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Lima, Perú 6 de octubre de 2014 UNOPS/PER/ C

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Lima, Perú

6 de octubre de 2014

UNOPS/PER/122023-C

Ref.: Aclaración No. 1

Concurso Público Internacional PEOC/14/90785/2105 “Contratación del Servicio de Supervisión Integral de la Concesión de la Línea 2 y Ramal Av. Faucett – Av. Gambetta del Metro de Lima y Callao”

Estimados proponentes:

La siguiente Aclaración es pertinente al proceso de la referencia y deberá ser considerada para la preparación de sus propuestas:

Pregunta No. 1:

Los tiempos dados de tan solo 42 días calendarios son muy cortos para presentar adecuadamente lo solicitado en las Bases, por lo que desde ya agradeceré reconsiderar de inmediato un tiempo prudencial.

Respuesta No. 1: Ver Enmienda N° 1

Pregunta No. 2:

Entre la documentación solicitados, se expresa en el numeral 9.2 literal c) el requisito del RNP para Consultaría de Obras, puertos y afines. …..y en el literal f) del mismo numeral se indica que cada una de las firmas del Consorcio deberá de contar con RNP.

"BASES DE CONCURSO PUBLICO INTERNACIONAL 9.2 DOCUMENTACIÓN LEGAL

c.- Certificado de inscripción vigente del Proponente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), como Consultores de Obras, en la especialidad de:

Consultoría de obras viales, puertos y afines. Carreteras con pavimento asfáltico o concreto, caminos rurales, puentes, túneles, líneas ferroviarias, explotaciones mineras, puertos y aeropuertos, pavimentación de pistas de aterrizaje y afines …..

f.- En el caso de que el Proponente sea un consorcio, cada una de las firmas consorciadas deberá presentar por separado los documentos señalados en los numerales 9.1 a), c) y 9.2 a), b), c) y d) en lo que les corresponda. La omisión de cualquiera de estos documentos por parte de una sola de las firmas originaría o suscitaría la descalificación del conjunto del Consorcio."

1. Tratándose de un Concurso Internacional y conocidos los plazos (normalmente largos) del trámite para la inscripción de una Entidad en el RNP, se pregunta si es obligatoria la inscripción de las empresas extranjeras hasta la fecha de entrega de las propuestas en esto concurso?

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2. En caso de no ser obligatoria la inscripción de las empresas extranjeras incluso la fecha de entrega de las propuestas, se pregunta si deberá ser garantizada su inscripción hasta la fecha de la buena pro y firma del contrato? Caso afirmativo preguntamos cómo habrá condiciones de garantir la compatibilidad de eses plazos con los plazos obligatorios de tramitación en la OSCE?

Respuesta No. 2:

1. Los proponentes no domiciliados en el Perú que no estén inscritos en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), no requieren presentar RNP en su propuesta, sin embargo en caso de obtener la Buena Pro, para la suscripción del contrato deberán presentar el Registro Nacional de Proveedores del OSCE.

2. Ver respuesta a Consulta N° 2.1.

Pregunta No. 3:

Tanto para la experiencia General como para la experiencia específica, aceptar experiencia en servicios de supervisión y/o estudios y diseños de obras de infraestructura vial que incluyan dentro de su objeto y/o alcance túneles vehiculares y/o puentes y/o viaductos.

Respuesta No. 3:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 4:

Solicitamos tener en cuenta la experiencia del numeral anterior para el personal solicitado.

Respuesta No. 4:

Ver respuesta a la consulta N° 3

Pregunta No. 5:

Para el Jefe de Supervisión y para el Jefe de Calidad, no exigir proyectos con valores.

Respuesta No. 5:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 6:

Que la supervisión o inspección de la construcción de túneles sea en zona urbana y/o rural.

Respuesta No. 6:

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Pregunta No. 7:

Entendimos que uno del alcance del servicio del trabajo más importante en presente proyecto gestiona el proceso de diseño y revisa y aprueba todos los documentos presentados por concesionario.

Por esta razón le pedimos que se aceptan las referencias del diseño entre las condiciones requeridas en la SECCIÓN III CRITERIO DE EVALUACIÓN para los siguientes artículos:

- supervisión o inspección de construcción de túneles mediante el Nuevo Método Austriaco (NATM) en zonas urbanas

- supervisión o inspección de construcción de plataforma e instalación de vía férrea y catenaria

- supervisión o inspección de construcción de estaciones subterráneas construidas mediante muros pantalla. o pantalla de pilote

- supervisión o inspección de construcción de estaciones subterráneas en caverna - supervisión o inspección de instalación de 1 patio de talleres para metro

Respuesta No. 7:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 8:

En relación con el punto 9.4.1 de las bases del concurso, se consulta si es posible demostrar la experiencia general y específica del proponente, a partir de proyectos realizados por sus filiales, todas ellas de propiedad de la matriz.

Respuesta No. 8: Afirmativo.

Pregunta No. 9:

Teniendo en cuenta los criterios de evaluación descritos en la sección III numeral 2.3.1 de las bases del concurso, se solicita aclarar si sólo se aceptará la experiencia de cada aspecto parcial solicitado, siempre que ésta se derive de contratos de “inspección o supervisión de obras integrales” de Metro, es decir, si el proponente por ejemplo puede probar tener alta experiencia en el diseño o la supervisión o la inspección de la construcción de túneles mediante los métodos de TBM en zonas urbanas, dentro de contratos que NO son integrales, esta experiencia será tenida en cuenta?

Respuesta No. 9: Afirmativo.

Pregunta No. 10:

De acuerdo con lo establecido en la sección III numeral 2.3.1, se consulta si se puede demostrar la experiencia general con un solo contrato, siempre y cuando el monto de inversión del proyecto sea superior a U.S.3.500 millones. En el momento de evaluar la oferta se dará el máximo puntaje establecido para el caso de la experiencia general, bajo estas circunstancias?

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Respuesta No. 10:

No existe un número límite de contratos para sustentar las experiencias.

Pregunta No. 11:

Se consulta si la experiencia específica asociada a túneles excavados con TBM o por el método NATM, puede ser demostrada a partir de proyectos de túneles de uso transporte ferroviario o vehicular.

Respuesta No. 11:

Negativo. Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 12:

En relación con la formalidad establecida en el numeral 9.4.3.1 de las bases del concurso para la presentación de los certificados de experiencia del personal clave, se solicita que sea permitida la presentación de los certificados de experiencia de los profesionales, avalados por el certificado de experiencia de la empresa, emitido por el mandante, con la presentación de una declaración jurada por parte del proponente que certifica la participación de dicho profesional en el proyecto. Lo anterior se solicita teniendo en cuenta que la formalidad de los certificados es muy diverso y en ocasiones los mandantes solamente entregan un solo certificado que avala tanto a los profesionales como al proponente. Adicionalmente, el tener que solicitar nuevos certificados con la formalidad solicitada en el presente concurso, puede limitar la participación debido al tiempo que puede requerir el proceso de regularización.

Respuesta No. 12:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 13:

En. En relación con lo establecido en la sección III numeral 2.5.1 de las bases del concurso, se solicita aclarar si para el caso del Jefe de Estudios, se deberá demostrar la participación en 5 proyectos de sistemas ferroviarios o de metro para obtener el puntaje máximo, o bastará con demostrar la participación en solamente 3 proyectos para obtener el máximo puntaje.

Respuesta No. 13:

Se deberá demostrar 5 proyectos para la máxima puntuación

Pregunta No. 14:

En relación con el perfil solicitado para el Jefe de Túneles, se solicita permitir también la postulación de profesionales con experiencia en diseño y supervisión, teniendo en cuenta que actualmente las bases del concurso estipulan profesionales con experiencia en construcción de túneles.

Respuesta No. 14:

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Pregunta No. 15:

En relación con el perfil solicitado para el Jefe de la Supervisión, se solicita ampliar la postulación de profesionales con experiencia profesional igual o superior a lo solicitado, pero sin requerir la certificación PMP, solicitada en las bases del concurso.

