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LA DISTRIBUCIÓN EN EL MERCADO ESPAÑOL DE ELECTRICIDAD

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LA DISTRIBUCIÓN EN EL MERCADO

ESPAÑOL DE ELECTRICIDAD

Fernando Lasheras

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Proceso

El cambio regulatorio ha seguido un proceso que comenzó con el

Protocolo y todavía no ha finalizado

- Firmado por EE y MINER - Liberaliza el merc ado de producción

-Introduce la Comercialización -Senda tarifaria

-Transitorio- CTC’s

Protocolo Ponencias Ley R. D. O.M.

HITOS

11/XII/1996 IV/1997 27/XI/1997 XII/1997-III/1998 I/1998 -Mercado -Dist. y Com. -Transporte -Régimen Especial -... -R.D. 2016/1997 por el que se establece la tarifa eléctrica -R.D. 2017/1997 por el que se regula el proceso de liquidaciones -R.D. 2018/1997 reglamento sobre puntos de medida -R.D. 2019/1997 mercado de producción -R.D. 2020/1997 regimen de ayudas al carbón -R.D 437/1998 sobre adaptación P.G.C a las EE

-O. M por la que se desarrollan algunos aspectos del R.D. 2019/1997 sobre el mercado de producción -O.M. modelo de declaración-liquidación impuesto de electricidad

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Objetivos

El motivo principal para reorganizar el Sistema Eléctrico Nacional

(SEN) ha sido la mejora de la eficiencia económica, respetando los criterios de protección y servicio esencial

Eficiencia Económica Eficiencia Económica Protección de Protección de Clientes y Empresas Clientes y Empresas Servicio Esencial Servicio Esencial

Deseo de reducción de costes, y por tanto precios, para mejorar la competividad de la economía nacional

Limitaciones a la eficiencia económica para controlar consecuencias no deseadas

Reconocimiento de la naturaleza de la electricidad como servicio básico

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Distribución y Comercialización

Generación Transporte Distribución Comercialización Planificación Centralizada Regulación Integral Generación Transporte Distribución Comercialización Negocios Regulados Libertad de abastecimiento de materias primas Libertad de instalación Mercado Mayorista

Libertad de elección de suministrador

El sector eléctrico ha pasado de una estructura verticalmente integrada a unas actividades que se gestionarán en base a relaciones contractuales.

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Organización y Estructura

Para reflejar estas diferencias se han planteado distintos tipos de

empresas que se relacionan con el resto del mercado mediante tarifas, contratos y peajes.

GENERADORES Red de Transporte Operador del Sistema Operador del Mercado y Liquidaciones Información Clientes a Tarifa Clientes Cualificados Distribución Comercialización a Tarifa Comerciali-zadores Clientes Cualificados Tarifas Contratos Peajes Pagos por Energía Pagos por Energía Contratos

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Distribución y Comercialización

La liberalización de la distribución se materializa mediante la

apertura de las redes a todos los agentes (ATR)

Generación Distribución Comercialización (Regulado)

Nuevo esquema regulatorio

ATR

(7)

7

ATR Negociado ATR Regulado

Tarifas de Acceso al Sistema

Externalidades Peajes de acceso a la red

• Cubre los costes de la red

• Pagan los comercializadores y clientes cualificados • Únicos en todo el país

• Diferenciados por nivel de tensión y características de utilización

• Implican liquidaciones entre empresas

Acceso de terceros a la red

Los clientes cualificados tienen acceso al mercado, previo pago

de un peaje, el cual, junto con parte de la tarifa constituyen la retribución de la Distribución

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Retribución

Tarifa y Competencia

La retribución y las tarifas o precios se establecerán según el tipo de negocio

Distribución y Comercialización a Tarifa

Distribución y Comercialización a Tarifa ComercializaciónComercialización

Competitiva

Competitiva

Precios

Retribución

1. La tarifa media bajará cada año según el Protocolo

2. El reparto entre las distintas tarifas lo establece el MINER

3. Este reparto se acercará a los costes marginales

1. La retribución total para 1997 está fijada por el Protocolo

2. Cada año, este total cambiará según el

crecimiento del mercado, afectado por factores de eficiencia

3. Además del crecimiento, se ajustará el total por la inflación global y un factor de mejora de la

eficiencia (IPC-1)

4. Asignación a las empresas será establecida según

las características del mercado, la dispersión de los consumos y el volumen de actividad

Retribución y Precios Establecidos por

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Retribución

Planteamiento Actual

Aún no se ha decidido el modelo de retribución definitivo, pero todo apunta a que se establecerá alrededor del modelo de red de referencia.

