aprovechamiento lucrativo en favor de los propietarios miembros de la AIU en proporción a su porcentaje de participación en la misma.

(12)

6.- CAPÍTULO VI – DESCRIPCIÓN DE FINCAS APORTADAS QUE CONSTITUYEN LA

UNIDAD URBANÍSTICA OBJETO DE REPARCELACIÓN

FINCA APORTADA I

1.-Titulares

FINCAS IBERHAUS SL, con C.I.F. B83627067, en cuanto a una participación indivisa del 9,59%

del pleno dominio

INMOBILIARIA VISTAHERMOSA SA, con C.I.F. A28146579, en cuanto a una participación

indivisa del 90,41% del pleno dominio

2.-Descripción de la finca

URBANA: Otras Naturalezas, en FINCA QUITAPESARES, DENOMINADA QUITAPESARES-A,

en TOLEDO.

Superficie terreno: doscientos noventa y cinco mil doscientos cinco metros, veintisiete decímetros

cuadrados, Existe sobre la misma: un grupo de edificios destinado a la casa de señores, cuadras,

establos y dependencias, que constituyen la casa de Quitapesares; motor y mitad de una presa

existente en el Río Tajo.

La finca de este número es el resto de la misma después de varias segregaciones efectuadas

sobre la misma.

Las fincas registrales 7.749, 7.750, 1.795 y 7.748 entre las que se encuentra la finca de este

número, han constituido la AGRUPACIÓN DE INTERÉS URBANÍSTICO "LA PERALEDA" del

Sector PP-2 del suelo urbanizable del Plan de Ordenación Municipal de Toledo, comprendiendo

su ámbito de actuación una superficie total de quinientos setenta y ocho mil cincuenta y cuatro

metros, ocho decímetros cuadrados, aproximadamente, que suponen un porcentaje del 57,51%

de la superficie total del Sector PP-2 "La Peraleda" del Plan de Ordenación Municipal de Toledo.

Está clasificada como suelo urbanizable y rústico, y según reciente medición topográfica tiene

una superficie de 295.205,27 metros cuadrados, integrada por tres zonas diferenciadas:

1.- Integrada por una franja de suelo próxima a la ribera del Tajo, con una superficie de mil

novecientos sesenta y cinco metros, ochenta y ocho decímetros cuadrados, con la clasificación

de rústica,

2.- Otra que constituye la denominada en su descripción "Casa Quitapesares" o Cigarral de la

Peraleda –según el Certificado del Ayuntamiento- de veintiséis mil trescientos cuarenta y un

metros cuadrados, clasificada como urbanizable en el PP2, y

3.- Y otra con una superficie de doscientos sesenta y seis mil ochocientos noventa y ocho

metros, treinta y nueve decímetros cuadrados, que comprende el resto de la finca, de los cuales

ciento catorce mil ciento treinta y tres metros, diecinueve decímetros cuadrados, están

clasificados como urbanizable en el PP2 y el resto de ciento cincuenta y dos mil setecientos

sesenta y cinco metros, veinte decímetros cuadrados, están clasificados como urbanizables en el

PP18.

LINDEROS: Norte, Río Tajo y parcela del Instituto Nacional de Previsión y parcelas segregadas.

Sur, finca denominada La Peraleda de Agustín Figueroa y Alonso Martínez. Este, Río Tajo y

parcela segregada. Oeste, Carretera comarcal C-502 que la separa de la finca

(13)

El de todos los titulares por COMPRAVENTA en virtud de Escritura Pública autorizada en

TOLEDO, por la Notaria DOÑA ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número

2545 de su protocolo, el día 17 de Octubre de 2.007

4.-Identificación Catastral

Polígono 73. Parcela 2 del Catastro de Rústica de Toledo.

Referencia catastral 45900A073000020000XH

5. Inscripción registral

Registro de la Propiedad nº 1 de Toledo .Tomo 1417, Libro 909, folio 155, finca 7.748

6.- Operación previa de segregación

Con carácter previo y como operación independiente, sobre la finca descrita se segrega la

porción incluida en el Sector PP2 “Peraleda”, cuya descripción es la siguiente:

“URBANA:

Otras

Naturalezas,

en

FINCA

QUINTAPESARES,

DENOMINADA

QUITAPESARES-A, en TOLEDO.

Superficie terreno: ciento treinta y dos mil cuarenta y nueve metros cuadrados, cinco

decímetros cuadrados,

Existe sobre la misma: un grupo de edificios destinado a la casa de señores, cuadras,

establos y dependencias, que constituyen la casa de Quitapesares; motor y mitad de una

presa existente en el Río Tajo.

La finca de este número es el resto de la misma después de varias segregaciones

efectuadas sobre la misma.

Las fincas registrales 7.749, 7.750, 1.795 y 7.748 entre las que se encuentra la finca de

este número, han constituido la AGRUPACIÓN DE INTERÉS URBANÍSTICO "LA

PERALEDA" del Sector PP-2 del suelo urbanizable del Plan de Ordenación Municipal de

Toledo, comprendiendo su ámbito de actuación una superficie total de quinientos setenta

y ocho mil cincuenta y cuatro metros, ocho decímetros cuadrados, aproximadamente, que

suponen un porcentaje del 57,51% de la superficie total del Sector PP-2 "La Peraleda" del

Plan de Ordenación Municipal de Toledo.