Respuesta No. 15: Ver Enmienda N°01.

Pregunta No. 16:

Teniendo en cuenta las particularidades del proyecto y la formalidad de la documentación solicitada para sustentar experiencia del proponente y sus profesionales, se solicita considerar una extensión de 1 mes para la presentación de la oferta.

Respuesta No. 16:

Ver respuesta a la Consulta N°1

Pregunta No. 17:

Con relación a las traducciones al español de la documentación solicitada por las bases del concurso, se entiende que se trataría de una traducción simple (No oficial, no certificada). Favor aclarar.

Respuesta No. 17: Afirmativo

Pregunta No. 18:

Sección: Sección I. Instrucciones para los proponentes Numeral: 2. Financiamiento

Página: 5

En el numeral 2. Financiamiento, se indica que los pagos de los honorarios por los servicios de supervisión integral será financiado con recursos financieros provenientes del Concesionario conforme a lo establecido en el Contrato de Concesión respectivo.

Se consulta si el Contratante garantizará el pago al Consultor en caso se incumpla el requerimiento señalado.

Respuesta No. 18:

De acuerdo con el contrato de Concesión: El segundo párrafo de la cláusula 17.8 establece lo siguiente:

“En caso el CONCESIONARIO no cancele los montos indicados en las mencionadas

cláusulas el CONCEDENTE podrá ejecutar la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato de Concesión hasta el monto indicado, para cumplir con dicha obligación.”

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Pregunta No. 19:

Sección: Sección I. Instrucciones para los proponentes Numeral: 9.2 Documentación Legal

Página: 13

En el numeral f) se indica lo siguiente: Participación de cada firma Consorciada en porcentaje del costo y ejecución del servicio. La participación mínima de la firma líder del consorcio debe ser al menos 30% y para las demás firmas, el mínimo de 15% de participación.

Además, en los Términos de Referencia, numeral 11 Perfil de la Empresa Supervisora, solicitan como experiencia General y Especifica experiencia en Supervisiones en Obras Civiles, Obras Electromecánicas, y además en el numeral 11.10 Experiencia en Supervisión o Inspección de fabricación y puesta en marcha de material rodante de 30 trenes de 7 coches cada uno para Metro.

Inclusive, en el numeral 9.2 c), se solicita que el Certificado de Inscripción del proponente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), sea en la especialidad de Consultoría en Obras Viales, Puertos y afines.

La actividad de Supervisión en Material Rodante son trabajos de firmas muy especializadas, y normalmente estos trabajos se sub contratan a dichas empresas. Además, en la relación de personal clave solo está considerado un solo especialistas en Material Rodante con asistentes, por lo cual el presupuesto correspondiente a dichas actividades como máximo representarían entre el 2% al 3% del monto total del Contrato de Supervisión, y con dicho pequeño porcentaje real de participación, dicha firma deberá tomar la responsabilidad de todo el proyecto. Incluso, si la empresa a cargo de Material Rodante no podrá obtener el RNP en la especialidad de Obras Viales, Puertos y afines, por no ser materia de su especialidad, por lo tanto sería poco práctico que dicha empresa forme parte del grupo del Consorcio Supervisor.

Además, haciendo una similitud al proceso de Concesión, en las Bases del Concurso de Proyectos Integrales para la Concesión de la Línea 2 y ramal Av. Faucett – Av. Gambetta, de la red básica del Metro de Lima, en el numeral 5.2.1.2 Del Proveedor de Material Rodante, se solicitaba que la experiencia podría ser acreditada directamente por el consorcio o a través de un Proveedor de Material Rodante, y en la cual se exigía experiencia en trenes urbanos previstos para ser equipados con el sistema CBTC o con la tecnología GoA4 o la tecnología GoA3. Dicha acreditación podría ser mediante el mismo proveedor o a través de una empresa vinculada.

Por tal motivo, solicitamos que la experiencia solicitada en el numeral 11.10 Supervisión o inspección de Material Rodante pueda ser acreditada por una empresa Sub Contratista, la cual deberá ser nominada en la propuesta del Postor, para lo cual se presentará una promesa firme de celebración de subcontrato de supervisión de material rodante. Además, solicitamos que tal como se solicitó en el Concurso del Concesionario, se modifique la solicitud de experiencia en Supervisión de Material Rodante para trenes urbanos, para ser equipados con el sistema CBTC o con la tecnología GoA4 o la tecnología GoA3 o GoA2, y dicha acreditación podría ser mediante la misma empresa o a través de una empresa vinculada.

Respuesta No. 19:

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Pregunta No. 20:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección I. Instrucciones para los proponentes Numeral: 9.2 Documentación Legal

Página: 13

En el numeral f) se indica lo siguiente: Participación de cada firma Consorciada en porcentaje del costo y ejecución del servicio. La participación mínima de la firma líder del consorcio debe ser al menos 30% y para las demás firmas, el mínimo de 15% de participación.

Dentro de las obras a Supervisar, se encuentran obras civiles, obras electromecánicas, material rodante, sistemas de señalización y automatización tipo GoA4, instrumentación y auscultación, estaciones, patios talleres, etc.

Muchos de estos trabajos al ser completamente especializados, originan la obligatoria conformación de un consorcio, en el cual deban participar empresas que en conjunto aportan la exigente experiencia solicitada en las presentes bases. Sin embargo, hay tipos de trabajos que por su poca magnitud solo representan un promedio de 3% a 4% del monto total del contrato de supervisión, como por ejemplo: Los trabajos de supervisión o inspección del material rodante, el sistema de señalización y automatización GoA4, Patios talleres, etc. Entonces, dichas empresas, de acuerdo a las actuales bases, deberán tener participación mínima de 15%, pero en la realidad dicho porcentaje no podría ser justificado con la poca participación de personal y experiencia que aporten dichos trabajos.

Se debe tener presente el orden de magnitud del presupuesto de Supervisión del presente concurso, donde un porcentaje del 15% representa por ejemplo una cifra similar a toda la supervisión del tramo 2 de la Línea 1 del Metro de Lima que tuvo una duración de más de 3 años.

Los montos actuales del presente concurso se deben a que la mayor participación en la Supervisión serán los trabajos de Obras Civiles y Obras Electromecánicas, donde el personal y recursos tendrían una alta incidencia en el presupuesto.

Es por tal motivo, para no distorsionar la realidad de participación en un Consorcio Supervisor, y que las reales participaciones de estos sean mejor distribuidos dentro de las firmas conformantes de dicho consorcio, solicitamos se disminuya el porcentaje de participación mínima de las firmas en caso de Consorcios al 5%, y sugiriendo restringir a un máximo de 5 firmas por Consorcio para asegurar una mejor administración y eficiencia del consorcio.

Respuesta No. 20:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 21:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección I. Instrucciones para los proponentes

Numeral: ítem 1; 4.1.2 Incompatibilidades, prohibiciones y/o impedimentos Página: 6

En el ítem 1 se señala: “Si la empresa supervisora o el Jefe de la Supervisión propuesto, ha prestado en los doce meses anteriores a la fecha de la convocatoria, servicios al concesionario o a sus accionistas o filiales o sucursales”.

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Sírvase confirmar que los accionistas del Consorcio Nuevo Metro de Lima son:

• IRIDIUM CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA S.A. (ESPAÑA)

• VIALIA SOCIEDAD GESTORA DE CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA S.L. (ESPAÑA)

• COSAPI SA (PERÚ)

• SALINI IMPREGILO S.P.A. (ITALIA) • ANSALDO STS SPA (ITALIA) • ANSALDO BREDA SPA (ITALIA) Socio Estratégico

IRIDIUM CONCESIONES DE INFRAESTRUCTURA S.A. (ESPAÑA).

Asesor Técnico en Operación

• METRO DE MADRID (ESPAÑA).