Transporte

Transporte Unidades físicas. Valores estándares

Subastas

Unidades físicas. Valores estándares Subastas

Distribución

Distribución

Cifra Global

Reparto según modelo de red de referencia Periodo transitorio

Cifra Global

Reparto según modelo de red de referencia Periodo transitorio Gestión Comercial Gestión Comercial Nº contratos a tarifa Nº contratos de ATR Potencia contratada Nº contratos a tarifa Nº contratos de ATR Potencia contratada

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Requisitos

Calidad de Servicio (CDS)

Hay tres tipos de calidad que tienen un tratamiento particularizado

Calidad del Producto

(onda, tensión,etc)

Calidad del Producto

(onda, tensión,etc) Continuidad de Suministros (interrupciones, reposición, etc) Continuidad de Suministros (interrupciones, reposición, etc) Atención al Cliente Atención al Cliente Norma UNE-EN 50,160 Norma UNE-EN 50,160 Limites de índices zonales Limites de índices zonales Compromisos individuales Compromisos individuales • Facilitar información estadística • Vigilar nivel de perturbación en la red • Facilitar información estadística • Vigilar nivel de perturbación en la red • Planes de mejora por cuenta de la empresa • Penalización por incumplimiento • Planes de mejora por cuenta de la empresa • Penalización por incumplimiento

Pagos individuales por incumplimiento

Pagos individuales por incumplimiento

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Consumo de Energía

Requisitos

Pérdidas

Las empresas Distribuidoras son responsables de la energía que entra en sus redes y por tanto de las pérdidas en sus instalaciones

Asignación de Energía Compra de energía por el Distribuidor Pérdidas Reales Pérdidas Estándar Diferencias

a cargo del Distribuidor

-- Media de los 4 últimos años

- Constante por períodos de 4 años

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Liquidaciones

Los negocios regulados son recaudadores por cuenta propia y ajena. Su retribución la perciben tras un proceso de liquidaciones entre

empresas TARIFA PEAJES ADQUISICIÓN DE ENERGÍA EN EL MERCADO PROCESO DE LIQUIDACION ENTRE EMPRESAS TRANSPORTE DISTRIBUCIÓN CTC’S CNSE % 0.215 OS % 0.121 OM % 0.083 Extrapen. % 3.64 Mor. Nuc % 3.54 Stock Ur% 0.138 Seg Ciclo % 1.837 Comp Int % 0.089 CNSE % 0.094 OS % 0.053 OM % 0.036 Extrapen. % 1.585 Mor. Nuc % 3.54 Stock Ur% 0.060 Seg Ciclo % 0.8 Comp Int % 0.039

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Distribuidor

Red (1/2)

Obligaciones y derechos:

Distribuir energía eléctrica, así como construir, mantener y operar las instalaciones de distribución destinadas a situar la energía en los puntos de consumo.

Prestar el servicio de distribución de forma regular y

continua, y con los niveles de calidad que se determinen,

manteniendo las redes de distribución eléctrica en las adecuadas condiciones de conservación e idoneidad técnica.

La Ley 54/1997 define las funciones, obligaciones y derechos de los distribuidores, tanto para sus actividades relacionadas con las

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Distribuidor

Red (2/2)

Proceder a la ampliación de las instalaciones de distribución

cuando así sea necesario para atender nuevas demandas de suministro eléctrico.

Percibir la retribución que le corresponda por el ejercicio de la actividad de distribución.

La retribución de la actividad de distribución se establecerá

reglamentariamente y permitirá fijar la retribución que haya de

corresponder a cada sujeto atendiendo a los siguientes

criterios: costes de inversión, operación y mantenimiento de las instalaciones, energía circulada, modelo que caracterice las

zonas de distribución, los incentivos que correspondan por la calidad del suministro y la reducción de las pérdidas, así como otros costes necesarios para desarrollar la actividad.