Está clasificada como suelo urbanizable y rústico, y según reciente medición topográfica y

después de su segregación por razón de reparcelación del Sector PP2 “Peraleda” del

Plan de Ordenación Municipal de Toledo tiene una superficie de 132.049,05 metros

cuadrados, integrada por dos zonas diferenciadas:

1.- Constituye la denominada en su descripción "Casa Quitapesares" o Cigarral de la

Peraleda –según el Certificado del Ayuntamiento- de veintiséis mil trescientos cuarenta y

un metros cuadrados, clasificada como urbanizable en el PP2,

2.- Y otra con una superficie de ciento cinco mil setecientos ocho metos cuadrados con

cinco decímetros cuadrados que comprende el resto de la finca, los cuales están

clasificados como urbanizable en el PP2.

LINDEROS: Norte, Río Tajo y parcela del Instituto Nacional de Previsión y resto de finca

matriz. Sur, finca denominada La Peraleda de Agustín Figueroa y Alonso Martínez. Este,

Carretera comarcal C-502 que la separa de la finca. Oeste, resto de finca matriz.

(14)

”URBANA:

Otras

Naturalezas,

en

FINCA

QUINTAPESARES,

DENOMINADA

QUITAPESARES-A, en TOLEDO.

Superficie terreno: ciento sesenta y tres mil ciento cincuenta y seis metros cuadrados con

veintidós decímetros cuadrados.

La finca de este número es el resto de la misma después de varias segregaciones

efectuadas sobre la misma.

Está clasificada como suelo urbanizable y rústico, y según reciente medición topográfica y

después de su segregación por razón de reparcelación del Sector PP2 “Peraleda” del

Plan de Ordenación Municipal de Toledo tiene una superficie de 163.156,22 metros

cuadrados, integrada por dos zonas diferenciadas:

1.- Integrada por una franja de suelo próxima a la ribera del Tajo, con una superficie de

mil novecientos sesenta y cinco metros, ochenta y ocho decímetros cuadrados, con la

clasificación de rústica,

2.- Y otra con una superficie de ciento sesenta y un mil ciento noventa metros, treinta y

cuatro decímetros cuadrados, que comprende el resto de la finca, la totalidad de los

cuales están clasificados como urbanizables en el Sector PP18.

LINDEROS: Norte, Río Tajo y parcela del Instituto Nacional de Previsión. Sur, parcela

segregada y finca denominada San Bernardo. Este, Río Tajo y parcela segregada. Oeste,

parcela segregada.”

Se solicita expresamente la segregación al amparo de los artículos 54.5 del Real Decreto

Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y

8 del Reglamento para la Ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la

Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, aprobado por Real Decreto 1093/1997, de 4 de

julio.

7.-Superficie

Sólo está incluida en el Sector PP2 la parcela segregada.

a) Registral (parcela segregada) ... 132.049,05 m²

b) Superficie que se aporta ... 132.049,05 m²

c) Superficie que computa a efectos de beneficios y cargas 105.708,05 m²

8.-Cargas y gravámenes, condiciones, sustituciones y demás derechos que la afecten:

Libre de cargas y gravámenes

(15)

FINCA APORTADA II

1.-Titulares

INMOBILIARIA VISTAHERMOSA SA, con C.I.F. A28146579, en cuanto a una participación

indivisa del 67% del pleno dominio de esta finca.

INVERSIONES IGRA SL, con C.I.F. B45465978, en cuanto a una participación indivisa del 10%

del pleno dominio de esta finca.

RESIDENCIAL PALOMAREJOS ALTOS SA, con C.I.F. A45058666, en cuanto a una

participación indivisa del 9% del pleno dominio de esta finca

SERVICIOS INMOBILIARIOS MURAES SL, con C.I.F. B81903668, en cuanto a una participación

indivisa del 2% del pleno dominio de esta finca

CONCENTRA INVERSIONES SL, con C.I.F. B83181479, en cuanto a una participación indivisa

del 2% del pleno dominio de esta finca.

INICIATIVAS URBANAS LA SAGRA SL, con C.I.F. B45626983, en cuanto a una participación

indivisa del 5% del pleno dominio de esta finca.

CONTRATAS LA MANCHA SA, con C.I.F. A45222783, en cuanto a una participación indivisa del

5% del pleno dominio de esta finca

En virtud de escritura pública, otorgada en Madrid ante el Notario Don ANTONIO LUIS REINA

GUTIERREZ, número de protocolo 1.506 en fecha 10 de marzo de 2009, la sociedad

CONTRATAS LA MANCHA, S.A., ha cambiado su denominación por la de C.L.M.

INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS, S.L., conservando el C.I.F. y el domicilio aqui indicados.

Del mismo modo, en virtud de escritura pública, otorgada en Madrid ante el Notario Don

ANTONIO LUIS REINA GUTIERREZ, número de protocolo 851 en fecha 17 de febrero de 2010,

la mercantil fue transformada de sociedad anónima a sociedad de responsabilidad limitada

2.-Descripción de la finca

RUSTICA: Finca "LA PERALEDA", en SITIO TERMINO DE TOLEDO , en TOLEDO.