Además, de acuerdo a la Circular Nº 54 del Concurso de Proyectos integrales para la concesión de la línea 2, los subcontratista constructores son:

• DRAGADOS S.A. • FCC CONSTRUCCION S.A. • COSAPI S.A. • IMPREGILO SPA • ANSALDO STS SP Respuesta No. 21:

Con relación a los accionistas, corresponde al postulante identificar sus propias relaciones contractuales y ello implica identificar la existencia o no de impedimentos para la presente licitación. No corresponde entregar información sobre accionistas de la empresa concesionaria.

Pregunta No. 22:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Llamado a Concurso para presentar propuesta Numeral: 8.

Página: 4

De acuerdo al llamado para presentar propuestas, la fecha de presentación de oferta es el día 14 de octubre de 2014.

Teniendo en cuenta que los requerimientos exigidos en las bases del concurso son varios y bastante exigentes, con documentación a ser tramitada fuera del país, y además, debido a que la absolución de consultas será decisiva en la preparación de la documentación a presentar y en la conformación misma de los consorcios y selección de personal, solicitamos una ampliación para el plazo de presentación de ofertas de por lo menos 30 días calendario desde el 14/10/14, o en todo caso, 45 días calendario desde la fecha de respuesta de UNOPS de las consultas planteadas.

Respuesta No. 22:

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Pregunta No. 23:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección I. Instrucciones para los proponentes Numeral: 9.2 Documentación Legal

Página: 12

Consulta:

En el ítem c) del numeral 9.2 Documentación Legal, se solicita presentar el Certificado de inscripción vigente del RNP, en la especialidad de Consultoría de Obras Viales, Puertos y afines.

De acuerdo a los Términos de Referencia, se ejecutarán obras civiles, obras electromecánicas, material rodante y obras de estaciones.

Por lo tanto, solicitamos que se amplié a los postores, y a los miembros del Consorcio a las siguientes especialidades:

1) Consultoría en Obras Urbanas, Edificaciones y afines 2) Consultoría en Obras Viales, Puertos y afines

4) Consultoría en Obras Electromecánicas y afines

Es importante además que la empresa encargada del material rodante, solo pueda demostrar el ítem 4

Respuesta No. 23: Ver Enmienda N° 1

Pregunta No. 24:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección I. Instrucciones para los proponentes Numeral: 9.3 Documentación Financiera

Página: 14

En el numeral c) se solicita lo siguiente: Copia Simple de los estados financieros completos, (balances, estados de resultados y cambios de posición financiera) de las dos (2) últimas gestiones (2012-2013) certificado por un Contador Público Colegiado o el equivalente en el país de origen.

Asimismo, deberá presentar los estados financieros preliminares correspondientes al 2014, para cuyo caso se aceptarán informes preliminares del año entero o que abarquen por lo menos los resultados parciales correspondientes a los primeros tres trimestres del 2014. Los informes financieros del 2014 deberán estar firmados por el Oficial Jefe de Finanzas (Chief Financal Officer) de la entidad participante o su representante, siempre y cuando dicho representante cuente con la debida autoridad para la certificación solicitada. Para este último caso, se deberá presentar la documentación que autoriza al firmante de los estados financieros, que actúe en calidad de representante.

Se consulta:

1) Confirmar que también se podrá presentar copia de los Balances Auditados de los años 2012 y 2013, con la correspondiente firma de los auditores externos.

2) En el caso de las empresas locales, solicitamos confirmar que el Oficial Jefe de Finanzas (Chief Financal Officer) equivale al Gerente Administrativo y/o Financiero o

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su equivalente, y por lo tal, no será necesario presentar documentación de autorización de representante, puesto que el propio Gerente Administrativo y/o Financiero será el que firme la documentación solicitada.

Respuesta No. 24: 1. Se confirma

2. Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 25:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección I. Instrucciones para los proponentes Numeral: 9.4.1.1 Experiencia General

Página: 14 y 38

El primer párrafo de dicho numeral se solicita lo siguiente: El Proponente deberá demostrar haber realizado supervisiones o inspecciones de la ejecución de proyectos de Metros con construcción de obras subterránea, concluidas en los últimos diez (10) años, pudiéndose acreditar obras no concluidas; siempre que se certifiquen avances mínimos de 50%.

La experiencia general constituye un factor de evaluación de propuestas de acuerdo con los criterios de calificación descritos en la Sección III de las presentes bases.

Para sustentar la experiencia general el Proponente deberá presentar en el Formulario A-5.1 (Experiencia General en los últimos diez años) detallando la relación de los principales servicios concluidos o en proceso de ejecución. Si participó en consorcio deberá indicar el porcentaje de participación.

En la sección III, numeral 2.3.1 Experiencia General, se solicita experiencias en supervisión o inspección de la ejecución de proyectos de Metros con montos de inversión ejecutada total acumulada mínima de US$ 3,000 millones, de los cuales al menos 1,500 millones sean de construcción subterránea.

Además, en el último párrafo de la página 15 se indica lo siguiente: En los casos de servicios prestados en consorcio con otras firmas consultoras, el Proponente sólo deberá computar los montos facturados correspondientes a su participación en dichos servicios, indicando además el nombre de la(s) firma(s) con la que se consorcio, costo total de los servicios y porcentaje de participación del consorcio, debidamente sustentado mediante el contrato del servicio o contrato de asociación o documento similar

Consultamos lo siguiente:

1. No se especifica el número de contratos como máximo se debe presentar para acreditar la experiencia general, ni la experiencia adicional, por lo que sugerimos que como máximo se deberá presentar 05 Contratos para acreditar la experiencia general y de 1 a 3 contratos para la experiencia adicional.

2. Confirmar que en caso una firma acredite un contrato que participo en consorcio, el valor de la inversión ejecutada de dicho servicio resultara de aplicar dicho porcentaje de participación sobre el valor total de la inversión declarada.

3. En el caso de obras no concluidas, solicitamos confirmar que el monto total del valor de la inversión declarada se multiplicará por el porcentaje de avance de dicho servicio, entendiéndose que una firma solo podrá demostrar lo realmente ejecutado a la fecha. 4. Solicitamos modificar el último párrafo de la página 15, puesto que lo solicitado no

corresponde a los costos de los servicios de consultoría, sino al valor total de la inversión.

5. Solicitamos se considere además de la supervisión o inspección, proyectos que contengan supervisión de expediente técnico o Supervisión de Diseño y/o supervisión de

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ejecución de obras como válido para demostrar la experiencia general, toda vez que de acuerdo a los términos de referencia, el presente concurso tiene ambos servicios de manera similar a lo solicitado.

6. Solicitamos que la experiencia se amplié no solo a supervisión e inspección, sino a denominaciones similares como Gerencia Integral de Proyecto, Fiscalización de Proyectos, Project Management, o según prácticas internacionales.

Respuesta No. 25:

1. Las bases no establecen una cantidad máxima ni mínima de contratos. 2. Se confirma.

3. Se confirma. Remitirse a la cláusula 2.3.1 de la Sección III de las bases. 4. Ver Enmienda N° 1

5. Ceñirse a lo indicado en las bases. 6. Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 26:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección I. Instrucciones para los proponentes Numeral: 9.4.1.3

Página: 15

En el segundo párrafo se indica lo siguiente: Se aclara que para sustentar la experiencia general, se podrán utilizar los mismos contratos presentados como sustento para la experiencia específica, cuando corresponda.

Esto es importante, toda vez que un mismo servicio puede ser acreditado para demostrar el monto de inversión ejecutada en el caso de la experiencia en general, y por otro lado, acredita la característica similar solicitada en los 10 ítems de experiencia especifica.

Pero además, lo solicitado como experiencia específica en dichos 10 ítems, son diferentes tipos de requerimientos que en su conjunto se traduce en el requisito total de la presente convocatoria.

Es por ello, que una experiencia que un Postor pueda presentar para acreditar determinado ítem puede servir para acreditar otro ítem diferente. Por ejemplo: Una experiencia en Supervisión de un proyecto que cuente con determinados kilómetros ejecutados en TBM y a la vez cuente con un determinado kilómetros en NATM (el presente proceso cuenta con dicha similitud), pueda ser empleado para que dicho postor pueda acreditar su experiencia en ambos ítems.