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Distribuidor

Venta de Energía (1/3)

Obligaciones y derechos:

Proceder a la venta de energía eléctrica a aquellos

consumidores finales que la adquieran a tarifa o a otros

distribuidores que también adquieran la energía eléctrica a tarifa.

Las tarifas eléctricas serán cobradas por las empresas que

realicen las actividades de distribución de la energía eléctrica mediante su venta a los consumidores, debiendo dar a las

cantidades ingresadas la aplicación que proceda de acuerdo con lo previsto en la presente Ley.

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Distribuidor

Venta de Energía (2/3)

La retribución de la actividad de comercialización que

corresponda ser abonada por clientes a tarifa se realizará

atendiendo a los costes derivados de las actividades que se

estimen necesarias para suministrar energía a dichos

consumidores, así como, en su caso, los asociados a programas de incentivación de la gestión de la demanda.

Adquirir la energía eléctrica necesaria para atender el suministro de sus clientes.

Atender en condiciones de igualdad las demandas de

nuevos suministros eléctricos en las zonas en que operen.

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Distribuidor

Venta de Energía (3/3)

Aplicar a los consumidores la tarifa que, conforme a lo

dispuesto por la Administración General del Estado, les

corresponda.

Informar a los consumidores en la elección de la tarifa eléctrica

más conveniente para ellos.

Poner en práctica los programas de gestión de la demanda

aprobados por la Administración.

Procurar el uso racional de la energía. – Asegurar el nivel de calidad del servicio.

Adquirir la energía necesaria para el desarrollo de sus actividades.

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Comercializador

(1/2)

Obligaciones y derechos:

Los comercializadores, son aquellas personas jurídicas que,

accediendo a las redes de transporte o distribución, tienen como

función la venta de energía eléctrica a los consumidores que tengan la condición de cualificados o a otros sujetos del

sistema.

– Aquellas personas jurídicas que quieran actuar como

comercializadoras, habrán de contar con autorización

administrativa previa y deberán estar inscritas en el Registro

Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados.

La Ley 54/1997 también define las funciones, obligaciones y derechos de los nuevos agentescomercilizadores.

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Comercializador

(2/2)

La retribución de los costes de comercialización a consumidores

cualificados será la que libremente se pacte por los

comercializadores y sus clientes.

Proceder directamente o a través del correspondiente distribuidor

a la medición de los suministros.

Poner en práctica los programas de gestión de la demanda

aprobados por la Administración.

Procurar un uso racional de la energía.

Adquirir la energía necesaria para el desarrollo de sus actividades.

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Acometidas

La nueva legislación implica un cambio importante en el

tratamiento de las acometidas

Elementos clave

Elementos clave

Ley del Suelo 6/98: En suelo urbano sin condición de solar o suelo urbanizable los propietarios deben ejecutar la infraestructura.

Ley del Sector Eléctrico 54/97: Los ingresos por

derechos de acometidas se considerarán, a todos los efectos, retribución de la actividad de distribución.

R.D. 437/98: Los importes recibidos por acometidas tendrán como contrapartida una cuenta de ingresos a distribuir en varios ejercicios.

Ley del Suelo 6/98: En suelo urbano sin condición de solar o suelo urbanizable los propietarios deben ejecutar la infraestructura.

Ley del Sector Eléctrico 54/97: Los ingresos por

derechos de acometidas se considerarán, a todos los efectos, retribución de la actividad de distribución.

R.D. 437/98: Los importes recibidos por acometidas tendrán como contrapartida una cuenta de ingresos a distribuir en varios ejercicios.

Consecuencias

Consecuencias

Modificación de la ordenación: Distinto reparto de

responsabilidades + modificación profunda del derecho de acometidas .

Introducción de las características del mercado en el esquema de retribución (red de referencia).

Necesidad de estandarizar los ingresos a efectos de liquidatorios.

Grave impacto en la cuenta de resultados de las empresas.

Modificación de la ordenación: Distinto reparto de

responsabilidades + modificación profunda del derecho de acometidas .

Introducción de las características del mercado en el esquema de retribución (red de referencia).

Necesidad de estandarizar los ingresos a efectos de liquidatorios.

Grave impacto en la cuenta de resultados de las empresas.

Referencias

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