Superficie terreno: veintinueve hectáreas, sesenta y siete áreas, sesenta y cinco centiáreas,

Goza de un aprovechamiento de agua del Río Tajo. Dentro de esta finca existe el grupo de

edificios que constituye la Casa de la Peraleda. Corresponden también a esta finca dos islas que

hay sobre dentro del Río Tajo, pobladas de álamos blancos y negros, chopos y mimbreras.

Clasificada en el vigente Plan de Ordenación Municipal como suelo urbanizable.La finca de este

número junto con las registrales 7.750 y 1.795 están incluidas en el Plan de Ordenación

Municipal del Toledo, dentro del Sector Peraleda PP2 y PP18, con el siguiente aprovechamiento

urbanístico susceptible de apropiación privada: a) vivienda libre unifamiliar: 864,80 metros

edificables, b) vivienda libre plurifamiliar: 85.576,70 metros edificables, c) vivienda protegida:

57.490,23 metros edificables, d) equipamiento privado terciario: 26.017 metros edificables, total

aprovechamiento: 169.948,73 metros edificables. Las fincas registrales 7.749, 7.750, 1.795 y

7.748 entre las que se encuentra la finca de este número, han constituido la AGRUPACIÓN DE

INTERÉS URBANÍSTICO "LA PERALEDA" del Sector PP-2 del suelo urbanizable del Plan de

Ordenación Municipal de Toledo, comprendiendo su ámbito de actuación una superficie total de

quinientos setenta y ocho mil cincuenta y cuatro metros, ocho decímetros cuadrados,

aproximadamente, que suponen un porcentaje del 57,51% de la superficie total del Sector PP-2

"La Peraleda" del Plan de Ordenación Municipal de Toledo.

(16)

LINDEROS: Norte, finca de Doña Casilda de Figueroa y Alonso Martínez. Sur, fincas El Angel y

San Bernardo. Este, Río Tajo. Oeste, finca de San Bernardo

3.-Título de adquisición

El de INMOBILIARIA VISTAHERMOSA SA, en cuanto a una participación indivisa del 61% del

pleno dominio, INVERSIONES IGRA SL, en cuanto a una participación indivisa del 10% del pleno

dominio, RESIDENCIAL PALOMAREJOS ALTOS SA, en cuanto a una participación indivisa del

9% del pleno dominio, SERVICIOS INMOBILIARIOS MURAES SL, en cuanto a una participación

indivisa del 2% del pleno dominio, y CONCENTRA INVERSIONES SL, en cuanto a una

participación indivisa del 2% del pleno dominio, por COMPRAVENTA en virtud de Escritura

Pública autorizada en TOLEDO, por la Notaria DOÑA ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES

GARCÍA con el número 1622 de su protocolo, el día 3 de Julio de 2.007.

El de INMOBILIARIA VISTAHERMOSA SA, en cuanto a una participación indivisa del 6% del

pleno dominio por CESION en virtud de Escritura Pública autorizada en MADRID , por el Notario

DON ANTONIO FERNÁNDEZ-GOLFÍN APARICIO con el número 2441 de su protocolo, el día 9

de Julio de 2.007

El de INICIATIVAS URBANAS LA SAGRA SL, en cuanto a una participación indivisa del 5% del

pleno dominio por COMPRAVENTA en virtud de Escritura Pública autorizada en ILLESCAS, por

la Notaria DOÑA MARÍA LUISA LOZANO SEGURA con el número 4370 de su protocolo, el día

16 de Noviembre de 2.007

El de CONTRATAS LA MANCHA SA, (hoy denominada C.L.M. INFRAESTRUCTURAS Y

SERVICIOS, S.L.), en cuanto a una participación indivisa del 5% del pleno dominio por

COMPRAVENTA en virtud de Escritura Pública autorizada en TOLEDO, por la notaria DOÑA

ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número 37 de su protocolo, el día 10 de

Enero de 2.008

4.-Identificación Catastral

Polígono 73. Parcela 8 del Catastro de Rústica de Toledo.

Referencia catastral 45900A073000080000XQ

Polígono 73. Parcela 9 del Catastro de Rústica de Toledo.

Referencia catastral 45900A073000090000XP

Polígono 73. Parcela 12 del Catastro de Rústica de Toledo.

Referencia catastral 45900A073000120000XP

5. Inscripción registral

Registro de la Propiedad nº 1 de Toledo. Tomo 1105, Libro 597, folio 113; Tomo 1668, Libro

1160, folio 113; Tomo 1674, Libro 1166, folios 8 y 9, finca 7.749.

6.- Operación previa de defecto de cabida

De acuerdo con el catastro, las parcelas catastrales que conforman la totalidad de la finca mide

272.071,00 m², según título inscrito mide 296.765,00 m² y según medición de los terrenos, la

extensión superficial de la finca es de 262.786,62 m².

(17)

b) Real según medición ... 262.786,62 m²

c) Defecto de cabida... 33.978,38 m²

De conformidad con los artículos 54.5 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el

que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y 8 del Reglamento para la Ejecución de

la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza

Urbanística, aprobado por Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, se solicita del Registro de la

Propiedad una reducción de la superficie a 262.786,62 metros cuadrados.