Por lo tanto, solicitamos que se podrá acreditar un contrato en uno o más ítems de la experiencia específica, siempre y cuando cumpla con lo exigido en las bases.

Respuesta No. 26:

Se podrá acreditar con un contrato en uno o más ítems de la experiencia específica, siempre y cuando cumpla con lo exigido en las bases.

Pregunta No. 27:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección III. Criterios de Evaluación Numeral: 2.3.2 Experiencia Específica

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Página: 39 y 104

En el primer requerimiento se solicita como mínimo experiencia en los últimos 10 años en el diseño o la supervisión del diseño de al menos 2 proyectos de metro. (Se indica que el diseño debe incluir especificaciones técnicas detalladas).

Debido a que los expediente técnicos incluyen no solo los diseño finales, sino además presupuestos, especificaciones, etc., solicitamos que se incluya para dicho requerimiento los Expedientes Técnicos y Supervisión de Expedientes Técnicos de obras.

Además, solicitamos que en caso, existan contratos que incluyan Supervisión de Expedientes Técnicos y Supervisión de Obras, estos sean considerados como equivalentes, toda vez que dichos contratos son únicos e indivisibles, y cumplen con el requerimiento solicitado en las bases.

Respuesta No. 27:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 28:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección III. Criterios de Evaluación Numeral: 2.3.2 Experiencia Específica Página: 39 y 104

En el segundo requerimiento se solicita Experiencia en los últimos 10 años en el diseño o la supervisión o la inspección de la construcción de túneles mediante los métodos de TBM en zonas urbanas, con una longitud acumulada de al menos 25 km, concluidos durante dicho periodo de tiempo o en proceso de ejecución con una avance mayor al 50%.

Consultamos lo siguiente:

1. En los requerimientos posteriores, solo se solicitan Supervisión o Inspección de obras similares, sin embargo, para el requerimiento de la experiencia de túneles con TBM, se está solicitando además diseños. Debido a que los Términos de Referencia del actual concurso se indican trabajos de supervisión de diseño y supervisión de obras, solicitamos se elimine el diseño como experiencia específica en construcción de túneles con TBM, y se incluyan las supervisiones de diseño o expediente técnico.

2. No se especifica el número de contratos como máximo se debe presentar para acreditar la dicha experiencia, ni la experiencia adicional, por lo que sugerimos que como máximo se deberá presentar 05 Contratos para acreditar la experiencia en TBM en zonas urbanas y de 1 a 3 contratos para la experiencia adicional.

3. Confirmar que en caso una firma acredite un contrato que participo en consorcio, la longitud válida para dicha firma será la que resulte de aplicar dicho porcentaje de participación sobre la longitud total de la vía declarada.

4. En el caso de obras no concluidas, solicitamos confirmar que la longitud que aporta la empresa se multiplique por el porcentaje de avance de dicho servicio, entendiéndose que una firma solo podrá demostrar lo realmente ejecutado a la fecha.

5. Solicitamos que la experiencia se amplié no solo a supervisión e inspección, sino a denominaciones similares como Gerencia Integral de Proyecto, Fiscalización de Proyectos, Project Management, o según prácticas internacionales.

Respuesta No. 28:

1. Ceñirse a lo indicado en las bases.

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3. Afirmativo.

4. Ver respuesta 25.3

5. Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 29:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección III. Criterios de Evaluación Numeral: 2.3.2 Experiencia Específica Página: 39 y 104

En el tercer requerimiento se solicita Experiencia en los últimos 10 años en la supervisión o inspección de la construcción de túneles mediante el Nuevo Método Austriaco (NATM) en zonas urbanas, con longitud de al menos 20 km, concluidos durante dicho periodo de tiempo o en proceso de ejecución con una avance mayor al 50%.

Consultamos lo siguiente:

1. No se especifica el número de contratos como máximo se debe presentar para acreditar la dicha experiencia, ni la experiencia adicional, por lo que sugerimos que como máximo se deberá presentar 05 Contratos para acreditar la experiencia en NATM en zonas urbanas y de 1 a 3 contratos para la experiencia adicional.

2. Confirmar que en caso una firma acredite un contrato que participo en consorcio, la longitud válida para dicha firma será la que resulte de aplicar dicho porcentaje de participación sobre la longitud total de la vía declarada.

3. En el caso de obras no concluidas, solicitamos confirmar que la longitud que aporta la empresa se multiplique por el porcentaje de avance de dicho servicio, entendiéndose que una firma solo podrá demostrar lo realmente ejecutado a la fecha.

4. Debido a que los Términos de Referencia del actual concurso se indican trabajos de supervisión de diseño y supervisión de obras, solicitamos se incluyan las supervisiones de diseño o expediente técnico para el presente ítem.

5. Solicitamos que la experiencia se amplié no solo a supervisión e inspección, sino a denominaciones similares como Gerencia Integral de Proyecto, Fiscalización de Proyectos, Project Management, o según prácticas internacionales.

Respuesta No. 29:

1. Ver respuesta 28.2 2. Afirmativo

3. Ver respuesta 25.3 4. Ceñirse a las bases. 5. Ceñirse a las bases.

Pregunta No. 30:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección III. Criterios de Evaluación Numeral: 2.3.2 Experiencia Específica Página: 39 y 104

En el cuarto requerimiento se solicita Experiencia en los últimos 10 años en desarrollo o supervisión de planes de instrumentación y auscultación de al menos 2 proyectos de Metro, concluidos durante dicho periodo de tiempo o en proceso de ejecución con un avance mayor al 50%.

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Consultamos lo siguiente:

1. En obras y trabajos de movimiento de tierras para sistemas de metros, los trabajos de instrumentación y auscultación están a cargo de los trabajos en la especialidad de Geotecnia, por lo que solicitamos que la documentación que pueda presentarse para el sustento de dicha experiencia pueda ser en supervisión o instrumentación de trabajos Geotécnicos en proyectos de Metros.

2. Solicitamos que la experiencia se amplié no solo a supervisión e inspección, sino a denominaciones similares como Gerencia Integral de Proyecto, Fiscalización de Proyectos, Project Management, o según prácticas internacionales.

Respuesta No. 30:

1. Ceñirse a lo indicado en las bases 2. Ceñirse a lo indicado en las bases

Pregunta No. 31:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección III. Criterios de Evaluación Numeral: 2.3.2 Experiencia Específica Página: 40 y 104

En el quinto requerimiento se solicita Experiencia en los últimos 10 años en la supervisión o inspección de la construcción de plataforma e instalación de vía férrea y catenaria con una longitud acumulada de 50 km de vía, concluidos durante dicho periodo de tiempo o en proceso de ejecución con un avance mayor al 50%.

Consultamos lo siguiente:

1. No se especifica el número de contratos como máximo se debe presentar para acreditar la dicha experiencia, ni la experiencia adicional, por lo que sugerimos que como máximo se deberá presentar 05 Contratos para acreditar la experiencia en vía férrea y catenaria y de 1 a 3 contratos para la experiencia adicional.

2. Confirmar que en caso una firma acredite un contrato que participo en consorcio, la longitud válida para dicha firma será la que resulte de aplicar dicho porcentaje de participación sobre la longitud total de la vía declarada.

3. En el caso de obras no concluidas, solicitamos confirmar que la longitud que aporta la empresa se multiplique por el porcentaje de avance de dicho servicio, entendiéndose que una firma solo podrá demostrar lo realmente ejecutado a la fecha.

4. Solicitamos que la experiencia se amplié no solo a supervisión e inspección, sino a denominaciones similares como Gerencia Integral de Proyecto, Fiscalización de Proyectos, Project Management, o según prácticas internacionales.

Respuesta No. 31:

1. Ver respuesta a la Consulta N° 28.2 2. Afirmativo

3. Ver respuesta a la Consulta N° 25.3 4. Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 32:

(15)

Sección: Sección III. Criterios de Evaluación Numeral: 2.3.2 Experiencia Específica Página: 40 y 104

En el sexto requerimiento se solicita Experiencia en los últimos 10 años en la supervisión o inspección de la construcción de al menos 15 estaciones subterráneas, construidas mediante muros pantalla, o pantalla de pilotes concluidas durante dicho periodo de tiempo o en proceso de ejecución con un avance mayor al 50%.

Consultamos lo siguiente:

1. No se especifica el número de contratos como máximo se debe presentar para acreditar la dicha experiencia, ni la experiencia adicional, por lo que sugerimos que como máximo se deberá presentar 05 Contratos para acreditar la experiencia en vía férrea y catenaria y de 1 a 3 contratos para la experiencia adicional.

2. Confirmar que en caso una firma acredite un contrato que participo en consorcio, la cantidad de estaciones válida para dicha firma será la que resulte de aplicar dicho porcentaje de participación sobre la cantidad total de estaciones del Contrato.

3. En el caso de obras no concluidas, solicitamos confirmar que la cantidad de estaciones que aporta la empresa se multiplique por el porcentaje de avance de dicho servicio, entendiéndose que una firma solo podrá demostrar lo realmente ejecutado a la fecha. 4. Solicitamos que la experiencia se amplié no solo a supervisión e inspección, sino a

denominaciones similares como Gerencia Integral de Proyecto, Fiscalización de Proyectos, Project Management, o según prácticas internacionales.

Respuesta No. 32:

1. Ver respuesta 28.2 2. Afirmativo

3. Ver respuesta 25.3

4. Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 33:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección III. Criterios de Evaluación Numeral: 2.3.2 Experiencia Específica Página: 40 y 105

En el séptimo requerimiento se solicita Experiencia en los últimos 10 años en la supervisión o inspección de la construcción de al menos 01 estación subterránea en caverna, concluida durante dicho periodo de tiempo o en proceso de ejecución con un avance mayor al 50%.

Consultamos lo siguiente:

1. No se especifica el número de contratos como máximo se debe presentar para acreditar la dicha experiencia, ni la experiencia adicional, por lo que sugerimos que como máximo se deberá presentar 05 Contratos para acreditar la experiencia en vía férrea y catenaria y de 1 a 3 contratos para la experiencia adicional.

2. Confirmar que en caso una firma acredite un contrato que participo en consorcio, la cantidad de estaciones válida para dicha firma será la que resulte de aplicar dicho porcentaje de participación sobre la cantidad total de estaciones del Contrato.

3. En el caso de obras no concluidas, solicitamos confirmar que la cantidad de estaciones que aporta la empresa se multiplique por el porcentaje de avance de dicho servicio, entendiéndose que una firma solo podrá demostrar lo realmente ejecutado a la fecha.

(16)

4. Solicitamos que la experiencia se amplié no solo a supervisión e inspección, sino a denominaciones similares como Gerencia Integral de Proyecto, Fiscalización de Proyectos, Project Management, o según prácticas internacionales.

Respuesta No. 33:

1. Ver respuesta 28.2 2. Afirmativo

3. Ver respuesta 25.3

4. Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 34:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección III. Criterios de Evaluación Numeral: 2.3.2 Experiencia Específica Página: 40 y 105

En el octavo requerimiento se solicita Experiencia en los últimos 10 años en la supervisión o inspección de al menos la construcción o instalación de 1 Patio de Talleres para Metro con una capacidad acumulada de 30 trenes de 7 coches, concluido durante dicho periodo de tiempo o en proceso de ejecución con una avance mayor al 50%

Consultamos lo siguiente:

1. La cantidad de trenes con 7 coches cada uno, es un requerimiento del proyecto para el diseño de las Estaciones, pero no significa necesariamente que el Concesionario opere siempre con la cantidad de 7 coches como máximo, sino podría ser con menos cantidad de coches de acuerdo a la demanda. Además, en el país actualmente tenemos un total de 2 patios talleres que son operados sin ninguna dificultad por trenes con 6 coches cada uno, por lo tanto, en aras de promover la mayor participación de postores, solicitamos que como condición mínima se acepten como experiencias la construcción o instalación de Patios Talleres para Metros con una capacidad mínima de 10 trenes de 5 o más coches.

2. No se especifica el número de contratos como máximo se debe presentar para acreditar la dicha experiencia, ni la experiencia adicional, por lo que sugerimos que como máximo se deberá presentar 05 Contratos para acreditar la experiencia mínima y de 1 a 3 contratos para la experiencia adicional.

3. Confirmar que en caso una firma acredite un contrato que participo en consorcio, la cantidad de proyectos válida para dicha firma será la que resulte de aplicar dicho porcentaje de participación sobre el Contrato total.

4. En el caso de obras no concluidas, solicitamos confirmar que la cantidad de contratos que aporta la empresa se multiplique por el porcentaje de avance de dicho servicio, entendiéndose que una firma solo podrá demostrar lo realmente ejecutado a la fecha. 5. Solicitamos que la experiencia se amplié no solo a supervisión e inspección, sino a

denominaciones similares como Gerencia Integral de Proyecto, Fiscalización de Proyectos, Project Management, o según prácticas internacionales.

Respuesta No. 34:

1. Ver Enmienda N° 1 2. Ver respuesta 28.2 3. Afirmativo

4. Ver respuesta 25.3

(17)

Pregunta No. 35:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección III. Criterios de Evaluación Numeral: 2.3.2 Experiencia Específica Página: 41 y 105

En el noveno requerimiento se solicita Experiencia en los últimos 10 años en la supervisión o inspección de la fabricación y puesta en marcha de material rodante de 30 trenes de 7 coches cada uno para Metro, concluido durante dicho periodo de tiempo o en proceso de ejecución con una avance mayor al 50%.

Consultamos lo siguiente:

1. La cantidad de trenes con 7 coches cada uno, es un requerimiento del proyecto para el diseño de las Estaciones, pero no significa necesariamente que el Concesionario opere siempre con la cantidad de 7 coches como máximo, sino podría ser con menos cantidad de coches de acuerdo a la demanda. Además, en el país actualmente se cuenta con la actual línea 1 del metro de Lima, que opera con trenes de 6 coches cada uno. Es importante señalar que la experiencia de un Postor en supervisión de trenes es indistinto al número de coches con que cuentan, puesto que estos funcionan en forma repetitiva al tipo de coche que presentan (coches motrices o tracción, coches remolque, etc.). Por lo tanto, en aras de promover la mayor participación de postores, solicitamos se acepten como experiencias la supervisión o inspección o rehabilitación de material rodante, trenes de 6 o más coches.

2. Confirmar que en caso una firma acredite un contrato que participo en consorcio, la cantidad de trenes válida para dicha firma será la que resulte de aplicar dicho porcentaje de participación sobre la cantidad total del Contrato.

3. En el caso de obras no concluidas, solicitamos confirmar que la cantidad de trenes que aporta la empresa se multiplique por el porcentaje de avance de dicho servicio, entendiéndose que una firma solo podrá demostrar lo realmente ejecutado a la fecha.

Respuesta No. 35:

1. Ver Enmienda N° 1 2. Afirmativo

3. Ver respuesta 25.3

Pregunta No. 36:

Referencia(s) de las Bases

Sección: Sección III. Criterios de Evaluación Numeral: 2.3.2 Experiencia Específica Página: 41 y 105

En el octavo requerimiento se solicita Experiencia en los últimos 10 años en la supervisión o inspección de por lo menos 02 obras de Metro con sistema de señalización y automatización, una de ellas con tipo GoA2 y la otra con tipo GoA4, concluidos durante dicho periodo de tiempo o en proceso de ejecución con un avance mayor al 50%.

Además se solicita como experiencia adicional 03 o más obras de Metros adicionales Consultamos lo siguiente:

1. Para la experiencia adicional, no se indica con que tipo serán los metros solicitados, por lo que se solicita que las obras adicionales sean 02 con sistemas de señalización y automatización del tipo GoA4 y 01 con sistemas de señalización y automatización del tipo GoA2.