7.- Operación previa de segregación

Con carácter previo y como operación independiente, sobre la finca descrita se segrega la

porción incluida en el Sector PP2 “Peraleda”, cuya descripción es la siguiente:

“RUSTICA: Finca "LA PERALEDA", en SITIO TERMINO DE TOLEDO , en TOLEDO.

Superficie terreno: veintiseis hectáreas, dieciocho áreas, sesenta y nueve con veintidós

centiáreas,

Goza de un aprovechamiento de agua del Río Tajo. Dentro de esta finca existe el grupo

de edificios que constituye la Casa de la Peraleda. Corresponden también a esta finca dos

islas que hay sobre dentro del Río Tajo, pobladas de álamos blancos y negros, chopos y

mimbreras. Clasificada en el vigente Plan de Ordenación Municipal como suelo

urbanizable. La finca de este número junto con las registrales 7.750 y 1.795 están

incluidas en el Plan de Ordenación Municipal del Toledo, dentro del Sector Peraleda PP2,

con el aprovechamiento urbanístico susceptible de apropiación privada: a) vivienda libre

unifamiliar: 864,80 metros edificables, b) vivienda libre plurifamiliar: 85.576,70 metros

edificables, c) vivienda protegida: 57.490,23 metros edificables, d) equipamiento privado

terciario: 26.017 metros edificables, total aprovechamiento: 169.948,73 metros edificables.

Las fincas registrales 7.749, 7.750, 1.795 y 7.748 entre las que se encuentra la finca de

este número, han constituido la AGRUPACIÓN DE INTERÉS URBANÍSTICO "LA

PERALEDA" del Sector PP-2 del suelo urbanizable del Plan de Ordenación Municipal de

Toledo, comprendiendo su ámbito de actuación una superficie total de quinientos setenta

y ocho mil cincuenta y cuatro metros, ocho decímetros cuadrados, aproximadamente, que

suponen un porcentaje del 57,51% de la superficie total del Sector PP-2 "La Peraleda" del

Plan de Ordenación Municipal de Toledo.

LINDEROS: Norte, finca de Doña Casilda de Figueroa y Alonso Martínez. Sur, fincas El

Angel y San Bernardo. Este, Río Tajo. Oeste, finca de San Bernardo y resto de finca

matriz”

EL RESTO de la finca matriz queda con la siguiente descripción:

“RUSTICA: Finca "LA PERALEDA", en SITIO TERMINO DE TOLEDO , en TOLEDO.

Superficie terreno: nueve áreas, diecisiete con cuarenta centiáreas,

Goza de un aprovechamiento de agua del Río Tajo. Corresponden también a esta finca

dos islas que hay sobre dentro del Río Tajo, pobladas de álamos blancos y negros,

chopos y mimbreras. Clasificada en el vigente Plan de Ordenación Municipal como suelo

urbanizable. La finca de este número está incluidas en el Plan de Ordenación Municipal

del Toledo, dentro del Sector San Bernardo PP18.

LINDEROS: Norte, finca de Doña Casilda de Figueroa y Alonso Martínez. Sur, finca de

Doña Casilda de Figueroa y Alonso Martínez. Este, parcela segregada. Oeste, finca de

Doña Casilda de Figueroa y Alonso Martínez.”

(18)

Se solicita expresamente la segregación al amparo de los artículos 54.5 del Real Decreto

Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y

8 del Reglamento para la Ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la

Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística, aprobado por Real Decreto 1093/1997, de 4 de

julio.

8.-Superficie

Sólo está incluida en el Sector PP2 la parcela segregada.

a) Registral (parcela segregada) ... 261.869,22 m²

b) Superficie que se aporta ... 261.869,22 m²

9.-Cargas y gravámenes, condiciones, sustituciones y demás derechos que la afecten:

Libre de cargas y gravámenes en cuanto a una participación indivisa del 6% del pleno dominio de

INMOBILIARIA DE VISTAHERMOSA por título de CESION

En cuanto al 94% restante se halla gravada por:

Una HIPOTECA a favor de La Entidad CAJA AHORROS CASTILLA MANCHA, con N.I.F.

G16131336, que grava el 61% de la finca, la que responderá de 22.547.326,5 euros de principal;

intereses ordinarios de 12 meses al tipo máximo del 11% por una cantidad máxima de

2.480.205,92 euros; intereses de demora de 12 meses al tipo máximo del 20% por una cantidad

máxima de 4.509.465,3 euros; unas costas y gastos judiciales de 2.254.732,65 euros. El plazo de

duración será de 48 meses, siendo su fecha de vencimiento el día 3 de Julio de 2.011. Se tasa la

finca a efectos de subasta en la cantidad de 31.791.730,37 euros.

OBSERVACIONES:

Esta hipoteca grava el SESENTA Y UNO POR CIENTO de la finca de este número, del que

es titular, INMOBILIARIA DE VISTAHERMOSA, S.A.

Formalizada en virtud de Escritura Pública autorizada en TOLEDO , por el/la notario/a DOÑA

ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número 1624 de su protocolo el día 3 de

Julio de 2.007; inscrita el día 7 de Marzo de 2.008, en el Tomo 1668 del Archivo, Libro 1160 de

Toledo, al folio 115, motivando la inscripción 8ª.

---

Una HIPOTECA a favor de La Entidad CAJA AHORROS CASTILLA MANCHA, con N.I.F.

G16131336, que grava el 10% de la finca, la que responderá de 3.696.283 euros de principal;

intereses ordinarios de 12 meses al tipo máximo del 11% por una cantidad máxima de

406.591,13 euros; intereses de demora de 12 meses por una cantidad máxima de 739.256,6

euros; unas costas y gastos judiciales de 369.628,3 euros. El plazo de duración será de 48

meses, siendo su fecha de vencimiento el día 3 de Julio de 2.011. Se tasa la finca a efectos de

subasta en la cantidad de 5.211.759,03 euros.

OBSERVACIONES:

Esta hipoteca GRAVA EL DIEZ POR CIENTO de la finca del que es titular la Sociedad

"INVERSIONES IGRA S.L."

Formalizada en virtud de Escritura Pública autorizada en TOLEDO , por el/la notario/a DOÑA

ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número 1624 de su protocolo el día 3 de

Julio de 2.007; inscrita el día 7 de Marzo de 2.008, en el Tomo 1668 del Archivo, Libro 1160 de

Toledo, al folio 115, motivando la inscripción 8ª.

(19)

Una HIPOTECA a favor de La Entidad CAJA AHORROS CASTILLA MANCHA, con N.I.F.

G16131336, que grava el 10% de la finca, la que responderá de 3.696.283 euros de principal;

intereses ordinarios de 12 meses al tipo máximo del 11% por una cantidad máxima de

406.591,13 euros; intereses de demora al tipo máximo del 20% por una cantidad máxima de

739.256,6 euros; unas costas y gastos judiciales de 369.628,3 euros. El plazo de duración será

de 48 meses, siendo su fecha de vencimiento el día 3 de Julio de 2.011. Se tasa la finca a

efectos de subasta en la cantidad de 5.211.759,03 euros.

OBSERVACIONES:

Esta hipoteca GRAVA EL DIEZ POR CIENTO de la finca del que es titular la Sociedad

"CONTRATAS LA MANCHA S.A." y la Sociedad "INICIATIVAS URBANAS DE LA SAGRA S.L.".

Formalizada en virtud de Escritura Pública autorizada en TOLEDO , por el/la notario/a DOÑA

ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número 1624 de su protocolo el día 3 de

Julio de 2.007; inscrita el día 7 de Marzo de 2.008, en el Tomo 1668 del Archivo, Libro 1160 de

Toledo, al folio 115, motivando la inscripción 8ª.

---

Una HIPOTECA a favor de La Entidad CAJA AHORROS CASTILLA MANCHA, con N.I.F.

G16131336, que grava el 9% de la finca, la que responderá de 3.326.655 euros de principal;

intereses ordinarios de 12 meses al tipo máximo del 11% por una cantidad máxima de

365.932,05 euros; intereses de demora de 12 meses al tipo máximo del 20% por una cantidad

máxima de 665.331 euros; unas costas y gastos judiciales de 332.665,5 euros. El plazo de

duración será de 48 meses, siendo su fecha de vencimiento el día 3 de Julio de 2.011. Se tasa la

finca a efectos de subasta en la cantidad de 4.690.583,55 euros.

OBSERVACIONES:

Esta hipoteca GRAVA EL NUEVE POR CIENTO de la finca del que es titular la Sociedad

"RESIDENCIAL PALOMAREJOS ALTOS S.A."

Formalizada en virtud de Escritura Pública autorizada en TOLEDO , por el/la notario/a DOÑA

ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número 1624 de su protocolo el día 3 de

Julio de 2.007; inscrita el día 7 de Marzo de 2.008, en el Tomo 1668 del Archivo, Libro 1160 de

Toledo, al folio 115, motivando la inscripción 8ª.

---

Una HIPOTECA a favor de La Entidad CAJA AHORROS CASTILLA MANCHA, con N.I.F.

G16131336, que grava el 2% de la finca, la que responderá de 739.256 euros de principal;

intereses ordinarios de 12 meses al tipo máximo del 11% por una cantidad máxima de 81.318,16

euros; intereses de demora de 12 meses al tipo máximo del 20% por una cantidad máxima de

147.851,2 euros; unas costas y gastos judiciales de 73.925,6 euros. El plazo de duración será de

48 meses, siendo su fecha de vencimiento el día 3 de Julio de 2.011. Se tasa la finca a efectos

de subasta en la cantidad de 1.042.350,96 euros.

OBSERVACIONES:

Esta hipoteca GRAVA EL DOS POR CIENTO de la finca del que es titular la Sociedad

"SERVICIOS INMOBILIARIOS MURAES S.L."

Formalizada en virtud de Escritura Pública autorizada en TOLEDO , por el/la notario/a DOÑA

ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número 1624 de su protocolo el día 3 de

Julio de 2.007; inscrita el día 7 de Marzo de 2.008, en el Tomo 1668 del Archivo, Libro 1160 de

Toledo, al folio 115, motivando la inscripción 8ª.

---

Una HIPOTECA a favor de La Entidad CAJA AHORROS CASTILLA MANCHA, con N.I.F.