(18)

2. Solicitamos que la experiencia se amplié no solo a supervisión e inspección, sino a denominaciones similares como Gerencia Integral de Proyecto, Fiscalización de Proyectos, Project Management, o según prácticas internacionales.

Respuesta No. 36:

1. Ceñirse a lo indicado en las bases 2. Ceñirse a lo indicado en las bases

Pregunta No. 37:

Referencia(s) de las Bases Sección: Términos de Referencia Numeral: 9 Forma de pago Página: 91

En el referido numeral se indica que el Contrato será bajo la modalidad de suma alzada.

Sin embargo, en el numeral 9.5 Documentación Económica, de la sección I, se solicita la presentación en la propuesta de cuadros resúmenes utilizando los Formularios B-2, B-3, B— 3b y B-4, donde se especifica cantidades de hombres mes y recursos.

Solicitamos confirmar, que dichos Formularios de la propuesta económica solo serán referenciales, puesto que el pago será de acuerdo a lo detallado en el numera 9 Forma de Pago del modelo de Contrato, y las cantidades expresadas solo servirán de manera referencial para la evaluación de las propuestas de los oferentes.

Respuesta No. 37:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 38:

En lo referente a longitud de túneles con NATM y analizando la documentación técnica que se adjunta a las bases, se observa que la longitud del túnel en mina, es del orden de unos 7 km. De ellos 5km, se ejecutan con ocho frentes, por lo que la longitud real de túnel es del orden de unos 1,5km cada túnel. En las bases se está requiriendo una experiencia mínima de 20 km longitud y un total de 10km, para la máxima puntuación. Si se compara este criterio, con el exigido para túneles construidos en TMB (que es la principal unidad a ejecutar), se solicita una experiencia mínima de 25km y una para máxima puntuación de 15km adicionales. Es decir, el ratio de puntuación máxima /longitud es próxima a uno, mientras que el método NATM, se está pidiendo un ratio de 6. Respetuosamente se solicita a la entidad una homogeneidad de criterios para solicitar la longitud en método NATM.

Respuesta No. 38:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 39:

En lo referente a Patio de Talleres, se ruega se aclare si lo que se solicita es una instalación para talleres o bien una instalación de cocheras de los trenes.

(19)

En el primer caso, la capacidad que se requiere (30 trenes de 7 coches) se considera desproporcionada, por lo que implica que debe estar dimensionado para el total de los trenes en servicio. Es decir, es del todo improbable, que todos los coches estén al mismo tiempo en reparación.

En el caso de solicitar cocheras, se ruega se adapte a la forma de operar prevista, lo habitual es contar con cocheras intermedias que vayan aportando trenes para lograr las frecuencias necesarias.

Respuesta No. 39: Ver Enmienda N° 1

Pregunta No. 40:

En relación con la exigencia experiencia del profesional. Respetuosamente se solicita que el no se fije tiempo para la experiencia adicional que se requiere, y que en la actualidad está fijada en 10 años.

Se entiende que la experiencia adquirida, no se pierde ni puede limitarse a un periodo de tiempo.

Respuesta No. 40:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 41:

En la página 7 de las bases, en el punto 8, se hace mención a que la empresa supervisora no haya podido tener relación con los subcontratistas. Se ruega se comunique la relación de los mismos.

Respuesta No. 41:

Con relación a los subcontratistas, corresponde al postulante identificar sus propias relaciones contractuales y ello implica identificar la existencia o no de impedimentos para la presente licitación. No corresponde entregar información sobre subcontratistas de la empresa concesionaria.

Pregunta No. 42:

En la página 7 de las bases, en el punto 1, se hace mención al concesionario, a sus accionistas o filiales o sucursales. Se ruega se defina de forma clara al concesionario, sus accionistas o filiales o sucursales, para evitar equívocos.

Respuesta No. 42:

(20)

Pregunta No. 43:

En relación al Jefe de Supervisión, en las bases se le requiere certificación PM (Administración de Proyectos). Respetuosamente se solicita, basándose en la importancia del contrato, que se permita también la posesión de maestría del tipo MBA.

Respuesta No. 43:

Ver respuesta a la consulta N°15.

Pregunta No. 44:

Asimismo, cabe destacar la siguiente observación: Según las bases, el Jefe de la Supervisión será el representante oficial del Supervisor ante OSITRAN y tendrá la responsabilidad de dirigir al personal y asegurar la prestación de todos los servicios considerados en el respectivo contrato de supervisión. El mismo deberá ser un Ingeniero titulado con certificación de PM (Administración de Proyectos), con un mínimo de 20 años de experiencia profesional en la ejecución o supervisión de proyectos de obra civil, con al menos 10 años de experiencia en ejecución o supervisión de al menos 3 proyectos ferroviarios con valor mayor a US$ 300 millones cada uno, de los cuales al menos 7 años como Gerente/Jefe de Supervisión. Rogamos puedan resolvernos las siguientes preguntas:

a. Ejecución o supervisión de proyectos de obra civil se refiere a Redacción (elaboración) de proyecto de obra civil, o Supervisión de (la redacción de ) proyecto de obra civil? ¿nada que ver con la supervisión de los trabajos de ejecución (construcción) de la obra civil?

b. O Ejecución o supervisión de proyectos de obra civil se refiere a la construcción de la obra civil?

c. Solicitan 3 proyectos ferroviarios con valor mayor a US$ 300 millones cada uno. Rogamos puedan añadir varios proyectos ferroviarios / metroviarios con un valor acumulado mínimo de U$ 900 millones, siendo U$ 300 millones el valor mínimo unitario por proyecto.

Respuesta No. 44:

a) Ceñirse a las bases b) Ceñirse a las bases c) Ceñirse a las bases

Pregunta No. 45:

Rogamos puedan resolvernos las mismas dudas planteadas en el punto anterior (Pregunta No. 44), pero para el perfil profesional de Jefe de Calidad.

Respuesta No. 45:

Ver respuesta a la Consulta N° 44

Pregunta No. 46:

(21)

Respuesta No. 46:

Ver respuesta a la Consulta N° 1

Pregunta No. 47:

Para el Jefe de supervisión se requiere disponer de certificación PM (Administración de Proyectos). Rogamos respetuosamente si sería válida maestría MBA como equivalente de dicha certificación.

Respuesta No. 47:

Ver respuesta a la consulta N°15.

Pregunta No. 48:

Se ruega enumeración de los subcontratistas con los que la empresa supervisora no puede tener relación, según viene reflejado en la página 7 de las bases, en el punto 8.

Respuesta No. 48:

Ver respuesta a las consultas N° 21 y N° 41

Pregunta No. 49:

Se ruega enumeración del concesionario, sus accionistas o filiales o sucursales sobre los que se hace mención en la página 7 de las bases, en el punto 1, para evitar equivocaciones.

Respuesta No. 49:

Ver respuesta a las consultas N° 21 y N° 41

Pregunta No. 50:

Tras el análisis de las bases del CONCURSO PÚBLICO INTERNACIONAL PEOC/14/90785/2105, se considera desproporcionada la capacidad de trenes requerida (30 trenes de 7 coches). Por ello, se requiere puedan aclararnos si para el patio de talleres se solicita una instalación para talleres o una instalación de cocheras de los trenes.

Respuesta No. 50: Ver Enmienda N° 1

Pregunta No. 51:

Tras realizar un análisis de la documentación técnica de las bases de referencia, se detectan incongruencias en los criterios para determinar la longitud de los túneles con el método NATM, por lo que se ruega respetuosamente a la entidad una homogeneidad de criterios para solicitar la longitud en método NATM.

Respuesta No. 51:

(22)

Pregunta No. 52:

Se ruega no se fije tiempo para la experiencia adicional requerida para los profesionales, la cual está fijada en el pliego en 10 años, ya que la experiencia adquirida por cada uno de los profesionales no se pierde a lo largo del tiempo.

Respuesta No. 52:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 53:

Se solicita respetuosamente una ampliación de plazo de presentación de la propuesta.