G16131336, que grava el 2% de la finca, la que responderá de 739.256 euros de principal;

intereses ordinarios de 12 meses al tipo máximo del 11% por una cantidad máxima de 81.318,16

euros; intereses de demora de 12 meses al tipo máximo del 20% por una cantidad máxima de

147.851,2 euros; unas costas y gastos judiciales de 73.925,6 euros. El plazo de duración será de

(20)

48 meses, siendo su fecha de vencimiento el día 3 de Julio de 2.011. Se tasa la finca a efectos

de subasta en la cantidad de 1.042.350,96 euros.

OBSERVACIONES:

Esta hipoteca GRAVA EL DOS POR CIENTO de la finca del que es titular la Sociedad

"CONCENTRA INVERSIONES S.L."

Formalizada en virtud de Escritura Pública autorizada en TOLEDO , por el/la notario/a DOÑA

ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número 1624 de su protocolo el día 3 de

Julio de 2.007; inscrita el día 7 de Marzo de 2.008, en el Tomo 1668 del Archivo, Libro 1160 de

Toledo, al folio 115, motivando la inscripción 8ª

(21)

FINCA APORTADA III

1.-Titulares

INMOBILIARIA VISTAHERMOSA SA, con C.I.F. A28146579, en cuanto a una participación

indivisa del 67% del pleno dominio de esta finca.

INVERSIONES IGRA SL, con C.I.F. B45465978, en cuanto a una participación indivisa del 10%

del pleno dominio de esta finca.

RESIDENCIAL PALOMAREJOS ALTOS SA, con C.I.F. A45058666, en cuanto a una

participación indivisa del 9% del pleno dominio de esta finca

SERVICIOS INMOBILIARIOS MURAES SL, con C.I.F. B81903668, en cuanto a una participación

indivisa del 2% del pleno dominio de esta finca

CONCENTRA INVERSIONES SL, con C.I.F. B83181479, en cuanto a una participación indivisa

del 2% del pleno dominio de esta finca.

INICIATIVAS URBANAS LA SAGRA SL, con C.I.F. B45626983, en cuanto a una participación

indivisa del 5% del pleno dominio de esta finca.

CONTRATAS LA MANCHA SA, con C.I.F. A45222783, en cuanto a una participación indivisa del

5% del pleno dominio de esta finca

En virtud de escritura pública, otorgada en Madrid ante el Notario Don ANTONIO LUIS REINA

GUTIERREZ, número de protocolo 1.506 en fecha 10 de marzo de 2009, la sociedad

CONTRATAS LA MANCHA, S.A., ha cambiado su denominación por la de C.L.M.

INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS, S.L., conservando el C.I.F. y el domicilio aqui indicados.

Del mismo modo, en virtud de escritura pública, otorgada en Madrid ante el Notario Don

ANTONIO LUIS REINA GUTIERREZ, número de protocolo 851 en fecha 17 de febrero de 2010,

la mercantil fue transformada de sociedad anónima a sociedad de responsabilidad limitada

2.-Descripción de la finca

RUSTICA: Cigarral, en PARAJE CAMINO DE SAN BERNARDO, en TOLEDO.

Superficie terreno: catorce hectáreas, nueve áreas, doce centiáreas, Superficie construida:

cuatrocientos sesenta y cinco metros cuadrados, Una cuartilla de tierra labrantía con molino

aceitero y dos almacenes.

La casa ocupa una superficie de 165 metros cuadrados, y el molino y sus dependencias unidas a

ella trescientos metros cuadrados. Clasificada en el vigente Plan de Ordenación Municipal como

suelo urbanizable.La finca de este número junto con las registrales 7.749 y 1.795 están incluidas

en el Plan de Ordenación Municipal del Toledo, dentro del Sector Peraleda PP2 y PP18, con el

siguiente aprovechamiento urbanístico susceptible de apropiación privada: a) vivienda libre

unifamiliar: 864,80 metros edificables, b) vivienda libre plurifamiliar: 85.576,70 metros edificables,

c) vivienda protegida: 57.490,23 metros edificables, d) equipamiento privado terciario: 26.017

metros edificables, total aprovechamiento: 169.948,73 metros edificables. Las fincas registrales

7.749, 7.750, 1.795 y 7.748 entre las que se encuentra la finca de este número, han constituido la

AGRUPACIÓN DE INTERÉS URBANÍSTICO "LA PERALEDA" del Sector PP-2 del suelo

urbanizable del Plan de Ordenación Municipal de Toledo, comprendiendo su ámbito de actuación

una superficie total de quinientos setenta y ocho mil cincuenta y cuatro metros, ocho decímetros

cuadrados, aproximadamente, que suponen un porcentaje del 57,51% de la superficie total del

Sector PP-2 "La Peraleda" del Plan de Ordenación Municipal de Toledo.