Respuesta No. 53:

Ver respuesta a la Consulta N° 1

Pregunta No. 54:

Favor de aclarar si la incompatibilidad a la que se hace referencia los puntos 7 y 8 del apartado 4.1.2 de las Bases, sobre incompatibilidades, se refiere a relaciones de servicio en el Perú, o en general, en cualquier parte del mundo.

Respuesta No. 54:

Ver Enmienda N° 1 e inciso r) de la Sección V.

Pregunta No. 55:

Favor de aclarar si la incompatibilidad a la que se hace referencia en los puntos 7 y 8 del apartado 4.1.2 de las Bases, sobre incompatibilidades con el Concesionario, se refiere también a la relación contractual con cualquiera de sus componentes, filiales, asesores técnicos o empresas subcontratadas. En éste último caso, debería conocerse la relación de subcontratistas del concesionario ganador.

Respuesta No. 55: Ver Enmienda N° 1

Pregunta No. 56:

Favor de aclarar si el significado de “nómina del personal clave” (epígrafe 9.4.3.1) se refiere a la relación nominal del personal.

Respuesta No. 56:

(23)

Pregunta No. 57: SECCION II

Favor de aclarar o especificar qué se entiende por “certificación de PM (Administración de Proyectos)” (sección II, punto 2.1.1)

Respuesta No. 57:

Ver respuesta a la consulta N°15.

Pregunta No. 58:

Aclaraciones sobre el PERSONAL CLAVE (Sección II de las Bases y otras secciones relacionadas):

Favor de aclarar si "Proyecto" se entiende como "Documento escrito cuyo desarrollo permite la ejecución de las obras" o como "Actuación en la Ejecución de las obras".

Respuesta No. 58:

Las bases establecen el contexto para esta definición, por favor ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 59:

Favor de aclarar si como "Proyecto" se entiende estudio de preinversión a nivel de perfil o a nivel de factibilidad, proyecto de licitación, básico, de ejecución, de construcción y/o de detalle.

Respuesta No. 59:

Las bases establecen el contexto para definición, por favor ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 60:

Favor de aclarar si como "Diseño" se entiende estudio de preinversión a nivel de perfil o a nivel de factibilidad, proyecto de licitación, básico, de ejecución, de construcción y/o de detalle.

Respuesta No. 60:

Las bases establecen el contexto para definición, por favor ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 61:

Favor de aclarar si como "Participado" se entiende como responsable o como simple participación y qué documentación es necesaria para acreditar tal experiencia.

Respuesta No. 61:

(24)

Pregunta No. 62:

Favor de aclarar si "Supervisión" es indistinto que sea de Proyecto o de Ejecución de obra (o instalaciones).

Respuesta No. 62:

Las bases establecen el contexto para definición, por favor ceñirse a lo indicado en las bases

Pregunta No. 63:

Favor de aclarar el grado o intensidad de "Supervisión de construcción", si sería necesario acreditar experiencia como jefe de supervisión o si sirve simplemente haber participado.

Respuesta No. 63:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 64:

Favor de indicar las diferentes maneras de acreditación del personal. ¿Es posible aportar acreditaciones de clientes privados? Si son proyectos de licitación para un posible postor, ¿es necesario que el cliente se haya presentado? Y, en tal caso, ¿es necesario que haya ganado el concurso? ¿En qué porcentaje es necesario que la obra se haya ejecutado?

Respuesta No. 64:

Con relación a la acreditación de clientes privados, sí es posible. Con relación al resto de consultas ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 65:

Ingeniero Especialista de Estaciones

Favor de aclarar la expresión "tener experiencia en diseño y supervisión" ya que es incoherente con la exigencia "haber participado en 2 proyectos de diseño o supervisión". Favor de aclarar si en este caso se entiende como "proyecto", el significado de "actuación en la ejecución de obras".

Respuesta No. 65:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 66:

Arquitecto de Estaciones

Favor de aclarar la expresión "tener experiencia en diseño y supervisión" ya que es incoherente con la exigencia "haber participado en 2 proyectos de diseño o supervisión". Favor de aclarar si en este caso se entiende como "proyecto", el significado de "actuación en la ejecución de las obras".

(25)

Respuesta No. 66:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 67: Jefe de Obras Civiles

Se pide básicamente experiencia de 15 años en "supervisión o construcción de obras", pero más adelante se exige haber participado en 2 "proyectos de diseño o supervisión de construcción". En la primera expresión entendemos como "supervisión" indistintamente de proyecto o de obra; en la segunda, entendemos que sólo se refiere a obra. Favor de aclarar en cada caso.

Respuesta No. 67:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 68:

Ingeniero Especialista en Estaciones

Favor aclarar la confusión con el Especialista 6, con el mismo nombre. Esto se repite en otras partes (2.5.1.j, formulario B-3). Favor de concretar el nombre de cada uno.

Respuesta No. 68:

El perfil del primero es de Oficina Técnica, y el perfil del segundo es de obra.

Pregunta No. 69:

Se pide básicamente experiencia de 10 años en "supervisión o construcción de estaciones", pero más adelante se exige haber participado en “2 proyectos de supervisión o construcción de estaciones”. Favor de aclarar los perfiles pues parecen dos perfiles diferentes: el primero, de obra, y el segundo proyecto u obra. Favor de aclarar también el significado de "proyecto de supervisión".

Respuesta No. 69:

Se aclara que en las bases exigen dos especialistas en estaciones con diferentes perfiles. Respecto al significado de proyecto de supervisión, las bases establecen el contexto para definición, por lo que deberá ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 70:

Ingeniero Especialista en Topografía

Favor de aclarar si la titulación "Ingeniero especialista" puede ser Ingeniero Técnico o debe ser Ingeniero Superior.

Respuesta No. 70:

(26)

Pregunta No. 71:

Ingeniero Especialista en Metrados y Valoraciones

Favor de aclarar si la titulación "Ingeniero o equivalente" puede ser Ingeniero Técnico, Ingeniero Superior y/o Arquitecto Técnico.

Respuesta No. 71:

Es indistinto mientras cumpla con los criterios de experiencia especificados en las bases.

Pregunta No. 72:

Favor de aclarar el significado de "proyectos de supervisión o construcción" y si en este caso "Supervisión" se refiere a proyecto, a obra o a ambos.

Respuesta No. 72:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 73:

Ingeniero Especialista en Instalaciones Sanitarias:

Se pide experiencia de 10 años en "proyectos o supervisión de instalaciones", pero más adelante se exige haber participado en “2 proyectos de supervisión o construcción”. Favor de aclarar significado de "proyectos de supervisión o construcción" y si "Supervisión" se refiere a proyecto, a obra o a ambos.

Respuesta No. 73:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 74:

Ingeniero Especialista en Instalaciones Eléctricas de BT:

Se pide experiencia de 10 años en "proyectos y supervisión de instalaciones", pero más adelante se exige haber participado en “2 proyectos de supervisión o construcción”. Favor de aclarar el significado de "proyectos de supervisión o construcción" y si "Supervisión" se refiere a proyecto, a obra o a ambos.

Respuesta No. 74:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 75: Jefe de Túneles:

(27)

Se pide básicamente experiencia de 15 años en "dirección o construcción de obras", pero más adelante se le exige tener experiencia en “2 proyectos”. Parecen dos perfiles diferentes: el primero es de obra y el segundo, de proyecto. Favor de aclarar o ratificar en su caso si es así.

Respuesta No. 75:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 76:

Ingeniero Especialista en Túneles:

Se pide básicamente experiencia de 10 años en "obras subterráneas", pero más adelante se le exige haber participado en “2 proyectos de supervisión o construcción de obras”. Favor de aclarar si son perfiles diferentes. Favor de aclarar significado de "proyectos de supervisión o construcción de obras".

Respuesta No. 76:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 77: Jefe Electromecánico:

Se pide básicamente experiencia de 15 años en "obras", pero más adelante se le exige haber participado en “2 proyectos”. Parecen dos perfiles diferentes: el primero es de obra y el segundo, de proyecto. Favor de aclarar o ratificar en su caso si es así.