(22)

LINDEROS: Norte, Marqués de Amurrio. Sur, Carretera de la Postura. Este, Camino de

Quitapesares. Oeste, Cigarral del Sr. Codecido

3.-Título de adquisición

El de INMOBILIARIA VISTAHERMOSA SA, en cuanto a una participación indivisa del 61% del

pleno dominio, INVERSIONES IGRA SL, en cuanto a una participación indivisa del 10% del pleno

dominio, RESIDENCIAL PALOMAREJOS ALTOS SA, en cuanto a una participación indivisa del

9% del pleno dominio, SERVICIOS INMOBILIARIOS MURAES SL, en cuanto a una participación

indivisa del 2% del pleno dominio, y CONCENTRA INVERSIONES SL, en cuanto a una

participación indivisa del 2% del pleno dominio, por COMPRAVENTA en virtud de Escritura

Pública autorizada en TOLEDO, por la Notaria DOÑA ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES

GARCÍA con el número 1622 de su protocolo, el día 3 de Julio de 2.007.

El de INMOBILIARIA VISTAHERMOSA SA, en cuanto a una participación indivisa del 6% del

pleno dominio por CESION en virtud de Escritura Pública autorizada en MADRID , por el Notario

DON ANTONIO FERNÁNDEZ-GOLFÍN APARICIO con el número 2441 de su protocolo, el día 9

de Julio de 2.007

El de INICIATIVAS URBANAS LA SAGRA SL, en cuanto a una participación indivisa del 5% del

pleno dominio por COMPRAVENTA en virtud de Escritura Pública autorizada en ILLESCAS, por

la Notaria DOÑA MARÍA LUISA LOZANO SEGURA con el número 4370 de su protocolo, el día

16 de Noviembre de 2.007

El de CONTRATAS LA MANCHA SA, (hoy denominada C.L.M. INFRAESTRUCTURAS Y

SERVICIOS, S.L.), en cuanto a una participación indivisa del 5% del pleno dominio por

COMPRAVENTA en virtud de Escritura Pública autorizada en TOLEDO, por la notaria DOÑA

ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número 37 de su protocolo, el día 10 de

Enero de 2.008

4.-Identificación Catastral

Polígono 73. Parcela 6 del Catastro de Rústica de Toledo.

Referencia catastral 45900A073000060000XY

5. Inscripción registral

Registro de la Propiedad nº 1 de Toledo. Tomo 1105, Libro 597, a los folios 115, 116 y 117;

Tomo 1702, Libro 1194, al folio 4, finca 7.750.

6.- Operación previa de defecto de cabida

De acuerdo con el catastro, la parcela catastral que conforma la totalidad de la finca mide

137.421,00 m², según título inscrito mide 140.912,00 m² y según medición de los terrenos, la

extensión superficial de la finca es de 130.382,57 m².

a) Registral ... 140.912,00 m²

b) Real según medición ... 130.382,57 m²

c) Defecto de cabida... 10.529,43 m²

De conformidad con los artículos 54.5 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el

que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y 8 del Reglamento para la Ejecución de

la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza

(23)

Urbanística, aprobado por Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, se solicita del Registro de la

Propiedad una reducción de la superficie a 130.382,57 metros cuadrados.

7.- Superficie

Está incluida en el Sector PP2 la totalidad de la finca.

a) Registral real (con defecto de cabida)... 130.382,57 m²

b) Superficie que se aporta ... 130.382,57 m²

9.-Cargas y gravámenes, condiciones, sustituciones y demás derechos que la afecten:

Libre de cargas y gravámenes en cuanto a una participación indivisa del 6% del pleno dominio de

INMOBILIARIA DE VISTAHERMOSA por título de CESION

En cuanto al 94% restante se halla gravada por:

Una HIPOTECA a favor de La Entidad CAJA AHORROS CASTILLA MANCHA, con N.I.F.

G16131336, que grava el 61% de la finca, la que responderá de 11.222.683,6 euros de principal;

intereses ordinarios de 12 meses al tipo máximo del 11% por una cantidad máxima de

1.234.495,2 euros; intereses de demora de 12 meses al tipo máximo del 20% por una cantidad

máxima de 2.244.536,72 euros; unas costas y gastos judiciales de 1.122.268,36 euros. El plazo

de duración será de 48 meses, siendo su fecha de vencimiento el día 3 de Julio de 2.011. Se

tasa la finca a efectos de subasta en la cantidad de 15.823.983,88 euros.

OBSERVACIONES:

Esta hipoteca grava el SESENTA Y UNO POR CIENTO de la finca de este número, del que es

titular, INMOBILIARIA DE VISTAHERMOSA, S.A.

Formalizada en virtud de Escritura Pública autorizada en TOLEDO , por el/la notario/a DOÑA

ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número 1624 de su protocolo el día 3 de

Julio de 2.007; inscrita el día 7 de Marzo de 2.008, en el Tomo 1105 del Archivo, Libro 597 de

Toledo, al folio 116, motivando la inscripción 8ª.

---

Una HIPOTECA a favor de La Entidad CAJA AHORROS CASTILLA MANCHA, con N.I.F.

G16131336, que grava el 10% de la finca, la que responderá de 1.839.784 euros de principal;

intereses ordinarios de 12 meses al tipo máximo del 11% por una cantidad máxima de

202.376,24 euros; intereses de demora de 12 meses por una cantidad máxima de 367.956,8

euros; unas costas y gastos judiciales de 183.978,4 euros. El plazo de duración será de 48

meses, siendo su fecha de vencimiento el día 3 de Julio de 2.011. Se tasa la finca a efectos de

subasta en la cantidad de 2.594.095,44 euros.

OBSERVACIONES:

Esta hipoteca GRAVA EL DIEZ POR CIENTO de la finca del que es titular la Sociedad

"INVERSIONES IGRA S.L."

Formalizada en virtud de Escritura Pública autorizada en TOLEDO , por el/la notario/a DOÑA

ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número 1624 de su protocolo el día 3 de

Julio de 2.007; inscrita el día 7 de Marzo de 2.008, en el Tomo 1105 del Archivo, Libro 597 de

Toledo, al folio 116, motivando la inscripción 8ª.

---

Una HIPOTECA a favor de La Entidad CAJA AHORROS CASTILLA MANCHA, con N.I.F.

G16131336, que grava el 10% de la finca, la que responderá de 1.839.784 euros de principal;

intereses ordinarios de 12 meses al tipo máximo del 11% por una cantidad máxima de

(24)

202.376,24 euros; intereses de demora al tipo máximo del 20% por una cantidad máxima de

367.956,8 euros; unas costas y gastos judiciales de 183.978,4 euros. El plazo de duración será

de 48 meses, siendo su fecha de vencimiento el día 3 de Julio de 2.011. Se tasa la finca a

efectos de subasta en la cantidad de 2.594.095,44 euros.

OBSERVACIONES:

Esta hipoteca GRAVA EL DIEZ POR CIENTO de la finca del que es titular la Sociedad

"CONTRATAS LA MANCHA S.A." y la Sociedad "INICIATIVAS URBANAS DE LA SAGRA

S.L.".

Formalizada en virtud de Escritura Pública autorizada en TOLEDO , por el/la notario/a DOÑA

ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número 1624 de su protocolo el día 3 de

Julio de 2.007; inscrita el día 7 de Marzo de 2.008, en el Tomo 1105 del Archivo, Libro 597 de

Toledo, al folio 116, motivando la inscripción 8ª.

---

Una HIPOTECA a favor de La Entidad CAJA AHORROS CASTILLA MANCHA, con N.I.F.

G16131336, que grava el 9% de la finca, la que responderá de 1.655.805 euros de principal;

intereses ordinarios de 12 meses al tipo máximo del 11% por una cantidad máxima de

182.138,55 euros; intereses de demora de 12 meses al tipo máximo del 20% por una cantidad

máxima de 331.161 euros; unas costas y gastos judiciales de 165.580,5 euros. El plazo de

duración será de 48 meses, siendo su fecha de vencimiento el día 3 de Julio de 2.011. Se tasa la

finca a efectos de subasta en la cantidad de 2.334.685,05 euros.

OBSERVACIONES:

Esta hipoteca GRAVA EL NUEVE POR CIENTO de la finca del que es titular la Sociedad

"RESIDENCIAL PALOMAREJOS ALTOS S.A."

Formalizada en virtud de Escritura Pública autorizada en TOLEDO , por el/la notario/a DOÑA

ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número 1624 de su protocolo el día 3 de

Julio de 2.007; inscrita el día 7 de Marzo de 2.008, en el Tomo 1105 del Archivo, Libro 597 de

Toledo, al folio 116, motivando la inscripción 8ª.

---

Una HIPOTECA a favor de La Entidad CAJA AHORROS CASTILLA MANCHA, con N.I.F.

G16131336, que grava el 2% de la finca, la que responderá de 367.957 euros de principal;

intereses ordinarios de 12 meses al tipo máximo del 11% por una cantidad máxima de 40.475,27

euros; intereses de demora de 12 meses al tipo máximo del 20% por una cantidad máxima de

73.591,4 euros; unas costas y gastos judiciales de 36.795,7 euros. El plazo de duración será de

48 meses, siendo su fecha de vencimiento el día 3 de Julio de 2.011. Se tasa la finca a efectos

de subasta en la cantidad de 518.819,37 euros.

OBSERVACIONES:

Esta hipoteca GRAVA EL DOS POR CIENTO de la finca del que es titular la Sociedad

"SERVICIOS INMOBILIARIOS MURAES S.L."

Formalizada en virtud de Escritura Pública autorizada en TOLEDO , por el/la notario/a DOÑA

ANA FERNÁNDEZ-TRESGUERRES GARCÍA con el número 1624 de su protocolo el día 3 de

Julio de 2.007; inscrita el día 7 de Marzo de 2.008, en el Tomo 1105 del Archivo, Libro 597 de

Toledo, al folio 116, motivando la inscripción 8ª.

---

Una HIPOTECA a favor de La Entidad CAJA AHORROS CASTILLA MANCHA, con N.I.F.

G16131336, que grava el 2% de la finca, la que responderá de 367.957 euros de principal;

intereses ordinarios de 12 meses al tipo máximo del 11% por una cantidad máxima de 40.475,27

euros; intereses de demora de 12 meses al tipo máximo del 20% por una cantidad máxima de

73.591,4 euros; unas costas y gastos judiciales de 36.795,7 euros. El plazo de duración será de

48 meses, siendo su fecha de vencimiento el día 3 de Julio de 2.011. Se tasa la finca a efectos

de subasta en la cantidad de 518.819,37 euros.

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