Respuesta No. 77:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 78:

Ingeniero Especialista en Ventilación:

Favor de aclarar si la titulación exigida "Ingeniero especialista en sistemas de ventilación Subterránea" puede ser Ingeniero Técnico o debe ser Ingeniero Superior

Respuesta No. 78:

Ver respuesta a Consulta N°70.

Pregunta No. 79:

Ingeniero Especialista en Señalización y Automatización:

Favor de aclarar si la titulación exigida "Ingeniero especialista en Sistemas de Señalización y automatización" puede ser Ingeniero Técnico o ha de ser Ingeniero Superior.

Respuesta No. 79:

(28)

Pregunta No. 80:

Ingeniero Especialista en Alimentación Eléctrica:

Favor de aclarar si el significado de "proyecto" en este caso se refiere a documento escrito o actuación.

Respuesta No. 80:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 81:

Ingeniero Especialista en Catenaria:

Favor de aclarar si la titulación exigida "Ingeniero especialista en catenaria" puede ser Ingeniero Técnico o debe ser Ingeniero Superior.

Respuesta No. 81:

Ver respuesta a Consulta N°70.

Pregunta No. 82:

Favor de aclarar si el significado de "proyecto" en este caso se refiere a documento escrito o actuación en la ejecución de obras.

Respuesta No. 82:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 83:

Ingeniero Especialista en Superestructura de Vía:

Favor de aclarar si la titulación exigida "Ingeniero especialista en vías férreas" puede ser Ingeniero Técnico o debe ser Ingeniero Superior.

Respuesta No. 83:

Ver respuesta a Consulta N°70.

Pregunta No. 84:

Se pide básicamente experiencia de 10 años en supervisión o instalación de vías, pero más adelante se exige haber participado en “2 proyectos de instalación”. Parecen dos perfiles diferentes: el primero es de obra y el segundo, de proyecto. Favor de aclarar o ratificar, en su caso si es así (es decir, si la experiencia exigida de 10 años se refiere exclusivamente a obra -supervisión o instalación- y si además, es necesario que haya participado en 2 proyectos).

(29)

Respuesta No. 84:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 85:

Ingeniero Especialista en Telecomunicaciones:

Favor de aclarar si "supervisión" se refiere a supervisión de proyecto o de obra.

Respuesta No. 85:

Supervisión de ejecución de obras.

Pregunta No. 86:

Jefe de Material Rodante:

Favor de aclarar si la titulación exigida "Ingeniero especialista en material rodante" puede ser Ingeniero Técnico o debe ser Ingeniero Superior.

Respuesta No. 86:

Ver respuesta a Consulta N°70.

Pregunta No. 87:

Favor de aclarar si en la participación de 3 proyectos de Metros se ha de acreditar en algún concepto o especialidad determinada.

Respuesta No. 87:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 88:

Aclaraciones sobre Equipo Mínimo Requerido:

Favor de aclarar que los “28 vehículos de transporte personal de obra” se refiere únicamente para el personal del equipo de supervisión.

Respuesta No. 88: Afirmativo.

Pregunta No. 89: SECCION III

Favor de aclarar si es posible presentar la referencia de material rodante en “coches equivalentes” (sección III, tabla 2.3.2, cuadro de puntuación).

(30)

Respuesta No. 89: Ver Enmienda N°1.

Pregunta No. 90:

Favor aclarar discrepancia entre la suma de los puntajes de la columna "Mínimo de Selección" que alcanza la cifra de 49 y el valor del "puntaje técnico total (máximo/mínimo)" indicado en la tabla el cual es 70.

Respuesta No. 90:

No existe discrepancia. El proponente debe obtener los puntajes mínimos y los puntajes adicionales por cada concepto hasta sumar al menos 70 puntos para que su propuesta quede técnicamente habilitada.

Pregunta No. 91:

Aclaraciones sobre la EXPERIENCIA DEL PROPONENTE:

Favor de aclarar si la experiencia en la "supervisión o inspección de la ejecución de proyectos de Metros" se puede referir a sólo supervisión de proyectos (documentos), sólo a la supervisión de las obras (ejecución) o al conjunto de ambas (proyecto y obra).

Respuesta No. 91:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 92:

Favor de aclarar si la experiencia (contractual) en la "supervisión o inspección de la ejecución de proyectos de Metros" ha de ser exclusivamente para la Administración o puede ser a través de empresas concesionarias o constructoras solventes.

Respuesta No. 92:

Puede ser a través de la Administración Pública, o empresas privadas, ya sean concesionarias o constructoras.

Pregunta No. 93:

Favor aclarar la nota al pie de la página 38 (proveniente del apartado 2.3.1) que está en blanco.

Respuesta No. 93:

La nota es: “Proyecto de Metro o Metro, para la presente licitación se define como “sistema ferroviario urbano de transporte masivo de pasajeros con configuración subterránea a nivel de calle o elevado. Empleando trenes eléctricos con alta capacitad y frecuencia que operan en vías exclusivas”

(31)

Pregunta No. 94:

Favor aclarar si cuando se refiere a la experiencia de construcción de túneles mediante el NATM, puede servir cualquier otro método convencional de excavación en caverna que no sea con tuneladora (método belga, método de Madrid, método secuencial, etc.)

Respuesta No. 94:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 95:

Favor aclarar si cuando se refiere a la experiencia de instalación de catenaria se refiere a rígida, compensada (convencional) o es indistinto.

Respuesta No. 95:

Es indistinto, en este proyecto hay ambas. Rígida en el interior de los túneles, y convencional en el exterior.

Pregunta No. 96:

Favor de aclarar si para la acreditación de la experiencia sólo sirven los contratos o pueden servir en su lugar certificados de los Clientes.

Respuesta No. 96:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 97:

Aclaraciones sobre las CONDICIONES DE HABILITACIÓN:

Favor de aclarar el valor del puntaje técnico total mínimo (se indica 70 puntos, pero las sumas parciales alcanzan un total de 49 puntos).

Respuesta No. 97:

Ver respuesta a Consulta N°90.

Pregunta No. 98:

Aclaraciones sobre el SISTEMA DE CALIFICACIÓN:

Favor de aclarar a qué será inversamente proporcional el resto de puntajes, a partir del máximo (100 puntos), obtenido por la propuesta más económica.

Respuesta No. 98: Ver Enmienda N° 1

(32)

Pregunta No. 99: SECCIÓN VI.

Favor de aclarar si el alcance de "Proyecto de Metro" se refiere a línea completa, prolongación de línea, estación de pasajeros, patio, etc. y si se acepta obra parcial (por ejemplo obra civil formando parte de una actuación global) o ha de ser obra completa.

Respuesta No. 99:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 100: Cláusula novena:

Se solicita que el pago de los servicios se realice mensualmente, en base a valorizaciones mensuales

Respuesta No. 100:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 101: Cláusula décimo tercera:

Favor de aclarar monto de la UIT.

Respuesta No. 101:

Remitirse a la siguiente dirección web

http://www.sunat.gob.pe/indicestasas/uit.html,

Pregunta No. 102: Cláusula décimo sexta:

Se solicita eximir al SUPERVISOR de toda responsabilidad de los daños derivados de vicios ocultos demostrables del CONCESIONARIO, tanto de los estudios (cálculos tergiversados, errores aritméticos o listados de cálculo no pertinentes) como de la obra ejecutada, y habiendo realizado el SUPERVISOR las labores de control de acuerdo con los procedimientos establecidos (incluidas las órdenes escritas) y aprobados por el CONCEDENTE. La máxima responsabilidad debería ser siempre de quien ejecuta los trabajos defectuosos.

Respuesta No. 102:

Ceñirse a lo indicado en las bases.

Pregunta No. 103:

Favor aclarar si EL SUPERVISOR se encuentra amparado en los seguros contratados para la ejecución del proyecto de construcción asociado a LA CONCESIÓN DE LA LINEA 2 Y RAMAL AV. FAUCETT – AV. GAMBETTA DEL METRO DE LIMA Y CALLAO y al amparo del Contrato de

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